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Instituciones Relevantes Del Proceso Mercantil

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INSTITUCIONES RELEVANTES

DEL PROCESO MERCANTIL


Principales

Sujetos principales, partes:


- Simples. Un solo sujeto
- Complejas o múltiples. Dos o más sujetos.
En el proceso intervienen
varios sujetos, a los que
podríamos designar Accidentales
como:
Sujetos accidentales:
- Quienes realizan actos aislados de
comercio.
- Agricultores o fabricantes que tengan
planteado almacén o tienda en cuanto a
actividades en ella.
LITISCONSORCIO
Termino compuesto de:
- Lis (litigio)
- Consortium (participación y comunión de una misma suerte con uno o varios)
Existe litisconsorcio cuando en un litigio una o ambas partes están compuestas por varios sujetos.
Clases de Litisconsorcio
 Inicial
 Sucesivo
 Activo
 Pasivo
 Mixto
 Facultativo o Voluntario
 Necesario
Clases de Litisconsorcio

Inicial: Cuando la Sucesivo: Cuando la


Activo: Cuando
pluralidad de pluralidad de
varios actores
litigantes aparece litigantes se produce
litigan frente a un
desde el comienzo durante el desarrollo
solo demandado.
del proceso. posterior del proceso.

Pasivo: Cuando un
solo actor se dirige
frente varios
demandados.

Necesario u obligatorio:
Facultativo o
Cuando lo impone la ley
Mixto: Si varios Voluntario: Cuando se
o la naturaleza de la
actores litigan frente forma libre y
relación jurídica que
a varios espontáneamente por
constituye la causa de
demandado. voluntad de las
la pretensión.
partes.
LOS TERCEROS
Son aquellas personas que sin ser parte en el juicio, se hallan en cierta posición respecto de los
derechos que en el se dirimen.
Tercerista: es parte en el juicio con todos los derechos, cargas y obligaciones que correspondan
a las partes.
Articulo 1362 del Código de Comercio.
Clasificación de las tercerías ( Articulo 1363 C. C. )
Pueden ser:
Tercerías Coadyuvantes. Son aquellas que auxilia la pretensión del demandante o la del
demandado, cuando no se persigue esta finalidad nos encontramos ante las excluyentes.
Tercerías Excluyentes, las cuales pueden ser de dominio o de preferencia.
LA CADUCIDAD DE LA INSTANCIA
Parte de la idea de que la justicia se debe impartir en los términos y
plazos de ley, donde un derecho pretendido debe sujetarse a los
requisitos que exijan las leyes procesales; ante su falta de interés es
que se da la caducidad de la instancia.
Caducidad en la legislación mercantil.
La inactividad procesal se halla regulada en el articulo 1076 del
Código de Comercio.
PROCEDIMIENTOS PRELIMINARES
 Depuración del procedimiento. La audiencia preliminar inicia con la depuración del
procedimiento. En ella, el juez entra al estudio de la legitimación procesal de las partes,
es decir, analiza si el actor y demandado tienen facultades para comparecer a juicio.
 Conciliación o mediación. El propósito de ésta es buscar la posibilidad de que las partes
resuelvan sus diferencias o conflicto jurídico mediante el diálogo. Esto implica negociar,
ceder en sus pretensiones que tienen, pero que se verán favorecidos en caso de alcanzar
un acuerdo. De esta manera, se evitaría un juicio que puede ser prolongado y costoso.
 Acuerdos sobre hechos no controvertidos. En su demanda, el actor narra de manera
lógica y cronológica los hechos en los que explica los siguientes puntos: fecha en que se
celebró el contrato, precio pactado, objeto materia del contrato, lugar de entrega, modo de
trasporte, responsabilidad del vendedor y del comprador, entre otros.
 Acuerdos probatorios. Terminado con la fijación de acuerdos sobre hechos no
controvertidos, el juez abre la fase de fijación de acuerdos probatorios.
 Admisión de pruebas y señalamiento para audiencia de juicio. El juez determina las
pruebas que se admiten a cada una de las partes.
GRACIAS

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