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Unidad Ii - Contabilidad de Sociedades
Unidad Ii - Contabilidad de Sociedades
Unidad Ii - Contabilidad de Sociedades
ELABORADO POR:
JOSE ANTONIO MERCADO RUIZ
Managua, Nicaragua
Junio, 2019
1
UNIDAD II: SOCIEDADES EN COMPAÑÍA LIMITADA.
Objetivos de la temática:
Contenido
5) Partes Privilegiadas.
6) Las partes en Mora.
7) Ejemplos prácticos.
8) Casos por resolver.
La Sociedad de Responsabilidad Limitada existirá bajo una denominación o bajo una razón
social, seguida de la palabra “Limitada”.
2
Este tipo de sociedad como cualquier sociedad mercantil, puede constituirse bajo el régimen de
capital fijo o capital variable. En Nuestra legislación solo está prevista la Sociedad de capital
fijo.
Aspecto Contable
Capital Social
Suscripción Capital por Socios, o simplemente “Socios”.
Exhibiciones Decretadas.
C.O. Aportaciones Suplementarias de Socios, o bien “Socios Aportaciones
Suplementarias”.
C.O. Aportaciones Adicionales de Capital, o bien “Aportaciones Adicionales”.
Capital por Aportaciones Suplementarias de Socios, o bien “Capital por Aportaciones
Suplementarias”.
La cuenta de Capital Social: se acreditará del importe del capital social a la fecha de
constitución de la sociedad, así como de todos los aumentos que haya de capital durante la vida
de la empresa, previos los requisitos legales. Se cargará por las disminuciones que se hagan al
capital social, después de haber llenado los requisitos que establece la ley para tal propósito.
3
La cuenta de Aportaciones Adicionales de Capital: o bien “Aportaciones Adicionales” es una
cuenta de orden de naturaleza acreedora, se abona por el importe total de las mismas y se carga
con crédito a la de “Capital por Aportaciones Suplementarias de Socios” en la fecha en que la
asamblea general de socios acuerda hacer efectivas las aportaciones suplementarias. El saldo de
esta cuenta representa el importe pendiente de exigir por la asamblea a los socios por este
concepto.
Partes privilegiadas
Las partes privilegiadas tienen semejanza con las acciones preferentes en las Sociedades
Anónimas, en cuanto a la preferencia de aplicación de utilidades y acumulación.
Se supone que al crear unas partes sociales privilegiadas, el legislador de la Ley tiene en mente
la preferencia en la distribución de las utilidades, así como su acumulación en los años que no
se tengan los resultados positivos.
Supongamos que en el año 2008 la empresa “López Pérez & Cía. Limitada” inician operaciones
y se generó una utilidad neta en este año de C$5, 000,000.00, y las partes o Socios Privilegiados
son el 35% del Capital Social, entonces, se debe registrar la parte privilegiada de la siguiente
manera:
-1-
-2-
4
Al momento del pago de las utilidades a las Partes Privilegiadas:
-3-
Para el registro contable de las Aportaciones Suplementarias, se necesitan abrir dos cuentas de
orden, cuya nomenclatura conocemos, y son:
Una vez que la asamblea general de socios, acuerda exigirles el pago de la responsabilidad
suplementaria, ya sea total o parcial, se formularán los siguientes asientos:
-1-
-2-
5
Las partes en mora
Cuando las partes sociales que estaban pendientes de cubrir en su totalidad, no sean cubiertas
oportunamente se declararán en mora.
Vencido el plazo para el pago de la exhibición, las partes sociales que no la hayan cubierto, se
declararán en mora.
En el caso de la primera situación, que las partes en mora sean vendidas, se deberán cubrir los
requisitos que establezca la ley respectiva, un requisito que es muy común es que debe existir el
consenso de todos los demás socios o cuando menos que representen la mayoría del capital
social cuando se quieran vender las partes en mora a nuevos socios.
Para registrar en libros esta situación (las partes en mora), se formulará el siguiente asiento:
x,xxx,xxx.xx
Caja o bancos
Partes sociales en mora x,xxx,xxx.xx
En el caso de que existan gastos por el juicio, estos se cargarán al socio moroso, así como los
intereses legales, por lo que deberá formularse el siguiente asiento para registrar los gastos:
x,xxx,xxx.xx
Partes Sociales en Mora
Producto Financieros (por los intereses) x,xxx,xxx.xx
Acreedores diversos (por los gastos del juicio) x,xxx,xxx.xx
Si se decide disminuir el capital, la disminución deberá ser por el total de la parte social en
mora, quedando el asiento como sigue:
El importe de este asiento será por el monto de la exhibición que no cubrieron los socios
morosos.
6
Después de llenar los requisitos legales, se procederá a registrar la reducción del capital social,
mediante el siguiente asiento:
Con el propósito de que la cuenta de “Partes Sociales Mora” refleje un saldo correcto, procede
formular un ajuste por el importe de las exhibiciones no cubiertas de las partes sociales en mora,
como sigue:
Con este asiento la cuenta de “Partes Sociales en Mora”, tendrá un saldo acreedor que nos
reflejará las exhibiciones cubiertas por los socios antes de que sus partes sociales hubieran sido
declaradas en mora.
La cuenta de “Suscripción de capital por socios” con saldo deudor, representará las exhibiciones
pendientes a cargo de los socios que continúen en la sociedad.
Ejemplo práctico:
Supongamos que la Sociedad “Cruz Pérez & Cía. Limitada, se constituyó el 01 de febrero de
2008, con un capital social de C$400,000.00 representado por tres partes sociales de los Cruz,
López & Cía. Limitada, Pérez Payan & Cía. Limitada y Soza Torrez & Cía. Limitada, por
C$200,000.00, C$120,000.00 y C$80,000.00, respectivamente. Todos los socios exhibieron
(pagaron) en la fecha de su constitución el 50% del capital suscrito. Además existe en la
escritura una cláusula donde los socios deberán hacer una aportación suplementaria del 10% del
importe de sus aportaciones en la fecha que determine la asamblea general de socios.
Posteriormente, 01 de agosto del mismo año, se decreta el pago de una nueva exhibición por el
25% del capital suscrito. Vencido el plazo para el pago el socio Soza Torrez & Cía. Limitada,
poseedor de la parte social de C$80,000.00, no cubrió la exhibición acordada, por lo que su
parte social se declara en mora.
En vista de que no fue posible vender la mencionada parte social, se acordó disminuir el capital
social por el monto de esa parte social, y por unanimidad se retira al socio Soza Torrez & Cía.
Limitada de la sociedad.
En el mes de noviembre se decreta la exhibición del porcentaje restante misma que logró
pagarse por el resto de los socios, totalmente en efectivo. El 01 de diciembre se acordó hacer
efectiva en un 50% la responsabilidad suplementaria, misma que fue cubierta en efectivo por los
socios.
7
Solución:
Antes de proceder a registrar el problema anterior, conviene tener en cuenta las siguientes
consideraciones:
01 de Febrero 2008
-1-
Socios C$400,000.00
Cruz López & Cía. Limitada C$200,000.00
Pérez Payan & Cía. Limitada 120,000.00
Soza Torrez & Cía. Limitada 80,000.00
Capital social C$400,000.00
Importe del capital suscrito por los socios, representado
por tres partes sociales.
-2-
01 de Agosto/08
-4-
-5-
8
Caja o bancos C$80,000.00
Exhibiciones decretadas C$80,000.00
Pago efectuado por los socios Cruz López & Cía.
Limitada por C$50,000.00 y Pérez Payan & Cía.
Limitada por C$30,000.00 de su 25% decretado
-6-
-7-
Con el asiento anterior la cuenta de “Partes Sociales en Mora”, tiene un saldo acreedor de
C$60,000.00 que no es correcto, que la cantidad que exhibió el socio Soza Torrez & Cía.
Limitada fue solo de C$40,000.00 por lo que existe una diferencia de C$20,000.00. Asimismo,
la cuenta de “Suscripción de capital por Socios” arroja un saldo de C$100,000.00 que tampoco
se considera correcto, como puede verse a continuación:
-8-
9
Partes sociales en mora C$20,000.00
Suscripción de capital por socio C$20,000.00
Ajuste para dejar correctos los saldos de las cuentas
anteriores, por la cantidad que corresponde al socio
Soza Torrez & Cía. Limitada que se retiró de la
sociedad.
-9-
Noviembre / 2008
-10-
-11-
01 Diciembre 2002
Posteriormente, los socios acordaron hacer efectivo el 50% de las aportaciones suplementarias,
habiéndose cubierto en efecto, lo que originó los siguientes asientos:
-12-
-13-
10
La cuenta de socios totalmente saldada por haberse cubierto el 100% de las
exhibiciones.
Capital social un saldo acreedor de C$320,000.00 totalmente suscrito y exhibido.
Capital por aportaciones suplementarias y socios aportaciones suplementarias, con un
saldo compensado de C$16,000.00 que nos representan las aportaciones pendientes de
cubrir por los socios Cruz López & Cía. Limitada y Pérez Payan & Cía. Limitada.
Partes sociales en mora con saldo acreedor de C$40,000.00 que representa un pasivo a
cargo de la sociedad y a favor del socio Soza Torrez & Cía. Limitada.
11
El primero de Mazo del 2008 los señores: Roger Padilla, Julio Lugo, Javier Lugo y Raúl Padilla
se constituyen de conformidad a las leyes mercantiles de la República en una sociedad de
Compañía Limitada cuya razón social es: “Padilla Lugo & Cía. Limitada”.
Se constituyó con un capital social de C$ 800,000.00 representado por cuatro partes sociales
equivalentes al 25% cada una, es decir C$ 200,000.00 por cada socio. Todos los socios
exhibieron (pagaron en efectivo) en la fecha de su constitución el 50% del capital suscrito.
Además, incluyeron en el pacto social una cláusula donde deberán hacer una aportación
suplementaria equivalente al 20% del capital social suscrito, el que será exhibido oportunamente
en la fecha que determine la Asamblea General de Socios.
El 01 de Junio del mismo año, se decreta el pago de una segunda exhibición por el 15% del
capital social suscrito, dicho pago de hacerse efectivo en 15 días hábiles.
Vencido el plazo para el pago de la segunda exhibición del 15%, el socio Javier Lugo, poseedor
de la parte social del 25%, no cubrió la segunda exhibición acordada, por lo que su parte social
se declara en mora, y consecuentemente, por decisión de la Asamblea General de Accionistas se
retira al socio Javier Lugo de la sociedad.
El 16 de Junio del mismo año, la Junta General de Socios, en reunión extraordinaria, por
unanimidad acordó disminuir el capital social por el monto de la parte social que poseía el Sr.
Javier Lugo.
En reunión del 15 de Agosto del mismo año, se decreta la una tercera exhibición del porcentaje
restante del capital social suscrito, la que fue pagada por el resto de los socios de la siguiente
manera: el socio Roger Padilla aportó una flota de 7 camiones para reparto valorado en
C$10,000.00 cada uno, el socio Julio Lugo aportó un lote de mercadería valorada en
C$35,000.00 y el resto en efectivo depositado al banco, y el socios Raúl Padilla aportó una
bodega valorado en C$35,000.00 y el resto en efectivo depositado en el banco quedando de esta
manera exhibido totalmente el capital social suscrito de la sociedad.
Se pide:
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9. Registre el ajuste a los saldos de las cuentas de orden “Aportaciones Adicionales” y
“Socios Aportaciones Suplementarias” por el importe respectivo de la parte del socio
moroso.
10. Registre el decreto de la tercera de la exhibición del capital social de la sociedad.
11. Registre el pago de la tercera de la exhibición del capital social de la sociedad.
12. Registre el acuerdo de hacer efectivo en un 50% la responsabilidad suplementaria del
20% escriturada en el pacto social.
13. Registre el ajuste del saldo de las cuentas de orden por las aportaciones
suplementarias.
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El primero de enero del 2009 los señores: Concepción Maltes, Roberto Narváez, María Maltes y
Carlos Narváez se constituyen de conformidad a las leyes mercantiles de la República en una
sociedad de compañía limitada cuya razón social es: “Maltes Narváez & Cía. Ltda.”
Se constituyó con un capital social de C$ 600,000.00 representado por cuatro partes sociales C$
190,000.00, C$ 150,000.00, 160,000.00 y C$ 100,000.00, respectivamente. Todos los socios
exhibieron (pagaron en efectivo) en la fecha de su constitución el 40% del capital suscrito.
Además, incluyeron en el pacto social una cláusula donde deberán hacer una aportación
suplementaria equivalente al 10% del capital social suscrito, el que será exhibido oportunamente
en la fecha que determine la asamblea general de socios.
El 01 de marzo del mismo año, se declara el pago de una segunda exhibición por el 30% del
capital suscrito, dicho pago debe hacerse en efectivo en 15 días hábiles.
Vencido el plazo para el pago de la nueva exhibición del 30% el socio Carlos Narváez, poseedor
de la parte social de C$ 100, 000.00, no cubrió la segunda exhibición acordada, por lo que su
parte se declara en mora y consecuentemente por decisión de la Asamblea General de
Accionista se retira al socio Carlos Narváez de la sociedad.
El 18 de marzo de ese mismo año la junta General de Socios, en reunión extraordinaria, por
unanimidad acordó disminuir el capital social por el monto de la parte social que poseía el Sr.
Carlos Narváez.
En reunión del 16 de Junio del mismo año, se decreta la exhibición del porcentaje restante del
capital social suscrito, la que fue pagada por el resto de los socios de la siguiente manera: el
socio Concepción Maltes aportó 5 Computadoras con su impresora cada una y 5 escritorio
valorado en C$ 37,000.00 y el resto en efectivo depositado al banco, el socio Roberto Narváez
aportó un 4 camionetas valorada en C$40,000.00 y el resto en efectivo depositado al banco, y el
socios María Maltes aportó un edificio para bodega de mercadería valorado en C$ 38,000.00 y
el resto en efectivo depositado en el banco quedando de esta manera exhibido totalmente el
capital social suscrito de la sociedad.
Se pide:
II. Trabaje en esquemas de comprobantes de diario y mayor, realice las siguientes operaciones
contables:
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6. Registre las partes sociales en mora.
7. Registre la disminución del capital social de la sociedad.
8. Realice los cálculos pertinentes y realice el ajuste respectivo para corregir los saldos
de las cuentas “Partes Sociales en Mora” y “Suscripción de capital por Socios”.
9. Registre el ajuste a los saldos de las cuentas de orden “Aportaciones Adicionales” y
“Socios Aportaciones Suplementarias” por el importe respectivo de la parte del socio
moroso.
10. Registre el decreto de la parte restante de la exhibición del capital social de la
sociedad.
11. Registre el pago de la parte restante de la exhibición del capital social de la sociedad.
12. Registre el acuerdo de hacer efectivo en un 50% la responsabilidad suplementaria del
100% escriturada en el pacto social.
13. Registre el ajuste del saldo de las cuentas de orden por las aportaciones
suplementarias.
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Objetivos de la temática:
1. Distinguir las cuentas especiales de este tipo de Sociedad, para el registro y control de
su Capital Social.
2. Registrar los Asientos de Apertura en el caso de las aportaciones mediatas.
3. Registrar los asientos de apertura en caso de que la Sociedad sea constituida bajo el
régimen de Capital Variable.
4. Registrar correctamente las cantidades que por concepto de alimentos, salarios, etc., se
le entreguen a los Socios Industriales.
5. Proponer el reparto de Utilidades para Socios Capitalistas y para Socios Industriales.
Contenido
1) Introducción a la Sociedad en Nombre Colectivo.
2) Aspecto Legal de la Sociedad en Nombre Colectivo.
3) Aspecto Contable de la Sociedad en Nombre Colectivo.
3.3) Asientos de apertura de una Sociedad en Nombre Colectivo con Capital Variable.
4. Ejemplos Prácticos.
5. Casos por resolver
La “Sociedad en Nombre Colectivo” es aquella que existe bajo una razón social y en
la que todos los socios responden, de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente de las
obligaciones sociales, e ahí una de las características diferentes respecto a las Sociedades en
Compañía Limitada; pero también, pueden llegar a ser de responsabilidad limitada.
Podríamos decir, en relación con este tipo de sociedad, que es la típica de personas, ya que no se
concibe ningún acto trascendental dentro de la vida de la sociedad, sin que se pida el consenso o
la mayoría de la voluntad de los socios, para llevar a cabo cualquier acto que ponga en juego la
vida de la sociedad.
Su capital social está representado por la suma de aportaciones que en dinero o en especie
efectúen los socios. Estas aportaciones pueden ser de diferente valor.
Cabe comentar que este tipo de sociedad tiende a desaparecer por la responsabilidad ilimitada
que adquieren los socios y el riesgo que esto conlleva.
Aspecto legal:
Antes de iniciar sus operaciones, la sociedad (o compañía) en Nombre Colectivo debe poner en
conocimiento del público, por cualquier medio de comunicación masivo, su constitución, su
razón social bajo la cual será conocida en el comercio y quiénes son los socios que la integran
(Arto. 133 CC).
La razón social es la fórmula enunciativa de los nombres de todos los socios, o de algunos de
ellos, con agregación de la palabra “y Compañía” (Arto. 134 CC).
Solamente los nombres de los socios colectivos pueden formar parte de la razón social (Arto.
135 CC).
Los Socios Colectivos indicados en la escritura social, son solidariamente responsables de todas
las obligaciones legalmente contraídas bajo la razón social. Pero pueden por pacto los socios
limitar su responsabilidad, con tal que se agregue a la razón social la palabra “Limitada”, es
decir: este tipo de sociedad puede ser Limitada o Ilimitada (Arto. 137 CC).
En las Sociedades en Nombre Colectivo todos los socios, administren o no, tendrán derecho no
sólo a examinar el estado de la administración y de la contabilidad, sino también a hacer, con
arreglo a los pactos consignados en la escritura de la sociedad o las disposiciones generales del
derecho, las reclamaciones que creyesen convenientes al interés común (Arto. 166 CC), ya que
en ninguna sociedad se puede negar a los socios el derecho de examinar los libros,
correspondencia y demás documentos que comprueben el estado de la administración social
(Arto. 132 CC).
El socio o socios administradores están obligados a rendir cuenta siempre que lo pida la mayoría
de los socios, aún cuando no sea en las épocas fijadas en el contrato de la compañía (Arto. 168
CC).
1. Extraer del fondo común mayor cantidad que la asignada para sus gastos particulares.
La mera extracción autoriza a los consocios del que la hubiese verificado para obligar a
éste al reintegro.
2. Aplicar los fondos comunes a su negocio particular y usar en éstos de la firma social. El
socio que hubiere violado esta prohibición llevará a la masa común las ganancias, y
cargará él solo con las pérdidas del negocio en que invierta los fondos distraídos, sin
perjuicio de restituirlos a la sociedad e indemnizar los daños que ésta hubiese sufrido.
Podrá también ser excluido de la sociedad por sus consocios.
3. ceder a cualquier título interés en la sociedad y hacerse sustituir en el desempeño de sus
funciones que le correspondan en la administración. La cesión o sustitución sin previo
permiso de todos los socios, es nula.
17
4. Explotar por cuenta propia el ramo de industria en que gire la sociedad y hacer sin
consentimiento de todos los socios operaciones particulares de cualquier especie cuando
la sociedad no tuviere un género determinado de comercio.
5. interesarse como socios con responsabilidad ilimitada en otras sociedades que tengan el
mismo objeto, y hacer operaciones por cuenta de ellas o de terceros en el mismo
comercio, sin el consentimiento de los otros socios. Se presume el consentimiento, si el
interés o las operaciones existían antes del contrato de sociedad y eran conocidas de los
otros socios y en dicho contrato no estipularon que debían cesar tan luego como el
contrato de sociedad tuviese perfecto.
Los socios que contravengan a estas prohibiciones serán obligados a llevar al acervo común las
ganancias provenientes de tales operaciones, y a soportar individualmente las pérdidas que le
resultaren (Arto. 170 CC).
Aspecto contable
Las cuentas especiales para el registro y control del capital social que se utilizan en este tipo de
sociedades son las siguientes cuentas contables:
1. Capital social,
2. Aportaciones, y
3. Cuentas colectas.
Por la necesidad de llevar un control contable por cada uno de los socios, se acostumbra llevar
un mayor auxiliar para cada una de las cuentas de capital social y para las aportaciones, de tal
manera que se conozca a todos y cada uno de los socios en cuanto a sus aportaciones pendientes
en relación con el capital comprometido.
A la cuenta de “Cuentas Colectas” se cargan todas las cantidades que se vayan entregando al
socio o socios por concepto de alimentos, de acuerdo con lo que establece el pacto social, se
abona con cargo a las utilidades del ejercicio, cuando se acuerde la distribución de las utilidades
a favor de los socios.
Al final del ejercicio social, esta cuenta tendrá saldo deudor y deberá aparecer dentro del activo,
en el caso de que se hayan obtenido utilidades en el ejercicio. En el caso de que hubiere
obtenido pérdida en el ejercicio, esta cuenta se considerará como de resultados, lo mismo
sucederá cuando la utilidad sea menor al importe de las cantidades retiradas por los socios.
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Asientos de apertura de una Sociedad en Nombre Colectivo.
Se debe considerar que las exhibiciones del capital se pueden hacer en forma inmediata o
mediata, por lo que los asientos de apertura podrían ser:
Aportaciones inmediatas:
Caja, bancos o diversas cuentas de activo. xxx.xx
Capital social xxx.xx
Sr. X xxx.xx
Sr. Y xxx.xx
Sr. Z xxx.xx
Aportaciones mediatas:
-1-
Aportaciones xxx.xx
Sr. X xxx.xx
Sr. Y xxx.xx
Sr. Z xxx.xx
Capital social xxx.xx
Sr. X xxx.xx
Sr. Y xxx.xx
Sr. Z xxx.xx
Por el importe del capital suscrito, no pagado, de
conformidad a lo estipulado en el pacto social.
-2-
Los aumentos de capital sólo podrán hacerse si previamente se modifica la escritura social y se
llevan todos los requisitos como si fuera la primera vez que se constituye. En casos de
disminución del capital se rige lo estipulado en el Arto. 143 CC.
Además de las cuentas señaladas para la Sociedad en Nombre Colectivo de capital fijo, se
llevarán las siguientes cuentas de orden:
1. Partes sociales.
2. Emisión de partes sociales.
19
Ejemplo:
Caso: “Morales, Crawford & Cía. S. en N.C.”
La sociedad “Morales, Crawford & Cía. S. en N.C.”, se constituye con base a las leyes de
la República y emite un capital social de C$100,000.00, de los cuales se suscribieron y
exhibieron en forma inmediata C$50,000.00, como sigue los siguientes socios capitalistas
(es decir, aportan dinero en efectivo y otro bien en especie): Morales, C$30,000.00,
Crawford C$10,000.00 y Cabrejos C$10,000.00.
El socio Herrera es un socio industrial (es decir, su aporte es su trabajo) y tendrá participación
en las utilidades en proporción igual al socio Morales, se acuerda también en la escritura, que se
le entregará mensualmente al socio Herrera la cantidad de C$1,000.00 para alimentos que se
consideran como anticipos a cuenta de las utilidades que le lleguen a corresponder.
Las utilidades y las pérdidas afectarán a los socios capitalistas en proporción a su capital
exhibido. Estas utilidades o pérdidas deberán registrarse en sus respectivas cuentas una vez que
sea conocido y aprobado el balance general.
A inicios del siguiente ejercicio los socios hacen una segunda suscripción, exhibiendo de
inmediato sus aportaciones de la siguiente manera: Morales C$24,000.00, Crawford C$8,000.00
y Cabrejos C$8,000.00.
Con los datos anteriores procederemos a registrar las operaciones del año en que se constituyó
la sociedad y la exhibición del capital en el siguiente año.
1
C.O. Partes Sociales 100,000.00
Morales C$ 60,000.00
20
Crawford C$ 20,000.00
Cabrejos C$ 20,000.00
C.O. Emisión de partes sociales 100,000.00
Morales C$ 60,000.00
Crawford C$ 20,000.00
Cabrejos C$ 20,000.00
Por el capital social suscrito según pacto social. 100,000.00 100,000.00
2
Aportaciones 50,000.00
Morales 30,000.00
Crawford 10,000.00
Cabrejos 10,000.00
Capital social 50,000.00
Morales 30,000.00
Crawford 10,000.00
Cabrejos 10,000.00
Por el importe del capital social suscrito por los
socios capitalistas.
50,000.00 50,000.00
2A
C.O. Emisión de partes sociales 50,000.00
Morales 30,000.00
Crawford 10,000.00
Cabrejos 10,000.00
C.O. Partes Sociales 50,000.00
Morales 30,000.00
Crawford 10,000.00
Cabrejos 10,000.00
50,000.00 50,000.00
3
Caja, bancos, diversas cuentas de activo 50,000.00
Aportaciones 50,000.00
Morales C$ 30,000.00
Crawford C$ 10,000.00
Cabrejos C$ 10,000.00
Por el importe del capital exhibido en el
momento de la constitución de la sociedad, según
el pacto social.
50,000.00 50,000.00
4
Cuentas colectas 12,000.00
Socio Industrial Herrera
21
Caja o banco 12,000.00
Por el importe de la cantidad retirada por el socio
industrial Herrera correspondiente al presente
año, (este asiento se deberá registrar mes a mes
durante el año), con base al pacto social
12,000.00 12,000.00
5
Diversas cuentas de activo 50,000.00
Diversas cuentas de pasivo 20,000.00
Utilidad del ejercicio 30,000.00
Para registrar los incrementos de las cuentas de
activo y pasivo provocadas por las utilidades del
ejercicio.
50,000.00 50,000.00
6
Utilidad del ejercicio 30,000.00
Reserva legal 1,500.00
Acreedores diversos 28,500.00
Morales 37.5% 10,687.50
Herrera 37.5% 10,687.50
Crawford 12.5% 3,562.50
Cabrejos 12.5% 3,562.50
Por la aplicación ponderada de las utilidades y
reserva del presente ejercicio, en atención a las
aportaciones de los socios de acuerdo al pacto
social.
30,000.00 30,000.00
22
10,687.50 60.00 37.5%
Morales
Herrera 10,687.50 60.00 37.5%
Crawford 3,562.50 20.00 12.5%
Cabrejos 3,562.50 20.00 12.5%
TOTALES 28,500.00 160.00 100.00
-7-
Acreedores Diversos 10,687.50
Herrera
Cuentas colectas 10,687.50
Herrera
Por el importe de las cantidades retiradas por el
socio industrial durante el año, y que se le
aplican a las utilidades que le corresponden en el
presente ejercicio.
10,687.50 10,687.50
-8
Aportaciones 40,000.00
Morales 24,000.00
Crawford 8,000.00
Cabrejos 8,000.00
Capital social 40,000.00
Morales 24,000.00
Crawford 8,000.00
Cabrejos 8,000.00
Para registrar el compromiso de los socios por la 40,000.00 40,000.00
nueva suscripción del capital.
8a
C.O. Emisión de partes sociales 40,000.00
Morales 24,000.00
Crawford 8,000.00
Cabrejos 8,000.00
C.O. Partes sociales 40,000.00
Morales 24,000.00
Crawford 8,000.00
Cabrejos 8,000.00
Por la segunda suscripción del capital social. 40,000.00 40,000.00
-9-
23
Aportaciones 40,000.00
Morales 24,000.00
Crawford 8,000.00
Cabrejos 8,000.00
Importe de la exhibición efectuada de inmediato
en efectivo y/o en especies.
40,000.00 40,000.00
Ahora bien, las cuentas de orden de “Partes Sociales” y “Emisión de Partes Sociales” quedan
con un saldo de C$10,000.00 que representan el capital pendiente de suscribir. La cuenta de
“Aportaciones” queda saldada, ya que los socios han exhibido el total de sus aportaciones; la
“Cuenta Colecta” queda con un saldo de C$1,312.50 que representa el exceso pagado al socio
Herrera y que será compensado con las futuras utilidades.
24
Utilidad del ejercicio Reserva legal
6 30,000.00 30,000.00 5 1,500.00 6
Acreedores diversos
7 10,687.50 28,500.00 6
17,812.50
Ejercicio:
25
Núñez Lacayo & Cía. S. en N.C. se constituyó el 02 de Enero del 2008 con un capital social de
C$1, 000,000.00 de los cuales se exhibieron de forma inmediata C$600,000.00 como sigue:
Al 31 de Diciembre del 2003 (fecha del cierre del año contable) la sociedad había obtenido C$5,
000,000.00 de utilidades que se reflejaron en un incremento en los activos por C$8, 000,000.00
y de pasivos por C$3, 000,000.00.
Antes de hacer el cierre final de los estados financieros se decide hacer la aplicación de las
utilidades para que aparezcan dentro del balance.
Se pide:
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La sociedad “Cruz, Pérez & Cía. S. en N.C.”, se constituye con base a las leyes de la República
y emite un capital social de C$200,000.00, de los cuales se suscribieron y exhibieron en forma
inmediata C$100,000.00, como sigue los siguientes socios capitalistas (es decir, aportan dinero
en efectivo y otro bien en especie): Cruz C$60,000.00, Pérez C$20,000.00 y Carballo
C$20,000.00.
El socio Acuña es un socio industrial (es decir, su aporte es su trabajo) y tendrá participación en
las utilidades en proporción igual al socio Cruz, se acuerda también en la escritura, que se le
entregará mensualmente al socio Acuña la cantidad de C$2,500.00 (Contabilizar los 12 meses)
para alimentos que se consideran como anticipos a cuenta de las utilidades que le lleguen a
corresponder.
Las utilidades y las pérdidas afectarán a los socios capitalistas en proporción a su capital
exhibido. Estas utilidades o pérdidas deberán registrarse en sus respectivas cuentas una vez que
sea conocido y aprobado el balance general.
A inicios del siguiente ejercicio los socios hacen una segunda suscripción, exhibiendo de
inmediato sus aportaciones de la siguiente manera: Cruz C$ 56,000.00, Pérez C$ 18,000.00 y
Carballo C$ 18,000.00. Después de efectuada la segunda suscripción determine el capital
contable de la sociedad.
Se pide:
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La sociedad “Morales, Crawford & Cía. S. en N.C.”, se constituye con base a las leyes de
la República y emite un capital social de C$100,000.00, de los cuales se suscribieron y
exhibieron en forma inmediata C$50,000.00, como sigue los siguientes socios capitalistas
(es decir, aportan dinero en efectivo y otro bien en especie): Morales, C$30,000.00,
Crawford C$10,000.00 y Cabrejos C$10,000.00.
El socio Herrera es un socio industrial (es decir, su aporte es su trabajo) y tendrá participación
en las utilidades en proporción igual al socio Morales, se acuerda también en la escritura, que se
le entregará mensualmente al socio Herrera la cantidad de C$1,000.00 para alimentos que se
consideran como anticipos a cuenta de las utilidades que le lleguen a corresponder.
Las utilidades y las pérdidas afectarán a los socios capitalistas en proporción a su capital
exhibido. Estas utilidades o pérdidas, deberán registrarse en sus respectivas cuentas una vez que
sea conocido y aprobado el balance general.
A inicios del siguiente ejercicio los socios hacen una segunda suscripción, exhibiendo de
inmediato sus aportaciones de la siguiente manera: Morales C$24,000.00, Crawford C$8,000.00
y Cabrejos C$8,000.00.
Con los datos anteriores procederemos a registrar las operaciones del año en que se constituyó
la sociedad y la exhibición del capital en el siguiente año.
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La sociedad “Morales, Crawford & Cía. S. en N.C.”, se constituye con base a las leyes de
la República y emite un capital social de C$100,000.00, de los cuales se suscribieron y
exhibieron en forma inmediata C$50,000.00, como sigue los siguientes socios capitalistas
(es decir, aportan dinero en efectivo y otro bien en especie): Morales, C$30,000.00,
Crawford C$10,000.00 y Cabrejos C$10,000.00.
El socio Herrera es un socio industrial (es decir, su aporte es su trabajo) y tendrá participación
en las utilidades en proporción igual al socio Morales, se acuerda también en la escritura, que se
le entregará mensualmente al socio Herrera la cantidad de C$1,000.00 para alimentos que se
consideran como anticipos a cuenta de las utilidades que le lleguen a corresponder.
Las utilidades y las pérdidas afectarán a los socios capitalistas en proporción a su capital
exhibido. Estas utilidades o pérdidas deberán registrarse en sus respectivas cuentas una vez que
sea conocido y aprobado el balance general.
Durante el año, la compañía obtuvo perdida por C$ 25,000.00, un saldo en sus activos por C$
50,000.00 y C$ 75,000.00 de incremento en el pasivo.
A inicios del siguiente ejercicio los socios hacen una segunda suscripción, exhibiendo de
inmediato sus aportaciones de la siguiente manera: Morales C$24,000.00, Crawford C$8,000.00
y Cabrejos C$8,000.00.
Con los datos anteriores procederemos a registrar las operaciones del año en que se constituyó
la sociedad y la exhibición del capital en el siguiente año.
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