INF 082-2019-CAGR Defensoria Del Pueblo (TAMSHI) - 21.06
INF 082-2019-CAGR Defensoria Del Pueblo (TAMSHI) - 21.06
INF 082-2019-CAGR Defensoria Del Pueblo (TAMSHI) - 21.06
2019-E01-052311
INFORME Nº 0082-2019-OEFA/DSAP-CAGR
Tengo el agrado de dirigirme a usted para hacerle llegar el presente Informe, a través del cual se
responde a la solicitud formulada por la Defensoría del Pueblo mediante Oficio N° 286-2019-
DP/AMASPPI, vinculada a las acciones de supervisión realizadas al Fundo Tamshiyacu de
propiedad de la empresa TAMSHI S.A.C., ubicado en el distrito Fernando Lores, provincia de
Maynas, departamento de Loreto (en adelante, TAMSHI).
I. ANTECEDENTES
II. ANÁLISIS
2 El OEFA es competente para fiscalizar las actividades del sector agrario, independientemente de si están o no sujetas al
Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental. Las actividades del sector agrario de competencia del OEFA,
que se encuentran sujetas al Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental se agrupan en: (i) producción y
transformación de productos agrícolas, (ii) producción y transformación pecuaria; (iii) irrigaciones; y (iv) transformación
primaria de productos forestales (fuera del ámbito de títulos habilitantes).
3 Ley N° 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, modificada por la Ley N° 30011
Artículo 11.- Funciones generales
11.1 El ejercicio de la fiscalización ambiental comprende las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización y
sanción destinadas a asegurar el cumplimiento de las obligaciones ambientales fiscalizables establecidas en la
legislación ambiental, así como de los compromisos derivados de los instrumentos de gestión ambiental y de los
mandatos o disposiciones emitidos por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), en
concordancia con lo establecido en el artículo 17, conforme a lo siguiente:
(…)
b) Función supervisora directa: comprende la facultad de realizar acciones de seguimiento y verificación con el
propósito de asegurar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la regulación ambiental por parte de los
administrados. Adicionalmente, comprende la facultad de dictar medidas preventivas.
La función supervisora tiene como objetivo adicional promover la subsanación voluntaria de los presuntos
incumplimientos de las obligaciones ambientales, siempre y cuando no se haya iniciado el procedimiento
administrativo sancionador, se trate de una infracción subsanable y la acción u omisión no haya generado riesgo,
daños al ambiente o a la salud. En estos casos, el OEFA puede disponer el archivo de la investigación
correspondiente. Mediante resolución del Consejo Directivo se reglamenta lo dispuesto en el párrafo anterior.
2
Av. Faustino Sánchez Carrión N° 603,
www.oefa.gob.pe 607 y 615.
Jesús María - Lima, Perú
Teléf.: (511) (01) 204-9900 2
Dirección de Supervisión
Ministerio Organismo de Evaluación y Fiscalización
Ambiental en Actividades
del Ambiente Ambiental - OEFA
Productivas
II.4 Acciones realizadas por la DFAI del OEFA respecto los expedientes transferidos por
el MINAGRI
11. De la revisión del acervo documentario transferido al OEFA, se identificaron las siguientes
acciones de supervisión realizadas por el MINAGRI a TAMSHI, las cuales vienen siendo
tramitados por la DFAI del OEFA:
Cuadro 1. Informes de las acciones de supervisión realizadas por MINAGRI5 a TAMSHI y estado actual
en OEFA
12. La Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas (DSAP) del OEFA citó a
los representantes de TAMSHI a una reunión que se llevó a cabo el 29 de mayo del 2019,
con la finalidad de que informen sobre el estado de las actividades desarrolladas en el Fundo
Tamshiyacu.
14. En dicha reunión, los representantes de la DSAP del OEFA informaron a los representantes
de TAMSHI, que de conformidad con lo establecido en el artículo 3° de la Ley N° 27446 –
Ley del Sistema Nacional de Evaluación Ambiental, el desarrollo de sus actividades en el
Fundo Tamshiyacu requiere la certificación ambiental expedida por el MINAGRI, y que
corresponde al OEFA fiscalizar el cumplimiento de dicha disposición, así como dictar
medidas preventivas destinadas a evitar un inminente peligro o alto riesgo de producirse un
daño grave al ambiente, los recursos naturales.
16. La DSAP del OEFA tiene programado realizar una supervisión en el Fundo Tamshiyacu de
propiedad de TAMSHI, en el tercer trimestre del 20198.
III. CONCLUSIONES
(i) A partir del 4 de mayo de 2019 el OEFA es la autoridad competente para realizar el
seguimiento y verificación del cumplimiento de las obligaciones fiscalizables de las
actividades y proyectos del sector agrario.
(ii) MINAGRI transfirió al OEFA acervo documentario correspondiente a dos (2) acciones
de supervisión realizadas a la empresa TAMSHI S.A.C. durante el año 2018, que han
sido derivadas a la DFAI del OEFA para su evaluación correspondiente.
(iii) El 29 de mayo de 2019, la DSAP de OEFA llevó a cabo una reunión con los
representantes de TAMSHI, quienes informaron que actualmente no desarrollan
actividades productivas en el Fundo Tamshiyacu, solamente realizan actividades de
mantenimiento. Hechos que serán objeto de supervisión en las acciones
programadas.
(iv) La DSAP del OEFA tiene programado realizar una supervisión en el Fundo
Tamshiyacu de propiedad de TAMSHI, en el tercer trimestre del 2019.
IV. RECOMENDACIÓN
19. Remitir el presente informe al despacho de la señora Alicia Abanto Cabanillas, Adjunta al
Defensor del Pueblo en Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas, para
conocimiento y fines correspondientes.
Es todo cuanto tenemos que informar, quedando de usted para cualquier requerimiento adicional
que suscite el presente.
Atentamente,
[BINGAR]
5
Av. Faustino Sánchez Carrión N° 603,
www.oefa.gob.pe 607 y 615.
Jesús María - Lima, Perú
Teléf.: (511) (01) 204-9900 5
"Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado por el OEFA, aplicando los dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-
PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. Nª 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través de la
siguiente dirección web: https://sistemas.oefa.gob.pe/verifica e ingresando la siguiente clave: 05272844"
05272844