Communication">
Nothing Special   »   [go: up one dir, main page]

Preparacion y Respuestas Ante Emergencias Dand

Descargar como pdf o txt
Descargar como pdf o txt
Está en la página 1de 41

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS EN DIVISION
ANDINA
CODIGO: SIGO-R-GE-004 REVISION: 03 PAGINA: 1 de 41

INDICE

1 TITULOS I GENERALIDADES ................................................................................. 2

2 TITULOS II RESPONSABILIDADES ........................................................................ 4

3 TITULOS III ESTRUCTURA DOCUMENTAL ......................................................... 13

4 TITULOS IV ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL .................................................. 17

da
5 TITULOS V NIVELES DE MAGNITUD DE EMERGENCIA .................................... 18

la
6 TITULOS VI FUNCIONES COMITÉ MANEJO DE EMERGENCIA ........................ 19

ro
7 TITULOS VII COMUNICACIONES Y ALCANCE DE LA INFORMACIÓN .............. 27

8
nt
TITULOS VIII EQUIPAMIENTO Y CAPACITACIÓN .............................................. 30
Co
9 TITULOS IX DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA BRIGADA DE EMERGENCIA ...... 33

10 TITULOS X DEL CONSEJO CORPORATIVO DE MANEJO DE CRISIS ................ 39


o

11 REFERENCIAS ....................................................................................................... 41
N

12 REVISIONES ........................................................................................................... 41
a

13 ANEXOS.................................................................................................................. 41
pi
Co

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 2 de 41

TITULO I
GENERALIDADES

Capítulo Primero
Objetivo y alcances

da
Art.1-. Definir, estandarizar y establecer las acciones y metodología que deben
cumplirse en División Andina y por cada una de sus áreas operativas en particular, para
lograr una adecuada identificación de situaciones con potencial de emergencia; nivel de

la
preparación de la organización y de la respuesta eficiente y segura frente a un evento
catalogado como emergencia.

ro
Establece las estructuras de mando, los procedimientos Divisionales de coordinación,
los recursos disponibles, el manejo de las comunicaciones y la actuación de las diversas
instancias involucradas.
nt
El presente reglamento, incorpora los lineamientos y directrices establecidos en el
Co

Procedimiento de Preparación y Respuesta Ante Emergencias corporativo (SGR-P-002).

Art.2-. Este Reglamento es aplicable a todas las áreas de Trabajo de la División,


incluidas las empresas contratistas, subcontratistas, proveedores y visitas que al
o

momento de producirse una emergencia se encuentren desarrollando actividades en las


N

instalaciones de la División Andina.

Art.3-. La estructuración de los planes de emergencia deben considerar lo consignado


a

en la siguiente normativa legal:


pi

 Decreto Supremo N° 132, modificatorio del D.S. 72 “Reglamento de Seguridad


Co

Minera”, en lo pertinente.
 Decreto con Fuerza de Ley N° 369/74 que crea la Oficina Nacional de Emergencia y
que determina circunstancias que se requiera la coordinación con este organismo
gubernamental.
 Decreto N° 509/1983, reglamento del D.S. 369/74.
 Ley N° 16.282 Ministerio del Interior, que opera para casos de sismos o catástrofes.
 Obligaciones y compromisos emanados de diferentes resoluciones emitidas por la
autoridad, en referencia al tema.

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 3 de 41

Capítulo Segundo
Definiciones

Art. 4-.

a. COE: Comité Operativo de Emergencia: Supervisores y personal de apoyo definidos


por el Jefe de la Emergencia para abordar la estrategia de intervención, el control de la
emergencias y la posterior restitución de las operaciones.

b. COORDINADOR GENERAL DEL PLAN DE EMERGENCIA: Es la persona designada

da
en la División para la administración de los recursos destinados a la respuesta ante
Emergencias, teniendo también por función el administrar y asegurar el cumplimiento de
los requisitos mínimos establecidos en este documento. En concordancia con DS 43

la
Reglamento de Almacenamiento de Sustancias peligrosas, el coordinador general del
plan de emergencia es el equivalente del Director para las emergencias, mencionado en

ro
dicho documento.
nt
c. CONSEJO CORPORATIVO DE MANEJO DE CRISIS (CCMC): Es la estructura
organizacional que se constituye con los más altos ejecutivos de la Corporación, en las
Co

oficinas centrales de CODELCO tan pronto se recibe el aviso de emergencia o crisis en


alguna de las Divisiones con el objeto de coordinar, organizar y facilitar la disponibilidad
de los recursos interdivisionales y corporativos que se precisen para ir en apoyo al
Centro de Operaciones afectado. Establece además los enlaces comunicacionales con
o

el Directorio y demás partes interesadas respecto de la situación, cumpliendo además


N

funciones comunicacionales y de contención frente a las demandas de las autoridades y


la opinión pública en general.
a

d. COMITÉ DE MANEJO DE EMERGENCIA (CME): Es el equipo administrativo que se


pi

conforma en la División para la toma de decisiones ante una situación de Emergencia o


Crisis. En División Andina su símil es el Comité de Administración de Emergencias
Co

(CAE).

e. CRISIS: Situación grave y difícil que pone en peligro la continuidad o el desarrollo de los
procesos operacionales, convirtiéndose en un momento decisivo de un negocio por las
consecuencias importantes que pueden impactar al proceso, negocio, comunidades o
medio ambiente.

f. EILA: Edificio Institucional Los Andes.

g. EMERGENCIA: Para efecto del presente documento se define una emergencia como
un evento o incidente que ocurre de una manera inesperada e imprevista, que altera el
desarrollo normal de las operaciones con potencial de generar víctimas fatales, daños
materiales, interrupción de proceso y pérdidas de reputación; pero sin que esta situación

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 4 de 41

exceda la capacidad de respuesta de la organización para minimizar sus efectos y


recuperar la normalidad.

h. GSSO: Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional.

i. SPMFC: Superintendencia Planta Molibdeno y Filtrado de Cobre.

TITULO II
RESPONSABILIDADES

da
Capítulo Primero
Responsabilidades

la
Art. 5-. Todo trabajador o visita deberá ser instruido sobre los procedimientos locales de
emergencia del área donde ingresará o trabajará, como parte de su inducción y del derecho

ro
de informar de los peligros y medidas de control en emergencias que le corresponde realizar
a la administración. A su vez, deberá cumplir cabalmente todas las indicaciones entregadas,
nt
en materia de respuesta inmediata, activación de alarmas, llamados de emergencia y
evacuaciones.
Co

Art. 6.- Todas las Gerencias deberán cautelar que todo trabajador que ingrese a
instalaciones subterráneas, tales como mina, planta concentradora y túnel de relaveducto,
porte su equipo auto rescatador y esté debidamente capacitado en su correcto uso. Además
o

deberán asegurar que este equipamiento cumpla con los controles de peso y/o hermeticidad
N

definidos por el fabricante.

Art. 7.- La Gerencia de Recursos Hídricos, Relaves y Concentrado deberá cautelar que el
a

personal que ingrese a la SPMFC, sea instruido sobre los sistemas de protección
pi

específicos, de acuerdo a los riesgos inherentes a esta planta.


Co

Art. 8.- Todo trabajador deberá mantener reserva absoluta de la información que se genere
en una emergencia. Quedando prohibido entregar toda información, fotografías, videos,
mensajes de texto o todo medio de información sin la previa autorización de la
administración, quien será la única responsable de su manejo y procesamiento.

Art. 9.- Todos trabajadores tienen la obligación de reportar a su supervisión todo incidente
inmediatamente de producido, en especial a los referidos a potenciales emergencias que
requieran una respuesta coordinada y oportuna por parte de la organización, principalmente
referida a: Accidentes Graves / Fatales, Derrames de Sustancias Químicas, Fuegos
incipientes, Escurrimientos violentos y repentinos de agua, barro, nieve; fugas de aguas, falla
de suministro eléctrico, todo daño que genere problemas de conectividad o continuidad
operativa. La entrega de estos reportes, implicará que la supervisión debe generar los
informes correspondientes y entregar la información al jefe de turno, superintendente e
ingeniero especialista de seguridad del área.

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 5 de 41

Art. 10.- Toda persona que desarrolle sus actividades al interior de instalaciones
subterránea, frente a una emergencia de incendio y frente a la imposibilidad de evacuar a
superficie deberá estar instruido en el correcto uso de refugios dispuestos en labores
subterráneas.

Art. 11.- Refiere a las responsabilidades de cargos específicos, antes, durante y después de
una emergencia:

RESPONSABLE GERENTE GENERAL ( o su reemplazante)

da
ACTIVIDAD

PRE EMERGENCIA EN EMERGENCIA POST EMERGENCIA

la
1. Controla la vigencia, y actualización 1. Preside y conduce el comité de 1. Garantizar la
de los planes de emergencia manejo de emergencia. disponibilidad y

ro
definidos por la División. 2. Reporta en forma inmediata el reposición de los
2. Proporciona los recursos para recursos necesarios
evento a los vicepresidentes y
mantener una estructura y medios
nt
Presidente Ejecutivo de CODELCO.
para la normalización de
para enfrentar emergencias. las operaciones y
3. Controla que todos los proyectos y 3. Administrar la información oficial atención de
Co

procesos de cambio integren los hacia las instancias Corporativas y emergencias.


mecanismos y equipamiento para los Organismos Públicos, asesorado 2. Informar del término de
hacer frente a una situación de por el Director de Comunicaciones y la emergencia a las
emergencia. Director de Relaciones Comunitarias. instancias superiores de
o

4. Define planes de capacitación la Corporación y las


4. Autoriza y coordina el proceso de
preventivos para los cargos instancias públicas
N

directivos que deben enfrentar comunicaciones hacia las comprometidas,


situaciones de emergencias. autoridades sectoriales pertinentes, asesorado por el
a

5. Dispone de todos los medios organismos regulatorios Director de


comunicacionales que competentes y las partes Comunicaciones y
pi

tecnológicamente es posible utilizar interesadas. Director de Relaciones


para mantener el flujo de 5. Dispone la recopilación y entrega de Comunitarias.
Co

información.
toda la información pertinente a la
6. Garantiza el cumplimento de lo
establecido en este reglamento Gerencia de Comunicaciones de
respaldando las gestiones de Codelco.
inversión y operación de los 6. Dispone el apoyo y recursos
recursos de respuesta a pertinentes para enfrentar la
emergencia (visados por la GSSO) situación de emergencia.

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 6 de 41

GERENTE DEL ÁREA ( o su reemplazante):


RESPONSABLE
SUPERINTENDENTE DE ÁREA Y/0 JEFES DE UNIDADES)
ACTIVIDAD

PRE EMERGENCIA EN EMERGENCIA POST EMERGENCIA


1. Cautela que los planes e 1. Constituyen el CME y lideran las 1. Define las acciones a seguir
instructivos para actuar en casos acciones de evacuación y control para la rehabilitación de los
de emergencia estén vigentes de la unidad de su responsabilidad. procesos productivos y

da
2. Controla que todo el personal, ya 2. Frente a emergencias de nivel 1 y vuelta a la normalidad.
sea propio y de contratistas, 2, coordina y enlaza las acciones 2. Mantiene informado de
estén capacitados para actuar de evacuación y detención de los éstas acciones al Gerente

la
ante casos de emergencias, para procesos y equipos comprometidos. general o su reemplazante
lo cual se debe difundir el 3. Mantiene registros del personal de 3. Gestiona la información

ro
Reglamento Divisional de su dependencia (incluido necesaria para la
emergencia y de su área. contratistas, subcontratistas y investigación del evento.
3. Dispone que todos los equipos y proveedores) y controla su 4. Evalúa con el
sistemas diseñados e instalados
nt
evacuación hacia sitios Superintendente y Jefes de
para alertar y combatir una predeterminados. área la reposición de
Co
emergencia se mantengan y 4. Solicita información a los Jefes de equipos y recursos
estén siempre operables. emergencia del número de víctimas utilizados en la emergencia.
4. Someter los planes de y de ser posible nombre y empresa 5. Evaluar con
emergencia a permanentes a la cual pertenece. Superintendentes, Jefes de
o

simulacros para mantener su 5. Informa directamente a la GSSO de área, Capitán de Brigada y


vigencia y mejora continua. lo sucedido y la magnitud de lo Brigadistas la capacidad de
N

5. Mantener actualizado mapas de ocurrido. respuesta y las


procesos con vías de escape, 6. Facilita y gestiona los recursos que correcciones en caso que
refugios, zonas de alto riesgo y sean necesarios para el control de corresponda, presentando
a

zonas de seguridad. Además la emergencia. el resultado a la GSSO.


pi

deberá elaborar y mantener 7. Monitorea las acciones de control


actualizada una matriz de operacional definidas por el Jefe de
Co

emergencia en su área de la emergencia


trabajo. 8. Mantiene informado al gerente
6. Gestionar la reposición de equipos General o su reemplazante.
en caso de pérdidas, daños u
otros.
7. Informar desviaciones en la
implementación del sistema local
de emergencia a la Gerencia de
Operaciones y GSSO.

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 7 de 41

GERENTE DE SUSTENTABILIDAD Y ASUNTOS EXTERNOS


RESPONSABLE (COMUNICACIONES, ASUNTOS EXTERNOS, COMUNIDADES Y MEDIO
AMBIENTE)
ACTIVIDAD
POST
PRE EMERGENCIA EN EMERGENCIA
EMERGENCIA
1. Mantiene informado y 1. Elabora y analiza la información hacia los 1. Redacta los
capacitado a todos los niveles “interesados” (Regionales, Provinciales, Locales) comunicados
ejecutivos de la División y a los medios de comunicación, de acuerdo a Divisionales,

da
respecto de los protocolos los protocolos establecidos para ello. Corporativos y
comunicacionales establecidos 2. Mantiene informado al CME de los impactos que externos.
por la Corporación. la emergencia está provocando en el entorno 2. Entrega

la
2. Mantiene relaciones comunitario, autoridades y organismos Evaluación de
permanentes con los medios competentes, medios de comunicación y público impacto

ro
de comunicación y en general. ambiental
organismos gubernamentales 3. Como parte del CME facilita el contacto y provocado por
para generar acuerdos y enlaces de apoyo con entidades externa ya sea la emergencia
coordinaciones de apoyo
nt
interdivisionales o con autoridades que 3. Es el enlace
frente a situaciones de corresponda. para la
Co
emergencias. 4. Se relacionará con las autoridades sectoriales Comunicación
3. Participa en la definición de los dando prioridad máxima a las autoridades Oficial, Local,
protocolos de comunicación a políticas y administrativas de la comuna Regional y
las partes interesadas. manteniendo canales de comunicación Redes Sociales
o

4. Mantiene actualizado un expeditos y flujos e información conforme se 4. Es el enlace con


listado de aquéllos aspectos y desarrollen los acontecimientos, disponiendo el Gerente de
N

sustancias químicas que se además de la atención profesional necesaria Comunicaciones


utilizan en la División, capaces ante las eventuales visitas que dichas Corporativo para
de generar emergencias autoridades requieran realizar. el Comunicado
a

ambientales. 5. Evalúa el potencial impacto en partes Oficial Nacional.


pi

5. Mantiene un registro de interesadas y define las acciones de mitigación, 5. Coordinar


proveedores y transportistas recursos a emplear (para los fines que le reuniones de
Co

que abastecen con sustancias competen) y los avisos a la autoridad respectiva. trabajo de
capaces de generar una 6. A través de la Comunicaciones y Asuntos reparación por
emergencia ambiental. Externos coordina acciones comunicacionales daños a las
6. Mantiene en forma actualizada ante potenciales efectos a partes interesadas. partes
los números telefónicos de 7. Solicitar a la Gerencia de Recursos Humanos, la interesadas.
autoridades gubernamentales información de las víctimas o lesionados a causa
que deben ser informadas de de la emergencia.
una situación ambiental. 8. Asesorar a la Gerencia General en los
7. Fiscalizar la existencia de comunicados de prensa en caso de requerirse
recursos para enfrentar durante la emergencia. ( Director de
eventos ambientales, que Comunicaciones)
estén disponibles y de acuerdo 9. Asumir como único vocero oficial de la situación
a lo especificado en la matriz de emergencia. (Director de Comunicaciones).
de riesgos. 10. Coordinar con Relaciones Laborales las
comunicaciones con familiares de eventuales
víctimas.

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 8 de 41

GERENTE DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL ( o su


RESPONSABLE
reemplazante: )
ACTIVIDAD
PRE EMERGENCIA EN EMERGENCIA POST EMERGENCIA
1. Asesorar y controlar que cada 1. Dispone de la coordinación y
área de la División disponga en actuación de las brigadas de 1. Evaluar en conjunto, con
forma actualizada (anual) de emergencia en relación a la el gerente del área
una matriz de emergencia. gravedad del evento. afectada los daños.

da
2. Asesora que cada área de la 2. Coordina con la Gerencia de 2. Coordinar con la
División efectúe los simulacros Comunicaciones la formalidad y Gerencia de Servicios y
anuales de emergencia y que oportunidad de los avisos a la la Gerencia de

la
las acciones de mejora se autoridad en conformidad con las Proyectos, las acciones
cumplan. disposiciones legales vigentes. de reparación tendientes
3. Auditar anualmente que tanto 3. Ante la ocurrencia de fatalidades, a reactivar el proceso

ro
los procedimientos, equipos y dispone y coordina con los productivo.
dispositivos de alarmas e Gerentes/Superintendentes de
nt 3. Gestionar con las áreas
infraestructuras, se mantengan las acciones paralizaciones, las inversiones
de acuerdo a lo diseñado y que bloqueos y resguardo de los tendientes a reponer los
el personal sea debidamente sitios, equipos, y estructuras materiales y equipo
Co

capacitado. comprometidas en el evento. utilizados en la


4. Aprueba el Reglamento 4. Levanta y mantiene un registro emergencia, según
Divisional de Emergencia. de la situación que le permite a corresponda.
5. Controla que los servicios de posterior evaluar la actuación y el 4. Designar a integrantes
o

emergencia cumplan con comportamiento de los sistemas de comisión


N

estándares técnicos definidos. dispuestos para enfrentar una investigadora y Emitir el


6. Entrega lineamiento a las emergencia. reporte final de
gerencias en la implementación 5. Emite reporte consolidado a la evaluación de la
a

de los procedimientos locales de Gerencia General, respecto de emergencia.


pi

emergencia y en la difusión de los aspectos positivos y mejora 5. Liderar la investigación


este Reglamento. de los procedimientos. de las causas de la
7. Gestionar con la Gerencia 6. Recibe la información de la emergencia y define sus
Co

General los recursos emergencia directamente de sus acciones correctivas.


presupuestarios para asegurar Directores. 6. Gestiona el Apoyo
el estándar y capacidad de 7. Mantenerse permanentemente profesional en el riesgo
respuesta del Sistema Divisional informado de las acciones que se psicológico. (RIIT)
de Emergencia. realizan para controlar la 7. Evaluar el
8. Controla que los recursos emergencia. funcionamiento de los
médicos de urgencia en la 8. Informar directamente al Gerente diversos sistemas que
División sean los pertinentes. General y al CME. participan en la
9. Deberá mantener contratos 9. Apoyar al Jefe de emergencia del respuesta a emergencia.
vigentes con empresas área en criterios técnicos de 8. Gestionar la confección
especializadas, que tengan acción ante emergencias y entrega de informes a
como finalidad realizar las específicas. través de los
pruebas, mantención y 10. Aplicar procedimiento de cierre representantes de las
calibración de los sistemas de emergencia, en coordinación Unidades de Emergencia
dispuestos en las diferentes con el CME. que actuaron en el

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 9 de 41

áreas para detección y alarma 11. Se informa a través de la evento.


emergencias. Gerencia afectada del número de 9. Supervisar en conjunto
10. Establecer criterios técnicos víctimas e información general de con las instituciones
sobre preparación de respuesta éstas. fiscalizadoras el
a emergencias relacionadas cumplimiento de las
con: brigadas, instalaciones, 12. Coordina con las instituciones acciones legales según
planes, procedimientos y fiscalizadoras (SERNAGEOMIN, corresponda.
equipamientos. SEREMI de Salud, Dirección del 10. De acuerdo a las
11. Coordinar con las áreas Trabajo). desviaciones detectadas
operativas las acciones 13. Coordinar las acciones legales en la emergencia, deberá
tendientes a evitar emergencias según corresponda controlar el cumplimiento

da
y acciones a mitigar sus (DIAT, fatalidades u otros). de las acciones
consecuencias. correctivas que surjan a
12. Mantener un catastro partir de la investigación

la
actualizado de los recursos de del evento.
emergencia externos

ro
(Bomberos, Ejército, etc.),
13. Entrega recomendaciones sobre
medidas preventivas para evitar
nt
emergencias, de acuerdo a la
información recabada a través
Co

de los Ingenieros Especialistas.


14. Asesora a través del
Coordinador General de
Emergencias, el estándar y
o

capacidad de respuesta del


Sistema Divisional de
N

Emergencia.
a

RESPONSABLE ADMINISTRADORES DE CONTRATO


pi

ACTIVIDAD
Co

PRE EMERGENCIA EN EMERGENCIA POST EMERGENCIA


1. Controla que las empresas 1. Ante requerimientos del Gerente 1. Informa al Gerente de SSO
contratistas mantengan General, deberá integrarse al acerca del estado y situación
vigente una matriz de CME, desde donde proporcionará del personal de las EE.CC
emergencias que puedan la información básica del origen afectadas o involucradas por el
generar sus operaciones o de la emergencia y a su vez evento de emergencia.
prestación de servicios. recibirá la información para la 2. Coordinar con las EE.CC a su
2. Dispone y controla que las evacuación si correspondiese. cargo, las solicitudes
EE.CC a su cargo, 2. Coordina toda la información requeridas por el área
participen en los simulacros relativa a la emergencia con el afectada, para volver a la
de emergencia que se administrador o jefe de terreno de normalidad de las operaciones.
planifiquen en las áreas la EE.CC. 3. Participar de un proceso de
donde presten servicios. 3. Dispone que toda la información investigación que busque
3. Con la asesoría de la relativa al evento y que afecta determinar las circunstancias
Gerencia SSO, audita la directamente la obra ejecutada que dieron origen al evento de

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 10 de 41

vigencia de los por la EE.CC, se canalice a través emergencia, en la cual la


procedimientos, del CME y los protocolos EE.CC. a su cargo estuvo o
disponibilidad de equipos y comunicacionales establecidos pudo haber estado
dispositivos de emergencia para tal efecto. involucrada.
de que dispone la EE.CC. 4. Informarse acerca de las
consecuencias producidas por
el evento de emergencia en las
áreas donde las EE.CC
desarrolla habitualmente sus
labores.

da
RESPONSABLE GERENTE DE RECURSOS HUMANOS

ACTIVIDAD

la
PRE EMERGENCIA EN EMERGENCIA POST EMERGENCIA
1. Mantiene actualizado listado de 1. Brinda apoyo administrativo al

ro
direcciones y medio de CME, registra las medidas y 1. Comunicar a los
comunicación de los trabajadores decisiones tomadas por el CME.
nt organismos sindicales, los
vinculados a la División Andina. 2. Canaliza las comunicaciones planes de acción para
2. Mantener procedimiento para la hacia las familias de los reactivar los procesos
utilización de otros medios de trabajadores. Esta información productivos.
Co

transporte o evacuación en caso debe ser coordinada con la 2. Mantenerse informado


de ser necesario. Gerencia de Sustentabilidad. acerca de la situación
3. Establece protocolos de 3. Coordina la asistencia a las general de los afectados de
coordinación con organismos familias de todo empleado que forma directa por la
o

sociales gubernamentales para pueda ser víctima de un incidente. emergencia e informar a


N

evaluar la disponibilidad de 4. Canaliza las comunicaciones familiares.


personal especialistas, transporte hacia las organizaciones internas
de familiares (médicos, asistentes como sindicatos y otros. Esta
a

sociales, personal administrativo información debe ser coordinada


pi

de apoyo). con la Gerencia de


4. Apoyar en la difusión del estándar Sustentabilidad.
de seguridad conductual para 5. Solicitar a la Gerencia de
Co

evitar emergencias y durante el Seguridad y Salud Ocupacional,


desarrollo de éstas. información de las víctimas y
5. Apoyar a la Gerencia de completar esta información con la
Seguridad y Salud Ocupacional base de dato de RRHH Divisional.
en los procesos de capacitación y 6. Integrar el CME apoyando las
difusión de Procedimientos. comunicaciones con organismos
sindicales.

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 11 de 41

RESPONSABLE CONSEJERÍA JURÍDICA

ACTIVIDAD

PRE EMERGENCIA EN EMERGENCIA POST EMERGENCIA


1. Generar y mantener 1. Proporciona el apoyo legal al CME 1. Analizar el resultado de
actualizada las directrices en relación a las decisiones que las investigaciones post
respecto de las acciones de se adopten. evento de emergencia,
asesoría a ejecutar ante la 2. En coordinación con la Gerencia con el objetivo de
ocurrencia de una emergencia de Sustentabilidad garantizar el cumplimiento
que comprometa la reputación (Comunicaciones) revisa y de la legislación vigente.

da
Divisional y Corporativa. aprueba alcance de los
2. Asesorar y orientar sobre las comunicados emitidos, cautelando
responsabilidades penales, la transparencia, oportunidad y la

la
civiles y administrativas a todo reputación de la División.
el personal que tiene

ro
participación directa en el
control de la emergencia. nt
3. Ante requerimiento del
Gerente General, se integra al
CME.
Co

GERENTE DE SERVICIOS (o su reemplazante: )


RESPONSABLE
o

ACTIVIDAD
N

PRE EMERGENCIA EN EMERGENCIA POST EMERGENCIA


1. Mantiene actualizado listado de 1. Dispone de los recursos 1. Según requerimientos y
a

proveedores que ante una necesarios en términos de necesidades que surgen a


emergencia puede proporcionar materiales, equipos insumos y partir de la emergencia,
pi

apoyo logístico. todo lo necesario para enfrentar debe gestionar su pronto


2. Coordina con RR.HH/ las primeras acciones de una restablecimiento o
Co

Relaciones laborales, los emergencia. reposición de equipos,


medios de transporte (terrestre, En relación a este punto, debe herramientas para retomar
aéreo u otros), que puedan ser considerar, para cada tipo de el nivel de respuesta óptimo
requeridos ante una situación de emergencia, los insumos críticos en caso de un nuevo
contingencia. para hacer frente a cada caso. evento.
3. Conforma el Comité de Manejo 2. Coordina los recursos a su 2. Apoyar en las acciones de
de Emergencia. disposición, a toda eventual restablecimiento de las
ayuda o apoyo en términos de operaciones, en torno a la
suministros y logística que se condición generada por la
requerirá para enfrentar la emergencia.
emergencia. 3. Deberá verificar la
funcionalidad y eficacia de
los diferentes sistemas de
detección y alarma,
después de ocurrida una
emergencia.

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 12 de 41

RESPONSABLE PROTECIÓN INDUSTRIAL


ACTIVIDAD
PRE EMERGENCIA EN EMERGENCIA POST EMERGENCIA

1. Mantener listado con 1. Dispone siempre de personal de guardias, 1. Brindar los resguardos
direcciones y teléfonos de tanto para el control de accesos y salidas de pertinentes para el
todos los integrantes del personal y vehículos y resguardo de zonas restablecimiento de las
CME, como así mismo de restringidas. operaciones, flujos

da
las autoridades 2. De ser necesario coordina con autoridad viales, o restitución del
sectoriales y policial los apoyos pertinentes para el control y área o lugar
representantes de la resguardo del orden y la seguridad de áreas involucrado.

la
comunidad que sea críticas involucradas en una emergencia. 2. Entregar un informe
necesario informar. 3. Coordina y asegura el ingreso de autoridades final, destacando los

ro
2. Dispone de un instructivo externas (Ejemplo: SERNAGEOMIN, SEREMI eventos relevantes
en portería principal, con de SALUD, DIRECCIÓN DEL ocurridos en la
las instrucciones o TRABAJO…etc.). emergencia, desde el
procedimiento a seguir
nt
4. Otras que le asigne el CME. punto de vista de la
frente a una situación de 5. Mantendrá el resguardo de las instalaciones y protección industrial.
Co
crisis. control de accesos a las áreas en 3. Según requerimiento,
3. Participa activamente en emergencias. apoyará en la
los simulacros de 6. Armoniza flujos viales priorizando la segregación y
emergencia que se evacuación de victimas (ambulancias, aislamiento del sitio del
o

desarrollen en la División. unidades de emergencias entre otras). suceso que fue


7. Enlazan y activan recursos que son necesarios involucrado en el
N

para el control de la emergencia, a solicitud de evento de emergencia.


CME.
a

RESPONSABLE GERENCIA DE ADMINSITRACIÓN, ÁREA FINANZAS.


pi

ACTIVIDAD
Co

PRE EMERGENCIA EN EMERGENCIA POST EMERGENCIA


1. Mantener un sistema que 1. Lleva un registro con los gastos incurridos 1. Confeccionar un
permita registrar y durante el desarrollo de la situación de informe de los gastos
calcular los gastos emergencia. incurridos producto
incurridos en una 2. Si es requerido por el CME proporciona de la emergencia.
emergencia, para su información financiera en relación a la
posterior reposición. imputación de gastos que demanda la
situación y sus respectivos centros de costos.
3. Si la emergencia representa amenaza para
la base de datos de la información financiera,
debe mantener vigente instructivo que
cautele dicha información.
4. Asegurar los recursos para el financiamiento
de la emergencia.

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 13 de 41

TITULO III
ESTRUCTURA DOCUMENTAL

Capítulo Primero
Matriz de Eventos de Alto Impacto

Art 12-. La matriz de eventos de alto impacto de División Andina, identifica las
potenciales situaciones de riesgo que puedan afectar a la División en sus distintas
áreas, la probabilidad de ocurrencia y nivel de impacto debido a las vulnerabilidades que
eventualmente puedan existir como una amenaza para la integridad de las personas,

da
equipos, instalaciones, el medio ambiente y las comunidades aledañas.

Art. 13.- Las matrices deben considerar las acciones preventivas de control y la

la
preparación de las acciones a gatillar ante la ocurrencia de los eventos de alto impacto.

ro
Art. 14.- Las áreas operativas deberán contar con una matriz de emergencias
actualizada de forma anual, la cual deberá ser entregada a la GSSO a fin de mantener
nt
actualizada la matriz de eventos de alto impacto Divisional.
Co

Capítulo Segundo
De la Clasificación de las Emergencias

Art 15-. De acuerdo a las características de las emergencias generadas en las áreas, se
o

definen de acuerdo a las siguientes características:


N

Emergencias Industriales.
a. Accidente de Trabajo Grave: Lesión (Art. 5 Ley 16.744), con consecuencias graves
a

o muerte. Ej.: Amputación, Pérdidas de Miembros, Compromiso de Órganos Vitales.


pi

b. Enfermedad Aguda: Generalmente no Ocupacional de carácter masivo y/o


consecuencias fatales; Ej.: Hanta, Chagas, Infarto al Miocardio.
Co

Emergencias de Tránsito.
a. Accidente de Transporte Terrestre del Personal: Los ocurridos durante el transporte
de personal en Área Interna o Externa de la División con probables consecuencias
de Muerte y/o Lesiones Graves (Accidente Masivo), que afecten a personal propio o
terceros y/o daño a la Propiedad.
b. Accidente de Vehículo Liviano o Pesado: Acontecidos durante la conducción de
vehículos en Área Interna o Externa de la División, con posibles causas de Muerte
y/o Lesiones Graves que afecten a conductores, acompañantes y/o terceros y/o
daños a la Propiedad.
c. Accidente de Transporte Materiales/Insumos/Productos: Originados en el Transporte
de Insumos/Productos y/o Materiales, con Impacto en el Medio Ambiente (Suelo,
Aire, Agua), Daño a la Propiedad, Impacto hacia la Comunidad, Lesiones Graves o
Muerte.

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 14 de 41

Emergencias con Daño a la Propiedad/Proceso:

Daño a la Instalaciones, Interrupción de Procesos, Impacto Ambiental, pérdidas de


Producción, Otros, al interior y/o exterior de la División cuyas causas pueden ser:
a. Incendios en ambientes subterráneos, Incendios en equipos mineros, Incendio en
instalaciones industriales, Explosiones, entre otros.
b. Interrupción relevante de Suministros Básicos (Energía Eléctrica, Comunicaciones,
Agua, otros).
b. Fuga o derrame de sustancias químicas.
c. Liberaciones descontroladas de energía.

da
Emergencias Naturales:

la
Incidentes de Origen Natural:
Con consecuencias de Muerte y/o Lesiones Graves, Daño a las Instalaciones,

ro
Interrupción de Procesos, Impacto Ambiental, Pérdidas de Producción, otros, al interior
y/o exterior de los recintos Divisionales. Estos eventos pueden ser:
Crecidas de Cursos de Agua, Inundaciones.
nt
Sismos.
Co

Nevadas y Avalanchas.
Rodados, Aluviones.

Incidentes con Daño Ambiental:


o

• Contaminación de Recursos Hídricos: Contaminación de recursos hídricos (Aguas


N

superficiales, ríos, lagunas y subterráneas), al interior y exterior de las instalaciones de


la División, debido a la Descarga y/o Derrame, Residuos y Sustancias Químicas.
• Contaminación de Suelos: Contaminación de Suelos al interior y exterior de las
a

instalaciones de la División debido a Derrames o Fuga de Afluentes Líquidos


pi

considerados como peligrosos.


• Alteración Patrimonio Cultural: Alteración accidental de Monumentos, sitios con valor
Co

antropológico, Histórico y en general los pertenecientes al patrimonio cultural, existentes


al interior y exterior de los recintos de la División.
• Incendios Forestales: Impacto Ambiental, originados por Incendios Forestales que
afecten a zonas protegidas ubicadas al interior de los recintos de propiedad de la
División.

Capítulo Tercero
Estructura de los Procedimientos Específicos de Emergencia

Art 16-. Este Reglamento es de carácter general y establece los lineamientos básicos
que deben considerarse, en el diseño e implementación de los procedimientos de
actuación ante emergencias de las diferentes áreas de División Andina, para cubrir las
eventuales situaciones de emergencia.

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 15 de 41

Art 17.- Cada procedimiento de emergencia en lo general deberá establecer en su


desarrollo, a lo menos los siguientes ítems:
 Detección y control inicial
 Aviso y Activación de la Emergencia
 De las Alarmas (Pestañeo, Sirena, Baliza, Pager, Señal VHF u otra)
 Plano del Área (Vías de Evacuación y Zona de Seguridad)
 Evacuación y Control de dotación
 Del Personal y Equipamiento de respuesta para emergencia
 De la evaluación de parámetros operacionales, instalaciones y equipo. Para la
toma de decisión de acciones a ejecutar.

da
Art. 18.- La particularidad de las emergencias con sustancias peligrosas, requiere la

la
estructuración de un procedimiento específico adecuado a los requerimientos del DS 43,
que cumpla con el Plan de Emergencia del Título XIII.

ro
Capitulo Cuarto
Emergencias por Sismo
nt
Art 19.- Se considerará como Emergencia de tipo sísmica, a todo movimiento telúrico
Co

cuya intensidad genere pérdida de elementos claves para asegurar la permanencia del
personal en las áreas industriales y conlleve a detener los procesos productivos.

Art. 20.- Los elementos claves establecidos para asegurar la permanencia y continuidad
o

operacional son:
N

 Energía Eléctrica / Ventilación


 Comunicación interna / externa (No referido a saturación de líneas)
a

 Colapsos Estructurales (Colapso de Taludes, Cavernas y galerías; Edificios,


pi

Caminos, Sistema de Transporte de Concentrado, Relaves, Agua)


 Condiciones sanitarias básicas. (Agua potable y servicios higiénicos)
Co

Art. 21.- El Jefe de Emergencia dispondrá puntos o sectores de encuentro para verificar
la integridad del personal e identificar áreas afectadas que indique el personal en
general.

Art. 22.- El jefe de emergencia establecerá a personal instruido, de preferencia a brigada


de emergencia y supervisión, la evaluación de las áreas en cuanto a condiciones de falla
en terreno y concentraciones de gases y/o calidad del aire.

Art. 23.- Todo el personal que desarrolle labores de evaluación del terreno deberá
cumplir con el Estándar de Control de Fatalidad 11, “Falla del Terreno”, en lo que
respecta al requisito A3. Las personas expuestas en áreas propensas a riesgos propios
del macizo rocoso, deben estar entrenadas y capacitadas respecto a identificar peligros,
métodos de control y conocer las zonas de seguridad o resguardo, además de estar
instruidos y entrenados para actuar en caso de emergencia.

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 16 de 41

Art. 24.- De acuerdo a la evaluación y reporte realizado por el personal especializado


sobre las condiciones de tránsito, el jefe de emergencia establecerá lo siguiente:
 Áreas con evidencia de fallas o colapsos, deberán quedar cerradas hasta la
evaluación y/o saneamiento por especialistas.
 Áreas sin afectación, quedarán liberadas para el tránsito restringido de acuerdo
a lineamientos del Comité de Manejo de Emergencia.

Art. 25.- Un sismo, al ser una emergencia de carácter transversal en la división,


requerirá cautelar condiciones de seguridad para retomar las operaciones y/o detención

da
de los procesos. Por lo tanto es prioritario que cada área reporte al Comité de Manejo de
Emergencia, la siguiente información:
 Estado del personal y cantidad de trabajadores en zonas de seguridad

la
 Estado de suministros de Agua, Energía y Comunicación.

ro
Condición estructural
 GMIN: Mina Rajo (Taludes, Botadero y Caminos) y Mina Subterránea
(Barrios Cívicos, Galerías y Piques de Acceso – Vías de evacuación)
nt
 GPLA: Concentrador (Cavernas, Galerías de Acceso y Condición de
Equipos) y Transporte de Concentrado
Co

 GSER: Hotelería, Camino Industrial, Línea Férrea y Capacidad de


Transporte para el personal.
 GRHCyR: Ovejería/Los Leones/ Piuquenes (Muro, Canaleta de Relave)
Planta de Filtro.
o

 GSSO: Camino Internacional, Postas.


N

Art. 26.- La condición particular del personal que se encuentra en tránsito, deberá estar
a

claramente establecido en los procedimientos de emergencia de cada área. Priorizando


la detención y resguardo en zonas de menor exposición al impacto por caída de rocas.
pi

No descartando, continuar el tránsito hacia las zonas de menor exposición.


Co

Art. 27.- La evacuación a superficie desde mina subterránea y concentradora, estará


supeditada a la estabilidad de las laderas, debiendo priorizar la evacuación ordenada por
galerías interiores hacia la Hotelería.

Art. 28.- Frente a la pérdida de comunicación, en lo esencial cada área deberá seguir y
cumplir los lineamientos en cuanto a privilegiar la evacuación y resguardo del personal.

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 17 de 41

TITULO IV
ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

Capítulo Primero
Estructura organizacional y Niveles de Magnitud frente a una emergencia

Art 29-. Comité de Manejo de Emergencia (CME).

Equipo conformado por los más altos ejecutivos de la División, que se constituyen para
tomar las decisiones orientadas al control de la emergencia determinando los planes de

da
acción a seguir para salvaguardar la vida de las personas, minimizar los impactos y
recuperar en el más breve plazo la normalidad de las operaciones.

la
Corresponde a dichos ejecutivos determinar la integración de otros integrantes, ligados
estrechamente a la situación y cuyo aporte en términos operacionales se considere

ro
indispensable para el control de la emergencia.
nt
Art 30.- Constitución del Comité de Manejo de Emergencia.
Básicamente el Comité de Manejo de Emergencia debe estar conformado por los
Co

siguientes cargos:
 Gerente General
 Gerente de Operaciones
 Gerente de cada Centro de Trabajo.
o

 Gerente de Seguridad y Salud Ocupacional


N

 Gerente RR.HH
 Gerente de Administración
 Gerente de Servicios
a

 Área Jurídica
pi

 Gerencia de Sustentabilidad, Comunicaciones, Asuntos Externos y Comunidades


 Otros según defina Gerencia General.
Co

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 18 de 41

TITULO V
NIVELES DE MAGNITUD DE EMERGENCIA

Capitulo Primero
Art 31.- Niveles de Magnitud de la Emergencia.

Este capítulo establece los siguientes niveles escalonados de emergencia en la División,


en donde las respuestas y reacciones deben ser coordinadas de acuerdo a estos
niveles.

da
Activación de procedimientos locales de emergencia (Minas, Plantas, bodegas,
campamentos, Tranques de relaves, camino industrial, camino internacional, EILA) en que
la emergencia es controlada por la respectiva Gerencia/Superintendencia con recursos del

la
Nivel 1 área.
 La emergencia está circunscrita a una Unidad Operacional.

ro
 Se activan las brigadas internas de emergencia.
 Hay evacuación parcial o total del área.
 Se reporta a niveles superiores de la División y Corporativos.
nt
 Activación Plan Comunicacional.
 Reporte inmediato a nivel Corporativo.
Co

Activación de los procedimientos internos Divisionales: En caso de requerir reforzar


operativamente la respuesta local se activarán una o todas las unidades operativas
internas (Brigadas de otras áreas). Este nivel lo declara el Gerente del área.
 Constitución del Comité de Manejo de Emergencia (CME).
o

 Constitución y operación de las brigadas internas de emergencia.


N

Nivel 2  Obliga a la paralización y evacuación total de la unidad.


 Estado de alerta general a toda la División.
 Activación de Plan Comunicacional.
a

 Reporte inmediato a nivel Corporativo.


pi

Emergencia que sobrepasa la capacidad de respuesta Divisional, requiere la activación


del Reglamento de emergencia Divisional y alerta inmediata al nivel Corporativo.
Co

Intervienen en su control personal de la División, de la Corporación, autoridades en


conjunto con unidades de apoyo externo, regional o Nacional. (Entre otros, SAMU,
Bomberos, carabineros, ONEMI, entre otros).
Nivel 3  Activación del Plan comunicacional.
 Información y coordinación con organismos gubernamentales externos ante solicitud
de apoyos para el control de la emergencia y recursos logísticos
 Información y coordinación con representantes de comunidades aledañas.
 Paralización de actividades y/o evacuación de la dotación Divisional.

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 19 de 41

Esta alerta se activa cuando:


 La emergencia constituye una amenaza que afecta significativamente la continuidad
de las operaciones de la División por más de 24 horas obligando a la evacuación total
del personal.
 No es posible enfrentar con recursos propios.
Nivel 4  La emergencia es de carácter comunal, regional o nacional que afecta seriamente el
funcionamiento de un Centro de Operaciones.
 Obliga a la constitución de un “Consejo Corporativo de Manejo de Crisis”, donde se
integran representantes designados por la Presidencia Ejecutiva de CODELCO.

da
TITULO VI
FUNCIONES DEL COMITÉ DE MANEJO DE EMERGENCIA

la
Capítulo Primero

ro
Funciones del Comité de manejo de Emergencia
Art 32.- El equipo de manejo de emergencias puede ser convocado por el Gerente
nt
General (o su reemplazante) o por cualquier otro Gerente Divisional que toma
conocimiento de una emergencia para adoptar las acciones oportunas de respuesta y
comunicacionales que corresponda.
Co

Art 33.- Tan pronto se recibe el aviso de una situación de emergencia, el CME define
constituirse en alguno de los siguientes lugares:
o

 Sala GIO (Gestión Integrada de Operaciones) Los Andes.


N

 Sala COM (Control de Operaciones Mina) Saladillo.


 Otras que defina el comité de manejo de emergencia.
a
pi

Capítulo Segundo
Activación de los Niveles de Emergencia
Co

Art 34.- Activación de emergencia en nivel 1


Bajo este tipo de Emergencias se produce la activación de los procedimientos internos a
nivel de Unidades Productivas (Minas, Plantas, bodegas, campamentos, Tranques de
relaves, camino industrial, camino internacional, EILA) en que la emergencia es
controlada por la respectiva gerencia /Superintendencia con recursos propios del área:

 La emergencia está circunscrita a una unidad operacional.


 Se activan las brigadas internas de emergencia.
 Hay evacuación parcial o total del área.
 Se reporta a niveles superiores de la División y Corporativos.
 Activación Plan comunicacional.

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 20 de 41

Flujograma de activación y comunicaciones de la emergencia Nivel 1:

da
la
ro
nt
Co

Art 35.- Activación de emergencia en nivel 2


La activación del nivel 2 ocurre cuando el evento no se pudo controlar con la brigada
Local, por esto el Jefe de Emergencia solicita reforzar la respuesta buscando apoyo de
otras áreas, requiriendo los recursos necesarios para el control de la emergencia. Por
o

tanto, se activa el Procedimiento de Emergencia Divisional, contenido en este


N

documento.

El Jefe de Emergencia solicitará a Gerente/Superintendente de Área (o sus


a

reemplazantes) decretar la emergencia como nivel 2, cuando sea necesario reforzar


pi

operativamente la respuesta local, por tanto tomarán las acciones pertinentes para
coordinar y enlazar la evacuación y detención de procesos y equipos comprometidos.
Co

 Ante una emergencia nivel 2 decretada, el ejecutivo del área (o su reemplazante)


asume la dirección del procedimiento de Emergencia, en tanto se constituya el
Gerente General y/o Gerente de Operaciones.
 A partir de ese momento y bajo la dirección del CME se debe centralizar la
información oficial hacia los diferentes niveles de la Corporación, entidades
gubernamentales (si procede) y las partes interesadas.
 En este nivel se activan en forma pasiva, los sistemas de toda la División
manteniéndose en alerta operativa, en términos de recursos, apoyos de Brigadas de
Emergencias, y sistemas operativos de que disponga cada una de ellas, en caso de
ser requeridos.

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 21 de 41

Flujograma de la activación y comunicaciones de la emergencia nivel 2:

da
la
ro
nt
Art 36.- Activación de emergencia en nivel 3
Co

La activación del nivel 3 podrá ser solicitada por el Gerente del área afectada. Ocurre
cuando la emergencia sobrepasa la capacidad de respuesta Divisional. Intervienen en su
control el personal de la División, de la Corporación, Autoridades, en conjunto con
o

Unidades de Apoyo externos regional o nacional (entre otros SAMU, Bomberos,


N

Carabineros, etc.)

Flujograma de la activación y comunicaciones de la emergencia nivel 3:


a
pi
Co

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 22 de 41

Art 37.- Activación de emergencia en nivel 4

El Gerente General de acuerdo a la evaluación del Comité de Manejo de Emergencias


decreta la activación del nivel 4 y todo lo que señala este Reglamento. La situación
alcanza un nivel de crisis que debe abordarse con la participación y coordinación activa
del nivel Corporativo, por lo que todos los planes de acción y comunicaciones se deben
estructurar de acuerdo a las directrices establecidas en este documento Los
Vicepresidentes Corporativos, integran el “Consejo Corporativo de Manejo de Crisis” que
debe conformarse en la sede central de CODELCO.

da
En este nivel de escalamiento de la emergencia, las decisiones se toman al más alto
nivel de cada División y Ejecutivos de la Corporación, por lo que los planes, instructivos
y comunicaciones deben coordinarse con los directivos correspondientes del nivel

la
central.

ro
Flujograma de activación y comunicaciones de la emergencia nivel 4:
nt
Co
o
N
a
pi
Co

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 23 de 41

Art 38.- Definición de Centros de Operaciones.

El “Centro de Control de Emergencia”, es el lugar donde se constituye el CME, para


realizar la coordinación y toma de decisiones para responder ante la emergencia y
atender los requerimientos de información de entidades internas y externas a los
Centros de Trabajo. En la División se ha designado como centros de Operaciones la
Sala GIO en Los Andes y la Sala COM en Saladillo, estos centros operativos que
deberán cumplir con los siguientes requisitos mínimos:

da
a. Lugar que ofrezca garantías mínimas de accesibilidad y seguridad para el personal
que se constituya.
b. No tenga posibilidades de ser afectado por la emergencia.

la
c. Alternativamente se debe designar otro lugar ante el evento que el centro de
operaciones originalmente asignado, se vea afectado.

ro
d. Mantenga los siguientes recursos:
 Línea telefónica fija, celular y teléfono satelital (Garantizar vía de comunicación).
nt
 Conexión para correo electrónico.
 Radio transmisor.
Co

 Pizarra mural para anotaciones y control cronológico.


 Documentos actualizados de los procedimientos de emergencia.
 Planos generales de las instalaciones. (Papel)
 Planos de distribución eléctrica y equipamiento de generadores de emergencia.
o

 Listado con ubicación de personal definido como clave para los planes e instructivos
N

Divisionales.
 Número telefónico de autoridades y organismos sectoriales.
a

 Listado de teléfonos de los Vicepresidentes y Ejecutivos de la Presidencia Ejecutiva.


 Otros elementos tecnológicos que la división requiera o disponga.
pi
Co

Art 39.- Sistemas de detección y alarmas de emergencia

La operatividad de los sistemas de detección y alarmas constituyen elementos


relevantes de alerta temprana por lo que su instalación, mantención y pruebas
frecuentes de su funcionamiento son esenciales para garantizar su eficacia. En tal
sentido, las áreas de la División, deben considerar, entre otros, los siguientes
requerimientos:
 Toda instalación, recinto o proceso donde trabajen personas y la matriz de riesgo
evidencia una probabilidad alta de generar una emergencia, debe incluir desde su
etapa de proyecto, la instalación de sistemas de detección y alarmas y
eventualmente, sistemas de descarga automática de agentes supresores, como es
el caso de los incendios.
 Dichos sistemas deben corresponder a tecnologías modernas y probadas en el
ambiente de las faenas mineras y acordes a las exigencias de las Normas Codelco.

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 24 de 41

 Los sistemas deben ser estandarizados, revisados y mantenidos mediante un


programa que debe establecer cada área operativa de la División.
 Ser probados y calibrados de acuerdo con normas técnicas conocidas y/o
recomendaciones del proveedor.
 Asignar responsabilidades por la mantención y operatividad.
 Incluir revisión y evaluación de funcionamiento en auditorias operativas internas.
 Toda área de la División debe contar con una codificación interna para alertar a la
organización según la ocurrencia de una emergencia.

Art 40.- Aviso de Emergencia:

da
Toda persona que labore en las instalaciones de la División Andina, al presenciar una

la
emergencia debe dar aviso de inmediato de lo ocurrido; a viva voz, al teléfono o canal
radial de emergencia dispuesto en el área donde se encuentre. Además pueden existir

ro
sistemas de alertas, mediante botoneras o botón de pánico, entre otros.

En general durante la llamada de activación de una emergencia, se deben considerar los


nt
siguientes aspectos a informar:
 Lugar exacto donde ocurre la emergencia.
Co

 Qué tipo de emergencia se está produciendo.


 Cuáles son los daños y su magnitud.
 Que prestación de servicios son requeridos por las víctimas.
 Solicitar el número de teléfono o frecuencia radial de la persona que denuncia la
o

emergencia, para futuras consulta.


N

Art 41.- Tipos de Emergencias


a
pi

A continuación se identifican los diferentes tipos de emergencias que se pueden generar


en División Andina:
Co

 Soporte Vital Básico.


 Rescate Vehicular en Accidentes Viales
 Rescate en Altura, Desnivel y Espacios Confinados
 Búsqueda y Rescate en Avalanchas
 Búsqueda y Rescate en Aludes y/o Coludíos de Rocas
 Colapso de Estructuras
 Incendio en ambientes Subterráneos
 Incendio Industrial
 Incendio Vehicular (vehículo liviano y/o pesado)
 Incendio Forestal
 Incidente con Materiales Peligrosos
 Descarga o derrame de residuos o sustancias peligrosas a cauce de ríos.

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 25 de 41

Capítulo Tercero

Art 42.- Teléfono o canal radial de recepción de emergencia:

A continuación los teléfonos y canales de emergencias correspondientes a cada área de


trabajo:

CENTRO DE ACTIVACIÓN TELEFONO


AREA CANAL EMERGENCIA
DE EMERGENCIA EMERGENCIA
Mina Rajo Abierto Operador Radial 34 2 49 5901 Canal 5 Mina Rajo

da
Canal 1 Producción
Mina Subterránea Sala COM 34 2 49 6285
Mina Subterránea

la
Concentrador Panel SAG 34 2 49 6555 Canal 8 Concentrador
Camino Industrial Camino y Nieves +56 9 84187838 Canal 4 CC NN

ro
Control 1 Canal 7 Protección
Saladillo 34 2 49 5911
Brigada Profesional nt Industrial
SPMFC Sala de Control 34 2 49 5555 Canal 3 SPMFC
EILA Caseta Guardias 34 2 49 8118 N/A
Co
Proceso de Relaves 34 2 49 8507/
Panel Valle - Cordillera Canal 3 Consola Valle
Ovejería 5660/ 6981

Art 43.- Teléfonos Jefe de Emergencia y Satelitales


o
N

En caso de emergencia se disponen los siguientes anexos telefónicos para


comunicación directa con el Jefe de Emergencia:
a

ÁREA RESPONSABLE NUMERO DE CONTACTO


pi

Mina Rajo Abierto Jefe de Emergencia 34 2 49 6054


Co

Planta Concentradora Jefe de Emergencia 34 2 49 6713 / 34 2 49 6767


Mina Subterránea Jefe de Emergencia 34 2 249 6221
S.P.M.F.C Jefe de Emergencia 34 2 249 5049
Tranque Relaves Ovejería Jefe de Emergencia 34 2 249 8504

Para la comunicación con números telefónicos satelitales disponibles en la División se


debe considerar lo siguiente:
 Llamada de Satelital a Satelital: + N° Fono Satelital
 Llamada de Satelital a Red Fija: +56 Código de Ciudad – N° Red Fija
 Llamada de Satelital a Celular: +56 9 N° Celular
 Llamada de Celular a Satelital: 123 0 N° Satelital

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 26 de 41

USUARIO UBICACIÓN N°TELÉFONO


Gerente General Gerente General 881622440805
Gerente de Operaciones Turno Gerente Operaciones Turno 881622419104
Controlador Radial MRA Mina Rajo / Control radial 881622419105
Turno GIO Sala GIO / EILA 881622428587
Turno Sala COM Sala COM / Saladillo 881622419107

da
Coordinador Gral. Emergencias Coordinador de Emergencias 881622428588

la
Op. Consola Tranque Ovejería Huechún/ Consola 881622419106
Gestionador GSER Hilton

ro
881622412036
VP Turno nt 881632567152

Art 44.- Teléfono de Emergencia entidades de apoyo


Co

En conjunto a la activación y constitución de Brigadas DAND para la respuesta a


emergencias, la División dispone de apoyo externo a través de personal de Salud
(Médico y paramédico) y brigada profesional las cuales serán activadas de la siguiente
o

forma:
N

Numero de Radial II
Área Responsable Radial I
contacto Mototurbo
a

Mina Rajo Abierto Posta 34 2 49 7256 Canal 5 MRA Canal 1


pi

Hilton Posta 34 2 49 6731 Canal 8 CO Canal 1


Co

Mina Subterránea Posta 34 2 49 6251 Canal 8 MS Canal 1

Tranque Relave Ovejería Posta 34 2 49 8555 Canal 3 Canal 1

Saladillo Clínica 34 2 49 5551 Canal 7 Canal 1

Mina Rajo Abierto Brigada Profesional 34 2 49 7262 Canal 5 MRA Canal 1

Mina Subterránea Brigada Profesional 34 2 49 6568 Canal 8 MS Canal 1

Concentradora Brigada Profesional 34 2 49 6766 Canal 8 Canal 1

Saladillo Brigada Profesional 34 2 49 5911 Canal 7 Canal 1

Tranque Relave Ovejería Brigada Profesional 34 2 49 8527 Canal 3 Canal 1

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 27 de 41

Art 45.- Código de señales por parpadeo de luces

En Mina Subterránea se dispone de sistema de aviso de incendio por parpadeo del


sistema de iluminación de la mina, el cual tiene como objetivo dar aviso y poner alerta a
todo el personal que labore dentro de la mina, la ocurrencia de un incendio al interior de
ésta, identificando el lugar específico donde se origina la emergencia, por lo que es
obligación de todo trabajador que ingresa a mina subterránea conocer el código de
parpadeos de luces.

Código de señales Lugar Amagado

da
2 apagones de luces Incendio entre los niveles 8 y 15 ½
3 apagones de luces Incendio entre los niveles 16 y 16 ½

la
4 apagones de luces Incendio en el nivel 17

ro
Incendio entre los niveles 18 Planta Sur, nivel 19 Planta Norte, hasta
5 apagones de luces
caverna de transferencia (Polín 3200)
nt
Incendio sector comprometido entre caverna de transferencia (Polín
6 apagones de luces 3200) hasta cabezal correa 5 en Haullage I, incluye hasta portales
Haullage I, Haullage II y Rock Point.
Co

Art 46.- Sistemas locales de activación de emergencias


o

Los procedimientos específicos de respuesta a emergencia de cada área deben


contemplar los diferentes dispositivos de activación / alerta existentes en ellas.
N
a

TITULO VII
pi

COMUNICACIONES Y ALCANCE DE LA INFORMACIÓN


Co

Capitulo Primero
Comunicaciones y Alcance de la Información

Art 47.- Entrega de Información.

Las comunicaciones, ya sea hacia el interior de la organización (hacia los trabajadores),


o hacia el exterior (autoridades y partes interesadas), deben ceñirse a los protocolos
establecidos por el área de comunicaciones corporativa y por los procedimientos y/o
instructivos que la División haya establecido. Para tal efecto, se debe:
 Establecer directrices y pautas precisas para la canalización de los comunicados
que se emitan ya sea a los medios informativos o público en general.
 Mantener vigente el procedimiento y/o instructivo y capacitar a los encargados de la
División que participarán en el CME.

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 28 de 41

 En el contexto de desarrollo de la emergencia, el CME, con la asesoría del servicio


jurídico, RR.HH y Comunicaciones, deberán determinar la información que se
entregará dentro y fuera de la empresa y según el público objetivo.

Art 48.- Aviso y reportes a la Corporación.

Toda situación de emergencia, cualquiera sea el nivel, debe ser informada de inmediato
a las Vicepresidencias, Presidencia Ejecutiva y Gerencias respectivas de la Corporación,
a través de los medios más expeditos y rápidos, entregando en primera instancia el
resumen de los acontecimientos, acciones inmediatas adoptadas, evolución de los

da
acontecimientos y una proyección del impacto.

Art 49.- Relación con las autoridades sectoriales.

la
 Se debe dar máxima prioridad a la información hacia las a las autoridades políticas

ro
– administrativas de la comuna, provincia o región (dependiendo del tipo y nivel de
la emergencia) y a las autoridades sectoriales del área técnica (SERNAGEOMIN,
nt
Dirección del Trabajo, Salud, otras).
 Mantener canales expeditos con las autoridades y Mutualidades.
Co

 Mantener flujo de información conforme se desarrollen los acontecimientos.


 Disponer de la atención profesional necesaria para atender las eventuales visitas
que decidan efectuar las autoridades.
o

Art 50.- Aspectos Comunicacionales a considerar.


N

El contacto con los medios de comunicación es una función especializada, por lo que
a

durante y después de una emergencia esta misión debe ser cuidadosamente elaborada
y realizada por profesionales del área de Comunicaciones.
pi

 En general, los medios comunicacionales no tienen la información técnica y por ende,


la comprensión de lo que ha ocurrido o está sucediendo, por lo que es importante
Co

entregar oportunamente la información aclaratoria de los hechos.


 El vocero oficial designado por el CME, es el contacto oficial con las entidades
externas y los medios informativos.
 Dependiendo del nivel y las características de la emergencia, el CME debe considerar
en su estructura de constitución, un profesional de Comunicaciones que se encargue
de la atención de los medios de comunicación que se presenten en el Centro de
Trabajo.

Art 51.- Solicitud con Área legal

Los Servicios Jurídicos deben ser notificados por el CME de cualquier emergencia de
seguridad, medio ambiente o evento de afectación a la comunidad para cautelar que la
información y documentación que se emite a los medios externos y autoridades

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 29 de 41

competentes, se ciñan a los protocolos establecido por la Corporación. Esto es


importante cuando se trate de:

 Afectación de personas con altas probabilidades de muerte, incapacidades o daños a


la salud.
 Eventos que tengan la connotación de un posible incumplimiento de disposiciones
legales, o que pudiesen derivar en una acción judicial en perjuicio de la Corporación.
 Emergencias que tengan impacto directo o indirecto en tercera personas o
instalaciones de la Compañía.
 Impactos ambientales y afectación a las comunidades.

da
Art 52.- Aseguramiento y respaldo de las comunicaciones

la
Las comunicaciones constituyen un factor relevante y estratégico para abordar cualquier

ro
situación de emergencia, por lo que la División debe asignar los recursos necesarios
para procurar la máxima disponibilidad, eficacia y gestión de estos medios adoptando
las siguientes acciones básicas:
nt
 Contar con sistemas fiables y equipamientos de respaldo para asegurar que las
Co

comunicaciones se mantendrán activas en todo momento.


 Contar con personal especializado y preparado para superar cualquier contingencia
que afecten el normal desarrollo de los sistemas de comunicaciones.
 Establecer programas de revisión y mantención y pruebas periódicas de los
o

sistemas comunicacionales.
N

Art 53.- Todo proyecto, nueva instalación o cambios significativos de estructuras o


a

áreas de procesos debe considerar sistemas comunicacionales para casos de


emergencias.
pi

Art 54.- En el caso de la ocurrencia de una emergencia, se dará prioridad al uso de los
Co

canales de comunicación e informaciones para todo el personal que tiene participación


directa en las acciones de respuesta, por tanto, se deberá decretar restricción de uso de
comunicaciones radiales por parte del Jefe de la emergencia, comunicando de tal
disposición de forma oportuna a todos los trabajadores que utilizan frecuentemente
dichos canales radiales.

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 30 de 41

TITULO VIII
EQUIPAMIENTO Y CAPACITACIÓN

Capitulo Primero
Equipamiento y Capacitación para enfrentar las emergencias

Art 55.- Atenciones Médicas.

En la División existen las siguientes instalaciones médicas o de primeros auxilios


equipadas y con personal calificado y preparado para la atención primaria de urgencia,

da
en concordancia con la dispersión de las faenas y condiciones de operación:

Área Recursos Disponibles

la
Atendida por 1 médico, 1 paramédico y 1 conductor y 1

ro
Clínica Saladillo
ambulancia
Atendida por 1 médico, 1 paramédico y 1 conductor y 1
Posta Hilton
ambulancia
nt
Posta MS Nivel 17 Atendida por 1 paramédico, 1 conductor y 1 ambulancia
Co

Atendida por 1 paramédico, 1 conductor y 1 ambulancia.


Posta Refugio MRA
Reforzado en periodo de encierro con un médico.
Posta Tranque relaves
Atendida por 1 paramédico, 1 conductor y 1 ambulancia
Ovejería
o
N

a. Toda faena que se realice fuera de los recintos propios de la División, deberá
considerar las exigencias mínimas establecidas por el Reglamento de Seguridad
a

Minera, para la atención de primeros auxilios de lesionados y aquellas que la


administración estime necesarias.
pi

b. Durante el desarrollo de la situación de emergencia, el CME debe considerar el


reforzamiento de profesionales del área médica para enfrentar la contingencia,
Co

disponiendo de los elementos, suministros y personal necesario para cubrir la peor


situación de acuerdo a su evolución y directrices contenidas en la matriz de riesgos.
c. Mantener enlaces y comunicaciones con los Centros de Salud Pública y/o Privada
disponibles en las cercanías de los Centros de Trabajo para determinar opciones de
apoyo.

Art 56.- Equipamiento y dispositivos para Labores de Emergencia

Considerando la distribución geográfica, en la División se cuenta con Brigadas


Voluntarias y Profesionales dispuestas de la siguiente forma:

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 31 de 41

Área Recursos Disponibles


Brigada Voluntaria, Brigada Profesional, 1 carro bomba
Saladillo/SMFC
Industrial
Brigada Voluntaria, Brigada Profesional, 1 vehículo de
Mina Rajo Abierto
emergencia de primera intervención
Brigada Voluntaria, Brigada Profesional, 1 vehículo de
Concentrador
emergencia de primera intervención
Brigada Voluntaria, Brigada Profesional, 1 carro bomba tipo
Mina Subterránea
mini pumper, 1 camioneta

da
Tranque relaves Brigada Profesional, 1 vehículo de emergencia de primera
Ovejería intervención, camión aljibe.

la
 Para el caso de incendio en Mina Subterránea y Chancado y Transporte, Se

ro
cuenta con Refugios Mineros, los cuales se han dispuesto en las diferentes áreas
de forma estratégica previamente definidos, acondicionados con elementos de
nt
supervivencia.
 Para contención de derrames, despeje de vías y movimientos de tierra se cuenta
Co

con un contrato con equipos de movimiento de tierras administrado por la


Gerencia de Servicios
 Corresponde a las distintas Gerencias/Superintendencias de las áreas de
Trabajo, determinar el equipamiento mínimo necesario, para actuar frente a una
o

contingencia de acuerdo a su matriz de emergencia y condiciones de operación.


N

 La Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional deberá disponer de antecedentes


de contactos y apoyos disponibles en equipamiento e insumos en otras
Divisiones y faenas similares, en caso de requerirse.
a
pi

Cada Gerencia Operativa debe:


 Disponer de los recursos necesarios en términos de habilitación de refugios, vías
Co

de evacuación, equipamiento de rescate, medios auxiliares de comunicación, en


concordancia con la matriz de riesgos.
 Disponer de centros o estaciones de operación para el funcionamiento de las
Brigadas de Rescate y grupos de control de las emergencias.
 Designar responsables para la mantención, preparación y resguardo de equipos,
implementos instrumentos y todo dispositivo a utilizarse en una emergencia.

Capitulo Segundo
Capacitación y Preparación para las emergencias.

Art 57.- El desencadenamiento de una situación de emergencia, genera conductas


impredecibles en las personas, por tanto, para la elaboración de los procedimientos y/o
instructivos de emergencia, se deberán considerar los siguientes aspectos:

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 32 de 41

 Toda persona a la que se le asigne un rol de liderazgo y/o respuesta frente a una
situación de emergencia, debe satisfacer requerimientos mínimos de capacitación y
preparación a través de un programa que debe definir la respectiva
Gerencia/Superintendencia, Gerencia SSO y Gerencia de Recursos Humanos.

 El personal que integra las Brigadas de Rescate y de control de las emergencias,


debe ser seleccionado en base a requerimientos de carácter físico y psicológico
definidos previamente por la División. Deben participar de un plan riguroso de
capacitación y estar en permanente entrenamiento y actualización de sus
conocimientos y habilidades.

da
 Los operadores de salas de control / paneles u otros que desarrollan labores de
recepción de activaciones de emergencias, manejo de ventilación, monitoreo de

la
variables operativas para la toma de decisión de evacuación y/o detención de los

ro
procesos, entre otros. Deberá contar con una preparación específica en estas
materias. nt
 Se debe Integrar a los programas de capacitación rutinarios del personal la
preparación para evacuar y actuar frente a una situación de emergencia; programas
Co

que deben cubrir al 100% del personal de cada área (propio y contratistas).

 Corresponde a las Gerencias/Superintendencias de cada área, con la asesoría de la


Gerencia SSO, realizar ejercicios y simulacros anuales donde se ponga a prueba el
o

funcionamiento de los sistemas de detección y alarmas, equipamientos de control,


N

funcionamiento de las Brigadas, actuación del CME y el comportamiento


organizacional en el proceso de evacuación y control.
a

Capítulo Tercero
pi

Brigada de Emergencia
Co

Art. 58.- Cada área operativa deberá mantener la dotación de brigadistas mínimos
requeridos para dotar de una respuesta eficiente frente a una emergencia.

Art. 59.- Las Brigadas de Emergencia deberán actuar en un ataque ofensivo, solamente
cuando completen la dotación de cinco (5) brigadistas, de acuerdo a estándares
internacionalmente validados.

Art. 60.- Con la participación de dos (2) brigadistas, sólo se permitirá mantener un
ataque de carácter defensivo, bajo la dirección en terreno del Capitán de la Brigada o
Jefe de la Emergencia y mientras se constituye la totalidad del personal que permita
conformar un ataque ofensivo.

Art. 61.- La conformación del equipo de ataque y/o respuesta a una emergencia estará
bajo la dependencia del Capitán de Brigada. Sin perjuicio de lo anterior, la respuesta en

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 33 de 41

conjunto en emergencias de nivel II, III y IV podrá ser asesorada por un especialista en
emergencia validado y autorizado por el Comité Operativo de Emergencia y del Comité
de Administración de Emergencia, debiendo, cada capitán y brigadistas, reconocer la
habilitación de esta asesoría.

Art. 62.- El Capitán de Brigada es aquel brigadista que, por sus conocimientos y
competencias, es designado como responsable táctico de la brigada del área en el turno
correspondiente. Su nombramiento es de responsabilidad de los propios brigadistas y
debe contar con la validación del Jefe Emergencia del área de grupo correspondiente.
La designación del Capitán en cada grupo se hará en forma anual durante el mes de

da
marzo de cada año, fecha en la cual el Capitán vigente, en conjunto con su Jefe de
Emergencias (Jefe de turno) solicitarán a los brigadistas que emitan su pronunciamiento
respecto a la elección de un nuevo Capitán y reemplazante (Segundo Capitán),

la
pudiendo revalidar a los titulares o elegir a otros, según sea lo que defina el grupo de
Brigadistas. Con el V°B° del jefe de emergencia del área se darán por validados los

ro
nuevos nominados, quienes asumirán su función a contar del día 15 de Abril de cada
año.
nt
El Jefe de Emergencia de cada grupo deberá informar el nombre del Capitán y Segundo
Capitán vía correo electrónico dirigido al Coordinador General de Emergencias de la
Co

GSSO.

Art. 63.- Para completar o cubrir los requerimientos de brigadistas mínimos, éstos
deberán estar disponibles tanto para modificar su área de trabajo como su turno y grupo
o

minero, de acuerdo con las necesidades de la administración.


N

Esta disponibilidad debe considerar también la necesidad de cubrir o reforzar a grupos


mineros y áreas que por condiciones especiales no cuentan con la dotación de
a

brigadistas mínimos. Estos cupos son voluntarios y estarán en condición de guardia.


pi
Co

TÍTULO IX
DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA BRIGADA DE EMERGENCIA

Capítulo Primero
De las incorporaciones

Art. 64.- La organización debe establecer las dotaciones mínimas, forma y distribución
del personal necesario para abordar una emergencia. En función de esto, se generarán
los cupos para completar estas dotaciones. A fin de mantener la continuidad operacional
de la respuesta a emergencia, los postulantes deberán pertenecer a un grupo minero.

Art. 65.- La organización debe contar con un proceso de postulación y selección de


brigadistas de acuerdo a los criterios técnicos establecidos, dirigidos por el área con

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 34 de 41

responsabilidad en la administración de la emergencia y el área de Protección Industrial


y Emergencias.

Art. 66.- Los postulantes a brigadista deberán formalizar su solicitud de ingreso al área
de Protección Industrial y Emergencias completando el formulario de Solicitud de
Incorporación Brigadas Voluntarias DAND, a través de un proceso liderado por el
Capitán de Brigada y del Jefe de Emergencia del área a que se postula. Posteriormente,
deberán asistir a una entrevista y examen médico conforme al requerimiento que la
administración encargada del proceso defina.

da
Art. 67.- Los postulantes a brigadista podrán iniciar el proceso de reclutamiento,
conforme a los cupos disponible. Aquellos postulantes que en una primera etapa no
queden integrados a alguna brigada, podrán mantener la vigencia de la postulación por

la
un lapso de dos años siempre que en este periodo mantengan la aptitud médica
exigida.

ro
Art. 68.- El postulante deberá aprobar el examen médico de acuerdo a los estándares
nt
que fije la instancia corporativa, ello es sin perjuicio del perfil médico que tenga o
mantenga como trabajador.
Co

Art. 69.- Aprobado el examen médico, el postulante deberá aprobar el curso teórico-
práctico de formación de brigadista que sea otorgado por una institución con poder de
certificación, y que esté previamente propuesta por la administración.
o
N

Art. 70.- Conforme a la aprobación de exámenes por el postulante, el área de Protección


Industrial y Emergencias oficializará a la Gerencia de Recursos Humanos la
incorporación de su condición de brigadista, con la finalidad de que se formalice el
a

correspondiente anexo de contrato que revele tal condición. Sólo cumplido este último
pi

trámite, se confirmará el inicio de la participación en la brigada correspondiente.


Co

Art. 71.- Al generarse los cupos respectivos, los ex brigadistas que hayan recuperado y
que cumplan con el perfil médico exigido para el ingreso, tendrán la opción de prioridad
en su re-incorporación en caso que lo soliciten.

Art. 72.- Cada área operativa tendrá un cupo de brigadistas que aseguren disponer de
una dotación mínima para la respuesta a emergencia. Para lo cual las áreas operativas
deben asegurar en la movilidad del personal no alterar la capacidad de respuesta interna
y de apoyo a otras áreas. Para lo cual, se establecen los siguientes cupos por área:

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 35 de 41

Jefe de Emergencia Brigadistas por turno Brigadistas por área

Mina Rajo Abierto 7 28

Mina Subterránea 12 48

Concentrador 10 40

Planta de Filtros 5 20

da
Total de Brigadistas 34 136

la
ro
Capítulo Segundo
De los requisitos de permanencia
nt
Art. 73.- La permanencia de brigadista estará dada por su condición de aptitud y por la
consiguiente aprobación del examen médico realizado por la institución de salud que
Co

tenga convenio con la División Andina, Con todo, el examen debe estar conforme con
los parámetros definidos por los estándares de salud en el trabajo y que estén
debidamente informados por la Dirección de Salud Ocupacional.
o

Art. 74.- Cada vez que un brigadista presente una contraindicación para ejercer
N

funciones operativas, la Dirección de Salud Ocupacional generará un Informe Médico


Ocupacional (IMO), el que será enviado al área de Protección Industrial y Emergencias,
a

informando la pérdida de aptitud para ejercer como brigadista.


pi

Art. 75.-Todo brigadista declarado por una condición médica como de “no apto
recuperable” deberá ser informado por el Jefe de Emergencia junto a Capitán de
Co

Brigada de la pérdida de su condición médica temporal. Durante este período, el


brigadista queda inhabilitado de participar en todo tipo de entrenamiento y en
emergencias, permaneciendo bajo la condición de brigadista pasivo. Si esa condición se
mantiene por un lapso superior a tres meses, el brigadistas dejará de pertenecer
formalmente a la brigada, pudiendo ser reemplazado en caso que se requiera completar
dotación. Si el trabajador recupera su condición, podrá proceder según lo indicado en el
Artículo 60.

Art. 76.- El área de Protección Industrial y Emergencias deberá mantener actualizada la


nómina de brigadistas activos y con entrenamiento mensual, informando mensualmente
a la Dirección de Administración de Personal para los correspondientes pagos
establecidos en los convenios colectivos vigentes.

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 36 de 41

Art. 77.- La Dirección de Salud Ocupacional emitirá la calificación de incapacidad


permanente del brigadista (Cuando se dé el caso), la que será oficializada a través de
Informe Médico de Salud Ocupacional derivado al área de Protección Industrial y
Emergencias. Esta condición de incapacidad será informada al brigadista por el área de
Protección industrial y Emergencias y el Jefe de Emergencia por medio de una
notificación que indicará expresamente tal condición. Una vez que haya sido entregado
el formulario respectivo, con la firma de recepción, se procederá con la desvinculación
de la brigada, condición que será formalizada a la Gerencia de Recursos Humanos para
su respectiva normalización.

da
Capítulo Tercero
De las causas de retiro

la
Art. 78.- Todo brigadista que renuncie voluntariamente a su condición de brigadista

ro
deberá notificar de ello al Jefe de Emergencia y Capitán de Brigada y firmar el registro
de retiro correspondiente, debiendo informar de ello al área de Protección Industrial y
nt
Emergencias. Recibida esta información, se informará inmediatamente a Recursos
Humanos, con la finalidad de efectuar la modificación contractual respectiva.
Co

Art. 79.- Constituirá la pérdida forzada de la condición de brigadista las siguientes:

1. La pérdida de la condición de aptitud médica en forma irreversible, informada por la


o

Dirección de Salud Ocupacional de División Andina.


N

2. Todo brigadista que pierda su condición de aptitud médica en forma reversible y que
en un plazo de 3 meses no haya presentado evolución favorable de su condición
médica.
a

3. Todo brigadista que cambie a jornada laboral administrativa y deje de pertenecer a un


pi

grupo minero.
4. Todo brigadista que se niegue a participar o cumplir en un entrenamiento,
Co

emergencia, simulacro u otras actividades propias de la Brigada.


5. Todo brigadista que tenga menos de un 80% de asistencia a entrenamiento de
brigada, por razones no justificadas y no informadas a su Jefe de Emergencia y Capitán
de Brigada o a 2 inasistencias consecutivas no justificadas. Solo se consideran causas
justificadas las licencias médicas y/o vacaciones; cualquier otra causal, quedará sujeta a
evaluación por parte de la administración para definir si es o no aceptada como
“justificable”.
6. Todo brigadista que no cumpla con los lineamientos entregados en este reglamento,
procedimientos locales de emergencia y actúe por motivación propia en contra de lo que
ha definido e informado personalmente el Jefe de Emergencia y Capitán de Brigada.

Art. 80.- Será el Jefe de Emergencia en conjunto con el área de Protección Industrial y
Emergencias, quienes deberán notificar al brigadista, mediante carta conductora y
registro de conversación, la pérdida de su condición.

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 37 de 41

Capítulo Cuarto
De las competencias de los brigadistas y Jefe de Emergencia

Art. 81.- El área de Protección Industrial y Emergencias conjuntamente con la Gerencia


de Recursos Humanos deberá establecer un programa de desarrollo que certifique las
competencias de los brigadistas y del Jefe de Emergencia, otorgado por un organismo
externo calificado.

Art. 82.- Las competencias básicas que deben desarrollar los brigadistas son las

da
siguientes: soporte vital, rescate en general, control de incendio y materiales peligrosos.

Art. 83.- Los Jefe de Emergencia, el Capitán de Brigada y sus suplentes deberán contar

la
con capacitación específica de estrategias de dirección de emergencias o similar y de
liderazgo en emergencias.

ro
nt
Art. 84.- Se realizarán diez entrenamientos al año, de los cuales deben participar todos
los brigadistas y Jefes de Emergencias de cada grupo.
Co

Art. 85.- El Jefe de Emergencia, el Capitán de Brigada y los brigadistas deben contar
con curso certificado de primeros auxilios, sin perjuicio de los temas asociados que se
imparten en entrenamiento.
o
N

Art. 86.- De acuerdo a las características geográficas y tipos de potenciales


emergencias, la administración definirá competencias específicas por área, las que se
incorporarán en cada programa de desarrollo de competencias.
a
pi

Art. 87.- La organización deberá preparar especialmente a los brigadistas para la


intervención en áreas peligrosas, tales como: subestación, área de hundimiento, sector
Co

avalanchas, estanques de almacenamiento, almacenamiento de sustancias químicas,


etc. incluyendo estos temas en los entrenamientos dentro de cada año.

Capítulo Quinto
De la cobertura geográficas de los brigadistas y Jefe de Emergencia

Art. 88.- El comité de manejo de emergencia podrá disponer de los brigadistas


distribuidos en las áreas, para apoyar en la respuesta a una emergencia.

Art. 89.- Los brigadistas designados serán autorizados y validados por el jefe de
emergencia del área que pertenece y por el capitán que será designado para concurrir
en apoyo a la emergencia. Debiendo siempre ponerse a disposición del Jefe de
Emergencia y Capitán de Brigada del área afectada.

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 38 de 41

Art. 90.- El jefe de emergencia tendrá bajo su responsabilidad el área geográfica que
permita dar una cobertura con su equipamiento y personal de acuerdo a los tiempos de
respuestas que aseguren una pronta respuesta, estableciendo los siguientes límites por
área:

Jefe de Emergencia Desde Hasta

Mina Rajo Abierto Rock Point Mina Rajo

da
Mina Subterránea Intersección H-I con H-II Nivel 8 / 11
Norte: KM 21(Camino)

la
Concentrador Intersección H-I con H-II
Sur: Z Chica (Camino)

ro
Planta de Filtros Puente Río Blanco (Camino) KM 21 (Camino)

Coordinador General Emergencia Los Andes Rio Blanco


nt
Co
o
N
a
pi
Co

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 39 de 41

TITULO X
DEL CONSEJO CORPORATIVO DE MANEJO DE CRISIS

Capitulo Primero
Del Consejo Corporativo de Manejo de Crisis (CCMC)

Art 91.- Sus funciones se coordinan directamente con el CME (liderado por el Gerente
General o su reemplazante) a través de los cuales se canaliza la información y las
instrucciones pertinentes según escalamiento del nivel de la emergencia. Le
corresponde además responder a los requerimientos de la autoridad gubernamental

da
sobre solicitudes de colaboración hacia otras zonas ajenas a la Corporación afectada
por emergencias o por aplicación de la legislación atingente a situaciones de catástrofes
o de calamidad pública. (Ley 16.282, Declaración de “Zona de Catástrofe”).

la
Art 92.- Constitución del CCMC:

ro
El CCMC debe estar constituido por los siguientes cargos:
 Vicepresidentes Corporativos de Operaciones (Norte Central)
nt
 Vicepresidente Sustentabilidad
 Gerente de Finanzas
Co

 Representante Consejería Jurídica


 Gerente Corporativa SSO
 Gerente Corporativa de RR.HH.
Su funcionamiento organizacional se detalla en la siguiente figura:
o
N
a
pi
Co

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 40 de 41

Art 93.- Activación del CCMC. El Comité Corporativo de Manejo de Crisis, se activa
cuando la emergencia ha escalado sobre nivel 2 de gravedad y frente a las siguientes
situaciones puntuales:
 Calamidad Pública que afecten al personal de la División o a grupos sociales
relacionados con la División (familias de funcionarios y trabajadores de la División),
 Desastres Naturales con impacto grave a las instalaciones y procesos de la División
o que impiden el funcionamiento normal de los procesos productivos,
 Impactos ambientales de gran afectación a comunidades y cauces naturales.
 Eventos que atenten contra la imagen y la reputación Corporativa.
 Acciones de Sabotaje, atentados y secuestros que afecten la División,

da
 Paros y huelgas prolongadas o con actividades de violencias asociadas,
 Interrupción prolongada de suministros básicos (eléctricos y/o hídricos),

la
 Otras que el Gerente SSO Divisional, la Vicepresidencia Corporativa y/o Gerencia
Corporativa de SSO puedan considerar necesarias.

ro
11 REFERENCIAS
nt
 SGR-P-002. Preparación y respuesta ante emergencia corporativa.
 SGI-P-GE-057 Comunicación de emergencia.
Co

 SGI-GE-074 Organización y funcionamiento de brigadas de rescate e incendio.


 Ley N°16.744: Artículo N° 68
 Código del Trabajo: Artículo Nº 210.
o

 Decreto Supremo N° 132, modificatorio del D.S. 72. “Reglamento de Seguridad


N

Minera, en lo pertinente.
 Decreto con Fuerza de L N° 369/74 que crea la Oficina Nacional de Emergencia y
que en determinada circunstancia, se requiera la coordinación con este organismo
a

gubernamental.
pi

 Decreto N° 509/1983, reglamentario del DS369/74


 Ley 16.282 Ministerio del Interior que opera para casos de sismos o catástrofes.
Co

12 REVISIONES
REVISION NATURALEZA DEL CAMBIO
0 Creación del documento.
Incorpora directrices emanadas del Procedimiento corporativo Preparación y
1
Respuesta ante Emergencias (SGR-P-002).
Incorpora exigencia de participación en entrenamientos a Jefes de
2
Emergencias. Se da formato SIGO al documento.
Definición de alcance geográfico de responsabilidad jefe de emergencia;
Definición de cupo de brigadistas por área; Estructura de documentos de
3
emergencia de las áreas (DS 43); Capítulo relacionado a Sismo;
Incorporación N° Satelitales y Responsabilidad Protección Industrial.

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!


Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

REGLAMENTO
PREPARACIÓN Y RESPUESTA ANTE EMERGENCIAS
EN DIVISION ANDINA
CODIGO: SIGO-P-GE-146 REVISION: 03 PAGINA: 41 de 41

13 ANEXOS
 No aplica

da
la
ro
nt
Co
o
N
a
pi
Co

Ejemplar Vigente en Biblioteca Electrónica ¡Copia Impresa es documento no Controlado!

También podría gustarte