El Sistema Concursal Peruano
El Sistema Concursal Peruano
El Sistema Concursal Peruano
Cabe resaltar que la empresa deudora cuenta no sólo con un único acreedor, sino
más bien con una diversidad de acreedores, todos los cuales desean cobrar el
crédito que les pertenece. Por ende, nos encontramos frente a un concurso de
acreedores, lo cual genera incertidumbre respecto al cobro de algunos acreedores
que se encuentran en una posición de desventaja. Entonces, el ordenamiento debe
asegurarse de regular adecuadamente el cobro del crédito de la totalidad de
acreedores, de manera tal que todos puedan acceder al patrimonio íntegro del
deudor concursado. En tal sentido, la justificación de la existencia del sistema
concursal se basa en la asimetría entre acreedores.
Ahora bien, respecto a la función atribuida a la Ley General del Sistema Concursal,
esta consiste en propiciar el entorno adecuado de negociación para llegar a un
acuerdo óptimo mediante el que todos los acreedores puedan cobrar el crédito
correspondiente. En ese sentido, la ley funciona como un instrumento para que el
deudor y los acreedores puedan negociar adecuadamente y llegar a un acuerdo en
el que se satisfagan las acreencias y se salde la deuda.
1. Universalidad: este principio implica que los acreedores cuentan con todo
el patrimonio del deudor para la satisfacción o cobro de los créditos. En
otras palabras la universalidad hace referencia al íntegro del patrimonio
concursado, el cual será sometido a las decisiones de la junta de
acreedores.
2. Colectividad: este principio implica que en el sistema concursal siempre
se busca la participación y el beneficio de todos los acreedores
involucrados. Esto quiere decir que siempre se prioriza el interés
colectivo y no el individual. Por ello, se trata siempre de llegar a todos
los acreedores para que todos estos puedan cobrar justamente el crédito
que les corresponde
3. Proporcionalidad: este principio implica que los acreedores participan
equitativamente del resultado económico de los procedimientos
concursales. Esto quiere decir que no se admitirá discriminación alguna
entre los acreedores; no obstante si deberá respetarse el orden de
prelación de acreedores.
Clases de procedimiento concursal y efectos
El sistema concursal actual se encuentra bajo la competencia de Indecopi,
específicamente de la Comisión de Procedimientos Concursales y tiene como
requisitos previos el reconocimiento del deudor y el de todos sus acreedores. Para
ser acreedor se debe ser reconocido como tal, a la vez que se determinan cuáles
son los créditos correspondientes, todo esto mediante la presentación de una
debida documentación. De la misma manera, para ser deudor se debe cumplir con
los requisitos establecidos por la ley.
Ahora bien, el sistema concursal actual funciona de manera tal que una vez que la
empresa deudora es declarada en insolvencia y todos sus acreedores han sido
reconocidos, estos toman el mando de la empresa y se conforma la junta de
acreedores. La junta es el órgano que decidirá el futuro del deudor. En este
apartado nos encargaremos de desarrollar las dos clases procedimientos
concursales, las opciones que tiene la junta de acreedores para el futuro de la
empresa (restructuración o liquidación) y los efectos de todo ello.
Ahora bien, explicaremos cada una de estas dos opciones y sus efectos: