El COntrato de Trabajo en ESPAÑA
El COntrato de Trabajo en ESPAÑA
El COntrato de Trabajo en ESPAÑA
Qu es un contrato de trabajo?
Responde la Encuesta Salarial!
1. INTRODUCCIN
2. QU ES UN CONTRATO?: CARACTERSTICAS
1. Qu es el contrato de trabajo?
2. Forma de contrato
3. Duracin del contrato
4. Perodo de prueba
5. Salario
6. Jornada
1. Liquidacin
2. Indemnizacin por despido
3. Finiquito
4. TIPOS DE CONTRATO
INTRODUCCIN
El Contrato es la principal herramienta que utilizamos en el mercado laboral entre quienes
contratan y quienes desarrollan un trabajo. Podemos decir resumiendo mucho que
un Contrato es el documento en el que se resumen las condiciones a las que el empresario y
el trabajador se comprometen a desarrollar sus respectivas funciones (dependiendo del tipo
de contrato que se utilice los derechos y deberes del empresario y el trabajador variarn).
Mejorar las condiciones del empleo es hoy la primera tarea sindical, una tarea que para que
sea til ha de tener un especial cuidado en la forma en que se desarrollan los contratos,
vigilando que se respeten todas las obligaciones recogidas en l y mejorando las condiciones
de trabajo (derechos y cobertura social) en la que se realizan las actividades laborales por
parte de los trabajadores.
Existe un elevado grado de fraude que existe por parte de muchos empresarios a la hora de
utilizar los contratos. Por un lado, debemos denunciar la utilizacin ilegal de algunos contratos
cuando no se respetan las condiciones estipuladas en ellos (utilizacin de trabajadores
cualificados suficientemente con contratos de tipo formativo, renovacin sistemtica de
contratos eventuales con la frmula contrato-despidocontrato, etc.). Igualmente el elevado
nmero de personas que desarrollan un trabajo sin ningn tipo de contrato y por tanto sin
ningn tipo de cobertura legal.
QU ES UN CONTRATO?: CARACTERSTICAS
1. QU ES EL CONTRATO DE TRABAJO?
Podemos decir que un contrato es el acuerdo entre el empresario y el trabajador en el que se
detallan las condiciones en las que un trabajador se compromete a realizar un determinado
trabajo por cuenta del empresario y bajo su direccin, a cambio de una retribucin o sueldo.
2. FORMA DE CONTRATO
Los contratos de trabajo pueden hacerse por escrito o verbalmente (aunque slo algunas
modalidades que veremos un poco ms adelante).
3. DURACIN DEL CONTRATO
El contrato puede realizarse por tiempo indefinido (fijo) o por una duracin determinada
(temporal); esta duracin depender del tipo de contrato y de lo establecido en el mismo
(aunque esto ya lo veremos ms adelante).
4. PERODO DE PRUEBA
Es optativo y, de acordarlo, se debe poner por escrito en el contrato.
La duracin del perodo de prueba se fija en los convenios colectivos y, en su defecto, como
mximo ser de seis meses para Tcnicos titulados y dos meses para el resto de
trabajadores, excepto si la empresa es de menos de 25 trabajadores, y no podrn exceder de
tres meses.
No se podr establecer perodo de prueba cuando el trabajador haya desempeado las
mismas funciones con anterioridad en la empresa, bajo cualquier modalidad de contratacin.
Durante este perodo de prueba, el trabajador tendr los mismos derechos y obligaciones que
los dems trabajadores.
5. SALARIO
Es la remuneracin que obtiene el trabajador por la realizacin de su trabajo. En el
contrato figurar el total de pesetas brutas al ao y el nmero de pagas (incluidas las pagas
extraordinarias) en que se distribuye.
El salario deber coincidir con el recogido en el convenio colectivo de empresa, y si no
existiera, en el convenio colectivo del sector provincial o nacional. En cualquier caso, no ser
inferior al Salario Mnimo Interprofesional.
6. JORNADA
Son las horas de trabajo ordinarias a realizar por el trabajador bien sea diaria, semanal,
mensual o anualmente, y su distribucin ser como mximo de 40 horas semanales y 9 horas
diarias.
La jornada deber coincidir con lo recogido en el convenio colectivo de empresa o, en su
defecto, en el del sector provincial o nacional.
Nota: los empresarios estn obligados a entregar una copia bsica de los contratos a los
representantes de los trabajadores en el plazo de diez das. Esta copia bsica tendr todos
los datos del contrato salvo los personales (como el DNI, domicilio, estado civil, etc.).
Los empresarios debern registrar los contratos, junto con la copia bsica firmada por los
representantes de los trabajadores, en el INEM.