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Poe Boticas Nueva Salud 2024

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BOTICA NUEVA SALUD

Código: GD-POES-001
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS ESTÁNDAR
Versión: 001
Fecha de emisión:
20-04-2024
GESTIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN Fecha de vigencia:
20-04-2026
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GESTIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN

Elaborado por: Revisado y Aprobado por:

Q.F. LLANCARI ARANGO DINA FELICITA PORLLES ALVINO, HEIMER FERMI


Director Técnico Representante Legal
Nº C.Q.F.P.:28286 DNI N° 41073861
Fecha: 20/04/2024 Fecha: 20/04/2024
BOTICA NUEVA SALUD
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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS ESTÁNDAR
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1. OBJETIVO
El presente Manual de Procedimientos Operativos Estándar, tiene como objetivo,
establecer la secuencia de actividades para la elaboración del sistema de gestión de
la documentación, incluyendo la elaboración, revisión, aprobación, modificación,
reproducción, control, actualización, conservación, difusión y distribución de éstos,
así como las acciones, pautas a considerar para el manejo de documentación del
sistema para el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Oficina Farmacéutica.

2. ALCANCE
El presente Manual de Procedimientos es de cumplimiento Obligatorio para la
jefatura del servicio de la botica y aplica a todos los documentos en desarrollo, define
el campo y los límites de aplicación de las disposiciones contenidas en cada
documento de la botica Nueva Salud.

3. BASE LEGAL
 Ley N° 26842, Ley General de Salud, y sus modificatorias.
 Ley N° 28173, Ley del Trabajo del Químico Farmacéutico Peruano.
 Ley N° 29459 – Ley de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y
Productos Sanitarios, y sus modificatorias.
 Decreto Supremo N° 023-2001-SA, que aprueba el Reglamento de
Estupefacientes, Psicotrópicos y otras sustancias sujetas a fiscalización
sanitaria, y sus modificatorias.
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 Decreto Supremo N° 014-2011-SA que aprueba el Reglamento de


Establecimientos Farmacéuticos y modificatorias.
 Decreto Supremo N° 016-2011-SA que aprueba el Reglamento para el
Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Farmacéuticos,
Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios y modificatorias.
 Resolución Ministerial N° 554-2022/MINSA-DIGEMID que aprueba el
Documento Técnico: Manual de Buenas Prácticas de Oficina Farmacéutica.
 Resolución Ministerial N° 539-2016/MINSA, que aprueba la NTS Nº 123-
MINSA/DIGEMID. V.01, Norma Técnica de Salud que regula las actividades de
Farmacovigilancia y Tecnovigilancia de Productos Farmacéuticos, Dispositivos
Médicos y Productos Sanitarios.
 Dictan disposiciones referidas al sistema peruano de farmacovigilancia y
tecnovigilancia, D.S. N° 13-2014- S.A.
 Resolución Directoral N° 144-2016-DIGEMID-DG-MINSA, que aprueba el
Formato de Notificación de sospechas de reacciones adversas a
medicamentos u otros productos farmacéuticos por los titulares de registro y
certificado sanitario.
 ISO 9001, Sistemas de gestión de la calidad.
 Norma Técnica de salud que regula las actividades de farmacovigilancia y
tecnovigilancia de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos
sanitarios, NTS N° 123-MINSA/DIGEMID-V.01 aprobado mediante Resolución
Ministerial 539-2016/MINSA.
4. TÉRMINOS Y DEFINICIONES
 POE : Procedimiento de Operación Estándar, Documento que
proporciona información necesaria para llevar acabo un proceso.
 Buenas Prácticas de Oficina Farmacéutica: Es el conjunto de normas
establecidas para asegurar de forma integral el cumplimiento, por las
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farmacias, boticas y farmacias de los establecimientos de salud, de las


Buenas Prácticas de Almacenamiento, Buenas Prácticas de
Farmacovigilancia,Buenas Prácticas de Dispensación y, cuando
corresponda, las Buenas Prácticas de Distribución y Transporte y de
Seguimiento Farmacoterapéutico.-
 Documento: Información y su medio de soporte, tales como Registro,
especificación, procedimiento, plano, informe, norma. El medio de
soporte puede ser papel, disco, magnético, óptico o electrónico,
fotografía o muestra patrón o una combinación.-
 Registro: Documento que presenta resultados obtenidos o proporciona
evidencia de las actividades desempeñadas.
5. RESPONSABILIDADES
 Representante Legal o Propietario: Encargado de aprobar la
documentación aplicada al Sistema de Gestión de Calidad. Además, debe
brindar los recursos necesarios para la implementación de los
documentos aprobados.−
 Director Técnico: Encargado de elaborar y/o revisar los documentos que
rigen el Sistema de Gestión de Calidad (Buenas Prácticas de Oficina
Farmacéutica), según los lineamientos del presente procedimiento; así
como también de la implementación y supervisión del cumplimiento de
los mismos.−
 Químico Farmacéutico Asistente(cuando corresponda):Encargado de
elaborar los documentos que rigen el Sistema de Gestión de
Calidad(Buenas Prácticas de Oficina Farmacéutica), según los
lineamientos del presente procedimiento.
6. FRECUENCIA
Cuando se requiera elaborar , actualizar, modificar o distribuir o un POE.
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7. PROCEDIMIENTO
Elaboración de los Procedimientos Operativos Estándar (POE)
Para la elaboración del procedimiento operativo estándar se retomará
como modelo el siguiente procedimiento.
 Encabezado: Logotipo o nombre de la botica, título del POE,
código del POE, siendo 000 numeración correlativa del
procedimiento.
 Fecha de emisión: corresponde ala fecha en que se terminó de
actualizar y/o revisar el POE.
 Fecha de vigencia: fecha límite de utilización del procedimiento .
 Número de páginas: Señala la página individual y número total
del documento.
 Cuerpo
 Objetivo: Enuncia brevemente el propósito del POE.
 Alcance: Enuncia las áreas y/o personal al que aplica el
procedimiento.
 Responsabilidad: Enuncia la responsabilidad de área , puestos y/o
personas, referido a la ejecución del POE y supervisión del
cumplimiento.
 Frecuencia de aplicación: Enuncia cuando corresponde aplicar el
POE.
 Definiciones
 Pie de página : cargo y firma de las personas involucradas en la
elaboración y/o actualización, revisión y aprobación del POE.
 Vigencia del POE: El POE tendrá una vigencia de 2 años, El POE se
revisa obligatoriamente dentro de los 30 días anteriores a su
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vencimiento y la nueva versión se emitirá como máximo el día del


vencimiento de la vigencia del POE.
8. DISTRIBUCIÓN

 POES DE GESTION DE DOCUMENTOS (POE DE POES)


 EVALUACION Y CALIFICACION DE PROVEEDORES
 ATENCION DE QUEJAS Y RECLAMOS
 INDUCCION Y CAPACITACION AL PERSONAL
 HIGIENE, PRESENTACION Y NORMAS DE SEGURIDAD DEL PERSONAL
 RECEPCION DE P F, D M Y PS
 ALMACENAMIENTO DE PF, D M Y PS
 CONTROL DE INVENTARIOS DE PF, D M Y PS
 DEVOLUCION Y CANJES DE PRODUCTOS Y/O DISPOSITIVOS
 BAJA O RECHAZADOS
 MANEJO DE P F, DM Y PS VENCIDOS DETERIORADOS Y PARA DESTRUCCION
 MANEJO DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS PSICOTROPICOS DE LA LISTA IVB
 CONTRO DE TEMPERATURA Y HUMEDAD
 LIMPIEZA Y SANITIZACION DEL EF.
 FUMIGACION Y SANEAMIENTO Y CONTROL DE PLAGAS.
 CALIFICACION Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS
 MANEJO DE EXTINTORES (Instructivo de cómo usar un extintor)
 DISPENSACION DE PF, DM Y PS
 EXPENDIO DE PRPF, DM Y PS
 RECEPCION Y VALIDACION DE UNA RECETA MEDICA
 PREPARACION Y SELECCIÓN DE LOS PRODUCTOS y/o DISPOSITIVOS PARA ENTREGA
 ENTREGA DE LOS PRODUCTOS y/o DISPOSITIVOS E INFORMACION POR EL DISPENSADOR
 GESTION DE SOSPECHA y NOTIFICACIÓN DE REACCIONES ADVERSAS (RAM)
 MANEJO DE LAS ACTIVIDADES DE FARMACOVIGILANCIA
 VESTUARIO EN OFICINA FARMACEUTICA
 MANEJO DE ALERTAS DIGEMID
 MANEJO DEL LIBRO DE OCURRENCIAS
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 REGISTRO Y MANEJO DEL LIBRO DE PSICOTRÓPICOS IVB


 MANEJO DE PRODUCTOS FOTOSENSIBLES
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