10.Bases+Estandar+AS+Obras - docx+vereda+BAGAZAN 20240510 164942 882
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Nº Símbolo Descripción
La información solicitada dentro de los corchetes sombreados debe ser
1 [ABC] / […….] completada por la Entidad durante la elaboración de las bases.
Es una indicación, o información que deberá ser completada por la
Entidad con posterioridad al otorgamiento de la buena pro para el caso
2 [ABC] / […….] específico de la elaboración de la PROFORMA DEL CONTRATO; o por los
proveedores, en el caso de los ANEXOS de la oferta.
Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el órgano
3 encargado de las contrataciones o comité de selección, según
corresponda, y por los proveedores.
Se refiere a advertencias a tener en cuenta por el órgano encargado de
4 las contrataciones o comité de selección, según corresponda, y por los
proveedores.
Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el órgano
encargado de las contrataciones o comité de selección, según
5 corresponda, y deben ser eliminadas una vez culminada la elaboración
de las bases.
Las bases estándar deben ser elaboradas en formato WORD, y deben tener las siguientes características:
Nº Características Parámetros
Superior : 2.5 cm Inferior: 2.5 cm
1 Márgenes
Izquierda: 2.5 cm Derecha: 2.5 cm
2 Fuente Arial
Normal: Para el contenido en general
3 Estilo de Fuente Cursiva: Para el encabezado y pie de página
Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior)
INSTRUCCIONES DE USO:
1. Una vez registrada la información solicitada dentro de los corchetes sombreados en gris, el texto deberá
quedar en letra tamaño 10, con estilo normal, sin formato de negrita y sin sombrear.
2. La nota IMPORTANTE no puede ser modificada ni eliminada en la Sección General. En el caso de la Sección
Específica debe seguirse la instrucción que se indica en dicha nota.
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº
005-2024-CS-MDC
PRIMERA CONVOCATORIA
1
Estas bases se utilizarán para la contratación de la ejecución de obras. Para tal efecto, se deberá tener en cuenta la siguiente
definición:
1
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAPELO
ADJUDICACION SIMPLIFICADA Nª005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
DEBER DE COLABORACIÓN
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor
y/o contratista, deben conducir su actuación conforme a los principios previstos en la Ley de
Contrataciones del Estado.
De igual forma, deben poner en conocimiento del OSCE y a la Secretaría Técnica de la Comisión
de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI los indicios de conductas anticompetitivas
que se presenten durante el proceso de contratación, en los términos del Decreto Legislativo N°
1034, "Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas", o norma que la sustituya, así como las
demás normas de la materia.
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor
y/o contratista del proceso de contratación deben permitir al OSCE o a la Secretaría Técnica de
la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI el acceso a la información referida
a las contrataciones del Estado que sea requerida, prestar testimonio o absolución de posiciones
que se requieran, entre otras formas de colaboración.
2
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAPELO
ADJUDICACION SIMPLIFICADA Nª005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
SECCIÓN GENERAL
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
3
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAPELO
ADJUDICACION SIMPLIFICADA Nª005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
1.1. REFERENCIAS
1.2. CONVOCATORIA
Importante
Los proveedores que deseen registrar su participación deben ingresar al SEACE utilizando
su Certificado SEACE (usuario y contraseña). Asimismo, deben observar las instrucciones
señaladas en el documento de orientación “Guía para el registro de participantes
electrónico” publicado en https://www2.seace.gob.pe/.
En caso los proveedores no cuenten con inscripción vigente en el RNP y/o se encuentren
inhabilitados o suspendidos para ser participantes, postores y/o contratistas, el SEACE
restringirá su registro, quedando a potestad de estos intentar nuevamente registrar su
participación en el procedimiento de selección en cualquier otro momento, dentro del plazo
establecido para dicha etapa, siempre que haya obtenido la vigencia de su inscripción o
quedado sin efecto la sanción que le impuso el Tribunal de Contrataciones del Estado.
4
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAPELO
ADJUDICACION SIMPLIFICADA Nª005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
Importante
Las declaraciones juradas, formatos o formularios previstos en las bases que conforman la
oferta deben estar debidamente firmados por el postor (firma manuscrita o digital, según la Ley
Nº 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales 2). Los demás documentos deben ser visados
por el postor. En el caso de persona jurídica, por su representante legal, apoderado o
mandatario designado para dicho fin y, en el caso de persona natural, por este o su apoderado.
No se acepta el pegado de la imagen de una firma o visto. Las ofertas se presentan foliadas.
Importante
Los formularios electrónicos que se encuentran en el SEACE y que los proveedores deben
llenar para presentar sus ofertas, tienen carácter de declaración jurada.
El participante presentará su oferta de manera electrónica a través del SEACE, desde las 00:01
horas hasta las 23:59 horas del día establecido para el efecto en el cronograma del
procedimiento; adjuntando el archivo digitalizado que contenga los documentos que conforman
la oferta de acuerdo a lo requerido en las bases.
El participante debe verificar antes de su envío, bajo su responsabilidad, que el archivo pueda
ser descargado y su contenido sea legible.
Importante
5
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAPELO
ADJUDICACION SIMPLIFICADA Nª005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
Para determinar la oferta con el mejor puntaje, se toma en cuenta lo indicado en el numeral
74.2 del artículo 74 del Reglamento.
En el supuesto de que dos (2) o más ofertas empaten, la determinación del orden de prelación
de las ofertas empatadas se efectúa siguiendo estrictamente el orden establecido en el numeral
91.1 del artículo 91 del Reglamento.
Importante
En el caso de contratación de obras que se ejecuten fuera de la provincia de Lima y Callao, cuyo
valor referencial no supere los novecientos mil Soles (S/ 900,000.00), a solicitud del postor se
asigna una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre el puntaje total obtenido por los
postores con domicilio en la provincia donde se ejecuta la obra, o en las provincias colindantes,
sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio es el consignado en la
constancia de inscripción ante el RNP3. Lo mismo aplica en el caso de procedimientos de selección
por relación de ítems, cuando algún ítem no supera el monto señalado anteriormente.
Si alguno de los cuatro (4) postores no cumple con los requisitos de calificación, se aplica lo
establecido en los numerales 75.2 y 75.3 del artículo 75 del Reglamento.
El plazo que se otorgue para la subsanación no puede ser inferior a un (1) día hábil.
3
La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores:
www.rnp.gob.pe
6
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ADJUDICACION SIMPLIFICADA Nª005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
Cuando se hayan presentado dos (2) o más ofertas, el consentimiento de la buena pro se
produce a los cinco (5) días hábiles siguientes de la notificación de su otorgamiento, sin que
los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.
En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se produce
el mismo día de la notificación de su otorgamiento.
Importante
Una vez consentido el otorgamiento de la buena pro, el órgano encargado de las contrataciones
o el órgano de la Entidad al que se haya asignado tal función realiza la verificación de la oferta
presentada por el postor ganador de la buena pro conforme lo establecido en el numeral 64.6 del
artículo 64 del Reglamento.
7
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ADJUDICACION SIMPLIFICADA Nª005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE
SELECCIÓN
A través del recurso de apelación se pueden impugnar los actos dictados durante el desarrollo
del procedimiento de selección hasta antes del perfeccionamiento del contrato.
En los procedimientos de selección según relación de ítems, el valor referencial total del
procedimiento determina ante quién se presenta el recurso de apelación.
Los actos que declaren la nulidad de oficio, la cancelación del procedimiento de selección y
otros actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuidad de este, se impugnan
ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Importante
Una vez otorgada la buena pro, el órgano encargado de las contrataciones o comité de
selección, según corresponda, está en la obligación de permitir el acceso de los participantes
y postores al expediente de contratación, salvo la información calificada como secreta,
confidencial o reservada por la normativa de la materia, a más tardar dentro del día siguiente
de haberse solicitado por escrito.
Luego de otorgada la buena pro no se da a conocer las ofertas cuyos requisitos de calificación
no fueron analizados y revisados por el órgano encargado de las contrataciones o comité de
selección, según corresponda.
El recurso de apelación se presenta ante la Mesa de Partes del Tribunal o ante las oficinas
desconcentradas del OSCE o en la Unidad de Trámite Documentario de la Entidad, según
corresponda.
La apelación contra el otorgamiento de la buena pro o contra los actos dictados con anterioridad
a ella se interpone dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse notificado el
otorgamiento de la buena pro.
La apelación contra los actos dictados con posterioridad al otorgamiento de la buena pro, contra
la declaración de nulidad, cancelación y declaratoria de desierto del procedimiento, se interpone
dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que
se desea impugnar.
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ADJUDICACION SIMPLIFICADA Nª005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
CAPÍTULO III
DEL CONTRATO
Para perfeccionar el contrato, el postor ganador de la buena pro debe presentar los documentos
señalados en los artículos 139 y 175 del Reglamento, así como los previstos en la sección
específica de las bases.
3.2. GARANTÍAS
Las garantías que deben otorgar los postores y/o contratistas, según corresponda, son las de fiel
cumplimiento del contrato y por los adelantos.
Importante
En los contratos de ejecución de obras que celebren las Entidades con las micro y pequeñas
empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento
(10%) del monto del contrato original, porcentaje que es retenido por la Entidad durante la
primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago,
con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el artículo 149
del Reglamento, siempre que:
a) El procedimiento de selección original del cual derive el contrato a suscribirse sea una
Adjudicación Simplificada.
b) El plazo de ejecución de la obra sea igual o mayor a sesenta (60) días calendario; y,
c) El pago a favor del contratista considere, al menos, dos (2) valorizaciones periódicas,
en función del avance de obra.
Importante
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena
pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y
eventual ejecución; sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que
correspondan.
Advertencia
Los funcionarios de las Entidades no deben aceptar garantías emitidas bajo condiciones distintas
a las establecidas en el presente numeral, debiendo tener en cuenta lo siguiente:
1. La clasificadora de riesgo que asigna la clasificación a la empresa que emite la garantía debe
encontrarse listada en el portal web de la SBS (http://www.sbs.gob.pe/sistema-
financiero/clasificadoras-de-riesgo).
4. Si la empresa que otorga la garantía cuenta con más de una clasificación de riesgo emitida por
distintas empresas listadas en el portal web de la SBS, bastará que en una de ellas cumpla con
la clasificación mínima establecida en el Reglamento.
En caso exista alguna duda sobre la clasificación de riesgo asignada a la empresa emisora de la
garantía, se deberá consultar a la clasificadora de riesgos respectiva.
De otro lado, además de cumplir con el requisito referido a la clasificación de riesgo, a efectos de
verificar si la empresa emisora se encuentra autorizada por la SBS para emitir garantías, debe
revisarse el portal web de dicha Entidad (http://www.sbs.gob.pe/sistema-financiero/relacion-de-
empresas-que-se-encuentran-autorizadas-a-emitir-cartas-fianza).
La Entidad puede solicitar la ejecución de las garantías conforme a los supuestos contemplados
en el artículo 155 del Reglamento.
3.5. ADELANTOS
3.6. VALORIZACIONES
el último día de cada período previsto en la sección específica de las bases, por el inspector o
supervisor, según corresponda y el contratista.
En caso se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago de las valorizaciones se realizará a
quien se indique en el contrato de consorcio.
Advertencia
En caso de retraso en los pagos a cuenta o pago final por parte de la Entidad, salvo que se deba a
caso fortuito o fuerza mayor, esta reconoce al contratista los intereses legales correspondientes,
de conformidad con el artículo 39 de la Ley y los artículos 1244, 1245 y 1246 del Código Civil,
debiendo repetir contra los responsables de la demora injustificada.
3.7. REAJUSTES
Los reajustes se calculan conforme lo indicado en el numeral 38.3 del artículo 38 y el artículo 195
del Reglamento.
Importante
3.8. PENALIDADES
Estos dos tipos de penalidades se calculan en forma independiente y pueden alcanzar cada una
un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser
el caso, del ítem que debió ejecutarse.
Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36
de la Ley y 164 del Reglamento.
Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se regirán
supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
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SECCIÓN ESPECÍFICA
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS
INSTRUCCIONES INDICADAS)
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CAPÍTULO I
GENERALIDADES
El valor referencial asciende a S/. 1,054,197.08 (Un Millón Cincuenta y Cuatro Mil Ciento
Noventa y Siete con 08/100 Soles), incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto
que incida en el costo total de la ejecución de la obra. El valor referencial ha sido calculado al
mes de ABRIL DEL 2024.
4
El monto del valor referencial indicado en esta sección de las bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado
en la ficha del procedimiento en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del
valor referencial indicado en las bases aprobadas.
5
De acuerdo a lo señalado en el artículo 48 del Reglamento, estos límites se calculan considerando dos (2) decimales. Para
ello, si el límite inferior tiene más de dos (2 decimales, se aumenta en un dígito el valor del segundo decimal; en el caso del
límite superior, se considera el valor del segundo decimal sin efectuar el redondeo.
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Importante
NO CORRESPONDE
El alcance de la ejecución de la obra está definido en el Capítulo III de la presente sección de las
bases.
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Los participantes registrados tienen el derecho a recabar las bases y el expediente técnico de la
obra en versión impresa o digital, según su elección, para cuyo efecto deben:
Importante
La Entidad debe entregar una constancia o formulario de cargos en donde consta que el
participante recibió el expediente técnico completo. Dicha constancia o formulario debe incluir
un índice del contenido del expediente técnico y número de folios correspondientes.
El costo de entrega del ejemplar de las bases y del expediente técnico, no puede exceder el
costo de su reproducción.
Advertencia
Las Entidades deben cautelar bajo responsabilidad que la versión impresa y digital del expediente
técnico correspondan a la versión original del expediente técnico aprobado.
- Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024.
- Ley N° 5781, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal
2024.
- Ley N° 31955, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el año fiscal 2024.
- Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, D.S. N° 082-
2019-EF.
- Decreto Supremo Nº 011-79-VC.
- Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Ley Nª 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
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CAPÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Importante
De conformidad con la vigesimosegunda Disposición Complementaria Final del Reglamento, en
caso la Entidad (Ministerios y sus organismos públicos, programas o proyectos adscritos) haya
difundido el requerimiento a través del SEACE siguiendo el procedimiento establecido en dicha
disposición, no procede formular consultas u observaciones al requerimiento.
En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de
los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según
corresponda.
Advertencia
De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están
prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan
obtener directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2
y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa medida, si la Entidad es usuaria de la
Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE7 y siempre que el servicio web
se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma, no
corresponderá exigir el certificado de vigencia de poder y/o documento nacional de
identidad.
6
La omisión del índice no determina la no admisión de la oferta.
7 Para mayor información de las Entidades usuarias y del Catálogo de Servicios de la Plataforma de Interoperabilidad del
Estado – PIDE ingresar al siguiente enlace https://www.gobiernodigital.gob.pe/interoperabilidad/
17
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ADJUDICACION SIMPLIFICADA Nª005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen deben ser expresados
con dos (2) decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de
dos (2) decimales.
Importante
El análisis de precios unitarios y el detalle de los gastos generales fijos y variables de la oferta
se presentan para el perfeccionamiento del contrato.
b) Solicitud de bonificación del cinco por ciento (5%) por tener la condición de micro y
pequeña empresa (Anexo N°11).
d) Los postores que apliquen el beneficio de la exoneración del IGV previsto en la Ley
8 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 91 del Reglamento.
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Advertencia
El órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, no podrá exigir
al postor la presentación de documentos que no hayan sido indicados en los acápites “Documentos
para la admisión de la oferta”, “Requisitos de calificación” y “Factores de evaluación”.
El postor ganador de la buena pro debe presentar los siguientes documentos para perfeccionar
el contrato:
Advertencia
De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están prohibidas de
exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener directamente mediante
la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa
medida, si la Entidad es usuaria de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE9 y
siempre que el servicio web se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma,
no corresponderá exigir los documentos previstos en los literales e) y f).
9 Para mayor información de las Entidades usuarias y del Catálogo de Servicios de la Plataforma de Interoperabilidad del
Estado – PIDE ingresar al siguiente enlace https://www.gobiernodigital.gob.pe/interoperabilidad/
10
Este requisito no aplica para procedimientos de contratación directa por la causal de carácter de secreto, secreto militar o
por razones de orden interno.
11
La Entidad puede requerir este documento en caso de obras a suma alzada.
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Importante
12
https://enlinea.sunedu.gob.pe/
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAPELO
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La Entidad debe aceptar las diferentes denominaciones utilizadas para acreditar la carrera
profesional requerida, aun cuando no coincida literalmente con aquella prevista en los
requisitos de calificación (por ejemplo Ingeniería Ambiental, Ingeniería en Gestión Ambiental,
Ingeniería y Gestión Ambiental u otras denominaciones).
Los documentos que acreditan la experiencia del personal deben incluir como mínimo los
nombres y apellidos del profesional, el cargo desempeñado, el plazo de la prestación
indicando el día, mes y año de inicio y culminación, el nombre de la Entidad u organización
que emite el documento, la fecha de emisión y nombres y apellidos de quien suscribe el
documento.
Se considerará aquella experiencia que no tenga una antigüedad mayor a veinticinco (25) años
anteriores a la fecha de la presentación de ofertas.
Asimismo, la Entidad debe valorar de manera integral los documentos presentados para
acreditar dicha experiencia. En tal sentido, aun cuando en los documentos presentados la
denominación del cargo o puesto no coincida literalmente con aquella prevista en los
requisitos de calificación, se deberá validar la experiencia si las actividades que realizó el
profesional corresponden con la función propia del cargo o puesto requerido.
Cuando el postor ganador de la buena pro presenta como plantel profesional clave a
profesionales que se encuentren prestando servicios como residente o supervisor en obras
contratadas por la Entidad que no cuentan con recepción, procede otorgar plazo adicional
para subsanar, conforme lo previsto en el literal a) del artículo 141 del Reglamento.
En caso que el postor ganador de la buena pro sea un consorcio, las garantías que presente
este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser
el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la Ley y en
el artículo 148 del Reglamento, deben consignar expresamente el nombre completo o la
denominación o razón social de los integrantes del consorcio, en calidad de garantizados, de
lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes
indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en
la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.
En los contratos de ejecución de obras que celebren las Entidades con las micro y pequeñas
empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento
(10%) del monto del contrato, porcentaje que es retenido por la Entidad durante la primera
mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago, con cargo
a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el numeral 149.4 del artículo
149 del Reglamento y numeral 151.3 del artículo 151 del Reglamento, siempre que:
a) El procedimiento de selección original del cual derive el contrato a suscribirse sea una
Adjudicación Simplificada.
b) El plazo de ejecución de la obra sea igual o mayor a sesenta (60) días calendario; y,
c) El pago a favor del contratista considere, al menos, dos (2) valorizaciones periódicas, en
función del avance de obra.
Para dicho efecto los postores deben encontrarse registrados en el REMYPE, consignando
en la Declaración Jurada de Datos del Postor (Anexo N° 1) o en la solicitud de retención de la
garantía durante el perfeccionamiento del contrato, que tienen la condición de MYPE, lo cual
será verificado por la Entidad en el link http://www2.trabajo.gob.pe/servicios-en-linea-2-2
opción consulta de empresas acreditadas en el REMYPE.
Importante
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAPELO
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Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la
buena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual
ejecución; sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que
correspondan.
De conformidad con el Reglamento Consular del Perú aprobado mediante Decreto Supremo
N° 076-2005-RE para que los documentos públicos y privados extendidos en el exterior
tengan validez en el Perú, deben estar legalizados por los funcionarios consulares peruanos
y refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, salvo que se trate de
documentos públicos emitidos en países que formen parte del Convenio de la Apostilla, en
cuyo caso bastará con que estos cuenten con la Apostilla de la Haya13.
El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. Para dicho efecto
el postor ganador de la buena pro, dentro del plazo previsto en el artículo 141 del Reglamento,
debe presentar la documentación requerida en Calle Benavides N°584 – Iquitos, Oficina de
Coordinación de la Municipalidad Distrital de Capelo.
Importante
En el caso de contratación de obras por paquete, se debe suscribir un contrato por cada obra
incluida en el paquete.
2.5. ADELANTOS
La Entidad otorgará el único adelanto directo por el Diez por ciento (10%) del monto del contrato
original.
El contratista debe solicitar formalmente el Adelanto Directo dentro de los ocho (8) días siguientes
a la Suscripción del Contrato, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos mediante carta
fianza o póliza de caución y el comprobante de pago correspondiente. La Entidad debe entregar
el monto solicitado dentro de los siete (7) días contados a partir del día siguiente de recibida la
solicitud del contratista.
La Entidad otorgará adelantos para materiales o insumos por el VEINTE (20%) del monto del
contrato original, conforme al calendario de adquisición de materiales o insumos presentado por
el contratista.
La entrega de los adelantos se realizará en un plazo de ocho (08) días calendarios previos a la
fecha prevista en el calendario de adquisición de materiales o insumos para cada adquisición,
con la finalidad que EL CONTRATISTA pueda disponer de los materiales o insumos en la
oportunidad prevista en el calendario de avance de obra valorizado. Para tal efecto, EL
CONTRATISTA debe solicitar la entrega del adelanto en un plazo de siete (07) días calendarios,
anteriores al inicio del plazo antes mencionado, adjuntando a su solicitud la garantía por
adelantos mediante carta fianza o póliza de caución y el comprobante de pago respectivo.
2.6. VALORIZACIONES
13
Según lo previsto en la Opinión N° 009-2016/DTN.
22
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAPELO
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Importante
Cuando el periodo de valorización establecido por la Entidad sea el mensual, el plazo del pago de
la valorización se regirá por lo dispuesto en el numeral 194.6 del artículo 194 del Reglamento. En
cambio, si la Entidad prevé un periodo de valorización distinto al mensual, se debe establecer los
plazos y procedimiento aplicables para la valorización, teniendo en consideración lo dispuesto en
el numeral 194.5 del referido artículo, así como el plazo para el pago de las valorizaciones.
Las valorizaciones de obra se presentan a través del módulo de ejecución contractual del SEACE.
Dicha obligación aplica a los contratos de obra que deriven de procedimientos de selección para la
ejecución de obras, convocados a partir de la entrada en vigencia de la Directiva N° 001-2022-
OSCE/CD “Gestión de las valorizaciones de obra a través del SEACE”18 . Mediante comunicado
el OSCE publica y difunde la relación de Entidades obligadas a usar la sección de valorizaciones
electrónicas como medio para la gestión de las valorizaciones de obra. El primer listado de
entidades obligadas se encuentra publicado en el siguiente enlace:
https://www.gob.pe/institucion/osce/noticias/575017-comunicado-n-001-2022-osce.
2.7. PLAZO PARA EL PAGO DEL SALDO DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA
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CAPÍTULO III
REQUERIMIENTO
Importante
EJECUCIÓN DE LA OBRA:
“MEJORAMIENTO DE LA VEREDA PEATONAL EN LA COMUNIDAD DE NUEVO BAGAZAN
DEL DISTRITO DE CAPELO - PROVINCIA DE REQUENA - DEPARTAMENTO DE LORETO”
2. BASE LEGAL
- Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024.
- Ley N° 5781, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal
2024.
- Ley N° 31955, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el año fiscal 2024.
- Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, D.S. N° 082-
2019-EF.
- Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Ley Nª 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
- Decreto Supremo N° 082-2019-EF del TUO y el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, que
aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus modificatorias.
- Decreto Supremo N° 377-2019-EF que modifica el Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de
contrataciones del estado, aprobado con D.S. N°344-2019-EF.
- D.S. N°308-2022-EF que modifica el Reglamento de la Ley N° 30225 Ley de contrataciones
del estado.
- Reglamento Nacional de Edificaciones.
- Norma sobre consideraciones de mitigación de Impacto Ambiental.
- Reglamento del Sistema Nacional de Defensa Civil.
- Reglamento para la Autorización de Obras en Vías Públicas.
- Código Civil.
3. ANTECEDENTES:
La MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAPELO, entidad responsable de formular planes y proyectos
para impulsar el desarrollo del distrito, tiene considerado en su programa la elaboración del
expediente técnico del proyecto: “MEJORAMIENTO DE LA VEREDA PEATONAL EN LA
COMUNIDAD DE NUEVO BAGAZAN DEL DISTRITO DE CAPELO - PROVINCIA DE REQUENA
- DEPARTAMENTO DE LORETO”, así mismo, el presente estudio como resultado de una
necesidad sentida y por iniciativa de la población Organizada de la Comunidad Nuevo Bagazan, la
misma que con el apoyo de la municipalidad Distrital de Capelo, a través de la Gerencia e Obras e
Infraestructura solicita la realización del estudio y posterior viabilidad de dicho proyecto en beneficio
de la población en general.
El propósito del proyecto con referencia al mejoramiento de la vereda implica que los habitantes de
estos sectores mejoren su condición de vida. En lo concerniente a las veredas esta contribuye al
mejoramiento de la vía existente en la localidad de Nuevo Bagazan.
La Municipalidad Distrital de Capelo como ente promotor del desarrollo local y dentro de su visión
como distrito futurista, considera importante velar por el desarrollo de los caseríos, ubicados dentro
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ADJUDICACION SIMPLIFICADA Nª005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
de su jurisdicción, con el mejoramiento del ornato público de la zona Urbana y Rural, mediante la
ampliación de la veredas peatonal, con la cual se ejecutara una mejora infraestructura vial y
permitirá contribuir a un mejor desarrollo de las actividades socio cultural, comercial y salubre, y de
esta manera promover un crecimiento equilibrado, tendiente a la creación de condiciones favorables
en materia ambiental y salud pública.
Para tal efecto la municipalidad Distrital de Capelo a través de la Gerencia de Infraestructura, elaboro
un estudio preliminar a nivel Expediente Técnico del proyecto denominado “MEJORAMIENTO DE
LA VEREDA PEATONAL EN LA COMUNIDAD DE NUEVO BAGAZAN DEL DISTRITO DE
CAPELO - PROVINCIA DE REQUENA - DEPARTAMENTO DE LORETO”, cuya documentación
correspondiente se encuentra de acuerdo a las normas legales vigentes.
4. GENERALIDADES
Nombre de la Obra: MEJORAMIENTO DE LA VEREDA PEATONAL EN LA COMUNIDAD DE
NUEVO BAGAZAN DEL DISTRITO DE CAPELO - PROVINCIA DE REQUENA -
DEPARTAMENTO DE LORETO”.
Nombre del PIP o Inversión: MEJORAMIENTO DE LA VEREDA PEATONAL EN LA
COMUNIDAD DE NUEVO BAGAZAN DEL DISTRITO DE CAPELO - PROVINCIA DE
REQUENA - DEPARTAMENTO DE LORETO”
Nivel de los Estudios de Pre Inversión: EXPEDIENTE TECNICO
5. FINALIDAD PUBLICA
La ejecución de Obra “MEJORAMIENTO DE LA VEREDA PEATONAL EN LA COMUNIDAD DE
NUEVO BAGAZAN DEL DISTRITO DE CAPELO - PROVINCIA DE REQUENA -
DEPARTAMENTO DE LORETO”, tiene por finalidad pública mejorar las condiciones de vida, vías
de comunicación, ornato público y atracción de la comunidad de Nuevo Bagazan. En el presente
año, la Municipalidad ha priorizado la ejecución de los estudios, asignando los recursos
correspondientes en su presupuesto del año 2024 (Arti. 1. Finalidad de la Ley N° 30225 y sus
modificatorias)
6. UBICACIÓN:
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7. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Contar con un contratista para la ejecución de la obra: “MEJORAMIENTO DE LA VEREDA
PEATONAL EN LA COMUNIDAD DE NUEVO BAGAZAN DEL DISTRITO DE CAPELO -
PROVINCIA DE REQUENA - DEPARTAMENTO DE LORETO”, de acuerdo al expediente técnico
aprobado.
En la Comunidad Nuevo Bagazan se proyecta construir una vereda peatonal de mortero simple con
una longitud total de 975.38 ml. con un ancho de vía de 3.00 m., con espesor e=0.15 m., con
resistencia característica f’c= 175 Kg/cm2; el cual irá fundado sobre un solado de C:A, 1:8 de
espesor e=0.05 m, el cual a su vez se apoya en una capa de material de préstamo arena
anticontaminante cuyo espesor e= 0.15 m.
Tal diseño es permitido por calidad del suelo, cuyos resultados de capacidad portante nos
proporcionan el Estudio de Mecánica de Suelos respectivo;
Los parámetros de medición y descripción tanto en las obras principales, como complementarias se
enumeran en el siguiente listado y los detalles de cada uno de ellos, se encuentran en las
Especificaciones Técnicas y planos que son documentos principales del presente Expediente
Técnico.
9. VALOR REFERENCIAL
El Presupuesto Total de la ejecución de la obra asciende a la suma de S/. 1’054,197.08 (Un Millón
Cincuenta y Cuatro Mil Ciento Noventa y Siete con 08/100 Soles) incluido el IGV., con precios
vigentes al mes de FEBRERO DEL 2024, que incluye Costos Directos, Gastos Generales, Utilidad
y todo gasto necesario para la correcta ejecución de la obra.
DESCRIPCION COSTO
TOTAL COSTO DIRECTO 783,329.56
Gastos Generales (7.05%) 55,224.73
Utilidades (7.00%) 54,833.07
SUB TOTAL 893,387.36
I.G.V 18% 160,809.72
PRESUPUESTO EJECUCION DE OBRA TOTAL S/ 1’054,197.08
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De conformidad con el numeral 176.1 del artículo 176 del Reglamento se establece que “El inicio
del plazo de ejecución de obra comienza a regir desde el día siguiente de que se cumplan las
siguientes condiciones:
Las condiciones a que se refieren los numerales precedentes, deben ser cumplidas dentro de los
quince (15) días contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato. En caso no se haya
solicitado la entrega del adelanto directo, el plazo se inicia con el cumplimiento de las demás
condiciones.
La Entidad puede acordar con el contratista diferir la fecha de inicio del plazo de ejecución de la
obra según los supuestos previstos en el artículo 176 del Reglamento.
Las circunstancias invocadas se sustentan en un informe técnico que forma parte del expediente
de contratación, debiendo suscribir la adenda correspondiente.
En consecuencia, tendrá validez las decisiones adoptadas por el referido profesional, las cuales no
podrán ser enervadas por otra persona o autoridad, el referido personal no podrá ser sustituido salvo
autorización previa y por escrito a la entidad, debiendo reunir el reemplazante iguales o superiores
características a las previstas en las bases para el personal a ser reemplazado. Su reemplazo será
efectivo una vez emitida la autorización escrita por la entidad.
En caso que el supervisor sea una persona jurídica, esta debe designar a una persona natural como
supervisor permanente en la obra.
De conformidad con el Artículo 187 del reglamento, la Entidad controla los trabajos efectuados por
el contratista a través del supervisor, según corresponda, quien es el responsable de velar directa
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El inspector o el supervisor, según corresponda, está facultado para ordenar el retiro de cualquier
subcontratista o trabajador por incapacidad o incorrecciones que, a su juicio, perjudiquen la buena
marcha de la obra; para rechazar y ordenar el retiro de materiales o equipos por mala calidad o por
el incumplimiento de las especificaciones técnicas y para disponer cualquier medida generada por
una emergencia. No obstante lo señalado en el párrafo precedente, su actuación debe ajustarse al
contrato, no teniendo autoridad para modificarlo.
El contratista debe brindar al supervisor las facilidades necesarias para el cumplimiento de su función,
las cuales están estrictamente relacionadas con esta.
b) Proveer y mantener en perfectas condiciones todas las marcas, señales y referencias necesarias
para la ejecución e inspección de la obra.
c) Prestar en general, todas las facilidades y los elementos adecuados de que dispone, a fin de
que la supervisión se efectúe en la forma más satisfactoria, oportuna y eficaz.
e) Los trabajos realizados fuera del horario establecido y que no hayan tenido sido autorizados por
la Supervisión, No serán Reconocidos para efecto de pago
Asimismo las consultas que por su naturaleza requieran opinión del proyectista y afecten la ruta
crítica del proyecto deberán de ser planteadas por el residente de obra de manera oportuna y de
generarse demoras la entidad no asumirá los costos que genere.
En tanto que el Supervisor debe absolver las consultas en la forma, plazos de respuesta,
alcances y atribuciones, de acuerdo lo dispuesto en el Art.193° del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado.
10.10 CONSULTAS
Las consultas en cuaderno de obra, son el mecanismo a través del cual el residente de obra
comunica al Supervisor las observaciones discrepancias, deficiencias, omisiones, aclaraciones que
tiene respecto a determinada información del expediente técnico. El residente de obra debe
formular las consultas con toda claridad cuál es el tema a discernir.
Asimismo las consultas que por su naturaleza requieran opinión del proyectista y afecten la ruta
crítica del proyecto deberán de ser planteadas por el residente de obra de manera oportuna y de
generarse demoras la entidad no asumirá los costos que genere.
En tanto que el Supervisor debe absolver las consultas en la forma, plazos de respuesta, alcances
y atribuciones, de acuerdo lo dispuesto en el Art.193° del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado.
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10.11 ADELANTOS
El contratista debe solicitar formalmente el Adelanto Directo dentro de los ocho (8) días siguientes
a la Suscripción del Contrato, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos mediante carta
fianza o póliza de caución y el comprobante de pago correspondiente. La Entidad debe entregar
el monto solicitado dentro de los siete (7) días contados a partir del día siguiente de recibida la
solicitud del contratista.
La entrega de los adelantos se realizará en un plazo de ocho (08) días calendarios previos
a la fecha prevista en el calendario de adquisición de materiales o insumos para cada adquisición,
con la finalidad que EL CONTRATISTA pueda disponer de los materiales o insumos en la
oportunidad prevista en el calendario de avance de obra valorizado. Para tal efecto, EL
CONTRATISTA debe solicitar la entrega del adelanto en un plazo de siete (07) días calendarios,
anteriores al inicio del plazo antes mencionado, adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos
mediante carta fianza o póliza de caución y el comprobante de pago respectivo.
10.12 VALORIZACIONES
La valorización será de periodo MENSUAL.
El plazo del pago de la valorización se regirá por lo dispuesto en el numeral 194.6 del artículo 194
del Reglamento.
En caso se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago de las valorizaciones se realizará a
quien se indique en el contrato de consorcio.
Las valorizaciones se formularán en función a los metrados ejecutados aplicando las partidas y
precios unitarios del desagregado de partidas que dio origen a la propuesta y que fuera presentada
al momento de ofertar, agregando separadamente los montos proporcionales de gastos generales
y utilidad ofertados a este monto se agrega, de ser el caso, el porcentaje correspondiente al
Impuesto General a las Ventas. El plazo máximo de aprobación por el Inspector de las valorizaciones
y su remisión a la Entidad, es de cinco (05) días contados a partir del primer día hábil del mes
siguiente de la valorización respectiva, y será cancelada por la Entidad en fecha no posterior al
último día de tal mes.
10.14 REAJUSTES
En el caso de contratos de obra pactados en moneda nacional, las valorizaciones que se efectúen a
precios originales del contrato y sus ampliaciones son ajustadas multiplicándolas por el respectivo
coeficiente de reajuste “K” que se obtenga de aplicar la fórmula o fórmulas polinómicas previstas
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en el expediente técnico de obra que es parte de las bases, los Índices Unificados de Precios de la
Construcción que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, correspondiente
al mes en que debe ser pagada la valorización. Una vez publicados los índices correspondientes
al mes en que debió efectuarse el pago, se realizan las regularizaciones necesarias.
Dado que los Índices Unificados de Precios de la Construcción son publicados con un mes de
atraso, los reajustes se calculan en base al coeficiente de reajuste “K” conocido al momento de la
valorización. Cuando se conozcan los Índices Unificados de Precios que se deben aplicar, se calcula
el monto definitivo de los reajustes que le corresponden y se pagan con la valorización más cercana
posterior o en la liquidación final sin reconocimiento de intereses.
Se puede subcontratar por un máximo del cuarenta por ciento (40%) del monto del contrato original,
salvo prohibición expresa contenida en los documentos del procedimiento de selección o cuando se
trate de prestaciones esenciales del contrato vinculadas a los aspectos que determinaron la
selección del contratista.
La Entidad aprueba la subcontratación por escrito y de manera previa, dentro de los cinco (5) días
hábiles de formulado el pedido. Si transcurrido dicho plazo la Entidad no comunica su respuesta,
se considera que el pedido ha sido rechazado.
Riesgos derivados de eventos de fuerza mayor (sismo), Capacitación a los trabajadores sobre
acciones durante el sismo. Contar con un Plan de Emergencia y Evacuación. Reunirse con los
trabajadores, personal técnico y profesional para planificar acciones de prevención y respuesta.
Contar con un maletín para emergencias, fácil de llevar en casos de evacuación. Ubicarse
inmediatamente en lugares seguros previamente identificados, alejarse de estructuras provisionales
tales como postes, taludes y zanjas profundas de tierra.
10.18 SEGUROS
El contratista deberá presentar a la entidad todos los seguros (Seguro CAR, SCTR, entre otros),
necesarios de aseguradoras autorizadas según conforme a la legislación vigente y debidamente
supervisados por la superintendencia de banca y seguros y de administradores de fondos de
pensiones, la misma que se mantendrán vigente hasta que el proyecto se encuentre recibido por la
entidad.
La Entidad o el contratista, según corresponda, deben efectuar el pago del monto correspondiente
al saldo de la liquidación del contrato de obra, en el plazo de quince 15 días calendario, computados
desde el día siguiente del consentimiento de la liquidación. Para tal efecto, la parte que solicita el
pago debe presentar el comprobante de pago respectivo.
10.20 CONFORMIDAD
Otorgada la conformidad de la prestación, la Entidad otorga al contratista, una constancia de
prestación de ejecución de la cual es entregada conjuntamente con la liquidación de la obra. Solo
se puede diferir la entrega de la constancia en los casos en que hubiera penalidades, hasta que
estas sean canceladas.
Tabla de Penalidades
PENALIDADES
Nº Supuestos de aplicación de penalidad Forma de cálculo Procedimiento *
Cuando el personal acreditado permanece menos
de sesenta (60) días desde el inicio de su
0.5 de UIT por cada
participación en la ejecución del contrato o del Según informe del
día de ausencia del
1 íntegro del plazo de ejecución, si este es menor a Inspector y/o
personal en el plazo
los sesenta (60) días, de conformidad con las Supervisor de Obra
previsto.
disposiciones establecidas en el numeral 190.2 del
artículo 190 del Reglamento
En caso el contratista incumpla con su obligación Según informe del
0,5 UIT, por cada Inspector y/o
de ejecutar la prestación con el personal acreditado
2 día ausencia del Supervisor de Obra
o debidamente sustituido.
personal en obra
No presentar dentro de los siete (07) días calendario Según informe del
de iniciada la ejecución de la obra, el Plan de Manejo 0,5 UIT, por cada Inspector y/o
3 Ambiental programado de las actividades a día ausencia del Supervisor de Obra
realizarse de insumos y recursos a utilizar y el personal en obra.
cronograma de participación del personal
Si el contratista o su personal, no permite el acceso Según informe del
al cuaderno de obra físico al INSPECTOR o (5/1000), por cada Inspector y/o
4 SUPERVISOR DE LA OBRA, SEGÚN día de dicho Supervisor de Obra
CORRESPONDA, impidiéndole anotar las impedimento
ocurrencias.
INDUMENTARIA E IMPLEMENTO DE Según informe del
PROTECCION PERSONAL Inspector y/o
El contratista que no cumpla en dotar al personal los Supervisor de Obra
0,5 UIT, por
5 implementos o equipo básico de protección
ocurrencia
personal, en la ejecución de la obra, conforme lo
establece la Norma G.050.
La multa será por persona, por ocurrencia y por día.
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3. El Supervisor de Obra procede a calcular la penalidad según la Tabla de penalidades, sobre la base
del Monto del Contrato vigente, por día, personal de ocurrencia, de corresponder, verificando
antes que el monto acumulado de penalidades aplicadas no haya excedido el monto máximo de
penalidad admisible, equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, caso
contrario pasa al literal 6).
6. En los casos que el monto acumulado de penalidades aplicadas haya excedido el monto máximo
admisible, el Supervisor de obra evaluará y podrá proponer a la Entidad que inicie la Resolución del
Contrato de obra.
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La construcción, sin excepción, comprenderá las mejores prácticas de ejecución de Obras, empleando
procedimientos constructivos de calidad, equipos y técnicas de última generación acordes con las
tecnologías vigentes, a fin de asegurar un producto de calidad.
SEGURIDAD DE OBRA
Complementando las actividades programadas se tomarán las medidas de seguridad durante la
ejecución de la obra, la misma que deberá implementarse de tal manera que se den todas las
condiciones necesarias para evitar accidentes. Las medidas de seguridad deben abarcar desde las
labores de difusión de los desvíos hasta los avisos preventivos en el sitio de la obra.
El Contratista deberá desarrollar las medidas adecuadas de seguridad y salud ocupacional a fin de
garantizar la seguridad y salud del personal que intervenga en la actividad y preservar los bienes
propios.
Si la obra no se sujetara estrictamente a los planos y demás documentos del proyecto, si los
materiales utilizados no fueran de la calidad requerida, si se advierten vicios o defectos en la
construcción o se tienen razones fundadas para creer que existen vicios ocultos en la obra ejecutada,
el Contratista deberá demolerla y rehacerla hasta dejarla a completa satisfacción de la Supervisión
de obra.
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Los gastos, que demande la instalación, el funcionamiento y conservación de los ambientes para la
ejecución de la Obra, se extenderán hasta la recepción de la obra y corren por cuenta del Contratista.
Estas prescripciones no son excluyentes de otras previsiones que pudiera adoptar el Contratista para
el más eficaz desarrollo de las actividades relacionadas a la ejecución de la obra, pero, en
cualquier caso, deberá mantener informado al Supervisor de las modificaciones que sobre el particular
llevará a cabo, debiendo merecer su visto bueno.
El Contratista será responsable de la vigilancia general de las obras en forma continua, para prevenir
sustracciones o deterioros de los materiales, enseres, estructuras y otros bienes propios o ajenos; en
caso de pérdida correrá con los gastos que demande su sustitución.
El Contratista deberá colocar cercos, protecciones, barreras, letreros, señales y luces de peligro y
tomar las demás precauciones necesarias en todas las maquinarias y partes del campamento donde
puedan producirse accidentes.
Dentro de los siete (7) días calendario siguientes al inicio contractual de la obra, el Contratista deberá
presentar para consideración del Supervisor, un Calendario detallado de Adquisición de equipos y
materiales ajustado a las fechas calendario de iniciación y terminación contractual de la obra, en el
que se muestre el orden en que se ha de proceder a la ejecución de los diferentes trabajos.
Estos programas de trabajos deberán ser elaborados utilizando el Método del Camino Crítico (CPM)
o El diagrama de barras de GANTT.
Al actualizar su programa de trabajo y/o cronograma, el Contratista deberá tomar en cuenta las
restricciones originadas por caso fortuito o de fuerza mayor.
El Contratista estará obligado a presentar la reprogramación de sus trabajos toda vez que le sea
aprobada una prórroga justificada del plazo de ejecución de la obra o cuando el Supervisor lo requiera
como consecuencia del atraso en el cumplimiento del cronograma vigente, conforme a los plazos
establecidos vigentes, estando el nuevo programa de trabajos sujeto a la revisión y aprobación del
Supervisor.
3. Cuando es necesario un plazo adicional para la ejecución de los mayores metrados que no
provengan de variaciones del expediente técnico de obra, en contratos a precios unitarios.
4. Para que proceda una ampliación de plazo, deberá observarse el procedimiento y plazos
regulados en el Art. 198° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
La entidad ampliará el plazo de los otros contratos celebrados vinculados directamente al contrato
principal, de acuerdo al Art. 199.7 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
El Contratista tiene la obligación de velar por la conservación del Medio Ambiente, para lo cual deberá
cumplir con todas las provisiones correspondientes.
El Contratista deberá asumir su responsabilidad por las infracciones que pudiera cometer, contra la
legislación relacionada con la preservación del medio ambiente.
El Contratista debe contar previo inicio a sus labores con Seguro Contra Accidentes Personales,
Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo u otros seguros para todo su personal. El mismo que
será presentado a la suscripción del contrato y deberá estar vigente desde el inicio de sus
actividades y por el plazo estipulado en su contrato.
EQUIPOS CANTIDAD
ESTACION TOTAL 01
NIVEL TOPOGRAFICO 01
COMPACTADOR VIBRATORIO TIPO PLANCHA 7 HP 01
MEZCLADORA DE CONCRETO DE 9 -11p3 01
Todos los equipos y maquinarias necesarios para la ejecución satisfactoria de los trabajos a realizar,
deberán llevarse a obra en forma oportuna y no podrán retirarse de la misma salvo autorización escrita
del Supervisor, que no podrá negarla sin justa razón.
Las pérdidas o daños causados a los equipos y maquinarias durante la ejecución de las obras, corren
por cuenta del Contratista.
Si el Supervisor demuestra que los equipos, maquinarias, herramientas y andamiajes son insuficientes
o inapropiados para asegurar la calidad de la obra y el cumplimiento de los plazos, el Contratista está
obligado a efectuar enmiendas y/o adiciones necesarias, por su cuenta y costo.
NOTA: Se precisa que la Entidad evaluara de manera integral los documentos presentados para
acreditar dicha experiencia. En tal sentido, aun cuando en los documentos presentados la
denominación del cargo o puesto no coincida literalmente con aquella prevista en los requisitos de
calificación, se deberá validar la experiencia si las actividades que realizó el profesional corresponden
con la función propia del cargo o puesto requerido.
El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a UNA (1.00) VEZ EL VALOR
REFERENCIAL, en la ejecución de obras similares, durante los 10 años anteriores a la fecha de la
presentación de ofertas que se computarán desde la suscripción del acta de recepción de obra.
Se considerará obra similar a: Construcción y/o instalación y/o creación y/o mejoramiento y/o
ampliación y/o recuperación y/o reconstrucción y/o adecuación y/o rehabilitación y/o remodelación y/o
renovación de vías de circulación peatonal y/o vehicular a nivel de pavimento rígido o flexible.
Importante
Para determinar que los postores cuentan con las capacidades necesarias para ejecutar el contrato, el
órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda, incorpora los requisitos
de calificación que se extraen del expediente técnico, no pudiendo incluirse requisitos adicionales a los
previstos en el mismo, ni distintos a los siguientes:
EQUIPOS CANTIDAD
ESTACION TOTAL 01
NIVEL TOPOGRAFICO 01
COMPACTADOR VIBRATORIO TIPO PLANCHA 7 HP 01
MEZCLADORA DE CONCRETO DE 9 -11p3 01
Acreditación:
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del
Reglamento este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato.
Importante
No corresponde solicitar como equipamiento que el postor cuente con oficinas, locales u otros
espacios físicos. Asimismo, no se puede requerir características, años de antigüedad y demás
condiciones del equipamiento que no consten en el expediente técnico.
A.2 CALIFICACIONES DEL PLANTEL PROFESIONAL CLAVE
FORMACIÓN ACADÉMICA DEL PLANTEL PROFESIONAL CLAVE
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Requisitos:
Copia del Título Profesional:
Acreditación:
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del
Reglamento este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato.
Importante
El residente de la obra debe cumplir las calificaciones establecidas en el artículo 179 del
Reglamento.
Cargo Experiencia
Deberá acreditar una experiencia mínima de TREINTA Y SEIS (36)
meses como Residente y/o Ingeniero Residente y/o Supervisor y/o
Residente de obra Jefe de supervisión y/o Inspector en la ejecución de obras iguales
y/o similares al objeto de la convocatoria, que se computa desde la
colegiatura.
Deberá acreditar una experiencia mínima de DOCE (12) meses como
Especialista y/o ingeniero y/o supervisor y/o jefe y/o responsable y/o
residente en: seguridad y salud ocupacional o seguridad e higiene
Especialista en
ocupacional o seguridad de obra o seguridad en el trabajo o salud
Seguridad en Obra
ocupacional o implementación de planes de seguridad e higiene
ocupacional o en prevención de riesgos laborales, en la ejecución de
obras en general, que se computa desde la colegiatura.
Acreditación:
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del
Reglamento este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato.
Importante
El residente de la obra debe cumplir la experiencia mínima establecida en el artículo 179 del
Reglamento.
Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases, así como el requisito de calificación en
caso de no incluirse.
B EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD
Requisitos:
El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a S/. 1,054,197.00 (UN MILLON
CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 00/100 SOLES), en la ejecución de
obras similares, durante los 10 años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas que se
computarán desde la suscripción del acta de recepción de obra.
Se considerará obra similar a: Construcción y/o instalación y/o creación y/o mejoramiento y/o ampliación
y/o recuperación y/o reconstrucción y/o adecuación y/o rehabilitación y/o remodelación y/o renovación
de vías de circulación peatonal y/o vehicular a nivel de pavimento rígido o flexible.
Acreditación:
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La experiencia del postor se acreditará con copia simple de: (i) contratos y sus respectivas actas de
recepción de obra; (ii) contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o (iii) contratos y sus
respectivas constancias de prestación o cualquier otra documentación 14 de la cual se desprenda
fehacientemente que la obra fue concluida, así como el monto total que implicó su ejecución;
correspondientes a un máximo de veinte (20) contrataciones.
En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de
consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las
obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia
proveniente de dicho contrato.
Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del
20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “Participación de Proveedores en
Consorcio en las Contrataciones del Estado”, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones
equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso
que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las
obligaciones se ejecutaron en partes iguales.
Si el postor acredita experiencia de otra persona jurídica como consecuencia de una reorganización
societaria, debe presentar adicionalmente el Anexo N° 9.
Cuando los contratos presentados se encuentren expresados en moneda extranjera, debe indicarse el
tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la
fecha de suscripción.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 10 referido a la experiencia
del postor en la especialidad.
Importante
En el caso de consorcios, la calificación de la experiencia se realiza conforme a la Directiva
“Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.
Importante
Los requisitos de calificación determinan si los postores cuentan con las capacidades necesarias
para ejecutar el contrato, lo que debe ser acreditado documentalmente, y no mediante declaración
jurada.
14 De acuerdo con la Opinión N° 185-2017/DTN “cualquier otra documentación", se entiende como tal a todo documento emitido
por la Entidad contratante con ocasión de la ejecución de la obra que cumpla con demostrar de manera indubitable aquello
que se acredita, por ejemplo mediante, las resoluciones de liquidación de obra, las actas de recepción de conformidad, entre
otros.
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CAPÍTULO IV
FACTORES DE EVALUACIÓN
Para determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, se considera
lo siguiente:
PUNTAJE / METODOLOGÍA
FACTOR DE EVALUACIÓN
PARA SU ASIGNACIÓN
A. PRECIO
La evaluación consistirá en otorgar el
Evaluación: máximo puntaje a la oferta de precio
más bajo y se otorga a las demás
Se evaluará considerando el precio ofertado por el postor. ofertas puntajes inversamente
proporcionales a sus respectivos
Acreditación: precios, según la siguiente fórmula:
I = Oferta
Pi = Puntaje de la oferta a evaluar
Oi = Precio i
Om = Precio de la oferta más baja
PMP = Puntaje máximo del precio
[100] 15 puntos
15
De 85 a 100 puntos, en el caso de obras bajo la modalidad de ejecución llave en mano en las que se puede incluir
adicionalmente el factor capacitación.
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ADJUDICACION SIMPLIFICADA Nª005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
CAPÍTULO V
PROFORMA DEL CONTRATO
Importante
Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, puede incluirse cláusulas
adicionales o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las que en ningún
caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo señalado en este
capítulo.
En el caso de contratación de obras por paquete, se debe suscribir un contrato por cada obra
incluida en el paquete.
Este monto comprende el costo de la ejecución de la obra, todos los tributos, seguros, transporte,
inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así
como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución de la prestación
materia del presente contrato.
16
En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a
efectos de generar el pago.
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Importante
Al amparo de lo dispuesto en el numeral 149.4 del artículo 149 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, en el caso de contratos de ejecución de obras que se sujeten a las
condiciones establecidas en dicho artículo, si el postor ganador de la buena pro solicita la
retención del diez por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel
cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente:
“De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que
debe efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse,
de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.”
17
Este párrafo debe ser incluido en el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad de ejecución llave en mano que no
incluya operación asistida.
18
Este párrafo debe ser incluido en el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad de ejecución llave en mano que incluya
operación asistida.
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Importante
Al amparo de lo dispuesto en el numeral 151.3 del artículo 151 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención del diez por
ciento (10%) del monto del contrato de la prestación accesoria como garantía de fiel cumplimiento
de prestaciones accesorias, debe consignarse lo siguiente:
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Sólo en el caso que la Entidad hubiese previsto otorgar adelanto, se debe incluir la siguiente
cláusula:
“LA ENTIDAD otorgará adelantos para materiales o insumos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE
QUE NO DEBE EXCEDER EN CONJUNTO DEL 20%] del monto del contrato original, conforme
al calendario de adquisición de materiales o insumos presentado por EL CONTRATISTA.
La primera solicitud de El CONTRATISTA debe realizarse una vez iniciado el plazo de ejecución
de la obra. No procede el otorgamiento del adelanto para materiales e insumos en los casos en
que las solicitudes correspondientes sean realizadas con posterioridad a las fechas señaladas
en el calendario de adquisición de materiales e insumos.
19
Indicar el plazo y oportunidad conforme al expediente de contratación.
20
Este párrafo solo deberá ser incluido cuando la Entidad prevea la entrega de más de un adelanto directo al contratista.
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ADELANTO DIRECTO
“La Entidad otorgará adelantos para materiales o insumos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE
QUE NO DEBE EXCEDER EN CONJUNTO DEL 20%] del monto del contrato original, conforme
al calendario de adquisición de materiales o insumos presentado por el contratista.
Donde:
21
Siempre que el procedimiento de selección para la contratación de la elaboración del expediente técnico haya sido convocado
después del 03.04.2017 o, el expediente técnico elaborado por la propia Entidad, haya sido elaborado y aprobado después
de dicha fecha.
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Otras penalidades
N° Supuesto de aplicación de Forma de cálculo Procedimiento
penalidad
1 Cuando el personal acreditado [INCLUIR LA FORMA DE Según informe del
permanece menos de sesenta (60) CÁLCULO, QUE NO PUEDE [CONSIGNAR
días desde el inicio de su participación SER MENOR A LA MITAD INSPECTOR O
en la ejecución del contrato o del DE UNA UNIDAD SUPERVISOR DE LA
íntegro del plazo de ejecución, si este IMPOSITIVA TRIBUTARIA OBRA, SEGÚN
es menor a los sesenta (60) días, de (0.5 UIT) NI MAYOR A UNA CORRESPONDA].
conformidad con las disposiciones (1) UIT] por cada día de
establecidas en el numeral 190.2 del ausencia del personal en
artículo 190 del Reglamento. obra en el plazo previsto.
2 En caso el contratista incumpla con su [INCLUIR LA FORMA DE Según informe del
obligación de ejecutar la prestación CÁLCULO, QUE NO PUEDE [CONSIGNAR
con el personal acreditado o SER MENOR A LA MITAD DE INSPECTOR O
debidamente sustituido. UNA UNIDAD IMPOSITIVA SUPERVISOR DE LA
TRIBUTARIA (0.5 UIT) NI OBRA, SEGÚN
MAYOR A UNA (1) UIT] por CORRESPONDA].
cada día de ausencia del
personal en obra.
3 Si el contratista o su personal, no permite Cinco por mil (5/1000) del Según informe del
el acceso al cuaderno de obra al monto de la valorización del [CONSIGNAR
[CONSIGNAR INSPECTOR O periodo por cada día de dicho INSPECTOR O
SUPERVISOR DE LA OBRA, SEGÚN impedimento. SUPERVISOR DE LA
CORRESPONDA], impidiéndole anotar OBRA, SEGÚN
las ocurrencias. CORRESPONDA].
4 [INCLUIR OTRAS PENALIDADES, DE
SER EL CASO]
Importante
De haberse previsto otras penalidades a las previstas, incluir los supuestos de aplicación de penalidad,
la forma de cálculo de la penalidad para cada supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el
supuesto a penalizar, conforme el artículo 163 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
La penalidad por mora y las otras penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo
equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que
debió ejecutarse.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por mora o el monto máximo para otras
penalidades, LA ENTIDAD puede resolver el contrato por incumplimiento.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás
obligaciones previstas en el presente contrato.
Cualquiera de las partes tiene derecho a iniciar el arbitraje a fin de resolver dichas controversias
dentro del plazo de caducidad previsto en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
Facultativamente, cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conciliación dentro del
plazo de caducidad correspondiente, según lo señalado en el artículo 224 del Reglamento de la
Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de recurrir al arbitraje, en caso no se llegue a un
acuerdo entre ambas partes o se llegue a un acuerdo parcial. Las controversias sobre nulidad del
contrato solo pueden ser sometidas a arbitraje.
El Laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes desde el momento de
su notificación, según lo previsto en el numeral 45.21 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones
del Estado.
22
De acuerdo con el numeral 225.3 del artículo 225 del Reglamento, las partes pueden recurrir al arbitraje ad hoc cuando las
controversias deriven de procedimientos de selección cuyo valor referencial sea menor o igual a cinco millones con 00/100
soles (S/ 5 000 000,00).
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“Las partes acuerdan para la solución de las controversias derivadas del presente Contrato de Obra
conformar una Junta de Resolución de Disputas; encargando su organización y administración al
[DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CENTRO DE ADMINISTRACIÓN DESIGNADO POR
LAS PARTES].
La Junta de Resolución de Disputas estará compuesta por [TRES (3) MIEMBROS / UN (1)
MIEMBRO], los/el cual/es será/n designado/s conforme la Directiva del OSCE sobre Junta de
Resolución de Disputas”.
Incorporar o eliminar, según corresponda
CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA
Cualquiera de las partes puede elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos
los gastos que demande esta formalidad.
La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra
parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las bases integradas, la oferta y las disposiciones del presente contrato, las partes
lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR
FECHA].
Importante
Este documento puede firmarse digitalmente si ambas partes cuentan con firma digital, según la
Ley Nº 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales 23.
23
Para mayor información sobre la normativa de firmas y certificados digitales ingresar a:
https://www.indecopi.gob.pe/web/firmas-digitales/firmar-y-certificados-digitales
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CAPÍTULO VI
CONSTANCIA DE PRESTACIÓN DE EJECUCIÓN DE OBRA
De conformidad con el artículo 169 del Reglamento, se deja expresa constancia de la culminación de la prestación derivada
del contrato mencionado en el numeral 3 del presente documento.
3 DATOS DEL
Número del contrato
CONTRATO
Tipo y número del
procedimiento de selección
Descripción del objeto del
contrato
Fecha de suscripción del
contrato
Fecha de liquidación de la
obra
Número de adicionales de
obra
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7 DATOS DE LA
ENTIDAD Nombre de la Entidad
RUC de la Entidad
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ANEXOS
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ANEXO Nº 1
Señores
COMITÉ DE SELECCION
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
Presente. -
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N°
[CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de
[CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE
SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA],
DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre, Denominación o
Razón Social :
Domicilio Legal :
RUC : Teléfono(s) :
MYPE24 Sí No
Correo electrónico :
… [CONSIGNAR SÍ O NO] autorizo que se notifiquen al correo electrónico indicado las siguientes
actuaciones:
Asimismo, me comprometo a remitir la confirmación de recepción, en el plazo máximo de dos (2) días
hábiles de recibida la comunicación.
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
Importante
La notificación dirigida a la dirección de correo electrónico consignada se entenderá válidamente
efectuada cuando la Entidad reciba acuse de recepción.
24
Esta información será verificada por la Entidad en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la
sección consulta de empresas acreditadas en el REMYPE en el link http://www2.trabajo.gob.pe/servicios-en-linea-2-2/ y se
tendrá en consideración, en caso el postor ganador de la buena pro solicite la retención del diez por ciento (10%) del monto
del contrato, en calidad de garantía de fiel cumplimiento, según las condiciones previstas en el numeral 149.4 del artículo
149 y numeral 151.3 del artículo 151 del Reglamento. Asimismo, dicha información se tendrá en cuenta en caso de empate,
conforme a lo previsto en el artículo 91 del Reglamento.
53
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ADJUDICACION SIMPLIFICADA Nª005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
Importante
ANEXO Nº 1
Señores
COMITÉ DE SELECCION
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
Presente. -
El que se suscribe, [……………..], representante común del consorcio [CONSIGNAR EL NOMBRE DEL
CONSORCIO], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N°
[CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], DECLARO BAJO JURAMENTO que la
siguiente información se sujeta a la verdad:
… [CONSIGNAR SÍ O NO] autorizo que se notifiquen al correo electrónico indicado las siguientes
25 Esta información será verificada por la Entidad en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la
sección consulta de empresas acreditadas en el REMYPE en el link http://www2.trabajo.gob.pe/servicios-en-linea-2-2/ y se
tendrá en consideración, en caso el consorcio ganador de la buena pro solicite la retención del diez por ciento (10%) del
monto del contrato, en calidad de garantía de fiel cumplimiento, según las condiciones previstas en el numeral 149.4 del
artículo 149 y numeral 151.3 del artículo 151 del Reglamento. Asimismo, dicha información se tendrá en cuenta en caso de
empate, conforme a lo previsto en el artículo 91 del Reglamento. Para dichos efectos, todos los integrantes del consorcio
deben acreditar la condición de micro o pequeña empresa.
26 Ibídem.
27 Ibídem.
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ADJUDICACION SIMPLIFICADA Nª005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
actuaciones:
Asimismo, me comprometo a remitir la confirmación de recepción, en el plazo máximo de dos (2) días
hábiles de recibida la comunicación.
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del representante
común del consorcio
Importante
La notificación dirigida a la dirección de correo electrónico consignada se entenderá válidamente
efectuada cuando la Entidad reciba acuse de recepción.
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ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 52 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
COMITÉ DE SELECCION
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
Presente. -
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
ii. No tener impedimento para postular en el procedimiento de selección ni para contratar con el
Estado, conforme al artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado.
iii. Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento,
así como las disposiciones aplicables de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General.
iv. Participar en el presente proceso de contratación en forma independiente sin mediar consulta,
comunicación, acuerdo, arreglo o convenio con ningún proveedor; y, conocer las disposiciones
del Decreto Legislativo Nº 1034, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Represión de
Conductas Anticompetitivas.
vi. Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento en el presente
procedimiento de selección.
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
Importante
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea
presentada por el representante común del consorcio.
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ANEXO Nº 3
Señores
COMITÉ DE SELECCION
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
Presente. -
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las bases y
demás documentos del procedimiento de la referencia y, conociendo todos los alcances y las
condiciones detalladas en dichos documentos, el postor que suscribe ofrece la ejecución de la obra
[CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con el respectivo Expediente
Técnico y las demás condiciones que se indican en el numeral 3.1 del Capítulo III de la sección
específica de las bases y los documentos del procedimiento.
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 4
Señores
COMITÉ DE SELECCION
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
Presente. -
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las bases del
procedimiento de la referencia, me comprometo a ejecutar la obra [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN
DE LA CONVOCATORIA] en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER
EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
“Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las bases
del procedimiento de la referencia, me comprometo a ejecutar la obra [CONSIGNAR LA
DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], su equipamiento y montaje hasta la puesta en
servicio, en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE ESTAR
EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario” 28
“Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las bases
del procedimiento de la referencia, me comprometo a ejecutar la obra [CONSIGNAR LA
DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], su equipamiento y montaje hasta la puesta en
servicio, en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE ESTAR
EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, y la ejecución de la operación asistida
de la obra en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO DE LA PRESTACIÓN
ASISTIDA DE LA OBRA, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días
calendario.” 29
Incluir las disposiciones, según corresponda. Una vez culminada la elaboración de las bases, las notas que no se
incorporen deben ser eliminadas.
28
Este párrafo debe ser incluido en el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad de ejecución llave en mano que no
incluya operación asistida.
29
Este párrafo debe ser incluido en el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad de ejecución llave en mano que incluya
operación asistida.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAPELO
ADJUDICACION SIMPLIFICADA Nª005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
ANEXO Nº 5
PROMESA DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ DE SELECCION
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
Presente. -
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso
que dure el procedimiento de selección, para presentar una oferta conjunta a la ADJUDICACIÓN
SIMPLIFICADA Nº 005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA,
Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio,
de conformidad con lo establecido por el artículo 140 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado, bajo las siguientes condiciones:
d) Las obligaciones que corresponden a cada uno de los integrantes del consorcio son las siguientes:
30
Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
31
Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
32
Este porcentaje corresponde a la sumatoria de los porcentajes de las obligaciones de cada uno de los integrantes del consorcio.
59
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAPELO
ADJUDICACION SIMPLIFICADA Nª005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
..…………………………………………. ..…………………………………………..
Consorciado 1 Consorciado 2
Nombres, apellidos y firma del Consorciado 1 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 2
o de su Representante Legal o de su Representante Legal
Tipo y N° de Documento de Identidad Tipo y N° de Documento de Identidad
Importante
De conformidad con el artículo 52 del Reglamento, las firmas de los integrantes del consorcio
deben ser legalizadas.
60
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAPELO
ADJUDICACION SIMPLIFICADA Nª005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
En caso de la contratación de la ejecución de una obra bajo el sistema a precios unitarios incluir el
siguiente anexo:
Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases
ANEXO Nº 6
PRECIO DE LA OFERTA
Señores
COMITÉ DE SELECCION
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
Presente. -
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta es
la siguiente:
N°
PARTIDA UNIDAD METRADO PU SUB TOTAL
ITEM
33
Para el cálculo del IGV, aplica el redondeo previsto en la Resolución de Superintendencia SUNAT N° 025-2000/SUNAT o
norma que la reemplace. En ese sentido, el porcentaje se calcula considerando dos (2) decimales. Para efectos del redondeo
i) Si el primer decimal siguiente es inferior a cinco (5), el valor permanecerá igual, suprimiéndose los decimales posteriores
y ii) Si el primer decimal siguiente es igual o superior a cinco (5), el valor será incrementado en un centésimo.
61
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAPELO
ADJUDICACION SIMPLIFICADA Nª005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
Importante
El postor que goce de alguna exoneración legal, debe indicar que su oferta no incluye el tributo
materia de la exoneración, debiendo incluir el siguiente texto:
“El postor debe presentar el precio de su oferta en forma independiente, en los ítems que se
presente”.
“El postor debe presentar el precio de su oferta con el detalle de cada obra incluida en el
paquete”.
Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participación
de proveedores que gozan del beneficio de la exoneración del IGV prevista en la Ley Nº 27037,
Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, consignar lo siguiente:
“La oferta de los postores que presenten la Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones
para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo N° 7), debe encontrase dentro de los límites
del valor referencial sin IGV”.
Incluir las disposiciones, según corresponda. Una vez culminada la elaboración de las bases, las notas que no se
incorporen deben ser eliminadas
62
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAPELO
ADJUDICACION SIMPLIFICADA Nª005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
En caso de la contratación de la ejecución de una obra bajo el sistema a suma alzada incluir el
siguiente anexo:
Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases
ANEXO Nº 6
PRECIO DE LA OFERTA
Señores
COMITÉ DE SELECCION
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
Presente. -
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta es
la siguiente:
TOTAL
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
Importante
El postor debe adjuntar el desagregado de partidas que sustenta su oferta, tal como se muestra de
manera referencial en el siguiente ejemplo:
N°
PARTIDA UNIDAD METRADO PU SUB TOTAL
ITEM
63
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAPELO
ADJUDICACION SIMPLIFICADA Nª005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
El postor que goce de alguna exoneración legal, debe indicar que su oferta no incluye el tributo
materia de la exoneración, debiendo incluir el siguiente texto:
De ser el caso, el análisis de precios unitarios y el detalle de los gastos generales fijos y variables
no se presentan en la oferta, sino para el perfeccionamiento del contrato.
A fin de facilitar la labor del órgano encargado de las contrataciones o comité de selección,
según corresponda, se recomienda publicar conjuntamente con las bases un archivo en Excel
del presupuesto de la obra conforme el expediente técnico a fin de que los postores puedan
utilizarlo al momento de elaborar su oferta. En tal caso, consignar lo siguiente:
“El postor debe presentar el precio de su oferta en forma independiente, en los ítems que se
presente”.
“El postor debe presentar el precio de su oferta con el detalle de cada obra incluida en el
paquete”.
Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participación
de proveedores que gozan del beneficio de la exoneración del IGV prevista en la Ley Nº 27037,
Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, consignar lo siguiente:
“La oferta de los postores que presenten la Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones
para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo N° 7), debe encontrase dentro de los límites
del valor referencial sin IGV”.
Incluir las disposiciones, según corresponda. Una vez culminada la elaboración de las bases, las notas que no se
incorporen deben ser eliminadas
34
Para el cálculo del IGV, aplica el redondeo previsto en la Resolución de Superintendencia SUNAT N° 025-2000/SUNAT o
norma que la reemplace. En ese sentido, el porcentaje se calcula considerando dos (2) decimales. Para efectos del redondeo
i) Si el primer decimal siguiente es inferior a cinco (5), el valor permanecerá igual, suprimiéndose los decimales posteriores
y ii) Si el primer decimal siguiente es igual o superior a cinco (5), el valor será incrementado en un centésimo.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAPELO
ADJUDICACION SIMPLIFICADA Nª005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
En caso de la contratación de la ejecución de una obra bajo el esquema mixto de suma alzada y
precios unitarios incluir el siguiente anexo:
Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases
ANEXO Nº 6
PRECIO DE LA OFERTA
Señores
COMITÉ DE SELECCION
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
Presente. -
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta es
la siguiente:
N°
PARTIDA UNIDAD METRADO PU SUB TOTAL
ITEM
CONCEPTO PRECIO
Asimismo, el postor debe adjuntar el desagregado de partidas que sustenta su oferta a suma alzada,
tal como se muestra de manera referencial en el siguiente ejemplo:
35
Para el cálculo del IGV, aplica el redondeo previsto en la Resolución de Superintendencia SUNAT N° 025-2000/SUNAT o
norma que la reemplace. En ese sentido, el porcentaje se calcula considerando dos (2) decimales. Para efectos del redondeo
i) Si el primer decimal siguiente es inferior a cinco (5), el valor permanecerá igual, suprimiéndose los decimales posteriores
y ii) Si el primer decimal siguiente es igual o superior a cinco (5), el valor será incrementado en un centésimo.
65
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAPELO
ADJUDICACION SIMPLIFICADA Nª005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
N°
PARTIDA UNIDAD METRADO PU SUB TOTAL
ITEM
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
Importante
El postor que goce de alguna exoneración legal, debe indicar que su oferta no incluye el tributo
materia de la exoneración.
36
Para el cálculo del IGV, aplica el redondeo previsto en la Resolución de Superintendencia SUNAT N° 025-2000/SUNAT o
norma que la reemplace. En ese sentido, el porcentaje se calcula considerando dos (2) decimales. Para efectos del redondeo
i) Si el primer decimal siguiente es inferior a cinco (5), el valor permanecerá igual, suprimiéndose los decimales posteriores
y ii) Si el primer decimal siguiente es igual o superior a cinco (5), el valor será incrementado en un centésimo.
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“El postor debe presentar el precio de su oferta en forma independiente, en los ítems que se
presente”.
“El postor debe presentar el precio de su oferta con el detalle de cada obra incluida en el
paquete”.
Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participación
de proveedores que gozan del beneficio de la exoneración del IGV prevista en la Ley Nº 27037,
Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, consignar lo siguiente:
“La oferta de los postores que presenten la Declaración Jurada de cumplimiento de condiciones
para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo N° 8), debe encontrase dentro de los límites
del valor referencial sin IGV”.
Incluir las disposiciones, según corresponda. Una vez culminada la elaboración de las bases, las notas que no se
incorporen deben ser eliminadas
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Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participación de
proveedores que gozan del beneficio de la exoneración del IGV prevista en la Ley Nº 27037, Ley de
Promoción de la Inversión en la Amazonía, incluir el siguiente anexo:
Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases.
ANEXO Nº 7
Señores
COMITÉ DE SELECCION
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
Presente. -
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que gozo del beneficio de la exoneración del IGV
previsto en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, dado que cumplo con
las condiciones siguientes:
1.- Que el domicilio fiscal de la empresa37 se encuentra ubicada en la Amazonía y coincide con el lugar
establecido como sede central (donde tiene su administración y lleva su contabilidad);
2.- Que la empresa se encuentra inscrita en las Oficinas Registrales de la Amazonía (exigible en caso
de personas jurídicas);
3.- Que, al menos el setenta por ciento (70%) de los activos fijos de la empresa se encuentran en la
Amazonía; y
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
Importante
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los integrantes
del consorcio, salvo que se trate de consorcios con contabilidad independiente, en cuyo caso debe ser
suscrita por el representante común, debiendo indicar su condición de consorcio con contabilidad
independiente y el número de RUC del consorcio.
37
En el artículo 1 del “Reglamento de las Disposiciones Tributarias contenidas en la Ley de Promoción de la Inversión en la
Amazonía” se define como “empresa” a las “Personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas
consideradas jurídicas por la Ley del Impuesto a la Renta, generadoras de rentas de tercera categoría, ubicadas en la
Amazonía. Las sociedades conyugales son aquéllas que ejerzan la opción prevista en el Artículo 16 de la Ley del Impuesto
a la Renta.”
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En el caso de contratación de obras que se ejecuten fuera de las provincias de Lima y Callao, cuyo
valor referencial del procedimiento de selección o de algún ítem no supere los novecientos mil Soles
(S/. 900,000.00) debe considerarse el siguiente anexo:
Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases.
ANEXO Nº 8
SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL DIEZ POR CIENTO (10%) POR OBRAS EJECUTADAS
FUERA DE LA PROVINCIA DE LIMA Y CALLAO
(DE SER EL CASO, SOLO PRESENTAR ESTA SOLICITUD EN EL ITEM [INCLUIR EN CASO
CORRESPONDA, EN PROCEDIMIENTOS POR RELACIÓN DE ÍTEMS, CONSIGNANDO EL N°
DEL ÍTEM O ÍTEMS CUYO VALOR REFERENCIAL NO SUPERA LOS NOVECIENTOS MIL SOLES
(S/ 900,000.00])
Señores
COMITÉ DE SELECCION
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
Presente. -
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURIDICA], solicito la asignación de la bonificación del diez por ciento (10%) sobre el
puntaje total en [CONSIGNAR EL ÍTEM O ITEMS, SEGÚN CORRESPONDA, EN LOS QUE SE
SOLICITA LA BONIFICACIÓN] debido a que el domicilio de mi representada se encuentra ubicado en
la provincia o provincia colindante donde se ejecuta la obra.
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
Importante
Para que el postor pueda acceder a la bonificación, debe cumplir con las condiciones
establecidas en el literal f) del artículo 50 del Reglamento.
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Importante
Cuando se trate de consorcios, la declaración jurada es la siguiente:
ANEXO Nº 8
SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL DIEZ POR CIENTO (10%) POR OBRAS EJECUTADAS
FUERA DE LA PROVINCIA DE LIMA Y CALLAO
(DE SER EL CASO, SOLO PRESENTAR ESTA SOLICITUD EN EL ITEM [INCLUIR EN CASO
CORRESPONDA, EN PROCEDIMIENTOS POR RELACIÓN DE ÍTEMS, CONSIGNANDO EL N°
DEL ÍTEM O ÍTEMS CUYO VALOR REFERENCIAL NO SUPERA LOS NOVECIENTOS MIL SOLES
(S/ 900,000.00])
Señores
COMITÉ DE SELECCION
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
Presente. -
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del representante
común del consorcio
Importante
Para asignar la bonificación, el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección,
según corresponda, verifica el domicilio consignado de los integrantes del consorcio, en el
Registro Nacional de Proveedores (RNP).
Para que un consorcio pueda acceder a la bonificación, cada uno de sus integrantes debe
cumplir con las condiciones establecidas en el literal f) del artículo 50 del Reglamento.
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ANEXO Nº 9
DECLARACIÓN JURADA
(NUMERAL 49.4 DEL ARTÍCULO 49 DEL REGLAMENTO)
Señores
COMITÉ DE SELECCION
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
Presente. -
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURÍDICA], declaro que la experiencia que acredito de la empresa [CONSIGNAR LA
DENOMINACIÓN DE LA PERSONA JURÍDICA] como consecuencia de una reorganización societaria,
no se encuentra en el supuesto establecido en el numeral 49.4 del artículo 49 del Reglamento.
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
Importante
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ANEXO Nº 10
Señores
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Presente. -
38
Se refiere a la fecha de suscripción del contrato.
39
Si el titular de la experiencia no es el postor, consignar si dicha experiencia corresponde a la matriz en caso que el postor sea sucursal, o fue transmitida por reorganización societaria, debiendo
acompañar la documentación sustentatoria correspondiente. Al respecto, según la Opinión N° 216-2017/DTN “Considerando que la sociedad matriz y la sucursal constituyen la misma persona
jurídica, la sucursal puede acreditar como suya la experiencia de su matriz”. Del mismo modo, según lo previsto en la Opinión N° 010-2013/DTN, “… en una operación de reorganización societaria
que comprende tanto una fusión como una escisión, la sociedad resultante podrá acreditar como suya la experiencia de la sociedad incorporada o absorbida, que se extingue producto de la fusión;
asimismo, si en virtud de la escisión se transfiere un bloque patrimonial consistente en una línea de negocio completa, la sociedad resultante podrá acreditar como suya la experiencia de la sociedad
escindida, correspondiente a la línea de negocio transmitida. De esta manera, la sociedad resultante podrá emplear la experiencia transmitida, como consecuencia de la reorganización societaria
antes descrita, en los futuros procesos de selección en los que participe”.
40
Se refiere al monto del contrato ejecutado incluido adicionales y reducciones, de ser el caso.
41
El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato.
42
Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
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10
TOTAL
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
73
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ANEXO Nº 11
SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL CINCO POR CIENTO (5%) POR TENER LA CONDICIÓN DE
MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA
Señores
COMITÉ DE SELECCION
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
Presente. -
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURÍDICA], solicito la asignación de la bonificación del cinco por ciento (5%) sobre el
puntaje total obtenido, debido a que mi representada cuenta con la condición de micro y pequeña
empresa.
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
Importante
Para asignar la bonificación, el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección, según
corresponda, verifica la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la sección
consulta de empresas acreditadas en el REMYPE en el link http://www2.trabajo.gob.pe/servicios-
en-linea-2-2/.
Para que un consorcio pueda acceder a la bonificación, cada uno de sus integrantes debe cumplir
con la condición de micro y pequeña empresa.
ANEXO Nº 12
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Señores
COMITÉ DE SELECCION
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº 005-2024-CS-MDC – PRIMERA CONVOCATORIA
Presente. -
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según
corresponda
Importante
La notificación de la decisión de la Entidad respecto a la solicitud de ampliación de plazo se efectúa
por medios electrónicos de comunicación, siempre que se cuente con la autorización
75
correspondiente y sea posible obtener un acuse de recibo a través del mecanismo utilizado.
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