Base Ubs - 20210610 - 123357 - 086
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Nº Símbolo Descripción
La información solicitada dentro de los corchetes sombreados debe ser
1 [ABC] / […….] completada por la Entidad durante la elaboración de las bases.
Es una indicación, o información que deberá ser completada por la Entidad
con posterioridad al otorgamiento de la buena pro para el caso específico
2 [ABC] / […….] de la elaboración de la PROFORMA DEL CONTRATO; o por los
proveedores, en el caso de los ANEXOS de la oferta.
Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el órgano
3 encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda,
y por los proveedores.
Se refiere a advertencias a tener en cuenta por el órgano encargado de
4 las contrataciones o comité de selección, según corresponda, y por los
proveedores.
Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el órgano
5 encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda,
y deben ser eliminadas una vez culminada la elaboración de las bases.
Las bases estándar deben ser elaboradas en formato WORD, y deben tener las siguientes características:
Nº Características Parámetros
Superior : 2.5 cm Inferior: 2.5 cm
1 Márgenes
Izquierda: 2.5 cm Derecha: 2.5 cm
2 Fuente Arial
Normal: Para el contenido en general
3 Estilo de Fuente Cursiva: Para el encabezado y pie de página
Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior)
INSTRUCCIONES DE USO:
1. Una vez registrada la información solicitada dentro de los corchetes sombreados en gris, el texto deberá
quedar en letra tamaño 10, con estilo normal, sin formato de negrita y sin sombrear.
2. La nota IMPORTANTE no puede ser modificada ni eliminada en la Sección General. En el caso de la Sección
Específica debe seguirse la instrucción que se indica en dicha nota.
PRIMERA CONVOCATORIA
1
Estas bases se utilizarán para la contratación de la ejecución de obras. Para tal efecto, se deberá tener en cuenta la
siguiente definición:
1
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPAS
ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° 004-2021-MDP/CS – PRIMERA CONVOCATORIA
DEBER DE COLABORACIÓN
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante,
postor y/o contratista, deben conducir su actuación conforme a los principios previstos en la Ley
de Contrataciones del Estado.
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante,
postor y/o contratista del proceso de contratación deben permitir al OSCE o a la Secretaría
Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI el acceso a la
información referida a las contrataciones del Estado que sea requerida, prestar testimonio o
absolución de posiciones que se requieran, entre otras formas de colaboración.
2
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPAS
ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° 004-2021-MDP/CS – PRIMERA CONVOCATORIA
SECCIÓN GENERAL
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
3
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPAS
ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° 004-2021-MDP/CS – PRIMERA CONVOCATORIA
CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
1.1. REFERENCIAS
1.2. CONVOCATORIA
Importante
Los proveedores que deseen registrar su participación deben ingresar al SEACE utilizando
su Certificado SEACE (usuario y contraseña). Asimismo, deben observar las instrucciones
señaladas en el documento de orientación “Guía para el registro de participantes
electrónico” publicado en https://www2.seace.gob.pe/.
En caso los proveedores no cuenten con inscripción vigente en el RNP y/o se encuentren
inhabilitados o suspendidos para ser participantes, postores y/o contratistas, el SEACE
restringirá su registro, quedando a potestad de estos intentar nuevamente registrar su
participación en el procedimiento de selección en cualquier otro momento, dentro del plazo
establecido para dicha etapa, siempre que haya obtenido la vigencia de su inscripción o
quedado sin efecto la sanción que le impuso el Tribunal de Contrataciones del Estado.
4
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPAS
ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° 004-2021-MDP/CS – PRIMERA CONVOCATORIA
Importante
Las declaraciones juradas, formatos o formularios previstos en las bases que conforman la
oferta deben estar debidamente firmados por el postor (firma manuscrita). Los demás
documentos deben ser visados por el postor. En el caso de persona jurídica, por su
representante legal, apoderado o mandatario designado para dicho fin y, en el caso de
persona natural, por este o su apoderado. No se acepta el pegado de la imagen de una firma
o visto. Las ofertas se presentan foliadas.
Importante
Los formularios electrónicos que se encuentran en el SEACE y que los proveedores deben
llenar para presentar sus ofertas, tienen carácter de declaración jurada.
El participante presentará su oferta de manera electrónica a través del SEACE, desde las
00:01 horas hasta las 23:59 horas del día establecido para el efecto en el cronograma del
procedimiento; adjuntando el archivo digitalizado que contenga los documentos que
conforman la oferta de acuerdo a lo requerido en las bases.
El participante debe verificar antes de su envío, bajo su responsabilidad, que el archivo pueda
ser descargado y su contenido sea legible.
Importante
5
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPAS
ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° 004-2021-MDP/CS – PRIMERA CONVOCATORIA
Para determinar la oferta con el mejor puntaje, se toma en cuenta lo indicado en el numeral
74.2 del artículo 74 del Reglamento.
En el supuesto de que dos (2) o más ofertas empaten, la determinación del orden de
prelación de las ofertas empatadas se efectúa siguiendo estrictamente el orden establecido
en el numeral 91.1 del artículo 91 del Reglamento.
Importante
En el caso de contratación de obras que se ejecuten fuera de la provincia de Lima y Callao, cuyo
valor referencial no supere los novecientos mil Soles (S/ 900,000.00), a solicitud del postor se
asigna una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre el puntaje total obtenido por
los postores con domicilio en la provincia donde se ejecuta la obra, o en las provincias
colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento o región. El domicilio es el
consignado en la constancia de inscripción ante el RNP 2 . Lo mismo aplica en el caso de
procedimientos de selección por relación de ítems, cuando algún ítem no supera el monto
señalado anteriormente.
Si alguno de los cuatro (4) postores no cumple con los requisitos de calificación, se aplica lo
establecido en los numerales 75.2 y 75.3 del artículo 75 del Reglamento.
El plazo que se otorgue para la subsanación no puede ser inferior a un (1) día hábil.
2
La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores:
www.rnp.gob.pe
6
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ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° 004-2021-MDP/CS – PRIMERA CONVOCATORIA
de selección, según corresponda, revisa las ofertas económicas que cumplen los requisitos
de calificación, de conformidad con lo establecido para el rechazo de ofertas, previsto en los
numerales 68.5 y 68.6 del artículo 68 del Reglamento, de ser el caso.
Cuando se hayan presentado dos (2) o más ofertas, el consentimiento de la buena pro se
produce a los cinco (5) días hábiles siguientes de la notificación de su otorgamiento, sin que
los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.
En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se
produce el mismo día de la notificación de su otorgamiento.
Importante
Una vez consentido el otorgamiento de la buena pro, el órgano encargado de las contrataciones
o el órgano de la Entidad al que se haya asignado tal función realiza la verificación de la oferta
presentada por el postor ganador de la buena pro conforme lo establecido en el numeral 64.6
del artículo 64 del Reglamento.
7
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CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE
SELECCIÓN
A través del recurso de apelación se pueden impugnar los actos dictados durante el
desarrollo del procedimiento de selección hasta antes del perfeccionamiento del contrato.
En los procedimientos de selección según relación de ítems, el valor referencial total del
procedimiento determina ante quién se presenta el recurso de apelación.
Los actos que declaren la nulidad de oficio, la cancelación del procedimiento de selección y
otros actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuidad de este, se
impugnan ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Importante
Una vez otorgada la buena pro, el órgano encargado de las contrataciones o comité de
selección, según corresponda, está en la obligación de permitir el acceso de los
participantes y postores al expediente de contratación, salvo la información calificada como
secreta, confidencial o reservada por la normativa de la materia, a más tardar dentro del día
siguiente de haberse solicitado por escrito.
El recurso de apelación se presenta ante la Mesa de Partes del Tribunal o ante las oficinas
desconcentradas del OSCE o en la Unidad de Trámite Documentario de la Entidad, según
corresponda.
La apelación contra el otorgamiento de la buena pro o contra los actos dictados con
anterioridad a ella se interpone dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse
notificado el otorgamiento de la buena pro.
La apelación contra los actos dictados con posterioridad al otorgamiento de la buena pro,
contra la declaración de nulidad, cancelación y declaratoria de desierto del procedimiento, se
interpone dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del
acto que se desea impugnar.
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CAPÍTULO III
DEL CONTRATO
Para perfeccionar el contrato, el postor ganador de la buena pro debe presentar los
documentos señalados en los artículos 139 y 175 del Reglamento, así como los previstos en la
sección específica de las bases.
3.2. GARANTÍAS
Las garantías que deben otorgar los postores y/o contratistas, según corresponda, son las de
fiel cumplimiento del contrato y por los adelantos.
Importante
En los contratos de ejecución de obras que celebren las Entidades con las micro y
pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el
diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje que es retenido por la
Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma
prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme
lo establece el artículo 149 del Reglamento, siempre que:
a) El procedimiento de selección original del cual derive el contrato a suscribirse sea una
Adjudicación Simplificada.
b) El plazo de ejecución de la obra sea igual o mayor a sesenta (60) días calendario; y,
c) El pago a favor del contratista considere, al menos, dos (2) valorizaciones periódicas,
en función del avance de obra.
Importante
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la
buena pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación
y eventual ejecución; sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que
correspondan.
Advertencia
Los funcionarios de las Entidades no deben aceptar garantías emitidas bajo condiciones distintas
a las establecidas en el presente numeral, debiendo tener en cuenta lo siguiente:
1. La clasificadora de riesgo que asigna la clasificación a la empresa que emite la garantía debe
encontrarse listada en el portal web de la SBS (http://www.sbs.gob.pe/sistema-
financiero/clasificadoras-de-riesgo).
4. Si la empresa que otorga la garantía cuenta con más de una clasificación de riesgo emitida
por distintas empresas listadas en el portal web de la SBS, bastará que en una de ellas
cumpla con la clasificación mínima establecida en el Reglamento.
En caso exista alguna duda sobre la clasificación de riesgo asignada a la empresa emisora de la
garantía, se deberá consultar a la clasificadora de riesgos respectiva.
De otro lado, además de cumplir con el requisito referido a la clasificación de riesgo, a efectos de
verificar si la empresa emisora se encuentra autorizada por la SBS para emitir garantías, debe
revisarse el portal web de dicha Entidad (http://www.sbs.gob.pe/sistema-financiero/relacion-de-
empresas-que-se-encuentran-autorizadas-a-emitir-cartas-fianza).
3.5. ADELANTOS
3.6. VALORIZACIONES
elaboradas el último día de cada período previsto en la sección específica de las bases, por el
inspector o supervisor, según corresponda y el contratista.
En caso se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago de las valorizaciones se realizará
a quien se indique en el contrato de consorcio.
Advertencia
En caso de retraso en los pagos a cuenta o pago final por parte de la Entidad, salvo que se deba
a caso fortuito o fuerza mayor, esta reconoce al contratista los intereses legales correspondientes,
de conformidad con el artículo 39 de la Ley y los artículos 1244, 1245 y 1246 del Código Civil,
debiendo repetir contra los responsables de la demora injustificada.
3.7. REAJUSTES
Los reajustes se calculan conforme lo indicado en el numeral 38.3 del artículo 38 y el artículo
195 del Reglamento.
Importante
3.8. PENALIDADES
Estos dos tipos de penalidades se calculan en forma independiente y pueden alcanzar cada
una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de
ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36
de la Ley y 164 del Reglamento.
Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se
regirán supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales
vigentes.
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SECCIÓN ESPECÍFICA
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS
INSTRUCCIONES INDICADAS)
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CAPÍTULO I
GENERALIDADES
El valor referencial asciende a S/ 830,097.61 (Ochocientos Treinta Mil Noventa y Siete con
61/100 SOLES), incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo
total de la ejecución de la obra. El valor referencial ha sido calculado al mes de ABRIL de 2021
Importante
El precio de las ofertas no puede exceder los límites del valor referencial de conformidad con
el numeral 28.2 del artículo 28 de la Ley.
3
El monto del valor referencial indicado en esta sección de las bases no debe diferir del monto del valor referencial
consignado en la ficha del procedimiento en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el
monto del valor referencial indicado en las bases aprobadas.
4
De acuerdo a lo señalado en el artículo 48 del Reglamento, estos límites se calculan considerando dos (2) decimales. Para
ello, si el límite inferior tiene más de dos (2 decimales, se aumenta en un dígito el valor del segundo decimal; en el caso del
límite superior, se considera el valor del segundo decimal sin efectuar el redondeo.
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mayo de 2021.
Importante
NO CORRESPONDE
Los participantes registrados tienen el derecho a recabar las bases y el expediente técnico de
la obra en versión impresa o digital, según su elección, para cuyo efecto deben:
entregado dentro del plazo máximo de un (1) día hábil de efectuado el pago.
Importante
La Entidad debe entregar una constancia o formulario de cargos en donde consta que el
participante recibió el expediente técnico completo. Dicha constancia o formulario debe
incluir un índice del contenido del expediente técnico y número de folios correspondientes.
El costo de entrega del ejemplar de las bases y del expediente técnico, no puede exceder el
costo de su reproducción.
Advertencia
Las Entidades deben cautelar bajo responsabilidad que la versión impresa y digital del
expediente técnico correspondan a la versión original del expediente técnico aprobado.
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CAPÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Importante
De conformidad con la vigesimosegunda Disposición Complementaria Final del Reglamento, en
caso la Entidad (Ministerios y sus organismos públicos, programas o proyectos adscritos) haya
difundido el requerimiento a través del SEACE siguiendo el procedimiento establecido en dicha
disposición, no procede formular consultas u observaciones al requerimiento.
En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de
los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según
corresponda.
Advertencia
De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están
prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan
obtener directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos
2 y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa medida, si la Entidad es usuaria de la
Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE6 y siempre que el servicio web
se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma, no
corresponderá exigir el certificado de vigencia de poder y/o documento nacional
de identidad.
5
La omisión del índice no determina la no admisión de la oferta.
6
Para mayor información de las Entidades usuarias y del Catálogo de Servicios de la Plataforma de Interoperabilidad del
Estado – PIDE ingresar al siguiente enlace https://www.gobiernodigital.gob.pe/interoperabilidad/
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Importante
b) Solicitud de bonificación del cinco por ciento (5%) por tener la condición de micro y
pequeña empresa (Anexo N°11).
Advertencia
7
Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 91 del Reglamento.
17
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ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° 004-2021-MDP/CS – PRIMERA CONVOCATORIA
El postor ganador de la buena pro debe presentar los siguientes documentos para perfeccionar
el contrato:
Advertencia
De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están prohibidas
de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener directamente
mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 de dicho Decreto Legislativo.
En esa medida, si la Entidad es usuaria de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado –
PIDE8 y siempre que el servicio web se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha
plataforma, no corresponderá exigir los documentos previstos en los literales e) y f).
8
Para mayor información de las Entidades usuarias y del Catálogo de Servicios de la Plataforma de Interoperabilidad del
Estado – PIDE ingresar al siguiente enlace https://www.gobiernodigital.gob.pe/interoperabilidad/
9
Este requisito no aplica para procedimientos de contratación directa por la causal de carácter de secreto, secreto militar o
por razones de orden interno.
10
La Entidad puede requerir este documento en caso de obras a suma alzada.
11
https://enlinea.sunedu.gob.pe/
18
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ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° 004-2021-MDP/CS – PRIMERA CONVOCATORIA
Importante
La Entidad debe aceptar las diferentes denominaciones utilizadas para acreditar la carrera
profesional requerida, aun cuando no coincida literalmente con aquella prevista en los
requisitos de calificación (por ejemplo Ingeniería Ambiental, Ingeniería en Gestión
Ambiental, Ingeniería y Gestión Ambiental u otras denominaciones).
Los documentos que acreditan la experiencia del personal deben incluir como mínimo los
nombres y apellidos del profesional, el cargo desempeñado, el plazo de la prestación
indicando el día, mes y año de inicio y culminación, el nombre de la Entidad u organización
que emite el documento, la fecha de emisión y nombres y apellidos de quien suscribe el
documento.
Se considerará aquella experiencia que no tenga una antigüedad mayor a veinticinco (25) años
anteriores a la fecha de la presentación de ofertas.
Asimismo, la Entidad debe valorar de manera integral los documentos presentados para
acreditar dicha experiencia. En tal sentido, aun cuando en los documentos presentados la
denominación del cargo o puesto no coincida literalmente con aquella prevista en los
requisitos de calificación, se deberá validar la experiencia si las actividades que realizó el
profesional corresponden con la función propia del cargo o puesto requerido.
Cuando el postor ganador de la buena pro presenta como plantel profesional clave a
profesionales que se encuentren prestando servicios como residente o supervisor en obras
contratadas por la Entidad que no cuentan con recepción, procede otorgar plazo adicional
para subsanar, conforme lo previsto en el literal a) del artículo 141 del Reglamento.
En caso que el postor ganador de la buena pro sea un consorcio, las garantías que presente
este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de
ser el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la Ley y
en el artículo 148 del Reglamento, deben consignar expresamente el nombre completo o la
denominación o razón social de los integrantes del consorcio, en calidad de garantizados, de
lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes
indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto
en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del
Estado”.
En los contratos de ejecución de obras que celebren las Entidades con las micro y pequeñas
empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por
ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje que es retenido por la Entidad
durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en
cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el
artículo 149 del Reglamento, siempre que:
a) El procedimiento de selección original del cual derive el contrato a suscribirse sea una
Adjudicación Simplificada.
b) El plazo de ejecución de la obra sea igual o mayor a sesenta (60) días calendario; y,
c) El pago a favor del contratista considere, al menos, dos (2) valorizaciones periódicas, en
función del avance de obra.
Para dicho efecto los postores deben encontrarse registrados en el REMYPE, consignando
en la Declaración Jurada de Datos del Postor (Anexo N° 1) o en la solicitud de retención de
la garantía durante el perfeccionamiento del contrato, que tienen la condición de MYPE, lo
cual será verificado por la Entidad en el link http://www2.trabajo.gob.pe/servicios-en-linea-2-
2 opción consulta de empresas acreditadas en el REMYPE.
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ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° 004-2021-MDP/CS – PRIMERA CONVOCATORIA
Importante
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la
buena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y
eventual ejecución; sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales
que correspondan.
De conformidad con el Reglamento Consular del Perú aprobado mediante Decreto Supremo
N° 076-2005-RE para que los documentos públicos y privados extendidos en el exterior
tengan validez en el Perú, deben estar legalizados por los funcionarios consulares peruanos
y refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, salvo que se trate de
documentos públicos emitidos en países que formen parte del Convenio de la Apostilla, en
cuyo caso bastará con que estos cuenten con la Apostilla de la Haya12.
El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. Para dicho efecto
el postor ganador de la buena pro, dentro del plazo previsto en el artículo 141 del Reglamento,
debe presentar la documentación requerida en MESA DE PARTES DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE PAMPAS, sito en PZA.PLAZA DE ARMAS NRO. S/N ANCASH - PALLASCA -
PAMPAS.
2.5. VALORIZACIONES
Importante
Cuando el periodo de valorización establecido por la Entidad sea el mensual, el plazo del pago de
la valorización se regirá por lo dispuesto en el numeral 194.6 del artículo 194 del Reglamento. En
cambio, si la Entidad prevé un periodo de valorización distinto al mensual, se debe establecer los
plazos y procedimiento aplicables para la valorización, teniendo en consideración lo dispuesto en
el numeral 194.5 del referido artículo, así como el plazo para el pago de las valorizaciones.
2.6. PLAZO PARA EL PAGO DEL SALDO DE LA LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO DE OBRA
12
Según lo previsto en la Opinión N° 009-2016/DTN.
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CAPÍTULO III
REQUERIMIENTO
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPAS
ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° 004-2021-MDP/CS – PRIMERA CONVOCATORIA
Acreditación:
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del
Reglamento este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato.
Importante
No corresponde solicitar como equipamiento que el postor cuente con oficinas, locales u otros
espacios físicos. Asimismo, no se puede requerir características, años de antigüedad y demás
condiciones del equipamiento que no consten en el expediente técnico.
A.2 CALIFICACIONES DEL PLANTEL PROFESIONAL CLAVE
FORMACIÓN ACADÉMICA DEL PLANTEL PROFESIONAL CLAVE
Requisitos:
CARGO PROFESION
RESIDENTE DE OBRA
ING. CIVIL – TITULADO, COLEGIADO Y HABILITADO
(permanente)
Acreditación:
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del
Reglamento este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato.
Importante
El residente de la obra debe cumplir las calificaciones establecidas en el artículo 179 del
Reglamento.
CARGO EXPERIENCIA
RESIDENTE DE Experiencia mínima TRES (3) AÑOS como RESIDENTE DE OBRA Y/O SUPERVISOR
OBRA DE OBRA Y/O INSPECTOR Y/O JEFE DE SUPERVISION en obras similares al objeto
(permanente) de la convocatoria, que se computa desde la colegiatura.
Acreditación:
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del
Reglamento este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato.
Importante
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPAS
ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° 004-2021-MDP/CS – PRIMERA CONVOCATORIA
El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a UNA (1) VEZ EL VALOR
REFERENCIAL DE LA CONTRATACIÓN, en la ejecución de obras similares, durante los 10 años
anteriores a la fecha de la presentación de ofertas que se computarán desde la suscripción del acta de
recepción de obra.
Se considerará obra similar a construcción y/o mejoramiento y/o ampliación y/o instalación y/o
rehabilitación de sistemas desagüe o alcantarillado y/o tratamiento de aguas servidas y/o residuales y/o
saneamiento básico y/o sistemas de Agua potable que dentro de ellas puede darse la componente
desagüe o alcantarillado y/o tratamiento de aguas servidas y/o residuales y/o saneamiento básico.
Acreditación:
La experiencia del postor se acreditará con copia simple de: (i) contratos y sus respectivas actas de
recepción de obra; (ii) contratos y sus respectivas resoluciones de liquidación; o (iii) contratos y sus
13
respectivas constancias de prestación o cualquier otra documentación de la cual se desprenda
fehacientemente que la obra fue concluida, así como el monto total que implicó su ejecución;
correspondientes a un máximo de veinte (20) contrataciones.
En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de
consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las
obligaciones que se asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia
proveniente de dicho contrato.
Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del
20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “Participación de Proveedores en
Consorcio en las Contrataciones del Estado”, debiendo presumirse que el porcentaje de las
obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de
consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se
presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.
Si el postor acredita experiencia de una persona absorbida como consecuencia de una reorganización
societaria, debe presentar adicionalmente el Anexo N° 9.
Cuando los contratos presentados se encuentren expresados en moneda extranjera, debe indicarse el
tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la
fecha de suscripción.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 10 referido a la
experiencia del postor en la especialidad.
Importante
En el caso de consorcios, la calificación de la experiencia se realiza conforme a la Directiva
“Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.
Importante
Si como resultado de una consulta u observación corresponde precisarse o ajustarse el
requerimiento, se solicita la autorización del área usuaria y se pone de conocimiento de tal hecho a
la dependencia que aprobó el expediente de contratación, de conformidad con el numeral 72.3 del
artículo 72 del Reglamento.
Los requisitos de calificación determinan si los postores cuentan con las capacidades necesarias
para ejecutar el contrato, lo que debe ser acreditado documentalmente, y no mediante declaración
jurada.
13
De acuerdo con la Opinión N° 185-2017/DTN “cualquier otra documentación", se entiende como tal a todo documento
emitido por la Entidad contratante con ocasión de la ejecución de la obra que cumpla con demostrar de manera indubitable
aquello que se acredita, por ejemplo mediante, las resoluciones de liquidación de obra, las actas de recepción de
conformidad, entre otros.
33
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CAPÍTULO IV
FACTORES DE EVALUACIÓN
Para determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, se
considera lo siguiente:
PUNTAJE / METODOLOGÍA
FACTOR DE EVALUACIÓN
PARA SU ASIGNACIÓN
A. PRECIO
La evaluación consistirá en otorgar
Evaluación: el máximo puntaje a la oferta de
precio más bajo y se otorga a las
demás ofertas puntajes
Se evaluará considerando el precio ofertado por el postor. inversamente proporcionales a sus
respectivos precios, según la
Acreditación: siguiente fórmula:
I = Oferta
Pi = Puntaje de la oferta a evaluar
Oi = Precio i
Om = Precio de la oferta más baja
PMP = Puntaje máximo del precio
14
[98] puntos
15
PUNTAJE TOTAL 100 puntos
14
De 85 a 100 puntos, en el caso de obras bajo la modalidad de ejecución llave en mano en las que se puede incluir
adicionalmente el factor capacitación.
15
Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluación.
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Importante
Los factores de evaluación elaborados por el órgano encargado de las contrataciones o comité de
selección, según corresponda, deben ser objetivos y guardan vinculación, razonabilidad y
proporcionalidad con el objeto de la contratación. Asimismo, estos no pueden calificar con puntaje el
cumplimiento del Expediente Técnico ni los requisitos de calificación.
35
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CAPÍTULO V
PROFORMA DEL CONTRATO
Importante
Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, puede incluirse cláusulas
adicionales o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las que en ningún
caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo señalado en
este capítulo.
En el caso de contratación de obras por paquete, se debe suscribir un contrato por cada obra
incluida en el paquete.
Este monto comprende el costo de la ejecución de la obra, todos los tributos, seguros, transporte,
inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así
como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución de la prestación
materia del presente contrato.
16
En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente
a efectos de generar el pago.
36
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Importante
Al amparo de lo dispuesto en el numeral 149.4 del artículo 149 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, en el caso de contratos de ejecución de obras que se sujeten a las
condiciones establecidas en dicho artículo, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención
del diez por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de
contrato, debe consignarse lo siguiente:
“De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que
debe efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de
forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.”
37
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DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que debe
mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.
Sólo en el caso que la Entidad hubiese previsto otorgar adelanto, se debe incluir la siguiente
cláusula:
19
Indicar el plazo y oportunidad conforme al expediente de contratación.
20
Este párrafo solo deberá ser incluido cuando la Entidad prevea la entrega de más de un adelanto directo al contratista.
38
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Donde:
Otras penalidades
N° Supuesto de aplicación de Forma de cálculo Procedimiento
penalidad
1 Cuando el personal acreditado [INCLUIR LA FORMA DE Según informe del
permanece menos de sesenta (60) CÁLCULO, QUE NO [CONSIGNAR
21
Siempre que el procedimiento de selección para la contratación de la elaboración del expediente técnico haya sido
convocado después del 03.04.2017 o, el expediente técnico elaborado por la propia Entidad, haya sido elaborado y
aprobado después de dicha fecha.
39
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Otras penalidades
N° Supuesto de aplicación de Forma de cálculo Procedimiento
penalidad
días desde el inicio de su PUEDE SER MENOR A LA INSPECTOR O
participación en la ejecución del MITAD DE UNA UNIDAD SUPERVISOR DE LA
contrato o del íntegro del plazo de IMPOSITIVA TRIBUTARIA OBRA, SEGÚN
ejecución, si este es menor a los (0.5 UIT) NI MAYOR A UNA CORRESPONDA].
sesenta (60) días, de conformidad (1) UIT] por cada día de
con las disposiciones establecidas en ausencia del personal en
el numeral 190.2 del artículo 190 del obra en el plazo previsto.
Reglamento.
2 En caso el contratista incumpla con [INCLUIR LA FORMA DE Según informe del
su obligación de ejecutar la CÁLCULO, QUE NO PUEDE [CONSIGNAR
prestación con el personal acreditado SER MENOR A LA MITAD INSPECTOR O
o debidamente sustituido. DE UNA UNIDAD SUPERVISOR DE LA
IMPOSITIVA TRIBUTARIA OBRA, SEGÚN
(0.5 UIT) NI MAYOR A UNA CORRESPONDA].
(1) UIT] por cada día de
ausencia del personal en
obra.
3 Si el contratista o su personal, no Cinco por mil (5/1000) del Según informe del
permite el acceso al cuaderno de obra monto de la valorización del [CONSIGNAR
al [CONSIGNAR INSPECTOR O periodo por cada día de dicho INSPECTOR O
SUPERVISOR DE LA OBRA, SEGÚN impedimento. SUPERVISOR DE LA
CORRESPONDA], impidiéndole anotar OBRA, SEGÚN
las ocurrencias. CORRESPONDA].
4 [INCLUIR OTRAS PENALIDADES, DE
SER EL CASO]
Importante
De haberse previsto otras penalidades a las previstas, incluir los supuestos de aplicación de penalidad,
la forma de cálculo de la penalidad para cada supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el
supuesto a penalizar, conforme el artículo 163 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
La penalidad por mora y las otras penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo
equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que
debió ejecutarse.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por mora o el monto máximo para
otras penalidades, LA ENTIDAD puede resolver el contrato por incumplimiento.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás
obligaciones previstas en el presente contrato.
Cualquiera de las partes tiene derecho a iniciar el arbitraje a fin de resolver dichas controversias
dentro del plazo de caducidad previsto en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
Facultativamente, cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conciliación dentro del
plazo de caducidad correspondiente, según lo señalado en el artículo 224 del Reglamento de la
Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de recurrir al arbitraje, en caso no se llegue a un
acuerdo entre ambas partes o se llegue a un acuerdo parcial. Las controversias sobre nulidad del
contrato solo pueden ser sometidas a arbitraje.
El Laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes desde el momento
de su notificación, según lo previsto en el numeral 45.21 del artículo 45 de la Ley de
Contrataciones del Estado.
“Las partes acuerdan para la solución de las controversias derivadas del presente Contrato de
Obra conformar una Junta de Resolución de Disputas; encargando su organización y
administración al [DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CENTRO DE ADMINISTRACIÓN
DESIGNADO POR LAS PARTES].
La Junta de Resolución de Disputas estará compuesta por [TRES (3) MIEMBROS / UN (1)
MIEMBRO], los/el cual/es será/n designado/s conforme la Directiva del OSCE sobre Junta de
Resolución de Disputas”.
Incorporar o eliminar, según corresponda
22
De acuerdo con el numeral 225.3 del artículo 225 del Reglamento, las partes pueden recurrir al arbitraje ad hoc cuando las
controversias deriven de procedimientos de selección cuyo valor referencial sea menor o igual a cinco millones con 00/100
soles (S/ 5 000 000,00).
41
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La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra
parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las bases integradas, la oferta y las disposiciones del presente contrato, las
partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al
[CONSIGNAR FECHA].
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CAPÍTULO VI
CONSTANCIA DE PRESTACIÓN DE EJECUCIÓN DE OBRA
De conformidad con el artículo 169 del Reglamento, se deja expresa constancia de la culminación de la prestación derivada
del contrato mencionado en el numeral 3 del presente documento.
3 DATOS DEL
Número del contrato
CONTRATO
Tipo y número del
procedimiento de selección
Descripción del objeto del
contrato
Fecha de suscripción del
contrato
Fecha de liquidación de la
obra
Número de adicionales de
obra
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7 DATOS DE LA
ENTIDAD Nombre de la Entidad
RUC de la Entidad
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ANEXOS
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ANEXO Nº 1
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Nombre, Denominación o
Razón Social :
Domicilio Legal :
RUC : Teléfono(s) :
23
MYPE Sí No
Correo electrónico :
… [CONSIGNAR SÍ O NO] autorizo que se notifiquen al correo electrónico indicado las siguientes
actuaciones:
Asimismo, me comprometo a remitir la confirmación de recepción, en el plazo máximo de dos (2) días
hábiles de recibida la comunicación.
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
Importante
La notificación dirigida a la dirección de correo electrónico consignada se entenderá válidamente
efectuada cuando la Entidad reciba acuse de recepción.
23
Esta información será verificada por la Entidad en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la
sección consulta de empresas acreditadas en el REMYPE en el link http://www2.trabajo.gob.pe/servicios-en-linea-2-2/ y se
tendrá en consideración, en caso el postor ganador de la buena pro solicite la retención del diez por ciento (10%) del monto
del contrato original, en calidad de garantía de fiel cumplimiento, según las condiciones previstas en el artículo 149 del
Reglamento. Asimismo, dicha información se tendrá en cuenta en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 91
del Reglamento.
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Importante
ANEXO Nº 1
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
24
Esta información será verificada por la Entidad en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la
sección consulta de empresas acreditadas en el REMYPE en el link http://www2.trabajo.gob.pe/servicios-en-linea-2-2/ y se
tendrá en consideración, en caso el consorcio ganador de la buena pro solicite la retención del diez por ciento (10%) del
monto del contrato original, en calidad de garantía de fiel cumplimiento, según las condiciones previstas en el artículo 149
del Reglamento. Asimismo, dicha información se tendrá en cuenta en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo
91 del Reglamento. Para dichos efectos, todos los integrantes del consorcio deben acreditar la condición de micro o
pequeña empresa.
25
Ibídem.
26
Ibídem.
47
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… [CONSIGNAR SÍ O NO] autorizo que se notifiquen al correo electrónico indicado las siguientes
actuaciones:
Asimismo, me comprometo a remitir la confirmación de recepción, en el plazo máximo de dos (2) días
hábiles de recibida la comunicación.
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del representante
común del consorcio
Importante
La notificación dirigida a la dirección de correo electrónico consignada se entenderá válidamente
efectuada cuando la Entidad reciba acuse de recepción.
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ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 52 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
ii. No tener impedimento para postular en el procedimiento de selección ni para contratar con el
Estado, conforme al artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado.
iii. Que mi información (en caso que el postor sea persona natural) o la información de la
persona jurídica que represento, registrada en el RNP se encuentra actualizada.
iv. Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento,
así como las disposiciones aplicables del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General.
vi. Conocer, aceptar y someterme a las bases, condiciones y reglas del procedimiento de
selección.
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
Importante
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea
presentada por el representante común del consorcio.
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ANEXO Nº 3
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las bases y
demás documentos del procedimiento de la referencia y, conociendo todos los alcances y las
condiciones detalladas en dichos documentos, el postor que suscribe ofrece la ejecución de la obra
[CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con el respectivo Expediente
Técnico y las demás condiciones que se indican en el numeral 3.1 del Capítulo III de la sección
específica de las bases y los documentos del procedimiento.
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 4
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las bases del
procedimiento de la referencia, me comprometo a ejecutar la obra [CONSIGNAR LA
DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA] en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO,
EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario.
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
“Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las bases
del procedimiento de la referencia, me comprometo a ejecutar la obra [CONSIGNAR LA
DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], su equipamiento y montaje hasta la puesta en
servicio, en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE ESTAR
EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario” 27
“Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las bases
del procedimiento de la referencia, me comprometo a ejecutar la obra [CONSIGNAR LA
DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], su equipamiento y montaje hasta la puesta en
servicio, en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE ESTAR
EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, y la ejecución de la operación
asistida de la obra en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO DE LA
PRESTACIÓN ASISTIDA DE LA OBRA, EL CUAL DEBE ESTAR EXPRESADO EN DÍAS
CALENDARIO] días calendario.” 28
Incluir las disposiciones, según corresponda. Una vez culminada la elaboración de las bases, las notas que no se
incorporen deben ser eliminadas.
27
Este párrafo debe ser incluido en el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad de ejecución llave en mano que no
incluya operación asistida.
28
Este párrafo debe ser incluido en el caso de obras que se ejecuten bajo la modalidad de ejecución llave en mano que
incluya operación asistida.
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ANEXO Nº 5
PROMESA DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso
que dure el procedimiento de selección, para presentar una oferta conjunta a la ADJUDICACIÓN
SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO].
d) Las obligaciones que corresponden a cada uno de los integrantes del consorcio son las
siguientes:
29
Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
30
Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
31
Este porcentaje corresponde a la sumatoria de los porcentajes de las obligaciones de cada uno de los integrantes del
consorcio.
52
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..…………………………………………. ..…………………………………………..
Consorciado 1 Consorciado 2
Nombres, apellidos y firma del Consorciado 1 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 2
o de su Representante Legal o de su Representante Legal
Tipo y N° de Documento de Identidad Tipo y N° de Documento de Identidad
Importante
De conformidad con el artículo 52 del Reglamento, las firmas de los integrantes del consorcio
deben ser legalizadas.
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En caso de la contratación de la ejecución de una obra bajo el sistema a suma alzada incluir el
siguiente anexo:
Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases
ANEXO Nº 6
PRECIO DE LA OFERTA
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta es
la siguiente:
TOTAL
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
Importante
El postor debe adjuntar el desagregado de partidas que sustenta su oferta, tal como se muestra
de manera referencial en el siguiente ejemplo:
N°
PARTIDA UNIDAD METRADO PU SUB TOTAL
ITEM
54
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El postor que goce de alguna exoneración legal, debe indicar que su oferta no incluye el tributo
materia de la exoneración, debiendo incluir el siguiente texto:
De ser el caso, el análisis de precios unitarios y el detalle de los gastos generales fijos y variables
no se presentan en la oferta, sino para el perfeccionamiento del contrato.
A fin de facilitar la labor del órgano encargado de las contrataciones o comité de selección,
según corresponda, se recomienda publicar conjuntamente con las bases un archivo en Excel
del presupuesto de la obra conforme el expediente técnico a fin de que los postores puedan
utilizarlo al momento de elaborar su oferta. En tal caso, consignar lo siguiente:
“El postor debe presentar el precio de su oferta en forma independiente, en los ítems que se
presente”.
“El postor debe presentar el precio de su oferta con el detalle de cada obra incluida en el
paquete”.
Incluir las disposiciones, según corresponda. Una vez culminada la elaboración de las bases, las notas que no se
incorporen deben ser eliminadas
32
Para el cálculo del IGV, aplica el redondeo previsto en la Resolución de Superintendencia SUNAT N° 025-2000/SUNAT o
norma que la reemplace. En ese sentido, el porcentaje se calcula considerando dos (2) decimales. Para efectos del
redondeo i) Si el primer decimal siguiente es inferior a cinco (5), el valor permanecerá igual, suprimiéndose los decimales
posteriores y ii) Si el primer decimal siguiente es igual o superior a cinco (5), el valor será incrementado en un centésimo.
55
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Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participación de
proveedores que gozan del beneficio de la exoneración del IGV prevista en la Ley Nº 27037, Ley de
Promoción de la Inversión en la Amazonía, incluir el siguiente anexo:
Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases.
ANEXO Nº 7
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
1.- Que el domicilio fiscal de la empresa 33 se encuentra ubicada en la Amazonía y coincide con el
lugar establecido como sede central (donde tiene su administración y lleva su contabilidad);
2.- Que la empresa se encuentra inscrita en las Oficinas Registrales de la Amazonía (exigible en caso
de personas jurídicas);
3.- Que, al menos el setenta por ciento (70%) de los activos fijos de la empresa se encuentran en la
Amazonía; y
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
Importante
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los
integrantes del consorcio, salvo que se trate de consorcios con contabilidad independiente, en cuyo
caso debe ser suscrita por el representante común, debiendo indicar su condición de consorcio con
contabilidad independiente y el número de RUC del consorcio .
33
En el artículo 1 del “Reglamento de las Disposiciones Tributarias contenidas en la Ley de Promoción de la Inversión en la
Amazonía” se define como “empresa” a las “Personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas
consideradas jurídicas por la Ley del Impuesto a la Renta, generadoras de rentas de tercera categoría, ubicadas en la
Amazonía. Las sociedades conyugales son aquéllas que ejerzan la opción prevista en el Artículo 16 de la Ley del Impuesto
a la Renta.”
56
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En el caso de contratación de obras que se ejecuten fuera de las provincias de Lima y Callao, cuyo
valor referencial del procedimiento de selección o de algún ítem no supere los novecientos mil
Soles (S/. 900,000.00) debe considerarse el siguiente anexo:
Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases.
ANEXO Nº 8
SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL DIEZ POR CIENTO (10%) POR OBRAS EJECUTADAS
FUERA DE LA PROVINCIA DE LIMA Y CALLAO
(DE SER EL CASO, SOLO PRESENTAR ESTA SOLICITUD EN EL ITEM [INCLUIR EN CASO
CORRESPONDA, EN PROCEDIMIENTOS POR RELACIÓN DE ÍTEMS, CONSIGNANDO EL N°
DEL ÍTEM O ÍTEMS CUYO VALOR REFERENCIAL NO SUPERA LOS NOVECIENTOS MIL SOLES
(S/ 900,000.00])
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
Importante
Para que el postor pueda acceder a la bonificación, debe cumplir con las condiciones
establecidas en el literal f) del artículo 50 del Reglamento.
57
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Importante
Cuando se trate de consorcios, la declaración jurada es la siguiente:
ANEXO Nº 8
SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL DIEZ POR CIENTO (10%) POR OBRAS EJECUTADAS
FUERA DE LA PROVINCIA DE LIMA Y CALLAO
(DE SER EL CASO, SOLO PRESENTAR ESTA SOLICITUD EN EL ITEM [INCLUIR EN CASO
CORRESPONDA, EN PROCEDIMIENTOS POR RELACIÓN DE ÍTEMS, CONSIGNANDO EL N°
DEL ÍTEM O ÍTEMS CUYO VALOR REFERENCIAL NO SUPERA LOS NOVECIENTOS MIL SOLES
(S/ 900,000.00])
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del representante
común del consorcio
Importante
Para asignar la bonificación, el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección,
según corresponda, verifica el domicilio consignado de los integrantes del consorcio, en el
Registro Nacional de Proveedores (RNP).
Para que un consorcio pueda acceder a la bonificación, cada uno de sus integrantes debe
cumplir con las condiciones establecidas en el literal f) del artículo 50 del Reglamento.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAMPAS
ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° 004-2021-MDP/CS – PRIMERA CONVOCATORIA
ANEXO Nº 9
DECLARACIÓN JURADA
(NUMERAL 49.4 DEL ARTÍCULO 49 DEL REGLAMENTO)
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
Importante
59
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
ANEXO Nº 10
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN, SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
34
Se refiere a la fecha de suscripción del contrato.
35
Si el titular de la experiencia no es el postor, consignar si dicha experiencia corresponde a la matriz en caso que el postor sea sucursal, o fue transmitida por reorganización societaria, debiendo
acompañar la documentación sustentatoria correspondiente. Al respecto, según la Opinión N° 216-2017/DTN “Considerando que la sociedad matriz y la sucursal constituyen la misma persona
jurídica, la sucursal puede acreditar como suya la experiencia de su matriz”. Del mismo modo, según lo previsto en la Opinión N° 010-2013/DTN, “… en una operación de reorganización
societaria que comprende tanto una fusión como una escisión, la sociedad resultante podrá acreditar como suya la experiencia de la sociedad incorporada o absorbida, que se extingue producto
de la fusión; asimismo, si en virtud de la escisión se transfiere un bloque patrimonial consistente en una línea de negocio completa, la sociedad resultante podrá acreditar como suya la
experiencia de la sociedad escindida, correspondiente a la línea de negocio transmitida. De esta manera, la sociedad resultante podrá emplear la experiencia transmitida, como consecuencia de
la reorganización societaria antes descrita, en los futuros procesos de selección en los que participe”.
36
Se refiere al monto del contrato ejecutado incluido adicionales y reducciones, de ser el caso.
37
El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato.
38
Consignar en la moneda establecida para el valor referencial.
60
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
10
TOTAL
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
61
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
ANEXO Nº 11
SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL CINCO POR CIENTO (5%) POR TENER LA CONDICIÓN DE
MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA
Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURÍDICA], solicito la asignación de la bonificación del cinco por ciento (5%) sobre el
puntaje total obtenido, debido a que mi representada cuenta con la condición de micro y pequeña
empresa.
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
Importante
Para que un consorcio pueda acceder a la bonificación, cada uno de sus integrantes debe cumplir
con la condición de micro y pequeña empresa.
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