TP1 T A. Juridica
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TRABAJO PRACTICO N° 1
TEORIA DE LA ARGUMENTACION
JURIDICA
Actividad:
1. Reconocimiento de argumentos: ustedes son el grupo de abogados defensores que deben controlar
los argumentos del 1 al 8 llevados a cabo por el fiscal para resolver el caso. Para eso, deben poder,
primero, establecer qué tipo de argumentos (ejemplo: modus ponens, modus tollens, silogismo
hipotético, silogismo disyuntivo, abducción, analogía, inducción por generalización incompleta,
etc.) están utilizando y justificarlo.
2. Construcción de argumentos: el fiscal ha realizado, además, un conjunto de argumentos
entimemáticos que están puestos de manifiesto en los argumentos del 8 al 12, en los cuales no
expresa la conclusión a la que ha llegado. Ustedes, como abogados defensores que están
resolviendo el caso, deben construir la conclusión, teniendo en cuenta las premisas que conocen y
el tipo de argumento de que se trata en función de estas.
3. Construcción de falacias argumentativas: tomando como tema el caso dado, construyan tres
ejemplos de falacias argumentativas, una formal y dos informales, estableciendo en cada caso qué
clase de falacia es (formal o informal, de atinencia o ambigüedad), el nombre específico de la
misma y una breve justificación.
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1. Reconocimiento de argumentos:
a. Silogismo Disyuntivo: El fiscal establece que pudo haber sido un robo o hurto.
b. Silogismo Hipotético: El fiscal refiere que es un delito por robo, su pena será de un mes a seis
años, pero si es hurto su pena será de un mes a tres años.
c. Modus Ponens: El fiscal determina que si es un robo le corresponde una pena de prisión más
grave.
d. Modus Tollens: El fiscal determina que si es hurto le corresponde una pena mas leve.
El fiscal ahora tiene que determinar por qué los guardias no se dieron cuenta de la sustitución de
las obras y razona: “cuando llegan los bomberos a un lugar, se determina que la zona es peligrosa
y la gente, entre ellas, las personas que cuidan dicho lugar, es alejada. Cuando hay una fuga de
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gas, se declara que una zona es peligrosa y la gente, entre ellas, las personas que cuidan el lugar,
es alejada. Estas situaciones guardan similitud con respecto a la fumigación: cuando hay una
fumigación, también se establece que, por la toxicidad de los productos, la zona es peligrosa y, por
lo tanto, también se puede inferir que se aleja a las personas, entre ellas, los guardias que cuidan
las obras”. qué tipo de argumento deductivo es por analogía, en este caso establece una similitud
entre diferente situación (la llegada de los bomberos, fuga de gas y fumigación) para inferir la
conclusión sobre las obras y la posible Irresponsabilidad del guardia.
Como abogados defensores, es valioso construir una conclusión solida basándose en las premisas
y qué tipo de argumento se presenta en el caso.
Antes de construir una conclusión es necesario comprender las premisas del caso si son las
afirmativas o evidencias que se utilizan para respaldar la conclusión las leyes
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aplicables y cualquier otra información que surja y ayude a saber la verdad de la eventualidad que
surgió.
Saber qué tipo de argumentos que estamos presentando, pude ser basados en la ley o basado en
hechos y /o una combinación de ambas.
Que se está utilizando en función de las premisas y la relación entre ellas, pueden ser ejemplos
deductivos incluyendo argumentos deductivos, inductivos o por analogía.
Hay que determinar una conclusión razonable o probable, debe ser coherente y seguir una lógica
del argumento utilizado además debe basarse en la información proporcionada seguir una lógica
sólida, clara, convincente, también es importante considerar cualquier otra evidencia o
información relevante que pueda respaldar la conclusión.
Es dable mencionar que la conclusión es la última oportunidad para persuadir al jurado o el juez.
En el año 2020, se inició una causa judicial en la provincia de Córdoba en contra de Carlos
Albarracín y el experto en arte Héctor García por hurto de unas pinturas de un famoso artista
argentino que estaban exhibidas en un museo de la provincia de Córdoba y la posterior estafa en la
venta de estas obras a la Sra. Alba Ortega. El hecho del hurto ocurrió en el año 2019.
La fiscalía, para imputarlos, ha tomado diversas decisiones con base en la información disponible
y los razonamientos realizados sobre los siguientes hechos relevantes:
Algunas de las informaciones disponibles sobre el suceso
a. Por medio de una denuncia anónima de junio de 2019, se tomó conocimiento que unas
famosas pinturas del pintor Carlos R. Argañaraz fueron robadas y fueron
sustituidas por réplicas.
b. En lugar no hay rastros de violencia en la puerta principal ni en las ventanas.
c. Los guardias del museo no escucharon nada extraño ni observaron sucesos violentos.
d. El libro de entrada registra el trabajo de fumigación en marzo de 2019.
e. El perito oficial en obras culturales certifico que las pinturas que se encontraban en el museo eran
falsas.
Falacia informal:
Falacia formal: