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Procesal Civil Tarea 2

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UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS

ESCUELA DE DERECHO

ASIGNATURA: PROCESAL CIVIL ll

FACILITADOR: ELIZABETH A. BAUTISTA JOSE

PARTICIPANTE: JEAN LUIS MERCADO

MATRÍCULA: 100056135

TEMA: LOS RECURSOS

FECHA: 21-02-2024

SANTO DOMINGO, DE FEBRERO 2024


Introducción:

Al introducir esta tarea sobre la asignatura Derecho Procesar Civil 2 el recurso,

que trabajaremos corresponde a investigar el incidente que presenta la Sra. María

O, En fecha 20 de mayo 2023, la señora María O, ha incoado una demanda en

cobro de valores, por un monto de tres millones de pesos (RD$3,000,000.00), en

contra del señor Juan López, los cuales fueron prestado al demandado por la

financiera Prestamos Alegres, ubicada en Santiago de los Caballeros, y de la cual

es propietaria y gerente principal la señora O.

Así que portal tal razón debo buscar en el código civil y el código procesal civil
pruebas que me puedan ayudar a dar una información apoyada en la ley y,
trataremos de citarnos en los artículos correspondiente para poder resolver tal
problema.

Las pruebas son procedimientos por medio de los cuales se puede demostrar la
existencia de los derechos, sea en ocasión de un litigio o fuera de éste.

El Código Civil Dominicano en su artículo 1316 distingue cinco medios de pruebas,


que son: Literal, por testigos, las presunciones, el Juramento y la confesión.
Distinguido participante:
Luego de consultar y estudiar el material colgado referente a los incidentes
de la prueba, realice la siguiente actividad:
En fecha 20 de mayo 2023, la señora María O, ha incoado una demanda en
cobro de valores, por un monto de tres millones de pesos (RD$3,000,000.00),
en contra del señor Juan López, los cuales fueron prestado al demandado
por la financiera Prestamos Alegres, ubicada en Santiago de los Caballeros,
y de la cual es propietaria y gerente principal la señora O. En ese sentido, la
demandante ha identificado como tribunal donde se discutirá el litigio, a la
Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial Santiago
de los Caballeros, tribunal al cual han acudido las partes, solicitando en la
primera audiencia que se ordene comunicación de documentos, y luego en
una segunda audiencia, estando el proceso instruido, porque ya se habían
ordenado todas las medidas de instrucción correspondientes; y habiendo
concluido las partes al fondo, a los abogados de la parte demandada se les
ocurrió tomar nueva vez la palabra y solicitar al tribunal que se declare
incompetente, porque el domicilio fijo del demandado está en la provincia de
Santo Domingo, porque solamente está de paso en la ciudad de Santiago de
los caballeros.

Analice y responda:

1. ¿Qué proceso se aplica en este caso?

Aplica el proceso de la excepción de incompetencia.

2. ¿Cómo se denomina ese incidente que ha planteado la parte demanda?

Se denomina excepción de incompetencia.

3. ¿Cuál es la base normativa para presentar ese incidente?

El artículo 59 del Código de Procedimiento Civil.

4. ¿Es procedente que el tribunal acoja ese pedimento incidental, y por


qué?

El tribunal que acoja este pedimento incidental dependerá de la evaluación de la


competencia territorial, tomando en cuenta el domicilio del demandado y las
normas de competencia que son establecidas.
5. ¿Cuál es el procedimiento a seguir?

La excepción de incompetencia debe presentarse antes de cualquier defensa al


fondo y debe ser motivada, indicando la jurisdicción.

6. ¿Sobre cuáles fuentes de derecho se sostendrá para la solución de


este caso?

Se sostendrá en el Código de Procedimiento Civil y las normas que regulan


la competencia territorial.

7. ¿Cuál tribunal es competente para dirimir el conflicto?

El tribunal competente dependerá de la evaluación de la competencia


territorial, considerando el domicilio del demandado.

8. ¿Cómo se denomina el documento que da inicio a la acción?

Se denomina demanda.

9. Asuma la posición de una de las partes (demandante o demandado), y


plantee varios argumentos para sostener sus pretensiones.

Mi posición asumir sería la posición de la parte demandante, argumenta que


la elección del tribunal de Santiago es válida según la competencia territorial
establecida en la ley.

10. ¿Siendo usted la parte demandada, cuáles medios de pruebas debería


presentar para probar su demanda, y por qué?

Presentaría medios de prueba, como comprobantes de domicilio en la


provincia de Baní, para poder respaldar mis argumentos sobre la
incompetencia del tribunal de Santiago.
11. ¿Siendo el demandado, cuáles medios de pruebas presentaría para
defenderse de la demanda?

Presentaría pruebas que demuestren mi conexión y actividad en Santiago,


además de cuestionar la validez de los documentos presentados por la parte
demandante.

12. ¿Cuál sería el régimen probatorio para el caso?

Pruebas documentales, testimoniales o periciales que respaldan las alegaciones


de ambas partes.

2. Explique, con base legal, las presunciones, el peritaje y el testimonio


como pruebas del proceso civil.

En el proceso civil, existen diferentes tipos de pruebas que se pueden presentar


para respaldar las afirmaciones de las partes. A continuación, se explica cada una
de ellas con base legal:

a) Presunciones: Las presunciones son inferencias que se realizan a partir de


ciertos hechos conocidos para llegar a una conclusión sobre un hecho
desconocido. En el Código de Procedimiento Civil, se establece que las
presunciones pueden ser legales (cuando la ley así lo establece) o judiciales
(cuando el juez las establece basándose en las circunstancias del caso). Las
presunciones legales se encuentran enumeradas en el Código Civil y se aplican
de manera automática, mientras que las presunciones judiciales son establecidas
por el juez en función de la prueba presentada.

b) Peritaje: El peritaje es una prueba que consiste en la opinión de un experto en


una materia específica, conocido como perito. El perito realiza un examen técnico
o científico sobre algún aspecto relevante del caso y emite un informe con su
opinión profesional. El Código de Procedimiento Civil regula el procedimiento para
la designación y actuación de los peritos, así como el valor probatorio de sus
informes.

c) Testimonio: El testimonio es la declaración de una persona sobre los hechos


que conoce o ha presenciado. En el proceso civil, los testigos pueden ser
presentados por las partes para respaldar sus afirmaciones. El Código de
Procedimiento Civil establece las reglas para la presentación y el interrogatorio de
los testigos, así como el valor probatorio de sus declaraciones.

Estas pruebas están reguladas en el Código Civil y en el Código de Procedimiento


Civil, que establecen los requisitos y el procedimiento para su presentación y
valoración en el proceso civil.

Conclusión:

Al concluir con dicha caso me gustaría dejar claro el conocimiento adquirido. Para
entender el concepto de prueba, resulta conveniente analizar a la fuente de
prueba y los medios de prueba, a efecto de evitar confundir los elementos con que
se prueba de aquellos con lo que se pretende probar, resultando claro que dichos
conceptos aluden a situaciones diversas, pues la fuente de prueba "es un
concepto meta jurídico preexistente y extraño al proceso", en tanto que los medios
de prueba serán "un concepto procesal de existencia posterior a la fuente de
prueba, siempre y cuando sea ofrecida la fuente de prueba en el proceso penal,
sea aceptada, y desahogada como tal" y la prueba por consecuencia "existirá en
el momento en que se aporta una fuente de prueba como medio en el proceso, es
aceptada, preparada, desahogada y valorada conforme al criterio que adopte el
titular del tribunal".
Bibliografía:

Código civil.

Código de Procedimiento civil.

La Ley No. 834 del Código Civil.

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