Trabajo 1 - Victimas de Violencia de Género
Trabajo 1 - Victimas de Violencia de Género
Trabajo 1 - Victimas de Violencia de Género
CONCEPTO DE VÍCTIMA
Corte Constitucional, Sentencia T-334 de 2020. “Es decir, víctima es: a) la persona
natural o jurídica; b) que individual o colectivamente; c) ha sufrido algún daño; d)
como consecuencia del injusto, definición amplia que incluye la categoría
perjudicado con el delito.” “(…) La forma de violencia ocurre en todos los
entornos y grupos socioeconómicos, religiosos y culturales, y se manifiesta de
distintas maneras a través de: (i) la violencia física, que es toda acción
voluntariamente realizada que provoca o puede provocar daño o lesiones físicas. Al
constituir una forma de humillación, también configura un maltrato psicológico;
(ii) la violencia psicológica, que se refiere a conductas que producen desvaloración
o sufrimiento moral. Puede comprender insultos, amenazas, gritos, humillaciones
en público, privaciones de la libertad, etc., que minan la autoestima de la víctima y
le generan desconcierto e inseguridad; (iii) la violencia sexual, que consiste en
cualquier actividad sexual no deseada y forzada en contra de la voluntad de la
mujer, mediante fuerza física o bajo amenaza directa o indirecta, ante el temor a
represalias. Su repercusión incluye tanto daños físicos como psicológicos de
gravedad variable; y (iv) la violencia económica, que se vincula al uso del poder
económico del hombre para controlar las decisiones y el proyecto de vida de la
mujer, y se presenta bajo una apariencia de colaboración en la que aquel se
muestra como proveedor por excelencia. Bajo esta apariencia, el hombre le impide
a la mujer participar de las decisiones económicas del hogar y le impone la
obligación de rendirle cuentas de todo tipo de gasto. Igualmente, le prohíbe
estudiar o trabajar para evitar que la mujer logre su independencia económica y,
de esa manera, se sienta en necesidad de mantenerse en la relación. Por otra parte,
cuando ocurre la ruptura de la pareja, la violencia económica se manifiesta en
mayores beneficios económicos para el hombre, mientras que la mujer termina
“comprando su libertad” para evitar pleitos dispendiosos”
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Gendered-based violence (GBV) is the general term used to capture violence that occurs as a result of a
normative role expectation associated with each gender, along with the unequal power relationships between
the two genders, within the context of a specific society»: S. S. Bloom, 2008: 14.
Sentencia No. 1. Corte Constitucional, T-453 de 2005.
Tipo Hito o fundadora
La Corte examina el caso de Sandra Liliana Orejarena Trota, quien
alega que durante el proceso penal, el Juzgado Segundo Penal del
Circuito de Bucaramanga permitió, solicitó y llevó a cabo una serie
de pruebas que infringían los derechos a la intimidad y la dignidad de
Tema
la víctima. Estas pruebas hacían referencia a la vida privada de la
víctima antes o después de los acontecimientos y no estaban
destinadas a investigar lo sucedido en el día de los hechos objeto de
investigación.
La sentencia determinó que el acto de solicitar y evaluar pruebas que
afecten la esfera privada de la víctima, como detalles sobre su
conducta sexual antes o después de los hechos investigados, viola su
derecho a un proceso justo y a la dignidad humana, perpetuando
prejuicios y estereotipos negativos hacia las mujeres. La Corte
Principales decidió otorgar la protección solicitada y dictaminó que se eliminen
argumentos del conjunto de pruebas del proceso penal aquellas que vulneraban la
intimidad de la víctima. Además, instó a los funcionarios judiciales a
que se "abstengan de solicitar pruebas (i) que violen de manera
injustificada o desproporcionada el derecho a la intimidad", o (ii) que
revelen y cuestionen la historia sexual de la mujer con el fin de
inferir el consentimiento en el caso de la presunta violación.