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Semana 1

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Pericia contable y su valor

probatorio en los procesos


judiciales
Asignatura: Peritaje Contable
Unidad 01
Johnny William Chambilla Chambi
Propósito
● Reconoce las instancias judiciales y extrajudiciales y analiza el concepto
y base legal del peritaje contable.
Revisemos en el presente caso
Saberes previos

Respondamos las siguientes interrogantes de acuerdo al caso planteado

¿Qué profesional es el competente en determinar dicha diferencia?

¿Qué es un pericia contable?

¿Qué es un Perito Contable?

¿En qué materias se podrán aplicar una pericia contable?


Pericia

• Este sustantivo viene del latín “peritia”, voz derivada de la raíz


indoeuropea “per”, que se presenta en varias palabras españolas:
empírico, experiencia, experto, etc.
• En la lengua general, pericia significa “sabiduría, práctica,
experiencia y habilidad en una ciencia o arte” (DRAE 2014). Pero
en nuestra lengua culta equivale a peritaje o peritación, es decir,
‘trabajo o estudio que hace un perito’
Martha Hildebrandt: el significado de “Pericia”, En su sección “El Habla Culta”, la reconocida lingüista explica el
origen de palabras de uso común.
Marco normativo sobre la pericia

La participación del Perito en un proceso


judicial se encuentra contemplada por
las normas que regulan los procesos
judiciales:

_ Código Procesal Civil


_ Nuevo Código Procesal Penal.
_ Nueva Ley Procesal de Trabajo.
Marco legal de la pericia

Artículo 4°:

Son órganos de auxilio judicial: el perito, el depositario, el


interventor, el martillero público, el curador procesal, la policía y
T.U.O. DEL CÓDIGO otros órganos que la ley determine.
PROCESAL CIVIL
(R.M. 010-93-JUS) Artículo 192°:

Son medios de prueba típicos: 1. La declaración de parte. 2. La


declaración de testigos. 3. Los documentos. 4. La pericia. 5. La
inspección judicial.
Marco legal de la pericia

Artículo 172°:

La pericia procederá siempre que, para la explicación y mejor


comprensión de algún hecho, se requiera conocimiento
NUEVO CÓDIGO especializado de naturaleza científica, técnica, artística o de
PROCESAL PENAL experiencia calificada.
(D. Legislativo N° 957)
Artículo 173°:

El Juez competente, y, durante la Investigación Preparatoria, el


Fiscal o el Juez de la Investigación Preparatoria en los casos de
prueba anticipada, nombrará un perito.
Marco Legal de la pericia

Artículo 28°:

Los peritos no presencian el desarrollo de la audiencia y sólo


NUEVA LEY PROCESAL ingresan a ella en el momento en que corresponda efectuar su
DE TRABAJO exposición.
(Ley N° 29497) Los informes contables practicados por los peritos adscritos a los
juzgados de trabajo y juzgados de paz letrados tienen la finalidad de
facilitar al órgano jurisdiccional la información necesaria para
calcular, en la sentencia, los montos de los derechos que ampara
(…).
Principales materias de la pericia contable
* Cálculo y/o reintegro de remuneraciones.
* Cálculo y/o reintegro de beneficios sociales.
Fuero * Cálculo y/o reintegro de indemnizaciones laborales.
Laboral * Cálculo de remuneraciones devengadas.
* Cálculo de intereses legales

PRINCIPALES
* Organización criminal.
MATERIAS DE LOS * Lavado de activos.
INFORMES
Fuero * Desbalance patrimonial.
Penal * Enriquecimiento ilícito.
PERICIALES * Malversación de fondos.

* Obligación de dar suma de dinero (particulares).


Fuero * Préstamos del sistema financiero.
* Ejecución de garantías hipotecarias.
Civil * Pensiones de alimentos
¿Qué es una pericia contable?

Es un medio de prueba para los tribunales que


administran justicia. La pericia contable es un
documento elaborado por un contador perito, su
finalidad es aportar argumentos para que el
juzgador pueda formar su conocimiento sobre los
hechos que están relacionados con cuestiones
contables, financieras, tributarias, entre otros.(*)
Por ejemplo:

Determinación de desbalances Propios de la Investigación del delito de lavado de activos


patrimoniales

Cuantificación de perjuicio económico Propios de la Investigación del delito de corrupción de


funcionarios

(*) https://lpderecho.pe/jurisprudencia-relevante-actual-pericia-contable/
Medios de prueba

Tienen por finalidad acreditar los hechos expuestos por las partes,
producir certeza en el Juez respecto de los puntos controvertidos y
fundamentar sus decisiones.

Medios de Prueba (Título II, artículo 160 al 201-A - CPP)

● 1. La Confesión (artículo 160 al 161)


● 2. El Testimonio (artículo 162 al 171)
● 3. La Pericia (artículo 172 al 181)
● 4. El Careo (artículo 182 al 183)
● 5. La Prueba Documental (artículo 184 al 188)
● 6. Los otros Medios de Prueba (artículo 189 al 201)
Prueba Pericial

(CORTE SUPREMA DE
● La prueba pericial, es un medio de prueba a través
JUSTICIA SALA PENAL de la cual se obtiene una opinión especializada de
TRANSITORIA R. N. 719-
2018, APURÍMAC) carácter científico, técnico, artístico u otro, sobre uno
de los hechos que es objeto del proceso penal. Tales
opiniones pueden ser aceptadas o rechazadas por el
juzgador, con base en la valoración que realiza.
Perito

Es un experto en una determinada rama del saber.

Es aquel que tiene amplia experiencia y conocimientos suficientes en una


determinada materia.

Es una persona con formación, capacitación, conocimientos y experiencia en un


ámbito profesional o técnico, que puede ayudar en la resolución de conflictos.
TIPOS DE PERITO

Clasificación

Perito Oficial
Son aquellos Peritos designados por los Jueces o Magistrados del órgano jurisdiccional quienes
consideran que se requiere de conocimientos especiales para poder resolver el litigio.

Perito de Parte
Los Peritos de Parte son aquellos que son nombrados a propuesta de las partes procesales o
litigantes con la finalidad de presentar sus puntos de vista debidamente fundamentados.

Perito Dirimente
Son aquellos Peritos que son designados por el Órgano Jurisdiccional, a fin de resolver las
discrepancias existente frente a los informes periciales presentados por diferentes Peritos.
MARCO LEGAL DE PERITO CONTABLE

Marco Normativo

La labor pericial del Contador Público se


encuentra regulada por las normas que rigen
la actividad contable:

_ Ley de Profesionalización (Ley 13253).


_ Reglamento de la Ley de Profesionalización.
_ Ley de Actualización de la Ley 13253.
_ Resoluciones de los Congresos Nacionales.
MARCO LEGAL DE PERITO CONTABLE

Marco Normativo

Artículo 4°:

LEY DE Corresponde a los Contadores Públicos efectuar y autorizar toda


PROFESIONALIZACIÓN clase de balances, peritajes, tasaciones de su especialidad,
(Ley 13253) operaciones de auditoría y estudios contables con fines
judiciales y administrativos.
MARCO LEGAL DE PERITO CONTABLE

Marco Normativo Artículo 4°:


Son funciones principales inherentes a la profesión:

a) El estudio de la situación y posibilidades económicas de


entidades comerciales y no comerciales.
b) La revisión y examen de toda clase de registros contables,
REGLAMENTO DE LA LEY
y su interpretación dando opinión sobre dichos registros y
DE
estados contables consecuentes.
PROFESIONALIZACIÓN
(…)
(Ley 13253)
e) La formulación de peritajes y tasaciones en asuntos de
su especialidad.
f) La organización de sistemas y métodos de contabilidad.
MARCO LEGAL DE PERITO CONTABLE

Marco Normativo

Artículo 3°: Competencias del Contador Público

a) Planificar, organizar, supervisar y dirigir la


contabilidad general.
LEY DE ACTUALIZACIÓN
c) Realizar auditoría financiera, tributaria, exámenes
LA LEY N° 13253
especiales y otros.
(Ley N° 28951)
(…)
d) Efectuar el peritaje contable en los procesos
judiciales. (…)
MARCO LEGAL DE PERITO CONTABLE

Obligaciones (Según XIII Congreso Nacional de Contadores Público)

Cumplir con las leyes, los reglamentos y las disposiciones legales que norman el ejercicio
de la especialidad

Tener presente en su comportamiento los valores morales y éticos, actuando con


honestidad, equidad e imparcialidad.

Tener una actitud mental independiente con respecto a las partes en litigio.

Perfeccionar y actualizar sus conocimientos sobre la ciencia y técnica contable sobre todo de la
especialidad pericial.
Instancia Extrajudicial

La
Arbitraje
conciliación

Civiles y comerciales Laborales


Familia Civiles y comerciales
Contrataciones del Estado Contrataciones del Estado
Instancia Judicial

• El Poder Judicial es un organismo autónomo constituido por


una estructura jerárquica de estamentos, que ejercen
la potestad de administrar justicia, que en teoría emana del
pueblo, no obstante no es elegido directa ni indirectamente,
tampoco da cuenta de sus resultados, ni se les juzga a sus
operadores directos (jueces y fiscales).
• Está encabezado por un presidente electo entre los vocales
supremos y por la Corte Suprema de Justicia de la República
del Perú que tiene en todo el territorio.
• El segundo nivel jerárquico lo forman las Cortes Superiores
de Justicia con competencia en todo un Distrito Judicial.
• El tercer nivel es formado por los Juzgados de Primera
Instancia cuya competencia es, aproximadamente, provincial.
• Luego, se encuentran los Juzgados de Paz Letrados, con
competencia distrital.
• finalmente los Juzgados de Paz (no letrados), encargados de
resolver asuntos judiciales sencillos.
Valor probatorio de la pericia contable

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE


LA REPÚBLICA se adolece de una pericia contable que establezca si hubo
SALA PENAL TRANSITORIA o no perjuicio para definir el tipo penal aplicable
R.N. 689-2018, Ancash|

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE


LA REPÚBLICA La pericia contable es un medio probatorio esencial en los
SALA PENAL PERMANENTE procesos penales por lavado de activos
RN 1287-2018, Nacional

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE La pericia contable es una prueba idónea que permite
LA REPÚBLICA establecer el perjuicio patrimonial concreto en los delitos
SALA PENAL PERMANENTE de colusión.
R.N. 556-2019, Ancash|
Valoración de la pericia contable

XV CONVENCIÓN DE PERITOS CONTABLES 2021


Organizado por: Colegio de Contadores Públicos de Cusco y la Junta de Decanos de Colegio de Contadores Públicos
del Perú.
Explicación sobre la valoración de la prueba pericial contable en los proceso penales, por el Dr. Ramíro Alatrista Muñíz
(https://www.youtube.com/watch?v=rP-DoMAMbt4)
Reflexión

¿En un procedimiento administrativo sancionador se


podrá presentar una pericia?
Reflexión

Establezca las diferencias entre Auditoria y Peritaje


Contable
Conclusiones
● La pericia contable, es un medio de prueba a través de la cual se obtiene
una opinión especializada, cuya finalidad es aportar argumentos para que
el juzgador pueda formar su conocimiento sobre los hechos que están
relacionados con cuestiones contables, financieras, tributarias, entre otros.

● La pericia contable es un medio probatorio esencial en los procesos


penales por lavado de activos, en delitos de corrupción de funcionarios,
entre otros, que permiten establecer desbalances patrimoniales, la
cuantificación de un perjuicio patrimonial, calculo de intereses, entre otros.

● El juez es quien la realiza valoración de la pericia contable, considerando


criterios de fiabilidad, validez y otros criterios, realizando una valoración
Individual y conjunta de la prueba pericial.
Muchas gracias por su atención

990155800

jchambilla@continental.edu.pe

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