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Obligaciones y Derechos de La Celadora
Obligaciones y Derechos de La Celadora
Obligaciones y Derechos de La Celadora
Celadora-Docente o Auxiliar-Docente
PAGINA 23
a) colaborar en todo momento con las maestras para el desarrollo de la tarea docente;
b) Permanecer al frente de la sección cuando el maestro se retire transitoriamente, cumpliendo
las funciones educativas que la dirección lo asigne
c) realizar las visitas domiciliarias que le indique la dirección
d) conducir a los niños desde los puntos de concentración al Jardín de Infantes y viceversa y a
sus domicilios cuando la dirección lo establezca
e) colaborar con el personal de comedor en la atención de los niños en la formación de hábitos
y en la satisfacción de necesidades básicas, de acuerdo con las instrucciones que emanan de
dirección
f) asumir, en los Jardines de Infantes de Jornada Completa, la conducción total del grupo
durante la comida y la higiene y el reposo posterior a la misma, en colaboración con el personal
no-docente respectivo.