La señora Ángela Aburto Hernández declara ante notario que posee los derechos de inhumación a perpetuidad sobre un lote en el Cementerio General de Managua según una certificación de 1979. Explica que en ese documento su nombre aparece como Ángela Santamaría Aburto, que era su nombre de casada, pero que su nombre legal es Ángela Aburto Hernández. Solicita traspasar los derechos sobre el lote a la Alcaldía de Managua.
La señora Ángela Aburto Hernández declara ante notario que posee los derechos de inhumación a perpetuidad sobre un lote en el Cementerio General de Managua según una certificación de 1979. Explica que en ese documento su nombre aparece como Ángela Santamaría Aburto, que era su nombre de casada, pero que su nombre legal es Ángela Aburto Hernández. Solicita traspasar los derechos sobre el lote a la Alcaldía de Managua.
La señora Ángela Aburto Hernández declara ante notario que posee los derechos de inhumación a perpetuidad sobre un lote en el Cementerio General de Managua según una certificación de 1979. Explica que en ese documento su nombre aparece como Ángela Santamaría Aburto, que era su nombre de casada, pero que su nombre legal es Ángela Aburto Hernández. Solicita traspasar los derechos sobre el lote a la Alcaldía de Managua.
La señora Ángela Aburto Hernández declara ante notario que posee los derechos de inhumación a perpetuidad sobre un lote en el Cementerio General de Managua según una certificación de 1979. Explica que en ese documento su nombre aparece como Ángela Santamaría Aburto, que era su nombre de casada, pero que su nombre legal es Ángela Aburto Hernández. Solicita traspasar los derechos sobre el lote a la Alcaldía de Managua.
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TESTIMONIO
ESCRITURA PUBLICA NUMERO QUINIENTOS DOS (502)
DECLARACION NOTARIAL.- En la Ciudad de Managua, Departamento de Managua, a las nueve y treinta y cinco minutos de la mañana del día siete de julio del año dos mil veinte.- Ante mi: DAVID ANTONIO ZUÑIGA PADILLA, Abogado y Notario Público de la República de Nicaragua, con domicilio y residencia en esta ciudad capital, autorizado por la Excelentísima Corte Suprema de Justicia para cartular durante un quinquenio que expira el día veinticinco de abril del año dos mil veintidós. Comparece la señora ANGELA ABURTO HERNANDEZ, conocida socialmente como ANGELA SANTAMARIA ABURTO, Ama de casa, soltera por viudez, de este domicilio, quien se identifica con Cédula de Identidad del C.S.E. numero cero, cero, uno guion, cero, dos, cero, ocho, tres, ocho, guión, cero, cero, uno, cinco “J” (001-020838-0015J) mayor de edad.- Doy fe de conocer personalmente a la compareciente y de que esta tiene a mi juicio la plena y perfecta capacidad civil y legal para obligarse y contratar en especial para la celebración del presente acto, en el que actúa en su propio nombre e interés.- Por su parte expone la compareciente señora ANGELA ABURTO HERNANDEZ, conocida socialmente como ANGELA SANTAMARIA ABURTO, y dice: PRIMERA: (RELACION DE ANTECEDENTES): Que instruida por mi, el Notario del Falso Testimonio y de sus repercusiones jurídicas Civiles y Penales declara ante el suscrito Notario que según Certificación emitida en fecha veintiuno de mayo de mil novecientos setenta y nueve, por la Junta Local de Asistencia Social, documento que doy fe de haber tenido a la vista y relacionado demuestra ser poseedora de los derechos de inhumación a perpetuidad sobre un lote ubicado en el Cementerio General identificado como el lote numero: Doce (12) en el Grupo numero: Doscientos uno (201), Sección: Segunda (2), con la siguiente dimensión 2.75 x 1.25 metro lineal, para Adulto, según Folio: ochenta y dos (82), del Libro Numero: Cinco (05), Partida: Dos mil quinientos diez (2510), según Boleta 749979.- En dicha certificación se transcribió su nombre como ANGELA SANTAMARIA ABURTO, siendo este su nombre de casada, tal como lo demuestra conforme Certificado de Matrimonio extendido en debida forma legal el día veinticinco de junio del año dos mil veinte por el Registrador de Estado Civil de las Personas de Managua, inscrito en el Libro de Matrimonio que se llevo dicha oficina en el año mil novecientos cincuenta y cuatro, bajo el Numero de Partida 392, Tomo: I-65, Folio: 392, uniéndose en matrimonio civil el día veintitrés de mayo de mil novecientos cincuenta y tres con el señor ARMANDO SANTAMARIA (Q.E.P.D.) documento que doy fe de haber tenido a la vista y relacionado. Continua expresando la compareciente señora ANGELA ABURTO HERNANDEZ, conocida socialmente como ANGELA SANTAMARIA ABURTO, y dice: SEGUNDA: (DECLARACION NOTARIAL): Que aclara que en la certificación de derechos de inhumación a perpetuidad antes referida se transcribió su nombre como Ángela Santamaría Aburto nombre de casada que acostumbraba usar pero que de conformidad a la Ley de Identidad Ciudadana su nombre corresponde a Ángela Aburto Hernández, haciendo alusión la petente que Ángela Aburto Hernández y Ángela Santamaría Aburto “corresponden a la misma persona”.- Expresa la compareciente ANGELA ABURTO HERNANDEZ, conocida socialmente como ANGELA SANTAMARIA ABURTO y dice: TERCERA: (CLAUSULA ESPECIAL) La compareciente de su libre y espontánea voluntad exonera de toda responsabilidad civil, penal y administrativa que pudiera derivarse de este instrumento público y de la solicitud de traspaso de los derechos de inhumación a perpetuidad sobre un lote ubicado en el Cementerio General a la Alcaldía de Managua.- Así se expreso la compareciente bien instruida por mi, el Notario acerca del objeto, valor y trascendencias legales de este acto, el de las cláusulas generales que aseguran su validez, el de las especiales que contienen renuncias y estipulaciones implícitas y explícitas y las que en concreto se han hecho.- Leída que fue por mi, el Notario la presente escritura a la compareciente quien la encuentra conforme, aprueba, ratifica y firma junto con el suscrito Notario.- Doy fe de todo lo relacionado. (F) Ángela Aburto (F) L. Torres, Notario . PASO ANTE MI: Al frente del folio trescientos tres de mi Protocolo Numero Nueve (09) que llevo en el presente año y a solicitud de la Señora ANGELA ABURTO HERNANDEZ, libro este primer testimonio en una hoja útil de papel sellado de ley que firmó, sello y rubrico en la ciudad de Managua, a las diez y cinco minutos de la mañana del día siete de julio del año dos mil veinte .-