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MP-TS068 Visitas de Monitoreo 2019-09-02
MP-TS068 Visitas de Monitoreo 2019-09-02
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ASUNTO: OBJETIVO:
En este documento se describen los pasos a seguir Constatar el desempeño del OEC y Laboratorio de
para llevar a cabo el proceso de evaluación BPL´s a través de un proceso de evaluación para
extraordinaria (evaluaciones de monitoreo) a los verificar que mantiene las condiciones bajo las
OEC´s y Laboratorios de BPL´s. cuales se otorgó la acreditación.
1. DOCUMENTOS DE REFERENCIA
Para la correcta aplicación de esta instrucción se deben consultar los siguientes documentos en su edición
vigente:
1.5 Normas aplicables a cada esquema de acreditación y esquema de evaluación de la conformidad, así
como reconocimiento.
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entidad mexicana de acreditación, a. c.
2.3 La evaluación extraordinaria (evaluaciones de monitoreo) no tendrán ningún costo para el OEC y
Laboratorio reconocido en el programa de BPL´s y tendrán una duración máxima de 2 días hábiles,
sin embargo, si como resultado de la evaluación se levantan no conformidades, el OEC deberá realizar
el pago correspondiente a la etapa de revisión de acciones correctivas.
3. CONDUCCIÓN DE LA EVALUACIÓN
3.1 El equipo de evaluación estará integrado de acuerdo a lo establecido en el MP-CP030 vigente tomando
en consideración el origen que motiva la evaluación, así como el alcance involucrado.
3.2 Siempre que sea posible, antes de realizar el proceso de evaluación extraordinaria (evaluaciones de
monitoreo), la entidad obtendrá información sobre ensayos, calibraciones, verificaciones y/o
certificaciones realizadas por el OEC y Laboratorio reconocido en el programa de BPL´s que será
sujeto a la visita de evaluación, considerando siempre la ética y los valores de la entidad en la
obtención de la misma, la cual podrá ser de las siguientes fuentes:
3.3 El equipo de evaluación realiza la visita tomando como base lo establecido en el procedimiento MP-
CP026 vigente, en las etapas que aplican.
3.4 El equipo de evaluación se presentará en las instalaciones del OEC y Laboratorio reconocido en el
programa de BPL´s en la fecha programada, mostrando el comunicado en el cual se indica quienes
integran el equipo de evaluación y el objetivo de la visita, cuando aplique, así como el esquema de
acreditación y esquema de evaluación de la conformidad sujeto a evaluar.
En caso de requerirse, el equipo evaluador designado se presentará junto con un notario público para
dar fe del proceso de evaluación que se realizará.
3.5 En caso de que el personal del OEC o laboratorio BPL, se encuentre imposibilitado a atender la
evaluación por falta de personal derivado a que esté se encuentra atendiendo servicios de evaluación
de la conformidad, el equipo de evaluación podrá acudir al sitio donde se estén realizando las
actividades.
3.6 El OEC deberá proporcionar las facilidades para poder realizar la evaluación, sin contratiempos, para
lo cual deberá designar al personal el OEC o laboratorio de BPL que pueda atender la evaluación.
HOJA DOCTO. No.
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entidad mexicana de acreditación, a. c.
En caso de que no se encuentre personal autorizado que puedan atender la evaluación, el equipo de
evaluación realizará un informe de evaluación describiendo la situación presentada y la entidad
programará una evaluación de seguimiento con base en lo establecido en el procedimiento de
evaluación y acreditación correspondiente.
3.7 El equipo de evaluación emitirá un informe como resultado de la evaluación realizada, en el cual se
deberán registrar los resultados de las actividades realizadas y en su caso la descripción de los
hallazgos identificados, así como su clasificación, adjuntando cuando se requiera los registros
necesarios que permitan evidenciar lo descrito en el informe.
Siempre que sea posible, al término de la visita el equipo evaluador debe entregar copia del informe
al representante autorizado o al personal que haya atendido la misma por parte del OEC y Laboratorio
reconocido en el programa de BPL´s.
3.8 El Evaluador líder deberá hacer llegar el informe correspondiente al siguiente día hábil de haberse
concluido la visita extraordinaria (monitoreo) a la Gerencia correspondiente.
3.9 El informe de evaluación será presentado a los órganos colegiados correspondientes para la toma de
decisión sobre la acreditación.
IDENTIFICACIÓN DE CAMBIOS
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