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Historia Del Derecho IMPORTANTE

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Historia del Derecho

1º Grado en Derecho

Facultad de Derecho
Universidad de Sevilla

Reservados todos los derechos.


No se permite la explotación económica ni la transformación de esta obra. Queda permitida la impresión en su totalidad.
María Díez Rodríguez 2º CUATRIMESTRE (2018/2019) PABLO GUTIERREZ VEGA

No se permite la explotación económica ni la transformación de esta obra. Queda permitida la impresión en su totalidad.
HISTORIA DEL DERECHO

El poder del príncipe tenía 3 facetas: el príncipe como titular de la potestad jurisdiccional
(hacer justicia); como titular de la potestad absoluta y como titular de la potestad
paternal. En esta época un señor, no es menos que un rey, un conde tampoco. Tras la
reconquista los señores eran aquellos príncipes que tenían capacidad de juzgar en su
territorio, a través del fuero. En todas partes se hicieron muchos fueros, en Sevilla el
Privilegio Rodado.

Reservados todos los derechos.


En que determinado momento sucedió algo para que el príncipe pudiera hacer
derecho y hacer normas en contra de las preexistentes? La respuesta es el ius comune.
La norma primaba sobre el príncipe cuando alguien sacaba el alegatus est y decía que el
príncipe tenia que estar sometido a tal ley escrita por el y también pasaba lo contrario.
Antes del ius comune era inconcebible el hecho de la monarquía absoluta.

En lo que hoy es España, abajo se encontraban los musulmanes y encima los territorios
cristianos (condado de Barcelona, reino de castilla, reino de navarra, corona de Aragón).
Nos vamos a centrar en los reinos de Castilla y Aragón.

CASTILLA

Alfonso X el sabio, artífice de la traducción de su lengua e inventor de 3 nuevas normas:


fuero real, espéculo (espejo) y las 7 partidas. Va por cada señorío proponiendo cambiar
el fuero del sitio por el suyo nuevo. Se produce una guerra civil ante el desacuerdo.
Alfonso propone reunirse en las cortes de Zamora proponiendo retirar los fueros pero 3
tipos de conflictos (mujer violada casa quemada tregua quebrantada)iban a ser juzgados
por su fuero a partir de 1274. Llegan a un acuerdo y es la primera vez que se aplica una
norma en todo el Reino.

En 1347, en las cortes de Alcalá de Henares se cambia el sistema, todos los pleitos tienen
la misma categoría y se establece un orden de prelación de fuentes: orden que el juez
debe seguir para resolver un conflicto con las normas disponibles. Este orden tiene tres
peldaños: leyes, fueros y partidas. En 1347 el número de leyes era relativamente
disminuido. Una vez buscada la ley en las cortes, busca en los fueros y a defecto de estos,
se busca en las partidas

Al no cumplirse este orden, en 1505 se aprueban las pragmáticas (leyes que el rey
dictaba sin pedir consentimiento), en un segundo peldaño estarán a las leyes y en caso
de lagunas, se acudirá al rey

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María Díez Rodríguez 2º CUATRIMESTRE (2018/2019) PABLO GUTIERREZ VEGA

Las leyes que prohíban casos concretos que se contradigan con fueros posteriores, no
tendrán efecto en la zona foral concreta pero si en todo el territorio donde no se
establezca lo contrario. Pero si la ley es posterior a 1347, por la prelación de fuentes, se
aplicaría la ley antes que el fuero.

Cuando las cortes estaban en descuerdo con la pragmática del rey, este se comprometía
a no aplicarla pero no la derogaba (fórmula obedézcase perno no se cumpla) Las cortes
de Castilla son unicamerales y estaban divididas en estamentos (nobleza, clero y
representantes de las ciudades).

El rey de Castilla pidió a un especialista, alguien que había estudiado en Bolonia(obispo


de Huesca) , que le ayudase a recopilar todo el derecho existente (código de Huesca).

ARAGÓN

Aragón tiene un rey y unas cortes. Tienen las mismas instituciones que había en castilla.
El parlamento británico es bicameral (cámara de los comunes y cámara de los lores). En
1500 una persona es menor de edad hasta que muera su padre. Para ser padre de familia
debías estar casado por la iglesia, tener descendencia, un domicilio fijo, oficio conocido
y una renta o patrimonio

En las cortes solo estaba representado el 1% de la ciudadanía. En Aragón hay 4


estamentos: nobleza clero representantes y caballeros (hidalgos, varones, duques)

PREGUNTA IMPORTANTE.: ¿SI USTED ES NOBLE Y TIENE QUE CONSEGUIR QUE SE


ADOPTE UNA DECISIÓN FAVORABLE A SUS INTERESES CONTRA EL CLERO Y CIUDADANIA
POR QUE PARLAMENTO PREFERIRIA REGIRSE? EN ARAGÓN RESULTARIA 2VS2, EN
CASTILLA 1VS2, EN INGLATERRA 1VS0 PORQUE LOS LORES EMPATARIAN EN LA DECISION
Y LOS COMUNES VOTARIAN QUE SI

Existe una tercera institución: El Justicia Mayor de Aragón es un arbitro entre el rey y el
reino, entre su rey y sus cortes. Dictaba sentencias conocidas como observancias. Dos
garantías del Justicia Mayor de Aragón son la inamovibilidad de las magistraturas, y el
hecho de que el cargo sea hereditario.

El rey está obligado a convocar las cortes dos veces al año. El justicia mayor de Aragón
tenia como función reparar los agravios producidos por el rey cuando este elaboraba
leyes en contra de los fueros. Antes de que se iniciase las cortes cada 6 meses tenían
que reparar estos agravios. El agravio más habitual era el desafuero: cuando una norma
vulnera a una precedente (pragmática a un acto de corte, no a una ley. En Aragón se
copió el fuero de Jaca.

No había el escalonamiento propio de castilla si no que existía una unión de todos ellos
conocida como los fueros de Aragón.

PRACTICA 1

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Texto 1: el fragmento esta sacado de un acto de corte (tipo de norma que procede de
las cortes aragonesas y son acuerdos unilaterales entre el rey y las cortes durante la
Edad Media). El justicia mayor de Aragón puede actuar de oficio. Se amplia el numero
de casos y el número de personas para intervenir. El cargo es inamovible y el cargo es
hereditario, estas son garantías en las cortes aragonesas de los árbitros. Juan de Lanuza
el chico fue un noble aragonés de la Casa de Lanuza. Como muchos miembros de dicha
casa, detentó el cargo de Justicia de Aragón (1479 y 1498) entre otros oficios de la
administración de la Corona de Aragón.

REYES CATÓLICOS

Sevilla 1500, la corona de castilla se compone de del territorio de castilla, las isalas
baleares y algunos terriotorios americanos y los señoríos vascos no fueron anexionados.
Castilla y Aragón se unen y forman la monarquía católica o monarquía hispánica
universal.Supone la existencia de la monarquía la extinción de los reinos y coronas? No.

Los reyes intentan evitar este puzle normativo (mas de 1000 fueros) pero no lo
consiguieron. Para la totalidad de las personas no era bueno crear un derecho para todo
el territorio, pero los reyes expandieron una idea en la que fomentaron la uniformidad.
La MC se encuentra con una gran sorpresa: el descubrimiento de América donde hay
abundantes recursos (plata y oro). Llegaban y amenazaban en matarles si no se
convertían al cristianismo

Carlos I, hijo de los reyes católicos, tuvo que ir jurando fuero por fuero para reinar
Hispania. En la monarquía hispánica se dio un gobierno polisinodial. El rey gobierno
gracias a los consejos. Cada vez que el rey pisaba un territorio tenía que actuar en
condición de rey de ese territorio. Luego están los secretarios de despacho que eran los
intermediarios entre el rey y los consejos.

El dominico Fray Bartolome de las Casas, escribe una carta a los reyes donde explica q
se están cometiendo atrocidades con los indios y que se les considerase libres por
naturaleza. Esto supone que haya que llevar muchos esclavos (Sevilla tenia el mercado
mas grande del mundo de la venta de esclavos)

En 1473 es la fecha oficial en la que se pasa de la Edad Media a la Edad Moderna (caída
del imperio bizantino por los otomanos. El imperio Otomano (los de la puerta o los de la
sublime puerta) estuvo a punto de conquistar Europa entera hasta que la Corona de
Aragón lo frenase. La monarquía hispánica universal se conocía como la católica y su
único problema eran los otomanos que no eran cristianos.

El movimiento protestante fue uno de los problemas de la época y la monarquía se


ocupa de acabar con las personas que piensan asi. En Flandes se asienta el movimiento
protestantes.

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Son 3 decretos, tras la rebelión de los habitantes de valencia y cataluña contra el Rey con
motivo de la guerra de Sucesión: Carlos II (Austrias) mueres sin descendencia y Felipe
d’Anjou opta al trono (Borbones). La guerra es entre el archiduque Carlos de Austria y
Felipe d’Anjou. Aragón, a través de sus instituciones, se posicionó públicamente de parte
de Carlos. Los Borbones estaban unificando el derecho en Francia, que también tenían
fueros en cada Reino. En Aragón no quería que hicieran lo mismo y por eso apoyaron a
Carlos. En los decretos se unifica el derecho. En algunos reinos, como Cataluña se
restableció su derecho. Para restablecer hay que derogarlo primero.

En el primer decreto de Aragón, el derecho, las instituciones y los mecanismos son


derogados. Al igual que en el segundo decreto, menos en el derecho, que hay un cambio:
los asuntos civiles van a seguir rigiéndose por el derecho aragonés (se restablece, ya que
entre el 1707 y el 1711 no existe ese derecho). En Mallorca también fue todo derogado.
En cambio en Cataluña se mantuvo su derecho parcialmente con carácter residual. El
profesor Gutiérrez piensa que pasa al contrario que en Aragón, los asuntos penales
(criminales) van a seguir rigiéndose por el derecho catalán.
Con la decapitación de Juan Daluz por Felipe II deja de existir la figura del Justicia Mayor
de Aragón como cargo hereditario. Más tarde en el siglo XVIII Felipe V elimina
completamente la figura.

PRÁCTICA 2

Durante y después de la guerra, el nuevo rey (Felipe V) elabora los decretos de nueva
planta(práctica 2). Están destinados a los que fueron infieles al nuevo rey (no tiene
sentido porque no era rey, pero el se consideraba como tal). Las razones que Felipe da
para hacer lo que hace son falsas porque no hay falta de fidelidad al rey, lo que pasa es
que después prohíbe hablar la lengua del territorio. ((Pregunta de examen))→ ¿Por qué
se hace dos decretos sobre un mismo territorio? En el primero no hay derecho
aragonés, se borran las instituciones y los mecanismos; en la segunda parte del decreto,
sigue sin existir las instituciones borradas, los mecanismos de defensa (Justicia Mayor
de Aragón) pero en el derecho, se reinstaura el derecho civil pero el criminal sigue
prohibido. En Valencia se prohíbe su derecho, sus instituciones mecansmos; y en el
Catalán es al contrario que en Aragón, se prohíbe el derecho civil y se instaura el penal.
((((Pregunta de Examen)))) ¿Queda prohibido en el decreto catalán 1706 el acceso de
castellanos a instituciones catalanas y viceversa? No podrían porque en ese mismo acto
se derogan las instituciones catalanas.

Seguimos con los decretos de nueva planta. (((PREGUNTA DE EXAMEN))) Explique los
efectos de los decretos de nueva planta sobre navarra → Ninguno, porque navarra
estuvo a favor de Felipe V y este los respetó sin represalias..(..) le hubiese gustado a
Felipe V hacer otro decreto de nueva planta sobre Navarra? en líneas generales los DNP
tienen dos efectos; la abolición completa de las instituciones de los territorios y la
homogeneidad

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María Díez Rodríguez 2º CUATRIMESTRE (2018/2019) PABLO GUTIERREZ VEGA

Siendo los DNP uno del os episodios mas relevantes en el arco de 9 años, desaperece la

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mitad del derecho territorial de la MUniversal y entonces hubo que esperar a una guerra
para que se produjera por la razón de: he conquistado este territorio y elimino estos
derechos pero quedan 4 territorios que quedan exentos de estos decretos y siguen
funcionando. Una de estas funciones es la de seguir creando derecho. ¿se podía hacer
derecho mallorquín en esa época? No, no se hacia, estaban abolidas todas sus
instituciones .

Si bien un aragonés estaría más contento que un valenciano después de los Decretos de
Nueva Planta al menos en la medida en que en un aspecto muy puntual casi simbólico
de su vida social va a seguir rigiéndose por el derecho de sus ancestros, pero, sin
embargo, esto no ocurre en Valencia, por la concesión que Felipe V hace a Aragón pero
será una concesión envenenada. Si hubiera un problema, los tribunales aragoneses no

Reservados todos los derechos.


existen, entonces, ¿ya no queda en Aragón ninguna institución para resolver los
problemas? En los tribunales castellanos, aunque estuviera en Aragón si tratase de un
contrato se aplicaría si fuera 1750, el derecho de Aragón (fueros, Leyes de Cortes, código
de Huesca y las observancias).

TEMA 1

En la cultura jurídica preconstitucional, lo que un ser humano puede o no puede hacer


depende de su status. cuando es aceptada la idea de que la propia condición de ser h.
es suficiente para ser propietario de algunos derechos.

La armada invencible que la M Católica formo para conquistar Inglaterra, la flota mas
potente y grande mayor concebida. Estuvo a la vista de los ingleses en el horizonte pero
los capitanes no eran muy hábiles y se hundió la flota en una tormenta. Hubo una mujer
que dio a luz por pánico al ver la armada invencible, ese hijo fue Hobbes y este se declara
el hijo del pánico. Tomas Hobbes estaba viviendo una guerra civil. El anglicanismo era
mucho mas abierta de ideas y escribió la obra: Leviatán (monstruo, ogro) era un ensayo
de teoría política y estaban en la lista de los libros prohibidos.

Tenia ideas contrarias al catolicismo? No específicamente; tenia ideas muy


revolucionarias; planteaba una teoría, decía; estoy viviendo una época en la que
Inglaterra estaba embaucada en una guerra profunda. Sugirió una nueva forma de
organización donde haya mas probabilidades de que el s.h. mas débil sobreviva un día
mas

Lo que hizo famoso a hobbes fue lo que dijo: el hombre es un lobo para el hombre. Para
hobbes hay dos fases; 1 asociarse, de todos los sujetos disponibles todos van a participar
(pactus asocicinis) pero las personas pueden autoexcluirse (el no quiere que nadie se
excluya). La libertad de decidir no firmar un contrato es la primera vez en la historia que
todo el mundo tiene un derecho como mínimo (derecho de libre asociación): nace el
individuo.Todos renuncian a un derecho (segundo derecho) que tienen: la autotutela

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María Díez Rodríguez 2º CUATRIMESTRE (2018/2019) PABLO GUTIERREZ VEGA

(defenderse) a cambio de que un tercero será el encargado de aplicar la violencia que


sea precisa.

Para crear asociaciones eran necesarios. Thomas hobbes cree que a ese sujete al que le
vamos a atribuir el ejerciendo la violencia y que la use en beneficio del grupo antes que
sea una persona natural, sea artificial: el Estado (se le cede a través de un contrato la
sumatoria de todos los derechos a vengarse). Este pacto de sujeción tiene
contraprestaciones recíprocas; tiene como objetivo la seguridad.

Definición de Estado: ente que tiene el monopolio de la violencia legitima. Locke dice
que falla algo, los medios que el estado suele utilizar podrían llegar al extremo: un día
que me tomo 25 cervezas y digo q soy un asesino y el Estado me sacrifica: el que creo
que me va a proteger, me mata. El propone mejorarlo, en el pacto de sujeción entre la
sociedad y estado pongan 3 condiciones, renuncio a venganza pero no a cambio de nada,
los medios de los que dispongas para repartir violencia no van a ser absolutos; hay que
respetar la vida, la libertad personal y la propiedad privada.

Montesquieu escribe el espíritu de las leyes, después de leer leviatán y a Locke, proponía
que el mejor modo de evitar tentaciones al estado de lesiones, es mejor que de todas
las cosas que hace se divida en legislar, ejecutar lo legislado y juzgar los conflictos que
se deriven de las normas.

Thomas hobbes elabora la idea del contrato social. Una constitución es el acto de crear
un estado allí donde no estuviese. Un estado pero con unas determinadas características
porque un estado puede serlo promoviendo la violencia pero no puede ser un estado
constitucional.

IMPORTANTE ¿Cuanto se te tarda en constituir un estado? Un poder constituyente


elabora una propuesta y se somete a votación ante el parlamento. Cuando se redacta
una constitución, hay alguien que tiene que hacer un primer borrador y este se lleva
todas las criticas. Los padres de la constitución fueron 7 y elaboraron un documento que
se convertirían en la constitución actual. Cuando se hace una constitución se puede
optó por dos vías, por derogar todas las normas anteriores, derogar unas pocas normas
constitucionales y dejar vigentes otras (opción por la que optó España por ejm: El CC).
El proceso no fue realmente constituyente, los que participaron se basaron en decir si o
no, le ofrecen un proceso cerrado y lo aceptan o no.

Los ingleses son los padres del constitucionalismo pero su constitución no está escrita.
En bruselas hubo una convención para hacer una constitución europea. Hubo un
acuerdo final sobre el texto. Pero un Inglés dijo que si estaba escrita no la firmaba.
Hay partes de la constiticion inglesa que si están escritas. ¿Qué estudian los ingles en
derecho constitucional? Una obra que hace un autor a con comentarios de su cosecha
de la constitción Willian Blackstone; uno delos comentarios es el Bill of Rigths.

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María Díez Rodríguez 2º CUATRIMESTRE (2018/2019) PABLO GUTIERREZ VEGA

El art. 16 va a ser el eje donde va a girar todo. Toda la teoría de hobbes Locke y
montesquie se va a trasladar a una idea: fue en Inglaterra donde cuaja esta idea. En una
de las batallas religiosas (con algún sentido republicano) surgen los puritanos que
emigran a lo que hoy es estados unidos. El parlamento ingles es bicameral, en la cámara
de los lores existen lores espirituales (nobles) y lores temporales, por otro lado se
sentaban los comunes que representaban las ciudades. la revolución entre el
parlamento y el rey da como resultado el Bill of Rights en 1689

En 1215 el texto de Juan sin tierra, uno de los textos que inspira la constitución inglesa
donde aparecen una serie de derechos fundamentales en 13 artículos. Uno de los
artículos: es ilegal suspender leyes reales sin el consentimiento de las cortes. Este texto
es el primero de derechos fundamentales en nuestro entorno mas cercano
culturalmente hablando. Otro derecho es el de portar armas pero, el primer derecho
del pacto social es el derecho a no vengarse.. reflexione(((PREGUNTA DE EXAMEN))).

LIBRO: Marc tueint: un yankee de la corte del Rey Arturo. La palabra yankee proviene
de una guerra civil en estados unidos a mediados del s. XIX entre los que querían abolir
la esclavitud y los que no. Los que si querían vivían en el norte y el otro bando en el sur:
guerra de la secesión. A los del norte se les llamó los yankees y a los del sur los dixie.
IMPORTANTE!!

Cuando se descubre América se establecen las primeras colonias en el norte de estados


unidos. Cuando llegan los británicos y comienza un desplazamiento desde el este al
oeste hasta que llegan hasta las montañas. Empiezan a negociar los británicos con los
indios pero un día los indios se niegan a pagar impuestos del te porque no tienen
representación en el parlamento británico. La obtención de un titulo nobiliario te otorga
la posibilidad de acudir a la sala de los lores, que no los elige cualquiera como a los
comunes. Se hace una pancarta que pasará a la historia: no taxation without
representation. Se produce el motín del te. ¡PREGUNTA EXAMEN! En ese momento se
mandan tropas desde gran Bretaña y comienza una guerra civil. Es una guerra desigual
pero los indios están adiestrados para llevar armas desde pequeños. Los milicianos
indios rompen el estado social y se declaran dejar de ser súbditos de la monarquía y
dejan de tener una nacionalidad. Los habitantes de Virginia crean el Estado de Virginia
donde rechazan el derecho a vengarse por si mismo y reconocen derechos individuales
y se produce la constitución de Virginia.

En un periodo de tiempo muy corto, de un golpe, se crean 13 Estados nuevos que antes
no existían. Comienza a haber guerras entre los Estados y entonces entra en juego una
revista: el Federalista. No entre individuos, sino entre Estados y llevan a nivel superior
el pacto social (IMPORTANTE) y deciden unirse pero mínimamente. Esta unión se va
llamar confederación. Dejan claro que el poder constituyente va a tener potestad de
crear una constitución; durante la historia ha habido varios sujetos que se atribuyen a si

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mismo estos poderes. El resultado del ejercicio del que se atribuye los poderes
constituyentes son los poderes constituidos.

Si le echamos una ojeada a las 13 constituciones de los primeros estados y le hacemos


un test de constitucionalidad con el articulo 16, todas la pasarían. Todas reconoces
derechos individuales y la separación de poderes pero son distintas. John Locke fue el
precursor d la separación de poderes (ejecutivo, judicial, legislativo y federativo
(representación en el exterior)) tenían los ciudadanos de Conectica y Virgina los mismos
derechos? No. Los tenía la confederación que formaron los primeros Estados?
Separaban poderes pero no reconocían derechos individuales. Decidieron que estos
derechos quedasen recogidos en la constitución de cada Estado. Por lo tanto esta
confederación no tenia una constitución porque no pasaba el test de
constitucionalidad con el artic. 16. Disuelven esta confederación y deciden hacer otro
Estado: la Federación De los Estados Unidos; pasan de tener 13 estados, a 52.

1787 es la fecha de la nueva constitución que en la actualidad sigue vigente. Implanta


un sistema republicano, federal. Separan los poderes, es un sistema presidencialista el
jefe del estado tiene mas margen de maniobra con el poder ejecutivo y los ciudadanos
eligen directamente al presidente.

QUE ES UNA FEDERCIÓN? → PREGUNTA EXAMEN

Esto de federal consiste en que, los estados soberanos deciden renunciar a algunos
derechos, que gestionará la Federación de los Estados Unidos. Había dos tipos de
delitos: delitos estatales y delitos federales; los mas graves suelen ser federales. En la
constitución federal se produce una separación de poderes horizontal pero a la vez
vertical. Si un individuo roba una moto con el propósito de vender roba, quien debería
perseguirlo? Habría un conflicto de competencias entonces la Corte Federal Suprema la
que decide a última instancia quien tiene la competencia. En la Federación de los
Estados unidos no se reconocen los derechos universales, por lo tanto no se consideraría
constitución (no art, 16).(((PREGUNTA DE EXAMEN))) Los estadunidenses tienen a
algún derecho individual en cuanto a estadounidenses? No, no tienen ningún derecho.
Mas tarde se inicio un proceso constituyente para modificar la constitución e incluir
derechos fundamentales incluyéndoles enmiendas constitucionales pero en realidad
son anejos porque se acaba la constitución y empiezan la enmiendas y se aprueban 10
de golpe. (((PREGUNTA EXAMEN))) digan un derecho que están en las diez primeras
enmiendas: separación del Estado y la Iglesia, tenencia de armas (nos hemos centrado
en eso en el Bill of Rights). Los americanos no dicen tengo derecho a; dicen me acojo a
la 5º enmienda.

La sentencia Madboory y Madison es una sentencia capital para el derecho


constitucional, es algo novesodo porque antes no se había hecho algo igual.

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Estados unidos queda constituida pero en la constitución tiene que haber dos grandes

No se permite la explotación económica ni la transformación de esta obra. Queda permitida la impresión en su totalidad.
capítulos: uno que separe poderes (parte orgánica) y otro de derechos
individuales (parte dogmática). En 1791 es cuando deciden incluir las 10
enmiendas. El otro dia hablamos del poder constituyente que se encarga de
elaborar una constitución. Puede un poder constituido hacer una constitución?
Si según lo que hicieron los Estadounidenses de crear constitcion a partir de unos
artículos. Se puede cambiar la constitución del 78? Si. Se ha refromado? Si, en
dos ocasiones: extranjeros pero comunitarios participaran en el sufragio¨; la
segunda para imponer un limite para el endeudamiento publico. El proceso de
reforma constitucional se basa en la aprobación de los 3/5 de cada sala y después
debe ser sometido a referéndum vinculante.

Por que es mas difícil elaborar una norma constitucional que otra cualquiera? Según

Reservados todos los derechos.


la pirámide de Kelsen la constitución es la norma suprema del Estado y las demás
normas tienen que estar subordinadas a ella.

(((PREGUNTA EXAMEN))) principio de supremacía constitucional en el siglo XVI

EXÁMEN: HABLE DEL PRINCIPIO DE SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL EN EL SIGLO XVI.


→ NO SE PUEDE HABLAR PORQUE NO HABÍA IDEA DE CONSTITUCIONAL → SURGE A
TRAVÉS DE LA TEORÍA DE PACTO SOCIAL. Y ESTE PRINCIPIO CONSISTE EN ENTENDER QUE
L CONSTITUCIÓN ES UNA NORMA Y ENTENDER QUE ES JERÁRQUICAMENTE SUPERIOR
AL RESTO. ESTO ULTIMO FUE DICHO POR EL JUEZ MARSHAL EN LA SENTENCIA MARBURY
AND MARSHALL.Y QUEDO EXPLICADO POR PRIMERA VEZ EN LA US FED SUP COURT EN
1603.

¿QUÉ VENTAJA TIENE ESTE PRINCIPIO?


- Si es una norma superior no hay una inferior contraria pero si es contraria que pasa?
No se habla de norma anticonstitucional sino de normas inconstitucionales y normas
constitucionales. Se puede llevar un control previo de la constitucionalidad. Y la única
manera de ratificar un tratado que sea contraria a la constitución es reformar la
constitución. El control de constitucionalidad puede ser anterior o posterior a la norma
y puede dirigirse ese control a un sujeto o a muchos sujetos. Hablamos por otro lado del
control concentrado. En EEUU el control lo hacen todos los jueces. En nuestro país el
único sujeto capaz de derogar una norma contraria a la constitución es el TC (erga
omnes).
En España hemos tenido 9 constituciones. La actual es una constitución

TEMA NAPOLEÓN Y GUERRA DE INDEPENDENCIA. REVOLUCIÓN FRANCESA

El rey convoca los Estados Generales para tratar asuntos de interés general, y esto en la
monarquía francesa era poco frecuente. Se convocan porque no se tenía en cuenta el
riesgo que esto podía tener. Los San culots era personas que no eran ciudadanos y hay
revueltas callejeras. Los representantes de los estados se reúnen y el tercer estado se
levanta de sus escaños y se trasladan a otro edificio y se reúne en el juego de palma
declaran constituidas la Asamblea nacional con unas palabras y en este momento se

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María Díez Rodríguez 2º CUATRIMESTRE (2018/2019) PABLO GUTIERREZ VEGA

produce la revolución.
Hablamos el Tercer Estado de Sielles. La asamblea decide constituir un Estado, a no va a
ser la monarquía francesa si no que ahora va a ser Francia. Se abroga el poder
constituyente que no es otra cosa que la de dotarse del objetivo de una constitución
para instaurar un nuevo Estado. La asamblea cree que el nuevo estado debe de seguir
teniendo un rey y el rey se da cuenta de que la situación que habría de ostentar en el
nuevo estado era muy diferente a la que tenía y por lo tanto intento frenar. Se limitaron
las facultades de la Iglesia. El nuevo Estado francés quería tener autoridad para elegir los
obispos y esto era inaceptable para la Iglesia. En Agosto se da la declaración francesa.
Todo esto hizo pensar al monarca y hubo una conspiración por parte de la monarquía
para que la constitución no alcanzara su fin. Para que quien haga la constitución no se
haga a medida para que quien la haga cuando se aprueba tenga poder se hace algo. El
rey tiene poder de veto y veta dos decretos. En una convención en 1792 se rompe
violentamente y se declara derogada la constitución anterior y se establece que el habrá
una república y se da la necesidad de una nueva constitución y en 1793 es ratificada en
referéndum por el propio pueblo francés. Empieza el terror y se da el enfrentamiento
entre Jacobinos y Girondinos. El hecho de que triunfen los jacobinos con Robespierre y
todas las monarquías se unen contra Francia. Se crea en Francia el comité de salud
pública y todos los que no pasan el test pasan la guillotina y se crea un clima de
inseguridad pública manifiesta que no se resuelve y que convive con el enfrentamiento
con el resto de monarquías. Se termina guillotinando al propio Robespierre. Los
historiadores discuten si lo que ocurre después con Napoleón si esto es el último
episodio de la revolución o si es el lo que termina con la revolución. Hablamos del liberté,
egalité, fraternité.
El art 5 es el más importante que existe en el mundo. Establece el principio de libertad.
Tiene que servir de guía (ver el art) El hombre puede hacer todo lo que quiera salvo lo
que este prohibido. En ese sentido la libertad es el punto de partida, la base de la que se
parte y lo más probable es que haya actividades prohibidas por la ley pero uno puede
hacer todo lo que la ley no le prohíbe
El estatuto de Bayona no era una constitución según el profesor pero si según napoleón.
Napoleón es consciente de que corren nuevos aires por Europa donde es cada vez más
común que los países tengan una constitución y en este sentido hablamos del pacto
social y Napoleón se refería a este como un pacto de sujeción con todos los habitantes
de la nación.

Hablamos de un derecho individual que antes no existía, el derecho a escribir nuevos


textos. Si pedimos en la librería española un libro que sea anterior a 1810 en la página
debería de haber una autorización que no tenía otro fin que el de evitar la difusión de
ideas.

Tras las enemistades entre Francia e Inglaterra, Napoleon intenta hacer un bloqueo
naval a través de Portugal. Carlos IV deja a sus tropas entrar de manera libre y
estos aprovechan para invadir España.

Entre las primeras medidas que toma el nuevo rey están movilizar las infraestructuras y
adoptar el Estatuto de Bayona mientras que la familia real sigue viviendo en esta zona,

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María Díez Rodríguez 2º CUATRIMESTRE (2018/2019) PABLO GUTIERREZ VEGA

jose Bonaparte se traslada al territorio. Se produce un fenómeno estudiado por los


historiadores: los ilustrados españoles están contentos de que se haya producido este
cambio dinástico.

El estatuto de Bayona no es una constitución, no superaba el test de constitución


mínima del Art 16 y porque no existe algo que es consustancial: no hay nada
revolucionario. Se forma un grupo en la sociedad que se va a llamar afrancesados que
se sublevan el 2 de mayo en Madrid y casi simultáneamente en otras ciudades lo que da
pie a la guerra de la Independencia. Esta guerra genera el sentimiento de fraternidad
entre toda España. Se usó la técnica de la guerrilla que se ha exportado a todo el mundo.
Las tropas británicas se involucran en este guerra y esta empieza a equilibrarse. Año
1808, Madrid es liberal, ¿a que país pertenece? Es una republica? Lo que ocurre es que
si se pretende que siga siendo lo que era antes, Monarquía hispánica universal no puede
ser por que el rey es José I. Al territorio ocupado por los Curros Jiménez en vez de
preguntarse quien manda dicen aquí mandamos nosotros, los españoles, y aquí parece
que nace este país.

Se crea la junta central de Defensa (IMPORTANTE) donde empiezan a participar


personas con una talla intelectual superior (Jovellanos, profesores de universidad,
militares de alto cargo) una de las primeras decisiones de esta junta es declararse
depositaria de la soberanía del rey; esto tiene dos significados; se esta manteniendo una
línea continua entre el antiguo régimen y el futuro régimen. Tuvo su sede durante
mucho tiempo en Sevilla.

La monarquía se rodeaba de muchos consejos. Hay uno que no se cita: consejo de


Regencia (EXAMEN!!) (órgano colegiado de plena confianza del rey que actuaria en el
espacio temporal en el que el rey estuviera inhabilitado) y asume las riendas del
gobierno.

Jovellanos empieza a tener importancia en la Junta Central y se lee las respuesta de la


consulta a la nación y no le hace caso; no había ninguna respuesta de la consulta que
coincidiera con lo que hizo y propuso un sistema de cortes inglés, bicameral. El cree que
la mejor opción es que la nueva monarquía se aleje del modelo francés y se acerque a
la monarquía parlamentaria al estilo inglés.

La elección de representantes se decidirá en Cádiz en 1810. A estas cortes iban los


representantes de las ciudades, había representantes de la Junta de Defensa (personas
que no eran ciudadanos (miserables, menores, rústicos, mujeres no llego ninguna)). La
revolución norte americana tuvo mucha repercusión y se cogió de ejemplo. La primera
reivindicación de los lideres criollos es que, si quieres que defienda la ciudad, tengo que
estar representado en las cortes.

El dia 24 de septiembre de 1810 se crea la nación española IMPORTANTE

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María Díez Rodríguez 2º CUATRIMESTRE (2018/2019) PABLO GUTIERREZ VEGA

CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ

Los diputados que componen este congreso y que representan a la nación declaran
legítimamente constituido en Cortes Generales y extraordinarias y que reside en ellas la
soberanía nacional.

No conviniendo que queden reunidos el poder legislativo, el ejecutivo y el judiciario,


declaran que se reservan las cortes generales y extraordinarias el ejercicio del poder
legislativo en toda su extensión.

Se elimina la jurisdicción eclesiástica y militar, estamos hablando adema de una


constitución larga con 384 artículos, que son bastante, las venideras serán bastante
menos profusas en su articulado. Es una constitución en la que no está claramente
definida la parte orgánica y la dogmática, es decir no hay una parte que se dedique a la
división de poderes y otra en la que se hable de derechos, cosa que ocurrirá justo
después. No se dan ninguna pero SI se reconocen los derechos individuales, POR
PRIMERA VEZ. Van a permitir que haya una mayor facilidad para tomar decisiones en el
ámbito público.

Hablamos del art 303 que decía que no se utilizará del tormento ni los apremios (trámite
procesal cuando alguien tiene una deuda cuyo plazo a vencido) El art. 304, dice que
tampoco se llevará acabo la confiscación de bienes, cosa que ocurría por primera vez.

También hablamos del derecho a la mediación y al arbitraje, pero dónde encontramos


toda esta relación de derechos individuales y eso hay que leer la constitución de Cádiz.
El título V, de la justicia.

En los poderes, está mejor articulado, en el decreto de instalación de cortes, las cortes
constituyentes decían que era conveniente la división de poderes y en la Constitución,
el esquema clásico e una constitución como esta era:
IMPORTANTE!
Ejecutivo → Al Rey y no al gobierno (en la actualidad al revés)
Judicial → A los jueces y tribunales
Legislativo → Al Rey y las Cortes y es muy importante fijarse en el modo en el que se
explica esa cootitularidad (el rey y las cortes, el rey con las cortes, el rey o la cortes..)

En el caso de la constitución de Cádiz, capítulo 3 del título 2º art. 14 al 17. La creación


del gobierno es posterior, cuando habla de gobierno se refiere a toda la organización.

El art 1 habla de Españoles de ambos hemisferio. ¿Qué es un Español?


El art 4 es el que más claro responde esta pregunta hombre libres nacidos y avecinados
en España (10 años de vecindad y libertos que adquieran libertad en las españas)?

Art.5 Son españoles:

- Todos los hombres libres nacidos y avecinados en los dominios de las Españas y los hijos
de estos(...).

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María Díez Rodríguez 2º CUATRIMESTRE (2018/2019) PABLO GUTIERREZ VEGA

- Los que sin ella ( carta de naturaleza) lleven diez años de vecindad, ganada según la ley,

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en cualquier pueblo de la monarquía.
- Los libertos desde que adquieran la libertad en las Españas.
.Hay que conocer la división territorial de nuestro país en el momento en el que este
fue considerado como tal por primera vez. ART 10.

En Cádiz se abole la esclavitud? No, la da por sentada. Hay un número de requisitos que
hay que cumplir, según los art de las constitución, una serie de requisitos para ser
español de una determinada condición. No todos los que viven en España se pueden
entender como españoles (esclavos, negros..). Hablamos del art. 24, donde se dice que
un negro tenía que merecerse la libertad. Las propias cortes pedían a algunas personas
que aún siendo españoles, querían ser ciudadanos y esto se llevaba a cabo por una serie
de méritos, servicios a la patria como por ejemplo participar en las guerras de
independencia contra los supuestos rebeldes.

Reservados todos los derechos.


Art 24: Los españoles que por cualquier linea son habidos y reputados por originarios de
África, les queda abierta la puerta de la virtud y el merecimiento para ser Ciudadanos.
En consecuencia las cortes concederán carta de ciudadano... (ver para completar)
No fue la primera constitución vigente en la América española. Hablamos de la
constitución de nueva granada de 1811.
Dentro de la parte orgánica y concretamente del poder legislativo (procedimiento
legislativo ordinario) Cap VIII, Tit III hay que decir:

Aquí es donde se produce el pulso político de mayor tensión entre el rey y las cortes. De
igual manera que con el presidente de la república y de las cortes republicanas. El
trámite es: se propone la ley a trámite y las cortes pueden admitir que se tramite o no.,
debate, enmiendas (a la totalidad, o parciales) Se somete a votación donde hace falta
un quorum que dependerá de la naturaleza de la y que se trate. Después la solemne
promulgación, la sanción del rey y su publicación en periódico y el período de vacatio
legis.

En la Unión Europea el esquema es el siguiente:

LEGISLATIVO (Parlamento y Consejo de Ministros)


EJECUTIVO (Comisión europea)
JUDICIAL (TJCE)

IMPORTANTE!
Hablamos de la confesionalidad católica y del aspecto programático de la constitución
con sus tres grandes objetivos: unidad de fueros, unidad de jurisdicciones y la unidad
de códigos. Estos objetivos a a generar suspicacias en los territorios que tienen fueros
todavía (los tres señoríos vascos y navarra). No había eliminado estos fueros pero cuso
disgustos como el hecho de cambiarles el nombre a esos “países o reinos” porque los
llamaban provincias, esto era un ataque muy profundo a la autonomía foral de estos
territorios.

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María Díez Rodríguez 2º CUATRIMESTRE (2018/2019) PABLO GUTIERREZ VEGA

En 1814, vigente la constitución, regresa de Francia Fernando VII y se había creado por
parte de quienes le apoyaban, una campaña mediática muy importante hasta el punto
de que llevaba como apodo “el deseado” porque se entendía que la nación en su
conjunto no podía dormir estando este secuestrado. Regresa y cuando se le van
recibiendo, las expresiones que le acompañan son vivan Fernando VII, vivan las cadenas.
Esto quiere decir que los partidarios de la monarquía absoluta estaban ganando terreno
y esto hizo que Fernando se negara a sancionar la constitución misma y no solo eso, sino
que derogó la constitución y se dieron 6 años en que se volvió a la situación anterior,
donde se prohíbe la libertad de imprenta y eliminando toda la obra gaditana y todos los
decretos tantos pre como pos constitucionales y España vive de nuevo en monarquía
absoluta, además Fernando VII toma represalias y lo que ocurren es que los liberales
seguían gozando de apoyo popular y en 1820 el general Riego da un pronunciamiento
(golpe de estado) y dice que en las cabezas de san Juan quedan restablecida las
Constitución de Cádiz

Fernando VII , convoca a sus amigos para que invadan España, con los 100 mil hijos de
san Luis y empieza la década ominosa. En 1823 ? el rey muere sin descendencia
masculina y siempre que ocurre eso se lía. Entra en juego la Ley Sálica y se necesitan
detalles debido a su importancia
Candidatos: Isabel II y Carlos La complejidad es mayor porque la muerte de Fernando VII
tuvo lugar como un período en el que sus facultades físicas y mentales quedaron muy
mermadas y que terminaron con la firma de decretos que estaban falsificadas o en
contra de su voluntad. La pregunta era si podía reinar una mujer. Y se pretende explicar
que la pregunta a lo largo de tiempo ha sido alterna y no se sabe que podría ser más
beneficioso. Esto tiene una repercusión más alta en el sentido de que los seguidores de
Carlos y de Isabel se van formando en una idea política. Los Isabelinos eran los
constitucionalistas o liberales que pretendían restaurar la constitución y era partidarios
de una regencia. Para los territorio forales y en cierta medida Aragón y Cataluña era más
peligrosa la vía isabelina que la carlista
en 1833 se inicia la primera guerra carlista. Ha habido varias. Han sido de baja
intensidad, no hubo batallas a la napoleónica. No dejaron de ser guerras continuadas en
el tiempo que se luchaban a través de guerra de guerrillas y se diferenciaba a d ella
guerra de la independencia. Las batallas entre carlistas e isabelinos tuvieron lugar en la
península, concretamente en el norte

Se hablaba en este momento de unidad de fueros y a los territorios forales no le


interesaba, de ahí la expectativa. El lema carlista es PATRIA, CRISTO Y REY. Hoy día existe
el CTC (constitución tradicionalista carlista). La reina regente concede el llamado
Estatuto real 1834. Estamos hablando de un real decreto para la convocación de las
cortes generales, una serie de instrucciones, o que se esta dando son una especia de
indicaciones especiales. El estatuto real tendría 54 artículos. Lo que demuestra que no
hay un número exacto e artículos para hacer una constitución. No hay un poder
constituyente y separación de poderes realmente no hay neta separación sino una tutela
genérica de los poderes que se crean.
Las provincias se dividen en partidos judiciales, que pueden corresponder con uno o

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María Díez Rodríguez 2º CUATRIMESTRE (2018/2019) PABLO GUTIERREZ VEGA

varios municipios y estos se dividen en municipios o parroquias, esto ultimo porque el


sistema de sufragio de Cádiz pretende que sea la iglesia la que controle la base de esas
votaciones, dentro de la iglesia. Esto hacía que si un judío quería votar tenía incluso que
rezar una oración que no era la suya antes de votar. En la parroquia votaran quienes son
ciudadanos.
Se pretende crear una carta otorgada que satisficiera a carlistas y a constitucionalista.
Pero realmente no satisfizo a ninguno ya que los carlistas vislumbraban la posibilidad de
ganar la guerra y no aceptaron las concesiones monárquicas, tampoco quedaron
contentos los constitucionalistas.

La constitución de Cádiz fue el último episodio del A.R. La constitución no fue jurada por
una sola persona. Las cartas en vez de enviarse a las personas se mandaron a las
corporaciones. Había dificultad para salir de esta mentalidad corporativa, y es el
liberalismo con el que surge la idea de que la persona tiene que ser ese centro de
gravedad. Otra cuestión es que la práctica demostró que los súbditos de la monarquía
iban a las cortes a presentar sus quejas, de manera igual a como se hacía antes, por
ejemplo con la reparación de agravios. Los liberales consiguieron que el rey justo antes
de morir firmara para que pudiera gobernar una mujer.

El conflicto podía llevarse a cabo de dos maneras: con cañones o con estudios detallados
y se opta por los cañones, la guerra carlista.
Decreto de las cortes de 10 de noviembre de 1810 , sobre la libertad política de imprenta.

Art.3 Los autores e impresores serán responsables respectivamente de abuso de esta


libertad

art. 4 Los libelos infamatorios, los escritos calumniosos, los subversivos de las leyes
fundamentales de la monarquía, los licenciosos y contrario a la decencia pública y
buenas costumbres serán castigados con la pena de la ley, y las que así se señalan

Art.6 Todos los escritos sobre materias de religión quedarán sujetos a la previa censura
de los Ordinarios eclesiásticos, según lo establecido en el Concilio de Trento.

Discurso Preliminar de Argüelles dice que esta Constitución se ejecutará sucesiva y


gradualmente de modo que el todo se halle en ejecución antes del 1 de enero de 1813.

Dos años después de haberse ejecutado enteramente esta constitución se establecerá


la libertad de imprenta mediante una ley de Cortes.

En la constitución política de la monarquía española de 1812doce en el art. 371 se dice


que todos los españoles tienen la libertad de escribir imprimir y publicar sus idea
políticas sin necesidad de licencia, revisión o aprobación alguna anterior a la publicación,
bajo las restricciones y responsabilidad que establezcan las leyes.

El derecho constitucional trata de resolver el problema de si el hecho de que si el hecho

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María Díez Rodríguez 2º CUATRIMESTRE (2018/2019) PABLO GUTIERREZ VEGA

de que el discurso preliminar dirige que hace falta una ley que apruebe esa libertad de
imprenta significa que esa ley es necesaria para que el 371 de la constitución de Cádiz
se aplique con todos sus efectos.

La constitución de 1837 podía decirse que sí es una nueva constitución aunque todavía
se tiene la duda de si la Constitución de 1837 es nueva o una reforma de la de 1812.

La Constitución de Cádiz se creía que era la norma jurídica suprema, de manera que si
alguien hubiera deseado reformarla podría hacerlo. El argumento a favor sería el
preámbulo que dice: siendo la voluntad de la Nación revisar, en uso de su soberanía, la
constitución política de 1812, es decir.
IMPORTANTE!!
Cuando se lleva a cabo una nueva constitución se deroga la anterior si que haga falta que
se haga explícitamente, se da por sentada. Pero esto tiene un inconveniente, porque una
constitución necesita un respaldo jurídico. Nuestra actual constitución no deroga la de
la república, nuestra constitución deroga las 7 leyes fundamentales del reino y 2 leyes
que tienen que ver con el derecho foral. Y además hay un derogación implícita sobre las
normas preconstitucionales contrarias a la constitución. El efecto derogatorio de la
constitución. Una constitución por promulgarse no deroga el derecho preexistente. La
constitución no tiene efecto derogatorio, aunque si podría hacerlo, aunque no suele por
puro pragmatismo. Cuando se dice implícitamente que serán derogadas todas las
normas contrarias a la constitución se duda sobre a cuales se refiere
En 1837 se barajan varios ensayos, uno de los que más dudas genera es la ley del 7 de
septiembre de 1837, posterior a la constitución del 37, en la que se toma una parte de
la constitución de Cádiz literalmente y se incluye en la ley, en una época en la que no se
tiene claro cual es la importancia de la constitución. Lo que ocurre es que el poder
legislativo escribe una ley copiando un poco de la constitución de Cádiz. La pregunta
sería, esa ley qué rango tiene con respecto a la constitución el 37? Desde un puto de
vista técnico, esa ley podría declararse inconstitucional, la constitución del 37 se hizo por
partes, por ello en esta época se habla del laboratorio constitucional.

Con los poderes constituidos podemos decir que el dispositivo orgánico parece casi
clónico. Hay que detenerse en el poder legislativo, para ver que cambios hay respecto a
la constitución del 12 (procedimiento legislativo ordinario) dos cambios fundamentales:

- La iniciativa legislativa: en el 12 el rey no podía proponer leyes y en el 37, además de


los diputados, el rey SI puede. No estaríamos hablando solo de un veto suspensivo, si no
que el rey en este caso podría negarse a la sanción.

- En lo que toca al principio de supremacía constitucional, de nuevo no se dice nada


sobre su jerarquía. Desaparece el procedimiento de infracción de la constitución y la
reforma es más flexible. Reformar la constitución solo sería un poco más difícil que
reformar una ley.

- Atenuación del principio de confesionalidad católica (art. 11).

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IMPORTANTE: FUEROS!!

No se permite la explotación económica ni la transformación de esta obra. Queda permitida la impresión en su totalidad.
La constitución del 12 menciona los fueros, su objetivo era la unidad, y esto es lo que
suscita mayor suspicacia a los defensores de los fueros.

Nuestra constitución vigente habla de los fueros. El derecho foral sigue vigente, todavía
no se a producido esa unificación de fueros. El concierto vasco es una de las
particularidades de su régimen foral, es una especie de alquiler para estar en España.

El laboratorio constitucional: La constitución del 37 es una reacción al fracaso del


Estatuto Real. En 1836 se reconoce la independencia de la mayor parte de la América
hispana. No es una pérdida completa, Cuba, Puerto Rico y Filipinas se perderán más
adelante. La España de 1837 sigue siendo esclavistas, uno de los países más esclavistas
del mundo. Con la constitución de 1837 se aborda la eliminación de los derechos forales
residuales. En 1839 se produce el primer armisticio (abrazo de Vergara, entre Espartero

Reservados todos los derechos.


y Zumalacarregui). Y se produce el desmantelamiento de los derechos forales navarro,
Vizcaino y guipuzcoano, destaca la ley paccionada de 1841. La Ley de octubre de 1839
es el resultado de las tensiones entre carlistas y liberales, se discute el reconocimiento o
la eliminación de estos fueros. Esto es un logro para los liberales porque hasta entonces
los derechos forales habían estado vigente por ser históricos y lo que ocurre ahora es
que por primera vez se regulan por ley. Podría parecer una victoria carlista porque se
reconocieron los derechos forales, pero los liberales al haber conseguido regularlo por
ley, podían elaborar una ley que acabara con ella. De hecho un año y medio después se
hace una ley que no reconoce los derechos forales, era la ley Paccionada, se llama
paccionada o pactada para dar la sensación de pacto entre liberales y carlistas cuando
esto no había sido así. La ley paccionada produce cambios con respecto a las del 39:
Se conserva el derecho civil (navarro, vizcaíno, alavés...); Se conserva el derecho
criminal; Supresión del derecho procesal; Supresión de las aduanas;
Se establece la contribución única; Particularidad del régimen municipal (pastos
montes); Reconocimiento de las diputaciones forales.

Es una ley que no termina con los fueros pero que anuncia la unidad de fueros. La ley
paccionada es el origen de la segunda guerra carlista, al haber eliminado ciertas
instituciones forales.

Con esto llegamos a la Constitución del moderantismo, 1845, cuando Isabel alcanza la
mayoría de edad. Entre los constitucionalistas hay diferencias. Dos tipos de liberales : el
progresistas (Espartero) y el moderado (Narváez). Y empieza a haber más tensión entre
ambos. En este momento no es la mayoría parlamentaria la que puede decidir quién es
el responsable del gobierno, es la reina de la monarquía parlamentaria.

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María Díez Rodríguez 2º CUATRIMESTRE (2018/2019) PABLO GUTIERREZ VEGA

ÚLTIMO TEMA HISTORIA DEL DERECHO (FORALIDAD, CONSTITUCIONES, RESTAURACIÓN)

IMPORTANTE: CUADRO SOBRE TODAS LAS CONSTITUCIONES!!

La constitución de 1876 es la constitución del sexenio revolucionario.

La constitución de 1876 lo es desde que se publica hasta que primo de Rivera la suspende
temporalmente y no la deroga.

La Constitución del 31 tiene vigencia hasta el 36 (inicio de la guerra civil).

La foralidad.

Es el hecho de que algunos territorios de nuestros país estén regidos por un tipo de normas
que se llaman fueros.

Se mantuvo en muchos casos su vigencia durante bastante tiempo como una seña de
identidad de ese colectivo, al que estaban particularmente apegados.

Felipe V eliminó los reinos que formaban parte de la monarquía: cataluña, Valencia navarara y
Aragón, pero no eliminó todos los fueros que quedaban en la monatquía.

Existía el Derecho castellano, Castilla fue el Reino que acabó encarnando a España, pero
Castilla no era España ni nunca se llamó a sí misma España.

Cuando desaparecen esos Derechos forales, siguen sobreviviendo el Derecho navarro,


vizcaíno, gipuzcoano y el alavés, los cuales se calificaban a sí mismos de forales porque el
castellano se había convertido a sí mismo en español.

Ahora sí, el castellano puede identificarse con el español. Porque había cortes españolas, rey
español etc.

Si recordamos, la constitución de 1812 tenía como objetivos: unidad de jurisdicciones, unidad


de fueros y unidad de códigos.

Loewenstein divide las constituciones en:

- Las constituciones garantía (aquella cuyo máximo objetivo es garantizar que los
derechos de los individuos sean salvaguardados).
- Constituciones de objetivo, de dirección, (aquella que mira hacia el futuro y no hacia el
presente y está preocupada por conseguir que la sociedad sea distinta).

La constitución del 12 intenta eliminar jurisdicciones distintas a la española, pero la jurisdicción


militar quedó y queda hoy vigente todavía.

En 1829 se crea el código de comercio, en 1848 el código penal y en 1889 el código civil.

Con la unidad de fueros no se habla de quien juzga, sino conforme qué Derecho se juzga.

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En 1833, cuando muere Fernando VII, empieza la primera guerra carlista. Los partidarios de
Isabel optan por la unidad de fueros, mientras que los partidarios de carlos prometen
mantenerlos.

En 1837 termina la primera guerra carlista con el convenio de Vergara, fue una guerra en la
que los dos bandos estaban muy cerca de vencer, de modo que el armisticio es entre dos
ejércitos casi iguales.

En 1837 se aprueba la constitución en la que se trata a Guipúzcoa, Álava, Vizcaya y Navarra al


mismo nivel que los otros territorios.

En 1839 una ley de cortes reconoce la plena vigencia de los fueros de Vizcaya, Álava,
Guipúzcoa y Navarra.

La ley de 1839 reconoce que sigan teniendo vigencia los fueros de Navarra etc después de la
primera guerra carlista, pero realmente fue un armisticio, no ganó nadie.

¿Si la primera guerra carlista no resultó la victoria de un bando sobre otro, por que la ley del 39
parece tan abiertamente ventajosa para los carlistas?

RESPUESTA:

Antes de las guerras carlistas los navarros tenían fueros porque siempre los habían tenido,
conforme a la teoría historiscista (tener derecho a algo porque siempre se ha tenido). Después
de la ley del 39 los navarros seguirán teniendo el mismo derecho porque una ley dice que lo
tiene, eso permite que el estado en el futuro decida tomar una decisión distinta a la que ha
tomado y no verse consternido por la historia. En el fondo es una derrota de los
constitucionalistas y en la forma es una victoria, porque lo que tenían antes por historia lo
tienen ahora por ley.

La constitución de 1837 no considera a los vascos un sujeto político autónomo.

Más tarde se les reconocerán sus derechos e instituciones y en 1841 se produce la ley
paccionada, la cual reconoce todo el Derecho civil de esos tres señoríos y el Reino de Navarra.

Con esta ley se reconoce el Derecho Penal hasta que haya un nuevo código en 1848, así como
Se eliminan las aduanas interiores etc.

En 1841, el legislativo se apropia de la legitimidad y sólo dos años después de reconocer todos
los Derechos reconocerá solo unos pocos, por lo que la ley paccionada es un acuerdo entre el
isabelismo (constitucionalismo) y el carlismo (absolutismo).

Como dije anteriormente, entre España y el país vasco había aduanas, por ejemplo al pasar de
Álava a Vizcaya etc.

Esas aduanas desaparecen y se prefigura el llamado concierto vasco, que es una figura que
consiste en una disparidad respecto al régimen de financiación autonómica ordinaria,
conforme al cual hay una administración pública única que distiende de ingresos y efectúa
gastos, la administración central única puede ceder a las CCAA la reclamación de ciertos
impuestos que le son propios, recaudan estas CCAA una cantidad de dinero que son sus

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ingresos y si son inferiores a los necesarios para cubrir los intereses de sus habitantes, el
estado puede darle dinero cuando lo necesite y el resto de las CCAA lo acepte.

Es decir, el país vasco y Navarra recaudan el dinero, y a su vez el país puede invertir más dinero
también en su mantenimiento, es decir, disponen del dinero que recaudan con sus impuestos
más el que le da el estado, a diferencia del resto de comunidades. El país vasco pagará sólo por
lo que debe.

En 1876 como era de prever hay una ley que deroga todos los fueros, y en 1876 se hará una
constitución.

El Derecho foral navarro existe a día de hoy porque está en la constitución desde 1978. Es una
organización bilateral estado- país vasco.

[Los libertos tenían un mayor número de derechos subjetivos.]

El concierto vasco y navarro siempre ha supuesto un beneficio para estos territorios y


detrimento para el resto.

Efectos que el mantenimiento de esos Derechos forales tuvo sobre otro tipo de fenómenos.

Para derogarse los Derechos forales, primero la ley de 1839 reconocía todos los Derechos
forales, después, la ley de 1841 reconocía sólo una parte y por último la ley de 1876 los
eliminaba todos.

Nuestra constitución actual tiene un articulado y unas disposiciones adicionales finales y


derogatorias, estas últimas:

1- Derogan las leyes franquistas.(aunque no todas, sino las llamadas leyes fundamentales
del Reino, que son siete).
2- Deroga las leyes de 1839,1841 y 1876.
3- Deroga todas las normas anteriores a la CE de 1978 que sean contrarias a ella. No
todas las normas son inconstitucionales (las anteriores) porque de así serlo, lo serían
también el CC etc.

Hay una alta probabilidad de que muchas normas preconstitucionales sean inconstitucionales,
pero habría que demostrarlo.

PREGUNTA:

Si la ley del 39 reconoce todos los Derechos de los señoríos vizcaíno alavés guipuzcoano y
navarro, mientras que las otras no.¿Es coherente que nuestra actual constitución derogue
estas constituciones que reconocen o derogan a los mismos ?

Por ejemplo si en una norma se dice que tienen que ser todas las mujeres rubias y en otra
morenas, ¿cuál deberá ser el color de pelo de las mujeres?

Al final de la disposición adicional de la constitución se reconocen los Derechos históricos, no


los fueros.

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Se reconocen los Derechos históricos de los territorios forales, que son cuatro (ya que el país

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vasco se hace después de la constitución del 78). Esos cuatros se refieren a Álava, Guipúzcoa,
Vizcaya y Navarra.

La disposición adicional reconoce y ampara todos los Derechos históricos, pero es


contradictorio que finalmente reconozca todos los Derechos.

Entre 1876 y 1978 ocurrió algo que repercutió en esta pregunta.

[Existió la ley franquista del fuero de los españoles.]

Otras leyes franquistas hacen que se deroguen los fueros que había hasta entonces.

En el 39 y 41 si se reconocían los fueros, en el 76 ya no, y en el 31 con la primera república no.

La CE de 1978 dijo que como había habido tantos problemas por la derogación o no de los

Reservados todos los derechos.


Derechos históricos.

Finalmente dice que mantiene los Derechos históricos (aparentemente para solventar estos
problemas).

La restauración.
Cuestión vista en clase: feministas que decidieron salir en procesión con una vagina, hiriendo la
sensibilidad de abogados católicos, los cuales presentaron una querella por lesión de sus
sentimientos religiosos, dando lugar a una investigación criminal a las feministas y sindicatos
que lo permitieron. Existe una figura que es el delito contra los sentimientos religiosos.

La Constitución de 1869 inaugura el sexenio revolucionario. (1868-1874).

Es una de las siete constituciones vigentes que se abren en la gloriosa, se suprime la


monarquía, se instaura la república y después se instaura una nueva monarquía diferente a la
anterior.

Es una CE en la que los Derechos fundamentales ocupan una posición mayúscula.

En ese periodo se instauró la república (1873 primera república), aunque esta constitución era
monárquica ¿Cómo es eso posible?, pues porque se proclamó la constitución antes de la
república.

La CE de 1869 instituye al pueblo y con ella se va ampliando el círculo de aquellos que pueden
considerarse españoles y ciudadanos.

La definición de la separación de poderes no difiere mucho de otras que se hicieron hasta ese
momento.

Durante ese sexenio revolucionario se produce el derrocamiento de Isabel II, el cual se vio
interrumpido por la primera república, del 73 al 74 en el cual disponen de una constitución
propia pero se produce un golpe de estado (pronunciamiento del general Martínez campos)
que evita su sanción y promulgación definitiva y conlleva a la disolución de esta.

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María Díez Rodríguez 2º CUATRIMESTRE (2018/2019) PABLO GUTIERREZ VEGA

Es la primera vez que se sustituye la monarquía por una república.

Se producen unas Cortes con vida efímera, en donde se establece una constitución mínima y
frente a la tripartición en ejecutivo legislativo y judicial habrá un cuarto poder que será el
relacional y lo ocupará el presidente de la república, ocupándose de las relaciones exteriores.

Se intentaba establecer una constitución federal, para lograr un estado federal dividido en
regiones y municipios.

En ese escenario empezaron a elaborarse proyectos de constituciones, como la de Galicia,el


país vasco, Cataluña o Andalucía, que empezaron a elaborar sus propias constituciones como
por ejemplo la constitución de Antequera (andaluza).

Nuestro estado actual es centralista, aunque lo llamemos de las autonomías, ya que no


vulneran el reparto de competencias que el estado previamente ha hecho.

El procedimiento de constitución republicana no es federal, lo que hace es marcar límites a la


ciudadanía de sujetos soberanos.

La soberanía de cada urbanismo, municipio, región o federación reconoce por límite los de la
personalidad humana.

En el federalismo, los sujetos deciden soberanamente, libremente deciden ponerse de


acuerdo, parte de la voluntad de varios sujetos de asociarse. El estado de autonomías lo ha
creado el estado español , el federalismo es hacer el camino inverso para hacer un estado
federal, hay que renunciar a España y al estado nación.

Una federación es la suma de algo que ya existe, no cabe que un organismo se

Autodivida , eso no crea una federación, la federación es un pacto entre iguales.

La primera república no tuvo éxito porque no se puede hacer un federalismo desde arriba,
tiene que ser desde abajo.

La propia constitución de 1873 está laminando los derechos de estos sujetos soberanos que lo
serán solo en la medida en que permita la constitución.

[Cataluña violó el pacto de caballeros de formar parte de España, ya que luego no quería
formar parte de ella.]

[Suiza es una confederación, nosotros somos el Reino de España.]

La preexistencia de la legitimidad de los Derechos fundamentales tuvo especial relevancia


entre 1869 y 1873.

Constitución del 73 es importante que entre en el examen

En la segunda república es la primera vez que les mujeres tienen derecho a votar y ser votadas.

¿Qué es un foedus?

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María Díez Rodríguez 2º CUATRIMESTRE (2018/2019) PABLO GUTIERREZ VEGA

El origen de esta palabra es pacto, acuerdo, entre dos sujetos que se reconocen la capacidad
de poder negociar.

La antepenúltima constitución española, de 1876, es la de la llamada restauración


monárquica, en donde Cánovas del Castillo tiene especial importancia.

Es la que pone fin a ese periodo revolucionario en donde ha habido una república y reinstaura
la monarquía en los Saboya, generando un periodo muy largo desde 1876 hasta 1931 (55
años). Es la constitución más longeva de nuestra historia.

Esta constitución reinstauraba una monarquía parlamentaria, era manifiestamente


conservadora. En ella, la separación De la Iglesia y el estado no era muy nítida, se hace cuando
se ha ganado a los carlistas quedando todos los fueros derogados.

Al mismo tiempo hablamos de la codificación, había que hacer un código civil.

La constitución de 1876 significa el triunfo de la burguesía conservadora, en un país


colonialista y esclavista (como Inglaterra Francia o Prusia), en donde la burguesía lectora exige
el desmantelamiento de ciertos privilegios.

Se busca tener derechos por ser padre de familia, blanco, con domicilio fijo, católico etc,
teniendo todos ellos los mismos derechos.

La burguesía que surge en el siglo XIX es la que restaura la restauración.

Es Entonces cuando surge el marxismo en ciudades industrializadas de Alemania, de Inglaterra,


de Francia etc. Una ideología basada en el convencimiento de la lucha de clases, en donde
había que hacer valer a la clase trabajadora.

La constitución de 1876 hereda el sistema democrático de cortes, pero en esas elecciones


empiezan a concurrir partidos políticos anarquistas.

El anarquismo consiste en organizar desde abajo el abastecimiento del estado, negar su


autoridad, no creen que el Derecho sea útil para la convivencia social. Un ejemplo sería
Bakunin.

Surge también el marxismo, pero este no abomina al Derecho. Es una de las ideologías más
exitosas que han existido. Aboga por la dictadura del proletariado, en donde los obreros
destruyen la maquinaria del estado para hacer una nueva y paliar la diferencia entre las dos
clases.

Es una fuerza emancipadora y liberadora durante el siglo XIX que consigue grandes conquistas
sociales.

No niega ( a diferencia del anarquismo), la existencia del estado para eliminar la diferencia de
clases.

El marxismo no está relacionado con la constitución de 1876, pero sí con la de 1931, ya que en
la segunda república (que tuvo lugar en ese año), se consiguieron grandes logros sociales.

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María Díez Rodríguez 2º CUATRIMESTRE (2018/2019) PABLO GUTIERREZ VEGA

Se produce entonces el turnismo:

En la restauración tiene lugar un gobierno alterno de partidos liberales y conservadores en


sintonía con la constitución de 1876, que admiten que el rey tenga iniciativa y veto, que el rey
pueda separar jueces y desmontar las leyes de orden público: (que exigen que sea el congreso
el único que pueda poner límites a los Derechos fundamentales), la ley de matrimonio civil y la
ley de indulto que establece las condiciones para que el poder ejecutivo pueda anular una
decisión que el judicial haya tenido.

Durante el periodo de primo de Rivera, no se deroga esta constitución, sino que se suspende.
Fue un golpe de estado que permitió el mantenimiento y la vigencia de la mayor parte de las
normas que entonces existían de derechos fundamentales, una pequeña parte de ellos fueron
ejercitados por la población.

Secuencia constituciones: 1812, 1837,1845,1869,1876,1931 y 1978.

Hubo dos grandes momentos transformadores en nuestra historia constitucional:

• De 1812 a 1837, en donde se transforma una monarquía absoluta en parlamentaria,


convirtiendo un estado absolutista en un estado de derecho, en donde todos los
poderes públicos estaban sometidos a la ley.
Las facultades del estado estaban divididas para evitar la arbitrariedad y cualquier
asociación del estado estaba diseñada para la mayor protección de los pocos Derechos
fundamentales que tenían entonces, el de la vida, la propiedad privada y la libertad
individual.
• El sexenio revolucionario de 1869 a 1876. En 1876 se abolen todas las normas del
reinado de Fernando VII y se elimina toda la obra legislativa, uniéndose de nuevo la
iglesia y el estado. La iglesia católica recupera el control sobre el fallecimiento de las
personas, recuperando la capacidad de dictaminar el estado civil.
De hecho, hay Una ley del registro civil en 1870, que quedó anulada, recuperando la
iglesia el control civil.

Hubo también un fraude electoral conforme al cual liberales y conservadores se adaptaron en


el poder.

En 1898 se pierden las tres últimas colonias: Puerto Rico, Cuba y Filipinas frente a EEUU y se
produce un sentimiento de depresión colectiva que da combustible a estas ideologías como el
marxismo, comunismo etc, frente a las cuales reacciona el status quo y se produce la dictadura
de primo de Rivera, la cual suspende los derechos de la CE de 1876.

Con enfrentamientos violentos, se produce una fractura social en donde los partidos
republicanos no serán sólo anarquistas, marxistas y comunistas, sino también liberales,
conservadores, unidos permitiendo que el resultado dé una amplia mayoría a las Fuentes
republicanas y reinstaurar la república.

Las fuentes republicanas ganaron abiertamente y se va alfonso XIII, pero probablemente se


produjese un fraude en estas elecciones.

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María Díez Rodríguez 2º CUATRIMESTRE (2018/2019) PABLO GUTIERREZ VEGA

Por último, pasado mucho tiempo, Franco, tenía ánimo de que sucediese La Corona Juan carlos

No se permite la explotación económica ni la transformación de esta obra. Queda permitida la impresión en su totalidad.
I en vez de su padre, porque este último hubiese sido un monarca parlamentario. De hecho
don Juan tuvo que renunciar a sus derechos dinásticos.

Reservados todos los derechos.

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