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Requerimiento de Prision Preventiva 2
Requerimiento de Prision Preventiva 2
Requerimiento de Prision Preventiva 2
Expediente N° :
Carpeta Fiscal N° : 3402012500-2021-1575-0
Imputado : JIMENA LINARES MAMANI
Delito : ROBO AGRAVADO
Agraviado : CARLOS MANRIQUE LUQUE
Requerimiento : PRISIÓN PREVENTIVA.
I. REQUERIMIENTO:
HECHOS IMPUTADOS:
al costado y este mismo le apunta con un arma y le indica que arranque y que con-
dujera a donde él le indicara y la mujer cierra la puerta y se queda quieta. Lo llevó a
un descampado por la Av. Binacional en una parte descampada, le pide con amena-
zas que se estacione y saque todo lo que tenía en mis bolsillos, dejo su billetera,
celular, las boletas de compra de la laptop y la impresora y que saliera del vehículo
y por resguardad su integridad física, salió del vehículo e inmediatamente arranco el
vehículo y fue con dirección desconocida.
Según la denuncia manifiesta que el valor asciende a un total de S/.49339 (vehículo
Toyota yaris del año 2020 S/. 44000, laptop Lenovo Modelo P470 I7 valorizada
S/.3499, una impresora Epson L1110 valorizado en s/.840 y mi celular Redmi Note 9
Pro valorizado en S/.1000).
exigida para fundar la medida cautelar de Prisión Preventiva, por cuanto no concurre
alguna circunstancia atenuante privilegiada que permita reducir el margen punitivo
por debajo del mínimo legal, pues tiene 27 años , con la cultura de un mujer de ciudad
y con estudios secundarios incompletos, encontrándose adaptado a un medio social
en el cual tiene acceso a la información, y por ende, con pleno conocimiento de su
actuar.
b).- Arraigo Familiar: Se evidencia que el imputado hace mención a sus padre y
madre, en los datos generales en la ciudad de Junin de también es natural la
imputada, no cuenta con hijos propios, esposo o conviviente que mantengan una
relación de dependencia económica, por lo que, al no contar con un arraigo familiar
a poder quedarse en la ciudad de Moquegua, funda peligro procesal.
c).- En cuanto al arraigo laboral: el imputado menciona que trabaja como auxiliar
de inicial y solo solventarse con trabajo esporádicos, lo que puede contribuir a la
huida del presente distrito judicial por la falta de un trabajo estable.
d).- Debe tenerse en cuenta además la gravedad de la pena que se espera como
resultado del procedimiento, al tratarse de delitos graves que prevén privación de la
libertad de hasta de veinte años en su extremo más elevado, y en la que no ha
mediado causal alguna que suponga la atenuación de la pena, lo que impulsaría al
imputado a sustraerse a la acción de la justicia, más aún si no se ha formado
convicción de su arraigo.
6
E) DURACIÓN DE LA MEDIDA
El plazo debe ser razonable, de acuerdo al caso concreto los SEIS MESES
solicitados resultan adecuados y razonables, pues la prisión preventiva está
encaminada a salvaguardar la eficacia del proceso penal, durante todo su desarrollo,
esto es, etapa de investigación, intermedia y sobretodo Juicio Oral, luego para pasar
a la etapa intermedia, traslado y realizarse el control preliminar respectivo, y para
llegar a la etapa de Juicio Oral y su desarrollo, apelación y probables nulidades, se
funda el pedido de los seis meses, teniendo en consideración las causales no
previstas, como los son huelgas, etc.
POR LO EXPUESTO: