Decreto 17-2020
Decreto 17-2020
Decreto 17-2020
REPUBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
CONSIDERANDO:
Que Guatemala es el segundo país de Centroamérica con menor expectativa de vida al nacer y
persiste una elevada mortalidad materna e infantil. Para abordar dicha problemática, se considera
ampliar la cobertura y calidad de los servicios materno-infantil, a través de la modernización de la
red asistencial a nivel nacional para que entregue servicios oportunos, de calidad y con eficiencia,
por lo que el Gobierno de Guatemala solicitó apoyo financiero al Banco Interamericano de
Desarrollo –BID- para la ejecución del *Programa de Fortalecimiento de la Red Institucional de
Servicios de Salud –PRORISS-*
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a la vinculación realizada con los objetivos de Desarrollo Sostenible –ODS- y el
Marco de Políticas Públicas del Gobierno de Guatemala se identifica que el *Programa de
Fortalecimiento de la Red Institucional de Servicios de Salud –PRORISS-* contribuirá con el logro
progresivo de la Meta Estratégica de Desarrollo –MED- de “Acceso a los Servicios de Salud” para
lograr la cobertura sanitaria universal, acceso a servicios de calidad, medicamentos y vacunas.
CONSIDERANDO:
Que el 30 de mayo de 2019 el Directorio del Banco Interamericano de Desarrollo –BID- aprobó
otorgar a la República de Guatemala, un financiamiento con carácter reembolsable por un monto
de hasta cien millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$100,000,000), para la
ejecución del “programa de Fortalecimiento de la Red Institucional de Servicios de Salud –
PRORISS-“; y que habiéndose obtenido las opiniones favorables del Organismo Ejecutivo y de la
Junta Monetaria, a que se refiere el artículo 171 literal i) de la Constitución Política de la República
de Guatemala, es procedente emitir la disposición legal que lo apruebe.
POR TANTO:
DECRETA:
Articulo 1. Aprobación. Se aprueban las negociaciones del Contrato de Prestamos Numero
4791/OC-GU, a ser celebrado entre la República de Guatemala y el Banco Interamericano de
Desarrollo –BID-, para la ejecución del “Programa de Fortalecimiento de la Red Institucional de
Servicios de Salud –PRORISS-“,
Articulo 2. Autorización. Se autoriza al Organismo Ejecutivo para que, por intermedio del
Ministerio de Finanzas Publicas, suscribe el Contrato de Préstamo Numero 4791/OC-GU,
denominado “programa de Fortalecimiento de la Red Institucional de Servicios de Salud –
PRORISS-“, bajo los términos y condiciones financieras que en el mismo se establecen. La
autorización a que se refiere el presente artículo, es extensiva para suscribir los contratos
modificatorios que correspondan.
MONTO: Hasta cien millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$100, 000, 000.00).
PLAZO: Hasta veinticuatro (24) años, incluyendo hasta seis punto cinco (6.5) años de periodo de
gracia.
TASA DE INTERÉS: Variable, de conformidad con lo establecido en el capitulo ll, clausula 2.06. de
las Estipulaciones Especiales del Contrato de Préstamo.