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Reglas (Maximas) Procesales

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LAS REGLAS (MAXIMAS)

PROCESALES

Son condiciones que conforman técnica y estructuralmente la actividad de las


DEFINICIÓN personas y sujetos procesales, regulan la dinámica procesal, entre las mismas

- Del impulso
- De la preclusión
- De la inmediación
CLASIFICACIÓN - De la concentración
- De la adquisición
DEL Es la facultad que tienen las partes de iniciar el proceso, trasladándole el
IMPULSO deber de impulsar y desarrollarlo de oficio hasta concluir con la sentencia.

- CIVIL DEMANDAS
- FAMILIA
PROCESOS
- LABORAL
NO PENALES
- MERCANTIL
- SOLICITUDES
ADMINISTRATIVO

APLICACIÓN
- Aviso
- Delito de acción pública - Denuncia
- Delitos de acción pública - Querella
PROCESO previa instancia particular - Requerimiento fiscal
PENAL

De acción privada Por acusación


Es la perdida o extinción de la realización de una actividad procesal
DE LA por haberse concluido los limites impuestos por el legislador para el
PRECLUSIÓN ejercicio de las facultades, cargas o deberes procesales.

LOS ACTOS PROCESALES

MATERIALIZACIÓN

LOS PLAZOS PROCESALES


-Legales
SEGÚN SU ORIGEN
-judiciales
-convencionales

SEGÚN A QUIEN AFECTAN - Individuales.


- comunes

CLASIFICACIÓ
SEGÚN SUS EFECTOS - Perentorios
N DE LOS - No perentorios
PLAZOS

SEGÚN SE PUEDAN AMPLIAR


- Prorrogables
- improrrogables

- Ordinarios
SEGÚN LA SITUACIÓN - extraordinarios
Consiste en la comunicación personal
del juez con las partes y demás
DEFINICIÓN sujetos, contacto con los órganos de
prueba, con la investigación para
cumplir con la finalidad del proceso y
el objeto litigioso.

DE LA
INMEDIACIÓN
- La presencia de los sujetos
procesales ante el juez.
- La relación directa del juez con los
CARACTERÍSTICAS sujetos y el objeto litigioso.
- La identidad del juez con los
sujetos procesales, respecto al que
dicta la sentencia.
La actividad procesal se adquiere para el proceso

No es propiedad del sujeto a quien lo aporto al proceso

DE LA No es de beneficio particular de quien aporta la prueba


ADQUISICIÓN

El material de conocimiento, aportaciones de


elementos de prueba, alegaciones de hechos y toda
acividad procesal responde a un interés común

El juez puede utilizarlo a favor de la contraparte que


lo aporto, pues queda incorporado al proceso
Economía
financiera del
proceso

DE LA Principio de
CONCENTRACIÓN economía

Simplificación
y facilidad de
los actos
procesales

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