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Recurso de Revocacion
Recurso de Revocacion
Recurso de Revocacion
V.- Que sean conexos a otro que haya sido impugnado por
medio de algún recurso o medio de defensa diferente.
VI. (se deroga)
1.- Dentro del ejercicio fiscal, mi representada presentó en forma oportuna la declaración
anual de personas morales por el ejercicio comprendido del 1o. de enero al 31 de
diciembre de 2018, como se demuestra con la copia que se acompaña.
Ahora bien, se señala en el oficio a foja 3, que la declaración se presentó fuera de los
plazos legales sin precisar, el porqué de su dicho, por lo que no se funda ni motiva la
imposición de la multa por la cantidad de $850.00
Por otro lado, la autoridad no tiene en cuenta para la imposición de la multa, que conforme
a lo dispuesto por el articulo 9, fracción II, de la Lisr, la declaración anual deberá
presentarse dentro de los 3 meses siguientes a la fecha en que termine el ejercicio.
Pruebas
Testimonio notarial con el cual acredito mi personalidad.
La resolución impugnada contenida en el Oficio No. _______, emitida por la _______de
fecha _______
Acta de notificación de la resolución impugnada contenida en el oficio No. ______.
(Documentos relacionados con los que se pretenda desvirtuar)
Las anteriores pruebas se relacionan con todos y cada uno de los puntos de hechos y
agravios expresados en este escrito.
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, atentamente pido se sirva.
PRIMERO. Tener por presentado en tiempo y forma el recurso de revocación, así como
el reconocer la personalidad con que me ostento.
SEGUNDO. Previos trámites administrativos, emitir resolución dejando sin efectos la
resolución impugnada, por las razones de improcedencia que se anotan en este escrito.
Si dentro de dicho plazo no se expresan los agravios que le
cause la resolución o acto impugnado, la autoridad fiscal
desechará el recurso; si no se señala el acto que se impugna
se tendrá por no presentado el recurso; si el requerimiento que
se incumple se refiere al señalamiento de los hechos
controvertidos o al ofrecimiento de pruebas, el promovente
perderá el derecho a señalar los citados hechos o se tendrán por
no ofrecidas las pruebas, respectivamente.
Finalmente, la resolución que emita la autoridad podrá: