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Recurso de Revocacion

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¿QUE ES EL RECURSO ADMINISTRATIVO DE REVOCACIÒN?

De acuerdo con el Diccionario Jurídico Mexicano, Recursos


Administrativos, se trata de “la denominación que la Ley da a
los procedimientos de impugnación de los actos
administrativos a fin de que los administrados defiendan sus
derechos o intereses jurídicos ante la administración,
generadora de los actos impugnados.
Recurso de Juicio de
Amparo
revocación Nulidad

Alternativas de defensa del


particular
TRAMITACIÓN DEL RECURSO DE REVOCACIÓN

Una de las notas características del recurso de revocación es que se trata


de un recurso optativo, esto es, que el particular podrá optar por impugnar
un acto a través del recurso de revocación, o promover directamente
contra dicho acto, juicio ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa.

Este medio de defensa se encuentra regulado de los artículos 116 al 133 A


del Código Fiscal de la Federación y su tramitación, será analizada
sucintamente a continuación:
A) PROCEDENCIA

Por disposición expresa de los artículos 117 del Código Fiscal de la


Federación el particular podrá interponer el Recurso de Revocación en contra
de los actos administrativos dictados en materia fiscal federal, en específico en
contra de:
1. Resoluciones definitivas que dicten autoridades fiscales
federales que:

• Determinen contribuciones, accesorios o aprovechamientos.

• Nieguen la devolución de cantidades que procedan conforme a la ley.


• Dicten las autoridades aduaneras.

• Cualquier resolución de carácter definitivo que cause


agravio al particular en materia fiscal.
Entre las resoluciones que causan agravio en materia fiscal,
que pueden impugnarse a través de este recurso, la negativa
de la autoridad para autorizar pagos en parcialidades, o bien, el
rechazo de la garantía ofrecida para satisfacer el interés fiscal.
2. Contra actos de las autoridades fiscales federales que:

• Exijan el pago de créditos fiscales, cuando se alegue que estos se


han extinguido o su monto real es inferior al exigido. En este caso,
el particular cuestiona la existencia del crédito o su cuantía.

• Se dicten en el procedimiento administrativo de ejecución, cuando


se alegue que este no se ha ajustado a la ley. En este supuesto, el
Recurso sólo procede contra violaciones cometidas antes del
remate.
• Afecten el interés jurídico de terceros. Los legitimados para
promover el Recurso serán los propietarios de bienes o
negociaciones que hayan sido embargadas durante el
procedimiento administrativo de ejecución, así como aquellas
personas afectadas por un embargo para hacer efectivo un crédito
a cargo de otro contribuyente.
• Determinen el valor que servirá de base para la enajenación de
bienes embargados. Este caso se verifica cuando el
contribuyente no está de acuerdo con la valuación de los
bienes muebles o inmuebles, que realizó la autoridad, y que
será el valor que será utilizado para el remate del bien. Una de
las particularidades de este supuesto, es que el particular
deberá nombrar a su perito al presentar su Recurso.
IMPROCEDENCIA DEL RECURSO ADMINISTRATIVO DE
REVOCACIÓN

En contraposición, los artículos 124 y 126 del Código Fiscal de la


Federación establece los casos en que el Recurso resulta
improcedente, a saber:

I. Que no afecten el interés jurídico del recurrente.

II. Que sean resoluciones dictadas en recurso administrativo o en


cumplimiento de sentencias.
III.- Que hayan sido impugnados ante el Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa.

IV.- Que se hayan consentido, entendiéndose por


consentimiento el de aquellos contra los que no se promovió el
recurso en el plazo señalado al efecto.

V.- Que sean conexos a otro que haya sido impugnado por
medio de algún recurso o medio de defensa diferente.
VI. (se deroga)

VII. Si son revocados los actos por la autoridad.

VIII. Que hayan sido dictados por la autoridad administrativa en un


procedimiento de resolución de controversias previsto en un
tratado para evitar la doble tributación, si dicho procedimiento se
inició con posterioridad a la resolución que resuelve un recurso de
revocación o después de la conclusión de un juicio ante el
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
IX. Que sean resoluciones dictadas por autoridades
extranjeras que determinen impuestos y sus accesorios cuyo
cobro y recaudación hayan sido solicitados a las autoridades
fiscales mexicanas, de conformidad con lo dispuesto en los
tratados internacionales sobre asistencia mutua en el cobro de
los que México sea parte.
SEBRESEIMIENTO DEL RECURSO ADMINISTRATIVO
DE REVOCACIÓN

I.- Cuando el promovente se desista expresamente de su


recurso.

II.- Cuando durante el procedimiento en que se substancie el


recurso administrativo sobrevenga alguna de las causas de
improcedencia a que se refiere el artículo 124 de este Código.
III.- Cuando de las constancias que obran en el expediente
administrativo quede demostrado que no existe el acto o
resolución impugnada.

IV.- Cuando hayan cesado los efectos del acto o resolución


impugnada.
B) PLAZOS DE INTERPOSICIÓN

El artículo 121 del Código Fiscal de la


Federación dispone como regla general
que el recurso debe ser presentado
dentro de los 30 días siguientes a aquel
en que haya surtido sus efectos la
notificación del acto o resolución que se
impugne, salvo en aquellos casos en
los que la ley señale un plazo distinto.
Las excepciones a este plazo son las siguientes:

10 días siguientes a la publicación de la convocatoria, tratándose de


actos en el procedimiento administrativo de ejecución, ante la
autoridad recaudadora.

10 días siguientes a la notificación del avalúo que servirá de base


para el remate de bienes y negociaciones embargadas.

casos en que el plazo para interponer el recurso se computará a


partir del día hábil siguiente al en que surta efectos la notificación
del requerimiento de pago o del día hábil siguiente al de la diligencia
de embargo.
C) REQUISITOS DEL RECURSO
Los artículos 18 y 122 del Código Fiscal
de la Federación establecen los
requisitos que el escrito de interposición
del recurso deberá satisfacer, y que son
los siguientes:

1. Señalar el nombre, la denominación o


razón social, y el domicilio fiscal
manifestado al registro federal de
contribuyentes, para el efecto de fijar la
competencia de la autoridad, y la clave
que le correspondió en dicho registro.
2.- Señalar la autoridad a la que
se dirige y el propósito de la
promoción.

3.- Señalar la dirección de correo


electrónico para recibir
notificaciones.
4.- Señalar la resolución o el acto
que se impugna.

5.- Los agravios que le cause la


resolución o el acto impugnado.

6.- Las pruebas y los hechos


controvertidos de que se trate.
Si el recurrente no expresa los agravios, no se señale la
resolución o el acto que se impugna, los hechos controvertidos
o no se ofrezcan las pruebas, la autoridad fiscal requerirá al
promovente para que dentro del plazo de cinco días cumpla
con dichos requisitos.
Recurso de Revocación

(Nombre del contribuyente)


(Clave del RFC)
(Autoridad que emitió el acto)
Presente
(1) (Nombre del promovente), con clave del Registro Federal de Contribuyentes
(clave), promoviendo por mi propio derecho, con domicilio fiscal en
_____________ en esta ciudad, mismo que señalo para oír y recibir toda clase
de notificaciones y documentos y autorizando para recibirlas al ___________,
comparezco para exponer:
(2) (Nombre del promovente), en mi carácter de (señalar la calidad que le da la
facultad para representar al contribuyente) de (Nombre del contribuyente), con clave
en el Registro Federal de Contribuyentes (clave del representado), con domicilio fiscal
en ____________________ en esta ciudad, personalidad que acredito con (señalar el
documento que le otorga facultades, especificando sus características), el cual se
acompaña al presente curso, y señalando como domicilio para oír y recibir
notificaciones y toda clase de documentos, la __________ (se puede señalar el mismo
domicilio), y autorizando para el efecto al ___________, comparezco para exponer:
Que con el citado carácter, vengo a interponer el Recurso de Revocación, en contra
de la resolución contenida en el oficio, número ______________, de fecha
_________, dictado en el expediente número ________ por la autoridad _________,
donde se establece un crédito por concepto de (especificar los impuestos, recargos y
las multas determinadas). Tuve conocimiento de la resolución que hoy combato
mediante el presente recurso, con fecha _________, en que me fue notificada por la
___________.
Sirven de fundamento para interposición del recurso, lo dispuesto por los artículos 116,
117 y 125 del Código Fiscal de la Federación.
México, Distrito Federal, ___________________
Respetuosamente
(1) Promoviendo por propio derecho.
(2) Promoviendo vía representación.
Hechos
1.- Mi empresa tiene su domicilio en ________, el día ________ recibí la notificación de
________ (orden de visita, requerimiento, solicitud de documentación, etc).
2.- El día ____________, me fue notificada la resolución No. _____, emitida por _____, en
la que indebidamente se me determinó un crédito por la cantidad de _________.
(Se deberán señalar todos aquellos sucesos que se presentaron durante la emisión del
acto que se impugna)
Agravios
Se enumeran todos aquellos actos que ocasionan perjuicio al contribuyente, efectuando
una relación entre el acto y la disposición que viola la autoridad, ejemplo:

1.- Dentro del ejercicio fiscal, mi representada presentó en forma oportuna la declaración
anual de personas morales por el ejercicio comprendido del 1o. de enero al 31 de
diciembre de 2018, como se demuestra con la copia que se acompaña.

Ahora bien, se señala en el oficio a foja 3, que la declaración se presentó fuera de los
plazos legales sin precisar, el porqué de su dicho, por lo que no se funda ni motiva la
imposición de la multa por la cantidad de $850.00

Por otro lado, la autoridad no tiene en cuenta para la imposición de la multa, que conforme
a lo dispuesto por el articulo 9, fracción II, de la Lisr, la declaración anual deberá
presentarse dentro de los 3 meses siguientes a la fecha en que termine el ejercicio.
Pruebas
Testimonio notarial con el cual acredito mi personalidad.
La resolución impugnada contenida en el Oficio No. _______, emitida por la _______de
fecha _______
Acta de notificación de la resolución impugnada contenida en el oficio No. ______.
(Documentos relacionados con los que se pretenda desvirtuar)
Las anteriores pruebas se relacionan con todos y cada uno de los puntos de hechos y
agravios expresados en este escrito.
Por todo lo anteriormente expuesto y fundado, atentamente pido se sirva.
PRIMERO. Tener por presentado en tiempo y forma el recurso de revocación, así como
el reconocer la personalidad con que me ostento.
SEGUNDO. Previos trámites administrativos, emitir resolución dejando sin efectos la
resolución impugnada, por las razones de improcedencia que se anotan en este escrito.
Si dentro de dicho plazo no se expresan los agravios que le
cause la resolución o acto impugnado, la autoridad fiscal
desechará el recurso; si no se señala el acto que se impugna
se tendrá por no presentado el recurso; si el requerimiento que
se incumple se refiere al señalamiento de los hechos
controvertidos o al ofrecimiento de pruebas, el promovente
perderá el derecho a señalar los citados hechos o se tendrán por
no ofrecidas las pruebas, respectivamente.
Finalmente, la resolución que emita la autoridad podrá:

1. Desechar el recurso por improcedente, tenerlo por no interpuesto


o sobreseerlo, en su caso.

2. Confirmar el acto impugnado.

3. Mandar reponer el procedimiento administrativo o que se emita


una nueva resolución.
4.-Dejar sin efectos el acto impugnado.

5.-Modificar el acto impugnado o dictar uno nuevo que lo


sustituya, cuando el recurso interpuesto sea total o
parcialmente resuelto a favor del recurrente.
GRACIAS

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