Government">
Responsabilidad Civil de Los Abogados
Responsabilidad Civil de Los Abogados
Responsabilidad Civil de Los Abogados
ALUMNOS:
Mansilla Toscano, Jorge Brayan
Raymundo Dominguez, Cinthia Sayuri
Rios Minaya, Francis Kerlin
Rojas Carbajal, Heydy Margiory
Solorzano Sigueñas, Miriam Medalith
Villacorta Huaney, Ernesto Federico
Yndaruca Gamarra, Luis Alberto
HUARAZ
2022
Origen de la denominación del
abogado
La palabra abogado proviene del latín
advocatus, en la cual significa “para junto de”,
también con el término de vequere, vocare, del
verbo llamar, por tanto, esto se interpreta como
aquel que es llamado para auxiliar
Pericles
Concepto de responsabilidad
Según O´CALLAGHAN
La responsabilidad puede ser definida como una
obligación consistente en reparar o indemnizar
el daño causado.
YZQUIERDO TOLSADA
considera que para que exista responsabilidad
civil se necesita la constatación de una acción u
omisión
Deberes principales
-El deber principal del Por otra parte, lo que - decir que el abogado
abogado es el de aplicar quiere decir la lex artis es tiene la obligación de
la lex artis actuar como si lo hiciera conocer bien su actividad
, en los casos en lo que se en causa propia, profesional, en lo que
haya asumido una debiendo así el abogado abarca sobre los
obligación de medios y utilizar todos los medios conocimientos esenciales
resultado necesarios y disponibles acerca de la doctrina,
para alcanzar el objetivo jurisprudencia y la
buscado por su cliente práctica
Deberes accesorios
Los deberes accesorios tienen como Esto conlleva que tiene que conocer la
finalidad de ampliar el contenido de la legislación y la jurisprudencia
prestación principal teniendo como aplicables, como también conocer la
fundamento el principio de buena fe capacidad de presentar criterios de
que es la receptora en el contrato razonabilidad en los casos que su
particular fundado en una confianza interpretación no ha sido uniforme…
especial….
DEBERES Y RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES Y SUS ABOGADOS EN EL
PROCESO CIVIL
1 2 3
Proceder con veracidad, probidad, No actuar temerariamente en el Abstenerse de usar expresiones
lealtad y buena fe en todos sus actos e ejercicio de sus derechos procesales descomedidas o agraviantes en sus
intervenciones en el proceso intervenciones
4 5 6
Guardar el debido respeto al Juez, a Concurrir ante el Juez cuando este los Prestar al Juez su diligente
las partes y a los auxiliares de justicia cite y acatar sus órdenes en las colaboración para las actuaciones
actuaciones judiciales procesales, bajo apercibimiento
Responsabilidad de los Abogados
Abogado Obligación
Celebra un contrato de El asegurador rembolsa el
seguro con la compañía monto que el profesional ha
aseguradora ocasionado como
indemnización por los
perjuicios ocasionados a la
víctima.
Elementos del contrato de seguro
- Mala fe o dolo
- Multas o sanciones
Cobertura de Responsabilidad - Circunstancias
Civil Profesional Exclusiones anteriores - Influencia
sustancias medicinales o
El asegurador pagará los daños o costos a
alcoholicas
cargo del asegurado
Multa de 5 unidades de
MONTO DEMANDADO
referencia procesal (URP)
Artículos : 286, 287 y 288 del Texto único
Establece un conjunto de impedimentos, incompatibilidades y
CONCEPTOS Ordenado de la Ley Orgánica del Poder
deberes.
Judicial (LOPJ).
El abogado recurrente Antonio Rodríguez Correa. en su recurso de apelación del tres de enero de dos mil
diecinueve (foja 25) sostuvo que la resolución impugnada le causa agravio, pues se le impuso una multa in-
ANTECE debida, lo que afecta su tranquilidad personal y su economía. El diecisiete de diciembre de dos mil diecio-
DENTES cho, no pudo acudir a la audiencia de apelación de sentencia. puesto que tuvo que concurrir a otra audiencia
con reo en cárcel en el proceso ° 238-2018-69 (cuaderno de semilibertad, por el delito de tentativa de viola-
ción sexual): lo que hizo de conocimiento a su patrocinado Segundo Pedro Rojas Salazar, a quien ubicó re-
cién un día antes de la audiencia. y comunicó esta circunstancia a la Sala Penal de Apelaciones. lo que no fue
HECHO considerado por este órgano jurisdiccional. El cruce de audiencias no le permitía acudir a ambos, por lo que,
S DE LA es subjetivo que la Sala señale que su actuar fue doloso y malicioso, y que tuvo como finalidad frustrarlas.
DEMAN
DA
El abogado tiene como misión el auxiliar a la justicia. Su conducta debe Ser íntegra y ceñida a los pará-
metros de lo moral. de la equidad y desprendimiento de sus propios intereses. Diversos son los principios
que rigen su conducta. entre ellos: probidad. responsabilidad, buena fe, competencia y diligencia.
La falta disciplinaria es la infracción dolosa o culposo imputable a un profesional del derecho (abogado,
juez, fiscal. entre otros) que transgrede los deberes, prohibiciones, impedimentos e incompatibilidades es-
HECHOS
tablecidos en la Ley respectiva, y cuya transgresión da Iugar a una sanción preestablecido en la misma
DE LA
ley.
DEMANDA
Se garantizo el derecho al recurso ante la instancia superior para la revisión de la sanción impuesta.
El veintisiete de agosto de dos mil dieciocho, se dio cuenta que el mismo día, el abogado del sentenciado
Rojas Salazar, presentó un escrito en el cual renunciaba al patrocinio del citado Rojas Salazar. quien no
concurrió a la audiencia. Ante esta situación y el pedido del fiscal superior de que se declare inadmisible
la apelación por inconcurrencia del apelante, la Sala Penal de Apelaciones dispuso que se reprograme la
audiencia para el quince de octubre de dos mil dieciocho. con el fin de no generarle indefensión y designe
un abogado de libre elección bajo el respectivo apercibimiento.
Los actos procesales detallados ponen de manifiesto una conducta del abogado Rodríguez
NEXO CAUSAL
Correa no acorde con su deber de abogado patrocinante.
TEORIA APLICABLE
( O B J E T I VA / T E O R I A O B J E T I VA
S U B J E T I VA )
las partes ,sus abogados, sus apoderados y los terceros legitimados responden por los perjuicios que
DAÑO CAUSADO causen con sus actuaciones procesales .
Número de Expediente:
EXP. N.O 4237-2004-AA/TC.
TERCERO:
SEGUNDO
FIJAMOS por concepto de reparación civil la
Tras la audiencia respectiva, el Consejo de suma de DOS MILLONES DE SOLES que el
Ética del colegio lo sancionó con dos meses sentenciado Walter Aduviri Calisaya deberá
de suspensión, resolución que fue confirmada pagar a favor del Estado Peruano, representado
por el Tribunal de Honor. por la Procuraduría Pública Especializada en
delitos contra el Orden Público del Ministerio del
Interior. (…)” Con lo demás que contiene
DEMANDADO :
Primera Sala Especializada en lo Civil de Lima
ANTIJURICIDAD:
Con fecha 27 de noviembre de 2002, el
recurrente interpone demanda de amparo
contra el Consejo de Ética y Tribunal de Tal requisito podrá definirse como aquella
Honor del Colegio de Abogados de Lima, conducta obscena el cual es contrario al
solicitando que se deje sin efecto la ordenamiento jurídico en su responsabilidad, en
suspensión en el ejercicio de su profesión de donde la misma tendrá un carácter estrictamente
abogado, que termina vulnerando sus típico, al implicar un incumplimiento de
derechos a la libertad de trabajo y a la propia
subsistencia, así como al debido proceso y a ordenanza .
la motivación de resoluciones. Tal sanción
fue impuesta por el plazo de dos meses por
el Consejo de Ética, mediante la Resolución
604-2002-CE-DEP/CAL, 8% de fecha 26 de
julio del 2002, confirmada por el Tribunal de
Honor, en virtud de la resolución del 24 de
octubre del 2002.
NEXO CAUSAL
Aceptación de ejecución, la relación causal exige (en primer lugar) prevalecer los derechos que le corresponde(en
segundo lugar) que la conducta permita determinar la constitución los derechos establecidos a cada ciudadano.
TEORIA APLICABLE
En la Responsabilidad encontramos a una responsabilidad Objetiva, ya que nos
fundamenta la obligación de indemnizar por daños psicológicos causados en virtud
a los daños ocasionados el cual será asumidas mediante una relación contractual
que había entre el demandado y el demandante. Puesto que todo lo ocasionado da
ala informalidad.
Número de Expediente:
3-2019 Lambayeque
Materia:
Apelación de medida disciplinaria
DATOS ESPECIALES
MONTO DE LA MULTA
QUINTO
Los jueces en la tramitación de un proceso
OCTAVO:
judicial, tienen la facultad para sancionar a los
abogados cuando estos no cumplan con sus Se advierte que el abogado Odar Jimmy cornejo
deberes conforme los Art.50 inciso5 y Art. 52 a pesar de haber interpuesto recurso de casación
inciso tres, del código procesal civil. contra el auto 3 de julio de 2018 , también
interpuso las nulidades y recusaciones de forma
indebida
DECISION
Declararon infundado el recurso de apelación de medida disciplinaria interpuesta por el abogado
Odar Jimmy Cornejo Custodio.
CONFIRMARON
La resolución N°20 del 21 de enero del 2019 ,
que impuso al abogado Odar Jimmy Cornejo
Custodio, la multa de 3 unidades de referencia
procesal por conducta dilatoria
MANDARON
Se devuelva los actuados al tribunal superior de origen
para su debida ejecución.
GRACIAS