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Capacidad y Legitimación Dentro Del Procedimiento Laboral - para Revisar
Capacidad y Legitimación Dentro Del Procedimiento Laboral - para Revisar
Capacidad y Legitimación Dentro Del Procedimiento Laboral - para Revisar
JASSON TORIBIO
4-788-715
SERGIO
GALLARDO
4-776-2478
CAPACIDAD Y LEGITIMACIÓN DENTRO ALEXANDRA
DEL PROCEDIMIENTO LABORAL TOAPANTA
6-718-434
FACILITADORA: GOVANA SAMUDIO
OBJETIVO
Estos son requisitos o condiciones que deben cumplirse para el
desarrollo valido de un proceso y se consiga una decisión sea
favorable o desfavorable hacia la parte quien lo presente.
n
reivindicatoria debe ser el dueño de la cosa o
quien ejerce una acción posesoria, debe ser
poseedor.
LA CAPACIDAD
• Los sujetos de la relación procesal deben tener capacidad para ser parte, capacidad para
comparecer y la capacidad para pedir en juicio.
• La capacidad de ser parte es la que comúnmente conocemos como la capacidad de goce.
• La capacidad de comparecer es la capacidad de ejercicio o la capacidad procesal.
• La capacidad de pedir en juicio, se deriva del derecho que se tiene como parte.
La legitimación en la causa y
La legitimación procesal, en cambio, se legitimación procesal. Esto en el sentido
En cuanto a la legitimación procesal,
centra en que las partes sean quienes que se exige inicialmente en la entrada
esta no se ocupa de determinar si el
tienen vínculo con el objeto que se al proceso como requisito de
sujeto que interviene como parte activa
discute y que por tanto la sentencia que admisibilidad y validez, plena prueba de
o pasiva tiene capacidad procesal, es
definirá el proceso, es pronunciada la detentación del derecho invocado.
decir que sus actuaciones serán válidas
eficazmente respecto de las partes del Ello ocurre en la transmisión por causa
dentro del proceso.
proceso. de muerte o la cesión de un derecho
luego litigioso.
LA LEGITIMACIÓN PROCESAL
- Son aptitudes generales que se confieren - Son condiciones especiales que la ley exige para adquirir y tener
para realizar actos jurídicos en general. determinados derechos, o bien para ejercitar éstos
- En la simple falta de capacidad de ejercicio, - En la falta de legitimación para obrar, el sujeto tiene capacidad
el sujeto tiene capacidad de goce, por lo que de hecho y de derecho para esa categoría de actos jurídicos, pero
debe obrar por medio de su representante. no la tiene en relación al acto particular.