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POLICIA NACIONAL DEL PERÚ

ESCUELA DE EDUCACIÓN SUPERIOR


TECNICO PROFESIONAL
EESTP- SAN BARTOLO

 ESTUDIANTE:
 N° DE ORDE:
 CURSO:
 TEMA:
 CATEDRÁTICO:

SAN BARTOLO-LIMA
2023
DEDICATORIA

A mi gloriosa Policía Nacional del Perú la


cual lucha contra la inseguridad ciudadana
salvaguardando la integridad de los
ciudadanos, a Ella nuestra eterna gratitud.

Como también está dedicado a mis padres,


Quienes con nobleza y entusiasmo
depositaron en mí su apoyo para ser útil a
la sociedad y a la patria.
AGRADECIMIENTO

En primer lugar, agradecer a dios por su


bendición y su amor, a mi docente que
gracias a su conocimiento y ayuda poder
continuar con éxito mi etapa de formación,
a mis padres y hermanos que me apoyan
para que nada salga mal.

A mis promociones por el apoyo.

ÍNDICE
INDICE………………………………………………………………………………….4
INTRODUCCIÓN………………………………………………………………………5
CAPITULO I…………………………………………………………………………….6
MARCO TEORICO…………………………………………………………………….6
EL HABEAS CORPUS COMO GARANTIA CONSTITUCIONAL ………………..6
1.1 CONCEPTO………………………………………………………..6
1.2 TIPOS……………………………………………………………….7
1.2.1 SUMARIEDAD……………………………………………………7.
1.2.2 SUBSIDIARIA……………………………………………………..7
1.2.3 INFORMALIDAD………………………………………………….7
1.2.4 BREVEDAD………………………………………………………..7
2 CLASIFICAION ……………………………………………………………………8
2.1 Habeas Corpus Reparador …………………………………………8
2.2 Habeas Corpus Restringido ………………………………………..8
2.3 Habeas Corpus Correctivo …………………………………………8
2.4 Habeas Corpus Preventivo ………………………………………..9
2.5 Habeas Corpus Traslativo………………………………………….9
2.6 Habeas Corpus Instructiv…………………………………………9
CONCLUSIONES…………………………………………………………………..10
RECOMENDACIONES……………………………………………………………..11
BIBLIOGRAFIA……………………………………………………………………..12
ANEXOS……………………………………………………………………………..13

INTRODUCCION

El proceso Constitucional Habeas Corpus, es una institución jurídica de gran


importancia para no solo las ramas del derecho constitucional, sino para toda la
sociedad en general. Se trata de una acción de garantía que procede en los
casos en que se violen o amanecen derechos constitucionales por acción o por
omisión de actos de cumplimiento obligatorio. Siendo la libertad individual su
razón de ser. A pesar de ser una institución antigua y presente en el desarrollo
de los distintos pueblos, su evolución no ha sido idéntica.

El proceso de habeas corpus es pues una institución cuyo objetivo consiste en


proteger la libertad personal, independientemente el hecho que recibe el hecho
cuestionado. Nuestra actual constitución señala que procede contra cualquiera
autoridad, funcionario o persona, por cualquier acción u omisión que implique
una amenaza o violación de la libertad personal.

Lo que se tutela es la libertad física en toda su amplitud. Ello en razón a que


esta no se ve afectada solamente cuando una persona es privada
arbitrariamente de su libertad física, sino que también se produce dicha
anomalía cuando encontrándose legalmente justificada esta medida, es
ejecutada con una gravedad mayor establecida por la ley o por los jueces.

En efecto, la facultad de locomoción o de desplazamiento espacial no se ve


afectada únicamente cuando una persona es privada arbitrariamente de su
libertad física, sino que ello también se produce cuando se presentan
circunstancias tales como la restricción, la alteración o alguna forma de
amenaza al ejercicio del referido derecho; asimismo, cuando a pesar de existir
fundamentos legales para la privación de la libertad, esta se ve agravada
ilegítimamente en su forma o condición, o cuando se produce una desaparición
forzada, etc.

Podemos decir entonces que la función que cumple el habeas corpus es


esencial, pues actúa como medio para controlar el respeto a la vida e
integridad de la persona, para impedir su desaparición o de la indeterminación
de su lugar de detención, así como para protegerla contra la tortura u otros
tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes

CAPITULO I
MARCO TEORICO
EL HABEAS CORPUS COMO GARANTIA CONSTITUCIONAL

El Habeas Corpus tiene su origen en Europa, especialmente en los


países de Italia. El antecedente más antiguo lo encontramos en la
época del imperio romano, con el interdicto de “homine libero
exhibendo” que tenían por objeto por exhibir al hombre libre que se
retiene con dolo, y se otorgaba contra todo particular que restringiera
en su libertas a una persona que tenía derecho al goce de ella, y
para que inmediatamente lo presenta al pretor quien decidiría de la
buena o mala de con que había procedido el demandado.
Este interdicto se encontraba regulado en la parte sexta del digesto o
pandectas del emperador Justiniano.

1.1 CONCEPTO:

El habeas corpus es una garantía constitucional que precede contra


todo acto u omisión de funcionario, autoridad o particular que vulnera
o amenaza la libertad individual y los derechos cocntitucionales
conexos a ella. En el nuevo código procesal constitucional peruano
que fue promulgado con la ey 28237 el 31 de mayo del 2004 regula
el proceso constitucional del Habeas Corpus.

Garcia Belaunde define el habeas corpus como “una acción en


garantía de la libertad personal frente al poder publico” cuando este
le afecta en alguna forma y siempre que la afectación implique una
ilegalidad.

La finalidad del habeas corpus es el de evitar la acción u omisión que


amenace o vulnere la libertad individual, la integridad psíquica,
moral, física, la seguridad, entre otros derechos relacionados y
contemplados en la constitución. Se busca reponer las cosas al
estado anterior a la violación o amenaza, que se detenga, y tmabien
que no se vuelva a repetir la situación de vulneración.
Es un derecho y a la vez un proceso concreto al alcance de cualquier
persona, a fin de solicitar del órgano jurisdiccional competente el
resguardo de la libertad corpórea. También protege a la persona
contra cualquier órgano, que ejerciendo funciones de carácter
materialmente jurisdiccional, adopta resoluciones con violación de la
tutela procesal efectiva que lesiona su libertad personal.

1.2 TIPOS DE HABEAS CORPUS


 1.2.1 SUMARIEDAD: debe ser resuelto por el juez penal con
rapidez, inmediatez y bajo responsabilidad. El carácter sumario de
este procedimiento exige la referencialidad por parte de los jueces,
claro está, bajo su responsabilidad.

 1.2.2 SUBSIDIARIDAD: debido a que si no existe recurso alguno o si


se agotó todo recurso en defensa de la libertad personal vulnerada,
este se convierte en el único instrumento de defensa de esta libertad.

 1.2.3 INFORMALIDAD: se debe determinar si existió o no la


violación al derecho de la libertad y por ser este procedimiento
sumario, debe ser lo menos complejo posible, pues en juego está la
libertad de un procesado o denunciado.

 1.2.4 BREVEDAD: se promueve con objeto de solicitar del órgano


jurisdiccional la salvaguarda de la liberta corpórea, pero también
protege a la persona contra cualquier autoridad que, ejerciendo
funciones jurisdiccionales, emite resoluciones violando la tutela
procesal efectiva.

CLASIFICACION DEL HABEAS CORPUS:


 2.1 Habeas Corpus Reparador : Es la modalidad clásica y
primigenia de las demás existentes, llamada también hábeas corpus
vertical, debido que la autoridad está encima del particular a quién se
vulneró su derecho fundamental. Procede contra la autoridad policial
o judicial que efectuó el acto o resolución judicial arbitraria. El TC
sostiene que esta modalidad es utilizada cuando se existe la
detención ilegal física por un mandato de naturaleza policial, o
judicial (bien sea de un juez penal, uno civil, o militar); o de una
disposición de algún particular. La finalidad del hábeas corpus
reparador es restablecer la libertad de un individuo arbitrariamente
detenida.

 2.2 Habeas Corpus Restringido : es aquel que se emplea cuando


la libertad física o de locomoción es objeto de molestias, obstáculos,
perturbaciones o incomodidades que, en los hechos, configuran una
seria restricción para su cabal ejercicio.

 2.3 Habeas Corpus Correctivo : este tipo es empleado cuando


existen hechos que agravan ilegal o arbitrariamente las formas o
condiciones en las que se cumplen las penas de privación de
libertad. Por esto, su propósito es darle protección a las personas
frente a procesos carentes de proporcionalidad y razonabilidad,
cuando ha sido definida la consumación de n mandato de detención.
Es preciso destacar que este tipo se encuentra enmarcado y procede
cuando existe la amenaza al derecho humano y fundamental a la
vida, integridad, a la salud del detenido. (Albora, 1993.).

 2.4 Habeas Corpus Preventivo : esta modalidad se puede utilizar


cuando existan casos en los que existe amenaza inminente a que
suceda la privación de libertad, pese a que esta no haya sido
concretada, mediante la vulneración de las leyes o la propia
Constitución. En correspondencia a esto, entre los principales
requisitos para esta modalidad, es que los actos privativos de libertad
se encuentren en proceso de ser cumplidos; por esta razón, esa
situación amenazante no debe ser por presunciones ni conjeturas. Es
requisito, que los actos sentenciados a la privación de la libertad se
hallen en proceso de cumplimiento; por esta razón, la amenaza no
debe ser por conjeturas ni presunciones. (Castañeda, 2005)

 2.5 Habeas Corpus Traslativo: es el usado para denunciar la mora


en el proceso judicial u otras graves violaciones al debido proceso o
a la tutela judicial efectiva; es decir, cuando se mantenga
indebidamente la privación de la libertad de una persona o se
demore la determinación jurisdiccional que resuelva la situación .

 2.6 Habeas Corpus Instructivo: el juez constitucional a partir de


sus indagaciones sobre el paradero del detenido-desaparecido,
busca identificar a los responsables de la violación constitucional,
para su posterior proceso y sanción penal en la vía ordinaria.

CONCLUSIÓN
Luego de la recolección de datos, organización, procesamiento, y presentación
de los resultados, análisis y discusión de los mismos, es posible plantear las
conclusiones, las cuales son producto del cumplimiento de los objetivos. Ahora
bien, se puede señalar que:
- Se evidenció que el Habeas corpus influye como garantía al derecho
fundamental de la libertad según el Tribunal Constitucional año 2020, ya que
constituye un mecanismo procesal que va dirigido a proteger la libertad
individual y los derechos constitucionales conexos.

- Se obtuvo que la protección del derecho a la libertad personal influye de


manera significativa en la imprescriptibilidad según el Tribunal Constitucional
año 2020; toda vez que se trata de uno de los principales derechos
fundamentales de alcance nacional e internacional, en salvaguarda de la
libertad innata propia de la naturaleza humana, debiendo ser, además de
reconocido, protegido.

- Para finalizar, se obtuvo que la arbitrariedad en la detención influye de


manera significativa en las garantías constitucionales según el Tribunal
Constitucional año 2020; debido a que se vulneran tanto los mecanismos
garantistas establecidos por la Constitución como los derechos
fundamentales de reconocimiento internacional, como la presunción de
inocencia, así como el derecho al debido proceso.

RECOMENDACIONES

- Considerando que el desarrollo y defensa de derechos constitucionales exige


el uso de mecanismos jurisdiccionales de protección eficaces, se recomienda
implementar cursos permanentes de actualización profesional sobre derecho
constitucional para una adecuada formación de magistrados y abogados, y
lograr que esta rama del derecho se fundamente como una de las bases para
consolidar y desarrollar una sociedad democrática que afiance el Estado de
derecho.

- Se recomienda que el TC tenga presente y claro que, cuando la vulneración


de la libertad individual del imputado, contenida en una resolución judicial, es
manifiesta, evidente, patente e indudable, no debería ser exigible el carácter
firme de la misma para admitir el proceso y la posterior tramitación del
Hábeas Corpus.

- Se recomienda que, al resolver un caso concreto, debe evaluarse


razonablemente la detención arbitraria y considerar que el internamiento de
un sujeto de derecho en un establecimiento penitenciario es una medida
excepcional, ello en mérito a los principios emanados de instrumentos
internacionales.

ANEXOs
BIBLIOGRAFIA
 https://www.defensoria.gob.pe/habeas-corpus-en-favor-de-suboficial-
pnp-elvis-miranda-se-ajusta-a-la-constitucion-y-marco-legal/

 https://www.monografias.com/trabajos/habeas-corpus-peru-
problematica/habeas-corpus-peru-problematica

 https://lderecho.pe/habeas-corpus-caracteristicas-derechos-
protegidos-tipos-procedimiento/

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