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EL TESTAMENTO: Declaracion de voluntad del testador,
por el cual se deroga el testamente
El testamento es un documento a través del cual se válidamente otorgado. manifiesta la voluntad de una persona que en vida ha o Caducidad determinado la forma en que han de ser distribuidos Implica que con el tiempo alguna de los bienes, derechos y obligaciones; además de las clausulas del testamento quede sin contener a quien recibirá el referido patrimonio, en efecto por el tiempo transcurrido. calidad de herederos testamentarios. o Nulidad Características del testamento Un testamento irregularmente otorgado es invalido. - Personalísimo - Unilateral - REVOCACION DE TESTAMENTO - Revocable Facultad del testador para evitar que el - Expresión ultima de voluntad testamento produzca efectos, puede ser: - Solemne o Expresa - Acto Jurídico Se formula de forma oral o escrita, a Modalidades de testamentos través de cualquier modo, directo, manual, etc - Testamentos Ordinarios o Tácita o En escritura pública La voluntad se infiere de una actitud o En el que el testador otorga circunstancia que revela su existencia. personalmente y ante el notario - LA LEGÍTIMA público, quien anota con su puño y Es la porción de los bienes de la cual el letra las disposiciones en presencia de testador no puede disponer por haberla dos testigos. reservado la ley a determinados herederos o Ológrafo forzosos (el testador no puede disponer con El testador otorga al notario en papel plena libertad sus bienes). sus disposiciones, que luego firma y o Intangibilidad de la legítima guarda en sobre cerrado, en presencia El testador no podrá, privar a los de dos testigos. herederos forzosos de la legitima, o Cerrado además de esto no podrá imponer Es el testamento hecho a puño y letra, gravamen, ni condición, etc. fechado y firmado por el testador, - EL LEGADO otorgado al notario El legado es un acto de liberalidad, mediante - Testamentos Especiales el cual se otorga testamento (conjunto de o Marítimo bienes, derechos y obligaciones) a favor de Es otorgado en tiempos de guerra, cualquiera, quien lo recibe se llama legatario. por los miembros de las fuerzas o Acto de liberalismo armadas y policiales que estén o Voluntario participando en actividades bélicas, o Con cargo a la cuota de libre además de los periodistas, civiles y disposición prisioneros de guerra. o A favor de cualquier beneficiario o Militar o El beneficiario debe ser persona cierta Es otorgado durante la navegación o Acto para retribuir favores acuática, es otorgado por los jefes, o Otorgado por testamento oficiales, tripulantes, pasajeros y o Recae en cosas ciertas cualquier otra persona que se o Su aceptación es total encuentre embarcada en un buque de guerra peruano, o con la bandera - LA PORCION DISPONIBLE peruana. Hace referencia al tercio de bienes de los o En el extranjero cuales puede disponer el testador a su entera voluntad y, sin necesidad de concederlo a un - Invalidación del testamento heredero forzoso o legitimo; para poder Existen 3 formas de invalidación del asignarlo a alguien con quien no tenga ningún testamento tipo de vinculo, pudiendo distribuirlo de la o Revocación manera que crea oportuna. - DEREHCO DE HABITACION DEL CONYUGUE SUPÉRSITE. Guarda relación con el derecho de familia y el derecho del cónyuge viudo para adjudicarse la casa conyugar que sirvió de hogar para la S.C., con la finalidad de protegerlo, velando por el conyugue sobreviviente. Se trataría de un sucesor privilegiado. o Críticas: Por protegerse el derecho de uno, se termina afectando el derecho de los demás sucesores (herederos y legatarios); caso de un hijo extramatrimonial que no podrá disfrutar de la herencia hasta la extinción del derecho. - LOS ALBACEAS: El albaceazgo es la función de cumplir la voluntad ultima del testador, es la potestad del causante para designar a una o varias personas, para cumplir en todo o parte de su voluntad (es voluntario, personal e indelegable, temporal y remunerado). Es propia de la sucesión testamentaria. o Nombramiento del albacea. Debe constar en el testamento, cuando se considere útil, puede ser consignado en cualquier tipo de testamento, ológrafo, por escritura o cualquier otro contemplado en el C.C.