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Reglamento Interno

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COLEGIO PRIVADO

ALEXANDER VON HUMBOLDT

REGLAMENTO INTERNO
INSTITUCIONAL

ENERO, 2019

ENERO, 2020
COLEGIO PRIVADO ALEXANDER VON HUMBOLDT

REGLAMENTO INTERNO

RESEÑA HISTÓRICA

El Colegio Privado “Alexander Von Humboldt” nace en Tacna por Resolución Sub-Regional N° 000245
del 30 de marzo de 1992, siendo su Promotora la Sra. Susana Portugal de Loayza y su Director, el Prof.
Helfer Loayza Chipana.

Inició sus actividades en la calle Arica N° 25, atendiendo una población escolar de 79 alumnos, repartidos en
los tres primeros grados de Secundaria. En el año 1995 se crea el Nivel Primario con R.D.S.R. N° 000892 y a
partir del 30 de Marzo del 2001, cuenta con el Nivel Inicial.

La institución educativa brinda una formación integral a más de 800 alumnos en todos los niveles, quienes
reciben educación en un moderno y cómodo local implementado con salas de cómputo, salas de robótica,
laboratorio de ciencias, biblioteca, sala de proyecciones y centro de recursos, donde los alumnos reciben
didácticas clases virtuales, a su vez, reciben atención inmediata en el departamento de salud (enfermería,
psicología). La institución educativa ha diseñado modernas losas deportivas de básquet, futbolito y tenis,
además de una cancha de gras para la práctica de fútbol y un imponente coliseo cerrado para la realización
de actividades artísticas y deportivas.

Actualmente se encuentra ubicado en la Av. Collpa s/n, a espaldas de la Ciudad Universitaria, donde brinda
educación de calidad a alumnos desde 2 años de edad hasta 5to año de secundaria.

El Colegio Privado Alexander Von Humboldt, persigue el objetivo de generar liderazgo y creatividad, acorde
con el cultivo de valores morales y virtudes cristianas, para hacer de sus educandos, Personas de Éxito. Su
meta es dar una sólida formación para la vida y que los alumnos sean “EMBAJADORES ESTUDIANTILES”
de la cultura, el saber y las buenas costumbres, realizando con eficiencia la misión que les toque desempeñar
en la vida.

En el aspecto académico, los alumnos reciben una preparación adecuada para enfrentar con éxito los
exámenes de ingreso a las diferentes universidades nacionales y extranjeras, a través de simulaciones
presenciales. Los resultados se ven reflejados en el alto porcentaje de alumnos que han logrado su ingreso a
diversos centros superiores, recibiendo el reconocimiento y felicitación de dichas casas de estudio por el éxito
estudiantil de nuestros alumnos al ubicarse, en un gran porcentaje, en el tercio superior.
Además de las áreas del Plan Oficial de estudios, se les brinda más de veinte talleres deportivos y artísticos,
tales como: tenis, fútbol, karate, básquet, vóley, baile moderno, música, violín, etc.

Cuenta con una plana docente de primer nivel, quienes son capacitados permanentemente con las últimas
metodologías de enseñanza. Durante toda su trayectoria, el Colegio Humboldt ha obtenido importantes logros
en los campos artístico, cultural, deportivo, cívico y académico; siguiendo siempre el lema:

“Humboldt, esencia de liderazgo y creatividad”


CAPÍTULO I
GENERALIDADES

Art. 1. El presente Reglamento Interno es un instrumento de gestión que regula la organización y


funcionamiento integral: institucional, pedagógico y administrativo del Colegio Privado Alexander Von
Humboldt de Tacna, cuya Promotora es la Profesora Susana Portugal de Loayza, de conformidad con las
leyes vigentes del Estado Peruano.
Art. 2. Las disposiciones y contenido del Reglamento Interno, establecen pautas, criterios y procedimientos
de desempeño y de comunicación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa, y su
cumplimiento es obligatorio para el Personal Directivo, Docente, Administrativo y de Servicio, Estudiantes y
Padres de Familia del Colegio Privado Alexander Von Humboldt de Tacna.
En el Reglamento Interno la palabra “Colegio”, se refiere al nombre completo de la Institución Educativa
Privada: Alexander Von Humboldt de Tacna.

CAPÍTULO II
BASE LEGAL

Art. 3. El presente Reglamento se sustenta, entre otras, en las siguientes disposiciones legales:
a) Constitución Política del Perú de 1993.
b) Ley N° 28044 Ley General de Educación y sus modificatorias las Leyes 28123, 28302, 28329, 28740
y su Reglamento D.S. 011-2012-ED.
c) Ley 26549 Ley de los Centros Educativos Privados.
d) D.L. 882 Ley de Promoción de la Inversión en la Educación.
e) Ley 27665 – Ley de Protección a la Economía Familiar respecto al pago de pensiones en Centros y
Programas Educativos Privados y su reglamento el D.S. 005-2002-ED.
f) D.S. 009-2006-ED Reglamento de las Instituciones Privadas de Educación Básica y Educación
Técnico Productiva
g) Ley 27815 Ley del Código de Ética y su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 033-2005-PCM
h) Ley 27911 y Ley 27942 Medidas extraordinarias para personal docente o administrativo implicados
en delitos de violación sexual y Prevención y sanción del hostigamiento sexual.
i) D.S. 19-90-ED. (Reglamento de la Ley del Profesorado) y su modificatoria D.S. 011 2007-ED.
j) Ley 28988, Ley que declara la Educación Básica Regular como servicio público esencial.

k) Ley 28681, Ley que regula la comercialización, consumo y publicidad de bebidas alcohólicas, y su
Reglamento Decreto Supremo 012-2009-SA.
l) D.S. 013-2004-ED, que aprueba el Reglamento de Educación Básica Regular.
m) R.M. 016-96-ED. “Normas Generales del Desarrollo Educativo de los Centros Educativos del País”.
n) R.M. 0526-2005-ED, Instituye los Juegos Florales Escolares como actividad educativa de la
Educación Básica Regular.
o) R.M. 0425-2007-ED, que aprueba las Normas para la Implementación de Simulacros en el Sistema
Educativo, en el Marco de la Educación en Gestión de Riesgos.
p) R.V.M. 022-2007-ED, que aprueba las “Normas para el fortalecimiento de la Convivencia y Disciplina
Escolar, el uso Adecuado del Tiempo y la Formación Ciudadana, Cívica y Patriótica de los
Estudiantes de las Instituciones y Programas de la Educación Básica”.
q) R.M. 084-2007-ED. Directiva que norma la campaña nacional por el respeto y la puntualidad.
r) R.V.M. 007-2007-ED. Disposiciones relativas a la campaña por el respeto y la puntualidad.
s) R.M. 440-2008-ED, que aprueba el documento “Diseño Curricular Nacional de Educación Básica
Regular”, como resultado del proceso de revisión, actualización y mejoramiento.
t) R.V.M. 220-2019-MINEDU que aprueba las ORIENTACIONES PARA EL DESARROLLO DEL AÑO
ESCOLAR 2020 EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Y PROGRAMAS EDUCATIVOS DE LA
EDUCACIÓN BÁSICA.
u) Ley 29635, Ley de libertad religiosa y su Reglamento Decreto Supremo 010-2011 JUS.
v) Ley 29719, Ley que promueve la convivencia sin violencia en las instituciones educativas y su
Reglamento Decreto Supremo 010-2012-ED.
w) Código de Niños y Adolescentes, aprobado por Ley 27337.
x) Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM, del 07 de mayo de 2011, sobre obligación de llevar el Libro de
Reclamaciones en las Instituciones Educativas.
y) Ley Nº 29694, Ley que Protege a los Consumidores de las Prácticas Abusivas en la Selección o
Adquisición de Textos Escolares para lograr su Eficiencia, modificada por la Ley Nº 29839 y su
Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2012-ED, del 26 de setiembre de 2012.
z) R.M. N° 281-2016, Currículo Nacional de Educación Básica.
aa) R.V.M.N°025-2019-MINEDU, “Disposiciones que orientan el proceso de evaluación de los
aprendizajes de los estudiantes de las instituciones y programas educativos de la educación básica.”
bb) Resolución Ministerial N° 0519-2012-ED, que aprueba la Directiva N° 019-2012-MINEDU/VMIGI-
OET, denominada “Lineamientos para la prevención y protección de las y los estudiantes contra la
violencia ejercida por personal de las instituciones Educativas”.

CAPÍTULO III
CREACIÓN, UBICACIÓN Y FUNCIONES GENERALES

Art. 4. El Colegio Humboldt es un Colegio de modalidad Educación Básica Regular (EBR) en los niveles
Inicial, Primaria y Secundaria, con personería jurídica, que se encuentra reconocido y autorizado, mediante:
a) Resolución Directoral Sub Regional Nº 000245 de fecha 30/03/1992, apertura y funcionamiento nivel
secundario (2 secciones de primero, 01 sección de segundo y 01 sección de tercero).
b) Resolución Directoral Sub Regional Nº 000892 de fecha 14/06/1995, ampliación de servicio, apertura
del nivel primario de primero a sexto grado (secciones “A”).
c) Resolución Directoral Sub Regional Nº 003212 de fecha 21/06/2001, ampliación del servicio,
apertura del nivel inicial, secciones de 3,4 y 5 años.
d) Resolución Directoral Sub Regional Nº 001913 de fecha 15/05/2013, ampliación del servicio, primero
a sexto de primaria, secciones “B” y segundo y tercero de secundaria, sección “B” y cuarto y quinto
de secundaria, sección “A” y “B”.
e) Resolución Directoral Sub Regional Nº 000669 de fecha 19/02/2010, ampliación del servicio apertura
de 5 años “B” - nivel inicial.
f) Resolución Directoral Sub Regional Nº 001615 de fecha 19/04/2011, ampliación del servicio,
apertura de 2 años - nivel inicial.
g) Resolución Directoral Regional Nº 003918 de fecha 18/07/2012, ampliación del servicio, apertura de
secciones “B” de 2 a 4 años - nivel inicial
El domicilio legal del Colegio Humboldt es Av. Collpa S/N, distrito de Gregorio Albarracín, provincia y
departamento de Tacna.
Art. 5. El Colegio Humboldt con el fin de lograr sus objetivos, promueve la realización de capacitaciones,
conferencias, y otros medios de formación, tanto para los alumnos como para los padres de familia, así como
para el personal de la institución.
Art. 6. El Colegio Humboldt podrá celebrar convenios que contribuyan al logro de sus objetivos, de
conformidad con las disposiciones legales vigentes.
Art. 7. El Colegio Humboldt en su organización y funcionamiento se rige por la Ley General de Educación y su
reglamento, la Ley de Centros Educativos Privados y su reglamento, Ley de Promoción a la Inversión en
Educación y demás normas reglamentarias.

CAPÍTULO IV
MISIÓN, VISIÓN Y VALORES

Art. 8. VISIÓN

“Ser la mejor institución educativa en Latinoamérica formando líderes con calidad humana, innovadores y
creativos que contribuyan en el desarrollo de una sociedad sostenible.”

Art. 9. MISIÓN

Lograr el desarrollo integral de líderes competitivos y creativos, mediante la construcción del conocimiento
científico-tecnológico y la formación de valores.

Art. 10. PRINCIPIOS:


Nuestros Principios se rigen de acuerdo a lo establecido en el Art.8 de la LEY Nº 28044, Ley General de
Educación sobre los principios de la Educación que estipula a la persona como centro y agente fundamental
del proceso educativo. Se sustenta en los siguientes principios:
a) La ética, que inspira una educación promotora de los valores de paz, solidaridad, justicia, libertad,
honestidad, tolerancia, responsabilidad, trabajo, verdad y pleno respeto a las normas de convivencia;
que fortalece la conciencia moral individual y hace posible una sociedad basada en el ejercicio
permanente de la responsabilidad ciudadana.
b) La equidad, que garantiza a todas iguales oportunidades de acceso, permanencia y trato en un
sistema educativo de calidad.
c) La inclusión, que incorpora a las personas con discapacidad, grupos sociales excluidos,
marginados y vulnerables, especialmente en el ámbito rural, sin distinción de etnia, religión, sexo u
otra causa de discriminación, contribuyendo así a la eliminación de la pobreza, la exclusión y las
desigualdades.
d) La calidad, que asegura condiciones adecuadas para una educación integral, pertinente, abierta,
flexible y permanente.
e) La democracia, que promueve el respeto irrestricto a los derechos humanos, la libertad de
conciencia, pensamiento y opinión, el ejercicio pleno de la ciudadanía y el reconocimiento de la
voluntad popular; y que contribuye a la tolerancia mutua en las relaciones entre las personas y entre
mayorías y minorías, así como al fortalecimiento del Estado de Derecho.
f) La interculturalidad, que asume como riqueza la diversidad cultural, étnica y lingüística del país, y
encuentra en el reconocimiento y respeto a las diferencias, así como en el mutuo conocimiento y
actitud de aprendizaje del otro, sustento para la convivencia armónica y el intercambio entre las
diversas culturas del mundo.
g) La conciencia ambiental, que motiva el respeto, cuidado y conservación del entorno natural
como garantía para el desenvolvimiento de la vida.
h) La creatividad y la innovación, que promueven la producción de nuevos conocimientos en todos
los campos del saber, el arte y la cultura.

Art. 11. VALORES


Los valores son aquellas cualidades que se destacan en cada individuo y que, a su vez, le impulsan a actuar
de una u otra manera porque forman parte de sus creencias, determinan sus conductas y expresan sus
intereses y sentimientos que le ayuda a convivir de mejor manera y a sentirse bien en el ambiente en que se
encuentra.
A continuación, se definirán los valores que contribuyen en la formación integral del alumnado:
a) Respeto: Se trata de mantener una actitud de respeto frente a los demás, sin prejuicios, que
nos permita convivir con aquellos que piensan o creen distinto, para construir juntos una
sociedad mejor. Implica tener una mirada positiva y optimista sobre las acciones de las
personas.
b) Justicia: Se expresa en el acompañamiento y la promoción de las poblaciones más
desfavorecidas de nuestra sociedad. va de la mano con el trabajo por la construcción de un
mundo más justo.
c) Solidaridad: Nace de nuestra experiencia de ser compasivos, es decir de mirar a las otras
personas con amor y el amor se traduce en servicio, lo que nos lleva a ser solidarios con
aquellos que más lo necesitan, a través de acciones y gestos concretos.
d) Competencia: Promueve la búsqueda de la excelencia en todos los ámbitos de la formación
integral de los sujetos. Por ello es fundamental formar personas competentes que sean un
verdadero aporte de calidad en la construcción de un mundo más justo.

CAPÍTULO V
DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

Art. 12. La I.E. “ALEXANDER VON HUMBOLDT”: Tiene la siguiente estructura orgánica

a) Promotoría
 Administración
 Recursos Humanos
b) Órgano de Dirección:
 Dirección de Formación General de la Institución educativa “ALEXANDER VON
HUMBOLDT”.
 Sub Dirección de la Institución educativa “ALEXANDER VON HUMBOLDT”.

c) Órgano Técnico Pedagógico y de Asesoramiento:


 Coordinación del Nivel Inicial
 Coordinación del Nivel Primario
 Coordinación de Actividades
 Coordinación de Deportes
 Coordinación de Inglés
 Coordinación TOE
 Consejo de profesores

d) Órgano de Ejecución:
 Docentes
 Auxiliares de Educación

e) Órgano de Apoyo Administrativo.


• Secretaría
• Tesorería
• Centro de Recursos de Aprendizaje y Creatividad
• Fotocopias
• Seguridad
 Mantenimiento

f) Órgano de salud:
 Psicología
 Enfermería
 Odontología

g) Órgano de Apoyo y Participación:


• Alumnos
• APAFA
• Exalumnos
• Comunidad en General

Las funciones de los órganos presentes en este reglamento están descritas en el Manual de Organización y
Funciones (MOF) del Colegio Humboldt.

CAPÍTULO VI:
DE LAS ATRIBUCIONES DE LA PROMOTORA Y DE LA DIRECCIÓN

Art. 13. DE LA PROMOTORA: La entidad promotora cumple con las siguientes funciones:
a. Establecer la dirección, organización, administración y funciones de la institución educativa.
b. Establecer los regímenes económicos, disciplinarios, de pensiones y de becas.
c. Establecer adecuadas relaciones con los padres de familia
d. Aprobar el reglamento interno, en concordancia con la ley general de educación, y la ley de centro
educativos privados.
e. Designar al director de la institución educativa.
f. Autorizar los convenios y el uso extraordinario y sistemático de la capacidad instalada
g. Apoyar al director en su trabajo, a la asociación de padres de familia y ex alumnos en actividades
que sea en beneficio directo de la institución educativa.
h. Dar la aprobación definitiva a la contratación de personal docente y no docente que proponga el
director y cautelar el cumplimiento de las disposiciones legales sobre el régimen económico,
remuneración, beneficios sociales, pensiones, becas, contabilidad, etc.

Art. 14. DEL DIRECTOR: El Director es la primera autoridad del plantel, responsable de la planificación,
organización, conducción, desarrollo, supervisión, evaluación y control de todas las acciones de gestión
pedagógica, administrativas y de los diferentes servicios que brinda la institución Educativa, teniendo presente
en todo momento la visión y misión establecida.
SON FUNCIONES DEL DIRECTOR DEL COLEGIO:
a. Representar legalmente a la institución.
b. Formular, coordinar, ejecutar y evaluar el Plan de Trabajo Anual, con participación del personal
Docente y con la colaboración de la Asociación de Padres de Familia.
c. Velar por el cumplimiento de los objetivos educacionales y por un buen trato a los alumnos
dentro y fuera de la institución educativa.
d. Organizar y dirigir las actividades técnico-pedagógicas y administrativas.
e. Presidir las reuniones técnico-pedagógicas y administrativas y otras relacionadas con los fines
de la institución educativa.
f. Autorizar visitas de estudio y excursiones dentro del ámbito departamental y nacional de
acuerdo a las normas específicas.
g. Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados y exoneración de asignaturas; así como la
aplicación de pruebas para determinar nivel de logros y ejecutar planes de acción.
h. Autorizar la rectificación de nombres y apellidos de los educandos en los documentos
pedagógicos oficiales de acuerdo con las normas específicas ante la presentación de la
documentación pertinente.
i. Expedir Certificados de Estudios.
j. Estimular o sancionar, según el caso a los alumnos del colegio, de conformidad con lo normado
en el presente reglamento.
k. Dirigir, coordinar, asesorar, supervisar y evaluar la labor del personal a su cargo.
l. Otorgar permisos al personal a su cargo.
m. Estimular al personal a su cargo por acciones extraordinarias tanto en el cumplimiento de sus
funciones como en otras que redunden en beneficio del educando, de la institución educativa o
la comunidad. En los casos sobresalientes proponer a la UGEL y/o DRET su reconocimiento por
resolución.
n. Realizar la amonestación verbal o escrita al personal del colegio por incumplimiento de
funciones. En caso de reincidencia o gravedad de la falta informar por escrito al escalafón
superior.
o. Propiciar el diálogo permanente con la APAFA para mejorar la calidad del servicio educativo.
p. Promover la cooperación de instituciones locales y regionales para mejorar los servicios
educativos que brinda la Institución Educativa.
q. Velar por la buena administración de los fondos provenientes de actividades productivas e
ingresos propios, de acuerdo a normas específicas y respetando el medio natural que rodea a la
IE.
r. Velar por un mejor funcionamiento de la biblioteca, laboratorios, el uso de equipos y materiales
educativos.
s. Presidir la comisión encargada de otorgar la Administración de Kioscos y servicio de comedor de
acuerdo con las disposiciones vigentes.
t. Dar curso a los trámites de permiso, licencias del personal Docente y administrativo.
u. Supervisar el buen uso del recurso hídrico dentro de la institución.

CAPÍTULO VII:

DEL RÉGIMEN ACADÉMICO - FORMATIVO


Los Coordinadores de los niveles de Inicial, Primaria y Secundaria del Colegio son responsables de articular
el trabajo académico, por ciclos, de los Profesores, Auxiliares y los órganos de apoyo académico: talleres,
laboratorios y biblioteca, dentro de una visión holística.

CALENDARIZACIÓN DEL TRABAJO PEDAGÓGICO


Art. 15.
El año académico se planifica por trimestres.

PRIMER TRIMESTRE
02 DE MARZO AL 29 DE MAYO
(13 SEMANAS)

VACACIONES: SÁBADO 30 DE MAYO AL DOMINGO 07 DE JUNIO


SEGUNDO TRIMESTRE
08 DE JUNIO AL 11 DE SETIEMBRE
(14 SEMANAS)

VACACIONES: SÁBADO 12 DE SETIEMBRE AL DOMINGO 20 DE SETIEMBRE


TERCER TRIMESTRE
21 DE SETIEMBRE AL 16 DE DICIEMBRE
(13 SEMANAS)

DÍAS LIBRES POR FIESTAS PATRIAS DEL 25 AL 02 DE AGOSTO

Art. 16. Las acciones educativas, con estudiantes, se inician el primer día hábil del mes de marzo y finalizan
la tercera semana de diciembre, haciendo un total de 40 semanas.

Art. 17.
La jornada escolar es de lunes a viernes y se establece de la siguiente manera:

Nivel Jornada Grado Hora de Ingreso Hora de Salida


1:30 p.m. (de lunes a
Cuna 5 horas 2 años 8:30 a.m.
viernes)
2:30 p.m. (de lunes a jueves)
Inicial 6 horas 3, 4 y 5 años 8:00 a.m.
2:00 p.m. (viernes)
3:30 p.m. (de lunes a jueves)
Primaria 9 horas De 1º a 6º 7:40 a.m.
3:00 p.m. (viernes)
3:30 p.m. (de lunes a jueves)
Secundaria 9 horas De 1º a 5º 7:40 a.m.
3:00 p.m. (viernes)

Art. 18. La hora de ingreso y salida está sujeto a variación según circunstancias y condiciones climáticas.
Art. 19. La asistencia de los estudiantes en días y horas distintos se comunica con anticipación, de acuerdo a
una planificación específica.

Art. 20. Es parte de la propuesta del Colegio, ofrecer talleres formativos, artísticos, deportivos y tecnológicos
para complementar la formación integral dentro de la jornada escolar.

CAPÍTULO VIII
DEL DISEÑO Y PROGRAMACIÓN CURRICULAR
Art. 21.
La base teórica de la Propuesta Curricular del Colegio es el Currículo Nacional.

Art. 22.
La propuesta curricular del Colegio se organiza en los siguientes componentes: Competencias,
capacidades y desempeños.

Art. 23.
El Proyecto Curricular Institucional (PCI) comprende el conjunto de propósitos de aprendizaje que
deben lograr los estudiantes al término del grado y ciclo escolar.

Art. 24.
La Programación Curricular comprende la Programación Anual y las programaciones de corto
alcance. Su elaboración es responsabilidad de los profesores y de los Coordinadores de niveles.

Art. 25.
La organización del currículo es por ciclos y grados. La Propuesta Curricular se organiza en cuatro
ciclos que comprenden los Niveles de Inicial, Primaria y Secundaria. Estos ciclos están conformados de la
siguiente manera:

CICLOS GRADOS
I Cuna: 1 y 2 años
II Inicial: 3,4 y 5 años
III 1º y 2º de Primaria
IV 3º y 4º de Primaria
V 5º y 6º de Primaria
VI 1º y 2º de Secundaria
VII 3º, 4º y 5º de Secundaria
Art. 26.
La tutoría es inherente al currículo. A pesar de que la tutoría no es un área curricular ni propone competencias
adicionales a las presentadas en el Currículo Nacional, contribuye

al desarrollo de estas y de los valores y actitudes relacionados con los enfoques transversales, al promover
una práctica reflexiva con los espacios de orientación.
La tutoría implica promover y fortalecer las competencias socio afectivas que contribuirán al desarrollo de su
autonomía y que potenciarán sus interacciones con los demás y la valoración de sí mismo.
La Tutoría y Orientación Educativa se estructura en función de siguientes dimensiones
a) Dimensión personal: está relacionada con el conocimiento y valoración de sí mismos, y el
fortalecimiento de capacidades para expresar sentimientos, deseos y emociones, lo que contribuirá
al logro de estilos de vida saludables. En forma específica, esta dimensión considera el desarrollo
socio afectivo.
b) Dimensión social: considera del estudiante con las personas de su entorno, para establecer una
convivencia armoniosa que fortalezca el sentido de pertenencia, igualdad, participación y la
búsqueda del bien común. En forma específica, contempla el desarrollo de habilidades
interpersonales, habilidades sociales y habilidades para prevenir situaciones de riesgo.
c) Dimensión de los aprendizajes: está vinculada con el fortalecimiento de la gestión de los
aprendizajes y con el desarrollo de los procesos cognitivos de los estudiantes, tomando en cuenta su
desarrollo evolutivo. El tutor debe estar atento a los ritmos y estilos de aprendizaje de sus
estudiantes para acompañarlos de manera pertinente.

CAPÍTULO IX
DE LOS SERVICIOS DE APOYO AL ESTUDIANTE

Art. 27.
Los Coordinadores de los niveles están encargados de articular las áreas académicas, tutoría y
disciplina.
Art. 28.
La Tutoría es un espacio donde el estudiante puede ser atendido, escuchado y orientado en relación
a diferentes aspectos de su vida personal, poniendo especial atención a sus necesidades afectivas y
académicas. Esta labor de acompañamiento y orientación la realiza un profesor(a), a quien se le denomina
tutor(a) de un grupo de estudiantes.

Art. 29.
El Departamento de Psicología es el responsable de evaluar a los estudiantes que presenten
dificultades de conducta y de aprendizaje. Además, evalúa y elabora informes psicológicos en el proceso de
admisión y de orientación vocacional, apoya también en la elaboración y ejecución de los planes de tutoría y
en el equipo de Escuela de Padres.
En relación a los casos atendidos en el Departamento, el psicólogo se encarga de evaluar a los estudiantes
previa derivación del departamento de TOE y/o profesores.

Art. 30. La Coordinación de Actividades es la instancia responsable de coordinar, organizar y evaluar las
actividades académicas, artístico-culturales y deportivas que se realizan dentro y fuera del Colegio, así como
también buscar el vínculo con otras instituciones encargadas de realizar eventos culturales en la ciudad.

CAPÍTULO X
Del modo de proceder en las evaluaciones

La R.V.M. N° 025-2019-MINEDU, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 11 de febrero de 2019,


aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones que orientan el proceso de evaluación de los
aprendizajes de los estudiantes de las instituciones y programas educativos de la Educación Básica”.

Art. 31. De la escala de calificación


a) Desde el nivel inicial hasta el PRIMER GRADO de Educación Secundaria de EBR y en EBE y para los
ciclos Inicial, Intermedio y primer grado del ciclo avanzado de EBA, se utilizará la escala de calificación
señalada en el Currículo Nacional de Educación:
Escala de Calificación del CNEB

Logro destacado
AD Cuando el estudiante evidencia un nivel superior a lo esperado respecto de la competencia.
Esto quiere decir que demuestra aprendizajes que van más allá del nivel esperado.

Logro esperado
A Cuando el estudiante evidencia el nivel esperado respecto a la competencia, demostrando
manejo satisfactorio en todas las tareas propuestas y en el tiempo programado.

En proceso
B Cuando el estudiante está próximo o cerca al nivel esperado respecto a la competencia, para lo
cual requiere acompañamiento durante un tiempo razonable para lograrlo.

En inicio
Cuando el estudiante muestra un progreso mínimo en una competencia de acuerdo al nivel
esperado. Evidencia con frecuencia dificultades en el desarrollo de las tareas, por lo que
C
necesita mayor tiempo de acompañamiento e intervención docente.
PERMANECEN EN EL GRADO
(los estudiantes que:)
PROMOCIÓN AL GRADO PASAN AL PROGRAMA DE
SUPERIOR Al término del programa de recuperación
RECUPERACIÓN PEDAGÓGICA Al finalizar el período lectivo
(procede cuando el estudiante pedagógica de las vacaciones de fin de
(los estudiantes que) obtienen:
obtiene) año o evaluación de recuperación:

Automática No aplica No aplica No aplica


1° Automática No aplica No aplica No aplica
2° “A” en las competenciasObtienen
de “B” o “C” en
3° Comunicación, Matemática y “B” Matemática o Comunicación.
4° en todas las demás áreas o Obtienen “C” en otras áreas o “C” en las dos áreas: No alcanzó las condiciones mínimas
talleres talleres. Matemática y Comunicación. exigidas para la promoción después de
5° “A” en las competencias de Obtienen “B” o “C” en finalizada la recuperación pedagógica.
6° Comunicación, Matemática, Matemática o Comunicación,
Ciencia y Tecnología, y Personal Personal Social, Ciencia y
Social y “B” en todas las demás Tecnología.
áreas o talleres Obtienen “C” en otras áreas o
talleres.
1° Al término del año lectivo, El Obtiene el calificativo “C” (en El calificativo “C” (en inicio) en Persiste con el calificativo “C”
calificativo “B” (en proceso) como inicio) hasta en 3 áreas o cuatro o más áreas o talleres, (inicio) en dos o tres áreas o talleres.
mínimo en todas las áreas o talleres, incluyendo el área o incluyendo el área o taller pendiente
talleres, incluida el área o taller taller pendiente de recuperación. de
pendiente de recuperación, si lo recuperación
hubiera
Al término del programa o
evaluación de recuperación, como
mínimo el calificativo “B” (en
proceso) en todas las áreas o
talleres o “C” en solo una (01)
área o taller.
b) Desde el 2do al 5to año de secundaria las condiciones de promoción, repitencia y
recuperación de los resultados de la evaluación de los aprendizajes se rigen de acuerdo a
la Directiva 004-VMGP-2005, aprobada por R.M. 0234-2005-ED y su modificatoria del
diario El Peruano del 23 de junio de 2005.

 De la escala de calificación:

En Educación Secundaria del 2do al 5to año de la EBR la escala de calificación es


vigesimal considerándose a la nota once (11) como la mínima aprobatoria.

 De los resultados:

La calificación anual de cada área se obtendrá al término del año escolar. Para ello, se
promediará en forma simple los resultados obtenidos en cada trimestre.

 De la promoción al grado superior:

a. Cuando al término del año escolar, el estudiante aprueba todas las áreas
curriculares, incluida el área curricular pendiente de recuperación pedagógica
(subsanación).

b. Cuando al término del Programa de Recuperación Pedagógica o la Evaluación de


Recuperación, el estudiante aprueba todas las áreas curriculares o desaprueba un
(1) área.

 De la repitencia:

a. Cuando al término del año escolar, el estudiante desaprueba cuatro (4) o más áreas
curriculares, incluida el área curricular pendiente de subsanación.

b. Cuando al término del Programa de Recuperación Pedagógica o la Evaluación de


Recuperación se desaprueba dos (2) o más áreas curriculares.

 De las evaluaciones de recuperación pedagógica:

Pueden participar en el Programa de Recuperación Pedagógica o en la Evaluación de


Recuperación los alumnos que desaprobaron hasta tres (3) áreas, incluida el área curricular
pendiente de subsanación.

La evaluación de recuperación se rendirá en el Colegio en las fechas informadas


oportunamente, mediante comunicado oficial.

Art.31. Al final de cada trimestre, cada coordinador se reúne con los profesores del nivel, para
analizar la evaluación académica y conductual. Esta reunión está encaminada a optimizar la ayuda
a los estudiantes y tomar las medidas correctivas.
CAPÍTULO XI:
DE LOS RECONOCIMIENTOS Y ESTÍMULOS

Art. 32. De los estímulos:


a) Los estímulos a que se hacen acreedores los educandos que resaltan y realicen acciones
extraordinarias dentro y fuera del colegio son:
 Felicitación y reconocimiento verbal
 Felicitación por escrito.
 Diploma de honor al mérito.
 Trofeos y/o galvanos.
 Otros

Art.33. Los reconocimientos correspondientes al logro de sus competencias:


a) Por obtener un logro destacado en el desarrollo de competencias al concluir los estudios
secundarios en la IE:
 Reconocimiento especial
 Premio Excelencia
 Diploma de honor
 Premios especiales

b) Por obtener el mejor logro en el desarrollo de competencias al finalizar el año escolar


 Reconocimiento público el día de la clausura
 Diploma de honor

c) Por obtener los mejores logros en desarrollo de competencias al final de cada trimestre.
 Reconocimiento en el patio central frente a todo el alumnado.
 Publicación del mérito obtenido.

d) Por participar y obtener primeros puestos en algún concurso (ciencias - letras - artes) a
nivel local, regional o nacional:
 Reconocimiento público ante sus compañeros
 Evaluación compensatoria en curso a fin de la actividad
 Premios especiales
 Reconocimiento en el “Día del Logro”

e) Por integrar el elenco, banda escolar y otras representaciones artísticas y/o literarias
demostrando una participación destacada en las diferentes actividades internas o externas
a nombre de la IE. al concluir los estudios secundarios.
 Reconocimiento público en la ceremonia de “Herencia Sagrada”
 Diploma de honor.

f) Por integrar el ranking de los quince primeros puestos de la promoción al concluir los
estudios secundarios.
 Acceden a las condiciones de ingreso que establece la Universidad Privada de Tacna
con la que nuestra institución tiene convenio.

g) Por ser integrante del cuarto y quinto año de secundaria.


 Obtienen beneficios de orientación vocacional y acceso a pruebas de admisión
ofertadas por Universidades y otras Instituciones reconocidas a nivel nacional
(Universidad Católica del Perú, San Ignacio de Loyola, Universidad de Ciencias
Aplicadas y otros) por la calidad educativa que brinda la institución.
Art. 34. Los reconocimientos correspondientes al aspecto personal:

a) Por ser una persona colaboradora, identificada, solidaria, empática, líder proactivo durante
todo el periodo lectivo:
 Reconocimiento público en el día de la clausura.
 Carta de felicitación

b) Por su labor a favor de la institución, su perseverancia en los estudios, el aporte a su


promoción y el liderazgo proactivo de bien y grandeza durante los cinco años de estudios
secundarios:

 Reconocimiento público en el día de la clausura


 Premio Giovanna Rocchetti

Art.35. Reconocimientos correspondientes a los aspectos deportivos:


a) Por haber obtenido el primer puesto integrando algún equipo deportivo oficial de la IE
- Reconocimiento público
- Diploma de honor

b) Por participar en algún evento deportivo particular o de liga, autorizado, en que se obtenga
el primer puesto
- Reconocimiento público
- Diploma de honor

Art. 36. De los premios especiales


 Se otorgará un premio o reconocimiento especial a los alumnos que realicen
alguna acción extraordinaria, que no esté estipulada en el presente reglamento
previa presentación del informe correspondiente y la coordinación con el consejo
de profesores y cuerpo directivo.

CAPÍTULO XII:
DEL PROCESO DE ADMISIÓN, MATRÍCULA Y TRASLADOS

Art. 37. El Colegio Alexander Von Humboldt, según las leyes legales vigentes comunicará antes de
terminar el año académico sobre los costos de la matrícula escolar y pensiones.

Art. 38. Del proceso de admisión:

a) Las etapas y los criterios del proceso de admisión ordinario para los tres niveles inicial,
primaria y secundaria, serán publicadas en la página web del Colegio Humboldt
www.colegiohumboldt.edu.pe.

b) En el caso del Proceso de Admisión Extraordinario, el número de vacantes ofertadas


será definido por la Dirección considerando el número de estudiantes que se retiran a
lo largo del año escolar.
c) No se admitirán alumnos que hayan repetido el año escolar o que hayan sido
expulsados por cualquier razón de otros colegios.

d) Los padres de familia o apoderado al optar y postular a sus hijos al Colegio Humboldt
aceptan y reconocen la política del Colegio, así como los estándares y normas de
convivencia y participación de las actividades programadas. El Compromiso de
matrícula de Servicios Educativos ratificará individualmente esta obligación.

Art. 39. De la cuota de alumno nuevo:

a) La cuota de ingreso es fijada por el Colegio Humboldt y es cancelada por los padres de
familia o apoderado del postulante cuando este haya logrado una vacante y haya sido
admitido formalmente en el Colegio.
b) Los padres de familia o apoderado no tienen derecho a devolución de la cuota de
alumno nuevo.

Art. 40. De la matrícula:

a) La matrícula y su ratificación se fija anualmente y se cumple de acuerdo con las


disposiciones establecidas por el Colegio Humboldt, la normatividad vigente y el
Compromiso de matrícula suscrito entre el padre de familia o apoderado del alumno y
el Colegio.

b) La asistencia de los padres de familia o apoderado al acto de matrícula o su


ratificación en las fechas publicadas según cronograma es obligatoria.

c) El acto de matrícula expresa la aceptación del padre de familia a las condiciones


económicas, régimen disciplinario, plan curricular y sistema educativo, de evaluación y
control que les propone el Colegio Humboldt en los niveles de educación inicial,
primaria y secundaria.

d) El procedimiento de matrícula se comunica por medio del Comunicado oficial del mes
de diciembre.

e) Para todos los alumnos el pago por concepto de matrícula es en la secretaría del
Colegio, durante todo el mes de febrero.

f) Concluye la matrícula con la firma del COMPROMISO DE MATRÍCULA debidamente


firmado en Secretaría del plantel.

g) El monto de la matrícula no excederá el importe de una pensión mensual.

h) La matrícula se realiza durante el mes de febrero y debe ser pagada de una sola vez y
de manera íntegra.

Art.41. MATRÍCULA CONDICIONAL

a) Se aplica al final del año escolar cuando la Dirección, habiendo recibido el informe del
Consejo de Profesores, y el informe personal del tutor decide “ofrecer una oportunidad”
y acompañamiento a aquellos alumnos que no lograron desempeño académico y/o
conductual esperados.
b) La matrícula condicional requiere de la intervención y compromiso tanto del Colegio
como de los padres de familia o apoderados para mejorar el desempeño académico y
formativo del estudiante.

c) Son los padres de familia o apoderados del alumno los primeros en comprometerse de
modo verbal y por escrito para que su menor hijo mejore su comportamiento y/o
rendimiento académico y no perder la vacante.

ART. 42. RATIFICACIÓN DE LA MATRÍCULA:


La matrícula se ratificará, si el alumno y/o los padres de familia, al final del año, no se
encuentran dentro de las siguientes causales:
a) Mantener deuda pendiente
b) Repitencia
c) Matrícula condicional
d) Falta grave
e) Que los padres de familia o apoderados no cumplan con los compromisos
firmados con el Colegio.

Art. 43. DEL PROCESO DE TRASLADOS:

a) Los traslados de los alumnos se realizan hasta tres (3) meses antes de la finalización
del año escolar (segundo trimestre del año escolar).

b) Los padres de familia o apoderados que solicitan traslado de su pupilo a otro centro
educativo pierde su vacante en el Colegio Humboldt. Podrá darse un trato de
excepción cuando el motivo del traslado es por situaciones laborales de los padres; no
obstante, la autorización de reingreso está supeditada a la existencia de vacante y a
los resultados del nivel académico cuando corresponda.

CAPÍTULO XIII:
DE LA EVALUACIÓN DE TEXTOS ESCOLARES

Art. 44. El Colegio Humboldt anualmente, realiza una evaluación a conciencia y con criterios de
equidad de los textos escolares propuestos por los docentes para el año lectivo, de conformidad con
el Reglamento de la Ley 29649 y su modificatoria 29839 con la finalidad de proteger a los
consumidores (padres de familia) de las prácticas abusivas en la selección y adquisición de los
textos escolares.

Art. 45. Para efectos de la evaluación anual de textos escolares se conforma una Comisión de
Docentes que presenta las ternas respectivas, que son elaboradas utilizando los criterios
pedagógicos e indicadores de calidad aprobados por el Ministerio de Educación, que constan en la
ficha de evaluación.

Art. 46. La comisión de docentes se encarga del llenado de las fichas de evaluación de conformidad
con el reglamento de la Ley 29649 y la relación de textos presentados en la terna.

Art. 47. Conforme con la Ley 29694 y su Reglamento, las ternas elaboradas de cada área por el
equipo designado serán presentadas a los representantes de la APAFA de la institución, previa
convocatoria por parte de la Dirección. En la citada sesión las ternas serán expuestas y se acordará
la relación total de textos a utilizar por cada área para el respectivo grado escolar.

Art. 48. La selección de textos escolares deberá constar en un acta que debe ser suscrita por el
Director, las respectivas coordinaciones y la representación de los padres de familia (APAFA).
CAPÍTULO XIV:
DE LA MATRÍCULA, PENSIONES, CUOTA DE ALUMNO NUEVO Y DESCUENTOS

Art. 49. DE LA MATRÍCULA:

a) La matrícula es el monto que se paga al inicio de cada año escolar durante el mes de
febrero en las fechas establecidas y la suma que establezca el Colegio. Dicho monto
será comunicado al padre de familia o apoderado, al finalizar cada año escolar. El
monto de la matrícula no excederá el importe de una pensión mensual.

b) La matrícula debe ser pagada de una sola vez y de manera íntegra, bajo ningún motivo
el Colegio aceptará adelantos por concepto de matrícula; en el caso de alumnos
nuevos, aun cuando hayan pagado la cuota de ingreso y entregado los documentos
correspondientes del colegio de procedencia.

c) La matrícula no está condicionada a ningún otro pago adicional.

d) La matrícula del alumno culmina al presentar todos los documentos requeridos por la
secretaria del colegio.

Art. 50. DE LAS PENSIONES DE ENSEÑANZA:

a) El costo del servicio educativo se fija en una suma anual que podrá pagarse en diez
armadas mensuales, denominadas “pensiones” de marzo a diciembre. Dicho monto
podrá variar con el inicio de cada año escolar, lo cual será informado a través del
Comunicado oficial del Colegio Humboldt al finalizar cada año académico.

b) Las pensiones deberán ser pagadas puntualmente según cronograma de pagos, en la


entidad bancaria designada por el Colegio. El pago oportuno y puntual de dichas
pensiones evitará el interés moratorio que establezca la entidad bancaria de acuerdo a
ley, según consta en el Compromiso de matrícula firmado por padre de familia.

c) Las pensiones vencen el último día de cada mes, según lo indicado en el compromiso
de matrícula firmado por el padre de familia.

d) En caso de retraso en el pago de pensiones se aplicará la máxima tasa de interés


moratoria autorizada por el Banco Central de Reserva del Perú según Circular N° 021-
2007-BCRP acumulable hasta la fecha de su cancelación.

Art. 51. DE LA CUOTA DE INGRESO:

a) La cuota de ingreso es fijada por el Colegio y es cancelada por los padres de familia o
apoderados del postulante cuando este haya logrado una vacante y haya sido admitido
formalmente en el Colegio.
b) Los padres de familia o apoderados no tienen derecho a la devolución de la cuota de
ingreso por concepto de alumno nuevo.
c) Las cuotas de ingreso se destinan para el financiamiento del presupuesto de inversión,
el mejoramiento de la infraestructura, el equipamiento educativo y los proyectos de
desarrollo institucional.

Art. 52. DE LOS DESCUENTOS:


El descuento en el pago de pensiones es un beneficio que otorga el Colegio "Humboldt" y
que consiste en la exoneración parcial de la pensión de enseñanza.

1. Son fines del otorgamiento de descuentos:


a. Asegurar a favor del alumno en situación de orfandad y que conlleve serio
problema económico, la continuidad de sus estudios.
b. Apoyar solidariamente y por tiempo limitado a las familias que, por circunstancias
fortuitas, tengan dificultades económicas muy serias.
c. Estimular la excelencia académica y deportiva.

2. El número de descuentos no será mayor del 10 % del total de alumnos matriculados y


estarán sujetos a evaluación periódica, tienen una duración máxima de un año,
pudiendo ser renovadas por el mismo lapso, previa petición del padre o apoderado.

3. Los padres de familia o apoderados que deseen acogerse a este beneficio deberán
presentar, en el mes de enero de cada año, su solicitud para el presente período
escolar, adjuntando copia de Informe de Progreso del Aprendizaje del Estudiante del
año anterior, croquis de ubicación de su domicilio.

4. Son requisitos indispensables para la concesión del descuento:


a. Tener como mínimo un año de permanencia en la Institución.
b. Haber culminado el año escolar (a diciembre) en forma invicta.
c. No tener observaciones conductuales, en ningún Trimestre, ni haber sido
sancionado durante el año por falta grave o muy grave.
d. No tener matrícula condicional.
e. No adeudar al Colegio
f. Acreditar mediante documentación fehaciente la necesidad del descuento
respectivo.
.
5. Son criterios para la adjudicación de descuento:
a. Se podrá otorgar hasta un descuento por familia.
b. Los alumnos beneficiados con lo dispuesto por fallecimiento de padre o jefe de
familia deberán cumplir con los requisitos del numeral 4 del Art. 50°.
c. Excepcionalmente, podría otorgarse descuento a los alumnos que destacaran
en el deporte o actividad artística y que, además cumplan con los requisitos
señalados en el numeral 4 del Art. 50°.
d. Los descuentos otorgados son válidos por un año y se adjudicarán mediante
Resolución Directoral.

6. Corresponde al COMITÉ DE DESCUENTOS la concesión de los mismos, tomando


como instrumento de juicio:
a. El informe Académico.
b. El informe del Área de TOE.
c. El informe de Tesorería.

7. El descuento otorgado no incluye la cuota de matrícula ni la pensión correspondiente


al mes de marzo.

8. La Dirección dispondrá la suspensión temporal del descuento otorgado teniendo en


cuenta las siguientes causales:

a. Sanción grave por falta disciplinaria.


b. Rendimiento escolar deficiente.
c. Observar habitualmente conducta negativa.
d. Solvencia económica actual verificada por el Colegio.
e. A solicitud del padre de familia o apoderado.

9. El Comité de descuentos se reserva el derecho de atender situaciones no


contempladas en el presente Reglamento.

CAPITULO XV:
NORMAS DE CONVIVENCIA EN LA INSTITUCIÓN

Art. 52. La convivencia escolar en la institución tiene como finalidad propiciar las buenas relaciones
interpersonales de la comunidad educativa, de este modo contribuyen a la prevención del acoso y
otras formas de violencia entre estudiantes, garantizando las condiciones adecuadas de convivencia
considerando el diagnóstico a nivel de alumnos y el diagnóstico de aula. Se plantea orientar el
trabajo hacia los siguientes aspectos:

a) Practicar el respeto recíproco, valorando la dignidad, los derechos, la integridad y libertad


de los demás alumnos.
b) Asumir con responsabilidad y conciencia su comportamiento y las consecuencias de sus
actitudes negativas.
c) Contribuir y practicar la justicia e igualdad de derechos y deberes entendiendo que todos
los alumnos deben sentirse valorados.
d) Aprender a ser tolerantes, aceptando a los demás, entendiendo que cada ser humano es
diferente en sus cualidades, pensamientos, habilidades, sentimientos y que nadie debe
ser excluido del grupo.
e) Practicar en el trato diario, el sentir por los demás, lograr que la empatía sea una
característica del alumno.

Art. 53. NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR:

a) Asistir puntualmente al Colegio y a las horas de clase.


b) Asistir a clase en buenas condiciones de higiene (correctamente uniformado y peinado)
c) Recibir al docente u otro adulto con respeto, poniéndose de pie al ingreso y salida del aula.
d) Practicar el autocontrol de su comportamiento, razonando, reflexionando y revirtiendo el
comportamiento inadecuado.
e) Practicar en forma habitual la resolución de los conflictos que se puedan dar entre
compañeros, utilizando la comunicación asertiva, el razonamiento y las habilidades
sociales.
f) Ningún alumno podrá agredir o acosar a su compañero en forma verbal o física, ya sea en
el aula, espacios libres o por las redes sociales.
g) Mantener una actitud correcta en clase, escuchar, respetar el turno de palabra, permanecer
correctamente sentado por respeto a los demás.
h) Por respeto y derecho de los demás compañeros, el alumno debe guardar silencio durante
el desarrollo de la clase y las evaluaciones.
i) Respetar los bienes de los compañeros y del Colegio.
j) Durante las horas de clase ningún alumno permanecerá fuera del aula, salvo autorización
del profesor.
k) Durante el tiempo de receso, el alumno debe evitar permanecer en el aula salvo causa
justificada.
l) Mantener y conservar en buen estado los diferentes ambientes del Colegio.
m) Obedecer al profesor en las consignas de tareas y recomendaciones que pudiera dar.
n) Traer el material y tareas resueltas (ejercicios, prácticas, monografías, asignaciones)
oportunamente.
o) Evitar el uso de celulares u otros dispositivos, que puedan distraer y/o fomentar la
indisciplina al propio alumno o a sus compañeros.
p) Tomar en cuenta las indicaciones y/o estándares que cada docente señala o indica para su
área.
q) Respetar el parte diario por ser de uso exclusivo del docente y auxiliar.
r) Evitar comportamientos inadecuados relacionados con acciones de enamoramiento y
manifestaciones amorosas que atentan contra las normas institucionales.

CAPÍTULO XVI
DE LAS NORMAS DE CONDUCTA, DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES

Art. 54. El educando tiene los siguientes derechos:


a) Recibir información y servicios de tutoría en cada grado de estudios, dentro de un ambiente
que le brinde seguridad moral y física para lograr un desarrollo integral.
b) Ser tratado con dignidad y respeto, sin discriminación alguna.
c) Recibir estímulo por acciones meritorias en beneficio de su formación.
d) Ser elegido como representante en los diferentes órganos estudiantiles, siempre que reúna
los requisitos establecidos para tal fin y ser respetado en sus funciones.
e) Ser orientado y acompañado en sus problemas personales, familiares, espirituales,
académicos y otros, por el tutor, TOE y departamento de psicología, según sea el caso.
f) Recibir una formación propicia para el desarrollo de sus potencialidades, capacidades,
habilidades y destrezas.

Art. 55. El educando tiene los siguientes deberes y/o obligaciones:


a) Cumplir con el reglamento Interno, con el manual de convivencia y otras disposiciones
emanadas por la autoridad.
b) El educando debe respetar las normas de convivencia establecidas en el aula y en la
Institución.
c) Asumir con conciencia el compromiso de matrícula firmado por sus padres.
d) Cumplir con responsabilidad sus obligaciones académicas, llegar puntualmente a la
institución educativa.
e) En caso de inasistencia, presentar las justificaciones firmadas por el padre de familia y/o
apoderado, el día hábil inmediato a la falta.
f) Demostrar buen comportamiento dentro y fuera del plantel.
g) Observar buena presencia, puntualidad, disciplina, honradez, espíritu de superación,
lealtad, cooperación, solidaridad, identificación y demás valores éticos, considerados en el
perfil del alumno humboldtiano.
h) Practicar la tolerancia y el respeto recíproco entre los miembros integrantes de la
comunidad educativa humboldtiana.
i) Asumir con responsabilidad y conciencia los compromisos establecidos para revertir las
actitudes inadecuadas.
j) Participar de manera coordinada y obligatoria en actividades académicas, cívicas,
artísticas, deportivas, culturales y religiosas (según el credo), ya que contribuyen a su
formación integral.
k) Traer todos los comunicados emitidos por el docente y/o TOE, debidamente firmados por el
padre de familia, al día siguiente.
l) Abstenerse de intervenir en actividades de partidos políticos dentro del colegio y en actos
reñidos contra la moral y las buenas costumbres, que atenten contra la salud física y
mental.
m) Cuidar los ambientes, laboratorios, equipos, mobiliario y demás instalaciones del colegio.
n) En su presentación personal debe considerar el cumplimiento del artículo N° 63 del
presente reglamento.
Art. 56. De las prohibiciones de los educandos.
a) Llegar de manera impuntual al Colegio y/o actividades programadas.
b) Usar accesorios como collares, pulseras, anillos, piercing, tatuajes, lentes de contacto
cosmético, uñas pintadas, tinte en el cabello y maquillaje.
c) Portar o usar instrumentos punzo cortantes y armas de fuego que puedan ocasionar daños.
d) Pronunciar palabras soeces, realizar actos reñidos contra la moral y las buenas costumbres
dentro y fuera del plantel (movilidades, plazas, alrededores del colegio, etc.)
e) Efectuar inscripciones en las paredes de la infraestructura del plantel.
f) Fomentar desorden, indisciplina y acciones violentas dentro y fuera del plantel, así como
concurrir a lugares públicos indebidos (discotecas, pinball, salas de video juegos y otros)
con uniforme escolar.
g) Introducir y fomentar material pornográfico (imágenes, videos, lecturas, etc.) y otros objetos
indebidos dentro del plantel.
h) Introducir y/o consumir dentro del plantel bebidas alcohólicas o cualquier tipo de drogas.
Así como exponerse con uniforme fuera del plantel en estas situaciones.
i) Malograr y destruir los bienes y mobiliario del centro educativo, así como apropiarse de los
mismos.
j) Ofender de palabra u obra a sus compañeros y/o personal de la institución, así como
incurrir en actos de amenaza, cualquiera sea el medio utilizado (redes sociales, celular,
entre otros)
k) Abandonar el aula y/o el colegio en horas de clase sin previa autorización.
l) Adulterar y/o falsificar calificativos, firmas y documentos oficiales de la institución.
m) Propiciar, organizar o integrar pandillas juveniles dentro y fuera del plantel.
n) Realizar actos de soborno, al personal de la institución, mediante obsequios, pagos y otros.
o) Motivar acciones violentas de cualquier índole.
p) Firmar actas o peticiones a favor o en contra de superiores.
q) Recibir clases que remuneren a su mismo profesor de área dentro o fuera de la I.E.
r) Apropiarse de pertenencias ajenas (acción tipificada como robo).
s) Manifestar situaciones amorosas dentro de la institución y en actividades representativas
del colegio. Así como exponerse con uniforme fuera del plantel en este tipo de situaciones.
t) Utilizar el nombre del colegio en acciones no autorizadas por la institución.
u) Portar celular y/o aparatos electrónicos, iPod y objetos de alto valor; así como también
juegos de azar.
v) Portar dispositivos que no correspondan al USB.
w) Vender o comprar trabajos y asignaciones.
x) Dictar clases y/o ofrecer asesoría académica pagada a otros alumnos.

CAPÍTULO XVII:

DE LA EVALUACIÒN DEL COMPORTAMIENTO

Art. 57. El comportamiento es entendido como el modo que tiene una persona de dirigir sus actos y
gobernar su vida a través del manejo de hábitos necesarios para el desarrollo personal y social; el
cual es reflejado a través de sus actitudes de convivencia.
Art. 58. El comportamiento se evaluará sobre la base de los siguientes criterios. El cumplimiento de
tareas y trabajos encargados, orden, presentación e higiene personal, esfuerzo por su aprendizaje,
comportamiento en el aula, comportamiento dentro de la Institución, comportamiento fuera de la
Institución con uniforme escolar, capacidad de liderazgo, participación e identidad, disciplina,
asistencia, asistencia a actividades cívico patrióticos y puntualidad.

Art. 59. Para la evaluación del comportamiento se utilizará la ficha de Reporte de las Actitudes de
Convivencia con una escala literal (AD: Logro Destacado, A: Logro Esperado, B: En Proceso, C: En
Inicio) y se emitirá al padre de familia al finalizar cada trimestre.

Art. 60. Son responsables de evaluar las Actitudes de Convivencia de los alumnos.
a) El Profesor de aula.
b) Los Profesores Tutores.
c) El Coordinador de TOE
d) Los Auxiliares de Educación

Los documentos que se utilizarán para la evaluación de las Actitudes de Convivencia serán:

a) Registro de Asistencia
b) Parte Diario de Clase
c) Ficha de Control Técnico Pedagógico de tutores
d) Ficha de Reporte de las Actitudes de Convivencia

Art.61. En la evaluación del Comportamiento se considerará el procedimiento según los tipos de


faltas cometidas:
 Falta Leve: Orientación inmediata de los profesores y/o tutor de aula para revertir
la falta.
 Falta Grave: Intervención del departamento de TOE, Coordinadores y/o Consejo
de Profesores, siendo posible la suspensión del alumno.
 Fatal Muy Grave: Intervención del departamento de TOE, Coordinadores, Consejo
de Profesores y Consejo Directivo determinándose el Retiro de Matrícula.
Art.62. Las faltas consignadas se evidenciarán en la Ficha de Reporte de las Actitudes de
Convivencia con la evaluación correspondiente.

CAPITULO XVIII:
DE LAS NORMAS DEL COMPORTAMIENTO DEL ALUMNO DENTRO Y FUERA DE LA
INSTITUCIÓN EDUCATIVA.

Art. 63. DE LA PRESENTACION PERSONAL

a) El alumno deberá asistir a la Institución Educativa correctamente uniformado.


b) El alumno deberá asistir a la Institución Educativa debidamente aseado, bien peinado y con
las uñas limpias y recortadas. Los varones, con el cabello con el corte escolar
reglamentario y las damas con el cabello recogido con colette negro. (solo se utilizará la
vincha de color negro por recomendaciones médicas o por tener el cabello muy corto).
c) Realizar el seguimiento de su presentación demostrando hábitos de higiene antes, durante
y después del desarrollo de clases.
d) Solo se permite como accesorio un arete, dorado o plateado, pegado en cada lóbulo de la
oreja (alumnas).
e) El uniforme escolar del varón es: camisa blanca manga larga, corbata roja, pantalón negro
marengo, correa negra, zapatos negros escolares, medias negras reglamentarias escolares
y chompa escolar de la Institución, en temporadas de frío se puede utilizar casaca
institucional de invierno.
f) El uniforme escolar de damas es: blusa blanca manga larga, corbatín rojo de dama, jumper
negro marengo, medias blancas reglamentarias escolares, zapatos negros escolares y
chompa escolar de la Institución, en temporadas de frío se puede utilizar casaca
institucional de invierno.
g) El uniforme y el buzo deben cumplir las condiciones de conservación adecuada y
respetando los siguientes estándares:

Para el uniforme:
a) El jumper de dama deberá usarse a la altura de la rodilla.
b) La camisa deberá mantenerse siempre dentro del pantalón
c) La basta del jumper y el pantalón deben tener una correcta costura.
d) La correa deberá ser de color negro y de uso obligatorio.
e) La corbata y el corbatín son obligatorios.
f) Los zapatos son negros y debidamente lustrados. No está permitido el uso de
ballerinas ni zapatillas negras.
g) Las medias son de color negro para el varón y blanco para la dama a la altura de
la rodilla. No se permiten medias tobilleras.
h) Solo se permitirá el uso de la chompa de la institución con su respectivo logotipo
del colegio y en caso de frío se puede usar la casaca institucional de invierno.
i) En época de invierno solo se permitirá la chalina de color negro.

Para el buzo:
a) El buzo o ropa deportiva será según modelo y color estipulado por el colegio y
debe estar en buen estado y marcado.
b) La basta del pantalón de buzo debe tener una correcta costura evitando que roce
el suelo y que se encuentre en deterioro.
c) Solo se acepta el polo del colegio. El polo de promoción no se considera como
parte del buzo de la institución.
d) Se usarán zapatillas íntegramente negras con medias blancas reglamentarias (a la
altura de la media pantorrilla).
e) El short y polo oficial es obligatorio para cada clase de educación física.
f) Usar el buzo únicamente los días de taller, educación física y danza.
g) Se permitirá el uso del buzo y zapatillas del diseño anterior durante el presente
año.

Art. 64 MEDIDAS CORRECTIVAS POR INCUMPLIMIENTO EN LA PRESENTACION


PERSONAL

Son considerados como incumplimiento en la presentación personal, los siguientes


actos:
a. El uso incorrecto del uniforme.
b. La asistencia con el cabello largo (varones), pintado, cortes inapropiados y/o
peinados inadecuados.
c. La presentación de los varones con aretes y las damas que asistan con dos o más
aretes en cada lóbulo de la oreja, piercing u otros accesorios.
d. La asistencia con las uñas pintadas y/o maquillaje.
e. El portar celulares u otros objetos de valor.
En caso de incumplimiento en la presentación personal se procederá de la siguiente
manera:
a. Se enviará una papeleta al Padre de Familia y/o apoderado indicando la falta.
b. De ser reincidente, se citará al Padre de Familia y/o apoderado del menor, quien
firmará un Compromiso Escrito para revertir la falta cometida y se registrará en la
Ficha de Reporte de las Actitudes de Convivencia.
c. De no cumplir el compromiso firmado se remitirá un informe a la Unidad de
Gestión Educativa Local, comunicando el incumplimiento del presente Reglamento
Interno.
d. Si al siguiente trimestre no se ha revertido dicha falta, se procederá a citar al
Padre de Familia y/o apoderado para que firme una carta condicional de matrícula.
ART.65. DE LA PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA

a. El horario para el presente año está establecido en el Art. 17 del presente Reglamento
Interno.
 En el nivel secundaria: La hora de ingreso es hasta las 7:40 a.m.
 En el nivel primaria: La hora de ingreso es hasta las 7:40 a.m.
 En el nivel inicial:
 La hora de ingreso para 3, 4 y 5 años es hasta las 8:00 a.m.
 La hora de ingreso para 2 años es hasta las 8:30 a.m.
b. La tardanza es justificada solo en caso de salud, viaje, fallecimiento de familiar y por
entrenamiento en casos de representación institucional, presentando la solicitud de
justificación por secretaría y adjuntando los documentos probatorios.
c. Toda inasistencia a la Institución deberá ser justificada con la presencia del Padre de
Familia y/o apoderado, dentro de las 24 horas correspondiente a los días hábiles de la
inasistencia, la misma que deberá ser tramitada con un FUT en secretaría adjuntando el
certificado médico u otro documento que sustente la falta.
d. El trámite de Justificación durante las Evaluaciones por Competencias Trimestrales, solo
justificará la inasistencia, sin derecho a evaluaciones y entrega de trabajos. Su calificación
final se determinará considerando las notas de proceso.
e. Es obligación del alumno asistir a los actos representativos, desfiles escolares, eventos
deportivos u otras actividades internas y externas programadas dentro del calendario
escolar. Salvo justificación valedera por motivos de salud.
f. Los permisos para citas médicas deberán ser tramitados con un día de anticipación
mediante un FUT adjuntando la copia de la cita médica para que se autorice la salida del
alumno.
g. En caso de requerir una atención médica externa, el alumno solo saldrá del colegio si tiene
la orden de atención firmada por la enfermera, la papeleta de salida del Coordinador de
TOE (Secundaria) o Coordinadores (Primaria – Inicial) previa coordinación con el padre de
familia para el traslado respectivo.
h. No se otorgan permisos de salida por motivos no justificados (olvido de útiles, trabajos u
otros). El personal de seguridad no dejará salir a nadie sin autorización.
i. El uso del teléfono de secretaría es solo para uso oficial o emergencias, no para encargar
trabajos o material olvidado.
j. Está prohibido dejar en secretaría o en cualquier oficina: loncheras, almuerzos, libros,
trabajos, instrumentos musicales, material olvidado y otros.
k. Las solicitudes de permiso por razones familiares deberán ser tramitadas a través de
secretaría dirigido a dirección, en este tipo de solicitudes solo se justificará la inasistencia y
no se permitirá la postergación de presentación de trabajos, evaluaciones, exposiciones,
etc. Las papeletas de salida deberán ser firmadas por Subdirección / Coordinador de TOE
o Coordinador de su respectivo Nivel.
l. Finalizado el horario escolar, queda prohibido permanecer en la Institución (sin compañía
de un docente autorizado por la Dirección) asimismo, tampoco puede permanecer por los
alrededores sin motivo alguno.

Art. 66. MEDIDAS CORRECTIVAS POR IMPUNTUALIDAD E INASISTENCIA:

Son considerados como incumplimiento en la puntualidad y asistencia, los


siguientes actos:
a. La inasistencia a actos representativos del colegio como: desfile escolar, competencia
escolar, etc. Estas son faltas serias que afectan a la Institución.
b. La inasistencia como integrante de la Escolta Institucional.
c. La reincidencia en tardanzas.
d. Salir del aula sin autorización (evasión de aula) en horas de clase a deambular por los
pasillos, jardines y demás ambientes de la Institución, se considera falta grave.
e. Ingresar o salir de la institución de manera incorrecta: trepando muros, burlando la
vigilancia, usando puertas de acceso no destinadas para alumnos o por puertas de
niveles que no les corresponde, se considerará falta muy grave.

En caso de incumplimiento en la puntualidad y asistencia se procederá de la


siguiente manera:

a. Se enviará una papeleta al Padre de Familia y/o apoderado indicando la falta.


b. De ser reincidente, se citará al Padre de Familia y/o apoderado del menor, quien firmará
un Compromiso Escrito para revertir la falta cometida y se registrará en la Ficha de
Reporte de las Actitudes de Convivencia.
c. De no cumplir el compromiso firmado se remitirá un informe a la Unidad de Gestión
Educativa Local, comunicando el incumplimiento del presente Reglamento Interno.
d. Si al siguiente trimestre no se ha revertido dicha falta, se procederá a citar al Padre de
Familia y/o apoderado para que firme una carta condicional de matrícula.
e. En el caso de incurrir en falta tipificadas como graves o muy graves se procederá a una
evaluación del Consejo de Profesores en donde se determinará la suspensión del
alumno o el Retiro de su Matrícula.
f. Si el alumno es suspendido perderá todo derecho a evaluaciones y presentación de
trabajos que se asignen durante los días de suspensión.
g. Si un integrante de la Escolta no asiste a un acto cívico oficial, se procederá a evaluar
su permanencia por el Consejo Directivo.
h. Si el alumno incurriera en alguna falta no contemplada en el presente reglamento, se
someterá a la evaluación y determinación del consejo de profesores.

Art. 67. DEL COMPORTAMIENTO CON LOS PROFESORES Y SUS COMPAÑEROS DENTRO Y
FUERA DE LA INSTITUCION.
a) El alumno debe respeto, obediencia y consideración dentro y fuera de la institución a todo
personal Directivo, Docente, Auxiliares de educación, personal administrativo, de servicio y
de todos sus compañeros; debiendo primar las buenas costumbres, la ética, las buenas
interrelaciones sociales.
b) El alumno debe observar la correcta disciplina y conducirse en forma ordenada, atender las
indicaciones del profesor, mantener el aula limpia y abstenerse de fomentar el desorden e
indisciplina.
c) El alumno deberá evitar en todo momento utilizar un lenguaje soez y mal intencionado con
sus docentes y compañeros u otras personas de la institución.
d) Fuera de la institución, el alumno también mantendrá el buen comportamiento y buenas
costumbres, si se encuentra con uniforme escolar.

Art. 68. MEDIDAS CORRECTIVAS POR MAL COMPORTAMIENTO.


Son considerados como incumplimiento al buen comportamiento, los siguientes actos:

a) Cometer faltas de respeto o indisciplina, dirigido a cualquier miembro de la institución.


b) Expresar palabras o gestos soeces dentro o fuera de la institución.
c) Realizar actos que atentan contra la moral y las buenas costumbres, acosar, hacer bullying,
emitir burlas e insultos, agredir física o psicológicamente, propiciar comentarios negativos
de compañeros o personal de la Institución a través de las redes sociales, bajar el buzo de
sus compañeros(a)s, lanzar amenazas o intimidaciones. Estas faltas serán consideradas
como muy graves.
d) Demostrar actitudes de enamoramiento dentro de la institución. (abrazos, besos, tomarse
de las manos, etc.) si el alumno fuera sorprendido estaría cometiendo una falta grave.
e) Exponerse con uniforme fuera de la Institución en actitudes de enamoramiento. Según sea
la gravedad, se someterá a la decisión del consejo de profesores.
e) Consumir y/o comercializar dentro y fuera del plantel bebidas alcohólicas, drogas y
cigarrillos.
f) Realizar exhibiciones indecentes, cometer hurtos o actos violentos, etc. que denigren la
imagen institucional. Estos actos son considerados faltas muy graves y serán sancionados
con el RETIRO INMEDIATO DE LA MATRÍCULA previo consejo de profesores.

En caso de incumplimiento del buen comportamiento estipulado en el presente


reglamento se procederá de la siguiente manera:

a) Se enviará una papeleta al Padre de Familia y/o apoderado indicando la falta.


b) De ser reincidente, se citará al Padre de Familia y/o apoderado del menor, quien firmará
un Compromiso Escrito para revertir la falta cometida y se registrará en la Ficha de
Reporte de las Actitudes de Convivencia.
c) De no cumplir el compromiso firmado se remitirá un informe a la Unidad de Gestión
Educativa Local, comunicando el incumplimiento del presente Reglamento Interno.
d) Si al siguiente trimestre no se ha revertido dicha falta, se procederá a citar al Padre de
Familia y/o apoderado para que firme una carta condicional de matrícula.
e) En el caso de incurrir en falta tipificadas como graves o muy graves se procederá a una
evaluación del Consejo de Profesores en donde se determinará la suspensión del alumno
o el Retiro de su Matrícula.
f) Si el alumno es suspendido perderá todo derecho a evaluaciones y presentación de
trabajos que se asignen durante los días de suspensión.
g) Si el alumno incurriera en alguna falta no contemplada en el presente reglamento, se
someterá a la evaluación y determinación del consejo de profesores.

Art.69. DE LAS NORMAS DE COMPORTAMIENTO EN EL AULA


a) Mantener el salón de clases limpio y ordenado, demostrando un comportamiento
disciplinado, respetuoso y activo con buenos modales y obedeciendo las indicaciones de
sus docentes, auxiliares o policías escolares.
b) Esperar en silencio al docente y ponerse de pie a su llegada o de cualquier persona
adulta.
c) Evitar desarrollar actividades diferentes al área correspondiente.
d) No portar objetos que distraigan la atención o sean causa de desorden (celulares, Tablet,
juegos electrónicos, IPod, juegos de azar, y demás).
e) Mantener la concentración en clase evitando comer, beber y masticar chicle.
f) Respetar los útiles de sus compañeros y los propios, colocándolos en sus casilleros
correspondientes.
g) Traer y llevar sus instrumentos y útiles escolares de manera responsable.
h) Respetar el parte diario evitando inscripciones o deterioros de los mismos. Su uso es
exclusivo del docente y auxiliares.
i) Respetar el mobiliario dentro del aula sin dañarlos, ni realizar inscripciones o garabatos
mal intencionados.
j) Respetar los bienes ajenos y en caso de encontrarlos devolverlos a sus dueños.
k) Ser responsable del material que se le asigne, así como todo el material técnico como:
computadora, material de robótica, material de laboratorio, entre otros, debiendo en todo
momento mantenerlos limpios y en buen estado.

Art.70. DE LAS MEDIDAS CORRECTIVAS POR MAL COMPORTAMIENTO EN EL AULA

Son considerados como incumplimiento al buen comportamiento dentro del aula, los
siguientes actos:

a) Fomentar el desorden, la indisciplina, ensuciar el salón, demostrar rebeldía,


desobediencia y salir del aula sin permiso.
b) Comer, beber y masticar chicle en aula.
c) Dañar útiles escolares de sus compañeros.
d) Dejar fuera de sus casilleros sus útiles escolares y no respetar los bienes ajenos o
cogerlos sin permiso.
e) Manipular, adulterar, realizar inscripciones o deteriorar los partes de aula.
f) Realizar inscripciones en paredes, carpetas, baños. Estas serán consideradas faltas
graves.
g) Dañar o perder el material asignado como: carpeta, computadora, material de robótica,
material de laboratorio, entre otros. Esta será considerada una falta grave
h) Hurtar los bienes de los compañeros, del personal o de la institución. Esta será
considerada como falta muy grave.
i) Solicitar permisos para salir del aula con dirección a un lugar autorizado y conducirse a
otro lugar.
En caso de incumplimiento del buen comportamiento dentro del aula, se procederá de
la siguiente manera:

a) Se enviará una papeleta al Padre de Familia y/o apoderado indicando la falta.


b) De ser reincidente, se citará al Padre de Familia y/o apoderado del menor, quien firmará
un Compromiso Escrito para revertir la falta cometida y se registrará en la Ficha de
Reporte de las Actitudes de Convivencia.
c) De no cumplir el compromiso firmado se remitirá un informe a la Unidad de Gestión
Educativa Local, comunicando el incumplimiento del presente Reglamento Interno.
d) Si al siguiente trimestre no se ha revertido dicha falta, se procederá a citar al Padre de
Familia y/o apoderado para que firme una carta condicional de matrícula.
e) En el caso de incurrir en falta tipificadas como graves o muy graves se procederá a una
evaluación del Consejo de Profesores en donde se determinará la suspensión del
alumno o el Retiro de su Matrícula.
f) Si el alumno es suspendido perderá todo derecho a evaluaciones y presentación de
trabajos que se asignen durante los días de suspensión.
g) Toda avería o desperfecto en aula o cualquier ambiente de la institución deberá ser
reparado a la brevedad por el alumno causante, previa comunicación con el padre de
familia y según sea el caso, se evidenciará en la Ficha de Reporte de las Actitudes de
Convivencia con la evaluación correspondiente.
h) Si el alumno incurriera en alguna falta no contemplada en el presente reglamento, se
someterá a la evaluación y determinación del consejo de profesores.

Art .71. DE LAS NORMAS DE COMPORTAMIENTO EN LOS RECREOS


a) No permanecer en las aulas durante el recreo, excepto si tiene la autorización de un
docente previa coordinación con TOE.
b) Manifestar educación y una correcta actitud, evitando insultos y juegos bruscos de
manos.
c) Demostrar un buen comportamiento, evitando circular por lugares prohibidos para el
alumnado (coliseo, escaleras, campos de cultivo, etc.).
d) Conducirse con respeto hacia sus compañeros, evitando toda manifestación amorosa.
e) Hacer uso de los patios correspondientes a su nivel. Los alumnos de secundaria no
podrán estar en el patio principal.
f) Mantener limpios los ambientes de la institución. Los desperdicios se deben depositar
en los tachos correspondientes. Papeleras en las aulas, cilindros y contenedores en los
patios.
g) No usar como zona de juego los jardines, pasillo y/o SSHH. Los alumnos de
secundaria no deberán hacer uso de los juegos infantiles de primaria. Los alumnos
deben respetar los SSHH que les corresponde para su nivel.
h) Usar los SSHH correctamente y dejarlos limpios botando los papeles en los tachos
correspondientes.
i) No realizar inscripciones, cometer vandalismo o estropear los SSHH.
j) Mantener el respeto a la privacidad que corresponde al uso de los SSHH de parte de
sus compañeros.
k) Ingresar inmediatamente al aula terminando el recreo.
l) No comprar, ni consumir alimentos del kiosco ni transitar por pasillos y otros ambientes
de la institución culminado el recreo.
m) Ingresar al comedor puntualmente portando sus tickets de atención. Se aceptará la
tardanza solo con autorización de TOE.

Art. 72. MEDIDAS CORRECTIVAS POR MAL COMPORTAMIENTO EN LOS RECREOS


Son considerados como incumplimiento al buen comportamiento durante el recreo,
los siguientes actos:

a) Permanecer en las aulas y/o pasillos luego del toque de timbre.


b) Circular por áreas no permitidas.
c) Manifestar situaciones amorosas (besos, abrazos o estar de la mano)
d) Jugar por el pasillo, SSHH, jardines
e) Hacer uso de juegos infantiles que son de uso exclusivo para el nivel primario.
f) Ingresar a servicios higiénicos que no corresponda a su nivel.
g) Cometer actos de vandalismo como destrozos del inmobiliario de la institución, SSHH,
glorietas, material educativo, así como pintas de toda índole. Estos son considerados
falta grave.
h) Agredir de palabra u obra, humillar, acosar a sus compañeros dentro de los SSHH y no
respetar su privacidad. Estas son consideradas faltas muy graves.
i) Permanecer en los kioscos, comedor, pasillos y otros ambientes después del toque de
timbre o campana.
j) Llegar tarde al comedor, no portar el ticket de atención o faltar al mismo.
k) Evadir el ingreso al comedor.
l) Realizar acosos, bullying, burlas e insultos, agredir física o verbalmente y generar
comentarios negativos de compañeros y/o personal de la Institución.
m) Atentar contra el pudor y las buenas costumbres (bajar el buzo de sus compañeros(a)s,
levantar el jumper a las compañeras, realizar actos morbosos, entre otros malos
comportamientos). Serán considerados como faltas muy graves.

En caso de incumplimiento del buen comportamiento durante el recreo, se procederá


de la siguiente manera:

a) Se enviará una papeleta al Padre de Familia y/o apoderado indicando la falta.


b) De ser reincidente, se citará al Padre de Familia y/o apoderado del menor, quien
firmará un Compromiso Escrito para revertir la falta cometida y se registrará en la Ficha
de Reporte de las Actitudes de Convivencia.
c) De no cumplir el compromiso firmado se remitirá un informe a la Unidad de Gestión
Educativa Local, comunicando el incumplimiento del presente Reglamento Interno.
d) Si al siguiente trimestre no se ha revertido dicha falta, se procederá a citar al Padre de
Familia y/o apoderado para que firme una carta condicional de matrícula.
e) En el caso de incurrir en faltas tipificadas como graves o muy graves se procederá a
una evaluación del Consejo de Profesores en donde se determinará la suspensión del
alumno o el Retiro de su Matrícula.
f) Si el alumno es suspendido perderá todo derecho a evaluaciones y presentación de
trabajos que se asignen durante los días de suspensión.
g) Si el alumno ingresa al comedor fuera del horario establecido, perderá el derecho del
uso del mismo.
h) Si el alumno llega tarde al aula por permanecer en el comedor, quioscos o alrededores,
sin justificación, perderá el derecho de evaluaciones o presentación de trabajos.
i) Si el alumno incurriera en alguna falta no contemplada en el presente reglamento, se
someterá a la evaluación y determinación del consejo de profesores.

Art. 73. FALTAS QUE MERECEN SANCIÓN DE SUSPENSIÒN O RETIRO DE VACANTE SEGÙN
LA GRAVEDAD DE LA FALTA.

Son consideradas faltas graves:

a) Adulterar las notas o falsificar firmas en cualquier documento.


b) Adulterar y/o borrar las anotaciones o recomendaciones que el profesor realice en los
partes diarios de clase, cuadernos, agendas u otros.
c) Portar celulares, Tablet, iPod u otros aparatos tecnológicos no autorizados.
d) Utilizar la internet o las redes sociales con fines nocivos para los miembros del plantel
(Publicar fotografías, videos, realizar memes, burlas y/o comentarios inapropiados).
e) Usar el nombre del colegio para cualquier fin, sin autorización de la Dirección del
colegio.
f) Propiciar comentarios negativos de compañeros o personal de la Institución, bajar el
buzo de sus compañeros(a)s, levantar el jumper de las compañeras, entre otros actos
que dañen la integridad moral y/o física de cualquier miembro de la institución.

Son consideradas faltas muy graves:

a) Sustraer evaluaciones, prácticas u otros documentos del docente.


b) Ingresar cigarrillos, alcohol, drogas o cualquier sustancia alucinógena y objetos punzo
cortantes.
c) Ingresar material pornográfico en folletos, revistas, cds, memorias USB, material
electrónico o en cualquier otra modalidad que dañen la moral y la ética de los
miembros del plantel.
d) Evadirse de la institución educativa en cualquier modalidad.
e) Hurtar pertenencias de los educandos, personal del colegio o cualquier material de la
institución.
f) Fomentar riñas, participar en actos violentos u otras acciones que atenten contra la
moral y las buenas costumbres dentro y fuera del colegio, con uniforme o buzo de la
institución.
g) Enfrentar con alevosía a cualquier miembro de la institución, faltando el respeto y/o
agrediendo física o verbalmente.
h) Hacer bullying, acosar, realizar proposiciones indecentes, manifestar burlas e insultos
discriminatorios, agredir física o verbalmente.
i) Cometer actos de vandalismo en la institución como pintas de cualquier índole;
destrozos del mobiliario, material educativo, aparatos electrónicos, etc. tanto en aula,
SSHH, glorietas, comedor u otros ambientes.
j) Cualquier otra falta cometida por el alumno que no esté consignada en el presente
reglamento y que amerite la evaluación del consejo de profesores.

Art. 74. LAS SANCIONES QUE PUEDE RECIBIR UN ESTUDIANTE SEGÙN LA GRAVEDAD DE
LA FALTA SON:

a) Amonestación verbal o escrita del docente de aula, tutor o el Área de TOE.


b) Se enviará una papeleta al Padre de Familia y/o apoderado indicando la falta.
c) De ser reincidente, se citará al Padre de Familia y/o apoderado del menor, quien
firmará un Compromiso Escrito para revertir la falta cometida y se registrará en la Ficha
de Reporte de las Actitudes de Convivencia.
d) De no cumplir el compromiso firmado se remitirá un informe a la Unidad de Gestión
Educativa Local, comunicando el incumplimiento del presente Reglamento Interno.
e) Si al siguiente trimestre no se ha revertido dicha falta, se procederá a citar al Padre de
Familia y/o apoderado para que firme una carta condicional de matrícula.
f) En caso de que el padre de familia no cumpliese con los compromisos conductuales de
su menor hijo, así como la entrega de informes de atención psicológicos, de ser el
caso; la MATRÍCULA será RETIRADA automáticamente.
g) En caso de que el alumno reincida en faltas tipificadas como graves y luego de haber
agotado todas las instancias, se procederá a una evaluación del Consejo de
Profesores en donde se determinará la suspensión del alumno o el Retiro de su
Matrícula.
h) Si el alumno es suspendido perderá todo derecho a evaluaciones y presentación de
trabajos que se asignen durante los días de suspensión.
i) Si el alumno incurriera en una falta muy grave previo Consejo de Profesores se
procederá al Retiro inmediato de su Matrícula.
j) En caso de reincidir portando su celular se procederá a la retención del mismo hasta
culminar el trimestre correspondiente. Si el alumno persiste en la falta se someterá a la
retención del celular hasta fin de año y a la evaluación que determine el Consejo de
Profesores.
k) Si el alumno incurriera en alguna falta no contemplada en el presente reglamento, se
someterá a la evaluación y determinación del consejo de profesores.

Art. 75 APLICACIÓN DE SANCIONES DE SUSPENSIÓN O RETIRO DE VACANTE


a) SUSPENSIÓN: La suspensión se determinará con un consenso en el Consejo de
profesores de la Institución. Se aplica si el alumno es reincidente en las faltas
cometidas, si compromete la seguridad física o moral de cualquier miembro de la
institución, si daña el mobiliario o infraestructura de la misma y en caso incurriera en
una falta tipificada como grave.

b) RETIRO DE MATRÍCULA: El Retiro de Matrícula se determinará si el alumno


incurriera en una falta tipificada como muy grave y se determinará por consenso entre
los integrantes del Consejo de Profesores y el Consejo Directivo de la Institución
procediendo a la elaboración del Acta correspondiente.

c) En caso de que el padre de familia no cumpla con los compromisos Conductuales


firmados, la MATRÍCULA queda RETIRADA automáticamente.

d) El Consejo directivo, el consejo de profesores, la coordinación de TOE, conjuntamente


con el Área de psicología, profesores y tutores, realizan un seguimiento permanente en
los alumnos que incurran en faltas para desarrollar estrategias personales y familiares
que contribuyan a mejorar las actitudes conductuales, de esta manera se previene
cualquier tipo de falta conductual. La orientación a los alumnos en valores y buenas
costumbres, se realiza de manera permanente en coordinación con el Departamento de
Psicología.

CAPITULO XIX:
DE LA ESCOLTA INSTITUCIONAL

Art. 76. CONSIDERACIONES PARA INTEGRAR LA ESCOLTA INSTITUCIONAL

a) Tener una hoja de conducta impecable sin anotaciones conductuales, tardanzas o


faltas.
b) Estar invicto en notas sin ningún curso desaprobado.
c) Tener una buena coordinación motora para el orden cerrado y la ejecución de la
marcha.
d) Asistir puntualmente a todas las presentaciones durante todo el año.
e) Asistir a los ensayos previos.

Art. 77. CAUSAS DE RETIRO DE LA ESCOLTA:

a) Tener faltas, tardanzas y anotaciones en el parte diario de clases durante el periodo de


actividad.
b) Tener bajo rendimiento académico.
c) Evidenciar una manifestación amorosa sin guardar los lineamientos institucionales.
d) No asistir a las presentaciones programadas por la Institución.
e) Cometer falta grave o muy grave dentro o fuera de la institución.

CAPITULO XX:
DE LOS ESTÁNDARES PARA ACTIVIDADES PROMOCIONALES

Art. 78. NOMBRE DE LA PROMOCIÓN


a) El nombre de la promoción se establece desde tercer año de secundaria.
b) Los alumnos en hora de tutoría y con la orientación correspondiente, elegirán en voto
secreto a través de una relación que presenta el Cuerpo Directivo de la Institución.
c) Los nombres considerados deben presentar el perfil científico, investigador y
explorador de nuestro Patrono Alexander Von Humboldt.

Art. 79. DESPEDIDA DE CUARTO A QUINTO


a) La despedida de cuarto a quinto año de secundaria, es una actividad cuya
responsabilidad en organización corresponde exclusivamente al centro educativo y es
asumida por los tutores de aula con el apoyo de los padres de familia.
b) Se debe realizar en un ambiente Institucional, la asistencia es con uniforme y en los
días que corresponde a la semana de clases.
Art. 80. CONFECCIÓN DE CASACAS:
a) La casaca debe mantener en la parte externa el 95% de color negro y el 5% colores de
la institución (Rojo, amarillo o colores de la parte interior). Los colores en la parte interior
pueden ser: negro, beige, plomo o gris.
b) En el diseño debe incluirse básicamente en la parte delantera lado izquierdo, el nombre
del centro educativo (Humboldt Tacna y/o Tacna Perú), en la parte posterior el nombre
de la promoción, el año (201...) y opcional el nombre del alumno(a).
c) La casaca de la promoción por ser de vestir, se usará exclusivamente con el uniforme
institucional no debe contar con pretina, puñera ni capucha.
d) El uso de la casaca será única y exclusivamente en quinto año de secundaria.

Art. 81. ORGANIZACIÓN DE LA COMISIÓN CENTRAL DE LA PROMOCIÓN

a) Se establece una comisión central y cuatro equipos de trabajo en una reunión que se
convoca en el primer mes del inicio del año académico en quinto año de secundaria,
con la asistencia obligatoria de los padres de familia, tutores y cuerpo directivo (la
asistencia de padres de familia debe registrar como mínimo el 60 % de la promoción).
b) Los padres de familia que conforman la directiva y los equipos de trabajo al igual que
los delegados de aula ante la APAFA no deben haber asumido anteriormente cargo
alguno, ni pertenecer a la directiva actual de APAFA, lo que permite mayor integración y
participación.
c) De establecerse actividades promocionales antes de 5º de secundaria, estas deben ser
asumidas por los delegados de aula y al terminar el año académico se entregará el
informe económico y de gestión correspondiente para que los nuevos delegados con la
comisión central continúen el trabajo. De igual manera, estas actividades deben
establecerse en reunión contando con el 60% de aprobación.

Art. 82. OBJETIVOS DEL VIAJE DE EXCURSIÓN DE LA PROMOCIÓN


El viaje de promoción es una actividad promovida por el colegio y está planificado
para lograr los siguientes objetivos en nuestros alumnos:
a) Complementar la formación académica y desarrollar la formación conductual de
nuestros alumnos, la cual debe traducirse en un comportamiento responsable y
respetuoso en todos los aspectos.
b) Reconocer y sensibilizar sobre la riqueza y el valor cultural de los lugares que se visitan
cuidando y respetando su legado cultural, así como el medio ambiente.
c) Generar espacios para la fraternidad y la sana convivencia entre compañeros, inspirados
en nuestra visión institucional.
d) Expresar y manejar con respeto los principios de las relaciones interpersonales.

Art.83. NORMAS PARA EL VIAJE DE EXCURSIÓN:

a) El viaje de excursión debe programarse para que se realice durante los DÍAS LIBRES
CALENDARIZADOS PARA LA CELEBRACIÓN DE FIESTAS PATRIAS.
b) La fecha de viaje de Promoción no está sujeta a reprogramación, evitando de esta manera,
el cruce de actividades representativas para la promoción por el Aniversario de la
Reincorporación de Tacna y entrevistas para ingreso a diferentes universidades.
c) Para elegir el lugar de destino, debe convocarse por escrito a una reunión y debe contarse
de manera obligatoria con la presencia mayoritaria de padres de familia (60%), que, a su
vez, firman el Acta con los acuerdos referidos al lugar de destino de la excursión y el
presupuesto requerido para realizarla (costo por alumno).
d) La comisión debe convocar la exposición de agencias de turismo debidamente acreditadas
ante el Ministerio respectivo y con el respaldo legal correspondiente.
e) No se aceptarán agencias de viajes que hayan tenido inconvenientes con nuestra
institución educativa por incumplimiento de su plan de trabajo en anteriores oportunidades.
f) Para elegir el circuito turístico se debe considerar que este garantice un plan de trabajo que
incluya el conocimiento cultural fomentando la integración y hábitos de convivencia.
g) La delegación de alumnos deberá viajar con un mínimo de dos docentes responsables, una
dama y un varón, no podrán asistir padres de familia ni ex alumnos.
h) La comisión encargada deberá solicitar la autorización de viaje respectiva de la Dirección
del colegio adjuntando el expediente de viaje con los requisitos establecidos por el
Ministerio de Educación según RVM. Nº 271- 2019 MINEDU, con 60 días de anticipación a
la fecha de viaje.
i) Considerando que la institución educativa fomenta la integración y convivencia
promocional, se aprobará dicho viaje de excursión siempre que cuente con el 65% de la
participación de estudiantes.
j) Cada alumno es responsable de sus pertenencias y, debe preocuparse del cuidado y
vigilancia de las mismas.
k) Si los alumnos ocasionaran algún daño o perjuicio en las instalaciones del hotel o de
cualquier establecimiento al que asistan tendrán que asumir los gastos que esto implique.
Se informará inmediatamente sobre los hechos a la dirección del colegio y especialmente
a sus padres, quienes deberán enviar el dinero para cubrir los daños causados.
l) Durante las visitas guiadas, tanto en el trayecto como durante las explicaciones
informativas y de estudio, los alumnos deben prestar la debida atención y mostrar un
correcto comportamiento. De modo particular, propiciarán y tendrán la disposición
adecuada para permitir que todos escuchen las explicaciones respectivas.
m) Solo se podrá asistir a cualquier espectáculo nocturno acompañados por el profesor
responsable y con todo el grupo. La hora máxima de finalización de esta actividad será
2:00 a.m.
n) Si el alumno no estuviera seguro de cómo actuar en alguna circunstancia, debe consultar a
su profesor acompañante.
o) El alumno es responsable de toda su documentación personal, en caso de pérdida, no
podrá salir del país por lo que el padre de familia asumirá la responsabilidad de su
retorno.
p) Para el uso de las habitaciones:
 La distribución de los alumnos en las habitaciones es responsabilidad absoluta del tutor.
En esta distribución se formarán grupos de hombres o de mujeres, pero no mixtos.
 No pueden intercambiarse de cuarto.
 La hora de dormir se dará inmediatamente después del regreso de la actividad nocturna
programada.
 No se debe fumar, según las normas legales que rigen para todo establecimiento público
y también como lo señala el reglamento del colegio.
 No se debe llevar o invitar a personas extrañas al grupo, a los dormitorios o ambientes
privados del hotel.
 No se debe salir de los cuartos y caminar por los pasillos del hotel en el horario señalado
para dormir.
 No se debe consumir bebidas alcohólicas ni sustancias alucinógenas.
Art. 84. Se considera falta DURANTE EL VIAJE DE PROMOCIÓN:
a) Apartarse o abandonar su grupo durante las excursiones.
b) La impuntualidad que retrase el inicio de las excursiones y que perjudique al
grupo.
c) Dañar las instalaciones y/o mobiliario de los lugares visitados (Hotel, restaurantes,
lugares turísticos, avión, buses, etc.)
d) Molestar a los huéspedes y personal del hotel o de los lugares a donde se realice la
excursión.
e) Hacer ruidos, bullicio, salir de las habitaciones, molestar a sus compañeros y
profesores luego de la hora indicada para dormir.

Art.85. Se considera falta grave DURANTE EL VIAJE DE PROMOCIÓN:


a) El consumir bebidas alcohólicas y/o fumar durante el viaje.
b) Desobedecer una indicación o norma puntual impartida por un
profesor o profesora.
c) Faltar el respeto a los docentes encargados o cualquier personal de las agencias de
viaje.
d) Promover o incitar riñas.
e) Ausentarse del hotel sin consentimiento del profesor responsable.

Art.86. Se considera falta muy grave DURANTE EL VIAJE DE PROMOCIÓN:

a) Ingerir cualquier tipo de sustancias alucinógenas.


b) Poner en riesgo su vida o la de otra persona.
c) Llevar o invitar a personas extrañas al grupo, a los dormitorios o ambientes privados
del hotel.
d) Ingresar a los dormitorios ajenos o ambientes privados del hotel que no le
correspondan.
Art. 87. De las sanciones:
a) La falta grave se sanciona en la institución previo Consejo de
Profesores
b) Las otras faltas podrán ser sancionadas, después de la evaluación de los hechos y
considerando la disposición de los alumnos implicados, con no asistir a eventos
programados, ya sea de manera personal o grupal.
c) Si la falta no estuviera tipificada, se realizará un consejo sumario y se
decidirá la sanción correspondiente.
d) Está prohibido actos de indisciplina, actos contra la moral y buenas costumbres.

Art. 88. ORGANIZACIÓN DE LA FIESTA DE PROMOCIÓN


a) Los acuerdos relacionados con la participación se tomarán de manera específica por
mayoría (65%) y en reunión (forma y número de participantes).
b) La ceremonia de baile de promoción consta de dos partes: La primera parte protocolar
(A cargo de la institución educativa y los tutores) y la segunda parte social conformada
por la cena y el baile después de la ceremonia. (A cargo de los padres de familia.)

Art. 89. RESPONSABILIDAD DE LA INSTITUCIÓN EN LA FIESTA DE PROMOCIÓN:


a) Elaboración del programa de la parte protocolar.
b) Designación de dos estudiantes; el primero, para que explique el significado del
intelectual que da nombre a la promoción; el segundo, para que realice el
agradecimiento a los padres de familia por brindarles el baile de promoción.
c) Designación de los docentes que dirigirán la ceremonia protocolar para la presentación
de cada estudiante.
d) Organización de la distribución y presentación de los estudiantes en la parte protocolar.

Art. 90. RESPONSABILIDAD DE LOS PADRES EN LA FIESTA DE PROMOCIÓN:


a) Coordinar con anticipación el local y la logística necesaria para el desarrollo del baile
de promoción.
b) Velar por el buen comportamiento de sus hijos durante el desarrollo del baile de
promoción.
c) Velar por la seguridad de sus hijos durante toda la fiesta.
d) Caracterizarse por un comportamiento adecuado respetando las buenas costumbres
evitando cometer excesos.
e) Considerar que los costos de los arreglos del baile de promoción sean moderados y al
alcance de todos los participantes.
Art. 91. LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL BAILE DE PROMOCIÓN:
a) No puede ingresar como pareja de promoción ningún exalumno que haya incurrido en
problemas conductuales y/o sancionado con retiro de matrícula.
b) No puede ser pareja un compañero de promoción.
c) Está prohibido los actos de indisciplina y exceso en perjuicio del local, bajo
responsabilidad de los padres de familia por cualquier avería o desperfecto.
d) El horario establecido para la fiesta de promoción será: Inicio 8:00 pm. - Fin 2:30 am.
e) El porcentaje de asistentes debe alcanzar el 65% como mínimo en el objetivo de
integración promocional.
Art. 92. CEREMONIA DE CLAUSURA
a) Esta actividad comprende la entrega de la placa recordatoria y la presentación oficial
de los alumnos que puede ser opcional: con uniforme y/o toga y birrete.
Art. 93. DE LOS ACUERDOS ESTABLECIDOS EN LA PROMOCIÓN

a) EN TODOS LOS CASOS: Frente a los acuerdos establecidos en asamblea, los plazos
deben respetarse para evitar contratiempos mayores, sin derecho a reclamo alguno.
b) En cuanto a los costos debe considerarse una posición intermedia que permita la
participación de la mayor cantidad de alumnos de la promoción.
c) Finalizadas las actividades promocionales, la comisión respectiva de manera
responsable debe emitir un informe económico (adjuntando recibos y más pagos
efectuados) a la Dirección con copia a los padres de familia.
d) En todas las actividades de la promoción y de manera específica en la excursión, por
ser nuestra institución un sistema educativo mixto no está permitido la relación de
enamorados (este tipo de relación afectivo emocional, si cuenta con la autorización de
los Padres de Familia, se dará fuera del ámbito y las actividades escolares). De no
cumplirse con los estándares establecidos, se aplicará el reglamento interno.
Art. 94. DESIGNACIÓN PARA LA REPRESENTACIÓN DE ALUMNOS

a) EXCELENCIA HUMBOLDTIANA: Alumno(a) con mayor promedio ponderado de la


promoción.
b) REPRESENTANTE DEL COLEGIO EN LA CEREMONIA DE ADIÓS A LAS AULAS
Y HERENCIA SAGRADA: Alumno(a) Excelencia Humboldtiana
c) ALUMNO QUE DIRIGE LAS PALABRAS DE LA PROMOCIÓN EN LA CEREMONIA
DE CLAUSURA: Alumno (a) Excelencia Humboldtiana.
d) PREMIO “GIOVANNA ROCCHETTI”: Alumno(a) representante de las características
artísticas – culturales (poesía, declamación, narración, argumentación, etc.), la
designación es responsabilidad del centro educativo.
e) La designación de los alumnos que darán las palabras de agradecimiento, así como el
significado del nombre de la promoción por estar consideradas dentro del protocolo
del baile de promoción, es responsabilidad del centro educativo.

CAPÍTULO XXI
DE LA CONVIVENCIA SIN VIOLENCIA

Art. 95. El Colegio Humboldt prohíbe el acoso y/o cualquier forma de violencia escolar en cualquiera
de sus modalidades cometido por los alumnos entre sí, que provoca violencia y saldo de víctimas,
por ello cumple con lo establecido en la Ley 29719 y su reglamento promoviendo la convivencia sin
violencia en el Colegio.

Art. 96. Los padres de familia o apoderados son corresponsables en la promoción de la convivencia
sin violencia en la institución educativa, asumiendo su rol en el ámbito familiar, apoyando y
denunciando ante el departamento competente, todo tipo de acto de hostilidad y violencia entre
estudiantes, sea del lado del alumno, agresor o víctima. Los padres de familia o apoderado de los
alumnos que realizan los actos de violencia, hostigamiento o intimidación están obligados a brindar
toda su colaboración para corregir dichos actos y deben comprometerse a cumplir con el
acompañamiento y la consejería respectiva.

Art. 97. Los docentes, tutores y coordinadores tienen la obligación de detectar, atender y denunciar
de inmediato los hechos de violencia, intimidación, hostigamiento, discriminación, difamación y
cualquier otra manifestación que constituya acoso entre los alumnos, incluyendo aquellos que se
cometan por medios telefónicos, electrónicos o informáticos y sobre los que hayan sido testigos o
hayan sido informados. Para tales casos, la coordinación de ciclo comunica al Comité de tutoría y
orientación educativa, para que se reúna dentro de los dos (2) próximos días siguientes para
investigar la denuncia recibida y la resuelve en un plazo máximo de siete (7) días laborables sin
perjuicio de los plazos establecidos en el sistema SISEVE.

Art. 98. Cuando se trate de casos de poca gravedad, los docentes en coordinación con los tutores
deben corregir directamente a los alumnos agresores, sin perjuicio de su obligación de informar
sobre dicho incidente al Coordinador de ciclo, para los efectos de su inscripción en el “Sistema del
Educando” (Libro de Registro de Incidencias sobre violencia y acoso entre estudiantes).

Art. 99. El Coordinador de ciclo proporciona la información debida a los padres de familia o
apoderados del estudiante o estudiantes que son víctimas de violencia o de acoso en cualquiera de
sus modalidades, así como a los padres o apoderado del agresor o agresores; comunica las
sanciones acordadas por el Comité de TOE cuando se determine la responsabilidad de un
estudiante agresor en un incidente de violencia o de acoso e informa de ser el caso a las
autoridades pertinentes.

Art. 100. La Dirección del Colegio orienta al Coordinador de ciclo para los fines de una convivencia
pacífica de los estudiantes y convoca a los organismos competentes de inmediato cuando tenga
conocimiento de un incidente de acoso o de violencia. Puede también convocar al Comité de TOE a
las reuniones ordinarias destinadas a establecer mecanismos de prevención de la violencia y acoso
entre estudiantes.

Art. 101. La Dirección del Colegio conjuntamente con el Comité de TOE aprobarán anualmente un
Plan de Convivencia y Disciplina Escolar como instrumento de planificación escolar conteniendo los
lineamientos, objetivos y acciones para el desarrollo de la convivencia en el Colegio.

Art. 102. ACOSO ESCOLAR (BULLYING)


Por medio del presente reglamento, el colegio busca promover un ambiente donde la convivencia
entre estudiantes sea saludable, libre de violencia y libre de bullying. El Colegio entiende por bullying
las conductas de hostigamiento, faltas de respeto y/o maltrato verbal o físico que recibe un
estudiante en forma reiterada de parte de sus pares con el fin de someterlo, intimidarlo y/o excluirlo,
atentando así contra su dignidad y derecho de gozar de un entorno libre de violencia.

Art. 103. Para caso de bullying y otras incidencias de violencia, el Colegio cuenta con un Libro de
Registro de Incidencias según Ley 29719, que es un sistema en el que se registran todas las
incidencias (conductas inadecuadas, irresponsabilidades, etc.).

Art. 104. Tratamiento por parte del Colegio Humboldt en casos de bullying escolar:

a) Cuando un miembro de la comunidad escolar tenga conocimiento de alguna situación posible de


caracterizar como “acoso entre estudiantes” (bullying), según las características definidas en la
Ley 29719, debe dar aviso de la situación al docente, tutor o a la respectiva coordinación.

b) Los coordinadores, bajo su responsabilidad, adoptarán inmediatamente las medidas necesarias


para detener los casos de violencia y acoso entre estudiantes.

c) Si la situación, efectivamente, se caracteriza como un caso de acoso entre alumnos, en


coordinación con el Comité de TOE, se convocará a los padres de familia o apoderado de los
alumnos víctimas, agresores, y espectadores para informarles lo ocurrido y adoptar las medidas
de protección y de corrección. Estas medidas incluyen además de los compromisos, el apoyo
pedagógico y el soporte emocional a los estudiantes víctimas, agresores y espectadores.
d) Los padres de familia o apoderados de los alumnos víctimas, agresores, y espectadores,
asumirán responsabilidades y compromisos para contribuir a la convivencia democrática en el
Colegio.

e) La coordinación adoptará las medidas de protección para mantener la reserva y confidencialidad


relacionadas a la identidad e imagen de los estudiantes víctimas, agresores, y espectadores.

f) La coordinación previo acuerdo con los padres de familia, derivará a los alumnos que requieran
una atención especializada a los establecimientos de salud, las Defensorías Municipales del
Niño y del Adolescente (DEMUNA) u otras instituciones -según sea el caso- que brinden las
prestaciones necesarias que salvaguarden el bienestar de los estudiantes.

g) La Coordinación realizará el seguimiento de las medidas de protección, las medidas formativas y


los compromisos adoptados por los padres de familia y los estudiantes víctimas, agresores, y
espectadores.

h) La Psicóloga, en coordinación con el Director del Colegio, acompañará a las familias de los
estudiantes víctimas y agresores solicitando informes a las instituciones que participen de la
atención especializada de ser el caso.

Art.105. Por su parte, los padres de familia o apoderado que tengan conocimiento de situaciones de
hostigamiento en las que esté involucrado alguno de sus hijos, ya sea como agresor, víctima, o
testigo deben acercarse al tutor y a la respectiva coordinación de ciclo para informar de los hechos y
solicitar la intervención pedagógica que se señala anteriormente.

Art. 106. Otros criterios generales a considerar pueden explicitarse de la siguiente manera:

a) Actitudes de hostigamiento de parte de algún estudiante, serán objeto de un estudio por


parte de la Dirección acerca de la permanencia o no del estudiante en el Colegio por
constituir una conducta inadecuada de graves repercusiones.

b) El Colegio no puede realizar una intervención educativa que sea eficaz y temprana, si es
que existen situaciones en conocimiento de los padres de familia que no se hacen llegar
oportuna y fidedignamente al Colegio, cuidando en todo momento la privacidad del caso.

c) Tampoco existen posibilidades de una intervención positiva si es que las familias, tanto del
agresor como de la víctima, no asumen una actitud de diálogo respetuoso y abierto que
ayude a tratar el problema en forma sistémica y constructiva. En este sentido, situaciones
de conflicto o descalificación entre padres de los estudiantes comprometidos en situaciones
de hostigamiento, serán entendidas por el Colegio como una obstrucción a la solución del
problema.

d) Son los tutores y las respectivas coordinaciones las encargadas de recibir las alertas y
poner en marcha el procedimiento establecido.

e) Se espera, de parte de los padres de familia o apoderado de algún alumno involucrado en


una situación de hostigamiento escolar, un conjunto de acciones orientadas al trabajo
mancomunado con el Colegio, en orden a poner término a esta situación, teniendo en
cuenta que:

 En el caso de que alguna de las partes involucradas (agresor, víctima, espectador y


familia) requiera evaluación y/o tratamiento de algún especialista externo (psiquiatra,
psicólogo, etc.) será fundamental que se faciliten los medios para establecer una
comunicación fluida entre el Colegio y dichos especialistas.
 Será necesario que, dentro del proceso terapéutico, el alta del tratamiento sea
certificada por el especialista tratante y oficializada al Colegio.

Art. 107. En relación a las terapias alternativas (terapias externas), el Colegio las considerará como
elemento complementario al tratamiento de especialistas externos (psiquiatra, psicólogo, etc.). En
caso de optar por estas, será fundamental que se combinen con los apoyos terapéuticos indicados
por el especialista que proporciona la terapia principal.

CAPÍTULO XXII:
DE LA PREVENCIÓN Y SANCIÓN AL HOSTIGAMIENTO SEXUAL Y ACOSO EN GENERAL

Art. 108. El Colegio en cumplimiento de la Ley 27942 promueve la prevención y sanciona todo tipo
de hostigamiento sexual.

Art. 109. La Dirección del Colegio promueve la prevención de todo tipo de acoso y sanciona las
manifestaciones y conductas siguientes:

a) Promesa implícita o expresa a la víctima de un trato preferente y/o beneficioso respecto a


su situación actual o futura a cambio de favores sexuales.

b) Amenazas mediante las cuales se exija en forma implícita o explícita una conducta no
deseada por la víctima que atente o agravie su dignidad.

c) Uso de términos de naturaleza o connotación sexual (escritos, gestuales o verbales),


insinuaciones sexuales, proposiciones sexuales, gestos obscenos que resulten
insoportables, hostiles, humillantes u ofensivos para la víctima.

d) Acercamientos corporales, roces, tocamientos u otras conductas físicas de naturaleza


sexual que resulten ofensivos y no deseados por la víctima.

Art. 110. La coordinación y sub dirección, por intermedio de los tutores es responsable de informar a
los estudiantes sobre las normas y políticas contra el hostigamiento sexual.

Art.111. La Dirección del Colegio abrirá un procedimiento sancionador conforme el presente


reglamento para prevenir y sancionar el hostigamiento sexual y el acoso en general, permitiendo a la
víctima, sea estudiante o a sus padres, interponer una queja en caso de que sea víctima de
hostigamiento sexual u acoso en general.

Art. 112. En caso se determine la existencia del acto de hostigamiento sexual o acoso en general,
las sanciones aplicables dependerán de la gravedad, pudiendo llegar hasta el Retiro de Matrícula
del estudiante.

Art. 113. En caso la queja recaiga sobre la autoridad de mayor jerarquía, el procedimiento interno no
resulta aplicable, teniendo el agraviado el derecho a interponer una demanda ante la autoridad
competente.

Art. 114. La familia separada de la institución porque su hijo incurrió en un acto de hostigamiento
sexual o acoso en general podrá interponer las reclamaciones administrativas o judiciales que les
permite la ley.

CAPÍTULO XXIII:
DE LOS PADRES DE FAMILIA O APODERADO
Art. 115. Son reconocidos como padre de familia o apoderado, quienes participan del proceso de
matrícula como responsables legales ante el Colegio Humboldt cumpliendo los requisitos exigidos.
Los padres o apoderados de los estudiantes, conscientes de su papel primario y decisivo de
primeros educadores, que la Ley de Educación reconoce y promueve, ejercerán este derecho y
obligación, interesándose y participando, de acuerdo a su propia misión, en la tarea formativa del
Colegio.

Art. 116. Los padres de familia o apoderados son responsables de solicitar, en forma permanente
información sobre el proceso de aprendizaje y conductual de sus hijos, a fin de apoyarlos en el
afianzamiento de sus logros, fortalecimiento de sus avances y superación de sus dificultades.

Art. 117. Los padres de familia se comprometen a acompañar la formación de sus hijos según los
estándares del Colegio. Asimismo, se comprometen a brindar un trato respetuoso a los otros padres
de familia y al personal del Colegio practicando el respeto, la tolerancia y la sana convivencia.

Art. 118. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O APODERADO:

a) Ser informados de la axiología del Colegio por medio del Reglamento Interno (publicado
en la página web del Colegio) firmando el Compromiso de matrícula.
b) Ser informados de los logros, dificultades en los aprendizajes y comportamiento de su hijo.
También a hacer sugerencias sobre los diversos aspectos del Colegio y participar
activamente en la formación de sus hijos.
c) Solicitar entrevistas y ser atendidos por los docentes, tutores, y/o Dirección en los horarios
establecidos según disponibilidad para pedir información y/o aclaración de algún hecho o
acontecimiento relacionado con sus hijos. El Colegio está obligado a mantener en reserva
la información confidencial de los alumnos, según Ley 29179, Ley de Protección de Niño y
Adolescente.
d) Ser informados de las disposiciones legales emanadas del Ministerio de Educación y de
las disposiciones de la Dirección y autoridades del Colegio.
e) Ser considerados como miembros activos de la Asociación de Padres de Familia (APAFA),
a través de los Comités de Aula.
f) Recibir información oportuna sobre las condiciones económicas del servicio educativo,
montos, cuotas y fechas de pago.
g) Informarse de los resultados de las evaluaciones de proceso, situación final de trimestre y
año de sus hijos.
h) Ser escuchados y recibir respuesta a las solicitudes que presenten al Colegio dentro de
los plazos establecidos.
i) Exigir la prestación del servicio de educación de acuerdo al compromiso de matrícula.

Art. 119. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O APODERADO:

a) Informarse sobre las actividades del Colegio a través de los comunicados enviados y
publicados en la página del Facebook institucional.
b) Asistir y participar activa, responsable y puntualmente de las actividades y reuniones que le
corresponda como padre de familia o apoderado.
c) Asistir y participar responsablemente en la “Escuela para padres” según las fechas
programadas por la institución.
d) Asistir a las reuniones a las que, el docente, coordinador, tutor, psicóloga o director,
convoque para acordar compromisos y determinar estrategias que permitan un mejor
acompañamiento y monitoreo en el proceso de aprendizaje del alumno. Finalizada la
reunión, los concurrentes deberán suscribir el acta que contendrá los temas sobre los
cuales versa la conversación, los acuerdos y compromisos a los que se arribe.
e) Cumplir con el pago mensual de la prestación de servicios educativos. En caso de deuda
vencida, no podrán matricular a su menor hijo al siguiente año escolar, ni retirar ningún
documento oficial o certificado de parte del Colegio que corresponda a los periodos
vencidos.
f) Reconocer que son los primeros responsables de la formación de sus hijos.
g) Respetar las normas de la institución y promover una sana convivencia brindando un trato
respetuoso a todos los integrantes de la institución incluyendo los demás padres de familia.
h) Considerar y asumir responsablemente las sugerencias y recomendaciones dadas por los
tutores, docentes y/o de Dirección del Colegio.
i) Acompañar y monitorear el cumplimiento de las responsabilidades y deberes escolares de
sus hijos.
j) Responder por los daños materiales que sus hijos causen en el Colegio.
k) Proporcionar a sus hijos los materiales y recursos pedagógicos necesarios para el proceso
formativo.
l) Velar por la buena higiene, salud, y presentación personal de sus hijos.
m) Aceptar las medidas preventivas y correctivas tomadas por docentes, tutores, y/o de
Dirección en pro de la buena formación de sus hijos.
n) Respetar las instancias y los procedimientos disciplinarios del presente reglamento.
o) Matricular a su hijo en los plazos señalados por el Colegio; en caso de no hacerlo, el
Colegio asumirá que la familia está dejando la vacante libre y podrá ser utilizada por otra
familia. Así mismo la información que brinde en el momento de la matrícula debe ser
completa y sustentada, cualquier alteración de documentación ameritará que pierda la
vacante de su hijo sin derecho a apelación por considerarse una falta contra la buena fe de
la institución.
p) Fomentar en sus hijos la puntualidad, autonomía y responsabilidad.
q) Por razones de orden y seguridad, los padres de familia o apoderado deben dejar y recoger
puntualmente a sus hijos.
r) Si el estudiante tiene áreas desaprobadas por trimestre, es obligación del padre de familia
entrevistarse con el docente(s) de las áreas desaprobadas.
s) Firmar todos los comunicados enviados por cualquier estamento de la institución educativa,
caso contrario se requerirá su presencia en el día inmediato.
t) Respetar y cumplir con la política y el Reglamento Interno del centro educativo.
u) Justificar oportunamente la inasistencia y/o tardanzas inmediatamente después de la falta,
siguiendo el conducto regular (por secretaría) adjuntado los documentos sustentatorios.
v) Colocar nombre y apellidos al uniforme oficial y deportivo de su menor hijo(a) incluyendo
instrumentos musicales, loncheras, gorros, etc.
w) Si por algún motivo excepcional el alumno (a) debe ausentarse del colegio antes del horario
de salida, el padre deberá solicitar el permiso mediante documento presentado en
secretaría, el día anterior, adjuntando los documentos que sustenten el permiso. (Pasajes
de viaje, cita médica, etc.)
x) El padre de familia deberá cerciorarse de que su hijo asiste al colegio con todo lo
necesario, ya que por ningún motivo se recepcionará en secretaría ni en ninguna instancia,
cuadernos, trabajos, USB, loncheras u otros objetos olvidados.

CAPÍTULO XXIV:
DE LA INFORMACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA O APODERADO

Art. 120. El padre de familia o apoderado autoriza expresamente el uso de imágenes fotográficas y
videos de sus hijos para la difusión de información educativa e institucional, tales como la página
web, trípticos de difusión, Facebook institucional, etc. El Colegio asegura que la publicación de los
datos personales e imágenes de menores tendrán como finalidad única y exclusivamente el aspecto
institucional, no teniendo otro destinatario que su propio ámbito.
Art. 121. El padre de familia o apoderado deberá entregar al Colegio información auténtica, verídica
y adquirida por medios lícitos por lo que su entrega no implica la violación de deberes legales y/o
contractuales. El Colegio no asume responsabilidad por las consecuencias legales que puedan
sobrevenir de la eventual inexactitud de la información proporcionada por padres de familia o
apoderados. Toda la documentación e información entregada por el Colegio al padre de familia o
apoderado en desarrollo de la actividad aquí descrita es confidencial y, por lo tanto, cualquier
divulgación de esta constituye una violación del presente reglamento.

CAPÍTULO XXV:
DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA (APAFA)

Art. 122. La APAFA es un órgano de apoyo y colaboración con la Dirección del Colegio para la
organización y ejecución de las actividades que ayuden a la integración, confraternidad y
participación de los padres de familia.

Art.123. Los miembros de la directiva de la APAFA son elegidos por los padres de familia mediante
elecciones y reconocidos por la Dirección del Colegio por el plazo de dos (2) años.

Art.124. LA APAFA está conformado por:

1. Presidente.
2. Vicepresidente.
3. Tesorero.
4. Secretaria.

CAPÍTULO XXVI:
DE LAS DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Art. 125. El presente reglamento está sujeto a la revisión y modificación anual a través de las
siguientes instancias:

a) Propuesta presentada a consejo de profesores


b) Revisión de la propuesta con el cuerpo directivo
c) Consulta y aprobación de la modificación del reglamento con miembros de la comunidad
educativa (cuerpo directivo, APAFA consejo de profesores y personal administrativo).
d) Cualquier situación no contemplada en el presente reglamento se someterá a la
evaluación del consejo de profesores.

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