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R.I. 2022 L.L.
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TITULO I
DE LOS OBJETIVOS GENERALES Y ESPECÍFICOS
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 01°.- El Reglamento Interno es un instrumento de gestión que regula la organización y el
funcionamiento integral (pedagógico, institucional y administrativo) de la Institución Educativa y de los
distintos actores en el marco del Proyecto Educativo Institucional en el que establecen normas de
convivencia, pautas, criterios y procedimientos de desempeño y de comunicación entre los diferentes
miembros de la comunidad educativa, así mismo formaliza y regula la organización estructural y funcional
de la Institución Educativa, así como los derechos, deberes y prohibiciones de sus miembros, el régimen
económico, disciplinario y las relaciones con la comunidad a fin de lograr la visión de la I.E. ,así la
Institución cumple con su cometido en la medida de que los miembros; los directivos, docentes,
administrativos, estudiantes y padres de familia, trabajen conjuntamente sobre una base de confianza y
cooperación continua, donde se asegure la armonía de relaciones en la comunidad educativa.
CAPÍTULO II
DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA CREACIÓN
ARTÍCULO 02º.- BREVE RESEÑA HISTÓRICA
Nuestra Institución Educativa tiene su origen en el año de 1985 llamándose Centro educativo Agro Industrial
de Gestión Comunal, teniendo como Director al Sr. Carlos Chacón Quiches, ubicado en la primera etapa de
Constitución, con R.D. Nº 0202 de fecha 29-05-1985, numeral 5º se reconoce al nivel secundario y con la
R.D. Nº 0201 de fecha 08-05-1986 en el numeral 1º se resuelve regularizar el funcionamiento de la Escuela
Primaria de Menores Nº 34350 de Constitución en ALMA MATER de la educación en nuestra localidad. En
1996 con el Proyecto Especial Pichis Palcazu ambas Instituciones educativas, gestionan su salida de la 1ra
etapa a la IV Etapa, con la finalidad de dar facilidad a los estudiantes, trasladándose en los terrenos del Jardín
de niños ´´Los Angelitos´´. En el año 1997 se traslado definitivamente, de esta manera funcionando los tres
niveles (Inicial, Primaria y Secundaria). En el año 2000, con R.D. Nº 0497 de fecha 23 de setiembre del
2000, se logra integrar los tres niveles (inicial, primaria y secundaria) hasta la fecha. Durante el tiempo se
tuvo los siguientes lideres pedagógicos como directores y subdirectores que detallamos: En los años 2001,
2002, 2003 como director el Prof. Jhon Crosby DE LA MATA BERROCAL; en los años 2004 y 2005 como
director el Prof. Carlos CARDENAZ GRIJALVA; en el año 2006 como director al Prof. Mario Damazo PUMA
HUAIRA; en los años 2007 y 2008 como director al Prof. Carlos CARDENAS GRIJALVA; en el año 2009
como director al Prof. Yohon DIEGO TRAVEZAÑO; en el año 2010 como directora la Prof. Betty SULCA
HORMAZA; en los años 2011 y 2012 como director el Prof. Jaime BONIFACIO CRUZ; en el año 2013 como
director al Prof. Domingo QUISPE ALHUAY y como subdirector el Prof. Alfredo ATENCIO ROJAS; en el año
2014 asume como director general el Prof. Alfredo ATENCIO ROJAS, como subdirector del nivel primaria el
Prof. Mario Damazo PUMA HUAIRA y como subdirectora del nivel inicial la Prof. Estefani HUAMAN
CORDOVA; en el año 2015 y 2016 asume como director general el Prof. Joan PARRAGA OLIVERA,
subdirector del primaria el Prof. Jhonny Jaime CRISTOBAL ESPINOZA y como sud directora del nivel inicial
la Prof, Estefani HUAMAN CORDOVA, desde el año 2017 hasta la actualidad esta como director general el
Prof. Carlos David GRIJALVA DOMINGUEZ y en año 2022 tenemos como subdirector de secundaria al Prof.
Javier Enrique LOPEZ DIAZ, como subdirectora de Primaria a la Prof. Patricia ARANCIBIA CONDOR y en el
nivel inicial a la Prof. Rosa Angelica LUIS RAMOS.
Actualmente nuestra Institución presta servicios educativos en los niveles de Inicial, Primaria y Secundaria
de menores de Educación Básica Regular, con una población estudiantil de 1687 estudiantes. En su fructífera
existencia, la Institución educativa Integrada Nº 34350 ¨Los Libertadores¨, ha alcanzado una serie de
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galardones como consecuencia del trabajo tesonero del cuerpo directivo, la plana docente, padres de familia
y estudiantado en general.
CAPITULO III
DE LOS OBJETIVOS GENERALES
ARTÍCULO 03º.- Establecer normas y procedimientos de carácter interno a las que deben sujetarse todo el
personal que labora en la institución educativa a fin de garantizar el funcionamiento y
organización institucional con el objeto de brindar un mejor servicio educativo:
1. Contribuir con la formación integral del estudiante, fomentando desde sus primeros grados la
interiorización de sentimientos, conocimientos y orientaciones valorativas; todo ello, acorde con las reales
necesidades sociales y en relación directa con la familia y la comunidad;
2. Desarrollar acciones de organización y participación de los padres de familia y la comunidad de nuestro
ámbito de influencia a efectos de mejorar las condiciones de seguridad de nuestros estudiantes y el
aporte efectivo de las instituciones productivas y económicas desarrollando las dimensiones del perfil
estudiantil y su formación integral;
3. Fomentar y adoptar la práctica permanente de valores y principios fundamentales éticos y de gestión
tendiente a generar y fortalecer la cultura democrática, de participación y consensos a efectos de superar
contradicciones de forma y formalizar compromisos y coincidencias en beneficio del desarrollo de la
educación.
4. Cumplir los deberes y obligaciones establecidas en el Reglamento Interno y los establecidos en las
normas del sector educación de manera efectiva para garantizar los objetivos y metas establecidas en el
Plan Anual de Trabajo y el Proyecto Educativo Institucional
CAPITULO IV
BASE NORMATIVA
ARTICULO 04º.- Las bases legales que sustentan el presente reglamento son las
siguientes:
1. Constitución Política del Estado.
2. Ley General de Educación N° 28044.
3. Ley Nº 29944, Ley de la Reforma Magisterial
4. Ley N° 26260 Ley contra la violencia familiar.
5. Ley N° 28175 Ley marco del empleo público.
6. Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
7. Ley N° 28988, Ley que declara la Educación Básica Regular como Servicio Público Esencial.
8. Ley N° 29060, Ley del silencio administrativo positivo.
9. Ley N° 27444, Ley de procedimiento administrativo general.
10. Ley N° 29392, Ley que establece infracciones y sanciones por incumplimiento de la Ley General de
la persona con discapacidad y su reglamento.
11. Ley Nº 28731, Ley que amplía la duración del permiso por lactancia materna.
12. Ley N° 27927 - ley que modifica la ley N° 27806, Ley de transparencia y acceso a la información
pública.
13. Ley N° 28086, Ley de democratización del libro y de fomento de la lectura
14. Ley N° 27911, Ley que regula medidas administrativas extraordinarias para el personal docente o
administrativo implicado en delitos de violación sexual.
15. Ley N° 27942 Ley de prevención y sanción del hostigamiento sexual.
16. Ley N°28705, ley para la prevención y control de los riesgos del consumo del tabaco.
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17. Ley N° 28628, Ley que regula la participación de las asociaciones de padres de familia en las
instituciones educativas públicas.
18. Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública.
19. Ley que aprueba el nuevo Código de los Niños y Adolescentes Nro. 27337 y sus modificatorias
20. D. Lg. N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa.
21. D.S. Nº 011-2012-ED, Reglamento de la Ley General de Educación.
22. D.S. Nº 004-2013-ED, Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial.
23. D.S. Nº 040-2014-PCM, Reglamento General de la Ley de Servicio Civil.
24. D.S. N° 005- 90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa.
25. D.S. Nº 028-2007-ED, Reglamento de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas
Empresariales en las Instituciones Educativas Públicas.
26. D.S. Nº 008-2014-MINEDU, Modifica artículos y disposiciones del Reglamento de la Ley Nº 29944,
Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED
27. RM. N° 281-2016-MINEDU, aprueba el Currículo Nacional de Educación Básica.
28. D.S. N° 009-2017-MINEDU, Incremento de horas para las Instituciones Educativas con Jornada
Escolar Completa
29. R.M. Nº 516-2007-ED, Lineamientos para el proceso de matrícula escolar en las instituciones
educativas públicas de educación básica.
30. R. M. N° 0571-94-ED. normas de control de asistencia y permanencia del personal.
31. R.M. N° 234-2005-ED, que aprueba la Directiva N° 004-VMGP-2005 de Evaluación de los
aprendizajes en EBR.
32. R.M. Nº 440-2008-ED, que aprueba el DCN de la EBR.
33. R.M. N° 0199-2015-MINEDU, que modifica parcialmente el DCN de EBR respecto a las competencia
y capacidades de algunas áreas curriculares e incorpora indicadores de desempeño.
34. RM N° 1225-85-ED, Normas para la determinación de orden de méritos al concluir 5 años de
educación secundaria.
35. Directiva N° 001-2006-VMGP/DITOE, Normas para el desarrollo de campañas de sensibilización y
promoción “Tengo derecho al buen trato ”
36. R.M. Nº 451-2014-MINEDU que crea el modelo de servicio educativo “Jornada Escolar Completa
para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria”
37. RVM. 022-2007-ED, Normas para el Fortalecimiento de la Convivencia y Disciplina Escolar, Uso
Adecuado del Tiempo y la Formación Ciudadana, Cívica y Patriótica de los Estudiantes de las
Instituciones y Programas de la Educación Básica”
38. RSG. Nº 1825-2014-MINEDU, que aprueba las Normas para el proceso de racionalización de plazas
de personal docente, directivo y jerárquico en las instituciones educativas públicas de Educación
Básica y Técnico productiva.
39. RSG. Nº 073-2017-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada “Normas para la
implementación del Modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa para las Instituciones
Educativas Públicas del nivel de Educación Secundaria”
40. RSG. Nº 005-2017-MINEDU, que aprueba las Normas para la elaboración y aprobación del cuadro
de distribución de horas pedagógicas en las instituciones educativas públicas de educación
secundaria de la educación básica regular y del ciclo avanzado de la educación básica alternativa
para el periodo lectivo 2017.
41. RM. N° 321-2017-MINEDU, Conformación de cuatro comisiones de gestión administrativa y
pedagógica.
42. RM. N° 124-2018-MINEDU, Norma Técnica que aprueba la implementación del Currículo Nacional
de la Educación Básica 2018.
4
43. RSG. N° 008-2016-MINEDU, modificadas por RSG. N° N° 008-2017, R.M. N° 088-2018-MINEDU,
Norma que establece disposiciones para el acompañamiento pedagógico en educación básica
44. Marco del Buen Desempeño Docente.
45. Marco del Buen Desempeño Directivo.
46. Manual de Gestión Escolar.
47. Directiva Nº 002-2006-VMGP/DITOE, Normas para el Desarrollo de las Acciones y Funcionamiento
de las Defensorías Escolares del Niño y del Adolescente (DESNAS) En Las Instituciones Educativas
48. Ley Servir Nro. 30057 y su reglamento D.S. Nro. 040-2014-PCM
49. RVM Nro. 052-2016-MINEDU “Normas que regulan las situaciones administrativas y otros aspectos
laborales del Auxiliar de Educación”
50. RM Nro. 091-2012-ED Aprueban el Clasificador de Cargos del Ministerio de Educación
51. RVM N° 091-2015-MINEDU Normas que regulan los Procesos Administrativos para Profesores en
el Sector Público.
52. RSG. N°326-2017-MINEDU, Resuelve exceptuar de los alcances del Reglamento de Control de
Asistencia y permanencia del Personal MED, aprobada por Resolución Ministerial N° 571-94-ED,
de las Normas Técnicas sobre Descuentos por Tardanzas, Inasistencias, Huelgas o paralizaciones
y permisos del personal aprobadas por Resolución Jefatural N° 1344-2008-ED, Modificada por RJ
N° 0730-2010-ED, a los profesores y auxiliares de educación, nombrados y contratados en el marco
de la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento aprobado por DS. N° 004-2013-ED.
53. Guía para la Formulación e Implementación del Proyecto Educativo Institucional y del Plan Anual
de Trabajo-PEI-PAT.
54. Ley 28628 (Ley que regula la participación de los Padres de Familia)
CAPITULO V
FINES DE LA EDUCACIÓN PERUANA
CAPITULO VI
DE LOS OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN INICIAL
ARTÍCULO 06º.- Los objetivos del nivel de Educación Inicial son los siguientes:
1. Afirmar y enriquecer la identidad del niño o niña de 3 a 5 años, considerando sus procesos de
socialización, creando y propiciando oportunidades que contribuyan a su formación integral, al pleno
desarrollo de sus potencialidades, al respeto de sus derechos y a su pleno desarrollo humano.
2. Desarrollar la propuesta pedagógica del nivel inicial considerando sus ejes rectores como ciclo y las
actividades estratégicas para el desarrollo de las dimensiones del perfil del estudiante.
5
3. Identificar las principales necesidades, características e intereses propios de la niñez, reconociendo el
juego, la experimentación, el movimiento y el descubrimiento como principales fuentes de aprendizaje.
4. Reconocer y profundizar en el estudio de las características psicopedagógicas de los niños y niñas del
nivel inicial aportando de esta manera en el proceso de consolidación de su propuesta educativa.
5. Fortalecer el rol protagónico y la capacidad educativa de la familia y la comunidad, movilizando y
comprometiendo su coparticipación en las acciones que favorecen el desarrollo y mejoramiento de su
formación integral.
CAPITULO VII
DE LOS OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN PRIMARIA
ARTÍCULO7.- Los objetivos del Nivel de Educación Primaria son los siguientes:
1. Reconocer a los niños como personas, sujetos sociales, de derechos y responsabilidades, aceptando
sus diferencias y con múltiples posibilidades de participar y aportar con protagonismo creciente en los
procesos sociales de la escuela y la comunidad.
2. Valorar la diversidad y la experiencia sociocultural y afectiva de los niños y niñas, y enriquecerla con el
conocimiento de la cultura universal y de la realidad multiétnica, plurilingüe y multicultural del país.
3. Implementar estrategias para el desarrollo del pensamiento lógico y matemático, pensamiento
divergente, la comunicación, la sensibilidad y expresión artística y la psicomotricidad del niño, así como
para el logro de aprendizajes sobre ciencias, humanidades y tecnologías. Incluye la capacidad de
resolución de problemas, afán de logro, así como el fortalecimiento del aprendizaje autónomo y la
competencia digital.
4. Fortalecer la autonomía de los niños, el significado de la convivencia con otros, el respeto de las
diferencias y la comprensión y valoración de su ambiente familiar, cultural, social y natural, así como el
sentido de pertenencia.
5. Implementar estrategias de atención diversificada en función a los ritmos y niveles de aprendizaje, la
pluralidad lingüística y cultural, que enriquezcan el proceso educativo, fortaleciendo relaciones de
cooperación y corresponsabilidad entre escuela, familia y comunidad para mejorar la educación y calidad
de vida de los estudiantes.
6. Fortalecer las capacidades lingüísticas en los estudiantes insertando a la programación curricular el área
de inglés como lengua extranjera preparando al estudiante para desenvolverse en este mundo
globalizado.
CAPITULO VIII
CAPITULO IX
FUNCIONES GENERALES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
ARTÍCULO 09º.- La Institución Educativa, es la primera y principal instancia de gestión del sistema educativo
descentralizado, es una comunidad de aprendizaje y enseñanza, corresponde al tercer nivel
del sistema educativo. En ella se toman decisiones orientadas a mejorar los aprendizajes
de todos los estudiantes, siguiendo los lineamientos de política y normas nacionales,
regionales y locales, de acuerdo al Proyecto Educativo Institucional.
DE LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL
ARTÍCULO 10º.- La I.E.I. N° 34350 ´´L.L.´´ cuenta con una estructura orgánica horizontal dinámica y flexible.
10.1. Órgano de Dirección:
1. Director.
2. Sub Dirección de Educación Inicial.
3. Sub Dirección de Educación Primaria.
4. Sub Dirección de educación Secundaria
10.2. Órgano Pedagógico:
1. Coordinadores Pedagógicos Secundaria - JEC.
2. Coordinador de Tutoría y Orientación Educativa Secundaria - JEC
3. Coordinador de Innovación y Soporte Tecnológico
4. Docentes de Aula, docentes por horas y docente de AIP
5. Personal de apoyo: Auxiliares de educación
TÍTULO II
CAPITULO I
DE LOS DEBERES, OBLIGACIONES Y FUNCIONES DEL PERSONAL DE LA I.E.i. Nº 34350 “LOS
LIBERTADORES”
ORGANO DE DIRECCIÓN
ARTÍCULO 11º.- DEL DIRECTOR
El director es la primera autoridad del plantel, representa legalmente a la Institución, cumple y hace cumplir
las normas y dispositivos legales vigentes. Siendo sus funciones, además de las establecidas en los artículos
55 y 68 de la Ley General de Educación, R.S.G. N° 073-2017 y las establecidas en el Marco del Buen
Desempeño Directivo son las siguientes:
a) Dirigir la institución educativa en el marco de una gestión escolar centrada en los aprendizajes y en
la calidad del servicio que brinda.
b) Conducir la construcción colectiva de los instrumentos de gestión, considerando las características
del estudiante y el entorno institucional, familiar y social.
c) Implementar, monitorear y supervisar la ejecución de los instrumentos de gestión, el desarrollo de
los procesos pedagógicos y el logro de las metas de aprendizaje, utilizando diversas estrategias e
instrumentos.
d) Presidir el Concejo Educativo Institucional, promoviendo la participación de la comunidad educativa
en la toma de decisiones para la mejora de los aprendizajes.
e) Implementar mecanismos de transparencia para dar cuenta sobre la gestión y responsabilidad por
los resultados de aprendizaje.
f) Promover un clima escolar favorable al logro de aprendizajes, gestionando estrategias orientadas a
mejorar el ambiente laboral y la participación de los miembros de la comunidad educativa.
g) Gestionar con eficiencia el talento humano; los recursos educativos y financieros; el uso efectivo del
tiempo; el equipamiento e infraestructura de la institución educativa.
h) Gestionar la información que produce la institución educativa como insumo para la toma de
decisiones orientadas a la mejora de los aprendizajes.
i) Conducir procesos de autoevaluación y mejora continua en la institución educativa orientados al logro
de los aprendizajes.
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j) Generar y promover espacios y estrategias para el trabajo colaborativo entre los profesores y la
reflexión sobre su práctica pedagógica.
k) Desarrollar estrategias de articulación con las familias, las empresas, instituciones públicas y
privadas, la comunidad e instancias de gestión intergubernamental e intersectorial.
l) Articular el desarrollo de los procesos pedagógicos que ofrece la institución educativa de manera que
favorezcan la permanencia y culminación oportuna de la educación básica regular de sus
estudiantes.
m) Estimular el buen desempeño docente, fomentando en la I.E. prácticas y estrategias de
reconocimiento público a las innovaciones educativas y experiencias exitosas mediante una R.D.
n) Organizar el proceso de matrícula, autorizar traslados, exoneración de asignaturas, así como la
aplicación de las pruebas de ubicación.
o) Matricular de oficio al menor abandonado o en peligro moral, y poner el caso en conocimiento de las
autoridades e instituciones pertinentes.
p) Autorizar la rectificación de nombres y apellidos de los educandos en los documentos Pedagógicos
oficiales de acuerdo con las Normas específicas.
q) Estimular o sancionar, según el caso a los estudiantes de la institución educativa, según el informe
del comité de TOE.
r) Dirigir, coordinar, asesorar, supervisar y evaluar la labor del personal a su cargo.
s) Estimular al personal a su cargo por acciones extraordinarias tanto en el cumplimiento de sus
funciones como en otras que redunden en beneficio del educando o la Comunidad. En los casos
sobresalientes propone a la UGEL su reconocimiento por resolución.
t) Fiscalizar a la Asociación de Padres de Familia y cautelar su movimiento económico.
u) Presentar TRIMESTRAL y anualmente el movimiento económico de la institución al ente competente.
v) Velar por la buena administración de los fondos provenientes de ingresos propios o ingresos
directamente recaudados, de acuerdo a normas específicas.
w) Formular el cuadro de necesidades de bienes y servicios.
x) Presidir la comisión encargada de otorgar la administración de kioscos de acuerdo con las
disposiciones vigentes.
y) Autorizar el alquiler y el uso eventual de los ambientes y/o equipos.
z) Monitorea el trabajo de los estamentos que conforman la comunidad educativa.
aa) Coordinar con la comisión de racionalización los casos de destaque, reasignaciones, excedencias
del personal que labora o llega a la I.E.
bb) Propone al CONEI los mecanismos para el control de asistencia, ingreso y salida del personal
docente, auxiliar, administrativo y de servicio.
cc) Elaborar el presupuesto de requerimientos de la I.E. en coordinación con APAFA
dd) Publicar en coordinación con el administrador y los sub-Directores de la I.E. el consolidado de faltas
y tardanzas del personal jerárquico, docente, auxiliar y administrativo.
ee) Autorizar mediante acto resolutivo, en estricta aplicación de las normas educativas vigentes, la
aplicación de pruebas de ubicación, estudios independientes, convalidaciones, revalidaciones,
exoneraciones.
ff) Sancionar al subdirector, jerárquico, docente, auxiliar y administrativo por faltas leves e informar faltas
graves a las instancias correspondientes conforme a las normas legales vigentes.
gg) Otorgar permisos y licencias al personal jerárquico, docente, auxiliar y administrativo conforme a la
normatividad vigente.
hh) Estimular y organizar la participación de los estudiantes de la Institución Educativa en eventos de
carácter académico, deportivo y cultural convocados por el Ministerio de Educación y otras
instituciones.
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ii) Programar y ejecutar acciones para proyectar las metas de aprendizaje de los estudiantes en cada
área curricular, grado, ciclo, y coordinar la implementación de las estrategias para su consecución
ARTICULO 12º.- DE LOS SUBDIRECTORES
MISIÓN. - Coordinar, dirigir y evaluar acciones realizadas por los coordinadores pedagógicos, de tutoría y de
innovación y de soporte pedagógico, vinculadas al desarrollo curricular, la ejecución de los procesos
pedagógicos, uso efectivo del tiempo, uso adecuado de los recursos educativos y ambientes de
aprendizaje en la institución educativa, de manera participativa con el fin de alcanzar los objetivos
y metas establecidas. Siendo sus funciones las siguientes:
a) Programar y ejecutar acciones para proyectar las metas de aprendizaje de los estudiantes en cada
área curricular, grado y ciclo; y coordinar la implementación de estrategias para su consecución.
b) Dirigir, acompañar y evaluar la planificación, ejecución y evaluación curricular a nivel de la institución
educativa, a partir de las necesidades y demandas de los estudiantes y en el marco del currículo
nacional, regional, la cultura y saberes de los diversos contextos pertinentes para el logro de los
objetivos y las metas de aprendizaje.
c) Realizar el acompañamiento pedagógico para fortalecer las capacidades de los coordinadores
pedagógicos, de tutoría, de innovación y soporte a las tecnologías, así como a los profesores en su
desempeño.
d) Asesorar a coordinadores pedagógicos en la aplicación de estrategias y recursos metodológicos
pertinentes al acompañamiento.
e) Promover la mejora continua de los desempeños de los coordinadores y profesores, a través de la
constitución e institucionalización de grupos de interaprendizaje, evaluación y reflexión individual y
colectiva sobre la práctica pedagógica, entre otros.
f) Orientar la aplicación de estrategias y recursos pedagógicos a las características de los estudiantes
y de su contexto.
g) Identificar, promover y difundir experiencias exitosas y buenas prácticas docentes para fortalecer el
acompañamiento pedagógico.
h) Asistir obligatoriamente a todas las reuniones convocadas por la Dirección, actividades programadas
u otras que sean delegadas por la Dirección dentro o fuera de la I.E.
i) Tener su carpeta técnico Pedagógica de acuerdo a su cargo, según la normativa del JEC.
j) Programar, implementar y ejecutar jornadas de actualización e innovación pedagógica.
k) Garantizar en el Control de la permanencia y desarrollo de la labor técnico pedagógico del personal
a su cargo y presentar su informe trimestral a la Dirección.
l) Informar oportunamente al director y trimestralmente a los docentes, estudiantes y padres de familia
sobre el desarrollo del proceso de aprendizaje.
m) Presentar el análisis de la estadística Trimestral y anual del rendimiento académico por grado y
sección en las diversas áreas con la finalidad de realizar las acciones correspondientes para mejorar
el servicio educativo.
n) Informar oportunamente y por escrito a la Dirección del plantel, sobre la situación del nivel a su cargo:
a) Estado de matrícula por grados.
b) Vacantes disponibles por grados.
c) Requerimientos o necesidades de su nivel, por orden de prioridad.
o) Promover y propiciar la cooperación, la unión y las buenas relaciones humanas entre el personal del
nivel a su cargo.
p) Coordinar en la organización de los concursos educativos programados por el MINEDU, IGED, así
como el desfile escolar, feria de ciencias u otra actividad que promueva el Ministerio de Educación o
UGEL en coordinación con la dirección de la I.E. presentando su informe al término de la misma.
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q) Organizar y dirigir las actividades de recuperación del educando a lo largo del año lectivo,
considerando el PRP y vacaciones útiles.
r) Conversar en forma personal y privada con los docentes que incumplen con sus funciones. En caso
de reincidencia lo hace por escrito dando las recomendaciones del caso e informando a la dirección
de la I.E.
s) Comunicar con anticipación y con la documentación del caso, a los docentes responsables de evaluar
los cursos de subsanación y aplazados
t) Informar periódicamente con documentación al director sobre la situación de las áreas a su cargo.
u) Apoyar al director en todas las acciones pedagógicas y gestiones administrativas que se efectúan
dentro y fuera del plantel, para el bienestar de la institución.
v) Organizar en coordinación con imagen institucional para las publicaciones de los periódicos murales
(inicial, primaria y secundaria).
w) Representar por delegación al director mediante documentación correspondiente.
x) Tener al día la documentación de matrícula y documentos de los estudiantes (primaria-inicial).
y) Dirigir, acompañar y evaluar la planificación, ejecución y evaluación curricular a nivel de la I.E. a partir
de las necesidades y demandas de los estudiantes dentro del marco del currículo nacional; la cultura
y saberes de los diversos contextos pertinentes para el logro de las metas de aprendizaje.
z) Realizar acompañamiento con los coordinadores pedagógicos para fortalecer las competencias y
capacidades, de tutoría, de innovación y soporte de tecnologías a los docentes en su desempeño.
aa) Promover la mejora continua de los desempeños del Asesor, jefes de laboratorio, coordinadores, a
través de la constitución e institucionalización de grupos de interaprendizaje, la evaluación, reflexión
individual y colectiva sobre la práctica pedagógica, entre otros.
bb) Mejorar la aplicación de estrategias y recursos pedagógicos a las características de los estudiantes
en su contexto.
cc) Promover y estimular experiencias exitosas y buenas prácticas docentes para fortalecer el
acompañamiento pedagógico organizado por el MINEDU y otros.
CAPÍTULO II
ÓRGANO PEDAGÓGICO
FUNCIONES DEL ASESOR, JEFES DE LABORATORIO Y COORDINADORES PEDAGOGICOS
ARTÍCULO 13º.- Son funciones de los jefes de laboratorio:
a) Organizar y coordinar el uso de laboratorio con los Docentes de Área.
b) Velar y cautelar permanentemente para el funcionamiento y equipamiento de Laboratorio.
c) Participar y apoyar en la elaboración de la Programación Curricular del Área.
d) Formular el diseño de las guías de práctica de laboratorio, para el logro de las actividades de la
programación curricular.
e) Asesorar directamente en el aspecto técnico Pedagógico y científico a los docentes de Área.
f) Participar activamente en los eventos de las Ferias de Ciencias y el día del logro.
g) Planificar, organizar y ejecutar cursos de capacitación y/o actualización para docentes y auxiliares
de laboratorio
h) Garantizar que el inventario de laboratorio sea actualizado.
i) Gestionar material educativo para la implementación de laboratorios.
j) Proporcionar, adecuar los instrumentos y materiales en forma técnica y pedagógica para cada sesión
de aprendizaje de los docentes en su respectivo laboratorio.
k) Reemplazar en ausencia de algún docente de su área y otras funciones inherentes a su cargo.
l) Tener su carpeta técnico Pedagógica del laboratorio a su cargo con toda la documentación de
acuerdo a la normativa del J.E.C.
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m) Presentar y exponer anualmente el plan de trabajo correspondiente de su laboratorio.
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r) Programar acciones para implementar y realizar seguimiento a las estrategias establecidas en el plan
de mejora para alcanzar las metas de aprendizaje proyectadas para cada área curricular, grado y
ciclo a su cargo.
s) Coordinar la elaboración del análisis estadístico del diagnóstico pedagógico de los logros de
aprendizaje en las áreas curriculares a su cargo.
t) Orientar a los docentes en el desarrollo de estrategias de reforzamiento pedagógico, así como la
implementación y ambientación de las aulas funcionales de las áreas curriculares a su cargo.
u) Participar en la elaboración de los instrumentos de gestión: PEI, PCI, RI, PAT, correspondientes a su
nivel.
v) Tener su carpeta técnico Pedagógica con toda la documentación de acuerdo a la normativa del JEC.
13
b) Evaluar permanentemente el aprendizaje, para tomar decisiones y retroalimentar oportunamente a
sus estudiantes y familias, teniendo en cuenta las diferencias individuales y los diversos contextos
culturales.
c) Orientar al estudiante y contribuir a su formación integral con respeto a su libertad, autonomía,
identidad, creatividad y participación.
d) Conducir procesos de enseñanza con dominio de los contenidos disciplinares y el uso de estrategias
y recursos educativos y tecnológicos pertinentes, para que todos los estudiantes aprendan de manera
reflexiva y crítica, estableciendo relaciones interpersonales, asertivas y empáticas, con y entre los
estudiantes, basadas en el afecto, la justicia, la confianza, el respeto mutuo y la colaboración.
e) Constituir con sus pares grupos de interaprendizaje y participar de programas de actualización y
formación docente continua, que favorezcan el trabajo pedagógico, la mejora de la enseñanza y
construcción de un clima democrático en la institución educativa.
f) Brindar información y orientación a las familias sobre los procesos y resultados educativos, en un
clima de respeto, colaboración y corresponsabilidad.
g) Participar activamente en actividades extracurriculares con actitud democrática, critica y
colaborativa en la gestión de la institución educativa, contribuyendo a la construcción y
mejora continua del Proyecto Educativo Institucional en el marco de un trabajo colaborativo
con la finalidad de desarrollar aprendizajes de calidad.
h) Orientar al educando con respeto a su libertad, autonomía, identidad, creatividad y participación y
contribuir con sus padres y la dirección de la institución educativa a su formación integral. Evaluar
permanentemente este proceso y proponer las acciones correspondientes para asegurar los mejores
resultados.
i) Respetar los derechos de los estudiantes, docentes, así como los de los padres de familia.
j) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo. Así
también en la ceremonia cívica patriótica de los días lunes.
k) Participar, cuando sean seleccionados, en las actividades de formación en servicio que se
desarrollen en la institución educativa, redes educativas, Unidades de Gestión Educativa
Local, Direcciones Regionales de Educación o Ministerio de Educación.
l) Ejercer la docencia en armonía con los comportamientos éticos y cívicos, sin realizar ningún tipo de
discriminación por motivos de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de
cualquier otra índole.
m) Conocer, valorar y respetar las culturas locales, en el ámbito nacional, y la lengua originaria.
n) Contribuir a la afirmación, desarrollo cultural y ciudadano de los miembros de la institución educativa
de la comunidad local y regional.
o) Informar a los padres de familia en el horario y lugar establecido, sobre el desempeño escolar de sus
hijos y dialogar con ellos sobre los objetivos educativos y la estrategia pedagógica, estimulando su
compromiso con el proceso de enseñanza-aprendizaje.
p) Solicitar bajo documento el requerimiento para realizar actividades y hacer uso óptimo y rendir
cuentas dentro del plazo máximo de 72 horas con documentos sustentatorios según norma, bajo
responsabilidad administrativa.
q) Asegurar que sus actividades profesionales se fundamenten en el respeto mutuo, la práctica de los
derechos humanos, la Constitución Política del Perú, la solidaridad, la tolerancia y el desarrollo de
una cultura de paz y democrática.
r) Coadyuvar al trabajo en equipo de los docentes de la institución educativa y si fuera el caso, de las
instancias de gestión educativa descentralizada.
s) Participar en los procedimientos tutoriales que desarrolle la institución educativa.
t) Organizar y asesorar las actividades del comité de aula que le fue asignado como tutor.
14
u) Organizar y ambientar su aula mensualmente y preparar material educativo con la colaboración de
los estudiantes y padres de familia.
v) Mantener actualizada su carpeta pedagógica de su responsabilidad.
w) Colaborar en forma activa en el control de la disciplina, el orden, la puntualidad y la presentación de
los estudiantes que tiene a su cargo en el aula y las diferentes actividades de la I.E.
x) Atender a los educandos y velar por su seguridad durante el tiempo que permanezcan en la I.E.
(Inicial-Primaria-Secundaria).
y) Atender los problemas que afecten el desarrollo de los estudiantes y su aprendizaje tratando o
derivando los que requieran atención especializada, informando previamente al padre o apoderado
atendiéndolo previa cita o en sus horas programadas (tutores y docentes de aula).
z) Los tutores entregarán las libretas de calificaciones a los padres de familia previo informe académico
y conductual de la sección o aula a su cargo.
aa) Confecciona un inventario del mobiliario del aula a su cargo. El mobiliario deberá encontrarse
debidamente enumerado.
bb) Recepcionar los documentos que la Dirección o plana jerárquica le remite, firmando el cargo
correspondiente. De acuerdo al contenido dará respuesta por escrito.
cc) Coordinar con los docentes que utilizan la misma aula, en diferentes horas, para una mejor
presentación y ser responsables del mantenimiento de la misma. En la hora de recreo dejará con
llave el laboratorio, quedando bajo su responsabilidad cualquier incidente que ocurra en la misma.
dd) Solicitar a la Dirección la autorización para ingresar a la I.E. los días no laborables para realizar
actividades concernientes a su labor educativa.
ee) Cumplir con las horas efectivas de la labor académica respetando el cambio de hora.
ff) En los días de formación (lunes) y actividades, cívico patrióticos y otros indicados por la Dirección
deberá asistir con el uniforme oficial (terno) de la I.E.
gg) Asistir a la I.E. con ropa adecuada a su labor docente.
hh) Comunicar a los padres de familia, en la reunión de fin de año, la Directiva respectiva. Hacer entrega
de las libretas de calificaciones y los materiales y útiles escolares que no hubieran sido utilizados por
los estudiantes en el año escolar que culmina.
ii) Aplicar las evaluaciones de recuperación y aplazados a los estudiantes en la fecha programada. En
ausencia del docente responsable lo realiza otro profesor de área, previa orden escrita por la
Dirección o Sub-Dirección presentando en un plazo de 24 horas el informe y registrando las notas.
jj) Presentar el informe técnico pedagógico correspondiente al término de cada trimestre y al finalizar el
año escolar.
kk) Presentar el informe correspondiente después de cada actividad o comisión de la que fue
responsable
ll) Otros asignados por la Dirección o Sub-Dirección de acuerdo a las normas vigentes LRM.
17
a) Apoyar al docente en las actividades formativas y de atención a los niños y niñas en respuesta a sus
necesidades de alimentación, fisiológicas y de recreación, salud, aseo y cuidado.
b) Recepcionar y despedir a los niños y niñas en la puerta principal de la I.E.
c) Informar y coordinar permanentemente con el docente de aula sobre las observaciones a niños y
niñas que requieran una atención especial, como también la de los niños y niñas con necesidades
educativas especiales.
d) Colaborar en las aulas que tienen a su cargo, estando atento a os requerimientos del docente como
de los niños y niñas.
e) Vigilar permanentemente las áreas libres, servicios higiénicos que estén en condiciones de ser
utilizados (higiene y seguridad).
f) Apoyar al docente en las convocatorias y reuniones de padres de familia.
g) Excepcionalmente, cuando uno o más niños no son recogidos por sus padres, el auxiliar de educación
en coordinación con el docente, debe asegurar que el niño llegue a su hogar. Así mismo cuando uno
o más niños no asisten en forma continua debe contribuir en indagar el motivo de la ausencia y
registrar los hechos.
EN EBR Secundaria
ARTÍCULO 21°. - Son funciones específicas de los auxiliares de Educación Secundaria:
a) Garantizar el orden en las formaciones y actividades cívicas dentro y fuera de la IE.
b) Efectuar rondas periódicas en los diversos ambientes de la IE. a fin de velar por el cumplimiento de
las normas de convivencia escolar y de ser necesario fuera de la IE.
c) En ausencia del profesor y/o tutor en Educación Secundaria, el auxiliar de educación permanece en
el aula cumpliendo funciones inherentes a su cargo de auxiliar.
d) Garantizar el orden y la disciplina en el aula durante la ausencia del profesor.
e) Llevar el registro de asistencia de los estudiantes y de las incidencias de incumplimiento de las
normas de convivencia y hacer seguimiento de las recomendaciones, dando cuenta al profesor tutor
correspondiente.
f) Registrar las incidencias diarias de los estudiantes y de los actores de la institución educativa,
previniendo la discriminación y violencia en la IE.
g) Desarrollar estrategias de diálogo permanente con los estudiantes, profesores y profesores tutores.
h) Monitorear el ingreso y salida de los estudiantes de la IE. faltas, tardanzas, permisos y el registro de
la agenda escolar.
i) Monitorear el ingreso y salida de los estudiantes a las aulas, talleres, laboratorios y otros espacios
de aprendizaje de acuerdo a la programación.
j) Atender y auxiliar a los estudiantes en casos de emergencia
k) Apoyar en las actividades tutoriales y de consejería estudiantil programadas por el tutor y la IE.
l) Apoyar a la labor del profesor en la conducción de actividades específicas y generales de la institución
educativa (Formaciones, Actos cívicos, y otras celebraciones educativas, así como en los recreos)
de manera permanente, durante su jornada.
m) Informar oportunamente a los directivos y docentes sobre la inasistencia de estudiantes y a los
estudiantes, sobre la ausencia de algún docente en la II.EE.
n) Registrar incidencias diarias de los estudiantes y de los actores de la comunidad educativa,
previniendo discriminación y violencia en la escuela.
o) Orientar a los estudiantes sobre actividades pedagógicas correspondientes a cada día y los acuerdos
y compromisos relacionados a la convivencia democrática en el aula y la institución educativa.
p) Velar por el mantenimiento y conservación de la infraestructura, equipamiento y mobiliario escolar.
18
q) Dirigir la formación general a la hora de entrada y en las actividades cívico patrióticos bajo
responsabilidad, para lo cual debe establecerse turnos. Organizar el rol de responsabilidades
semanales: Ingreso de los estudiantes, formación general y apoyo en la formación.
r) Es el responsable de tocar el timbre cada cambio de hora y hora de recreo.
s) Cumplir con la asistencia y puntualidad que exige el calendario escolar y el horario de trabajo.
t) Acompañar en las representaciones en los diferentes eventos que participa el colegio.
u) Asumir la función de otro auxiliar ante la ausencia de este, sobre todo en el control de la disciplina.
v) Hacer firmar a los profesores en las aulas que le corresponde el parte diario de clases.
w) El auxiliar de educación debe tener al día el portafolio, y presentarla a la Dirección, Sub-Dirección o
T.O.E., para su revisión y Vº Bº correspondiente. Esta carpeta debe contener:
Plan de Trabajo
Normas y dispositivos relacionados con su función.
Nóminas de matrícula de los estudiantes a su cargo.
Cuaderno de seguimiento de las conductas de los estudiantes., con problemas de convivencia
escolar.
Relación de estudiantes con problemas de conducta y con matrícula condicionada.
Informe trimestral de los estudiantes observados
Registro de asistencia diaria de los estudiantes
Registro de informes emitidos y recibidos de atención a los padres de familia en
Horario de clases de los estudiantes y docentes
Cronograma de charlas para estudiantes y padres de familia.
Registro de la labor diaria que realiza en atención a los estudiantes y padres de familia.
Ficha de criterios de evaluación de la conducta de los estudiantes.
x) Presentar informes trimestrales y anual (Logros, dificultades sugerencias).
y) Es apoyo de las actividades permanentes. Da la señal de inicio a la formación a las 7.00 a.m. que
debe terminar a las 7:25 a.m. Dirige la misma, da orientaciones y recomendaciones que el caso
amerite para lo cual pide el apoyo a los docentes. Al término de las actividades dispone el ingreso de
los estudiantes a las aulas.
z) Atender en primera instancia a los padres de familia, sobre asuntos relacionados con la disciplina,
conducta y asistencia de los estudiantes-
aa) Promover y fomentar hábitos de disciplina, buen comportamiento, buenas costumbres, puntualidad,
higiene y estudio entre los educandos, así como el correcto y adecuado uso del uniforme escolar.
bb) Los casos de indisciplina, inasistencia y tardanzas continuas deben ser puestas en conocimiento del
tutor, según la gravedad de la falta a T.O.E., con un breve informe escrito del incidente.
cc) Exigir y velar porque los estudiantes tengan una adecuada presentación personal de sus prendas de
vestir y deportivas, corte de cabello sin adornos ni otros que no indique el reglamento.
dd) Orientar y apoyar a los educandos para que se realicen actividades o acciones que permitan la
conservación de la infraestructura, mobiliario, material educativo entre otros de la I.E.
ee) Evaluar la conducta de los estudiantes en coordinación con los tutores mediante el control de
asistencia, puntualidad orden, disciplina, presentación y aseo personal teniendo en cuenta el
reglamento.
ff) Mantener actualizado el registro de asistencia de las aulas a su cargo.
gg) Lleva y transporta a los estudiantes que requieran atención médica, en situaciones de enfermedad o
cuando se suscita accidentes en la I.E. o fuera de ella siempre y cuando se trate de actividades
programadas y aprobadas por la Dirección luego comunica al tutor o padre de familia.
hh) Apoyar a sus colegas auxiliares en el ingreso, salida de los estudiantes para el mejor logro de la
disciplina y el orden.
19
ii) ii) Participar en la matrícula de los estudiantes.
jj) Controlar y solucionar problemas de indisciplina coordinando con el tutor-coordinador TOE,
defensoría, servicio según el caso.
kk) Tomar las medidas del caso si observa la presencia de personas ajenas a la I.E.
ll) Velar por el cumplimiento de las funciones de los Brigadieres y Policías Escolares.
mm) Participar en las actividades que se realizan en la I.E. así como fechas cívicas, charlas, eventos
deportivos, artísticos, etc.
nn) Asistir a la IE. con ropa adecuada a su labor. En los días de formación (lunes) y actividades, cívico
patrióticos y otros indicados por la Dirección deberá asistir con el uniforme oficial (terno) de la I.E.
oo) Difundir el Reglamento Interno de los estudiantes de la IE. así como realizar charlas educativas sobre
las normas de urbanidad, campañas contra las drogas y otros en horas libres o ausencia de los
docentes.
CAPITULO III
ÓRGANO DE SOPORTE AL PROCESO EDUCATIVO
COORDINADOR ADMINISTRATIVO Y RECURSOS EDUCATIVOS (Funciones)
MISION. - Coordinar la ejecución de actividades administrativas orientadas a generar condiciones necesarias
para mejorar la calidad del servicio y los aprendizajes de los estudiantes, mediante la prevención y
seguimiento al uso adecuado y eficiente de los recursos educativos y financieros, de la información
y los ambientes de aprendizajes con los que cuenta la I.E.
ARTÍCULO 22º.- Son funciones:
a) Planificar actividades de su competencia a desarrollarse durante el año escolar en articulación con
los planes de trabajo del equipo de soporte de la institución educativa y asegurar su incorporación
en los instrumentos de gestión de la IE.
b) Apoyar al director en la gestión institucional para lograr las metas establecidas en el Plan Anual de
Trabajo de la IE.
c) Diseñar acciones relacionadas a la preservación de la limpieza de toda la institución educativa y el
mantenimiento de las aulas, así como el buen estado del mobiliario y equipos, incluyendo la
supervisión del cumplimiento de las funciones del personal de mantenimiento.
d) Promover, articular y coordinar con organizaciones e instituciones públicas y/o privadas, la creación
de redes de apoyo en beneficio de la comunidad educativa.
e) Gestionar y promover el uso oportuno de los materiales y recursos educativos como soporte al
proceso de aprendizaje de los estudiantes.
f) Garantizar el cumplimiento de la jornada laboral del personal de la IE. incluyendo las horas efectivas
y las horas de coordinación (colegiado, elaboración de materiales, atención a padres,
retroalimentación de la práctica pedagógica) y elaborar el reporte de asistencia y permanencia del
personal de la institución informando oportunamente al Director de la IE.
g) Gestionar el apoyo y la información relacionada a los recursos financieros de la IE. y organizar la
presentación periódica del balance correspondiente a la comunidad educativa.
h) Actualizar y garantizar el correcto y pertinente reporte en los sistemas del MINEDU (SIAGIE,
WASICHAY, , ESCALE, SIGMA, reporte de asistencia, reporte de horas efectivas, SIJEC, otros
propuestos por MINEDU), informando al Director de la IE. sobre las acciones realizadas.
i) Organizar y verificar sobre la aplicación de las evaluaciones online y/o offline que envía el MINEDU
para las distintas áreas curriculares con el fin de evaluar el avance en las metas pedagógicas
establecidas por la IE.
j) Consolidar los resultados de aprendizaje y de gestión de la IE. para informar periódicamente al
director y los docentes a fin de que se realicen las acciones que se consideren necesarias para la
mejora continua del servicio educativo.
20
k) Diseñar e implementar de manera conjunta con el Psicólogo, CIST y quien corresponda la ejecución
de acciones que permitan involucrar de manera activa a los padres de familia en temas relacionados
a los intereses y necesidades de los estudiantes para su formación integral.
l) Realizar otras funciones relacionadas a la misión a la misión del puesto asignadas por el Órgano de
Dirección de la IE.
m) Presentar su Plan Anual de Trabajo
21
m) Realizar soporte técnico a las plataformas tecnológicas y pedagógicas TIC que desarrolle el MINEDU
para las II.EE. JEC en las distintas áreas curriculares realizando actualización, despliegue,
recopilación, sincronización entre otros.
n) Elaborar procedimientos y formatos que permiten gestionar el estado y uso de los recursos
tecnológicos, los mismos que se deben reportar al coordinador administrativo y de recursos
educativos para su administración y control.
o) Velar por la seguridad de las aulas funcionales TIC, así como por la seguridad informática de los
recursos tecnológicos.
p) Garantizar el uso adecuado del acceso a internet, utilizando mecanismos de seguridad que permite
el acceso solo a páginas de uso educativo, las páginas no permitidas se deben bloquear.
q) Administrar, configurar y brindar soporte al servidor y los servicios implementados, tales como DNS,
DHCP, filtro de contenido, entre otros.
r) Realizar otras funciones relacionadas a la misión del puesto asignadas por el órgano de Dirección de
la Institución Educativa.
s) Presentar el Plan Anual de Trabajo.
22
n) Acompañar y brindar asistencia técnica en acciones de promoción de la participación estudiantil
propiciando que los estudiantes sean protagonistas de su desarrollo personal y social.
o) Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el órgano Directivo de la Institución
Educativa.
p) Presentar el Plan Anual de Trabajo
DE LA SECRETARIA
ARTÍCULO 25º.- La secretaria es la persona que da respaldo y apoyo a la Dirección.
MISIÓN. - Contribuir a mejorar la calidad de atención al usuario de la institución, así como apoyar y facilitar
la gestión del equipo directivo. Su función principal es velar por el trámite correcto que deben seguir
los documentos administrativos que llegan a su despacho. Cumple con las siguientes funciones:
a) Atender a la comunidad educativa y público usuario de acuerdo a las necesidades de trámite a
realizar.
b) Actualizar el directorio, la agenda institucional y efectuar y recibir llamadas telefónicas si es el caso.
c) Recibir, registrar, organizar y distribuir la documentación de la institución educativa.
d) Redactar y digitar documentos variados de uso de los equipos de trabajo de la institución educativa.
e) Orientar al usuario sobre el procedimiento a seguir en sus gestiones e informar sobre la situación de
su trámite.
f) Actualizar la agenda del director de la institución educativa.
g) Velar por seguridad y conservación de documentos.
h) Mantener la información sobre los útiles de oficina y su distribución.
i) Elaborar los certificados de estudio con mucha diligencia y pulcritud.
j) Preparar y revisar la documentación para la firma respectiva
k) Coordinar reuniones, concertar citas y brindar atención al usuario
l) Orientar sobre gestiones y situaciones de expedientes
m) Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el Órgano Directivo de la institución
educativa.
TÉCNICO ADMINISTRATIVO
ARTÍCULO 26º.- Son funciones del Técnico Administrativo:
a) Manejo responsable del Sistema de Información del Apoyo a la Gestión de la Institución Educativa -
SIAGIE
b) Realizar el proceso de matrícula de los estudiantes de la IE y conformar los diferentes equipos de
trabajo.
c) Abrir la Ficha de matrícula de cada alumno ingresante y hacer refrendar con la Dirección.
d) Formular la Nómina de alumnos por grado y secciones, ubicando las asignaturas de recuperación y
subsanación previa verificación con las Actas de Evaluación. Bajo entera responsabilidad
e) Elaborar la Nómina de matrícula en los formatos oficiales.
f) Formular el cuadro de aprobación de matrículas, estableciendo los alumnos observados con
indicación de los motivos para su aprobación mediante Decreto Directoral.
g) Efectuar la regularización de las matrículas observadas.
h) Distribuir la Nómina de alumnos a todas las Instancias de la I. E. y a todo el personal de la Institución.
i) Realizar el procedimiento de traslado de matrículas.
j) Recepcionar notas de Evaluación de proceso y final, debiendo registrar en la base de datos del
sistema computarizado y devolver en planillas.
k) Preparar boletas de notas e información de los educandos con la evaluación correspondiente de cada
periodo trimestral y entregar a los alumnos con apoyo de los señores auxiliares de educación.
23
l) Preparar las actas consolidadas de evaluación integral por triplicado con la información relativa al
número de matrícula, condición, sexo, datos de I. E., estableciendo los alumnos retirados y
trasladados, como también las actas de aplazados, subsanaciones, Estudios Independientes y otros.
m) Elaborar el cuadro estadístico con datos relativos al requerimiento de las instancias superiores.
n) Mantener en estricto orden cronológico el archivo de las nóminas de matrícula y actas de
evaluaciones finales y subsanaciones, bajo responsabilidad.
o) Elaborar y expedir certificados en un plazo no mayor de 03 días de la presentación de la solicitud.
p) Expedir constancias de matrícula, de estudio, de comportamiento y traslados dentro del plazo de 24
horas.
q) Preparar Decretos Directorales para la rectificación de nombres, apellidos, exoneraciones,
autorización para la evaluación y otros inherentes a su cargo.
r) Elaborar informes que solicite la superioridad y participar en reuniones de coordinación de carácter
interno.
s) Solicitar y disponer de material necesario de impresión para las acciones educativas y llevar el archivo
de material impreso.
t) Realizar las demás funciones asignadas por la Dirección.
u) Presentar su Plan de Trabajo
OFICINISTA
ARTÍCULO 27º.- Sus funciones son:
a) Redactar documentos administrativos, resoluciones, oficios, proveídos y otros documentos de
acuerdo a instrucciones o modelos preestablecidos.
b) Estudiar, analizar e informar sobre la documentación que ingresa a la oficina.
c) Llevar escalafones, sistematizar, clasificar y archivar documentos diversos.
d) Digitar cuadros, gráficos y otros documentos.
e) Efectuar cálculos y liquidaciones diversas.
f) Codificar correspondencia postal impresos y/o tramitar liberaciones aduaneras, pólizas de
importación, exportación.
g) Presentar su Plan de Trabajo
TESORERA:
ARTICULO 28º.- Funciones:
a) Llevar ordenadamente el archivo de los documentos sustentatorios de ingresos y egresos.
b) Recaudar y hacer los depósitos correspondientes a la entidad financiera (bancos, cajas, financieras).
c) Preparar la documentación para emitir los informes económicos correspondientes.
d) Llevar control de la cuenta de ahorro.
e) Llevar el libro de caja legalizado, actualizado y documentado.
f) Informar trimestralmente al órgano inmediato superior del movimiento económico de la I.E.
g) Informe bimestral al CONEI.
h) Presentar su Plan de Trabajo
PERSONAL DE SERVICIO II
ARTÍCULO 29º.- El personal de servicio desempeña sus funciones con responsabilidad y eficiencia, se
encarga del mantenimiento y cuidado de las aulas, mobiliario, baño, patio, ventanas, infraestructura y
otros.
MISIÓN. - Contribuir a brindar un mejor servicio educativo a través del ordenamiento, mantenimiento
Cumpliendo las siguientes funciones:
24
a) Realizar actividades de mantenimiento, conservación y limpieza del local escolar, ambientes de
aprendizaje, oficinas, servicios higiénicos y espacios exteriores a su cargo (limpieza de pisos,
paredes, techos, ventanas, puertas y muebles en general) en forma permanente.
b) Velar por el cuidado y conservación del mobiliario, equipos y materiales educativos de la IE.
c) Informar sobre las condiciones de las instalaciones, mobiliarios y equipos de la IE.
d) Mantener cerrada las aulas y ambientes en las horas y días no laborables.
e) Apoyar el desarrollo de actividades escolares especiales, instalando escenografías, y otros en
espacios y ambientes adecuados.
f) Custodiar los materiales de mantenimiento y limpieza a su cargo.
g) Realizar labores de conserjería, y seguridad orientando el ingreso y salida de las personas, así como
equipos, materiales y/o vehículos de la institución.
h) Llevar un cuaderno de incidencias que lo presentará mensualmente a la Dirección y en caso de
incidencias mayores comunicar por escrito de inmediato.
i) Realizar el mantenimiento permanente de las áreas verdes de la institución educativa, inclusive en
las vacaciones del medio año.
j) Emitir informes correspondientes a su función.
k) Presentar su Plan Anual de Trabajo
l) Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el órgano Directivo de la Institución
Educativa.
FUNCIONES DEL PERSONAL DE SERVICIO III
ARTÍCULO 30º.- El Trabajador de servicio III tiene las siguientes funciones:
a) Cumple actividades de vigilancia y seguridad preferentemente en horario nocturno y en días no
laborables.
b) Custodiar locales y los bienes que existen en su interior de acuerdo a las condiciones de seguridad
y control establecidas.
c) Controlar y orientar el ingreso y salida de personas, así como equipos, materiales y/o vehículos de la
institución.
d) Realizar actividades de limpieza, conservación y mantenimiento de infraestructura (aulas, ambientes
y espacios) y equipamiento institucional.
e) Realizar rondas permanentes por todos los ambientes y espacios de la institución educativa.
f) Operar equipos de seguridad y ascensores, transportando personas y/o materiales en general de
acuerdo a instrucciones
g) Elaborar los informes correspondientes a su función y llevar registros sencillos de documentos.
h) Controlar y velar por el mantenimiento y conservación de los equipos y/o bienes de área.
i) Recabar la dotación de bienes requeridos por el área y coordinar el suministro oportuno de los
servicios necesarios.
j) Llevar un cuaderno de ocurrencias en su turno haciendo presente a la Dirección cualquier hecho
anormal siendo responsable de pérdidas y perjuicios que se produzcan en su turno por descuido o
negligencia en su función.
k) Guardar reserva y confidencialidad en el desarrollo de sus labores, así como en las gestiones y/o
trámites encomendados
l) Presentar su Plan Anual de Trabajo
m) Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el órgano Directivo de la Institución
Educativa.
ARTÍCULO 31º.- PERSONAL DE VIGILANCIA
MISION. - Cautelar la integridad de la infraestructura, equipos, materiales, espacios y ambientes de
aprendizaje, así como de la comunidad educativa. Son funciones:
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a) Registro y control de ingreso y salida de las personas en la institución educativa
b) Verificar y registrar los bienes, mobiliarios, materiales y equipos de la institución educativa, asimismo,
los espacios y ambientes.
c) Realizar recorridos dentro de la institución de forma periódica durante la jornada laboral para
fortalecer las estrategias de seguridad.
d) Efectuar la identificación de las personas en el acceso y en el interior de la institución educativa.
e) Elaborar reporte de las condiciones e incidentes ocurridos en la institución educativa.
f) Detectar y prevenir actos de violencia o de transgresión en la Institución educativa.
g) Otras actividades inherentes a sus funciones que designe el Órgano Directivo de la Institución
Educativa.
h) Presentar su Plan Anual de Trabajo
TÍTULO III
PROCESO DE SOPORTE AL FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
CAPÍTULO I
DE LA JORNADA LABORAL Y HORARIO DE TRABAJO DEL PERSONAL DIRECTIVO, DOCENTE Y
ADMINISTRATIVO
JORNADA LABORAL
ARTÍCULO 32º.- La jornada laboral del personal de la Institución Educativa Integrada Nº 34350 “Los
Libertadores” Se establece según el régimen laboral, área de desempeño y cargo que ejerce cada
servidor, siendo las siguientes:
TARDANZAS E INASISTENCIAS
ARTÍCULO 34º.-TARDANZAS, Se considera tardanza cuando el personal ingresa al centro de trabajo
después del horario establecido y dentro del tiempo de tolerancia establecida.
a) Se establece una tolerancia de 05 minutos. Pasado los cinco minutos se considera inasistencia y se
acumula para el informe de inasistencia del mes.
Para docentes y auxiliares de educación: la tercera tardanza constituye inasistencia
Para personal administrativo: por cinco tardanzas a más al mes:
1. Primera vez, amonestación escrita;
2. Primera reincidencia, descuento por dos (02) días;
3. Segunda reincidencia, suspensión sin goce de remuneraciones hasta por diez (10) días;
4. Las subsiguientes reiteraciones durante el año son sanciones previo proceso administrativo.
27
a) Representar de manera destacada a la institución educativa o la instancia correspondiente en
certámenes culturales, científicos tecnológicos o deportivos a nivel provincial, regional, nacional o
internacional.
b) Resulte ubicado entre los tres (03) primeros puestos de cualquier concurso de alcance regional,
nacional e internacional, organizado o patrocinado por el MINEDU o el Gobierno Regional.
c) Asesore a estudiantes que resulten ubicados entre los tres (03) primeros puestos de cualquier
concurso regional, nacional e internacional, organizado por instancias del MINEDU.
d) Realiza acciones sobresalientes en beneficio de la Instancia de Gestión Educativa Descentralizada
o de la comunidad educativa a la que pertenece y dichas acciones sean respaldadas por el CONEI
correspondiente o el que haga sus veces.
e) A nivel de la I.E, los docentes se harán acreedores a los siguientes estímulos.
Oficio de felicitación por acción extraordinaria que benefician al estudiante o a la Institución
Educativa.
Diploma de mérito y resolución por tiempo de servicios al cumplir los 25 y 30 años.
Además, por la puntualidad en la asistencia y desempeño eficiente y eficaz a la función se otorgará:
Resolución u oficio de felicitación.
ARTÍCULO 37º.- Los estímulos se otorgan al personal que destaca en su labor docente, en los casos
siguientes:
a) Cumplimiento de sus funciones, conducta solidaridad, puntualidad y práctica de valores. Estos
pueden ser en forma escrita y en acto público los cuales pueden ser otorgados por la Dirección del
centro educativo, CONEI, APAFA.
b) Resolución Directoral de felicitación otorgada por la Dirección; por labor sobresaliente en beneficio
de los estudiantes o la I.E. y según los requisitos contemplados en la ley de reforma Magisterial y
normatividad vigente para ser reconocidos en el escalafón correspondiente previo trámite de la
Dirección. Serán entregados con ocasión del día del maestro.
c) Estímulos pecuniarios de acuerdo a la disponibilidad de recursos de la institución.
d) Dentro de la uniformidad de los docentes es como se detalla a continuación:
CAPITULO III
PROHIBICIONES:
PROHIBICIONES Y SANCIONES DEL PERSONAL DIRECTIVO Y JERÁRQUICO
ARTÍCULO 38º.- El personal Directivo, Asesor, jefes de laboratorios y coordinadores están prohibidos de:
a) Iniciar el año académico sin la debida presentación de los documentos técnico pedagógico a su
cargo.
b) Abandonar su puesto de trabajo sin motivo justificado y/o papeleta de salida.
c) Incumplir con sus funciones de acuerdo al presente reglamento y Ley de la Reforma Magisterial.
d) Faltar a las actividades cívicas patrióticas u otras programadas por la institución.
e) Usar los ambientes de la I.E. para desarrollar o participar en reuniones particulares ajenas a su
función.
f) Participar en actividades ajenas a su función u otras actividades en horario de trabajo.
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g) Faltar a reuniones de carácter institucional convocados por alguno de los estamentos de la I.E u otra
institución que convoque y sean delegados.
h) Retirarse antes del término de las asambleas convocadas por la Dirección sin la autorización del
director.
i) Faltar de palabra, gestos o actitudes que promuevan el rompimiento de las relaciones humanas en
la comunidad educativa.
j) No mantener al día los documentos inherentes a su cargo.
k) No mantener informado al personal a su cargo sobre los resultados del monitoreo y acompañamiento
docente.
l) Aprovechar el cargo para formar grupos dando consignas y manipulando actitudes y decisiones del
personal a su cargo.
m) Negarse a asumir funciones o delegaturas cuando hay necesidad de servicio.
n) Las sanciones a las que se hacen acreedores los miembros del personal directivo y jerárquico están
estipuladas en la LRM
o) Las faltas de carácter disciplinario son las que se contemplan en la Ley de la reforma Magisterial y
su reglamento
PROHIBICIONES DEL PERSONAL DOCENTE
ARTÍCULO 39º.- El docente debe ser digno ejemplo de los estudiantes, por lo tanto, se encuentra prohibido
de:
a) Abandonar o evadirse del local de la I.E. en horas de labor docente y dejar el dictado de sus clases
o tareas educativas para atender asuntos particulares y perder el tiempo en horas de trabajo en
tareas ajenas a la actividad docente.
b) Utilizar a los estudiantes en comisiones particulares o mandados.
c) Comer en el aula durante las horas del dictado de clases.
d) Retrasar la labor pedagógica no entregando a tiempo los documentos técnico pedagógico, notas y
otros solicitados por la Dirección o Sub-Dirección y que son inherentes a su cargo.
e) Negarse a participar en las diversas comisiones o actividades delegadas por la dirección o Sub-
Dirección sin motivo justificado.
f) No asistir a las reuniones técnico pedagógicas programadas por la Dirección o Sub-Dirección.
g) Entregar a los padres de familia a solicitud de éstos, documentos contenidos en la ficha de matrícula
de los estudiantes sin la autorización de la Dirección.
h) Asistir a la I.E en estado etílico o con síntomas de haber bebido licor.
i) Aplicar castigos físicos o psicológicos a los estudiantes.
j) Permanecer en los ambientes administrativos o kioscos en las horas de formación, actividades
cívicas y después del recreo cuando se tiene clase.
k) Hacer borrones o enmendaduras sobre las observaciones hechas en los partes de asistencia.
l) Firmar el parte de asistencia.
m) Recibir regalos, obsequios y donaciones a cambio de algún beneficio.
n) Crear y fomentar enfrentamientos entre colegas, secciones, turnos o con los padres de familia.
o) Programar o ejecutar paseos o visitas de estudio sin cumplir con los requisitos para estos casos.
p) Realizar clases particulares o pagadas con estudiantes o grupos de estudiantes que comprometan o
que tengan relación con la programación de su área y de sus secciones a cargo y las evaluaciones.
q) Vender libros, golosinas o cualquier producto comercial sin la autorización de la Dirección.
ARTÍCULO 40º.- Los docentes responsables del aula de innovación pedagógica están prohibidos:
a) Usar la sala de innovación con fines personales.
b) Usufructuar con los materiales, bienes o equipos.
29
c) Utilizar los equipos para Cursos particulares.
d) Cobrar a los estudiantes por el uso de los equipos.
e) Emplear los equipos y materiales para realizar trabajos particulares o ajenos a la Institución.
f) Dejar de brindar el servicio, debiendo prever la atención permanente.
g) Cobrar a los docentes por los cursos de capacitación que dicten.
h) Vender programas educativos a los docentes o estudiantes.
i) Abandonar el aula de innovación pedagógica para realizar otras actividades.
j) Ser indiferente y no brindar apoyo al docente que desarrolla su clase en el aula de innovación
CAPITULO IV
DE LAS FALTAS O INFRACCIONES Y SANCIONES DE LOS DOCENTES
ARTÍCULO 41º.- Se considera falta a toda acción u omisión, voluntaria o no, que contravenga los deberes
señalados en el artículo 40 de la Ley, dando lugar a la aplicación de la sanción administrativa
correspondiente.
Se considera infracción a la vulneración de los principios, deberes y prohibiciones de los artículos 6, 7 y
8 de la Ley Nº 27815 – Ley del Código de Ética de la Función Pública, dando lugar a la aplicación de la
sanción administrativa correspondiente. Constituyen faltas:
ARTÍCULO 42º.- Para el personal comprendido en el régimen laboral de la Ley de Reforma Magisterial
constituyen faltas leves:
a) El incumplimiento del cronograma establecido para el desarrollo del programa curricular.
b) El incumplimiento de la jornada laboral en la que se desempeña el profesor, sin perjuicio del
descuento remunerativo correspondiente.
c) La tardanza o inasistencia injustificada, sin perjuicio del descuento remunerativo correspondiente.
d) La inasistencia injustificada a las actividades de formación en servicio para las que ha sido
seleccionado por su institución educativa, red educativa, el Gobierno Regional o el MINEDU.
e) La evasión de su obligación, de ser el caso, de colaborar en las evaluaciones de rendimiento de los
estudiantes que realiza el MINEDU, de participar en la formulación, ejecución y seguimiento al
proyecto educativo institucional, proyecto curricular de la institución educativa, reglamento interno y
plan anual de trabajo de la institución educativa.
f) Incumplimiento de otros deberes u obligaciones establecidos en la Ley y que puedan ser calificados
como leves o faltas que no pueden ser calificadas como leve.
g) Además, los incisos a), e) y g) del artículo 40 de la LRM. Estas son sancionadas por el director de
la IE.
ARTÍCULO 43º.- Para el personal comprendido en el régimen laboral de la Ley de Reforma Magisterial
constituyen faltas graves:
a) Causar perjuicio al estudiante y/o a la institución educativa.
b) Ejecutar, promover o encubrir, dentro o fuera de la institución educativa, actos de violencia física, de
calumnia, injuria o difamación, en agravio de cualquier miembro de la comunidad educativa.
c) Realizar actividades comerciales o lucrativas, en beneficio propio o de terceros, aprovechando el
cargo o la función que se tiene dentro de la institución educativa, con excepción de las actividades
que tengan objetivos académicos.
d) Realizar en su centro de trabajo actividades ajenas al cumplimiento de sus funciones de profesor o
directivo, sin la correspondiente autorización.
e) Abandonar el cargo injustificadamente.
f) Interrumpir u oponerse deliberadamente al normal desarrollo del servicio educativo.
30
g) Realizar en su centro de trabajo actividades de proselitismo político partidario en favor de partidos
políticos, movimientos, alianzas o dirigencias políticas nacionales, regionales o municipales.
h) Otras que se establecen en las disposiciones legales pertinentes.
i) El profesor que incurre en una falta o infracción, habiendo sido sancionado previamente en dos (2)
ocasiones con suspensión, es pasible de cese temporal
ARTÍCULO 44º.- Para el personal comprendido en el régimen laboral de la Ley de Reforma Magisterial
constituyen faltas muy graves:
a) No presentarse a la evaluación de desempeño docente sin causa justificada.
b) Haber sido condenado por delito doloso.
c) Haber sido condenado por delito contra la libertad sexual, apología del terrorismo o delito de
terrorismo y sus formas agravadas.
d) Incurrir en actos de violencia o causar grave perjuicio contra los derechos fundamentales de los
estudiantes y otros miembros de la comunidad educativa y/o institución educativa, así como impedir
el normal funcionamiento de los servicios públicos.
e) Maltratar física o psicológicamente al estudiante causando daño grave.
f) Realizar conductas de hostigamiento sexual y actos que atenten contra la integridad, indemnidad y
libertad sexual tipificados como delitos en el Código Penal.
g) Concurrir al centro de trabajo en estado de ebriedad o bajo los efectos de alguna droga.
h) Inducir a los estudiantes a participar en marchas de carácter político.
i) Incurrir en reincidencia la inasistencia injustificada al centro de trabajo por más de tres (3) días
consecutivos o cinco (5) discontinuos en un período de dos (2) meses.
j) El profesor que incurre en una falta o infracción, habiendo sido sancionado previamente en dos (2)
ocasiones con cese temporal, es pasible de destitución
CAPÍTULO VI
DE LAS FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO
ARTICULO 48º.- Se considera falta a toda acción u omisión, voluntaria o no, que contravenga los deberes y
obligaciones señalados en el artículo 28 del DL. N° 276 y D.S. Nro. 005-90-PCM, además la Ley 30057,
dando lugar a la aplicación de la sanción administrativa correspondiente.
Se considera infracción a la vulneración de los principios, deberes y prohibiciones de los artículos 6, 7 y 8 de
la Ley Nº 27815 – Ley del Código de Ética de la Función Pública, dando lugar a la aplicación de la sanción
administrativa correspondiente. Constituyen faltas:
Son consideradas faltas disciplinarias del trabajador sujeto a sanción las siguientes:
a) El incumplimiento de lo normado en las leyes laborales, la ley orgánica del Ministerio de Educación,
el reglamento de la organización y funciones, la ley 276 y su reglamento D.S. Nro. 005-90-PCM, el
presente reglamento.
b) La reiterada resistencia al incumplimiento de las órdenes de sus superiores relacionadas con sus
labores.
c) El incurrir en acto de violencia, grave indisciplina o faltamiento de palabra en agravio de su superior,
del personal jerárquico y de los compañeros de labor.
d) La negligencia en el desempeño de las funciones.
e) El impedir el funcionamiento del servicio público.
f) La utilización o disposición de los bienes de la entidad pública en beneficio propio o de terceros.
g) La concurrencia al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas o sustancias
estupefacientes.
h) El abuso de autoridad, la prevaricación o el uso de la función con fines de lucro.
i) El causar deliberadamente daños materiales en los locales, instalaciones, obras, maquinarias,
instrumentos, documentación y demás bienes de propiedad de la entidad o en posesión de esta.
j) Las ausencias injustificadas por más de tres (3) días consecutivos o por más de cinco (5) días no
consecutivos en un periodo de treinta (30) días calendario, o más de quince (15) días no consecutivos
en un periodo de ciento ochenta días (180) calendario.
k) El hostigamiento sexual cometido por quien ejerza autoridad sobre el servidor civil, así como el
cometido por un servidor civil, cualquiera sea la ubicación de la víctima del hostigamiento en la
estructura jerárquica de la entidad pública.
l) Realizar actividades de proselitismo político durante la jornada de trabajo, o a través del uso de sus
funciones o de recursos de la entidad pública.
m) Discriminación por razón de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión o condición económica.
n) El incumplimiento injustificado del horario y la jornada de trabajo.
o) La afectación del principio de mérito en el acceso y progresión en el servicio civil.
p) Actuar o influir en otros servidores para obtener un beneficio propio o beneficio para terceros.
q) La doble percepción de compensaciones económicas, salvo los casos de dietas y función docente.
33
r) Las demás que señala la ley.
De conformidad con el artículo 85, literal a) de la Ley en concordancia con el artículo 98.2 de su Reglamento
General, también son faltas disciplinarias:
a) Usar indebidamente las licencias cuyo otorgamiento por parte de la entidad es obligatorio conforme
a las normas de la materia. No están comprendidas las licencias concedidas por razones personales.
b) Incurrir en actos que atenten contra la libertad sindical conforme al artículo 51 del presente
Reglamento.
c) Incurrir en actos de nepotismo conforme a lo previsto en la Ley y el Reglamento.
d) Agredir verbal y/o físicamente al ciudadano usuario de los servicios a cargo de la entidad.
e) Acosar moral o sexualmente.
f) Usar la función con fines de lucro personal, constituyéndose en agravante el cobro por los servicios
gratuitos que brinde el estado a poblaciones vulnerables.
g) Impedir el acceso al centro de trabajo del servidor civil que decida no ejercer su derecho a la huelga.
h) Incurrir en actos de negligencia en el manejo y mantenimiento de equipos y tecnología que impliquen
la afectación de los servicios que brinda la entidad.
Además, se consideran faltas las siguientes:
a) Dedicarse a labores ajenas a las funciones encomendadas durante su jornada de trabajo.
b) Hacer propaganda, proselitismo o promover reuniones no autorizadas dentro del centro de trabajo.
c) Cometer actos contrarios al orden, la moral y las buenas costumbres.
d) Proporcionar información falsa para su carpeta personal, o adulterar dicha información.
e) Sustituir a otro trabajador para el registro de ingreso y salida de la I.E., o facilitar a otro empleado su
carnet para el mismo fin.
f) Presentarse a trabajar en estado de embriaguez o bajo la influencia de estupefacientes y drogas.
g) Introducir al centro de trabajo o consumir dentro las mismas bebidas alcohólicas o drogas.
h) Difundir, suscribir o prestar declaraciones, cualquiera sea el medio, que dañaren la imagen de la I.E.
y/o la honorabilidad de sus directivos y/o trabajadores.
i) Pintar paredes, pegar volantes o causar daño o destrucción, en cualquier forma a los bienes y/o
instalaciones de la I.E.
j) Aceptar recompensas, regalos, dádivas o préstamos de personas, que comprometieran el ejercicio
de sus funciones.
k) Dar a conocer a terceros documentos que revistan carácter de reservados.
l) Dejar máquinas, equipos y fluidos eléctrico encendidos después de concluida su labor, así como
abiertas las conexiones de agua de la institución.
m) No concurrir a su puesto de trabajo inmediatamente después de registrar la hora de entrada o al
término de la hora de refrigerio.
n) Ejercer actividades particulares dentro del local de la I.E.
o) Abandonar en centro de trabajo en horas de labores sin la autorización correspondiente.
p) Realizar asesoramiento o gestiones a particulares para la tramitación de asuntos administrativos,
educativos y conexos.
q) Permanecer fuera de su oficina, o puesto de trabajo sin la autorización del jefe inmediato.
r) Formar grupos de conversación y tertulia en el centro de trabajo que no guarde relación con sus
funciones.
s) No cumplir con las disposiciones de control de vigilancia.
SANCIONES:
ARTICULO 49º.-.Las sanciones aplicables al personal administrativo:
a) Amonestación: Verbal y Escrita.
b) Suspensión sin goce de remuneraciones desde un día hasta por doce (12) meses
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c) Destitución
CAPÍTULO VII
ADMINISTRACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA Y LOS SERVICIOS BÁSICOS
ARTÍCULO 50º.- Brindar espacios saludables y sostenibles, adecuados y en buen estado, que contribuyan a
lograr aprendizajes y al bienestar de la comunidad educativa mediante:
a) El mantenimiento y la limpieza permanente
b) La implementación de servicios complementarios como el Programa Nacional de Alimentación
Escolar Qali Warma en inicial y primaria y comedor y quioscos escolares y
c) Adopta medidas de eco eficiencia, seguridad y gestión de riesgos (medidas de seguridad y
protección).
d) Implementa el enfoque ambiental y la Política Nacional de Educación Ambiental
CAPÍTULO VIII
ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES, RECURSOS Y MATERIALES EDUCATIVOS
ARTÍCULO 51º.- Asegurar que las y los estudiantes, así como el personal de la institución educativa
dispongan y hagan un uso responsable y adecuado de los bienes, recursos y materiales educativos a
través del registro actualizado, la asignación equitativa que considera las necesidades y funciones de
cada actor y la aplicación de protocolos para el cuidado. Registrar, almacenar y dar de baja. Distribuir y
preservar los bienes patrimoniales de la institución educativa.
CAPITULO IX
ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS ECONÓMICOS
ARTICULO 52º.- Asegurar una gestión eficiente, oportuna y transparente, alineada al planeamiento
institucional y a las necesidades de los estudiantes, mediante la programación, el control de ingresos y
egresos y el uso óptimo de los recursos económicos que genera y recibe la institución educativa.
ARTÍCULO 53º.- Constituyen recursos propios de la institución, todos los recursos económicos como:
a) Ingresos directamente recaudados, según el TUPA.
b) Recursos propios por alquiler de infraestructura y/o loza deportiva a plazo fijo.
c) Recepción de donaciones y apoyos económicos de parte de otras entidades.
d) Servicios de extensión educativa relacionados a reforzamiento pedagógico, nivelación, capacitación,
actualización a estudiantes y docentes.
TÍTULO IV
ORGANO DE COORDINACIÓN
CAPÍTULO I
COMISIONES
COMISIÓN DE GESTIÓN DE CALIDAD, INNOVACIÓN Y APRENDIZAJES.
ARTÍCULO 56º.- Son funciones:
a) Formular el Plan Lector de la institución educativa
b) Organizar, convocar, difundir, ejecutar y supervisar el desarrollo de los concursos escolares aprobados
por el Ministerio de Educación para el año escolar.
35
c) Evaluar a los participantes de los concursos escolares, así como remitir resultados y la información
pertinente de los ganadores para su participación en la siguiente etapa, según corresponda.
d) Gestionar los permisos y autorizaciones para garantizar la seguridad y la atención médica de los
participantes durante el concurso, así como el desarrollo del mismo
e) Aprobar los modelos de la medalla y diploma, y otorgar las medallas y diplomas a los participantes de
los referidos concursos según corresponda.
f) Evaluar e informar los resultados de los concursos escolares aprobados por el Ministerio de Educación
para el año escolar.
g) Supervisar los programas de recuperación pedagógica programada en la institución educativa.
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a) Planificar, elaborar, ejecutar, monitorear y evaluar el Plan de Tutoría, Orientación Educativa y
Convivencia Escolar, en función al diagnóstico de necesidades de orientación de las y los estudiantes,
el Proyecto Educativo Local y Regional si lo hubiera.
b) Promover que la Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia escolar y sus actividades se incorporen
en los instrumentos de gestión de la institución educativa (Plan Educativo Institucional - PEI; Proyecto
Curricular de la Institución Educativa - PCI; Plan Anual de Trabajo - PAT; Reglamento Interno -RI).
c) Velar que el coordinador de tutoría, el responsable de convivencia y los tutores respondan al perfil
necesario para la atención integral de las y los estudiantes.
d) Promover que los docentes tutores, en función de las necesidades e intereses de las y los estudiantes,
dispongan de las horas adicionales para la orientación y el acompañamiento respectivo, en el marco de
lo dispuesto en las normas del año escolar.
e) Promover el cumplimiento de las horas efectivas y consecutivas de tutoría grupal, en un horario que
favorezca su ejecución.
f) Asegurar el desarrollo de la tutoría individual con las y los estudiantes, según sus necesidades de
orientación.
g) Desarrollar actividades de orientación a las familias a nivel de institución educativa y a nivel de aula.
h) Coadyuvar en el desarrollo de acciones de prevención y la atención oportuna de los casos de violencia
escolar y otras situaciones de vulneración de derechos considerando las orientaciones y protocolos de
atención y seguimiento propuestos por el Sector.
i) Coordinar con el Consejo Educativo Institucional (CONEI) u otras organizaciones de la institución
educativa, el desarrollo de actividades formativas y preventivas relacionadas a la gestión de la tutoría,
orientación educativa y convivencia escolar, para todos los integrantes de la comunidad educativa.
j) Impulsar las reuniones de trabajo colegiado con los tutores para el intercambio de experiencias y apoyo
mutuo.
k) Organizar y promover la capacitación de los integrantes del Comité de Tutoría y Orientación Educativa
y personal de la institución educativa en general, en temas relacionados a la tutoría y a la convivencia
escolar. Para ello, podrán recurrir a la Unidad de Gestión Educativa Local correspondiente o a
instituciones de la sociedad civil especializadas en el tema.
l) Promover, convocar y articular acciones con instituciones aliadas, tomando en cuenta que su labor debe
adecuarse a la normatividad vigente.
m) Articular las acciones de orientación con los auxiliares de educación.
n) Elaborar, actualizar y validar las normas de convivencia de la institución educativa.
o) Asegurar la difusión del boletín informativo que contenga los principios y demás normas de convivencia
entre todos los integrantes de la comunidad educativa.
p) Asegurar que la institución educativa esté afiliada al SiseVe y actualice periódicamente los datos del
responsable de la institución educativa.
q) Fomentar el establecimiento de alianzas y relaciones de cooperación con instituciones públicas y
privadas, con el fin de consolidar una red de apoyo en la promoción de la convivencia escolar, asl como
en las acciones que tengan que ver con la prevención y la atención de la violencia escolar y otras
problemáticas psicosociales.
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b) Verificar las cantidades y condiciones de la totalidad de los materiales y recursos educativos a su llegada;
posteriormente si todo se encuentra conforme, firmar y sellar la PECOSA, indicando la fecha de llegada
del material, en señal de conformidad de lo recibido
c) Identificar los espacios educativos con lo que cuenta la institución educativa, para así definir los espacios
donde deberán albergarse los materiales y recursos educativos.
d) Identificar los requerimientos de mobiliario de los espacios educativos identificados, de modo que los
recursos educativos puedan ser accesibles para el uso de los docentes y estudiantes, y se resguarden
en buen estado.
e) Planificar, organizar y ejecutar la distribución interna y/o entrega de los materiales y recursos educativos
para ponerlos a disposición de los docentes y estudiantes, brindar seguimiento a su uso, atender las
contingencias y devolver los textos de grado entregados a los estudiantes y los manuales para docentes.
En el caso de primaria y secundaria, estas acciones son parte de la planificación para el correcto
funcionamiento del Banco del Libro en la institución educativa.
f) Difundir y sensibilizar a la comunidad educativa sobre los beneficios y alcances del uso del Banco del
Libro, así como motivar el uso intensivo de los textos, materiales y recursos educativos, su conservación
y devolución.
g) Elaborar y ejecutar el plan de devolución de textos de grado y manuales para docentes al final del año,
el cual incluirá la evaluación del estado de conservación de cada ejemplar.
h) Realizar el inventario de los materiales y recursos educativos al finalizar el año escolar y asegurar que
se encuentren guardados en espacios seguros y adecuados para su conservación durante el periodo
vacacional, y las acciones de restauración de los ejemplares deteriorados.
i) Registrar información sobre el proceso de implementación del Banco del Libro y la evaluación de los
procesos de entrega y devolución, seguimiento, contingencias, estado de conservación/condición de los
textos de grado, las observaciones y recomendaciones pertinentes, mediante las fichas de resumen
contenidas en los anexos 4-c, 4-f de la Resolución Ministerial N° 401-2008-ED del nivel correspondiente.
COMISIÓN DE RACIONALIZACIÓN
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ARTÍCULO 60º.- El proceso de racionalización del gasto en plazas de personal docente y administrativo
implica determinar la excedencia o déficit de plazas, por reducción de la carga docente en sección o por
crecimiento de la demanda educativa por crecimiento vegetativo, lo que conlleva a la necesidad de
equilibrar la oferta y demanda educativa. La comisión de racionalización está integrada por:
a) Presidente (Director de la I.E.)
b) Secretario técnico (Personal Directivo)
c) Representante del personal docente
d) Representante del personal administrativo
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ARTÍCULO 65º.- Su finalidad es Promover, Defender y Vigilar los derechos que la legislación reconoce a los
niños y adolescentes. Siendo las funciones de los promotores:
a) Conocer la situación de las niñas, niños y adolescentes de la I.E que se encuentran en estado de
riesgo, abandono, o situación vulnerable. Intervenir cuando se encuentren amenazados o vulnerados
sus derechos para hacer prevalecer el principio del interés superior;
b) Promover el fortalecimiento de los lazos familiares. Para ello puede efectuar conciliaciones entre
cónyuges, padres con apoyo de otras instituciones.
c) Coordinar programas de atención en beneficio de los niños y adolescentes que trabajan;
d) Brindar orientación multidisciplinaria a la familia para prevenir situaciones críticas.
e) Denunciar ante las autoridades competentes las faltas y delitos cometidos en agravio de los niños y
adolescentes.
f) Conformar y/o formar parte de las Redes de Servicio o Comités de Vigilancia Local, a fin de
complementar y articular el trabajo que realizan.
g) Propician acciones de movilización y campañas de sensibilización comunitaria a nivel local,
involucrando tanto a las familias como a las autoridades y miembros de instituciones y dirigidas a
cumplir un determinado objetivo en torno a un tema o problemática específica.
h) Organizan charlas, talleres, elaboración de materiales y realizan Trabajo con medios de comunicación
masivos y comunitarios que tengan un objetivo específico en beneficio de la defensoría del niño y del
adolescente.
ARTÍCULO 66º.- La Defensoría está conformada por
a) un responsable quien asume la función de “defensor “,
b) 4 docentes “defensores - promotores” preferentemente de Ciencias humanas o sociales
c) Padres de familia voluntarios que constituyen un apoyo.
d) Además de profesionales o personas de la comunidad debidamente capacitadas.
ARTÍCULO 67º.- La Defensoría deriva los casos a una instancia, autoridad o profesional según su
competencia. Esta derivación se realiza a través de una comunicación por escrito y otras acciones
complementarias y no debe tardar más de 7 días desde que se tomó el conocimiento del caso.
ARTICULO 68º.- El Código de los Niño y Adolescentes, señala que las Defensorías forman parte del Sistema
Nacional de Atención Integral al Niño y el Adolescente, por lo que se deberá definir y asegurar los
recursos financieros, humanos y un ambiente de funcionamiento, horario, y capacitación de sus
miembros así como la planificación y el registro en la oficina de defensorías de la Dirección General de
Niños y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES),asegurando la
permanencia del personal necesario para el servicio, y estableciendo redes con aquellas instituciones
con las cuales se puedan realizar acciones conjuntas en bien de la niñez.
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c) Aporta a la construcción de una cultura que reconozca a las niñas, niños y adolescentes como sujetos
sociales de derechos, con capacidades para contribuir a su desarrollo personal, a su institución
educativa, su familia y su comunidad.
ARTÍCULO 71º.- El Municipio Escolar está integrado por la Directiva (Alcalde y regidores) y el Consejo
Escolar.
El Consejo escolar está conformado por la Directiva del Municipio Escolar y los Delegados de Aula de
la Institución Educativa.
La Directiva está conformado por:
Alcalde (sa)
Teniente Alcalde (sa)
Regidor(a) de Educación, Cultura, Deporte y Recreación.
Regidor(a) de Salud y Ambiente.
Regidor(a) de Emprendimiento y Actividades Productivas.
Regidor(a) de Derechos del Niño, Niña y Adolescente.
Regidor(a) de Comunicación y Tecnologías de la Información.
TÍTULO V
PROCESO DE DIRECCIÓN Y LIDERAZGO
CAPÍTULO I
DESARROLLO DEL PLANEAMIENTO INSTITUCIONAL
ARTÍCULO 49º.- La Institución Educativa Integrada Nº 34350 “Los Libertadores” cuenta con los siguientes
instrumentos de Gestión Escolar: PEI, PCI, RI y PAT.
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ARTÍCULO 50º.- La Institución Educativa Integrada Nº 34350 “Los Libertadores”, cumple las siguientes
funciones:
a) Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Institucional, el Proyecto Curricular
Institucional, el Plan Anual de Trabajo y su Reglamento Interno en concordancia con su línea
axiológica y los lineamientos de política educativa pertinentes.
b) Organizar, conducir y evaluar los procesos de gestión institucional, pedagógica y administrativa.
c) Diversificar y complementar el currículo básico, realizar acciones tutoriales y seleccionar los libros de
texto y materiales educativos.
d) Otorgar certificados y diplomas según corresponda.
e) Propiciar un ambiente institucional favorable al desarrollo del estudiante.
f) Facilitar programas de apoyo a los servicios educativos de acuerdo a las necesidades de los
estudiantes, en condiciones físicas y ambientales favorables para su aprendizaje.
g) Formular, ejecutar y evaluar el presupuesto anual de la institución.
h) Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión, experimentación e
investigación educativa.
i) Promover el desarrollo educativo, cultural y deportivo de su comunidad;
j) Cooperar en las diferentes actividades educativas de la comunidad.
k) Participar con el Consejo Educativo Institucional, en la evaluación para el ingreso, ascenso y
permanencia del personal docente y administrativo. Estas acciones se realizan en concordancia con
las instancias intermedias de gestión, de acuerdo a la normatividad específica.
l) Desarrollar acciones de formación y capacitación permanente.
m) Rendir cuentas anualmente de su gestión pedagógica, administrativa y económica, ante la comunidad
educativa
n) Actuar como instancia administrativa en los asuntos de su competencia
CAPITULO II
DE LA PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA SIN VIOLENCIA EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
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ARTÍCULO 53º.- En concordancia a lo establecido en la LEY Nº 29719 que “PROMUEVE LA CONVIVENCIA
SIN VIOLENCIA EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS” y su reglamento, la convivencia democrática
tiene como finalidad propiciar procesos de democratización en las relaciones entre los integrantes de la
comunidad educativa, como fundamento de una cultura de paz y equidad entre las personas,
contribuyendo de este modo a la prevención del acoso y otras formas de violencia entre los estudiantes.
ARTÍCULO 54º.- La planificación y acciones para promover La Convivencia sin Violencia en la Institución
Educativa estarán a cargo del equipo de Convivencia, Tutoría e Inclusión Educativa con el apoyo definido
para ello.
CAPÍTULO III
ARTÍCULO 56º.- Es objetivo y tarea del Órgano de Soporte al Proceso Pedagógico asumir los casos y
aspectos de convivencia democrática en un clima de paz. Erradicar casos de hostigamiento; maltrato o
todo tipo de violencia. Asistir a los estudiantes víctimas y agresores con el apoyo de padres o apoderados
en un clima de convivencia sin violencia en la Institución Educativa.
ARTÍCULO 57º.- El presente reglamento propone organizar en cada nivel, bajo la responsabilidad de la
Dirección conjuntamente con el Órgano de Soporte al Proceso Pedagógico, sobre Convivencia
Democrática acciones en casos de hostigamiento, maltrato, o cualquier tipo de violencia; aspectos de
promoción de la convivencia sin violencia en la Institución Educativa; también procedimientos y medidas
correctivas en situaciones de violencia y acoso entre estudiantes y la asistencia a los estudiantes
víctimas y agresores de violencia o de acoso reiterado. Teniendo las siguientes acciones:
1. Comportarse de manera ejemplar dentro y fuera de la Institución Educativa, promoviendo con su
ejemplo la disciplina y convivencia escolar;
2. Velar por la interiorización y cumplimiento de las normas de convivencia y disciplina establecidas en la
Institución Educativa;
3. Verificar que los tutores lleven un registro actualizado del comportamiento de los estudiantes que
incluyan su desempeño positivo y negativo;
4. Reunirse periódicamente con los docentes y auxiliares de educación con el propósito de evaluar la
convivencia y disciplina y el uso del tiempo escolar, así como coordinar las acciones pertinentes para
su mejoramiento;
5. Proponer a la Dirección de la Institución Educativa, mejoras a la Convivencia Democrática en la I.E.
ARTÍCULO 58º.- Participan en ello todos los estudiantes, Padres de Familia, Auxiliares de Educación,
Docentes, Docentes tutores, Órgano de Soporte al Proceso Pedagógico, Comité de Convivencia
Escolar e Inclusión Educativa.
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ARTÍCULO 59º.- El equipo de Convivencia, Tutoría e Inclusión Educativa será responsable del monitoreo del
planeamiento, organización, ejecución y evaluación del Plan de Convivencia Democrática en la
Institución Educativa.
ARTÍCULO 60º.- Acorde a los principios axiológicos de la Institución Educativa el Plan de Convivencia
Democrática en la Institución Educativa deberá realizarse considerando el principio de fomentar el
protagonismo organizado del estudiante.
COMPOSICIÓN
ARTÍCULO 69º.- La implementación de la convivencia democrática, estará presidido por la Dirección en
coordinación con el responsable del Comité de Convivencia, Tutoría e Inclusión Educativa, apoyado e
integrada por:
1. Dirección de la Institución Educativa;
2. Coordinación del Área de TOE
3. Psicólogos (as)
4. Tutores.
5. Docentes de los niveles de Inicial, Primaria y Secundaria.
6. Auxiliares de Educación.
CAPITULO IV
FUNCIONES DEL EQUIPO DE CONVIVENCIA ESCOLAR, TUTORÍA E INCLUSIÓN EDUCATIVA
ARTÍCULO 62º.- Son funciones del Equipo del equipo de Convivencia Escolar, Tutoría e Inclusión Educativa
las siguientes:
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11. Informar a la Coordinación de Ciclo respectiva y por intermedio de ella a la Dirección académica, sobre
los problemas de comportamiento que atenten contra la axiología del Centro Educativo y la integridad
física y moral.
12. Promover en todo momento la unidad y cohesión, así como las relaciones humanas, como la mejor
forma de cultivar la fraternidad, la cooperación y la ayuda mutua.
13. Incentivar la participación de los integrantes de la comunidad educativa en la promoción de la
convivencia democrática.
14. Promover la incorporación de la convivencia democrática en los instrumentos de gestión de la
Institución Educativa.
15. Liderar el proceso de construcción de normas de convivencia consensuadas entre los integrantes de la
comunidad educativa.
16. Desarrollar acciones que favorezcan la calidad de las relaciones entre los integrantes de la comunidad
educativa, especialmente la relación docente-estudiante y estudiante-docente.
17. Promover el desarrollo de capacidades y actitudes de las y los docentes, así como del personal
directivo, administrativo y de servicio, que permitan la implementación de acciones para la convivencia
democrática en la Institución Educativa.
18. Registrar los casos de violencia y acoso entre estudiantes en el Libro de Registros de Incidencias de la
Institución Educativa, así como consolidar información existente en los anecdotarios de clase de los
docentes, a fin de que se tomen las medidas pertinentes y permitan la elaboración de las estadísticas
correspondientes.
19. Adoptar medidas de protección, contención y corrección, frente a los casos de violencia y acoso entre
estudiantes, en coordinación con el (la) Director (a).
20. Informar periódicamente por escrito, a la Dirección de la Institución Educativa acerca de los casos de
violencia y acoso entre estudiantes, anotados en el Libro de Registro de Incidencias, y de las medidas
adoptadas.
21. Informar al Director sobre las y los estudiantes que requieran derivación para una atención
especializada en entidades públicas o privadas.
22. Realizar, en coordinación con él Director y los padres de familia o apoderados el seguimiento respectivo
de las y los estudiantes derivados a instituciones especializadas, garantizando su atención integral y
permanencia en la Institución Educativa.
23. Promover actividades de carácter deportivo, artístico, cultural y recreativo a los grupos de estudiantes
con dificultades emocionales.
1. Garantizar la elaboración e implementación del Plan de convivencia democrática del Centro Educativo
Particular.
2. Supervisar que los procedimientos y medios correctivos se establezcan y ejecuten en el marco de la
Ley 29719, su Reglamento y la Directiva emitida por el Ministerio de Educación.
3. Apoyar las acciones del equipo responsable de la Convivencia Escolar, Tutoría e Inclusión Educativa.
4. Comunicar acerca de los procesos y logros de la convivencia democrática a la asamblea de padres de
familia.
CAPÍTULO V
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DE LOS PROCEDIMIENTOS Y MEDIDAS CORRECTIVAS EN SITUACIONES DE VIOLENCIA Y ACOSO
ENTRE ESTUDIANTES
ARTÍCULO 64º.- Los procedimientos y las medidas correctivas para atender situaciones de violencia y acoso
entre estudiantes, están establecidas en el presente Reglamento Interno, que han sido formulados
respetando los derechos de los estudiantes, en el marco de la Convención de los Derechos del Niño y
Código del Niño y Adolescente.
ARTÍCULO 66º.- Los criterios aplicables a las medidas correctivas a los estudiantes, deberán ser:
1. Claras y oportunas.
2. Reparadoras y correctivas.
3. Respetuosas de la etapa de desarrollo de las y los estudiantes.
4. Pertinentes al desarrollo pedagógico.
5. Respetuosas de la integridad física, psíquica y moral de las y los estudiantes.
6. Proporcionales a la falta cometida.
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7. Establecidas formalmente por la comunidad educativa y adaptadas a las condiciones y necesidad de
las y los estudiantes.
8. Respetuosas de los derechos de los niños, niñas, adolescentes y los derechos humanos.
9. Relacionadas con la promoción de la Convivencia Democrática.
10. Consistentes, equitativas e imparciales, que no dependan del estado anímico de quienes apliquen las
medidas correctivas.
ARTÍCULO 67º.-Las medidas correctivas que se apliquen deben permitir que las y los estudiantes puedan
reflexionar, reparar y aprender de la experiencia vivida, para lo cual es necesario contar con la
participación y compromiso de las madres, padres de familia y apoderados, a fin de contribuir a su
formación integral y a la Convivencia Democrática en la Institución Educativa.
ARTÍCULO 68º.-Los procedimientos correctivos para atender situaciones de violencia y acoso entre
estudiantes, están establecidas en el presente Reglamento Interno, que han sido formulados respetando
los derechos de los estudiantes, en el marco de la Convención de los Derechos del Niño y Código del
Niño y Adolescente.
ARTÍCULO 70º.- Está prohibido que las medidas correctivas constituyan actos de violencia, trato cruel,
inhumano o degradante, incluidos los castigos físicos y humillantes, así como cualquier otra sanción que
pueda poner en peligro la salud y el desarrollo integral de las y los estudiantes.
CAPÍTULO VI
ARTÍCULO 72º.-La Institución Educativa tiene un Libro de Registro de Incidencias por grado y sección sobre
violencia física, psicológica y acoso entre estudiantes, a cargo de la Coordinación de T.O.E. y Dirección,
en el que se anotan todos los hechos sobre violencia, acoso entre estudiantes, el trámite seguido en
cada caso, el resultado de la investigación y la sanción aplicada, cuando corresponda.
CAPÍTULO VII
ARTÍCULO 73º.- Los estudiantes víctimas de violencia o de acoso reiterado o sistemático y el agresor deben
recibir la asistencia especializada, por parte de sus padres de familia o tutores.
ARTÍCULO 74º.- La Institución Educativa, debe entregar al inicio del año escolar a cada estudiante y padre
de familia un boletín informativo que difunda las normas y principios de sana convivencia y disciplina
escolar, la prescripción de todo tipo de violencia física y psicológica y de toda forma de hostigamiento y
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de acoso entre estudiantes, cometido por cualquier medio, incluyendo virtuales, telefónicos, electrónicos
u otros análogos en la comunidad educativa.
ARTÍCULO 75º.- Los casos de reincidencia de situaciones y casos descritos en el presente Reglamento
Interno al tratarse de estudiantes de la Institución, se aplicará las normas previstas en el capítulo de
“Faltas, Medidas Correctivas y Acciones Reparadoras de los Estudiantes” estipuladas en el Reglamento
Interno de la Institución Educativa.
ARTÍCULO 76º.- Las situaciones y casos descritos y que atañen a un trabajador de la Institución Educativa,
se aplicarán las normas contempladas en el Reglamento Interno de la Institución y los fueros legales
civiles correspondientes.
TITULO V
REGIMEN ACADÉMICO
CAPÍTULO I
DE LA CALENDARIZACIÓN
ARTÍCULO 77º.- La Calendarización del Año Lectivo comprende 184 días a razón de 61 a 62 días por cada
Bimestre.
ARTÍCULO 78º.- La Jornada Escolar, se desarrolla en horas pedagógicas y su número varía de acuerdo a
los niveles de estudio.
ARTÍCULO 80º.- Además del horario de clases, se programan en la Institución Educativa actividades de
participación de estudiantes y/o de padres de familia.
ARTÍCULO 81º.- Los estudiantes tienen un período vacacional de 2 meses. Estas vacaciones se inician al día
siguiente de la clausura del año escolar y terminan según las normas del MINEDU.
ARTÍCULO 82º.- Adicionalmente los estudiantes tendrán 3 (tres) receso de asistencia durante el año escolar.
Dichos recesos son 03 semanas (en mayo, julio y octubre) del 2022.
ARTÍCULO 83º.- Además de los sábados, domingos y feriados, no hay labores escolares únicamente en el
Día del Maestro y Aniversario de la Institución Educativa.
ARTÍCULO 84º.- En el plan de la Institución Educativa se programan las fechas señaladas en el calendario
cívico escolar, considerando que algunas pueden desarrollarse en ceremonias públicas y otras al interior
del aula. En ambos casos se debe propiciar la participación activa de los estudiantes, relevando las
expresiones artísticas propias del país, evitando las exposiciones amplias y las concentraciones durante
períodos prolongados.
48
ARTÍCULO 85º.- La Institución Educativa promueve y organiza talleres o grupos de participación opcional:
talleres de Música, Banda, Danza, Teatro, Deportes y otros vinculados a las Áreas Académicas.
CAPÍTULO II
VISITAS DE ESTUDIO Y PROMOCIÓN
ARTÍCULO 86º.- Los docentes tutores del sexto grado de primaria y 5to grado de secundaria presentarán el
plan de trabajo de las visitas de estudio a la Dirección, previsto y planificado en el desarrollo de las
actividades técnico pedagógicas o acordadas por los padres de familia, 30 días antes de que se pida
permiso para dicho viaje.
ARTÍCULO 87º.- Las visitas de estudio programadas a los museos, monumentos históricos, zoológicos,
empresas, fábricas y otras similares que se realicen dentro de la ciudad, localidad o alrededores donde
se ubica la Institución Educativa y cuya duración no exceda de un (01) día, no requieren la autorización
de la UGEL. EL director, tomará las medidas de seguridad y sanitarias correspondientes y contará
necesariamente con la autorización escrita de los padres de familia de cada estudiante.
ARTÍCULO 88º.- El colegio no realiza ni impulsa actividades de celebración como fiestas y viajes de
promoción de 6to grado de primaria y 5to grado de secundaria. En la posibilidad de que los padres de
familia y estudiantes de tales grados decidan de manera independiente su realización, la Institución
Educativa establece lo siguiente:
TÍTULO VI
DE LOS ESTUDIANTES
CAPÍTULO I
DE LA MATRÍCULA
ARTÍCULO 89º.- Son estudiantes de la Institución Educativa, quienes están matriculados en los niveles que
se atienden:
1. Educación Inicial;
2. Educación Primaria;
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3. Educación Secundaria.
ARTÍCULO 90º.-La matrícula del estudiante significa la libre elección de los padres y responsabilidad de
aceptar asumir y cumplir el presente Reglamento Interno, de conformidad al precepto constitucional de
la libre elección y el de observar los fines de la institución educativa.
ARTÍCULO 91º.-Durante el proceso de matrícula, la Institución Educativa brinda en forma escrita, veraz,
suficiente y apropiada, la información sobre las condiciones de documentación escolar y económica a
las que se ajustará la prestación del servicio.
ARTÍCULO 92º.-La matrícula y ratificación de matrícula se fija anualmente y se cumple de acuerdo con las
disposiciones que establece oportunamente la Dirección de la Institución Educativa. Los padres o
apoderados tienen la obligación de ratificar la matrícula de sus hijos.
ARTÍCULO 93º.- El proceso de matrícula se efectúa una sola vez. En los años posteriores sólo se procede a
la respectiva ratificación.
ARTÍCULO 95º.- Para ser matriculados los estudiantes que ingresan por primera vez al sistema educativo
deben presentar los siguientes documentos:
1. Solicitud de vacante.
2. Copia del DNI del estudiante.
3. Partida de nacimiento original.
4. Copia del DNI de los padres.
5. Constancia de pago por derecho de matrícula y APAFA.
6. Copia de la ficha de inscripción a un seguro médico.
7. 2 fotografías tamaño carnet.
ARTÍCULO 96.- Para ratificar matrículas, los padres de los estudiantes que ingresan por traslado deben
presentar los siguientes documentos:
ARTÍCULO 97º.-El estudiante incorporado, será oficialmente matriculado o ratificado en su matrícula ante el
Ministerio de Educación cuando el padre de familia tutor legal o apoderados presenten en las fechas
señaladas los documentos estipulados en el artículo anterior del presente Reglamento. El incumplimiento
en la entrega de los documentos indicados en el artículo anterior, dentro de los plazos establecidos por
50
el colegio, exonera a éste de las responsabilidades causadas por la imposibilidad de registro ante el
Ministerio de Educación.
ARTÍCULO 98º.-Los traslados de matrícula correspondientes al año lectivo podrán efectuarse hasta el término
del segundo trimestre establecido en las disposiciones legales vigentes a la fecha del traslado.
ARTÍCULO 99º.-La Institución Educativa atenderá los trámites administrativos de solicitud de retiro por
traslado de matrícula, retiro de documentos escolares, salir de la Institución Educativa en hora de estudio,
etc. realizados por el apoderado que matricula.
ARTÍCULO 100º.-Los requisitos para estudiantes que ingresen con prueba de ubicación, convalidación o
revalidación de estudios, procedentes del extranjero son:
1. Los padres de familia solicitan incorporación de sus menores hijos previa presentación de la
Resolución Jefatural emitida por el Ministerio de Educación.
2. Para ello (R.J.) los padres deben presentar los certificados de estudio visadas por el Ministerio de
Educación y Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen.
3. Informe favorable de la respectiva Dirección Académica de Nivel convalidando los cursos, autorizando
la ubicación que le corresponde.
4. La Dirección en coordinación con el órgano Pedagógico oficializan el proceso de reconocimiento de
estudios del estudiante.
ARTÍCULO 101º.-Para obtener vacantes, si las hubiera, los padres de familia o apoderados deben cumplir
con los siguientes requisitos:
ARTÍCULO 102º.-Durante el año lectivo sólo se pueden admitir traslados de matrícula hasta dos meses antes
que finalice el año escolar, salvo viaje al extranjero o cambio de domicilio.
ARTÍCULO 103º.-De acuerdo a las normas emanadas por el Ministerio de Educación los padres de familia
tienen libertad de disponer el tránsito escolar de su menor hijo en la institución educativa que mejor
garantice la formación personal y académica.
ARTÍCULO 104º.-La Institución Educativa norma el proceso de retiro de Matrícula de estudiantes, mediante
los siguientes pasos a seguir:
CAPÍTULO II
DE LA RATIFICACIÓN
ARTÍCULO 105º.- La ratificación es un proceso que realiza la Institución Educativa, autorizado por los padres
de familia o apoderados del estudiante, cuando se cumplen los siguientes requisitos:
DE LA CALENDARIZACIÓN DE LA RATIFICACIÓN
ARTÍCULO 106º.-La ratificación de matrícula para el periodo escolar de estudiantes del año escolar vigente,
será a partir de mes de enero hasta el 31 de marzo. La Institución Educativa informará a los padres de
familia por escrito de la calendarización del proceso de ratificación de matrícula.
ARTÍCULO 107º.-El número de vacantes que pone a disposición la Institución Educativa en los niveles de
Inicial, Primaria y Secundaria para el periodo escolar vigente está registrado en hoja aparte y el cual será
puesto a la vista de los interesados en la oficina de Recepción.
ARTÍCULO 109º.-Los estudiantes en situación de tener áreas y/o asignaturas en RECUPERACIÓN tendrán
reservada la ratificación de matrícula hasta la última semana del mes de marzo del año vigente.
TÍTULO VII
DE LA PROMOCIÓN, REPITENCIA Y RECUPERACIÓN DE LA
EVALUACIÓN
CAPÍTULO I
NIVEL INICIAL PROMOCIÓN AL GRADO SUPERIOR
CAPÍTULO II
REPITENCIA DE GRADO EN EL NIVEL DE PRIMARIA
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ARTÍCULO 111º.-Repiten de grado automáticamente los estudiantes de 2°, 3°, 4°, 5° y 6° grados que al
término del año escolar obtienen “C” en las dos áreas curriculares de: Lógico Matemática y Comunicación
Integral.
CAPÍTULO III
PROMOCIÓN AL GRADO SUPERIOR EN EL NIVEL DE SECUNDARIA
ARTÍCULO 113º.-Las áreas o talleres del Plan de Estudios, que se implementen en la Institución Educativa
dentro de las horas de libre disponibilidad, como parte del Proyecto Curricular del Centro y aprobados
por Resolución Directoral, serán consideradas para efectos de promoción o repitencia de grado con el
mismo valor que las áreas curriculares contenida en el Plan de Estudios del Diseño Curricular Nacional
de la EBR.
ARTÍCULO 114º.-Cuando al término del año escolar, aprueban todas las áreas curriculares, incluidas las
áreas o talleres que fueron creados como parte de las horas de libre disponibilidad y el área curricular
pendiente de subsanación.
CAPÍTULO IV
REPITENCIA EN EL NIVEL SECUNDARIO
ARTÍCULO 116º.-Cuando al término del año escolar, desaprueban cuatro o más áreas curriculares, incluidas
las áreas o talleres que fueron creadas como parte de las horas de libre disponibilidad y el área curricular
pendiente de subsanación.
CAPÍTULO V
RECUPERACIÓN PEDAGÓGICA
ARTÍCULO 118º.- Pasan al Programa o Evaluación Pedagógica en el Nivel de Educación Primaria aquellos
estudiantes de 2°, 3° y 4° grado que, al finalizar el año escolar obtuvieron B en las áreas de Matemática
y Comunicación y/o C en una de ellas.
ARTÍCULO 119º.- Pasan al Programa y/o Evaluación Pedagógica en el Nivel de Educación Primaria aquellos
estudiantes de 5° y 6° grado que obtuvieron “B” al finalizar el periodo escolar en las áreas de Matemática,
Comunicación, Personal Social y Ciencia y Ambiente.
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ARTÍCULO 120º.-Pueden participar en el Programa de Recuperación Pedagógica o en la Evaluación de
Recuperación los estudiantes del Nivel de Educación Secundaria de 1° al 5° grado, que desaprueban una,
dos o tres áreas o talleres curriculares, incluida el área curricular pendiente de subsanación.
CAPÍTULO VI
DE LOS DERECHOS, DEBERES Y OBLIGACIONES DEL ESTUDIANTE
ARTÍCULO 121º.-En concordancia con el Ideario, Reglamento Interno y demás normas, la Institución
Educativa orienta el comportamiento de los estudiantes a fin que cada uno desarrolle su sentido de
libertad, responsabilidad, honradez, veracidad, ayuda mutua y respeto a la persona.
1. Recibir una formación integral acorde con los principios axiológicos de la Institución Educativa.
2. Ser tratados con dignidad y respeto, sin discriminación ni diferencia alguna.
3. Ser estudiantes en un ambiente de tolerancia, comprensión y compañerismo.
4. Ser evaluados integralmente y recibir información oportuna de sus avances, logros y dificultades.
5. Ser atendidos y orientados en sus problemas personales, académicos, familiares y en la elección de
su vocación profesional.
6. Participar activamente en la organización estudiantil del aula y de las actividades de la Institución
Educativa.
7. Hacer uso de los servicios pedagógicos complementarios disponibles.
8. Ser informado de las disposiciones que le conciernen como estudiante.
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a) En casos de inasistencia, por cualquier motivo, es obligación del padre de familia o apoderado,
presentar la justificación escrita al profesor y/o auxiliar correspondiente.
b) Quienes no presenten la justificación correspondiente son derivados por el profesor y/o auxiliar
a su profesor tutor. Las autoridades de la Institución Educativa se reservan el derecho de
justificar o no la inasistencia.
c) Los estudiantes que no asistan a la Institución Educativa por dos o más días, están obligados
a presentar los documentos probatorios que justifican la inasistencia. Los documentos se
presentan en el transcurso de los tres primeros días siguiente a las referidas inasistencias.
12. Asistir al colegio correctamente uniformado y aseado:
a) Vestir buzo completo de acuerdo al diseño de la Institución Educativa.
b) Corte de cabello escolar número dos (varones); trenza francesa en días ordinarios y dos
trenzas francesas en ceremonias (damas) y ordenado que no obstaculice la visión ni los oídos.
c) Uñas recortadas y limpias sin maquillaje de ningún tipo ni portar alhajas.
d) Blusa Corbata, falda, zapatos (Damas) camisa, corbata, pantalón, zapatos (varones)
correctamente limpios.
13. Demostrar un comportamiento correcto en el aula y en todas las actividades programadas dentro y
fuera de la Institución Educativa.
14. Cuidar los ambientes, equipos, mobiliario y demás instalaciones de la Institución Educativa y asumir
la responsabilidad ante cualquier daño o deterioro.
15. Responsabilizarse del cuidado de sus pertenencias personales.
16. Entregar todo objeto o material que no sea de su pertenencia a la coordinación de la Institución
Educativa.
ARTÍCULO 124º.-Por ser opuesto a los principios de nuestro reglamento, se encuentra terminantemente
prohibido para los estudiantes:
1. Comportamientos inadecuados contra la moral dentro y fuera de la I.E.
2. Hacer uso de vocabulario inapropiado.
3. Traer objetos o instrumentos con contenidos obscenos.
4. El uso no autorizado de radios, celulares, videojuegos, naipes, etc. El colegio no se hace responsable
de la pérdida o deterioro y/o decomisar de estos objetos.
5. Falsificar la firma del Padre o Apoderado;
6. Salir del aula o de la Institución Educativa durante las clases o el horario escolar sin la autorización
correspondiente.
7. Promover rifas, colectas, venta de productos u otras actividades, sin la debida autorización de la
Dirección.
8. Participar sin permiso en reuniones o competencias que alteren el normal desenvolvimiento de la
Institución Educativa.
9. Usar el nombre y/o símbolos de la Institución Educativa para fines que no son de su competencia.
10. Hacer inscripciones, afectar y/o dañar los bienes de la Institución Educativa, así como de los
integrantes de la comunidad educativa.
11. Faltar a las normas de cortesía y las buenas costumbres.
12. Ingerir alimentos y/o bebidas sin autorización dentro del aula en horas de clase.
13. Fomentar y/o participar en actos vandálicos de toda índole dentro del plantel o contra sus integrantes.
14. Generar desorden, alentar el incumplimiento del reglamento escolar, agredir o amenazar física, verbal
o virtualmente a sus compañeros, profesores y a los demás integrantes de la Institución Educativa.
55
CAPITULO VII
DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL AULA
ARTÍCULO 125º-Los estudiantes establecen sus normas de convivencia para un buen clima institucional del
aula en el cual esta:
NORMAS DE CONVIVENCIA DE LA I.E. ´´L.L.´´
CAPITULO VIII
DE LAS FALTAS, MEDIDAS CORRECTIVAS, ACCIONES REPARADORAS Y ESTÍMULOS DEL
ESTUDIANTE
ARTÍCULO 126º.- La Institución Educativa establece y aplica las medidas correctivas y las acciones
reparadoras a los estudiantes que infringen las normas que establece el presente Reglamento Interno.
Las acciones están orientadas a recuperar el nivel académico o comportamiento ejemplar del estudiante
y salvaguardar el derecho educativo de la familia y de la Institución Educativa.
ARTÍCULO 127º.- Los NIVELES DE FALTA para los estudiantes de la Institución Educativa:
NIVEL 1:
1. Permanecer deliberadamente y sin fundamento fuera de las aulas durante las horas de clase.
2. Ignorar y/o desobedecer a propósito las indicaciones dadas por el personal y/o directivos de la I. E.
3. Tener el aula sucia y desordenada en horas de clase y/o ambientes de la I.E.
4. Los estudiantes que no permanezcan en los lugares asignados por el docente dentro del aula.
5. Usar los equipos de cómputo de la I. E. sin autorización del CIST (Coordinador de Innovación y
Soporte Tecnológico), así como instalar juegos y software no autorizados.
6. Hacer mal uso de las laptops personales durante las actividades académicas.
7. Interrumpir en clase, realizar tareas y/o conversar sobre temas ajenos al área.
8. Hacer mal uso de los recursos naturales y/o materiales y/o servicios brindados por la institución (agua,
electricidad, papelería, plantas, papel toalla, alcohol en gel, etc.)
9. Consumir cualquier tipo de alimentos en el aula y ambientes de estudio en horas de clase.
10. Fomentar el desorden en la formación, desplazamientos y/o actividades académicas.
11. Vestir cualquier tipo de prenda, joya o alhaja que no pertenezca a la indumentaria escolar.
12. Llegar tarde de forma repetitiva en los cambios de hora a las aulas funcionales.
13. Falta de higiene: descuido en el aseo personal, no uso de pañuelos, cabellos desaseados,
desordenados y/o piojos.
14. Salir del aula sin la autorización correspondiente.
15. Tener uñas largas, maquillarse, cortarse las cejas, pintarse el cabello, ponerse aretes.
NIVEL 2:
1. Mentir con intenciones de perjudicar a otro estudiante, docente, tutor u otra autoridad.
2. Comportarse de manera irrespetuosa en las visitas de estudio, actividades programadas por los
docentes y/o faltar el respeto a cualquier miembro de la comunidad educativa.
3. Llevar a clases objetos no autorizados por la I. E. como celulares, collares, cámaras digitales,
dispositivos de reproducción de video o música, juegos de azar, juguetes, revistas, aretes, pulseras,
ganchos de colores, anillos, láminas inadecuadas, dispositivos para videos o video-juegos y/o
cualquier otro artículo que se constituya como elemento distractor y/o atente contra el orden y la
disciplina. Podrán ser considerados como útiles escolares las calculadoras y las memorias USB y
otros solicitados por el docente previa autorización. El incumplimiento de estas disposiciones tendrá
como consecuencia la retención inmediata del objeto.
4. Mostrar actitudes de enamoramiento exhibicionistas dentro y en el perímetro de la I.E.
5. La no presencia del estudiante en la formación matinal, salvo casos de fuerza mayor con sustento y
evidencias.
6. No participar en las actividades programadas con carácter obligatorio.
7. Promover diversas actividades y de índole económico sin autorización de la Dirección.
8. Realizar algún tatuaje, o imitación de tatuaje, escritos o cualquier elemento en brazos y piernas.
9. Las tardanzas y/o faltas injustificadas.
10. Molestar y/o burlarse de los compañeros de manera individual o en grupo, así como usar lenguaje,
gestos y modales vulgares.
11. Asistir con el uniforme incompleto, cabellos con corte no escolar los varones y las mujeres con el
cabello desalineado y con colet de colores. Vestir cualquier tipo de prenda (polos y poleras), joya, o
alhaja que no pertenezca a la indumentaria escolar.
12. Deteriorar los diferentes ambientes (aulas, espacios comunes), mobiliario y/o equipos de la I. E.
(carpetas, escritorios, computadoras, etc.)
13. Falta de civismo en horas de formación diaria y entonación de los himnos (Patrio y de la I.E.)
57
14. Pintar cosas no acordes en el uniforme escolar, mochila, polos, etc.
15. Evadirse de las sesiones de clase.
16. Escribir notas, cartas de enamoramiento, calumnias o amenazas.
NIVEL 3
1. Retirar de las instalaciones de la I. E. las laptops, cargadores, o cualquier material brindado, sin
autorización de Dirección.
2. Esconderse en lugares apartados ocultándose de la presencia del personal de la I.E.
3. Coger sin autorización, las pertenencias de otros estudiantes o del personal de la I. E. así como
encubrir cualquier acción de hurto.
4. Faltar el respeto (injuriar, violentar) a los estudiantes, a las autoridades y personal de la I.E., así como
a los estudiantes a quienes se les ha adjudicado un rol a nivel institucional (brigadieres, subrigadieres,
etc.)
5. Perjudicar, dañar, maltratar, de cualquier forma el uniforme personal o de cualquier otro estudiante.
6. Utilizar la agresión física o verbal para la solución de conflictos o problemas personales, familiares
y/o escolares.
7. Falsificar y alterar documentos oficiales de la institución.
8. Destruir o dañar intencionalmente las instalaciones, equipos, mobiliario y demás bienes que integren
el patrimonio escolar (grafitis, ralladuras y pintas sobre mesas, servicios higiénicos, sillas, pegado de
sticker o similares, frases, etc.)
9. Evadirse de las evaluaciones y clases de manera sistemática a través de permisos o inasistencias
sin motivo justificado.
10. Encubrir conductas inadecuadas de sus compañeros (as).
11. Cambiar o adulterar el código de laptop, cargador u otros materiales asignados por la I. E.
12. Perjudicar de forma intencional y deliberada el alimento (almuerzo y/o refrigerio) de cualquiera de los
estudiantes.
13. El mal uso y deterioro del cuaderno de control (grafitis, abolladuras, stickers, rasgados de hojas).
14. Calumniar y/o difamar a cualquier miembro de la comunidad educativa.
15. Realizar actos reñidos contra la moral y/o dignidad o las buenas costumbres, gestos, miradas,
bromas, hostigamiento, acoso, violación, burla, comentarios de índole sexual, tocamientos, roces,
pellizcos en cualquier parte del cuerpo.
16. Promover, consumir y/o vender cigarros, bebidas alcohólicas y/o drogas dentro o fuera de la I.E. e
ingresar a clases con indicios de haber consumido lo mencionado.
17. Apropiarse de evaluaciones y/o realizar acciones con ellas en beneficio propio o de otros compañeros
(copiar) igual con los trabajos o asignaciones.
18. Incumplimiento de sus funciones de los estudiantes con cargo elegido; uso indebido de sus distintivos
(Escolta, brigadieres, policías escolares, patrullas, brigadas ambientales); será destituido
automáticamente de su cargo.
19. Acceder, traer, mostrar y/o crear material pornográfico de cualquier tipo.
20. Traer o usar cualquier instrumento peligroso o armas punzo cortantes a la I.E. que pongan en riesgo
la integridad física de los miembros de la comunidad educativa.
21. Evadirse de la I. E. violando las reglas de seguridad implementadas en la institución.
22. Demuestra falta de civismo en desfiles oficiales, izamientos y/o representaciones institucionales.
23. Usar el nombre de la I.E. en actividades o acciones no autorizadas por la Dirección.
24. No ingresar al Plantel o no asistir a clases estando dentro de la Institución Educativa. Salir del mismo,
sin la debida autorización
25. Traer celulares no autorizados y utilizarlo en filmaciones, estar en Facebook, Whatsapp e
intercambiar informaciones pornográficas o relacionadas a ellas.
26. Demuestre una falta de respeto a su condiscípulo como (mofarse, fastidiar, poner apodos, calumniar,
etc.) y/o bullying.
27. Realizar actos impuros o bochornosos que atenten contra la moral y la ética de la I.E. dentro y fuera
de la Institución.
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ARTÍCULO 128º.-Ante el incumplimiento de los deberes o transgredir las restricciones, de acuerdo a la
gravedad de la falta, el comité de Convivencia Escolar, tutoría e Inclusión Educativa evaluará la situación
y decidirá las medidas correctivas a tomar. Las medidas correctivas y/o reparadoras que se aplicarán,
de acuerdo a la gravedad de las mismas son las siguientes:
1. Amonestación verbal nivel 1 y 2.
2. Amonestación escrita por reincidencia del tutor y/o de la dirección académica con presencia de
uno de los padres de familia a través de la firma de una carta de compromiso nivel 1 y 2;
3. Inhabilitación según la gravedad (nivel 3).
4. Invitarle a que se cambie de I.E
5. Firma del compromiso con presencia del padre o apoderado.
ARTÍCULO 129º.- Son motivos de la firma de Carta de compromiso e inhabilitación con el padre de familia:
ARTÍCULO 130º.-Reponer todo material o daño ocasionado a la Institución Educativa o algún integrante de
la comunidad educativa.
ARTÍCULO 131º.- Son motivos de separación definitiva todo acto reiterativo (reincidencia del nivel 2 y nivel
3) y agravante puntualizado en los incisos anteriores y actos culposos y dolosos que atenten contra las
personas, imagen institucional, patrimonial y el honor.
La asistencia de los padres de familia a las citaciones que obedezcan a medidas disciplinarias, tiene
carácter obligatorio. El incumplimiento impide el ingreso del estudiante al aula de clase, normado por la
I.E. (AUTORIDADES COMPETENTES).
.
ARTÍCULO 132º.-Todo estudiante inicia el bimestre con un puntaje de 20 o AD en su comportamiento,
los cuales va modificándose de acuerdo al siguiente cuadro:
59
Corte De Cabello 2
Uniformidad 2
Malograr Los Enseres De La I.E. 2
Celulares 3
Nivel 2 5
Nivel 3 10
ARTÍCULO 133º.- Las medidas correctivas que se propone por incumplimiento de sus deberes son las
siguientes:
Se inhabilita a los estudiantes de acuerdo a la gravedad de sus faltas cometidas en el incumplimiento
de sus deberes en la siguiente forma:
MEDIDAS CORRECTIVAS
60
10. Escribir en el cuaderno anecdotario un compromiso
11. Dialogar con los estudiantes y con los padres de familia para mejorar su aspecto personal.
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6. Si el estudiante ha acumulado 2 o más faltas o ha cometido una falta grave del nivel 3, se procederá a
imponer la medida correctiva correspondiente según la recomendación del Comité de tutoría. Con
asistencia del psicólogo (a).
7. Por ingerir estupefacientes o bebidas alcohólicas será 15 días de meditación o descanso en su casa.
Nivel 1:
1. Charlas con el docente de área y tutor
2. Dialogo entre las personas involucradas
3. Reparar el daño causado y reconocer sus errores y Pedir disculpas
4. Llamada de atención por llegar tarde a la Institución Educativa y registrar en el cuaderno de incidencias
5. Arreglar los pantalones pitillos
6. Dialogo con los padres de familia y firmar un compromiso para no reincidir en la falta
7. Primera vez: Amonestación verbal del docente, tutor y reporte obligatorio al Departamento de Normas
Educativas y su acción reparadora será por 3 días
8. Segunda vez: Reporte escrito y comunicar al padre o apoderado para un dialogo y firma del acta de
Compromiso en el Departamento de Normas, siendo derivado al Psicólogo y una acción reparadora de
3 a 5 días según la gravedad del caso.
Nivel 2:
1. Informe al padre por parte del docente para los acuerdos correspondientes.
2. Escribir 300 veces la norma incumplida en un cuaderno.
3. Visita del tutor o psicólogo a sus hogares.
4. Hacer lectura de una obra literaria.
5. Cambio de sección
6. Apoyo en la organización de actividades extracurriculares
7. Se decomisa las prendas y accesorios que no pertenezcan a la indumentaria de la I.E
8. Realización de actividades de utilidad social
9. Retener el artefacto (celulares, collares, cámaras digitales, dispositivos de reproducción de video
o música, juegos de azar, juguetes, revistas, aretes, pulseras, ganchos de colores, anillos, láminas
inadecuadas, dispositivos para videos o video-juegos y/o cualquier otro artículo) por primera vez,
luego se devolverá a su papá o mamá después de 24 horas con la firma del compromiso del padre
y/o apoderado. Si es por segunda vez el artefacto se quedará hasta el día de la clausura sin
derecho a reclamo.
10. Primera vez: Reporte escrito por parte de la coordinación de tutoría, citando al padre de familia
para un dialogo y firma del acta de Compromiso siendo derivado al Psicólogo y una acción
reparadora de 6 días.
11. Segunda vez: Medidas de acción reparadoras por 6 a 8 días, con acompañamiento del psicólogo
Nivel 3:
1. Inhabilitación por una semana
2. Se realizará retenciones dentro y fuera del aula de diferentes productos que no sean acorde a su
enseñanza y aprendizaje como (aretes, collares, objetos punzocortantes, celulares, etc) en primera, no
se devolverá hasta la clausura.
3. Escribir 500 veces la norma incumplida en un cuaderno.
4. La grabación o difusión, sin autorización, a través de teléfonos móviles o de cualquier otro medio, soporte
o dispositivo electrónico o telemático, de imágenes o comentarios que guarden relación con la vida
escolar serán retenidos sin devolución hasta finalizar el año escolar.
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5. Si el estudiante ha acumulado 2 o más faltas o ha cometido una falta grave de nivel 3, se procederá a
imponer la medida correctiva correspondiente según la recomendación del coordinador de T.O.E. de 4 -
6 días de inhabilitación. Asistencia del psicólogo (a)
6. Primera vez: Inhabilitación y medidas de acción reparadoras de 6 - 10 días, con acompañamiento del
psicólogo.
7. Reincidencia del nivel 03 se le invita al traslado.
8. Inhabilitado de la Institución Educativa.15 días por ingerir estupefacientes o bebidas alcohólicas.
ACCIONES REPARADORAS
NIVEL PRIMARIO
Primer—Segundo Grado:
1. Ordenar los libros de la biblioteca y materiales del aula.
2. Regar las plantas.
3. Limpiar el aula y el sector de aseo.
4. Repartir los materiales de cada grupo.
5. Borrar la pizarra.
6. Ayudar al docente a sacar y guardar los materiales de educación física al término de la clase.
Tercer—Cuarto Grado:
1. Reponer en su totalidad el material apropiado
2. Limpiar el aula y repartir los materiales.
3. Regar las plantas
4. Borrar la pizarra
5. Ordenar y limpiar la biblioteca
6. Limpiar el área de aseo
7. Ordenar los materiales
8. Ayudar al docente a sacar y guardar los materiales de educación física al término de la clase.
9. Apoyar al compañero en las actividades durante el día.
10. Ayudar a colocar la asistencia de las y los estudiantes
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Quinto--Sexto Grado:
1. Realizar afiches con mensajes de compañerismo.
2. Organizar, repartir y ordenar los materiales durante un tiempo.
3. Realizar el aseo del aula antes y después de la clase.
4. Regar las plantas
5. Ordenar mesas y sillas
6. Lavar la pizarra al término de la
7. clase
8. Recoger los residuos sólidos del perímetro de aula
9. Ayudar al docente a sacar y guardar los materiales de educación física al término de la clase.
10. Lavar el tacho y recogedor y cambiar la bolsa de basura del tacho.
11. Registrar la asistencia del aula.
12. Ordenar la biblioteca.
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5. Limpiar las cunetas del campo deportivo.
6. Realizar un mural con temas relacionados a las normas.
7. Elaborar carteles y exponer con temas positivos a la falta cometida.
8. Mantenimiento del estadio en la I.E
9. Ambientar las aulas con lemas acordes al área
10. Trabajos en apoyo en diferentes áreas.
11. Ordenar los libros, codificar los libros nuevos.
12. Limpiar y ordenar la biblioteca, innovación, laboratorio, almacén, etc.
13. Limpiar el perímetro de la I .E.
14. Recoger y clasificar todo los residuos sólidos que genera la I.E.
15. Cultivar las áreas verdes de la I.E.
16. Si se detecta que sustrajo deberá comprar al doble.
17. Reponer escobas o recogedores.
18. Apoyar al docente en clase y en diferentes áreas.
19. Asistencia al Psicólogo.
20. Limpiar el perímetro de la I .E.
21. Limpiar las cunetas del estadio.
22. Labores en el módulo productivo de Cartagena.
23. Limpieza del establo 2 veces
24. Dar alimento a los peces 1 semana
25. Realizar charlas sobre drogadicción y alcoholismo en las aulas.
26. Elaborar 5 carteles con lemas positivos alusivos a la falta cometida.
27. Traer una planta y sembrarla en el jardín.
28. Traer un libro para implementar la biblioteca.
29. Traer útiles escolares que serán utilizados por los estudiantes de baja economía.
30. Reparar los materiales dañados en la I.E.
31. Traer materiales de limpieza como: toallas, escoba, recogedor.
32. Reparar las sillas y mesas.
33. Traer materiales para el botiquín.
34. Elaborar 10 carteles con lemas positivos alusivos a la falta cometida.
El horario de las acciones reparadoras será:
Nivel inicial: 12:00pm -12:30pm
Nivel primario: 1:15 pm – 2: 00pm
Nivel secundario: De 2:30 p.m. hasta las 4:00 p.m. o según el acuerdo con los padres
de familia. Siendo de la siguiente manera:
½ hora apoyo en algún área que se requiera.
½ hora Asistencia al psicólogo, área de tutoría, coordinación de T.O.E.
Al término de su acción reparadora el estudiante debe presentar la constancia con el respectivo sello y firma
de los responsables de las áreas. Bajo responsabilidad del estudiante.
ARTÍCULO 135º.-Los estudiantes se hacen acreedores a estímulos de carácter personal o grupal por
acciones sobresalientes.
1. Los estímulos a que se hacen acreedores los educandos que resaltan y realicen acciones
extraordinarias dentro y fuera de la Institución Educativa son:
a. Felicitación y reconocimiento verbal
b. Felicitación por escrito.
c. Diploma de honor al mérito.
d. Trofeos y/o placas
e. Otros.
2. Por obtener los mejores logros en desarrollo de capacidades al final de cada bimestre
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a. Reconocimiento en el patio central frente a todo el estudiantado.
b. Publicación del mérito obtenido.
3. Por participar y obtener primeros puestos en algún concurso (FENCYT, CIENCIAS, DEPORTES,
FESTA) a nivel local, regional o nacional
a. Reconocimiento público ante sus compañeros.
b. Se hará acreedor al 10% más de su nota obtenida en el promedio de cada bimestre en el cual
participa. Además, el porcentaje no es sumatorio si participan en varias actividades y además
el participante deberá ser responsable, puntual en dichas actividades.
c. Premios especiales.
d. Terminado el año escolar la dirección sacara una resolución directoral de felicitación.
4. A los alumnos que integran el elenco de banda escolar y otras representaciones artísticas y que al
concluir los cinco años de estudios, han demostrado una participación destacada en las diferentes
actividades internas o externas a nombre de la IE
a. Reconocimiento público.
b. Diploma de honor.
c. Se hará acreedor al 10% más de su nota obtenida en el promedio de cada bimestre en el cual
participa. Además el porcentaje no es sumatorio si participan en varias actividades y además
el participante deberá ser responsable, puntual en dichas actividades
ARTÍCULO 136º.- Toda acción altruista, esfuerzo en el trabajo, puntualidad, honradez, disciplina y todo
aquello que contribuye en bien de la comunidad, constituye mérito en beneficio del estudiante. Y se
reconocerá como se considere oportuno según el caso.
TITULO VIII
PARA NOMINAR LAS BRIGADAS ESCOLARES
ARTÍCULO 137º.- Los estudiantes tienen el deber de participar cuando se les elige como brigadas escolares:
A.- Son Requisitos para elegir nuestras escoltas:
1. Para ser nominado como integrante de la escolta se deberá tener en cuenta los siguientes criterios.
2. Talla, porte y Marcialidad.
3. Puntualidad, responsabilidad, civismo y vocación representativa a la Institución Educativa.
B.- Para ser nominado como brigadier general se tomara en cuenta los siguientes criterios:
1. Mayor promedio ponderado en los cinco años de estudio en educación primaria y Secundaria.
2. En secundaria del primer año hasta el Cuarto grado de estudios.
3. En caso de empate en el promedio ponderado se tomara en cuenta la nota de conducta.
4. Esto puede ser modificado por otro criterio que cree conveniente la dirección de la Institución.
5. No tener curso a cargo en el año anterior.
C.- Para ser nominado como brigadieres de Aula se tomara en cuenta los siguientes criterios:
1. Mayor promedio ponderado del año de estudio anterior cursado, en los dos niveles. Primaria y secundaria
2. En caso de empate en el promedio ponderado se tomara en cuenta la nota de conducta.
3. No tener curso a cargo en el año anterior.
4. Esto puede ser modificado por otro criterio que cree conveniente la dirección de la Institución.
D.- Para ser nominado los Policías Escolares se tomara en cuenta los siguientes criterios:
1. Mayor promedio obtenido del año del estudio anterior cursado.
2. En caso de empate en el promedio ponderado se tomara en cuenta la nota de conducta.
3. No tener curso a cargo en el año anterior.
4. Esto puede ser modificado por otro criterio que cree conveniente la dirección de la Institución.
E. Para ser nominado los Policías Ambientales se tomara en cuenta los siguientes criterios
1. Respeto por la vida
2 Cuidado del aula
3. Amor por la naturaleza
F. Son funciones de la Escolta lo siguiente
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1. Participar en forma obligatoria en las actividades cívicas, patrióticas, religiosas y demás actividades que
se realizara dentro y fuera de la Institución
G. Son funciones del brigadier general lo siguiente
1. Apoyar en las formaciones generales de lunes a viernes, así como en las actividades cívicos y demás
actividades que se realizara dentro y fuera de la Institución
2. Deberá impartir órdenes al resto de los brigadieres y a los policías escolares a fin de que cumplan con
sus funciones cabalmente
3. Vigilar controlar y velar por la integridad de los bienes y servicios de la Institución.
4. Aceptar en forma inmediata todas las órdenes emanadas de la Dirección y del auxiliar de educación y
demás docentes de la Institución Educativa
H. Son funciones del subrigadier general:
1. Asumir las funciones del brigadier general, en caso que se encuentre ausente.
2. Apoyar permanentemente en la vigilancia del alumnado en general.
3. Podrá dar órdenes a los brigadieres y policías escolares para que ellos cumplan con sus funciones
honorablemente.
I. Son funciones de los brigadieres de Aula:
1. Serán responsables del control y comportamiento de los estudiantes dentro y fuera del aula y del plantel
respectivamente.
2. Apoyar en las formaciones, guardar orden en los recreos hasta el momento de la salida de los estudiantes.
3. Deberá acudir completamente uniformado con sus cordones y punteros diariamente Informara al auxiliar
de educación de cualquier indisciplina que se produjera dentro del aula y plantel
4. Estarán en permanente coordinación entre los brigadieres y policías escolares.
5. Realizar retenciones con la ayuda del apoyo educativo en las aulas cuando los estudiantes traen artefactos
y/o estupefacientes no apropiados para los estudiantes.
J. Son funciones de los Policías Escolares
1. Asumir las funciones de vigilancia al momento de ingreso de los alumnos, durante la formación, vigilar al
alumnado en general y su permanencia en el Institución.
2. Apoyar permanentemente al Auxiliar en el control de tardanzas, faltas y/o evaciones de los alumnos.
3. Apoya con el enciso 5 de las funciones del brigadier.
4. Todos los de la brigada escolar deberán portar diariamente los cordones e instintivos que los caracteriza
de manera obligatoria.
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1 Brigada De Ecoeficiencia Pañoleta de color Amarillo y Insignia
1 Brigada De Señalización Y Evacuación Pañoleta de color anaranjado y Insignia
1 Brigada De Salud Y Primeros Auxilios Pañoleta de color blanco y Insignia
1 Brigada De Cambio Climático Pañoleta de calor morado y Insignia.
1 Brigada De Seguridad Y Protección Pañoleta de color celeste y insignia.
1 Brigada De La Protección De La Bioseguridad Pañoleta de color verde y Insignia
1 Brigada De Contra Incendios Pañoleta de color rojo y Insignia
TITULO IX
SOBRE LA UNIFORMIDAD DE LOS ESTUDIANTES
ARTÍCULO 138º.- Todo estudiante tiene el deber de venir a la Institución Educativa de la siguiente manera:
1. Asistir obligatoriamente con el uniforme único de la I.E., a partir del inicio de clases hasta que
termine:
➢ VARONES: Camisa Celeste bebe, con la insignia de la Institución, corbata plomo, pantalón
plomo Oscuro, zapatos negros, correa negra.
➢ DAMAS: Falda a cuadros hasta la rodilla, camisa celeste bebe, corbata a cuadros, cinta azul
eléctrico, medias plomas y en paradas militares blanco y zapatos negros
2. Bien aseado y con el uniforme en adecuadas condiciones de conservación.
3. Los varones vendrán con el cabello debidamente recortado (corte escolar numero 2)
4. Las damas con el cabello debidamente recogido con un peinado de moño de martes a viernes con
su cinta y malla color azul eléctrico
5. Las damas todos los lunes y en ceremonias de desfile el cabello debe ser con dos trenzas
francesas y cinta de color azul eléctrico. .
6. La camisa deberá mantenerse siempre dentro del pantalón y la falda
7. El uso de la corbata siempre debe tenerlo puesto hasta que termine las clases de cada día.
8. En el caso del uniforme de educación física es como se detalla:
➢ DAMAS: Polo azul eléctrico, licra azul eléctrico, medias blancas, zapatillas a escoger y si
tienen el buzo es de color azul eléctrico.
➢ VARONES: Polo azul eléctrico, short azul eléctrico, medias blancas, zapatillas a escoger y si
tienen el buzo que es de color azul eléctrico.
9. Uso de un sombrero color de la institución para la protección solar.
IMAGEN
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TITULO X
DEL ÓRGANO DE PARTICIPACIÓN
ORGANO DE PARTICIPACION
CAPITULO I
DEL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL (CONEI)
ARTÍCULO 139º.- El Consejo Educativo Institucional (CONEI) es el órgano de participación, concertación y
vigilancia ciudadana de la Institución Educativa pública que colabora con la promoción y ejercicio de una
gestión eficaz, transparente, ética y democrática.
ARTÍCULO 140º.- Los miembros del CONEI son: Es presidido por el director de la Institución Educativa y
está conformado por los subdirectores, el representante del personal docente, administrativo, de los
estudiantes, de los ex alumnos y de los padres de familia, pudiendo ser integrado también por otros
representantes de instituciones de la comunidad local, por acuerdo del consejo.
ARTÍCULO 141º.- Las funciones del CONEI de padres de familia son las siguientes:
a) Participar en la formulación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional.
b) Participar en el Comité de Evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente
y administrativo de la institución, de acuerdo con la normatividad específica que emita el Ministerio
de Educación.
c) Colaborar con el director en garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de aprendizaje, el
número de semanas lectivas y la jornada del personal docente y administrativo para alcanzar el
tiempo de aprendizaje requerido para los diferentes niveles y modalidades.
d) Propiciar la solución de conflictos que se susciten en ésta, priorizando soluciones concertadas frente
a quejas o denuncias que no impliquen delito.
e) Contribuir al buen clima institucional, participando en la elaboración de las normas de convivencia
(reglamento interno) y velando por su cumplimiento.
f) Generar vínculos con otras instituciones para mejorar la calidad del servicio educativo.
g) Vigilar el acceso, matrícula oportuna y asistencia de los estudiantes en la Institución Educativa.
h) Cautelar el cumplimiento de los derechos y principios de universalidad, gratuidad, equidad y calidad
en las Instituciones Educativas públicas.
i) Vigilar el adecuado destino de los recursos de la Institución Educativa y aquellos que, de acuerdo
con lo establecido en el Reglamento General de la Asociación de Padres de Familia, estén
comprometidos con las actividades previstas en el Plan Anual de Trabajo
ARTÍCULO 142º.- La elección de los representantes de cada estamento al Consejo Educativo Institucional,
representa la base principal de este órgano porque se pone en práctica la participación democrática del
derecho de elegir libremente a sus representantes ante el CONEI.
ARTÍCULO 143º.- El Proceso Electoral se realiza en los últimos tres meses del año lectivo de octubre,
noviembre o diciembre. Cada estamento elige un representante por voto universal, secreto y directo. La
Dirección de la Institución Educativa orienta, difunde y otorga todas las facilidades necesarias para la
realización de las elecciones de los representantes de cada estamento de estudiante, docente y
administrativo ante el CONEI.
ARTÍCULO 144º.- El periodo de duración de los miembros del CONEI es de dos años
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CAPÍTULO II
DE LA ASOCIACIÓN DE LOS PADRES DE FAMILIA
ARTÍCULO 145º.- La Asociación se regula por la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, la Ley Nº 28628,
Ley que regula la participación de las Asociaciones de Padres de Familia en las instituciones educativas
públicas, el presente Reglamento y su estatuto. En forma supletoria se rige por las normas del Código
Civil. Puede inscribirse en los Registros Públicos por el mérito de su Acta de Constitución
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c. Hacer cumplir los deberes de sus hijos como estudiantes, con respecto a su disciplina, aseo y
cuidado personal, evitando que traigan los objetos citados en las prohibiciones.
d. Enviar a su hijo/a debidamente desayunado y con refrigerio y/o almuerzo para la hora del segundo
recreo.
e. Contribuir a que en la I.E. exista una convivencia saludable y de respeto que beneficie el aprendizaje
y permita la formación de los estudiantes.
f. Informarse permanentemente del avance académico y conductual de sus hijos
g. Apoyar la labor educativa de los docentes.
h. No traer en horario escolar el material olvidado por su hijo(a). (tareas, trabajos, libros, cuadernos,
otros.)
i. Participar y contribuir con los demás actores educativos hacia el mejoramiento de la calidad de los
aprendizajes y servicios que ofrece la institución educativa.
j. Participar activamente de los comités de aula, Escuela para Padres, recojo de libretas, actuaciones y
demás reuniones en pro de sus hijos.
k. Cooperar con la I.E. para salvaguardar la seguridad e integridad física de los estudiantes.
l. Ingresar a la I.E. identificándose debidamente con DNI. y/o identificación proporcionada por la APAFA
m. Respetar el horario de atención del personal que labora en la I.E.
n. Dirigirse exclusivamente al ambiente para el cual pidió permiso al ingresar.
o. Colaborar en las actividades educativas que ejecuta la I.E., fomentando las buenas relaciones
humanas entre los integrantes de la comunidad educativa promoviendo un clima institucional
favorable para el aprendizaje.
p. No tener conductas agresivas en las entrevistas o eventos que realiza el colegio.
q. En caso que su hijo/a cometa faltas graves, se cumplirá la carta de compromiso contenido en el
último párrafo de la misma.
r. El incumplimiento de los deberes establecidos en el presente artículo, así como la carta de
compromiso firmada, se tomará las medidas correctivas en coordinación con el Consejo Directivo de
la APAFA, por el bienestar institucional
CAPITULO III
DE LOS COMITÉS DE AULA DE PADRES DE FAMILIA
ARTÍCULO 149º.- Los padres de familia constituidos en aulas, representan la principal fuerza de apoyo para
el logro de los objetivos de integración y cohesión del aula, contribuyendo así a la formación integral del
estudiante. El comité de aula es el órgano mediante el cual los padres de familia participan desde el aula
en el proceso educativo de sus hijos. Está constituido por la reunión de padres de familia y/o apoderados
bajo la asesoría del docente de aula o tutor de la sección de estudios.
ARTÍCULO 150º.- Los representantes del comité de aula están conformados por:
1. Presidente;
2. Secretario;
3. Tesorero.
4. 02 Vocales
ARTÍCULO 151º.- Los miembros del comité de aula son elegidos democráticamente por los padres de sus
respectivas aulas por mayoría simple, durante los 30 días calendario de iniciado el año escolar en la
primera reunión de padres de familia del aula. Los padres de familia elegidos como miembros del comité
del aula, no podrán ser elegidos como tales en otras aulas.
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ARTÍCULO 152º.- Funciones del comité del aula:
1. Apoyar a solicitud del profesor o tutor de aula, todas aquellas actividades que requieran mayor
atención en beneficio de los estudiantes del aula, contribuyendo con el logro de las metas que se
desprenden del plan anual de tutoría del aula;
2. Coordinar con el docente de aula o tutor las actividades educativas culturales, deportivas, sociales y
otras que contribuyan a la formación integral de los estudiantes y al desarrollo institucional;
3. Trabajar coordinadamente con la Dirección de la Institución Educativa
4. Representar a los padres de la Institución Educativa ante las convocatorias de parte del tutor o
dirección;
5. Se reúne con la Dirección de la Institución Educativa de forma trimestral, ya sea en reunión general
de juntas directivas o con las juntas directivas de cada aula;
6. Elevar los acuerdos al conjunto de los padres sobre decisiones y acciones a seguir en cumplimiento
de los objetivos y metas de su plan de trabajo y otras decisiones tomadas;
7. Ejecutar las acciones, previa evaluación del tutor y la Dirección de la Institución Educativa, que
aseguren el cumplimiento del Plan de Trabajo;
8. Las juntas directivas no pueden obligar a los padres dar cuotas, ni restringir por aquello su
participación en la actividad. Las cuotas solicitadas deben ser de carácter voluntario;
9. Las juntas directivas deben coordinar previamente con el tutor del aula sobre las actividades a realizar
y antes de solicitar o pedir algunas colaboración o cuota;
10. Toda reunión debe concluir con acuerdos las cuales deben establecerse en un cuaderno de actas y
debe ser firmado por todos los presentes. Si un padre de familia no asiste a la reunión debe respetar
los acuerdos;
11. En caso algún integrante de la junta directiva no cumpla con asistir a las reuniones o renuncie, éste
integrante podrá ser reemplazado por otro padre del aula con la conformidad de los padres asistentes;
12. Cualquier situación no contemplada en el siguiente documento será resuelta por la dirección de la
Institución Educativa.
TITULO XI
DEL RÉGIMEN ECONÓMICO
CAPÍTULO I
DE LOS INGRESOS
ARTÍCULO 153º.- Son ingresos de la Institución Educativa, donaciones, cuota de matrícula o ratificación y
otros ingresos autorizados de acuerdo a Ley.
ARTÍCULO 154º.- Las cuotas de ingreso y cualquier otro ingreso establecido por ley, son fijadas por el Órgano
de Dirección, en coordinación con la Dirección de la Institución Educativa.
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ARTÍCULO 156º.- No procede la devolución de pagos por concepto de matrícula, derecho de ingreso,
donaciones u otros efectuados a la Institución Educativa en el acto de matrícula o su ratificación, en los
casos de traslado de los estudiantes a otras instituciones educativas, o en los casos de separación del
estudiante de la Institución Educativa cualquiera que sea el motivo.
CAPÍTULO II
DEL COSTO EDUCATIVO
ARTÍCULO 157º.- De acuerdo a lo establecido en el Artículo 3º de la Ley Nº 26549 – con el costo del servicio
educativo.
ARTÍCULO 158º.- En caso que el hijo(a) o pupilo del declarante, sea retirado (a) o trasladado(a) de la
Institución Educativa por cualquier motivo y en cualquier época del año, se compromete expresamente
a no efectuar peticiones o reclamaciones ante la Institución Educativa, derecho de APAFA, donaciones
efectuados.
ARTÍCULO 159º.- Las libretas o reportes de notas sólo serán entregadas a los padres de familia o
apoderados.
TITULO XII
DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS
PRIMERA. - El presente Reglamento Interno entrará en vigencia a partir del día en que se emita Resolución
Directoral aprobatorio expedido por la Dirección de la Institución Educativa
SEGUNDA. - La interpretación auténtica o la modificación total o parcial del presente Reglamento Interno es
atribución dela Dirección en coordinación con los Órganos que comprende la Institución.
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