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Contrato de Arrendamiento de Vivienda Urbana Puchin Local Peluqueria
Contrato de Arrendamiento de Vivienda Urbana Puchin Local Peluqueria
Contrato de Arrendamiento de Vivienda Urbana Puchin Local Peluqueria
Primera. – Objeto: Por medio del presente Contrato, el Arrendador entrega a título de
arrendamiento al Arrendatario el siguiente bien inmueble LOCAL COMERCIAL CON BAÑO. EN
EL PRIMER PISO DE LA CASA UBICADA EN LA CARRERA 87C SUR No 74-55 BOSA EL
REMANSO , destinado para el uso de vivienda del Arrendatario y la de su familia, para LOCAL
DE VENTA DE PRODUCTOS VARIOS Y PELUQUERIA.
Parágrafo 2: La tolerancia del Arrendador en recibir el pago del canon de arrendamiento con
posterioridad al plazo indicado para ello en esta Cláusula, no podrá entenderse, en ningún
caso, como ánimo del Arrendador de modificar el término establecido en este Contrato para el
pago del canon.
Cuarta. – Vigencia: El arrendamiento tendrá una duración de doce meses. (12) meses
contados a partir del (08 de diciembre de 2022). No obstante lo anterior, el término del
arrendamiento se prorrogará automáticamente por periodos consecutivos iguales al inicial, si
ninguna de las Partes dentro de los Un (1). mes al vencimiento del periodo inicial o de
cualquiera de sus prorrogas informa a la otra Parte su decisión de terminar este Contrato.
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Sexta. - Reparaciones: Los daños que se ocasionen al Inmueble por el Arrendatario, por
responsabilidad suya o de sus dependientes, serán reparados y cubiertos sus costos de
reparación en su totalidad por el Arrendatario. Igualmente, el Arrendatario se obliga a cumplir
con las obligaciones previstas en los artículos 2029 y 2030 del Código Civil.
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para que, directamente o a través de sus funcionarios debidamente autorizados por escrito,
visiten el Inmueble para verificar el cumplimiento de las obligaciones del Arrendatario.
Décima. – Renuncia: El Arrendatario declara que (i) no ha tenido ni tiene posesión del
Inmueble, y (ii) que renuncia en beneficio del Arrendador o de su cesionario, a todo
requerimiento para constituirlo en mora en el cumplimiento de las obligaciones a su cargo
derivadas de este Contrato.
Parágrafo: Son causales de terminación del Contrato en forma unilateral por el Arrendador las
previstas en los artículos 22 y 23 del capítulo VII de la ley 820 de 2003; y por parte del
Arrendatario las consagradas en los Artículos 24 y 25 de la misma Ley. de la misma Ley. No
obstante lo anterior, las Partes en cualquier tiempo y de común acuerdo podrán dar por
terminado el presente Contrato.
Décima Tercera. – Validez: El presente Contrato anula todo convenio anterior relativo al
arrendamiento del mismo Inmueble y solamente podrá ser modificado por escrito suscrito por la
Partes.
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el Arrendatario, (ii) las multas y sanciones que se causen por el incumplimiento del Arrendatario
de cualquiera de las obligaciones a su cargo en virtud de la ley o de este Contrato, (iii) las
sumas causadas y no pagadas por el Arrendatario por concepto de servicios públicos del
Inmueble, cuotas de administración y cualquier otra suma de dinero que por cualquier concepto
deba ser pagada por el Arrendatario; para lo cual bastará la sola afirmación de incumplimiento
del Arrendatario hecha por el Arrendador, afirmación que solo podrá ser desvirtuada por el
Arrendatario con la presentación de los respectivos recibos de pago.
Parágrafo: Las Partes acuerdan que cualquier copia autenticada ante Notario de este Contrato
tendrá mismo valor que el original para efectos judiciales y extrajudiciales.
Décima Sexta. – Costos: Cualquier costo que se cause con ocasión de la celebración o
prorroga de este Contrato, incluyendo el impuesto de timbre, será sumido en su integridad por
el Arrendatario.
Décima Séptima. – Preaviso: El Arrendador podrá dar por terminado el presente Contrato
de conformidad con los artículos 22 y 23 del capítulo VII de la ley 820 de 2003.
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Para constancia el presente Contrato es suscrito en la ciudad de BOGOTA el día (08)
diciembre DE 2022., en dos (2) ejemplares de igual valor, cada uno de ellos con destino a cada
una de las Partes.
El Arrendador: El Arrendatario
Tel. 3158486396.
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