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LEGISLACIÓN LABORAL

Diego Escobar

EJE 4
Propongamos

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Dotaciones 4

¿Cuáles es la protección del trabajador en el marco del contrato laboral? 5

Dotaciones 5

Maternidad 5

Riesgos laborales 9
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN

De acuerdo con la Carta Magna de 1991, el trabajo es un derecho


y una obligación social y goza de la especial protección del Esta-
do. En tales condiciones, en atención a los derechos del trabajador
dentro de una relación laboral, la Constitución y el Código Sustan-
tivo del Trabajo han prescrito principios laborales fundamentales
dentro de los que se destaca el principio de estabilidad laboral.

Es menester precisar, el desarrollo jurisprudencial que ha tenido


la Corte Constitucional en torno al principio de estabilidad laboral
para la trabajadora en estado de embarazo y después del parto
durante el período de lactancia. Como quiera que dicho principio
permite la continuidad del contrato de trabajo, el disfrute de la
licencia de maternidad remunerada y garantiza los salarios y pres-
taciones sociales de la trabajadora.

De conformidad con lo anterior, en el eje cuarto abordaremos


la protección a la maternidad. De igual manera, la dotación como
derecho que tiene todo trabajador cuando devenga hasta dos sa-
larios mínimos y el tema de riesgos laborales.
Dotaciones
¿Cuáles es la protección del trabajador en el marco del
contrato laboral?

Dotaciones Maternidad

¿Qué es el suministro de calzado y El trabajo y la protección especial a la


vestido de labor? Consiste en el suminis- mujer a la maternidad, es un derecho que
tro de 1 par de zapatos y 1 vestido de labor se encuentra amparado por el Estado co-
que recibe el trabajador que ha cumplido lombiano a través de la Constitución Po-
más de 3 meses al servicio del empleador lítica en los artículos 25, 43 y 53; y en el
y devenga hasta dos (2) salarios mínimos Código Sustantivo del Trabajo.
legales.
La Constitución, la ley y la jurispruden-
Es una obligación de todo empleador cia de la Corte Constitucional, en aras de
cuando ocupa 1 o más trabajadores per- garantizar los derechos de la trabajadora
manentes y estos reciben hasta 2 veces el durante el tiempo que dure su embara-
salario mínimo legal. zo y posteriormente después del parto en
el período de lactancia, han desarrollo el
Fechas de entrega: la dotación se en- principio de estabilidad laboral mediante
trega al trabajador tres (3) veces al año, el cual se permite la continuidad del con-
esto significa, cada cuatro (4) meses. En trato de trabajo, el disfrute de la licencia
las siguientes fechas: 30 de abril, 31 de de maternidad remunerada y el pago de
agosto y 20 de diciembre. los salarios y prestaciones sociales.

Uso del calzado y vestido de labor: El Legislador, a través de la Ley 1822 del
cuando el trabajador no haga uso del cal- 4 de enero de 2017 modificó los artículos
zado y vestido de labor, por cualquier cau- 236 y 239 del Código Sustantivo del Traba-
sa, el empleador queda eximido de pro- jo, concerniente a la licencia de materni-
porcionarle la dotación correspondiente el dad, estableciendo:
período siguiente. Acorde a lo anterior, el
empleador deberá dar aviso al Inspector Toda trabajadora en estado de emba-
del trabajo del lugar, o en su defecto a la razo tiene derecho a una licencia de die-
primera autoridad política (Art. 233 CST, ciocho (18) semanas en la época de parto,
Ley 11 de 1984 y Decreto 982 de 1984). remunerada con el salario que devengue al
momento de iniciar su licencia.
Obligación del trabajador: el traba-
jador se obliga a utilizar la dotación en el Remuneración
desempeño de su labor contratada.
• En caso de salario fijo: La remunera-
¿La dotación puede compensarse en ción será el salario que devengue la
dinero? Está prohibido el pago en dinero trabajadora al momento de iniciar
de las prendas de dotación. la licencia de maternidad.

Legislación laboral - eje 4 Propongamos 5


• En caso de salario variable (trabajo Parto múltiple: en este caso, la licencia
por obra o tarea): Se observa el sa- de maternidad se ampliará en dos sema-
lario promedio devengado en último nas más a las estipuladas en la ley (18 se-
año de servicio. manas). Por consiguiente, la madre goza-
rá de una licencia de 20 semanas en total.
Requisito para los efectos de la li-
cencia: la trabajadora debe aportar al Licencia en la época del parto: la tra-
empleador un certificado médico, el cual bajadora puede hacer uso de la licencia de
debe contener: maternidad de la siguiente forma:

• El estado de embarazo de la traba- • Licencia de maternidad prepar-


jadora. to: puede iniciarse una (1) semana
antes a la fecha probable del parto
• La indicación del día probable del debidamente acreditada, o dos se-
parto. manas antes si así lo requiere por
motivos médicos.
• La indicación del día desde el cual
• Licencia de maternidad posparto:
debe empezar la licencia.
generalmente la duración es de die-
cisiete (17) semanas contadas des-
Término para el inicio de la licencia
de la fecha del parto. Sin embargo,
de maternidad: dos semanas antes del
puede ser de dieciséis (16) o diecio-
parto.
cho (18) semanas por decisión mé-
dica.
Casos en los cuales se aplica la licen-
cia de maternidad: la licencia de mater-
Se aclara, que de las dieciocho (18) se-
nidad se aplica para:
manas de licencia remunerada, la semana
anterior a la fecha probable de parto será
• La madre biológica, quien puede ser
de obligatorio goce.
una trabajadora del sector privado
o público. Prohibición de despido: de acuerdo
con el precepto contenido en el artículo 2º
• La madre adoptante. de la Ley 1822 de 2017, ninguna trabajado-
ra podrá ser despedida por motivo de em-
• El padre que quede a cargo del re- barazo o lactancia y/o dentro de los tres
cién nacido sin apoyo de la madre, meses posteriores al parto, sin la autori-
sea por enfermedad o muerte. zación previa del Ministerio de Trabajo que
avale una justa causa.
En el caso de las madres de niños
prematuros: se tendrá en cuenta la dife- Indemnización por despido sin justa
rencia entre la fecha gestacional y el naci- causa: las trabajadoras que sean despe-
miento a término. En este orden de ideas, didas sin autorización del Ministerio de
las semanas resultantes se adicionan a las Trabajo tendrán derecho al pago adicional
dieciocho (18) semanas ya establecidas de una indemnización igual a sesenta (60)
por la ley para la licencia de maternidad. días de trabajo, fuera de las indemnizacio-

Legislación laboral - eje 4 Propongamos 6


nes y prestaciones a que hubiere lugar de mediatamente (Obando, 2016). Además,
acuerdo con su contrato de trabajo. el empleador deberá pagar la indemniza-
ción por despido sin justa causa y la can-
En el caso de la mujer trabajadora que celación de los salarios y prestaciones so-
por alguna razón excepcional no disfrute ciales causados desde que fue despedida
de la semana preparto obligatoria, y/o de y hasta cuando se produzca su regreso al
algunas de las diecisiete (17) semanas de trabajo. Así, lo ordenara el juez laboral en
descanso, tendrá derecho al pago de las su sentencia como quiera que se vulnera el
semanas que no gozó de licencia. artículo 43 de la Constitución.

Por lo anteriormente expuesto, la mujer Igualmente, el despido de la trabajado-


trabajadora que en estado de embarazo ra que este disfrutando de la licencia de
sea despedida sin autorización del inspec- maternidad remunerada será nulo y no
tor de trabajo deberá ser reintegrada in- produce efecto jurídico.

Lectura complemen taria

Ley 1822 de 2017


Congreso de la República de Colombia.

Licencia de paternidad: el esposo o entorno laboral en entidades públicas y


compañero permanente tendrá derecho a empresas privadas, amén de gozar del dis-
ocho (8) días hábiles de licencia remune- frute de la hora de lactancia. En tal medi-
rada de paternidad y aplica para los hijos da, la madre lactante podrá hacer uso de
nacidos del cónyuge o de la compañera su derecho en su lugar de trabajo o des-
permanente. plazarse a su lugar de residencia.

¿Qué se requiere para el otorgamien- Las instalaciones y las salas amigas de


to de la licencia de paternidad? El re- la familia lactante contarán con un es-
gistro civil de nacimiento, el cual deberá
pacio acondicionado y digno para que las
presentarse a la EPS a más tardar dentro
mujeres en período de lactancia que labo-
de los 30 días siguientes a la fecha de na-
cimiento del menor. ran allí, puedan extraer la leche materna
asegurando su adecuada conservación
¿Quién reconoce la licencia remune- durante la jornada laboral.
rada de paternidad? La licencia remune-
rada de paternidad estará a cargo de la Aplicación de la normatividad: estas
EPS. disposiciones aplicarán:

Salas de lactancia: al tenor de lo dis- • A las empresas privadas con capita-


puesto por la Ley 1823 del 4 de enero de les iguales o superiores a 1.500 sala-
2017, se adoptan las salas de lactancia del rios mínimos.

Legislación laboral - eje 4 Propongamos 7


• A las empresas privadas con capi- el encargado de vigilar y controlar la im-
tales inferiores a 1.500 salarios míni- plementación y el funcionamiento de las
mos con más de 50 empleadas.
salas amigas de la familia lactante del
Entidad que vigila y controla: el Mi- entorno laboral en las entidades públicos
nisterio de Salud y Protección Social será y privadas.

Lectura complemen taria

Ley 1823 de 2017


Presidencia de la República de Colombia.

Descanso remunerado en caso de al de la gestación se reconocerá y pagará


aborto: se le concede una licencia de dos proporcionalmente un monto equivalente
(2) a cuatro (4) semanas remuneradas, al número de días cotizados frente al pe-
de acuerdo con la certificación médica del riodo real de gestación.
tiempo de reposo que requiera, las cuales,
serán canceladas con el salario que deven- En el caso de la trabajadora indepen-
gaba en el momento de iniciarse el des- diente que no haya realizado el pago opor-
canso. tuno de las cotizaciones, tendrá derecho al
reconocimiento de la licencia de materni-
Descanso remunerado durante la dad siempre y cuando, a la fecha del parto
lactancia: el empleador está en la obliga- se haya pagado la totalidad de las cotiza-
ción de conceder a la trabajadora dos des-
ciones adeudadas con los respectivos inte-
cansos de treinta (30) minutos cada uno
reses de mora por el período de gestación.
dentro de la jornada para amamantar a
su hijo, sin descuento alguno en el salario
El empleador o trabajador independien-
por dicho concepto, durante los primeros
te deberá efectuar el cobro de esta presta-
seis (6) meses de edad.
ción económica ante la EPS.
Pago licencia de maternidad: huelga
recordar el Decreto 2353 de 2015, median- Cuando la trabajadora independiente
te el cual se señalan las reglas de afiliación cuyo ingreso base de cotización sea de un
al Sistema General de Seguridad Social en salario mínimo mensual legal vigente, haya
Salud. Acorde con lo anterior, la materni- cotizado un período inferior al de gesta-
dad se encuentra a cargo de la EPS y es ción, tendrá derecho al reconocimiento de
esencial que la trabajadora dependiente la licencia de maternidad conforme a las
se encuentre afiliada a una EPS respectiva, siguientes reglas:
en calidad de cotizante durante los meses
del periodo de gestación, y el empleador • Cuando ha dejado de cotizar hasta
realice el pago de sus aportes. Contrario por dos períodos procederá el pago
censo, de cotizarse por un periodo inferior completo de la licencia.

Legislación laboral - eje 4 Propongamos 8


• Cuando ha dejado de cotizar por biere cotizado por un período inferior al de
más de dos períodos procederá el la gestación.
pago proporcional de la licencia en
un monto equivalente al número El trabajador independiente que no haya
de días cotizados que correspon- realizado el pago oportuno de las cotiza-
dan frente al período real de ges- ciones tendrá lugar al reconocimiento de la
tación. licencia de paternidad sí, a la fecha del par-
to, se ha pagado la totalidad de las cotiza-
Pago licencia de paternidad: se re- ciones adeudadas con los respectivos inte-
querirá que el afiliado cotizante hubiere reses de mora por el periodo de gestación.
efectuado aportes durante los meses que
correspondan al período de gestación de la El empleador o trabajador independien-
madre y no habrá lugar al reconocimiento te deberá efectuar el cobro de esta presta-
proporcional por cotizaciones cuando hu- ción económica ante la EPS.

¡Recomendación!

Recursos de aprendizaje
Caso modelo: Protección a la maternidad.

Riesgos laborales Entre el año de 1967 y 1994, correspon-


dió al extinto Instituto de Seguros Sociales
El nivel de riesgos en el lugar o sitio de adelantar todo lo necesario sobre la cali-
trabajo aumenta según la actividad que ficación y determinación del origen de la
tenga por objeto la empresa o empleador enfermedad profesional y accidente de
y que ejecute el trabajador. Las funciones trabajo (ATEP). A partir de la puesta en
asignadas por el empleador al trabajador marcha del Sistema Integral de Seguri-
deben ser desarrolladas teniendo en cuen-
dad Social regulado en la ley 100 de 1993,
ta las medidas de seguridad, ambientales
cambió fundamentalmente el sistema de
y de sanidad, requeridas para mitigar el
riesgos profesionales, de la siguiente ma-
riesgo por enfermedad profesional o acci-
dente de trabajo. nera:

Riesgo: de acuerdo con el diccionario • El instituto de los seguros sociales in-


de la Real Academia Española, se entiende gresó a competir con las administra-
por riesgo la contingencia o proximidad de doras de riesgos profesionales priva-
un daño. Luego, si tal definición se aplica das (ARP), autorizadas para ofrecer
al campo laboral, a menor nivel de protec- seguros y servicios de riesgos profe-
ción de seguridad y falta de capacitación sionales, hoy denominadas adminis-
laboral, mayor será el riesgo. tradoras de riesgos laborales.
• La creación de la junta de califica- • Fijar las prestaciones de atención
ción de invalidez. en la salud de los trabajadores y las
prestaciones económicas por inca-
¿Qué es el Sistema General de Ries- pacidad temporal a que haya lugar
gos Laborales (SGRP)?: Es el conjunto frente a las contingencias de acci-
de entidades públicas y privadas, normas dente de trabajo y enfermedad pro-
y procedimientos; destinados a prevenir, fesional.
proteger y atender a los trabajadores de
los efectos de las enfermedades, los acci- • Reconocer y pagar a los afiliados las
dentes que puedan ocurrir con ocasión o prestaciones económicas por inca-
como consecuencias del trabajo que desa- pacidad permanente parcial o inva-
rrollan y el mejoramiento de las condicio- lidez, que se deriven de las contin-
nes de trabajo. gencias de accidente de trabajo o
enfermedad profesional y muerte de
Dicho Sistema fue creado por la Ley 100 origen profesional.
de 1993 como parte del Sistema de Segu-
ridad Social Integral y reglamentado ini- • Fortalecer las actividades tendientes
cialmente en el decreto 1295 de 1994. En la a establecer el origen de los acci-
actualidad, a su vez se encuentra regulado dentes de trabajo y las enfermeda-
des profesionales y el control de los
en la Ley 1562 de 2012 y en el Decreto 1072
agentes de riesgos ocupacionales.
de 2015.
Características del sistema
El sistema general de riesgos profe-
sionales empezó a regir el 1 de agosto de
• El sistema general de riesgos labora-
1994, para empleados y trabajadores del
les es orientado, regulado, supervi-
sector privado. Para los trabajadores del
sado, vigilado y controlado por el Es-
sector público entró a partir del 1º de ene- tado mediante el Ministerio de Salud
ro de 1996. y Protección Social.
Los propósitos u objetivos del SGRP • Las entidades administradoras del
son: SGRP (entiéndase antes ARP hoy
ARL), tienen a su cargo la afiliación
• Establecer las actividades de pro- al sistema y la administración del
moción y prevención tendientes a mismo.
mejorar las condiciones de trabajo
y salud de la población trabajado- • Todos los empleadores deben afi-
ra, protegiéndola contra los riesgos liarse al Sistema General de Riesgos
derivados de la organización del tra- Profesionales.
bajo que puedan afectar la salud
individual o colectiva de los trabaja- • La afiliación de los trabajadores de-
dores; tales como, los riesgos físicos, pendientes es obligatoria para todos
químicos, biológicos, ergonómicos, los empleadores. El trabajador no
psicosociales, de saneamiento y de paga la cotización al SGRP, pues la
seguridad. cotización total a dicho sistema co-
rre por cuenta exclusiva del emplea- Riesgo laboral: es el accidente que se
dor, quien es el que genera el riesgo produce como efecto de una labor desem-
laboral. peñada en el trabajo y la enfermedad ca-
talogada como profesional por el Gobierno
• El empleador que no afilie a sus tra- nacional.
bajadores al sistema, además de las
sanciones legales, será responsable Accidente de trabajo: es todo suceso
de las prestaciones que se otorgan repentino que sobrevenga por causa o con
en la ley. Es decir, debe pagar gas- ocasión del trabajo y que produzca en el
tos médicos, clínicos, de transporte, trabajador una lesión orgánica, una per-
medicamentos, indemnizaciones, turbación funcional o psiquiátrica, una in-
pensiones y multas. validez o la muerte. Es también, aquel que
se produce durante la ejecución de órde-
• La selección de las entidades que nes del empleador o contratante durante
administran el sistema es libre y vo- la ejecución de una labor bajo su autori-
luntaria por parte del empleador. dad, aún fuera del lugar y horas de traba-
jo. Igualmente, el que se produce durante
• Los trabajadores afiliados tendrán el traslado de los trabajadores o contra-
derecho al reconocimiento y pago tistas desde su residencia a los lugares de
de las prestaciones previstas en el trabajo o viceversa, cuando el transporte
presente decreto. lo suministre el empleador.

• La relación laboral implica la obliga- Así mismo, se considerará como acci-


ción de pagar las cotizaciones que dente de trabajo el hecho ocurrido durante
se establecen en este decreto. el ejercicio de la función sindical, aunque el
trabajador se encuentre en permiso sindi-
• La cobertura del sistema se inicia cal, siempre que el accidente se produzca
desde el día calendario siguiente a la en cumplimiento de dicha función. A su
afiliación. vez, el que se produzca por la ejecución de
actividades recreativas, deportivas o cul-
• Los empleadores solo podrán con- turales; cuando se actúe por cuenta o en
tratar el cubrimiento de los riesgos representación del empleador o de la em-
profesionales de todos sus trabaja- presa usuaria, o se trate de trabajadores
dores con una sola entidad adminis- de empresas de servicios temporales que
tradora de riesgos profesionales, sin se encuentren en misión.
perjuicio de la facultad que tendrá
la entidad administradora para sub- Enfermedad laboral: se conoce como
contratar con otras entidades cuan- tal, la contraída como resultado de la ex-
do ello sea necesario. posición a factores de riesgo inherentes a
la actividad laboral o del medio en el que
• Toda ampliación de cobertura ten- el trabajador se ha visto obligado a traba-
drá estudio técnico y financiero pre- jar. El Gobierno Nacional, previo concepto
vio que garantice la sostenibilidad del Consejo Nacional de Riesgos Laborales,
financiera del Sistema General de determina en forma periódica las enfer-
Riesgos Laborales. medades que se consideran como labora-

Legislación laboral - eje 4 Propongamos 11


les. Sin embargo, en los casos en que una Trabajo SG-SST. Este Sistema consiste en el
enfermedad no figure en la tabla de enfer- desarrollo de un proceso lógico y por eta-
medades laborales, pero se demuestre la pas, basado en la mejora continua, que
relación de causalidad con los factores de incluye la política, la organización, la pla-
riesgo ocupacional, será reconocida como nificación, la aplicación, la evaluación, la
enfermedad laboral conforme lo estableci- auditoría y las acciones de mejora. Con el
do en las normas legales vigentes. objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y
controlar los riesgos que puedan afectar la
El Ministerio de Salud y Protección Social seguridad y salud en el trabajo.
y el Ministerio de Trabajo, deben realizar
una actualización de la tabla de enferme- Derechos, prestaciones o beneficios
dades laborales por lo menos cada tres (3) del SGRL: se ha previsto que el trabajador
años, atendiendo a los estudios técnicos que presente una enfermedad profesional
financiados por el Fondo Nacional de Ries- o sufra un accidente de trabajo tendrá
gos Laborales. derecho a un conjunto de prestaciones o
beneficios. Es decir, que pueda reclamar
Reporte de accidentes y enferme- determinados derechos en materia de
dades: los empleadores reportan los ac- prestaciones asistenciales, prestación de
cidentes graves y mortales y las enferme- los servicios de salud, prestaciones econó-
dades diagnosticadas como laborales a la micas y como beneficios los servicios de
Dirección Territorial u Oficinas Especiales promoción y prevención.
correspondientes, durante los dos (2) días
hábiles siguientes al evento o recibo del Prestaciones asistenciales: todo tra-
diagnóstico de la enfermedad. Indepen- bajador que sufra un accidente de trabajo
dientemente del reporte que deben reali- o una enfermedad profesional tiene dere-
zar a las Administradoras de Riesgos La- cho, según sea el caso, a:
borales y Empresas Promotoras de Salud.
• Asistencia médica, quirúrgica, tera-
Salud ocupacional: se entenderá en péutica y farmacéutica.
adelante como seguridad y salud en el tra-
bajo, definida como aquella disciplina que • Servicios de hospitalización.
trata de la prevención de las lesiones y en-
fermedades causadas por las condiciones • Servicio odontológico.
de trabajo, y de la protección y promoción
de la salud de los trabajadores. • Suministro de medicamentos.

Tiene por objeto mejorar las condiciones • Servicios auxiliares de diagnóstico y


y el medio ambiente de trabajo; la salud en tratamiento.
el trabajo; la promoción y el mantenimien-
to del bienestar físico, mental y social de • Prótesis, su reparación, y su repo-
los trabajadores en todas las ocupaciones. sición solo en casos de deterioro o
desadaptación, cuando a criterio de
Programa de salud ocupacional: en rehabilitación se recomienda.
lo sucesivo se entenderá como el Sistema
de Gestión de la Seguridad y Salud en el • Rehabilitaciones física y profesional.
• Gastos de traslado, en condiciones tuciones prestadoras de servicios de salud
normales, que sean necesarios para en forma directa. No obstante, se deberá
la prestación de estos servicios. tener en cuenta si en la región se encuen-
tra funcionando la Entidad Promotora de
Prestación de los servicios de salud: Salud.
para la prestación de los servicios de salud
a los afiliados al Sistema General de Ries- Finalmente, las entidades administra-
gos Profesionales, las entidades adminis- doras podrán solicitar a la Entidad Promo-
tradoras de riesgos laborales deben suscri- tora de Salud la adscripción de Institucio-
bir los convenios correspondientes con las nes Prestadoras de Servicios de Salud. En
Entidades Promotoras de Salud. este caso, la entidad administradora de
riesgos profesionales asume el mayor valor
El Gobierno Nacional regula los procedi-
de la tarifa que la institución prestadora de
mientos y términos dentro de los cuales se
servicios de salud cobre por sus servicios.
hacen los reembolsos entre las administra-
doras de riesgos profesionales, las Entida-
Prestaciones económicas: todo tra-
des Promotoras de Salud y las Instituciones
bajador que sufra un accidente de trabajo
prestadoras de servicios en salud.
o una enfermedad profesional tendrá de-
Las entidades administradoras de ries- recho al reconocimiento y pago de las si-
gos profesionales reembolsan a las EPS las guientes prestaciones económicas:
prestaciones asistenciales que hayan otor-
gado a los afiliados al sistema general de • Subsidio por incapacidad temporal.
riesgos profesionales, las mismas tarifas
convenidas entre la EPS y la IPS, en forma • Indemnización por incapacidad per-
general, con independencia a la naturale- manente parcial.
za del riesgo. Sobre dichas tarifas se liqui-
dará una comisión a favor de la entidad • Pensión de Invalidez.
promotora, que en todo caso no excederá
al 10%, salvo pacto en contrario entre las • Pensión de sobrevivientes.
partes.
• Auxilio funerario.
La IPS que atienda a un afiliado, debe
informar dentro de los 2 días hábiles si- Dirección del sistema -SGRL-: Se en-
guientes al sistema general de riesgos pro- cuentra conformado por:
fesionales la ocurrencia del accidente de
trabajo o el diagnóstico de la enfermedad 1. El organismo de dirección, vigilancia
profesional. Así mismo, a la EPS y a la ARL y control:
a la cual se encuentre afiliado.
• El Consejo Nacional de Riesgos
Desde que opera la subcuenta de Com- Profesionales (hoy Consejo Na-
pensación del Fondo de Solidaridad y Ga- cional de Riesgos Laborales).
rantía del Sistema General de Seguridad
Social en Salud, las entidades administra- • El Ministerio de Salud y Protección
doras pueden celebrar contratos con insti- Social.

Legislación laboral - eje 4 Propongamos 13


2. Entidades administradoras del siste- dares mínimos del Sistema Obliga-
ma, ARL: torio de Garantía de Calidad del Sis-
tema General de Riesgos Laborales
• ARL Positiva. (Ley 1562 de 2012).

• Las entidades aseguradoras de 6. Adoptar disposiciones efectivas para


vida, autorizadas por la Superin- desarrollar las medidas de identifi-
tendencia Financiera. cación de peligros, evaluación y va-
loración de los riesgos y estableci-
Obligaciones de los empleadores: el miento de controles en los equipos e
empleador dentro del Sistema de Gestión instalaciones.
de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-
SST) en la empresa, está obligado a: 7. Diseñar y desarrollar un plan de tra-
bajo anual para alcanzar cada uno
1. Definir, firmar y divulgar la política de los objetivos propuestos en el Sis-
de Seguridad y Salud en el Trabajo a tema de Gestión de la Seguridad y
través de documento escrito, el em- Salud en el Trabajo (SG-SST).
pleador debe suscribir la política de
seguridad y salud en el trabajo de la 8. Implementar y desarrollar activida-
empresa. des de prevención de accidentes de
trabajo y enfermedades laborales,
2. Asignar, documentar y comunicar así como de promoción de la salud
las responsabilidades específicas en en el Sistema de Gestión de la Segu-
seguridad y salud en el trabajo (SST) ridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
a todos los niveles de la organiza-
ción, incluida la alta dirección. 9. Adoptar las medidas que garanticen
la participación de todos los traba-
3. Rendir cuentas internamente en re- jadores y sus representantes ante el
lación con su desempeño, a través Comité Paritario o Vigía de Seguri-
de medios escritos, electrónicos o dad y Salud en el Trabajo.
verbales. Como mínimo anualmen-
te. 10. Garantizar la disponibilidad de per-
sonal responsable de la seguridad y
4. Definir y asignar los recursos finan- la salud en el trabajo, quienes debe-
cieros, técnicos y el personal necesa- rán:
rio para el diseño, implementación,
revisión evaluación y mejora de las • Planear, organizar, dirigir, de-
medidas de prevención y control, sarrollar y aplicar el Sistema de
para la gestión eficaz de los peligros Gestión de la Seguridad y Salud
y riesgos en el lugar de trabajo. en el Trabajo SG-SST, y como mí-
nimo una (1) vez al año, realizar
5. Garantizar el cumplimiento de la su evaluación;
normatividad nacional vigente en
materia de seguridad y salud en el • Informar a la alta dirección sobre
trabajo, en armonía con los están- el funcionamiento y los resulta-
dos del Sistema de Gestión de la tener actualizada la información so-
Seguridad y Salud en el Trabajo bre su domicilio, teléfono y demás
SG-SST; datos que sirvan para efectuar las
visitas de reconocimiento.
• Promover la participación de to-
dos los miembros de la empresa 7. Los pensionados por invalidez por
en la implementación del Siste- riesgos profesionales, deberán infor-
ma de Gestión de la Seguridad y mar a la entidad administradora de
Salud en el Trabajo SG-SST. riesgos profesionales correspondien-
te, del momento en el cual desapa-
11. Involucrar los aspectos de Seguridad rezca o se modifique la causa por la
y Salud en el Trabajo, al conjunto de cual se otorgó la pensión.
sistemas de gestión, procesos, pro-
cedimientos y decisiones en la em- Servicios de promoción y prevención:
presa. las Entidades Administradoras de Riesgos
Laborales deben realizar como actividades
Deberes del trabajador: el trabajador mínimas de promoción y prevención del
debe cumplir con las normas del Sistema SGRL, las siguientes:
General de Riesgos Laborales, como son:
1. Actividades básicas programadas
1. Procurar el cuidado integral de su y evaluadas conforme a los indica-
salud. dores de riesgos laborales para las
empresas, correspondiente al cinco
2. Suministrar información clara, veraz por ciento (5%) del total de la co-
y completa sobre su estado de salud. tización, como mínimo serán las si-
guientes:
3. Colaborar y velar por el cumplimien-
to de las obligaciones contraídas por • Programas, campañas y acciones
los empleadores. de educación y prevención dirigi-
das a garantizar que sus empre-
4. Cumplir las normas del Sistema de sas afiliadas conozcan, cumplan
Gestión de la Seguridad y Salud en el las normas y reglamentos técni-
Trabajo SG-SST de la empresa y asis- cos en salud ocupacional, expedi-
tir periódicamente a los programas dos por el Ministerio de Trabajo.
de promoción y prevención adelan-
tados por las Administradoras de • Programas, campañas y acciones
Riesgos Laborales. de educación y prevención, dirigi-
das a garantizar que sus empre-
5. Participar en la prevención de los sas afiliadas cumplan con el de-
riesgos profesionales a través de los sarrollo del nivel básico del plan
comités paritarios de salud ocupa- de trabajo anual de su Programa
cional. de Salud Ocupacional.

6. Los pensionados por invalidez por • Asesoría técnica básica para el


riesgos profesionales, deberán man- diseño del Programa de Salud

Legislación laboral - eje 4 Propongamos 15


Ocupacional y el plan de trabajo evaluación y formulación de ajus-
anual de todas las empresas. tes al plan de trabajo anual de las
empresas. Los dos objetivos prin-
• Capacitación básica para el mon- cipales de esta obligación son:
taje de la brigada de emergen- el monitoreo permanente de las
cias, primeros auxilios y sistema condiciones de trabajo y salud, y
de calidad en salud ocupacional. el control efectivo del riesgo.

• Capacitación a los miembros del • Las administradoras de ries-


comité paritario de salud ocupa- gos laborales deben desarrollar
cional en aquellas empresas con programas, campañas, crear o
un número mayor de 10 trabaja- implementar mecanismos y ac-
dores, o a los vigías ocupaciona- ciones para prevenir los daños se-
les, quienes cumplen las mismas cundarios y secuelas en caso de
funciones de salud ocupacional, incapacidad permanente parcial
en las empresas con un número e invalidez, para lograr la rehabi-
menor de 10 trabajadores. litación integral, procesos de re-
adaptación y reubicación laboral.
• Fomento de estilos de trabajo y
de vida saludables, de acuerdo • Diseño y asesoría en la imple-
con los perfiles epidemiológicos mentación de áreas, puestos de
de las empresas. trabajo, maquinarias, equipos y
herramientas para los procesos
• Investigación de los accidentes de de reinserción laboral, con el ob-
trabajo y enfermedades laborales jeto de intervenir y evitar los ac-
que presenten los trabajadores cidentes de trabajo y enfermeda-
de sus empresas afiliadas. des laborales.

2. Del noventa y dos por ciento (92%) • Suministrar asesoría técnica para
del total de la cotización, la Entidad la realización de estudios evalua-
Administradora de Riesgos Labora- tivos de higiene ocupacional o
les destinará como mínimo el diez industrial, diseño e instalación de
por ciento (10%) para lo siguiente: métodos de control de ingeniería,
según el grado de riesgo, para re-
• Desarrollo de programas regulares ducir la exposición de los trabaja-
de prevención y control de riesgos dores a niveles permisibles.
laborales y de rehabilitación inte-
gral en las empresas afiliadas. Hasta el tres (3%) del total de la cotiza-
ción se destinará para el Fondo de Riesgos
• Apoyo, asesoría y desarrollo de Laborales. El Gobierno Nacional a través
campañas en sus empresas afi- de los Ministerio de Hacienda y Crédito Pú-
liadas para el desarrollo de activi- blico, Trabajo, Salud y Protección, fijará el
dades para el control de los ries- monto correspondiente previo estudio téc-
gos, el desarrollo de los sistemas nico y financiero que sustente dicha varia-
de vigilancia epidemiológica y la ción.
Afiliados al SGRL: de acuerdo con el ar- • Los trabajadores independientes
tículo 2º de la Ley 1562 de 2012, son afiliados que laboren en actividades cata-
al Sistema General de Riesgos Laborales: logadas por el Ministerio de Tra-
bajo como de alto riesgo. El pago
1. En forma obligatoria: de esta afiliación será por cuenta
del contratante.
• Los trabajadores dependientes
nacionales o extranjeros, vincula- • Los miembros de las agremiacio-
dos mediante contrato de traba- nes o asociaciones cuyos traba-
jo escrito o verbal y los servidores jos signifiquen fuente de ingreso
públicos; las personas vinculadas para la institución.
a través de un contrato formal de
prestación de servicios con enti- • Los miembros activos del Subsis-
dades o instituciones públicas o tema Nacional de primera res-
privadas, tales como, contratos puesta y el pago de la afiliación
civiles, comerciales o administra- será a cargo del Ministerio del In-
tivos, con una duración superior a terior.
un mes y con precisión de las si-
tuaciones de tiempo, modo y lu- 2. En forma voluntaria: los trabajado-
gar en que se realiza dicha pres- res independientes y los informales,
tación. diferentes de los establecidos en el
numeral anterior, siempre y cuando
• Las Cooperativas y Pre coope- coticen también al régimen contri-
rativas de Trabajo Asociado son butivo en salud y según el tipo de
responsables del proceso de afi- riesgo laboral al que está expuesta
liación y pago de los aportes de esta población.
los trabajadores asociados.
Vinculación al SGRL: el empleador una
• Los jubilados o pensionados, que vez selecciona la entidad administradora
se reincorporen a la fuerza laboral adelanta la vinculación con la entidad res-
como trabajadores dependien- pectiva, a través del diligenciamiento de
tes, vinculados mediante contra- un formulario. Una vez vinculado y durante
to de trabajo o como servidores la relación laboral, los empleadores tienen
públicos. la obligación de cotizar al Sistema General
de Riesgos Laborales.
• Los estudiantes de todos los ni-
veles académicos de institucio- Efectos de la afiliación: la afiliación a
nes educativas públicas o priva- la entidad administradora produce efectos
das que deban ejecutar trabajos al día siguiente de aquel en que el formu-
que signifiquen fuente de ingreso lario ha sido recibido por la entidad res-
para la respectiva institución o pectiva.
cuyo entrenamiento o actividad
formativa es requisito para la cul- Efectos de la mora en las cotizacio-
minación de sus estudios, e invo- nes: el no pago de dos (2) períodos con-
lucra un riesgo ocupacional. secutivos de las cotizaciones da lugar a la

Legislación laboral - eje 4 Propongamos 17


suspensión de la afiliación por parte de la Honorarios Juntas Regional y Nacio-
administradora de riesgos laborales. nal de Calificación de Invalidez: los ho-
norarios que se deben cancelar a la Jun-
La comunicación enviada por la entidad ta Regional y Nacional de Calificación de
administradora de riesgos laborales a tra- Invalidez, de manera anticipada, son pa-
vés de correo certificado al afiliado, en un gados por la Administradora del Fondo de
plazo no mayor a un mes, constituye en Pensiones en caso de que la calificación
mora al afiliado. de origen en primera oportunidad sea co-
mún. Si la calificación de origen es laboral,
¿Los empleadores pueden cambiar en primera oportunidad el pago debe ser
de entidad administradora de riesgos? cubierto por la Administradora de Riesgos
Pueden trasladarse voluntariamente de Laborales, conforme a la reglamentación
entidad administradora de riesgos labo- que expida el Ministerio de Trabajo.
rales una vez cada año, contado desde la
afiliación inicial o el último traslado. Acto Las juntas perciben los recursos de ma-
seguido, deberán diligenciar el formulario nera anticipada, pero los honorarios de los
y dar aviso a la entidad administradora de integrantes solo serán pagados hasta que
la cual se desafilian, con 30 días de ante- el respectivo dictamen haya sido expedido
lación. y entregado, recursos que deben ser dife-
renciados y plenamente identificables en
Las juntas de calificación de invali- la contabilidad.
dez: las Juntas Regionales y Nacional de
Calificación de Invalidez son: organismos Monto de cotización al SGRL: los
del Sistema de la Seguridad Social del or- aportes al sistema de riesgos laborales se
den nacional, de creación legal, adscritas realizan exclusivamente por el empleador
al Ministerio de Trabajo, con personería y varía según la clasificación del riesgo.
jurídica, de derecho privado, sin ánimo de
lucro, de carácter interdisciplinario, sujetas Por medio del Decreto 1772 de 1994, se
a revisoría fiscal, con autonomía técnica y reglamenta la afiliación y las cotizaciones
científica en los dictámenes periciales. Cu- al Sistema General de Riesgos Profesiona-
yas decisiones son de carácter obligatorio, les y se dispone: que la cotización que co-
sin perjuicio de la segunda instancia que rresponde a los trabajadores dependientes
corresponde a la Junta Nacional de Califi- del sector privado se calculará con base en
cación de Invalidez (para el caso de la Jun- el salario mensual devengado. Por el con-
ta Regional). trario, los empleados del sector público co-
tizarán sobre los salarios de sus servidores.
El Ministerio del Trabajo se encarga
de: la integración, administración ope- Igual que para el Sistema General de
rativa y financiera; la expedición de dic- pensiones, la base de cotización estará
támenes; el funcionamiento, inspección, limitada a veinticinco (25) salarios míni-
vigilancia y control; la regionalización del mos. En el salario integral se calculará so-
país para los efectos de funcionamiento bre el 70%.
de las Juntas; escala de honorarios a sus
integrantes; procedimientos operativos; y El monto de las cotizaciones a cargo de
recursos de reposición y apelación. los empleadores, para el caso de los traba-
jadores vinculados mediante contratos de trabajo o como servidores públicos, no podrá
ser inferior al 0.348% ni superior al 8.7% del Ingreso Base de Cotización (IBC) de los
trabajadores y su pago estará a cargo del respectivo empleador.

Para esquematizar el rango de Cotizaciones Mínimas y Máximas se adoptó la siguien-


te tabla de cotizaciones para cada clase de riesgo:

Tabla de cotizaciones mínimas y máximas


Clase de riesgo Valor mínimo Valor inicial Valor máximo

I 0.348% 0.522% 0.696%

II 0.435% 1.044% 1.653%

III 0.783% 2.436% 4.089%

IV 1.740% 4.350% 6.960%

V 3.219% 6.960% 8.700%

Cuadro 1. Tabla de cotizaciones mínimas y máximas


Fuente: Propia.

Video

Ministerio del Trabajo. [Mintrabajo col]. (2012, septiembre 6).


Nueva Ley de riesgos laborales.
Recuperado de https://youtu.be/6fS8-zfsWrg

Legislación laboral - eje 4 Propongamos 19


Lectura complemen taria

Título 4º del Decreto 1072 de 2015


Alcaldía de Bogotá.

Ley 1562 de 2012


Alcaldía de Bogotá.

En suma, concluimos con la pregunta abordada en el eje, ¿cuáles son los derechos
que tiene la trabajadora y el trabajador frente a situaciones de embarazo y riesgo labo-
ral? Para finalizar, le invitamos a realizar la actividad final Taller de manera colaborativa,
correspondiente a este referente.

Legislación laboral - eje 4 Propongamos 20


Congreso de la República de Colombia. (1993). Ley Nº 100.

Congreso de la República de Colombia. (2017). Ley Nº 1822.


BIBLIOGRAFÍA

Congreso de la República de Colombia. (2017). Ley Nº 1823.

Congreso de la República de Colombia. (2012). Ley Nº 1562

Corte Constitucional. (2013) SU-070 de 2013..

Legis. (2017). Cartilla Laboral.

Legis. (2017). Cartilla de Seguridad social y pensiones.

Legis. (2017). Código Sustantivo del Trabajo y Código Procesal del Trabajo y
de la Seguridad Social.

Obando, J. (2016). Derecho Laboral. Bogotá, Colombia: Temis.

Presidencia de la República de Colombia. (2015). Decreto Ley Nº 1072.

Presidencia de la República de Colombia. (2015). Decreto Ley Nº 1295.

Presidencia de la República de Colombia. (2015). Decreto Ley Nº 2353.

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