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Iva Impuesto Al Valor Agregado
Iva Impuesto Al Valor Agregado
Iva Impuesto Al Valor Agregado
CONCEPTO
Según la Ley de Impuesto al Valor Agregado en su
artículo 1 señala: "Se crea un impuesto al
valor agregado, que grava la enajenación de bienes
muebles, la prestación de servicios y la
importación de bienes, según se especifica en esta
Ley, aplicable en todo el territorio nacional, que deberán
pagar las personas naturales o jurídicas, las comunidades,
las sociedades irregulares o de hecho, los consorcios y
demás entes jurídicos o económicos,
públicos o privados, que en su condición de
importadores de bienes, habituales o no, de fabricantes,
productores, ensambladores, comerciantes y prestadores de
servicios independientes, realicen las actividades definidas como
hechos imponibles en esta Ley".
ESTRUCTURA
Clasificación de los
Contribuyentes:
Inscribirse en los registros
correspondientes.
Obligación de llevar libros.
Conservar Documentos.
b) Las personas
jurídicas, que obtengan ingresos brutos iguales o
superiores al equivalente de treinta mil unidades Tributarias
(30.000 U.T.) anuales o que efectúen ventas o prestaciones
de servicios por montos Iguales o superiores al equivalente de
dos mil quinientas unidades tributarias (2.500 U. T.)
mensuales.
c) Los entes
públicos nacionales, estadales y municipales, los
institutos autónomos y demás entes descentralizados
de la República, de los Estados y de los Municipios, con
domicilio distinto de la Región Capital, que actúen
Exclusivamente en calidad de agentes de retención de
tributos.
d) Los
contribuyentes que realicen operaciones aduaneras de
exportación.
Presentar la información contenida en la
Relación de compras y de ventas, a solicitud de la
Administración Tributaria.
Presentar declaración informativa por cada
trimestre del año civil, o semestre, según su
condición, a través la Forma 30, dentro de los
quince (15) días continuos siguientes al
período.
En efecto, la Administración Tributaria ha
designado los siguientes agentes de percepción:
Fabricantes o productores de
fósforos
5. La exportación de servicios
En la importación de bienes
En la prestación de servicios
c) Las Sociedades Cooperativas.
Las exenciones:
IMPORTACIONES TRANSFERENCIAS DE SERVICIOS
BIENES
1. 1. 1. El servicio
Las importaciones de Los alimentos y productos pa de transporte terrestr
los bienes y ra consumo e,
servicios humano que se mencionan acuático y aéreo
mencionados en a continuación: harina, nacional de
toda la columna de pan, pasajeros.
la trasferencia de huevos, pastas, atún,
bienes sardinas, leche pasteurizada
y el numeral 4 de la y
columna de en polvo,
servicios. carnes, animales vivos
destinados al matadero,
ganado bovino, caprino,
ovino, porcino, mortadela,
salchicha, agua, café,
margarina y mantequilla,
queso blanco, aceites, entre
otros.
Las exoneraciones:
3. No presentar declaraciones
5. Período de Imposición
a) Error de menos en la
facturación.
b) Intereses.
c) Gastos por fletes.
a) Error de más en la
facturación.
b) Otorgamiento de bonificaciones o
descuentos.
c) Devolución de
mercaderías.
Información que debe contener una factura
emitida sobre Formatos o Formas Libres:
10. Indicación del valor total de la 10. Indicación del valor total de la
venta de los bienes o de la venta de los bienes o de la
prestación del servicio prestación del servicio
o de la suma de ambos, si o de la suma de ambos, si
corresponde. corresponde.