Government">
Resolucion #890-2022-R Equipo de Trabajo Unprg
Resolucion #890-2022-R Equipo de Trabajo Unprg
Resolucion #890-2022-R Equipo de Trabajo Unprg
RECTORADO
RESOLUCIÓN N° 890-2022-R
Lambayeque, 19 de setiembre del 2022
VISTO:
El Oficio N° 365-2022-OPP, elevado por el Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto,
solicitando aprobar la conformació n del equipo de trabajo para la actualizació n del Texto Unico de
Procedimientos Administrativos - TUPA, a través del Sistema Unico de Tramite — SUT y Oficio N° 026-
2022-Uf4-OPP-UNPRG, mediante el cual la jefa (e) de la Unidad de Modernización solicita tramitar
resolución de equipo de trabajo para la actualizació n del Texto Ú nico de Procedimientos Administrativos
- TUPA 2022 (Expediente N° 3963-2022-SG).
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 18º de la Constitució n Política del Perú señ ala que cada universidad es autónoma
en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; y que las universidades
se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes.
Que, el artículo 8º de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, y el artículo 9º del Estatuto de la
Universidad señ alan que el Estado reconoce la autonomía universitaria, la misma que es inherente a las
universidades y se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitució n, la Iey universitaria y las
demá s normas aplicables.
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1203, se crea el Sistema Ú nico de Trámites - SUT como
herramienta informática para la elaboración, simplificació n y estandarizació n del Texto Ú nico de
Procedimientó s Administrativos (TUPA), así como el repositorio oficial de los procedimientos
administrativos y servicios prestados en exclusividad de las entidades de la administració n pú blica.
Que, el artículo 2º, de citado Decreto Legislativo, indica que el SUT es administrado por la
Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gestió n Pú blica, como ente rector del
Sistema de Modernizació n de la Gestión Pú blica; y, segú n el artículo 9” de la misma norma, señ ala que
el registro y actualizació n de la informació n en el Sistema ú nico de Trámites es obligatorio cumpliendo
para cada una de las entidades de la administración pú blica.
Que, mediante Decreto Supremo N° 03J-2018-PCM, se aprobó el Reglamento del Decreto
Legislativo° NO 1203, Decreto Legislativo que crea el SUT y establece las disposiciones para el desarrollo,
registro, Inte9ración y optimización del proceso de elaboración, aprobación y publicación de los TUPA a
través del SUT.
Que, el numeral 8.1 del artículo 8” de citado Reglamento dispone que las entidades de la
administración pú blica, mediante resolució n se designa al Responsable de la Administración de Usuarios
para acceder al SUIT.
Que, segú n el numeral 8.3 del artículo 8” de referido Reglamento, el Responsable de la
Administración de usuarios administra las cuentas de usuarios de acuerdo a los perfiles o roles asignados
para el ingreso de información al SUT, siendo responsable de su correcto funcionamiento y el
cumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento.
Que, mediante Resolución de Secretaria de Gestió n Pú blica N° 006-2021 -PCN/SGP de fecha 21
de mayo de 202t, se prorrogan plazo a diversas entidades que se refiere la Resolució n de Secretaría de
Gestió n Pú blica N° 002-2019-PCN-SGP para la adecuació n al nuevo formato del TUPA, y dictan otras
disposiciones; en donde resuelven en su primer artículo la prórroga de plazos para la adecuación al nuevo
formato del Texto Ú nico de Procedimientos Administrativos — TUPA, entre ellas, las Universidades
Pú blicas, que se encuentran previstas en el artículo 3º de la Resolución de Secretaría de Gestió n Pú blica
UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO
RECTORADO
RESOLUCIÓN N° 890-2022-R
Lambayeque, 19 de setiembre del 2022
P$¢. 2
UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO
RECTORADO
RESOLUCIÓN N° 890-2022-R
Lambayeque, 19 de setiembre del 2022
ADM