Business">
2017 09 Auditoria SGSST
2017 09 Auditoria SGSST
2017 09 Auditoria SGSST
AUDITORIA ANUAL
Auditoría
Fecha
Día Mes Año
30 11 2023
AUDITORIA SG – SST.
Representante de la Auditoria:
Auditor Líder:
Equipo Auditor: Ana Elizabeth Gámez
Andrea Isabel molina
Alexander Javier zapata
Objetivo General: Seguimiento al proceso de implementación del
Sistema de Gestión de Seguridad y Salud
en el Trabajo.
Alcance: Comprende verificación documental de los
registros mínimos requeridos por el Decreto 1072
de 2015 y los establecidos por la resolución 0312
de 2019 la Entidad en sus procesos internos.
Fecha de apertura: 20 de noviembre de 2023
Fecha de cierre: 20 de diciembre de 2023
Aspectos Generales:
INTRODUCCIÓN:
Comprende verificación documental de los registros mínimos requeridos por el Decreto 1072
de 2015 y los establecidos por la Entidad en sus procesos internos. El presente informe es el
resultado de la auditoría practicada en desarrollo del Plan de Acción 2023 de la Oficina de
Auditoría Interna, al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, la adopción del
sistema para la distribuidora filetes de calidad mediante el Decreto 1072 de 2015, la actividad
auditora se desarrolló con énfasis al COPASST entendido como el organismo encargado de la
promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de seguridad y salud en el trabajo, a
través de actividades de promoción, información y divulgación, debe garantizar que los
riesgos de enfermedad y accidente derivados del trabajo se reduzcan al mínimo. Está
regido por el Decreto 614 de 1984, Resolución 1016 de 1989, Decreto-Ley
1295 de 1994, Ley 1562 de 2012 y Decreto 1443 de 2014. Es importante dejar constancia que
el Ministerio del Trabajo mediante la Resolución 0312 del 2019, definió los estándares
mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo para empleadores y
contratantes.
DISTRIBUIDORA FILETES DE CALIDAD
SG-SST - SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
AUDITORIA ANUAL
La organización debe tener formulada una política y unos objetivos de SG-SST y evidenciar
que los cumple.
Deben estar formulados los indicadores de estructura, proceso y resultado del SG- SST.
La alta dirección debe hacer una evaluación anual del SG-SST y comunicar sus resultados al
COPASST y/o al Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo. Adicionalmente, debe formular
medidas preventivas, correctivas y de mejora.
La organización debe planificar el procedimiento de auditoría de cumplimiento, con la
participación del COPASST, o el Vigía de Seguridad y Salud en el Trabajo. Debe aportar el
documento de planeación que evidencie la participación, así como el resultado de la
auditoría. Se verificará si fueron auditados, al menos una vez al año, todos los componentes
del SG-SST.
Dentro de la Planeación de la Auditoría se tuvieron en cuenta, la normatividad legal vigente,
la información suministrada por la dependencia de Gestión Humana, responsable de liderar
el proceso de seguridad y salud en el trabajo dentro de la Entidad, se realizan verificaciones
haciendo uso de herramientas de auditoría de general aceptación.
Aspectos Preliminares
Criterios de la Auditoría:
Normativos: Decreto 1072 de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Único
Reglamentario del Sector Trabajo, Resolución Min trabajo 2013 de 1986 por la cual se
reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de medicina, higiene y
seguridad industrial en los lugares de trabajo (actualmente comité paritario de Seguridad y
Salud en el Trabajo), Resolución 1016 de 1989 organización, funcionamiento y forma de
los programas de seguridad y salud en el trabajo en el país, Resolución 2400 de 1979
disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo,
Resolución 652 de 2012
DISTRIBUIDORA FILETES DE CALIDAD
SG-SST - SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
AUDITORIA ANUAL
Procedimiento:
Ejecución:
AUDITORIA ANUAL
El Decreto 1072 de 2015 del Ministerio del Trabajo, por medio del cual se expidió el Decreto
Único Reglamentario del Sector Trabajo, en el Capítulo 6 Artículo 2.2.4.6.1, establece que el
SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL
TRABAJO SG–SST debe ser aplicado por todos los empleadores públicos y privados, adaptado
al tamaño y características de las empresas.
1.2. Evidencias:
AUDITORIA ANUAL
Es importante tener en cuenta que el Decreto 1072 de 2015, entra en vigencia a partir de su
publicación en el Diario Oficial el 26 de mayo de 2015, el Decreto 052 del 12 de Enero de
2017 modificó el artículo 2.2.4.6.37 del Decreto 1072 de 2015. Modifíquese “Decreto Único
Reglamentario del Sector Trabajo,” estableciendo lo siguiente: "Artículo 2.2.4.6.37.
Transición. Todos los empleadores públicos y privados, resolución 0312 de 2019 definió los
estándares mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo para
empleadores y contratantes.
los contratantes de personal bajo cualquier modalidad de contrato civil, comercial o
administrativo, organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, así como las
empresas de servicios temporales, deberán sustituir el Programa de Salud Ocupacional por el
Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), a partir del 1º de Junio
de 2023 y en dicha fecha, se debe dar inicio a la ejecución de manera progresiva, paulatina y
sistemática de las siguientes fases de implementación:
El sistema de Gestión de Salud y seguridad para el trabajo, por lo tanto, se considera que
es específica para la Entidad y apropiada para la naturaleza de los peligros, la evaluación
de los riesgos de SST y el tamaño de la organización.
AUDITORIA ANUAL
se encontró evidencia que ésta política haya sido difundida a subcontratistas, proveedores
y clientes.
Las horas extras laboradas (personal de conductores) se encuentra dentro del máximo
establecido por la ley.
La Oficina de Gestión Humana realiza compensatorios por el tiempo extra laborado al
personal de planta.
El salario mínimo pagado en la Entidad es superior al salario mensual legal vigente y
el auxilio de transporte a quienes por ley les corresponda.
La nómina del personal vinculado a la planta de personal corresponde a la estructura
definida en los acuerdos y actos administrativos metropolitanos correspondientes.
La nómina se paga de acuerdo a la escala salarial definida en los acuerdos y actos
administrativos metropolitanos respectivos.
AUDITORIA ANUAL
Se paga sobre el salario real y dentro de los plazos legales establecidos, días 15 y 30
de cada mes a más tardar.
Prima de Navidad: Equivalente a un (1) mes de sueldo por haber prestado sus servicios
durante los doce (12) meses del año, pagadero la primera quincena del mes de diciembre.
En caso de desvinculación en el transcurso del año, la liquidación definitiva de las
prestaciones sociales se pagará en forma proporcional a razón de una doceava parte de la
prima por mes completo de servicio.
Prima de Vacaciones: Equivalente a veinte (20) días de salario, la cual se paga
inmediatamente
Prima de Servicios: Equivalente a quince (15) días de salario por año de servicio prestado
del 1 de julio al 30 de junio del año siguiente, se causa el 30 de junio de cada año y se
paga la primera quincena del mes de julio.
Cesantías: Equivalente a un (1) mes de salario por cada año de. servicio y proporcional
por fracción, las cuales se pagan conforme corresponde al respectivo régimen, retroactivo
o anualizado. En el caso de régimen anualizado de cesantías, se reconoce el interés
equivalente al 1% mensual, pagaderos en la última nómina del mes de enero.
Aguinaldo: Equivalente al cincuenta por ciento (50%) del salario básico, siempre y
cuando se encuentre vinculado a noviembre 30 de cada año, y acredite mínimo treinta días
de vinculación laboral. Se paga la primera quincena del mes de diciembre.
Auxilio de Transporte: Equivalente a seis (6) pesos por día.
Prima de Matrimonio: Equivalente a cinco (5) días de salario mínimo de la, Entidad, al
empleado que contraiga matrimonio.
Prima de Maternidad: Equivalente a cinco (5) días de salario mínimo de la Entidad, se
paga a solicitud de la servidora aportando el registro civil de nacimiento del hijo (a).
AUDITORIA ANUAL
1. Riesgos Físicos
2. Riesgo Ergonómico
3. Riego Químico
4. Riesgo Fisicoquímico
5. Riesgo Biológico
6. Riesgo por condiciones de seguridad
7. Riesgo por tareas de alto riesgo
8. Factores de riesgo eléctrico
9. Factores de riesgo psicolaboral (organizativas y humanas)
10. Factores por riesgo por riesgo público
11. Factores de riesgo por riesgos naturales
Verificaciones:
AUDITORIA ANUAL
COPASST, a donde los asistentes evidenciaron con preocupación la falta de avances en los
planes de emergencia de la Entidad, dentro del análisis, Gestión Humana a través de su Líder
expresa la falta de compromiso del personal con las actividades programadas debido a la falta
de tiempo por las actividades laborales precisa que la responsabilidad del plan de emergencias
es de la Entidad y la ARL SURA solo apoya con asesores. Los integrantes del COPASST
manifiestan su preocupación por la seguridad en el trabajo y el cumplimiento de la
normatividad vigente por parte de la ARL. La unidad de riesgos a través de su representante
en la reunión puntualiza preocupaciones comunes de los líderes de aéreas respecto a:
AUDITORIA ANUAL
El ministerio del trabajo y seguridad social mediante las Resoluciones Nº652 y Nº1356 de
2012 y otras normas que regulan los factores psicosociales y de acoso laboral en el trabajo
determinan que “el empleador designará directamente a sus representantes y los trabajadores
elegirán los suyos a través de votación secreta que represente la expresión libre, espontánea
y auténtica de todos los trabajadores, y mediante escrutinio público, cuyo procedimiento
deberá ser adoptado por cada empresa o entidad pública, e incluirse en la respectiva
Convocatoria de la elección. Asignación y Comunicación de Responsabilidades:
Recurso Humano:
AUDITORIA ANUAL
4.4. Documentación:
5. Aplicación:
La Entidad realiza exámenes periódicos a los funcionarios que realizan cursos de altura y
a los aspirantes a teletrabajo.
AUDITORIA ANUAL
Las instalaciones de la empresa son construcciones seguras, firmes, con los espacios
adecuados para la realización de las actividades laborales, de acuerdo a lo establecido en
la Resolución Nº2400 de 1979. Se cuentan con inspecciones a nivel general de cada una
de las sedes, se envía "INFORME Y SEGUIMIENTO DE INSPECCIONES" e
"INSPECCIÓN DE HIGIENE Y SEGURIDAD
INDUSTRIAL", se documentan contractualmente el mantenimiento preventivo de
maquinaria y equipos, en la distribuidora filetes de calidad
DISTRIBUIDORA FILETES DE CALIDAD
SG-SST - SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
AUDITORIA ANUAL
7.3. Simulacros
AUDITORIA ANUAL
Se pudo establecer el registro de eventos que obligaron a activar los planes de emergencia
tales como: Amenaza de explosivos y accidentes en las piscinas, que en el concepto del
personal fueron sorteadas con éxito, no obstante, esta situación obliga a reiterar pedidos en
informes de auditorías anteriores, tales como:
DISTRIBUIDORA FILETES DE CALIDAD
SG-SST - SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
AUDITORIA ANUAL
Conclusiones:
3. El Decreto No. 052 del 12 de Enero de 2017, amplió el plazo para que todos los
empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo cualquier modalidad
de contrato civil, comercial o administrativo, organizaciones de economía solidaria y del
sector cooperativo, así como las empresas de servicios temporales, deberán sustituir el
Programa de Salud Ocupacional por el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el
DISTRIBUIDORA FILETES DE CALIDAD
SG-SST - SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
AUDITORIA ANUAL
Trabajo (SG – SST), a partir del 1 de Junio de 2023, según lo estableció el Decreto 1072
de 2015. Por lo tanto, se recomienda capacitar a los supervisores de los convenios y
contratos para que verifiquen en el seguimiento de la ejecución contractual, el
cumplimiento de lo normado.
4. El Artículo 1° del Decreto 1072 de 2015 “Reglamentario único del Sector Trabajo”,
modificado por el Decreto 52 del 12 de enero de 2023, el cual quedará así: “Artículo
2.2.4.6.37. Transición. Todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de
personal bajo cualquier modalidad de contrato civil, comercial o administrativo,
organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, así como las empresas de
servicios temporales, deberán sustituir el Programa de Salud Ocupacional por el Sistema
de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), a partir del 1° de Junio de
2023y en dicha fecha se debe dar inicio a la ejecución de manera progresiva, paulatina y
sistemática de las siguientes fases de implementación: …” Se recomienda tener en cuenta
además de enunciar los factores de riesgos.
5. En materia de señalización es urgente definir (rediseñar) los puntos de encuentro tanto en
la sede administrativa y en todas las áreas de la distribuidora filetes de calidad
FIRMAS
AUDITORIA ANUAL
XXXXXXXXXXXXXXX Auditor
Asesor jurídico