Government">
Estado de Derecho
Estado de Derecho
Estado de Derecho
Política y sociedad
ESTADO DE DERECHO
#VOTAINFORMADO
1
Díaz de Valdés, José. ¿Nueva Constitución o reforma? Nuestra propuesta:
evolución constitucional. Thomson Reuters, 2014.
²Verdú, Pablo L. Citado en Verdugo, Mario y García, Ana María. Manual de
Derecho Político. Las fuerzas políticas y los regímenes políticos. Editorial
Jurídica. de Chile, 2011, p. 116.
2
absolutas, en que el Derecho era sinónimo de 2. ¿Qué es el Estado de Derecho?
ley, ley que era dictada por el mismo monarca, Como integración de dos conceptos, Estado
quien además estaba dotado de la potestad de y Derecho, supone un límite al ejercicio tanto
aplicación de la norma creada por él mismo, del poder estatal, como también un límite al
que no quedaba sometido a dicha ley. Más que ejercicio de la libertad de las personas.
personas-ciudadanos, se trataba de sujetos-
súbditos, carentes de derechos, libertades y En ese sentido, en términos generales
garantías. podríamos plantear que el Estado de Derecho
es aquella forma de organización del poder
En segundo lugar, y en contraposición a lo político sometida a un conjunto no solo de
que ya hemos señalado, el Derecho puede leyes o normas, sino que también de valores
ser entendido como una herramienta de y principios que conforman el ordenamiento
liberación, que tiene por objeto controlar o jurídico, al que deben sujetarse las personas y el
poner un límite al poder político ejercido por Estado.
el gobernante, constituyéndose como una
herramienta de garantía y de respeto para los En otras palabras, es aquel principio político que
derechos y libertades de las personas. Busca, supone una limitación no sólo a la actuación de
en este sentido, en primer y último término ser los órganos del Estado, sino que también a la
un límite del poder político. actuación de las personas, que se encuentran
sujetas a las mismas reglas jurídicas que
Así ya lo manifestaba F.A. Hayek en su los gobernantes, y que les son igualmente
trilogía Derecho, Legislación y Libertad, aplicables.
en que expresaba la idea de que la libertad
individual de las personas “requiere que toda
fuente de autoridad se vea limitada por
principios inamovibles, de carácter general, y
compartidos por las gentes”³.
Dicha “fórmula” en razón de la que podemos B.- Así mismo, si intenta quebrantarse
identificar el problema se encuentra el Estado de Derecho por medio de una
compuesta por, a lo menos, los siguientes vulneración al principio de legalidad y/o
elementos: i) principio amenazado, ii) fuente juridicidad que lo integra, cuya potencial
de la amenaza, iii) herramienta de control, y fuente de amenaza se encuentra radicada en
iv) Consecuencia. los órganos de la administración del Estado¹⁸,
entonces la función de resguardo se radica en
A.- Adelantamos que el principio de la Contraloría General de la República.
supremacía constitucional es constantemente
amenazado, y para ello la Constitución Se ha otorgado a la Contraloría la función
misma se dota de mecanismos ordinarios de velar por “la legalidad de los actos de la
y extraordinarios para su protección: los administración (del Estado)”19. Sin embargo, se
controles de constitucionalidad y la reforma ha señalado que dicho control de legalidad ha
constitucional, respectivamente¹⁴. ido evolucionando en el sentido de que ya no
solo verifica la legalidad del acto, sino que, en
Si el Estado de Derecho intenta quebrantarse general, verifica la juridicidad del mismo, en
por medio de una vulneración del principio cuanto se pretende que el acto administrativo
de supremacía constitucional, respecto dictado por un órgano de la administración
del cual cuya fuente potencial de amenaza esté conforme no sólo al texto legal, sino
radica tanto en el poder legislativo (Congreso que también haya sido dictado conforme a
Nacional) como en el poder ejecutivo los principios que forman parte del sistema
(Presidente de la República), entonces la jurídico²⁰.
función de resguardo se radica en el Tribunal
Constitucional, por medio de los siguientes Esta idea se ve materializada, por ejemplo, en
mecanismos: control preventivo y represivo que se otorga al mismo Contralor la potestad
de constitucionalidad¹⁵, tanto de leyes de representar (o rechazar, no dar curso, no
dictadas por el Congreso Nacional, como de tomar razón de) aquellos Decretos con Fuerza
Decretos con Fuerza de Ley dictados por el de Ley, dictados por el presidente, que sean
Presidente, según sea el caso. contrarios a la Constitución, y no solo a la ley.
En este sentido, en la potestad del Contralor
La consecuencia, en este caso, sería la General otorgada por la Constitución, se
declaración de inconstitucionalidad de una encuentra la función de resguardo no solo
norma que el Congreso Nacional intenta del principio de legalidad, o bien del principio
aprobar (por medio de un control ex ante, o de juridicidad, sino que consecuencialmente
preventivo de constitucionalidad), o que ya se le otorga la función de resguardo de la
ha sido aprobada (por medio de un control vigencia del Estado de Derecho como pilar
ex post, o represivo de constitucionalidad¹⁶). fundamental de nuestro sistema jurídico –
¹⁶Respecto del control represivo, particularmente por medio de un recurso de
inaplicabilidad por inconstitucionalidad (artículo 93 nº6 de la Constitución), o
bien por una acción de inconstitucionalidad (artículo 93 nº7 de la Constitución).
¹⁷ Artículo 93 nº4 de la Constitución.
¹⁸ Ministerios, Intendencias, Gobernaciones, órganos públicos creados por
ley para el cumplimiento de la función administrativa, Fuerzas Armadas,
Municipalidades, etc. (art. 2º ley 18.575).
¹⁹ Artículo 99 inciso 2º de la Constitución Política.
²⁰Así lo ha afirmado el Tribunal Constitucional en sentencia ROL Nº790,
7 considerando 48º, del año 2007.
político, protegiendo al ciudadano frente al Derecho, sino que es la omisión de sanción que
exorbitante poder de la administración. los organismos encargados están obligados a
aplicar, y que sin embargo no la aplican.
La consecuencia, en este caso, consiste en una
sanción que impone la misma Constitución En este caso es el Poder Judicial el encargado
a aquellos actos que sean dictados con de aplicar sanciones frente al incumplimiento
inobservancia de los requisitos de validez de normas y, en consecuencia, el obligado
impuestos por el ya mencionado artículo 7º a restablecer el Estado de Derecho. De lo
inciso primero del texto constitucional: la contrario se consolidaría la impunidad del
nulidad del acto. Esto último, junto con las quebrantamiento del orden social, lo que
responsabilidades a que dé origen dicho acto, trae aparejado una pérdida de confianza en
que podrían ser de carácter administrativo, el sistema como garante de las libertades y
civil o incluso penal. Y en relación a la derechos de las personas.
función de la Contraloría, la sanción sería
la representación (o rechazo) del acto III. CONCLUSIÓN
administrativo dictado por la autoridad, en
virtud del cual este no surte efecto alguno. En definitiva, el hecho de que el sistema de
normas que nos rige como sociedad obligue
C.- ¿Qué sucede cuando la amenaza al Estado tanto a gobernantes como a gobernados no
de Derecho proviene de un particular? es baladí, tiene magna relevancia, la que se
manifiesta en la necesidad de un correcto
Hemos señalado que una de las consecuencias funcionamiento de los organismos llamados
de vivir en un país que se rige por un Estado a la protección de los principios en que se
de Derecho es que tanto gobernantes como sustenta un Estado de Derecho.
gobernados se encuentran obligados a
respetar el sistema normativo que regula Frente a las acciones que quebrantan o
la convivencia entre las personas. Por ello, intentan quebrantar el Estado de Derecho no
las personas al igual que el Estado, pueden basta solo con el reproche social, sino que se
incurrir en conductas que amenacen el Estado requiere que actúen los mecanismos jurídicos
de Derecho y, eventualmente, quebrantarlo. expresados por medio de sus organismos
correspondientes, en contra de aquellos
Sin embargo, dicho quebrantamiento no se actos de los organismos del Estado o de los
verifica por el solo incumplimiento de normas particulares que amenazan o ponen en peligro
por parte de los particulares, sino que se la vigencia del Estado de Derecho como pilar
verifica, en definitiva, con la falta de sanción fundamental de la sociedad, y como garantía
(o concurrencia de una consecuencia) que que nos permite a todos desarrollar una
corresponda aplicar en contra de dicho convivencia social pacífica.
particular en virtud de la infracción que ha
cometido. Es clave que, frente a cualquier evento,
se mantenga en la carta fundamental
Al final del día, no es solo la acción de las un reconocimiento de los principios que
personas por medio de la comisión de delitos aseguran la vigencia de un Estado respetuoso
la que amenaza o quebranta el Estado de del Derecho.
BIBLIOGRAFÍA
Libros Normas
BERMÚDEZ SOTO, JORGE. Jorge. Derecho Administrativo CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA.
General. 2a. ed. act., Eds. Legal Publishing Chile, 2011.
LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL Nº18.575, DE BASES GENE-
CEA EGAÑA, JOSÉ L. Derecho Constitucional Chileno. 3a. ed. RALES DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.
act. y aum.. ed., Eds. UC, 2015.
GARCÍA PINO, GONZALO y CONTRERAS VASQUEZ, PABLO. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, SENTENCIA ROL Nº790, CON-
Diccionario Constitucional Chileno. Cuadernos del Tribunal SIDERANDO 48º, 2007
Constitucional, número 55, 2014.
Artículos
DELPIAZZO, CARLOS. Vigencia de la enseñanza de Maurice
Hauriou sobre el principio de juridicidad. Revista Ius Publicum
N°40/2018, Universidad Santo Tomás.