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Convenio - Practicas - Preprofesionales CHACHAYMA QUISPE, Rebeca

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CONVENIO DE PRÁCTICAS PREPROFESIONALES

Conste por el presente documento que se firma por cuadruplicado, el Convenio de Práctica Pre profesional, que
celebran por parte el Instituto de Educación Superior Pedagógico Privado “Cuna de la Libertad Americana” de
Ayacucho, con código modular N° 1140144, que en adelante se le denominará EL INSTITUTO, debidamente
representado por su Director General Dr. Yoni Ayala Gutiérrez, identificado con el DNI: 28229884, con domicilio legal
en el Jirón Garcilazo de la Vega N° 257, y la otra parte, la Institución Educativa Inicial 432-186 /Mx-U
“CHIMPAPUQUIO” código modular: 1708437, representado por su Director(a): REBECA CLOTILDE ZEA ALMONACID,
identificada con el DNI N°: 28217404, Cel.: 966197420, que en adelante se le denominará LA INSTITUCIÓN
EDUCATIVA; en los términos y condiciones siguientes:

CONDICIONES GENERALES:
A. LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA
Nombre/Razón Social : Institución Educativa Inicial N°432-186/Mx-U “Tenería”
Código Modular : 1708437
Domicilio : Centro Poblado HUASCAHURA
Tipo de gestión : Pública de gestión directa
Representante :R E B E C A C L O T I L D E Z E A A L M O N A C I D
Doc. de Identidad del representante: 28217404
B. EL INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR PEDAGÓGICO
Nombre/Razón Social : INVERSIONES EDUCATIVAS CUNA DE LA LIBERTAD AMERICANA E.I.R.L
RUC : 20287132663
Domicilio : Jr. Garcilazo de la Vega N°257 Ayacucho Huamanga Ayacucho
Director/Representante : Dr. Yoni Ayala Gutiérrez Director del IESP Privado “Cuna de la Libertad Americana”
Doc. de Identidad del representante: 28229884
C. EL (LA) PRACTICANTE(s)
Apellidos y nombres : CHACHAYMA QUISPE, Rebeca
Doc. de Identidad : DNI
Número de Identidad : 62163016
N° celular : 999010517
Nacionalidad : Peruana
Fecha de Nacimiento : 10-08-1994
Sexo : Femenino
Domicilio : Av. Las Américas Mz M-1
Situación del Practicante . Estudiante
Semestre : IX
N° de horas semanales : 5 horas pedagógicas
Profesional que lo presenta: Janett Yanina Oriundo Palomino
Programa de estudio: Educación Inicial EIB
Proceso de: Prácticas Pre-profesionales – Fase IV – Conducción de Aula.

D. CONDICIONES DEL CONVENIO


Plazo de duración: (2) meses, desde el 28/09/23 hasta el 05/012/2023
Días de las prácticas: martes
Horario de las prácticas de 8:00 am – 1:000 pm
Aula/sección donde se realiza las Prácticas pre profesionales: Aula de 3,4 y 5 años
E. CLÁUSULAS DEL CONVENIO:
PRIMERO: EL (LA) PRACTICANTE manifiesta su interés y necesidad de efectuar su Práctica Pre profesional,
durante su condición de estudiante, para aplicar sus conocimientos, habilidades y aptitudes, mediante el desempeño
en los espacios formativos que permiten la aplicación de conocimientos teóricos mediante el acompañamiento del
docente o formador instructor. Por su parte, LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA acepta colaborar, tanto con el
INSTITUTO como con EL (LA) PRACTICANTE en su tarea formativa.
SEGUNDO: EL (LA) PRACTICANTE desempeñará las actividades formativas de Prácticas pre -profesionales, en
el módulo de Práctica e Investigación en el domicilio de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA ubicado en el Centro
Poblado de Tenería – Huamanguilla, de acuerdo a los datos generales señalados en el literal d).
TERCERO: Para efectos del presente convenio INSTITUCIÓN EDUCATIVA, se obliga a:
1) Coordinar con el Instituto la designación de las profesoras que van a cumplir con las funciones de Supervisores
de Prácticas Pre-profesionales, de acuerdo al número de horas de prácticas pre profesionales que dispone el
Diseño Curricular Básico Nacional – Programa de Estudios de Educación Inicial Intercultural Bilingüe.
2) Designar a un supervisor para impartir la orientación correspondiente a EL (LA) PRACTICANTE y para verificar
el desarrollo y cumplimiento del Plan de Específico de Aprendizaje.
3) Fortalecer la intervención pedagógica ética y comprometida del EL (LA) PRACTICANTE del Instituto en el
servicio educativo de educación inicial EIB, a partir de evidencias y la comprensión de la realidad
educativa el estudiante ejerce éticamente sus funciones y se compromete con el cumplimiento de sus
responsabilidades para la mejora de la realidad educativa.
4) La Institución Educativa alcanzará los informes de los docentes de aula que requiera el INSTITUTO al
responsable de la práctica e investigación y práctica Pre-profesional, dos días después de haber concluido
la ejecución de las mismas.
5) Brindar las facilidades a los estudiantes para la realización de las actividades de proyección a la
comunidad.
6) Expedir la certificación de Prácticas Pre profesionales correspondiente.
CUARTO: Para efectos del presente convenio EL (LA) PRACTICANTE, se obliga a:
1) Suscribir un convenio de Práctica con LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA acatando las disposiciones formativas que
se le asignen.
2) El estudiante del Instituto realiza sus actividades de práctica pedagógica en el marco del convenio con la
institución de Educativa, con el respectivo acompañamiento de los responsables de la misma y realiza acciones
de Proyección a la Comunidad con los estudiantes que ejecutan las prácticas Pre-profesionales.
3) Desarrollar sus Prácticas Pre profesionales con disciplina y responsabilidad, como participar en las actividades
que realice la institución educativa durante la ejecución de la misma, como un miembro más de la comunidad
educativa, de manera que se consolide lo indicado en los dominios y competencias del perfil de egreso de la
formación inicial docente.
4) Cumplir con el desarrollo del Plan Específico de Aprendizaje o el módulo de Práctica e Investigación que aplique EL
INSTITUTO.
5) Actuar con diligencia, buena fe, disciplina y responsabilidad en el cumplimiento de sus labores.
6) Sujetarse a las disposiciones administrativas internas que le señale LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA.
QUINTO: Son obligaciones del INSTITUTO:
1) Coordinar e informar a la Institución Educativa sobre las formas, requisitos, períodos y relación de estudiantes
que van a realizar las prácticas Pre-profesionales que tienen como intencionalidad en primer lugar asumir a la
práctica como espacio de investigación para comprender la realidad educativa a través de múltiples experiencias
situadas que logren potenciar las habilidades investigativas de los estudiantes en el escenario de diversos tipos
de investigación. Y, en segundo lugar, con énfasis en los últimos dos ciclos de la formación, asumir a la práctica
como espacio de investigación para mejorar la realidad educativa desde una perspectiva crítica y con las
herramientas que la investigación le proporciona.
2) El Instituto dará a conocer el nombre de los Docentes Formadores responsables de la Práctica e investigación y
Práctica Pre-profesional y de las personas que harán el seguimiento a las mismas, de manera oportuna. El
docente Formador de la Práctica e investigación o Práctica Pre-profesional serán el responsable del monitoreo y
acompañamiento permanente al estudiante y será quien solicite los informes a la Dirección de la Institución
Educativa, para su sistematización, análisis, consolidación y toma de decisiones.
3) Dirigir y conducir las actividades de formación de EL (LA) PRACTICANTE en coordinación con EL INSTITUTO.
4) Supervisar, evaluar y certificar las actividades formativas.
5) El Instituto está obligado a realizar las coordinaciones con la dirección de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA con
las que se establecerán convenios de apoyo interinstitucionales o con los estudiantes practicantes del
INSTITUTO, de manera que se pueda prever los cronogramas del módulo de Práctica Pre-profesional e
investigación con los docentes de aula.
6) El Instituto garantiza la socialización de los resultados de la investigación realizada por los estudiantes
del semestre IX en la institución educativa.
SEXTO: Las partes acuerdan la aplicación de las causas de modificación, suspensión y terminación del convenio,
que se detallan a continuación:
Son causas de modificación del convenio:
a) El cambio de horario de clases de EL (LA) PRACTICANTE que dificulte el cumplimiento de las horas semanales
señaladas en el presente convenio.
b) Por acuerdo entre EL (LA) PRACTICANTE, LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, EL INSTITUTO.
Son causas de suspensión del convenio:
a) La enfermedad y el accidente comprobados.
b) El permiso concedido por la INSTITUCIÓN EDUCATIVA.
c) La sanción disciplinaria.
d) El caso fortuito o fuerza mayor.
Son causas de terminación del convenio:
a) El cumplimiento del plazo estipulado en el presente Convenio, Condiciones del Convenio, de las
Condiciones Generales.
b) El mutuo disenso entre EL (LA) PRACTICANTE y LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA.
c) El fallecimiento de EL (LA) PRACTICANTE.
d) No guardar reserva de toda la información y/o documentación que EL (LA) PRACTICANTE conozca durante el
desarrollo de la práctica pre profesional.
e) El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones por parte de EL (LA) PRACTICANTE y específicamente las
contempladas en la cláusula quinta del presente convenio.
f) El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones por parte del INSTITUTO, específicamente las
contempladas en la cláusula quinta del presente convenio.
g) Por renuncia o retiro voluntario por parte de EL (LA) PRACTICANTE, mediante aviso a LA INSTITUCIÓN
EDUCATIVA con antelación de diez (10) días hábiles.
SÉPTIMO: EL (LA) PRACTICANTE declara conocer la naturaleza del presente convenio, el cual no tiene carácter
laboral, de tal modo que sólo genera para las partes, los derechos y obligaciones específicamente previsto para el
desarrollo de las practicas pre profesionales.
OCTAVO: Para todos los efectos relacionados con el presente convenio, las partes señalan como su domicilio el
que aparece consignado en la parte introductoria de éste, los cuales se tendrán por válidos en tanto la variación no
haya sido comunicada por escrito a la otra parte.
Las partes, después de leído el presente convenio, se ratifican en su contenido y lo suscriben en señal de
conformidad en cuatro ejemplares; el primero para LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA, el segundo para EL (LA)
PRACTICANTE, el tercero para EL INSTITUTO, y el cuarto será puesto en conocimiento y registrado ante la
autoridad competente dentro de los quince (15) días naturales de la suscripción; de lo que damos fe.

Suscrito en la ciudad de Ayacucho., a los 22 días del mes de setiembre de 2023

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EL (LA) PRACTICANTE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

………………………………………………
EL INSTITUTO

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