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Formato 1. Acuerdo de Voluntades para Realizar Prácticas Profesionales Formativas

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Facultad de Psicología

Nombre del Proceso: Prácticas Profesionales Formativas Código:


Nombre del Documento: Formato 1. Acuerdo de Voluntades para Versión: 2
realizar prácticas profesionales formativas Fecha modificación: 06/07/2020

ACUERDO DE VOLUNTADES PARA REALIZAR PRÁCTICAS PROFESIONALES


FORMATIVAS

Conste por el presente documento que se firma por triplicado, el ACUERDO DE


VOLUNTADES, que se celebra entre Nombre de la entidad , la UNIVERSIDAD ANTONIO
NARIÑO y el(la) ESTUDIANTE, identificados en este documento, de acuerdo a los
términos y condiciones siguientes:

CONDICIONES GENERALES:

A. LA ENTIDAD

Razón Social Universidad Antonio Nariño


NIT 860056070-07
Domicilio Cra. 10c #16127, Ibagué, Tolima
Teléfonos de Contacto 320 1698874
Actividad Económica Educación
Representante Legal Víctor Hugo prieto
Doc. de Identidad del 17.041 849 de Bogotá
representante Legal
Nombre del Tutor designado por Martha Méndez Salazar
la ENTIDAD
Doc. de Identidad del Tutor

B. UNIVERSIDAD ANTONIO NARIÑO

NIT 860.056.070-7
Domicilio Carrera 38 No 58 A-77 barrio Nicolás de Federmán.
Teléfonos de Contacto 315 2980
Representante Legal Doctor Víctor Hugo Prieto
Doc. de Identidad del 17.041.849 de Bogotá
representante
Nombre del Docente Monitor Sandra Ruiz

Doc. de Identidad del Docente 40043940


Monitor

C. EL (LA) ESTUDIANTE
*
Nombre Paola Andrea Sáenz Duarte
Tipo y Número de Identidad 1032485896
Nacionalidad Colombiana
Programa Académico Psicología
Fecha de Nacimiento 6 de octubre de 1996
Domicilio Cra 13 n 33-20 viveros/ Ibagué – Tolima
Facultad de Psicología
Nombre del Proceso: Prácticas Profesionales Formativas Código:
Nombre del Documento: Formato 1. Acuerdo de Voluntades para Versión: 2
realizar prácticas profesionales formativas Fecha modificación: 06/07/2020

Teléfonos de Contacto 3225826747

D. CONDICIONES DEL ACUERDO


Plazo de duración: (4 ) meses, desde el 03 / 08 / 2020 hasta el 25 / 11 /2020
Número de Días y horarios de la práctica profesional formativa: 5 días de 9:00 am a 1:00 pm

Auxilio de práctica: Si ( ) No ( x )
Condiciones del auxilio de práctica: NO APLICA

Área donde se efectuarán las prácticas profesionales: Centro de atención psicológico CAP sede
Ibagué.

CLÁUSULAS DEL ACUERDO:

PRIMERA: EL (LA) ESTUDIANTE manifiesta su interés y necesidad de efectuar sus


actividades de prácticas profesionales formativas en centro de atención psicológico CAP para los
fines de complementar su formación profesional. Por su parte, LA ENTIDAD acepta colaborar,
tanto con la UNIVERSIDAD ANTONIO NARIÑO como con EL (LA) ESTUDIANTE en esta
tarea formativa PSICOLOGIA CLINICA
SEGUNDA: EL (LA) ESTUDIANTE desempeñará las siguientes actividades formativas con la
ENTIDAD.
1. atención a usuarios por tele- orientación
2. Actividades de PYP
3. capacitación y aplicación de pruebas
4. diligenciar formatos clínicos
5. revisar normatividad
6. realizar y participar en estudios de caso
7. planeación planes de intervención
8. cumplir con las asesorías programadas

Estas actividades se efectuaran en el área de Psicología Clínica, de acuerdo a las condiciones


generales señaladas en el literal D………………………………………..
TERCERA: NATURALEZA DEL ACUERDO Y AUTONOMÍA. Tanto la ENTIDAD como la
UNIVERSIDAD cumplirán los compromisos asumidos de manera autónoma e independiente y
utilizará en el cumplimiento de su labor, su propio personal, sin que haya subordinación jurídica
y laboral entre ellas, de forma tal que no haya lugar en cada institución de vínculo laboral alguno
y por tanto lo relacionado con: salarios, honorarios, prestaciones sociales, subsidios, afiliaciones,
indemnizaciones que sobrevengan por causa o con ocasión del cumplimiento del objeto del
presente acuerdo, serán asumidos exclusivamente por la parte a la cual le
corresponda……………..
CUARTA: DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD. Para efectos del presente
acuerdo, LA ENTIDAD se compromete a: 1. Contar con espacios y suministrar los elementos
necesarios para que la (el) practicante adelante su actividad formativa. 2. Realizar una inducción
a la (el) practicante, en la que se expongan todos los asuntos relativos al funcionamiento del
escenario de práctica y de la práctica en sí misma. 3. Designar un tutor de práctica que será
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encargado de la supervisión y acompañamiento del desarrollo de la práctica profesional


formativa. 4. Fijar a través del tutor, y en conjunto con el estudiante y el docente-monitor, el plan
de práctica. 5. Asignar actividades y responsabilidades al practicante, que deberán tener directa
relación con el área de conocimiento de su formación, y bajo los parámetros éticos establecidos
en la Constitución Política de Colombia y la ley 1090 de 2006. 6. Certificar la realización de la
práctica profesional formativa. LA ENTIDAD tiene derecho a: 1. Que la (el) estudiante y el
docentes-monitor de la UNIVERSIDAD respeten la autonomía administrativa del LA
ENTIDAD, su estructura orgánica, y su reglamentación interna. 2. A que el Tutor y todos sus
funcionarios reciban un trato respetuoso y digno de parte de todos los miembros de la
UNIVERSIDAD. 3. Acordar con el docente-asesor y LA (EL) ESTUDIANTE las funciones, las
responsabilidades y las actividades que se realizaran durante la práctica
profesional……………………………………………………………………....
QUINTA: DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA (EL) ESTUDIANTE Para efectos del
presente acuerdo, EL (LA) ESTUDIANTE se compromete a: 1. Procurar el cuidado integral de
su salud en el desarrollo de las prácticas profesionales formativas.2. Mantener vigente la
afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud durante todo el período que duren
sus prácticas profesionales formativas. 3. Presentar al inicio de la actividad formativa, un plan de
práctica profesional que debe ser aprobado por el tutor y el docente-monitor. 4. Cumplir con el
horario de la práctica profesional formativa asignado para su desarrollo conforme a lo acordado
con el tutor y el docente-monitor de práctica, y a las condiciones generales señaladas en el literal
D del presente acuerdo. 5. Cumplir con las actividades, compromisos y condiciones acordados
para el desarrollo de la práctica profesional formativa, conforme al plan de práctica. 6. Realizar
un uso adecuado de los elementos entregados para el desarrollo de la práctica profesional
formativa, mismos que deberá entregar a la fecha de terminación de la vinculación formativa. 7.
Conocer y aplicar el reglamento estudiantil de la UNIVERSIDAD, el de prácticas profesionales
formativas de la Facultad de Psicología, así como el reglamento de la ENTIDAD. 8. Conocer y
respetar las normas establecidas en la ley 1090 de 2006 mediante la cual se reglamenta el
ejercicio de la profesión de Psicología y se dicta el código deontológico y bioético. 9. Mantener
estricta confidencialidad sobre la información que le sea entregada o conozca en el desarrollo de
la práctica profesional formativa. 10. Informar a la UNIVERSIDAD y al escenario de práctica,
cualquier situación de la que tenga conocimiento y pudiera afectar el desempeño de sus
actividades formativas de práctica. 11.Cumplir con los conductos regulares y los canales formales
de comunicación ante cualquier situación que se presente en el desarrollo de su práctica
profesional formativa. Parágrafo. El régimen disciplinario aplicable a las actividades de práctica
del estudiante, será el establecido en los reglamentos y normatividad de la UNIVERSIDAD. EL
(LA) ESTUDIANTE tiene derecho a: 1. Recibir un trato respetuoso y digno de todas las personas
con las que interactúe en el desarrollo de su práctica profesional formativa. 2. Tener un proceso
disciplinario justo si se presenta algún inconveniente durante la realización de su práctica. 3.
Acordar con el docente-asesor y el tutor asignado por el contexto de práctica, las funciones, las
responsabilidades y las actividades que realizará durante su práctica profesional formativa.
Asimismo, podrá convenir el horario en el que se llevará a cabo su práctica profesional formativa.
4. Contar con el apoyo de un Tutor asignado por el contexto de práctica. 5. Contar con el apoyo
de un docente-asesor designado por la UNIVERSIDAD durante el desarrollo de su práctica
profesional formativa. 6. Recibir asesoría teórica y metodológica en el diseño, implementación y
evaluación de su plan de práctica y proyecto de prácticas. 7. Conocer los criterios bajo los cuales
será evaluado su desempeñó en las prácticas profesionales formativas 8. Conocer oportunamente
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la retroalimentación sobre su desempeño en las prácticas profesionales


formativas…………………………………………………….. SEXTA: DERECHOS Y
OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD. Para efectos del presente acuerdo, la
UNIVERSIDAD ANTONIO NARIÑO se compromete a: 1. Designar previo al inicio de la
actividad formativa un docente-monitor de práctica para que oriente al estudiante en el diseño,
implementación y evaluación de su plan de práctica y proyecto de prácticas. Asimismo, para que
asesore teórica y metodológicamente al estudiante durante el desarrollo de sus prácticas
profesionales formativas. 2. La UNIVERSIDAD asumirá el pago a la Administradora de Riesgos
Laborales (ARL) de LA (EL) ESTUDIANTE mientras se encuentre realizando sus prácticas
profesionales formativas según lo acordado en las condiciones generales señaladas en el literal D
del presente acuerdo. PARÁGRAFO. Los cambios de docente-monitor que se presenten durante
el desarrollo de la práctica deben ser notificados al estudiante y al escenario de práctica tan
pronto como se produzcan. LA UNIVERSIDAD tiene derecho a: 1. Conocer y acordar
oportunamente con la ENTIDAD el manejo de situaciones que se presenten en el desarrollo de la
práctica. 2. A que el coordinador de prácticas, docente-asesor, y demás funcionarios de la
UNIVERSIDAD reciban un trato respetuoso y digno de todas las personas con las que interactúe
en el desarrollo de la práctica profesional formativa en la ENTIDAD Centro atención psicológico
CAP SEPTIMA: SON CAUSAS DE MODIFICACIÓN DEL ACUERDO: 1. Por acuerdo entre
la EL (LA) ESTUDIANTE, LA ENTIDAD, Y la UNIVERSIDAD ANTONIO NARIÑO.
PARÁGRAFO. Los cambios que se convengan del presente acuerdo de voluntades deben quedar
consignados en un acta firmada por las partes….…………………………………………
OCTAVA: SON CAUSAS DE SUSPENSIÓN DEL ACUERDO: 1. La enfermedad y el
accidente comprobados de LA (EL)ESTUDIANTE .2. El permiso concedido por la ENITDAD.
3. El caso fortuito o fuerza
mayor………………………………………………………………………
NOVENA: CAUSALES DE TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN DE PRÁCTICA. La
relación formativa de prácticas profesionales podrá darse por terminada en los siguientes casos:
1. Cumplimiento del plazo pactado para el ejercicio de la práctica. 2. Pérdida de la condición de
estudiante por parte del practicante. 3. Escrito de terminación anticipada de la práctica suscrito
conjuntamente por parte del estudiante, tutor y docente-monitor. Este documento deberá justificar
expresamente la causal que impide la continuidad del ejercicio. 4. Aquellas causales establecidas
en la reglamentación interna del escenario de práctica o la UNIVERSIDAD, en caso que aquellas
sean dispuestas………….…………………………………………………………………………..
DÉCIMA: PROPIEDAD INTELECTUAL. Las partes tendrán derecho a utilizar información y
documentos resultantes del desarrollo del presente ACUERDO. PARÁGRAFO PRIMERO: las
partes se reservarán todos los derechos exclusivos sobre su capital intelectual léase métodos,
conocimientos técnicos, ideas, conceptos, programas académicos, formatos, diseños, licencias,
patentes, software, herramientas, know how, y en general sobre cualquier otra creación que
posean a la fecha de suscripción del presente acuerdo y que hayan desarrollado con anterioridad
al mismo. PARÁGRAFO SEGUNDO: en los documentos que sean el resultado de las
actividades realizadas de acuerdo con el plan de práctica y proyecto de prácticas se destacarán los
nombres de LA (EL) ESTUDIANTE y de ambas instituciones, al igual que en las publicaciones
que por la misma razón tengan
lugar…………………………………………………………………………………………
DÉCIMA PRIMERA: El presente acuerdo de voluntades se regirá por la Ley 1780 de 2016, la
resolución 3546 DE 2018, y demás normas que los modifiquen, adicionen o regulen……..
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DÉCIMA SEGUNDA: EL (LA) ESTUDIANTE declara conocer la naturaleza del presente


acuerdo, el cual no tiene carácter laboral…………………………………………………
DÉCIMA TERCERA: Las prácticas en la relación docencia servicio en el área de la salud, el
contrato de aprendizaje establecido en la Ley 789 de 2002 y la judicatura, continuarán siendo
reguladas por las disposiciones vigentes sobre las respectivas materias………………….
DÉCIMA CUARTA: Para todos los efectos relacionados con el presente convenio, las partes
señalan como su domicilio el que aparece consignado en la parte introductoria de éste, los cuales
se tendrán por válidos en tanto la variación no haya sido comunicada por escrito a la otra parte.

Las partes, o sus representantes, después de leído el presente acuerdo, se ratifican en su contenido
y lo suscriben en señal de conformidad en tres ejemplares; el primero para LA ENTIDAD, el
segundo para EL (LA) ESTUDIANTE, y el tercero para la UNIVERSIDAD ANTONIO
NARIÑO

En constancia de lo anterior el presente acuerdo se suscribe en la ciudad de Ibagué, a los 8 días


del mes de Agosto de 2020, por los siguientes firmantes:

______________________________________ _______________________________________
Escenario de práctica Universidad
Representante legal o su delegado Representante legal o su delegado
Nombre: Nombre:
Cédula: Cédula:

_____________________________ ____________________________
______________________

Nombre(s): Paola Andrea Saenz


Cédula(s): 1032485896

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