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La Sunedu y La Currícula
La Sunedu y La Currícula
La Sunedu y La Currícula
INTRODUCCIÓN
La Ley 30220, tiene por objeto normar la creación, funcionamiento, supervisión
y cierre de las universidades. Promueve el mejoramiento continuo de la calidad
educativa de las instituciones universitarias como entes fundamentales del
desarrollo nacional, de la investigación y de la cultura. Asimismo, establece los
principios, fines y funciones que rigen el modelo institucional de la universidad.
El Ministerio de Educación es el ente rector de la política de aseguramiento de
la calidad de la educación superior universitaria.
2. MARCO TEÓRICO
2.1 Formación por competencias
Las competencias, desde el enfoque socio formativo propuesto por Tobón
(2008, p. 5), concepción asumida plenamente en la formación universitaria,
se definen como procesos complejos de desempeño con idoneidad en
determinados contextos, integrando diferentes saberes (saber ser, saber
hacer, saber conocer y saber convivir), para realizar actividades y/o
resolver problemas con sentido de reto, motivación, flexibilidad, creatividad,
comprensión y emprendimiento, dentro de una perspectiva de
procesamiento metacognitivo, mejoramiento continuo y compromiso ético,
con la meta de contribuir al desarrollo personal, la construcción y
afianzamiento del tejido social, la búsqueda continua del desarrollo
económico-empresarial sostenible, el cuidado, protección del ambiente y de
las especies vivas.
2.3.6 Capacidades
Las capacidades son potencialidades inherentes a la persona, se pueden
desarrollar a lo largo de toda su vida. Ellas se cimientan en la interrelación
de procesos cognitivos, socio afectivos y motores. En el proceso formativo,
el elemento fundamental es la capacidad. La formación opera como una
transformación de capacidades, como una progresión de las mismas, y allí
la hipótesis es la de la transferencia (Catalano et al, 2004).
Por tanto, el eje principal de la formación profesional es el desarrollo de
capacidades profesionales que, a su vez, constituyen la base que permitirá
el desarrollo de aquellos desempeños competentes en los diversos ámbitos
de trabajo y de formación. Es por lo tanto, fundamental considerar que en
la elaboración del diseño curricular se describan las capacidades a
desarrollar durante el proceso de formación para promover en los
egresados un desempeño efectivo.
Dichas capacidades se infieren del análisis de cada una de las unidades y
los elementos de competencia.
b) La formación específica
La formación específica corresponde a los proyectos formativos
introductorios, propedéuticos o generales como parte de la formación
profesional en sí, y ofrecen los lineamientos y fundamentos teóricos y
metodológicos de la carrera. El área de formación específica está
destinada a poner al estudiante en contacto con un conjunto de disciplinas
científicas y tecnológicas afines a la profesión que estudia. El espectro de
las disciplinas que se ofrecen varía en términos de cuan más o menos
genérica o especializada pretende ser la formación profesional que se está
diseñando (Mejía, 2011).
c) La formación especializada
La formación especializada corresponde a las propuestas de asignaturas
que ofrecen herramientas y procedimientos para la intervención profesional
especializada. La suma de asignaturas específicas y especializadas debe
tener un mínimo de 165 créditos. El área de formación profesional
especializada compete al desarrollo de los fundamentos teóricos,
científicos y tecnológicos de la especialidad elegida. En este área se
incorporan las tendencias del mundo moderno hacia la especialización de
las carreras profesionales, con ello se garantiza menor extensión y más
profundidad en el desarrollo formativo del campo profesional (Mejía, 2011).