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El Iehd
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El Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados fue creado por el artículo 3
de la Ley Nº 1606, e incorporado como Título XIV en la Ley Nº 843 por el artículo 5 de
la Ley Nº 1731.
SUJETOS PASIVOS. –
ARTÍCULO 110.- Son sujetos pasivos de este impuesto las personas naturales y jurídicas
que comercialicen en el mercado interno hidrocarburos o sus derivados, sean estos
producidos internamente o importados.
HECHO IMPONIBLE. –
ARTÍCULO 111.- El hecho imponible se perfeccionará:
ARTICULO 7.- Los sujetos pasivos, a que se refiere el Artículo 2° de este Decreto
Supremo, quedan obligados a inscribirse como contribuyentes del Impuesto Especial a
los Hidrocarburos y sus Derivados en la Administración Tributaria en la forma y plazos
que ésta determine.
Independientemente de la aplicación de las sanciones que el Código Tributario establece
para estos casos, la Administración Tributaria queda facultada para disponer la
utilización de instrumentos de control y, así mismo, está autorizada para disponer las
medidas necesarias a fin de normalizar situaciones existentes que no se ajusten a las
disposiciones vigentes sobre la materia.
ARTICULO 12.- La Administración Tributaria dictará las normas administrativas
reglamentarias correspondientes con la finalidad de percibir, administrar, controlar y
fiscalizar este impuesto.
FORMULARIO DE DECLARACION DEL IEHD FORMULARIO 920
IEHD
Se aplica a personas naturales o jurídicas que importen y comercialicen: derivados del
petróleo (combustibles refinados) , aceite automotriz industrial, grasas lubricantes
y gas natural comprimido.
IDH
El Impuesto Directo a los Hidrocarburos IDH se aplica a personas naturales o jurídicas,
públicas o privadas que exploten hidrocarburos en cualquier lugar del país.