Insurance">
Detalle de Documentos Automotor Autotal 100 No. de Póliza: ACSS-SC1-002133-04-2023 Asegurado: Silvana Daisy Vedia Montero
Detalle de Documentos Automotor Autotal 100 No. de Póliza: ACSS-SC1-002133-04-2023 Asegurado: Silvana Daisy Vedia Montero
Detalle de Documentos Automotor Autotal 100 No. de Póliza: ACSS-SC1-002133-04-2023 Asegurado: Silvana Daisy Vedia Montero
Adjunto a la presente, se deja constancia que los documentos detallados líneas abajo,
forman parte integrante de la póliza y han sido recepcionados por el cliente:
□ Detalle de Documentos
□ Carta de Bienvenida
□ Nota de Cobranza
□ Condiciones Particulares
□ Cláusulas Adicionales
□ Anexo de Extraterritorialidad.
Que emite "NACIONAL SEGUROS PATRIMONIALES Y FIANZAS S.A." por la cobranza de las primas que corresponde a la
cobertura de seguros otorgada por la Automotor Autotal 100 con ACSS-SC1-002133-04-2023, según el siguiente detalle:
AL CONTADO AL CREDITO
PRIMA TOTAL
371,00 USD
Se consideran aceptadas las estipulaciones de la Póliza de Seguros cuyo ramo y número se indican arriba, y las
especificaciones de la presente Nota de Cobranzas, si el asegurado no solicita cualquier modificación por escrito dentro de
los 15 días siguientes a la recepción de la póliza, conforme lo establece el artículo 1013 del Código de Comercio.
El Asegurado o su representante firma una copia de la presente NOTA DE COBRANZA como constancia de la recepción de la
Póliza de Seguro en referencia.
CONDICIONES PARTICULARES
"Nacional Seguros Patrimoniales y Fianzas S.A." (en adelante denominada simplemente la Compañía) en virtud a la prima
pagada, la solicitud de seguro presentada y a la información de riesgo aportada por el solicitante, las que forman parte
integrante de esta póliza de seguro, conviene en asegurar los bienes y/o patrimonio objeto de esta cobertura contra los
riesgos aquí nombrados, bajo las condiciones descritas en esta sección de Condiciones Particulares, en las Condiciones
Generales, Cláusulas Adicionales y Anexos:
Cantidad de 5
Ocupantes :
Modalidad
Coaseguro(%) Valor Asegurado
Cobertura Asegurada
» Responsabilidad civil extracontractual Limite por evento y USD 30.000,00 por item
en el agregado anual
» Daños o perdidas parciales por accidente A valor comercial 100.00% del valor
comercial por ítem
» Daños o perdidas parciales por robo A valor comercial 20,00 100.00% del valor
comercial por ítem
» Cobertura por muerte - accidentes personales Limite por ocupante USD 10,000.00 por
a ocupantes ocupante
» Cobertura por invalidez permanente, total o Limite por ocupante USD 10,000.00 por
parcial - accidente personales a ocupantes ocupante
» Daño por Sabotaje, Daño Malicioso, Huelgas, A valor comercial 100.00% del valor
Motines, Conmoción Civil comercial por ítem
» Cobertura por gastos médicos - accidentes Limite por ocupante USD 2,000.00 por ocupante
personales a ocupantes
» Responsabilidad civil consecuencial Limite por embarque USD 5.000,00 por item
» Daño por Sabotaje, Daño Malicioso, USD 100,00 Por evento y/o reclamo
Huelgas, Motnes, Conmoción Civil
» Cláusula de Extraterritorialidad
» Cláusula Gastos de Sepelio hasta $us. 1.000 por Ocupante (como antcipo de la Cobertura
de Muerte).
Aclaración de Condiciones
Cuotas
El Asegurado declara leídas y aceptadas las Condiciones Particulares, Condiciones Generales, Cláusulas Adicionales y
Anexos de esta póliza, detallados en el anexo de “Detalle de Documentos”. En concordancia con el Artículo 1013 del Código
de Comercio, el Asegurado dispone de 15 (quince) días para presentar cualquier reclamo por discrepancias en la póliza.
Autorizo a la Compañía mi reporte a la Central de Riesgos del Mercado de Seguros, acorde las normativas reglamentarias de
la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros.
Se acuerda y establece por medio de este Anexo, que la presente Póliza se extiende a cubrir los daños a consecuencia
directa de cualquier riesgo cubierto bajo ésta póliza hasta los límites expresados en las Condiciones Particulares, fuera del
territorio nacional, en Brasil, Argentina, Perú, Chile y Paraguay, desde el 22/03/2023 12:00 p. m. hasta el 22/03/2024 12:00
p. m. , para el siguiente vehículo asegurado:
Entendiéndose que la permanencia en el exterior es temporal y el domicilio permanente es el que se establece en las
condiciones particulares, dejando claramente establecido que cualquier demanda que se presente en caso de siniestro,
estará sujeta a la jurisdicción de las leyes Bolivianas del Estado Plurinacional de Bolivia, tomando en cuenta única y
exclusivamente los límites establecidos en la póliza.
Tipo de Número de
Marca Modelo Año Número de Chasis Placa Color
Vehículo Motor
En caso de siniestro el asegurado debe comunicarse con nuestro Servicio de Asistencia para Siniestros en el Exterior:
SRES. ASISTENCIA NACIONAL SEGUROS - TELÉFONO: 00 (591-3) 3146005
DIRECCIONES:
1. Paraguay: Mariscal López 3794 Edificio Citicenter piso 1 Villa Morra, Asunción, Paraguay - Telf. 595 21620900
2. Chile: Av. Presidente Riesco 5561 Edificio Arrau Piso 3, Oficina 302 Las Condes/ Santiago, Chile Telf. 56 2 24627100 56 2
2436-4700
3. Argentina: Av. Córdoba 890 piso 7 Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina Cardinal Assistence Telf. 54 114129-7514
- 54 114129-7556
4. Brasil: R. do Imperador, 14 - 2º andar - Nova Petrópolis, São Bernardo do Campo - SP, 09770-310, Brasil Telf. 55 11
3545.8888
5. Perú: Av. 15046, Av. José Gálvez 1862 Distrito de Lima, Perú - Telf. 51 16104900
Todos los demás términos y/o condiciones a excepción de lo expresamente variado por el presente Anexo, se mantienen en
pleno vigor.