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Difamacion e Injuria Marleny
Difamacion e Injuria Marleny
Difamacion e Injuria Marleny
Difamación e
Injuria
Profesor: Integrante:
MIGUEL SUAREZ MARLENY BARON
ABRIL 2023
INTRODUCCION
geográficos así como las fronteras y barreras políticas y culturales, que manifiestan su
incapacidad para afrontar la extensión de las comunicaciones por vía telemática, hasta el
Tipos de Difamación:
Difamación simple: Es la difamación propiamente dicha, sin agravantes ni
atenuantes; puede considerársele el verbo rector de este delito. Se encuentra
estipulada en la parte inicial del artículo 442, que establece taxativamente que
“Quien comunicándose con varias personas, reunidas o separadas, hubiere
imputado a algún individuo un hecho determinado capaz de exponerlo al
desprecio o al odio público, u ofensivo a su honor o reputación, será castigado
con prisión de un año a tres años y multa de cien unidades tributarias (100 U.T.)
a un mil unidades tributarias (1.000U.T.)”.
Difamación agravada: Se encuentra en el primer aparte del artículo 442 del
Código Penal, según el cual se tomará como una circunstancia agravante la de
haberse valido el culpable de medios de comisión tales como documentos
públicos, escritos, dibujos u otros medios de publicidad que existan.
Definición de injuria:
La injuria es un delito donde una de las partes dice algo Directamente deshonroso y
perjudicial para la otra parte, como, por ejemplo, llamarle ladrón.
Tipos de injurias:
ambas se encuentran estipuladas en el artículo 444 del Código Penal.
Las diferencias entre difamación e injuria, son señaladas por Buroz (1977),
en la circunstancia de que la “imputación de un hecho determinado, que acarrea
detrimento al honor; en este caso habría difamación. Pero si sólo se profieren
expresiones ultrajantes o despectivas que no impliquen la imputación de algún
hecho, habrá simplemente injuria” (p.19).
Lo primero que habría que destacar es que el delito de difamación acarrea
penas y multas mucho más severas, lo que se refiere a la imputación de hechos
concretos a un determinado sujeto; mientras que el delito de injuria implica la
emisión de expresiones genéricas que pueden comprometer el honor, la
reputación o el decoro de alguna persona.
Los delitos son uno de los mecanismos para evitar los excesos en el ejercicio
de la libertad de expresión, pero hay otros que logran ese objetivo sin la
Igualmente, de conformidad con la jurisprudencia del TSJ, no cabe duda que las
personas jurídicas sean susceptibles de ser sujetos pasivos de los tipos penales
difamación e injuria.