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Sujetos Procesales en Materia Agraria: Asamblea

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Sujetos procesales en

materia agraria

Termino que designa de manera general a aquellas


personas a quienes le es aplicable la legislación
agraria (ejidatarios, comuneros, avecindados y
posesionarios)

EJIDO COMUNIDADES AUTORIDADES Ejidatario AVECINDADOS

Modalidad de La propiedad comunal es el ASAMBLEA: El comisariado Sujeto agrario integrante Aquellos mexicanos
tenencia de la tierra, patrimonio constituido por ejidal llevará un libro de registro en del núcleo ejidal mexicano, mayores de edad que han
campo común de un un inmueble y sus el que asentará los nombres y copropietario de un ejido. residido por 1 año o más en
pueblo, lindante con derechos sobre el mismo. datos básicos de identificación de las tierras del núcleo ejidal
el, que no se labra. los ejidatarios que integran el
núcleo de población ejidal.
Comunero Colonos

COMISARIADO: Es el
encargado de la ejecución de Titular de derechos en una Productor agrario a
los acuerdos de la asamblea, comunidad agraria legalmente escala
de la representación y gestión reconocida, establecida en la fundamentalmente
administrativa. ley agraria y el estatuto familiar, poblador
comunal. inicial.
CONSEJO DE VIGILANCIA:
constituido por un presidente y dos
secretarios, propietarios y sus
respectivos suplentes y operara
Posesionarios Persona que sin ser ejidatario
o avecindados de un poblado
conforme a sus facultades de
poseen terrenos ejidales y que
acuerdo al reglamento interno.
por esa sola condición son
sujetos de derechos agrarios

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