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Cibertribunales

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Cibertribunales

Tienen como propósito servir de mediadores en los litigios derivados del uso de intenet (comercio
electrónico, propiedad intelectual, protección de la vida privada, etc.). Estos tribunales permiten a
las partes interesadas elegir de entre una cantidad de expertos (en ocasiones académicos)
aquellos que propondrán soluciones a los conflictos, sustentados en los textos internacionales más
avanzados en la materia.

Las innovaciones tecnológicas ofrecen múltiples beneficios y contribuyen al progreso económico


de las comunidades y de las organizaciones que las implementan. Pero junto con esto generan
situaciones nuevas que podrían ser perjudiciales si no se evalúan, comprenden y corrigen desde
un principio. La economía digital se caracteriza por la progresiva integración de los mercados, la
internacionalización de los procesos y la interrelación de personas y organizaciones digitales. Estas
interrelaciones, en especial las comerciales, son susceptibles de derivar en conflictos que ni los
sistemas judiciales nacionales ni los transnacionales tradicionales pueden asimilar porque no están
debidamente adecuados a esta nueva realidad. Son particularmente frecuentes los problemas
entre empresas que se interrelacionan en operaciones de comercio exterior en marketplaces
digitales (importación-exportación, joint ventures, alianzas estratégicas, etc.) o problemas entre
partners en redes de valor agregado en entornos Electronic Data Interchangc (EDI VANS, por sus
siglas en inglés). Estos conflictos cada vez se vuelven más comunes en función de las relaciones
entre consumidores finales y tiendas virtuales, bancos virtuales y sus clientes u operadores
financieros, etcétera.

Por eso los sistemas alternativos de solución de disputas (ADR, por sus siglas en inglés), como el
arbitraje, la mediación y la conciliación, presentan claros beneficios y ventajas prácticas en
relación con los procesos estatales, en particular para la solución de conflictos dentro de
estructuras digitales.

Algunos de sus principales beneficios son:

 Autonomía de la voluntad de las partes.


 Posibilidad de elegir un conciliador O árbitro neutral en otros países.
 Posibilidad de utilizar tecnologías e infraestructuras tecnológicas muy avanzadas.
 Procesos extrajudiciales muy cortos, simples y flexibles (manteniendo todos los derechos
de las partes).
 Trabajo y discusión en tiempo real al tratarse de solución on line de conflictos.
 No hay posibilidad de prolongar los procesos mediante apelación.
 Costos mucho más bajos.
 Privacidad y confidencialidad durante el proceso y después de él.
 Reducción de la hostilidad emocional entre las partes.
 Posibilidad de que expertos evalúen el caso y dicten el laudo (esto es particularmente
importante en casos de comercio electrónico y nuevas tecnologías).
 Posibilidad de que un laudo dictado en un país sea válido en cualquier otro país (tratados
internacionales).
CyberTribunal. El CyberTribunal era un proyecto experimental elaborado por el Centre de
Recherche en Droit Publique (CRDP, por sus siglas en francés) de la Universidad de Montreal, en
septiembre de 1996. El proyecto apuntaba a determinar si era viable utilizar mecanismos
alternativos para resolver conflictos generados en entornos electrónicos.

El ámbito de aplicación del CyberTribunal era mucho más amplio que el del Virtual Magistrate y
Online Ombuds Office. Pese a su denominación, es importante aclarar que el CyberTribunal no se
erigía en juez. En cambio, trataba de moderar el diálogo entre las partes en el litigio (mediación) y,
en su caso, prestar asistencia administrativa y tecnológica en el proceso de adopción de decisiones
con base en la voluntad de las partes (arbitraje). El proyecto llegó a su término en diciembre de
1999. El principal artífice del sistema estableció un nuevo proyecto denominado eResolution.

Ejemplos:

SquareTrade. Fundado en otoño de 1999, funciona casi exclusivamente en el sector del comercio
electrónico entre consumidores. La sociedad estadounidense ofrece dos posibles servicios de
solución de diferencias: la negociación directa y la mediación, Su asociación con eBay, uno de los
más importantes sitios de subastas en el ciberespacio, ha generado rápidamente un importante
volumen de casos.

El desarrollo del procedimiento, muy informal, estimula las soluciones amistosas en todas las
etapas. En un primer momento, el comprador o el vendedor presentan una queja a SquareTrade,
recopilando toda la información pertinente en un formulario electrónico. A continuación se
notifica a la contraparte por correo electrónico. Si se presenta una respuesta, SquareTrade
permite a las partes el acceso a formularios en un sitio protegido, mediante contraseñas y
nombres de usuario. En esta etapa las partes pueden tratar de resolver el litigio en forma
amistosa. Si no llegan a un entendimiento, podrán pedir a SquareTrade que designe un mediador,
en cuyo caso deberán pagar un honorario bastante modesto. Si en cambio llegan a un arreglo, con
o sin ayuda del mediador, la diferencia quedará zanjada y se comunicará a las partes un
documento en el que se consigna el acuerdo.

Respecto a la solución en línea de litigios relativos a los nombres de dominio existe #eResolution.
Fundado en el otoño de 1999, inauguró su primer servicio de solución en línea de diferencias el l
de enero de 2000, cuando recibía la acreditación de la Corporación Internet para Nombres y
Números Asignados (ICANN, por sus siglas en inglés) para administrar la solución de conflictos
relativos a nombres de dominio, de conformidad con su política. La plataforma tecnológica de
eResolution ha permitido resolver de esta manera varios cientos de asuntos con alcance mundial.

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