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DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Objetivo:
Procedimiento de
actuación y
tratamiento para
receptores y
generadores
Art. 39 LPCLVEE
Violencia escolar:
• Todo acto u omisión que de manera reiterada agreda
Física, Psicoemosional, Patrimonial o Sexualmente a un
niño, niña o adolecente, así como el uso intencional de la
fuerza física o emocional ya sea en grado de amenaza o
efectivo, que tenga como finalidad causar lesiones, daños
emocionales, trastornos del desarrollo o privaciones,
realizados en el entorno escolar ya sea en instituciones
educativa publica o particular.
• También se considera violencia escolar, las acciones que
se realicen a través de cualquier tipo de comunicación
escrita, electrónica o a través de imágenes y videos que
pretenda dañar la dignidad y honor.
Véase Artículo 3 de la Ley para una Convivencia Libre de Violencia en el Entorno Escolar para el Estado de Guanajuato y sus Municipios
Tipos de violencia escolar
Violencia
Escolar
Véase Artículo 25 de la Ley para una convivencia libre de violencia en el entorno escolar para el Estado de Guanajuato y sus Municipios
Activar los Protocolos
establecidos en el Reglamento
Escolar para una Convivencia en
la Paz del Estado de Guanajuato
OMG
REPORTE POR ESCRITO POR PARTE DE CUALQUIER MIEMBRO
DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA AL DIRECTOR DEL PLANTEL
Determina
Violencia
Conflicto
Escolar
Al recibir dicho informe y sin mayor preámbulo, el director de la institución educativa investigara
personalmente, o a quien para ello designe, registrando el hecho en la bitácora respectiva.
Art. 40 de la Ley para una Convivencia Libre de Violencia en el Entorno Escolar
CONFLICTO CONCILIAN
ORGANISMO
DETERMINAN
ESCOLAR VIOLENCIA 1. Activan CRU.
2. Llenan AEROE.
ESCOLAR 3. Procedimiento Disciplinario
OMG
Proceso de la Cedula de Registro Único
Se recibe Queja Hay dos formas
Es la instancia El te brindara
Autoridad que recibe la queja asesoría para
Investiga mediante en la tener claridad de
Educativa línea telefónica si el caso es
800 911 12 13 susceptible de
Organismo y te brindaran la poderse conciliar
Determinan asesoría para o es Violencia
Escolar atender el caso y Escolar y así
te asignaran el mismo te podrá
número de CRU apoyar para
Si determina que
para que se le dé solicitar el
hechos tienen las Activan número de CRU
seguimiento por
características de la CRU parte del enlace en caso de
Violencia Escolar jurídico. requerirse.
Facultad sancionatoria
Véase el Art. 94 Reglamento Escolar para una Convivencia en la Paz del Estado de Guanajuato
Procedimiento Disciplinario Escolar
Se exceptúa si la falta No se impondrá medida
amerita exhorto verbal, disciplinaria sin el debido proceso
amonestación o actividad (Protocolo para la Detección,
académica especial Notificación Prevención y Actuación)
Citar a Junta de Junta de
Esclarecimiento Esclarecimiento
Resolución de la
resolución
Notificación Único
El organismo Comunicación Recurso de
oficial al P.F. momento
escolar oficial que reconsideración
y/o R.E. para que el
P.F. y/o R.E. analiza las se hace al Tiene
expresando
haga sus manifestaciones P.F. y/o R.E. 3 días Superior
los motivos
manifestacion y las pruebas sobre la
de la Junta es para su y dicta la
jerárquico
de resolución a
defensa y medida
esclarecimiento la que se ha
aportar disciplinaria Art. 108, 109, 110 y
hora y fecha pruebas. llegado. 112 del REPCPEG
Art. 101, 102 del Art. 103 del Art. 37, 88, 89, 104, Art. 107 del
REPCPEG REPCPEG 106 del REPCPEG REPCPEG