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Legislacion Comercial Actividad 4
Legislacion Comercial Actividad 4
Legislacion Comercial Actividad 4
NRC: 15694
PRESENTADO POR:
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ÍNDICE
1. Hoja de presentación.
2. Índice.
3. Introducción y Objetivos.
4. Estudio de Caso
5. Propuesta y Recomendaciones.
6. Conclusiones
7. Bibliografía y Recursos
INTRODUCCIÓN
Objetivo General: Identificar los derechos del consumidor, las causas que lo originan y
las medidas de protección que se deben tomar.
o Exponer un caso donde se muestra las implicaciones que puede tener ofrecer productos
y haber vulnerado el derecho de información de los usuarios y por el incumplimiento de
la promoción ofrecida. Desarrollar unas recomendaciones respectivas al caso, según el
estatuto del consumidor.
o Explicar a los consumidores que hay una ley que los ampara e invitarnos a indagar más
sobre los bienes que se adquieren sus derechos y deberes para
saber cómo se debe proceder en caso de que se vea afectado su derecho como
consumidor.
El caso DIRECTV
La SIC, como Autoridad de inspección y vigilancia determinó que DIRECTV, incumplió la
promoción en virtud de la cual les ofreció a los usuarios la instalación de los servicios de
telefonía e internet, meses gratuitos en los servicios contratados y descuentos del 50% de
cargos fijos mensuales y, en otros, entregó a los usuarios información incompleta en
relación con los términos y condiciones de la alianza con ETB para la prestación de los
servicios de Internet y telefonía.
Se determinó vulneración a:
Los términos de las promociones y ofertas obligan a quien las realice y estarán sujetas a
las normas incorporadas en la presente ley.
Las condiciones de tiempo, modo, lugar y cualquier otro requisito para acceder a la
promoción y oferta, deberán ser informadas al consumidor en la publicidad.
Sin perjuicio de las sanciones administrativas a que haya lugar, de no indicarse la fecha de
iniciación de la promoción u oferta, se entenderá que rige a partir del momento en que fue
dada a conocer al público. La omisión de la fecha hasta la cual está vigente o de la
condición de que es válida hasta agotar inventario determinado, hará que la promoción se
entienda válida hasta que se dé a conocer la revocatoria
de la misma, por los mismos medios e intensidad con que se haya dado a conocer
originalmente.
Después de realizar el estudio de caso podemos observar que las compañías en sus
ofrecimientos en oportunidades no son claras sobre los mecanismos que tiene el usuario
para retirarse del servicio y los beneficios y ofertas que ofrece el operador en el momento
de atraer clientes, por otro lado la súper intendencia es una instancia superior que nos
protege como consumidores pero para tal motivo debemos hacer valor nuestros derechos y
no permitir que estas compañías actúen de forma cohesionada sobre nosotros muchas veces
como parte dominante y por nuestra desconocimiento de la ley.
BIBLIOGRAFIA Y RECURSOS
https://www.sic.gov.co/recursos_user/documentos/normatividad/Leyes/2011/Le
y_1480_Estatuto_Consumidor.pdf
https://www.sic.gov.co/slider/superindustria-sanciona-etb-y-directv-por-
incumplimientos-en-sus-servicios