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Bases As 16 2021 Defensa Riberena Integrada 20210408 183608 834

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BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN

SIMPLIFICADA PARA LA CONTRATACIÓN DEL


SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA

Aprobado mediante Directiva Nº 001-2019-OSCE/CD

SUB DIRECCIÓN DE NORMATIVIDAD – DIRECCIÓN TÉCNICO NORMATIVA


ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO - OSCE
SIMBOLOGÍA UTILIZADA:

Nº Símbolo Descripción
La información solicitada dentro de los corchetes sombreados debe ser
1 [ABC] / […….] completada por la Entidad durante la elaboración de las bases.
Es una indicación, o información que deberá ser completada por la
Entidad con posterioridad al otorgamiento de la buena pro para el caso
2 [ABC] / […….] específico de la elaboración de la PROFORMA DEL CONTRATO; o por los
proveedores, en el caso de los ANEXOS de la oferta.
Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el órgano
3 encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda
y por los proveedores.
Se refiere a advertencias a tener en cuenta por el órgano encargado de
4 las contrataciones o comité de selección, según corresponda y por los
proveedores.
Se refiere a consideraciones importantes a tener en cuenta por el órgano
5 encargado de las contrataciones o comité de selección, según corresponda
y deben ser eliminadas una vez culminada la elaboración de las bases.

CARACTERÍSTICAS DEL DOCUMENTO:

Las bases estándar deben ser elaboradas en formato WORD, y deben tener las siguientes características:

Nº Características Parámetros
Superior : 2.5 cm Inferior: 2.5 cm
1 Márgenes
Izquierda: 2.5 cm Derecha: 2.5 cm
2 Fuente Arial
Normal: Para el contenido en general
3 Estilo de Fuente Cursiva: Para el encabezado y pie de página
Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior)

Automático: Para el contenido en general


4 Color de Fuente
Azul : Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior)

16 : Para las dos primeras hojas de las Secciones General y Específica


11 : Para el nombre de los Capítulos.
10 : Para el cuerpo del documento en general
5 Tamaño de Letra
9 : Para el encabezado y pie de página
Para el contenido de los cuadros, pudiendo variar, según la necesidad
8 : Para las Notas al pie
Justificada: Para el contenido en general y notas al pie.
6 Alineación Centrada : Para la primera página, los títulos de las Secciones y nombres
de los Capítulos)
7 Interlineado Sencillo
Anterior : 0
8 Espaciado
Posterior : 0
Para los nombres de las Secciones y para resaltar o hacer hincapié en algún
9 Subrayado
concepto

INSTRUCCIONES DE USO:

1. Una vez registrada la información solicitada dentro de los corchetes sombreados en gris, el texto deberá
quedar en letra tamaño 10, con estilo normal, sin formato de negrita y sin sombrear.

2. La nota IMPORTANTE no puede ser modificada ni eliminada en la Sección General. En el caso de la Sección
Específica debe seguirse la instrucción que se indica en dicha nota.

Elaboradas en enero de 2019


Modificadas en marzo, junio y diciembre 2019 y julio 2020
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE KIMBIRI
ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° 016 -2021-MDK/CS-1 BASES INTEGRADAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE KIMBIRI


BASES ESTÁNDAR DE ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA
PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE
CONSULTORÍA DE OBRA1

ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº
016-2021-MDK/CS
PRIMERA CONVOCATORIA

CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE


OBRA
ELABORACIÓN DEL ESTUDIO DEFINITIVO A NIVEL DE
EXPEDIENTE TÉCNICO DEL PROYECTO: “CREACIÓN
SERVICIO DE PROTECCIÓN EN RIBERAS DE RÍO
VULNERABLES ANTE EL PELIGRO DE INUNDACIÓN EN EL
SECTOR VISTA ALEGRE BAJA, SIBAYLLOHUATO ALTA,
SIBAYLLOHUATO BAJA, SIBAYLLOHUATO SECTOR
PLAYA, MARGEN IZQUIERDA DEL RÍO KIMBIRI - KIMBIRI -
CUSCO”.

1
Estas Bases se utilizarán para la contratación del servicio de consultoría de obra. Para tal efecto, se deberá tener en cuenta
la siguiente definición:

Consultoría de obra: Servicios profesionales altamente calificados consistente en la elaboración del expediente técnico de
obras, en la supervisión de la elaboración del expediente técnico de obra o en la supervisión de obras.

1
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ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° 016 -2021-MDK/CS-1 BASES INTEGRADAS

DEBER DE COLABORACIÓN

La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor
y/o contratista, deben conducir su actuación conforme a los principios previstos en la Ley de
Contrataciones del Estado.

En este contexto, se encuentran obligados a prestar su colaboración al OSCE y a la Secretaría


Técnica de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI, en todo momento
según corresponda a sus competencias, a fin de comunicar presuntos casos de fraude, colusión
y corrupción por parte de los funcionarios y servidores de la Entidad, así como los proveedores y
demás actores que participan en el proceso de contratación.

De igual forma, deben poner en conocimiento del OSCE y a la Secretaría Técnica de la Comisión
de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI los indicios de conductas anticompetitivas
que se presenten durante el proceso de contratación, en los términos del Decreto Legislativo N°
1034, "Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas", o norma que la sustituya, así como las
demás normas de la materia.

La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor
y/o contratista del proceso de contratación deben permitir al OSCE o a la Secretaría Técnica de
la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI el acceso a la información referida
a las contrataciones del Estado que sea requerida, prestar testimonio o absolución de posiciones
que se requieran, entre otras formas de colaboración.

2
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SECCIÓN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE


SELECCIÓN

(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)

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CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

1.1. REFERENCIAS

Cuando en el presente documento se mencione la palabra Ley, se entiende que se está


haciendo referencia a la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y cuando se
mencione la palabra Reglamento, se entiende que se está haciendo referencia al Reglamento
de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

1.2. CONVOCATORIA

Se realiza a través de su publicación en el SEACE de conformidad con lo señalado en el artículo


54 del Reglamento, en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección,
debiendo adjuntar las bases y resumen ejecutivo.

1.3. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de participantes se realiza conforme al artículo 55 del Reglamento. En el caso de un


consorcio, basta que se registre uno (1) de sus integrantes.

Importante

 Para registrarse como participante en un procedimiento de selección convocado por las


Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripción
vigente y estar habilitados ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra
el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor
información, se puede ingresar a la siguiente dirección electrónica: www.rnp.gob.pe.

 Los proveedores que deseen registrar su participación deben ingresar al SEACE utilizando
su Certificado SEACE (usuario y contraseña). Asimismo, deben observar las instrucciones
señaladas en el documento de orientación “Guía para el registro de participantes
electrónico” publicado en https://www2.seace.gob.pe/.

 En caso los proveedores no cuenten con inscripción vigente en el RNP y/o se encuentren
inhabilitados o suspendidos para ser participantes, postores y/o contratistas, el SEACE
restringirá su registro, quedando a potestad de estos intentar nuevamente registrar su
participación en el procedimiento de selección en cualquier otro momento, dentro del plazo
establecido para dicha etapa, siempre que haya obtenido la vigencia de su inscripción o
quedado sin efecto la sanción que le impuso el Tribunal de Contrataciones del Estado.

1.4. FORMULACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

La formulación de consultas y observaciones a las bases se efectúa de conformidad con lo


establecido en los numerales 72.1 y 72.2 del artículo 72 del Reglamento, así como el literal a)
del artículo 89 del Reglamento.

1.5. ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS, OBSERVACIONES E INTEGRACIÓN DE BASES

La absolución de consultas, observaciones e integración de las bases se realizan conforme a


las disposiciones previstas en el numeral 72.4 del artículo 72 y el literal a) del artículo 89 del
Reglamento.

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Importante

 No se absolverán consultas y observaciones a las bases que se presenten en forma física.

 Cuando exista divergencia entre lo indicado en el pliego de absolución de consultas y


observaciones y la integración de bases, prevalece lo absuelto en el referido pliego; sin
perjuicio, del deslinde de responsabilidades correspondiente.

1.6. FORMA DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS

Las ofertas se presentan conforme lo establecido en el artículo 59 y en el artículo 90 del


Reglamento.

Las declaraciones juradas, formatos o formularios previstos en las bases que conforman la
oferta deben estar debidamente firmados por el postor (firma manuscrita). Los demás
documentos deben ser visados por el postor. En el caso de persona jurídica, por su
representante legal, apoderado o mandatario designado para dicho fin y, en el caso de persona
natural, por este o su apoderado. No se acepta el pegado de la imagen de una firma o visto.
Las ofertas se presentan foliadas.

Importante

 Los formularios electrónicos que se encuentran en el SEACE y que los proveedores deben
llenar para presentar sus ofertas, tienen carácter de declaración jurada.

 En caso la información contenida en los documentos escaneados que conforman la oferta no


coincida con lo declarado a través del SEACE, prevalece la información declarada en los
documentos escaneados.

 No se tomará en cuenta las ofertas que se presenten en físico a la Entidad.

1.7. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE OFERTAS

El participante presentará su oferta de manera electrónica a través del SEACE, desde las 00:01
horas hasta las 23:59 horas del día establecido para el efecto en el cronograma del
procedimiento; adjuntando el archivo digitalizado que contenga los documentos que conforman
la oferta de acuerdo a lo requerido en las bases.

El participante debe verificar antes de su envío, bajo su responsabilidad, que el archivo pueda
ser descargado y su contenido sea legible.

Importante

Los integrantes de un consorcio no pueden presentar ofertas individuales ni conformar más de


un consorcio en un procedimiento de selección, o en un determinado ítem cuando se trate de
procedimientos de selección según relación de ítems.

En la apertura electrónica de la oferta técnica, el órgano encargado de las contrataciones o el


comité de selección, según corresponda,verifica la presentación de lo exigido en la sección
específica de las bases de conformidad con el numeral 81.2 del artículo 81 del Reglamento y
determina si las ofertas responden a las características y/o requisitos y condiciones de los
Términos de Referencia, detallados en la sección específica de las bases. De no cumplir con
lo requerido, la oferta se considera no admitida.

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1.8. CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

La calificación y evaluación de los postores se realiza conforme los requisitos de calificación y


factores de evaluación que se indican en la sección específica de las bases.

La evaluación técnica y económica se realiza sobre la base de:

Oferta técnica : 100 puntos


Oferta económica : 100 puntos

1.8.1 CALIFICACIÓN DE LAS OFERTAS TÉCNICAS

La calificación de las ofertas técnicas se realiza conforme a lo establecido en el numeral


82.1 del artículo 82 del Reglamento.

1.8.2 EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS TÉCNICAS

La evaluación de las ofertas técnicas se realiza conforme a lo establecido en los


numerales 82.2 y 82.3 del artículo 82 del Reglamento.

1.8.3 APERTURA Y EVALUACIÓN DE OFERTAS ECONÓMICAS

El órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según


corresponda, evalúa las ofertas económicas y determina el puntaje total de las ofertas
conforme a lo dispuesto en el artículo 83 del Reglamento así como los coeficientes de
ponderación previstos en la sección específica de las bases.

Importante

En el caso de contratación de consultorías de obras a ser prestadas fuera de la provincia


de Lima y Callao, cuyo valor referencial no supere los doscientos mil Soles (S/ 200,000.00),
a solicitud del postor se asigna una bonificación equivalente al diez por ciento (10%) sobre
el puntaje total obtenido por los postores con domicilio en la provincia donde prestará el
servicio, o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo departamento
o región. El domicilio es el consignado en la constancia de inscripción ante el RNP 2. Lo
mismo aplica en el caso de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando
algún ítem no supera el monto señalado anteriormente.

1.9. SUBSANACIÓN DE LAS OFERTAS

La subsanación de las ofertas se sujeta a lo establecido en el artículo 60 del Reglamento. El


plazo que se otorgue para la subsanación no puede ser inferior a un (1) día hábil.

La solicitud de subsanación se realiza de manera electrónica a través del SEACE y será


remitida al correo electrónico consignado por el postor al momento de realizar su inscripción en
el RNP, siendo su responsabilidad el permanente seguimiento de las notificaciones a dicho
correo. La notificación de la solicitud se entiende efectuada el día de su envío al correo
electrónico.

La presentación de las subsanaciones se realiza a través del SEACE. No se tomará en cuenta


la subsanación que se presente en físico a la Entidad.

2
La constancia de inscripción electrónica se visualizará en el portal web del Registro Nacional de Proveedores:
www.rnp.gob.pe

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1.10. OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

La buena pro se otorga luego de la evaluación correspondiente según lo indicado en el numeral


1.8.3 de la presente sección.

Previo al otorgamiento de la buena pro, el órgano encargado de las contrataciones o el comité


de selección, según corresponda, aplica lo dispuesto en los numerales 68.5 y 68.6 del artículo
68 del Reglamento, de ser el caso.

En el supuesto de que dos (2) o más ofertas empaten, el otorgamiento de la buena pro se
efectúa siguiendo estrictamente el orden señalado en el numeral 91.2 del artículo 91 del
Reglamento.

El desempate mediante sorteo se realiza de manera electrónica a través del SEACE.

Definida la oferta ganadora, el órgano encargado de las contrataciones o el comité de


selección, según corresponda, otorga la buena pro, mediante su publicación en el SEACE,
incluyendo el cuadro comparativo y las actas debidamente motivadas de los resultados de la
admisión, no admisión, calificación, descalificación, evaluación y el otorgamiento de la buena
pro.

1.11. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PRO

Cuando se hayan presentado dos (2) o más ofertas, el consentimiento de la buena pro se
produce a los cinco (5) días hábiles siguientes de la notificación de su otorgamiento, sin que
los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.

En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se produce
el mismo día de la notificación de su otorgamiento.

El consentimiento del otorgamiento de la buena pro se publica en el SEACE al día hábil


siguiente de producido.

Importante

Una vez consentido el otorgamiento de la buena pro, el órgano encargado de las contrataciones
o el órgano de la Entidad al que se haya asignado tal función realiza la verificación de la oferta
presentada por el postor ganador de la buena pro conforme lo establecido en el numeral 64.6 del
artículo 64 del Reglamento.

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CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE
SELECCIÓN

2.1. RECURSO DE APELACIÓN

A través del recurso de apelación se pueden impugnar los actos dictados durante el desarrollo
del procedimiento de selección hasta antes del perfeccionamiento del contrato.

El recurso de apelación se presenta ante la Entidad convocante, y es conocido y resuelto por


su Titular, cuando el valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT. Cuando el valor
referencial sea mayor a dicho monto, el recurso de apelación se presenta ante y es resuelto
por el Tribunal de Contrataciones del Estado.

En los procedimientos de selección según relación de ítems, el valor referencial total del
procedimiento determina ante quién se presenta el recurso de apelación.

Los actos que declaren la nulidad de oficio, la cancelación del procedimiento de selección y
otros actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuidad de este, se impugnan
ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

Importante
 Una vez otorgada la buena pro, el órgano encargado de las contrataciones o el comité de
selección, según corresponda, está en la obligación de permitir el acceso de los participantes
y postores al expediente de contratación, salvo la información calificada como secreta,
confidencial o reservada por la normativa de la materia, a más tardar dentro del día siguiente
de haberse solicitado por escrito.

 A efectos de recoger la información de su interés, los postores pueden valerse de distintos


medios, tales como: (i) la lectura y/o toma de apuntes, (ii) la captura y almacenamiento de
imágenes, e incluso (iii) pueden solicitar copia de la documentación obrante en el expediente,
siendo que, en este último caso, la Entidad deberá entregar dicha documentación en el menor
tiempo posible, previo pago por tal concepto.

 El recurso de apelación se presenta ante la Mesa de Partes del Tribunal o ante las oficinas
desconcentradas del OSCE o en la Unidad de Trámite Documentario de la Entidad, según
corresponda.

2.2. PLAZOS DE INTERPOSICIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN

La apelación contra el otorgamiento de la buena pro o contra los actos dictados con anterioridad
a ella se interpone dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse notificado el
otorgamiento de la buena pro.

La apelación contra los actos dictados con posterioridad al otorgamiento de la buena pro, contra
la declaración de nulidad, cancelación y declaratoria de desierto del procedimiento, se interpone
dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que
se desea impugnar.

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CAPÍTULO III
DEL CONTRATO

3.1. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

Los plazos y el procedimiento para perfeccionar el contrato se realiza conforme a lo indicado en


el artículo 141 del Reglamento.

Para perfeccionar el contrato, el postor ganador de la buena pro debe presentar los documentos
señalados en el artículo 139 del Reglamento y los previstos en la sección específica de las bases.

3.2. GARANTÍAS

Las garantías que deben otorgar los postores y/o contratistas, según corresponda, son las de
fiel cumplimiento del contrato y por los adelantos.

3.2.1. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

Como requisito indispensable para perfeccionar el contrato, el postor ganador debe


entregar a la Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo por una suma equivalente
al diez por ciento (10%) del monto del contrato original. Esta se mantiene vigente hasta el
consentimiento de la liquidación final.

Importante

En los contratos de consultorías de obras que celebren las Entidades con las micro y
pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el
diez por ciento (10%) del monto del contrato original, porcentaje que es retenido por la
Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma
prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo
establecen los numerales 149.4 y 149.5 del artículo 149 del Reglamento.

3.2.2. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS

En las contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como


mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorga una garantía adicional por una
suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato de la prestación
accesoria, la misma que debe ser renovada periódicamente hasta el cumplimiento total de
las obligaciones garantizadas.

3.2.3. GARANTÍA POR ADELANTO

En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el


contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo
estipulado en el artículo 153 del Reglamento.

3.3. REQUISITOS DE LAS GARANTÍAS

Las garantías que se presenten deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de


realización automática en el país, al solo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser
emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisión directa de la Superintendencia de
Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y que cuenten con

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clasificación de riesgo B o superior. Asimismo, deben estar autorizadas para emitir garantías; o
estar consideradas en la última lista de bancos extranjeros de primera categoría que
periódicamente publica el Banco Central de Reserva del Perú.

Importante

Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la buena
pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y
eventual ejecución; sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que
correspondan.

Advertencia
Los funcionarios de las Entidades no deben aceptar garantías emitidas bajo condiciones
distintas a las establecidas en el presente numeral, debiendo tener en cuenta lo siguiente:

1. La clasificadora de riesgo que asigna la clasificación a la empresa que emite la garantía


debe encontrarse listada en el portal web de la SBS (http://www.sbs.gob.pe/sistema-
financiero/clasificadoras-de-riesgo).

2. Se debe identificar en la página web de la clasificadora de riesgo respectiva, cuál es la


clasificación vigente de la empresa que emite la garantía, considerando la vigencia a la fecha
de emisión de la garantía.

3. Para fines de lo establecido en el artículo 148 del Reglamento, la clasificación de riesgo


B, incluye las clasificaciones B+ y B.

4. Si la empresa que otorga la garantía cuenta con más de una clasificación de riesgo emitida
por distintas empresas listadas en el portal web de la SBS, bastará que en una de ellas
cumpla con la clasificación mínima establecida en el Reglamento.

En caso exista alguna duda sobre la clasificación de riesgo asignada a la empresa emisora
de la garantía, se deberá consultar a la clasificadora de riesgos respectiva.

De otro lado, además de cumplir con el requisito referido a la clasificación de riesgo, a efectos
de verificar si la empresa emisora se encuentra autorizada por la SBS para emitir garantías,
debe revisarse el portal web de dicha Entidad (http://www.sbs.gob.pe/sistema-
financiero/relacion-de-empresas-que-se-encuentran-autorizadas-a-emitir-cartas-fianza).

Los funcionarios competentes deben verificar la autenticidad de la garantía a través de los


mecanismos establecidos (consulta web, teléfono u otros) por la empresa emisora.

3.4. EJECUCIÓN DE GARANTÍAS

La Entidad puede solicitar la ejecución de las garantías conforme a los supuestos contemplados
en el artículo 155 del Reglamento.

3.5. ADELANTOS

La Entidad puede entregar adelantos directos al contratista, los que en ningún caso exceden en
conjunto del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original, siempre que ello haya sido
previsto en la sección específica de las bases.

3.6. PENALIDADES

3.6.1. PENALIDAD POR MORA EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN

En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto


del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día

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de atraso, de conformidad con el artículo 162 del Reglamento.

3.6.2. OTRAS PENALIDADES

La Entidad puede establecer penalidades distintas a la mencionada en el numeral


precedente, según lo previsto en el artículo 163 del Reglamento y lo indicado en la sección
específica de las bases.

Estos dos tipos de penalidades se calculan en forma independiente y pueden alcanzar


cada una un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato
vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.

3.7. PAGOS

El pago se realiza después de ejecutada la respectiva prestación, pudiendo contemplarse pagos


a cuenta, según la forma establecida en la sección específica de las bases o en el contrato.

La Entidad paga las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los diez (10)
días calendario siguientes de otorgada la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen
las condiciones establecidas en el contrato para ello, bajo responsabilidad del funcionario
competente.

La conformidad se emite en un plazo máximo de quince (15) días, bajo responsabilidad del
funcionario que debe emitir la conformidad.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo
que se indique en el contrato de consorcio.

Advertencia
En caso de retraso en los pagos a cuenta o pago final por parte de la Entidad, salvo que se
deba a caso fortuito o fuerza mayor, esta reconoce al contratista los intereses legales
correspondientes, de conformidad con el artículo 39 de la Ley y 171 del Reglamento,
debiendo repetir contra los responsables de la demora injustificada.

3.8. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36
de la Ley y 164 del Reglamento.

3.9. DISPOSICIONES FINALES

Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se regirán
supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.

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SECCIÓN ESPECÍFICA

CONDICIONES ESPECIALES DEL PROCEDIMIENTO DE


SELECCIÓN

(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS
INSTRUCCIONES INDICADAS)

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CAPÍTULO I
GENERALIDADES

1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre : MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE KIMBIRI


RUC Nº : 20178199251

Domicilio legal : JOSE OLAYA 151 – 153 PLAZA MAYOR DE LA PACIFICACION,


DISTRITO DE KIMBIRI, LA CONVENCION - CUSCO
Teléfono: :
Correo electrónico: : logistica.mdk2019@gmail.com

1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El presente procedimiento de selección tiene por objeto la contratación del servicio de consultoría
de obra para ELABORACIÓN DEL ESTUDIO DEFINITIVO A NIVEL DE EXPEDIENTE
TÉCNICO DEL PROYECTO: “CREACIÓN SERVICIO DE PROTECCIÓN EN RIBERAS DE RÍO
VULNERABLES ANTE EL PELIGRO DE INUNDACIÓN EN EL SECTOR VISTA ALEGRE
BAJA, SIBAYLLOHUATO ALTA, SIBAYLLOHUATO BAJA, SIBAYLLOHUATO SECTOR
PLAYA, MARGEN IZQUIERDA DEL RÍO KIMBIRI - KIMBIRI - CUSCO”.

1.3. VALOR REFERENCIAL 3

El valor referencial asciende a S/. 250,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100
SOLES), incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total del
servicio de consultoría de obra. El valor referencial ha sido calculado al mes de MARZO DEL
2021.

Límites4
Valor Referencial
(VR) Inferior Superior

S/ 275,000.00
S/ 250,000.00 S/ 225,000.00 Doscientos Setenta y
Doscientos Cincuenta Mil con 00/100 Doscientos Veinticinco mil Cinco Mil con 00/100
Soles con 00/100 soles soles

Importante
Las ofertas económicas no pueden exceder los límites del valor referencial de conformidad con el
numeral 28.2 del artículo 28 de la Ley.

3
El monto del valor referencial indicado en esta sección de las bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado
en la ficha del procedimiento en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del
valor referencial indicado en las bases aprobadas.
4
De acuerdo a lo señalado en el artículo 48 del Reglamento, estos límites se calculan considerando dos (2) decimales. Para
ello, si el límite inferior tiene más de dos decimales, se aumenta en un dígito el valor del segundo decimal; en el caso del
límite superior, se considera el valor del segundo decimal sin efectuar el redondeo.

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Importante para la Entidad

 Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participación
de proveedores que gozan del beneficio de la exoneración del IGV prevista en la Ley Nº 27037,
Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, debe tomarse en cuenta la regulación de la
Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento.

De conformidad con lo señalado en el numeral 2 de la citada Disposición Complementaria Final,


en las bases se debe establecer además del valor referencial, los límites de este, con y sin IGV,
tal como se indica a continuación:

Límite Inferior Límite Superior


Valor Referencial
(VR) Sin IGV
Con IGV Sin IGV Con IGV

S/ 250,000.00 S/ 225,000.00 S/ 275,000.00 S/ 233,050.84


S/ 190,677.97

1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN

El expediente de contratación fue aprobado mediante FORMATO OSCE N°02 - APROBACION


DE EXPEDIENTE DE CONTRATACION el 22 de marzo del 2021.

1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

RECURSOS DETERMINADOS
Importante

La fuente de financiamiento debe corresponder a aquella prevista en la Ley de Equilibrio Financiero


del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el procedimiento de
selección.

1.6. SISTEMA DE CONTRATACIÓN

El presente procedimiento se rige por el sistema de SUMA ALZADA, de acuerdo con lo


establecido en el expediente de contratación respectivo.

Importante
En el caso de supervisión de obras, cuando se haya previsto que las actividades comprenden la
liquidación del contrato de obra, la supervisión se rige bajo el sistema de tarifas mientras que la
liquidación se rige bajo el sistema a suma alzada.

1.7. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

El alcance de la prestación está definido en el Capítulo III de la presente sección de las bases.

1.8. PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRA

Los servicios de consultoría de obra materia de la presente convocatoria se prestarán en el plazo


de 60 DIAS CALENDARIOS en concordancia con lo establecido en el expediente de
contratación.

Importante

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En el caso de supervisión de obras, el plazo inicial del contrato debe estar vinculado al del contrato
de la obra a ejecutar y comprender hasta la liquidación de la obra, de conformidad con el artículo
10 de la Ley.

1.9. COSTO DE REPRODUCCIÓN Y ENTREGA DE BASES

Los participantes registrados tienen el derecho de recabar un ejemplar de las bases, para cuyo
efecto deben cancelar S/. 0.10 (10/100 soles) por cada copia simple tamaño A4 de acuerdo a la
tarifa del mercado local en la caja de la entidad, ubicado en el Jr. José Olaya 151 - 153 - Plaza
Mayor de la Pacificación, distrito de Kimbiri - La Convención – Cusco.

Importante

El costo de entrega de un ejemplar de las bases no puede exceder el costo de su reproducción.

1.10. BASE LEGAL

- Ley N° 28411– Ley del Sistema Nacional de Presupuesto.


- Ley 31084 que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021.
- Ley 31085 Ley del Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2021.
- Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado aprobado
mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF.
- Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N°
377-2019-EF
- Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información
Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM.
- Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo
de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente, Ley MYPE, aprobado por
Decreto Supremo Nº 007-2008-TR.
- Código Civil.
- Directivas y Opiniones del OSCE.
- Términos de Referencia (TDR)
- Cualquier otra disposición legal vigente que permita desarrollar el objeto de la convocatoria,
que no contravenga lo regulado por la Ley de Contrataciones del Estado.

Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

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CAPÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

2.1. CALENDARIO DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

Según el cronograma de la ficha de selección de la convocatoria publicada en el SEACE.

Importante
De conformidad con la vigesimosegunda Disposición Complementaria Final del Reglamento, en
caso la Entidad (Ministerios y sus organismos públicos, programas o proyectos adscritos) haya
difundido el requerimiento a través del SEACE siguiendo el procedimiento establecido en dicha
disposición, no procede formular consultas u observaciones al requerimiento.

2.2. CONTENIDO DE LAS OFERTAS

2.2.1. OFERTA TÉCNICA

La oferta contendrá, además de un índice de documentos 5, la siguiente documentación:

2.2.1.1. Documentación de presentación obligatoria

A. Documentos para la admisión de la oferta

a.1) Declaración jurada de datos del postor. (Anexo Nº 1)

a.2) Documento que acredite la representación de quien suscribe la oferta.

En caso de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del


representante legal, apoderado o mandatario designado para tal efecto.

En caso de persona natural, copia del documento nacional de identidad o


documento análogo, o del certificado de vigencia de poder otorgado por persona
natural, del apoderado o mandatario, según corresponda.

El certificado de vigencia de poder expedido por registros públicos no debe tener


una antigüedad mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas,
computada desde la fecha de emisión.

En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de
los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según
corresponda.

Advertencia
De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están
prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan
obtener directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2
y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa medida, si la Entidad es usuaria de la
Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE6 y siempre que el servicio web
se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma, no
corresponderá exigir el certificado de vigencia de poder y/o documento nacional de
identidad.

5
La omisión del índice no determina la no admisión de la oferta.

6 Para mayor información de las Entidades usuarias y del Catálogo de Servicios de la Plataforma de Interoperabilidad del
Estado – PIDE ingresar al siguiente enlace https://www.gobiernodigital.gob.pe/interoperabilidad/

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a.3) Declaración jurada de acuerdo con el literal b) del artículo 52 del Reglamento.
(Anexo Nº 2)

a.4) Declaración jurada de cumplimiento de los Términos de Referencia contenidos en


el numeral 3.1 del Capítulo III de la presente sección. (Anexo Nº 3)

a.5) Declaración jurada de plazo de prestación del servicio de consultoría de obra.


(Anexo Nº 4).

a.6) Promesa de consorcio con firmas legalizadas, de ser el caso, en la que se


consigne los integrantes, el representante común, el domicilio común y las
obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio
así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones. (Anexo Nº 5)

Importante
El órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda,
verifica la presentación de los documentos requeridos. De no cumplir con lo requerido, la
oferta se considera no admitida.

B. Documentos para acreditar los requisitos de calificación

Incorporar en la oferta los documentos que acreditan los “Requisitos de


Calificación” que se detallan en el numeral 3.2 del Capítulo III de la presente
sección de las bases.

2.2.1.2. Documentación de presentación facultativa:

a) En el caso de microempresas y pequeñas empresas integradas por personas con


discapacidad, o en el caso de consorcios conformados en su totalidad por estas
empresas, deben presentar la constancia o certificado con el cual acredite su
inscripción en el Registro de Empresas Promocionales para Personas con
Discapacidad7.

b) Incorporar en la oferta los documentos que acreditan los “Factores de


Evaluación” establecidos en el Capítulo IV de la presente sección de las bases,
a efectos de obtener el puntaje previsto en dicho Capítulo para cada factor.

c) Solicitud de bonificación por tener la condición de micro y pequeña empresa.


(Anexo N° 11)

d) Los postores que apliquen el beneficio de la exoneración del IGV previsto en la Ley Nº
27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, deben presentar la Declaración
Jurada de cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV
(Anexo Nº 7).

e) Los postores con domicilio en la provincia donde se prestará el servicio de consultoría


de obra, o en las provincias colindantes, sean o no pertenecientes al mismo
departamento o región, pueden presentar la solicitud de bonificación por servicios
prestados fuera de la provincia de Lima y Callao, según Anexo Nº 10.

7 Dicho documento se tendrá en consideración en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 91 del Reglamento.

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Advertencia
El órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda, no
podrá exigir al postor la presentación de documentos que no hayan sido indicados en los
acápites “Documentos para la admisión de la oferta”, “Requisitos de calificación” y “Factores
de evaluación”.

2.2.2. OFERTA ECONÓMICA

La oferta económica expresada en SOLES debe registrarse directamente en el formulario


electrónico del SEACE.

Adicionalmente, se debe adjuntar el Anexo N° 6, en el caso de procedimientos


convocados a precios unitarios o tarifas.

En el caso de procedimientos convocados a suma alzada únicamente se debe adjuntar el


Anexo N° 6, cuando corresponda indicar el monto de la oferta de la prestación accesoria
o que el postor goza de alguna exoneración legal.

El monto total de la oferta económica y los subtotales que lo componen deben ser
expresados con dos (2) decimales. Los precios unitarios o tarifas pueden ser expresados
con más de dos (2) decimales.

Importante
 El órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según
corresponda, declara no admitidas las ofertas que no se encuentren dentro de los
límites del valor referencial previstos en el numeral 28.2 del artículo 28 de la Ley.

 La estructura de costos, se presenta para el perfeccionamiento del contrato.

2.3. DETERMINACIÓN DEL PUNTAJE TOTAL DE LAS OFERTAS

Una vez evaluadas las ofertas técnica y económica se procederá a determinar el puntaje total de
las mismas.

El puntaje total de las ofertas es el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la


aplicación de la siguiente fórmula:

PTPi = c1 PTi + c2 Pei


Donde:

PTPi = Puntaje total del postor i


PTi = Puntaje por evaluación técnica del postor i
Pei = Puntaje por evaluación económica del postor i
c1 = Coeficiente de ponderación para la evaluación técnica.
c2 = Coeficiente de ponderación para la evaluación económica.

Se aplicarán las siguientes ponderaciones:

c1 = 0.80
c2 = 0.20

Donde: c1 + c2 = 1.00

Importante para la Entidad

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Esta disposición solo debe ser incluida en el caso de procedimientos de selección cuyo valor referencial
sea igual o menor a cincuenta (50) UIT:

2.4. PRESENTACIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN

“El recurso de apelación se presenta ante la Unidad de Trámite Documentario de la Entidad.

En caso el participante o postor opte por presentar recurso de apelación y por otorgar la garantía
mediante depósito en cuenta bancaria, se debe realizar el abono en:

N ° de Cuenta : 00 – 415 – 000065.

Banco : BANCO DE LA NACION

N° CCI8 : [......................................]

2.5. REQUISITOS PARA PERFECCIONAR EL CONTRATO

El postor ganador de la buena pro debe presentar los siguientes documentos para perfeccionar
el contrato:

a) Garantía de fiel cumplimiento del contrato. CARTA FIANZA.


b) Contrato de consorcio con firmas legalizadas ante Notario de cada uno de los integrantes,
de ser el caso.
c) Código de cuenta interbancaria (CCI) o, en el caso de proveedores no domiciliados, el
número de su cuenta bancaria y la entidad bancaria en el exterior.
d) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa que acredite que
cuenta con facultades para perfeccionar el contrato, cuando corresponda.
e) Copia de DNI del postor en caso de persona natural, o de su representante legal en caso
de persona jurídica.

Advertencia
De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están prohibidas de
exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener directamente mediante
la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa
medida, si la Entidad es usuaria de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE9 y
siempre que el servicio web se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma,
no corresponderá exigir los documentos previstos en los literales e) y f).

f) Domicilio para efectos de la notificación durante la ejecución del contrato.


g) Detalle de los precios unitarios de la oferta económica10.
h) Estructura de costos de la oferta económica.
i) Detalle del monto de la oferta económica de cada uno de los servicios de consultoría de
obra que conforman el paquete11.
j) Copia de los diplomas que acrediten la formación académica requerida del personal clave,
en caso que el grado o título profesional requerido no se encuentren publicados en el
Registro Nacional de Grados Académicos y Títulos Profesionales a cargo de la de la

8
En caso de transferencia interbancaria.

9 Para mayor información de las Entidades usuarias y del Catálogo de Servicios de la Plataforma de Interoperabilidad del
Estado – PIDE ingresar al siguiente enlace https://www.gobiernodigital.gob.pe/interoperabilidad/

10
Incluir solo en caso de la contratación bajo el sistema a suma alzada.

11
Incluir solo en caso de contrataciones por paquete.

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Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU12.


k) Copia de (i) contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv)
cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del
personal clave.
l) Copia de documentos que sustenten la propiedad, la posesión, el compromiso de compra
venta o alquiler u otro documento que acredite la disponibilidad del requisito de calificación
equipamiento estratégico. En el caso que el postor ganador sea un consorcio los
documentos de acreditación de este requisito pueden estar a nombre del consorcio o de
uno de sus integrantes13.

Importante
 La Entidad debe aceptar las diferentes denominaciones utilizadas para acreditar la carrera
profesional requerida, aun cuando no coincida literalmente con aquella prevista en los
requisitos de calificación (por ejemplo Ingeniería Ambiental, Ingeniería en Gestión Ambiental,
Ingeniería y Gestión Ambiental u otras denominaciones).

 Los documentos que acreditan la experiencia del personal clave deben incluir como mínimo los
nombres y apellidos del personal, el cargo desempeñado, el plazo de la prestación indicando
el día, mes y año de inicio y culminación, el nombre de la Entidad u organización que emite el
documento, la fecha de emisión y nombres y apellidos de quien suscribe el documento.

En caso estos documentos establezcan el plazo de la experiencia adquirida por el personal


clave en meses sin especificar los días la Entidad debe considerar el mes completo.

De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de


dicha experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado. No obstante, de
presentarse periodos traslapados en el supervisor de obra, no se considera ninguna de las
experiencias acreditadas, salvo la supervisión de obras por paquete.

Se considerará aquella experiencia que no tenga una antigüedad mayor a veinticinco (25) años
anteriores a la fecha de la presentación de ofertas.

Asimismo, la Entidad debe valorar de manera integral los documentos presentados para
acreditar dicha experiencia. En tal sentido, aun cuando en los documentos presentados la
denominación del cargo o puesto no coincida literalmente con aquella prevista en los requisitos
de calificación, se deberá validar la experiencia si las actividades que realizó el profesional
corresponden con la función propia del cargo o puesto requerido.

 Cuando el postor ganador de la buena pro presenta como personal clave a profesionales que
se encuentren prestando servicios como residente o supervisor en obras contratadas por la
Entidad que no cuentan con recepción, procede otorgar plazo adicional para subsanar,
conforme lo previsto en el literal a) del artículo 141 del Reglamento.

 En caso que el postor ganador de la buena pro sea un consorcio, las garantías que presente
este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser
el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la Ley y en el
artículo 148 del Reglamento, deben consignar expresamente el nombre completo o la
denominación o razón social de los integrantes del consorcio, en calidad de garantizados, de
lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes
indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en
la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.

 En los contratos de consultoría de obras que celebren las Entidades con las micro y pequeñas
empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel cumplimiento el diez por ciento
(10%) del monto del contrato original, porcentaje que es retenido por la Entidad durante la
primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada en cada pago, con
cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo establece el numeral 149.4 del
artículo 149 del Reglamento. Para dicho efecto los postores deben encontrarse registrados en

12
https://enlinea.sunedu.gob.pe/
13
Incluir solo en caso se haya incluido el equipamiento estratégico como requisito de calificación.

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el REMYPE, consignando en la Declaración Jurada de Datos del Postor (Anexo N° 1) o en la


solicitud de retención de la garantía durante el perfeccionamiento del contrato, que tienen la
condición de MYPE, lo cual será verificado por la Entidad en el link
http://www2.trabajo.gob.pe/servicios-en-linea-2-2 opción consulta de empresas acreditadas en
el REMYPE.

Importante

 Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la
buena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual
ejecución; sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que
correspondan.

 De conformidad con el Reglamento Consular del Perú aprobado mediante Decreto Supremo N°
076-2005-RE para que los documentos públicos y privados extendidos en el exterior tengan
validez en el Perú, deben estar legalizados por los funcionarios consulares peruanos y
refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, salvo que se trate de
documentos públicos emitidos en países que formen parte del Convenio de la Apostilla, en
cuyo caso bastará con que estos cuenten con la Apostilla de la Haya 14.

 La Entidad no puede exigir documentación o información adicional a la consignada en el


presente numeral para el perfeccionamiento del contrato.

2.6. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO

El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. Para dicho efecto
el postor ganador de la buena pro, dentro del plazo previsto en el artículo 141 del Reglamento,
debe presentar la documentación requerida en Mesa de Partes de la Unidad de Logística de la
Municipalidad, ubicado en el Jr. José Olaya 151 - 153 - Plaza Mayor de la Pacificación, distrito
de Kimbiri - La Convención – Cusco.

2.7. FORMA DE PAGO

La Entidad realizará el pago de la contraprestación pactada a favor del contratista en tres


armadas SEGÚN TDR.

Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad debe
contar con la siguiente documentación:

- Informe del funcionario responsable de la Oficina de Formulación de Estudios y Proyectos


emitiendo la conformidad de la prestación efectuada.
- Comprobante de pago.
- Contrato.
- Orden de Servicio.

Dicha documentación se debe presentar en en Mesa de Partes de la Municipalidad, ubicado en


el Jr. José Olaya 151 - 153 - Plaza Mayor de la Pacificación, distrito de Kimbiri - La Convención
– Cusco.
.

14
Según lo previsto en la Opinión N° 009-2016/DTN.

21
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CAPÍTULO III
REQUERIMIENTO

Importante
De conformidad con el numeral 29.8 del artículo 29 del Reglamento, el área usuaria es responsable
de la adecuada formulación del requerimiento, debiendo asegurar la calidad técnica y reducir la
necesidad de su reformulación por errores o deficiencias técnicas que repercutan en el proceso de
contratación

3.1. TERMINOS DE REFERENCIA

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Oficina de Formulación de Estudios y Proyectos

TÉRMINOS DE REFERENCIA
CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE OBRAS DEL ESTUDIO DEFINITIVO A NIVEL
EXPEDIENTE TÉCNICO DEL PROYECTO:

“CREACIÓN SERVICIO DE PROTECCIÓN EN RIBERAS DE RÍO


VULNERABLES ANTE EL PELIGRO DE INUNDACIÓN EN EL
SECTOR VISTA ALEGRE BAJA, SIBAYLLOHUATO ALTA,
SIBAYLLOHUATO BAJA, SIBAYLLOHUATO SECTOR PLAYA,
MARGEN IZQUIERDA DEL RÍO KIMBIRI - KIMBIRI - CUSCO” con
CUI N° 2494890

Marzo – 2021

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TÉRMINOS DE REFERENCIA.

INTRODUCCIÓN
El presente término de referencia se elabora en base a las directivas del Sector. Procesos de selección
similares dentro del ámbito de nuestro distrito y referencias técnicas de mercado en el ámbito del distrito
de Kimbiri.

I. DENOMINACIÓN DEL PROYECTO Y DEL SERVICIO


Contratación del servicio de consultoría de Obras para la elaboración del estudio definitivo a Nivel de
Expediente Técnico del Proyecto: “CREACIÓN SERVICIO DE PROTECCIÓN EN RIBERAS DE RÍO
VULNERABLES ANTE EL PELIGRO DE INUNDACIÓN EN EL SECTOR VISTA ALEGRE BAJA, SIBAYLLOHUATO
ALTA, SIBAYLLOHUATO BAJA, SIBAYLLOHUATO SECTOR PLAYA, MARGEN IZQUIERDA DEL RÍO KIMBIRI -
KIMBIRI - CUSCO”, con CUI N° 2494890

II. ANTECEDENTES.
 En la actualidad, el tema cobra mayor importancia, debido a las amenazas naturales que son cada vez
más intensas y frecuentes por ende la reducción del riesgo de desastres es una estrategia fundamental
para el desarrollo, pues permite ser un componente integral del desarrollo sostenible.
 Las razones que conlleva a la Elaboración del Expediente Técnico del proyecto denominado: “CREACIÓN
SERVICIO DE PROTECCIÓN EN RIBERAS DE RÍO VULNERABLES ANTE EL PELIGRO DE INUNDACIÓN EN
EL SECTOR VISTA ALEGRE BAJA, SIBAYLLOHUATO ALTA, SIBAYLLOHUATO BAJA, SIBAYLLOHUATO
SECTOR PLAYA, MARGEN IZQUIERDA DEL RÍO KIMBIRI - KIMBIRI - CUSCO”, con CUI N° 2494890,
responde a la necesidad de contar con el proyecto terminado y que este contribuya a mitigar el riesgo
de erosión fluvial e inundaciones del rio Kimbiri.
 El estudio de Preinversión del proyecto de Inversión: “CREACIÓN SERVICIO DE PROTECCIÓN EN
RIBERAS DE RÍO VULNERABLES ANTE EL PELIGRO DE INUNDACIÓN EN EL SECTOR VISTA ALEGRE BAJA,
SIBAYLLOHUATO ALTA, SIBAYLLOHUATO BAJA, SIBAYLLOHUATO SECTOR PLAYA, MARGEN
IZQUIERDA DEL RÍO KIMBIRI - KIMBIRI - CUSCO”, se encuentra declarado Viable en el Banco de
Inversiones del MEF con CUI N° 2494890.
 La municipalidad Distrital de Kimbiri ha tomado la decisión continuar con los estudios correspondientes
con la finalidad de la búsqueda de financiamiento para su ejecución; es así que se le encarga la Oficina
de Formulación de Estudios y Proyectos para contratar el servicio de consultoría viendo la necesidad
sentida de dicho sector de la población.

En este marco conceptual, La Municipalidad Distrital de Kimbiri se interesa en el cumplimiento, por la cual
se determinó el área de intervención en tramo del rio Kimbiri en forma conjunta con el equipo de trabajo,
llegando a la conclusión que este sector crítico es un área urbana donde el grado de peligro y vulnerabilidad
pueden repercutir en un alto riesgo. En ese sentido se ha propuesto la elaboración del Expediente Técnico:
“CREACIÓN SERVICIO DE PROTECCIÓN EN RIBERAS DE RÍO VULNERABLES ANTE EL PELIGRO DE
INUNDACIÓN EN EL SECTOR VISTA ALEGRE BAJA, SIBAYLLOHUATO ALTA, SIBAYLLOHUATO BAJA,
SIBAYLLOHUATO SECTOR PLAYA, MARGEN IZQUIERDA DEL RÍO KIMBIRI - KIMBIRI - CUSCO”, con la
finalidad de buscar financiamiento para dar solución al problema planteado por el fenómeno de las lluvias
intensas en el Distrito de Kimbiri.

III. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROYECTO

A. NOMBRE DEL PROYECTO


La elaboración del estudio definitivo a Nivel de Expediente Técnico del Proyecto: “CREACIÓN SERVICIO

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DE PROTECCIÓN EN RIBERAS DE RÍO VULNERABLES ANTE EL PELIGRO DE INUNDACIÓN EN EL SECTOR


VISTA ALEGRE BAJA, SIBAYLLOHUATO ALTA, SIBAYLLOHUATO BAJA, SIBAYLLOHUATO SECTOR
PLAYA, MARGEN IZQUIERDA DEL RÍO KIMBIRI - KIMBIRI - CUSCO”.

B. ÁREA DE ESTUDIO
Las características y la trascendencia del proyecto en mención nos permiten señalar que el ámbito de
aplicación del proyecto es el siguiente.
Región : Cusco
Departamento : Cusco
Provincia : La Convención
Distrito : Kimbiri

C. UBICACIÓN GEOGRÁFICA

FIGURA N° 01: UBICACIÓN DEL ÁREA DE INTERVENCIÓN EN TRAMO DEL RIO KIMBIRI DONDE SE
PROYECTARÁ LA DEFENSA RIBEREÑA.

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ZONA DE RIESGO
MARGEN IZQUIERDA

ZONA DE RIESGO
MARGEN IZQUIERDA

Fuente: Google Earth

IV. BASE LEGAL


El Consultor para elaborar el estudio deberá tener en cuenta OBLIGATORIAMENTE lo indicado en las
siguientes Normas, Reglamentos y/o Directivas:

A. MARCO GENERAL
La intervención a través de inversión está sujeto al Sistema Nacional de Programación Multianual y
Gestión de Inversiones, Decreto Legislativo N° 1432, su Reglamento y Directiva N° 001-2019-EF/63.01 -
Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones para el
proceso de la elaboración de proyectos de inversión.

B. Marco específico
Los estudios del Proyecto de Inversión deben enmarcarse dentro de los alcances de los dispositivos
legales y técnicas vigentes del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones en
el Marco de INVIERTE PE y de acuerdo a la Directiva N° 002-2018-MDK/OFEP, analizando principalmente
aquellos que están directamente relacionados con la ejecución de los proyectos de protección y
contingencia:

 Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021.
 Ley N° 27972, Ley Orgánica De Municipalidades.
 Ley de Procedimiento Administrativo General y modificatorias, Ley N° 27444.
 Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante
D.S. Nº 082-2019-EF.

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 Decreto Legislativo N° 1432, que modifica el D.L. N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema
Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y deroga la Ley Nº 27293 - Ley del
Sistema Nacional de Inversión Pública.
 Directiva N° 002-2018-MDK/OFEP, Directiva para la Formulación y Aprobación de Expedientes
Técnicos y Estudios Definitivos de Proyectos y/o Actividades de Inversión a ser Ejecutados por la
Municipalidad Distrital de Kimbiri – La Convención – Cusco, bajo la Modalidad de Administración
Directa y/o Indirecta.
 Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual
y Gestión de Inversiones aprobada por la Resolución Directoral Nº 001-2019-EF/63.01(Publicado en
el Diario Oficial "El Peruano", el 23 de Enero del 2019) y sus modificatorias.
 Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE) vigente.
 Normas Técnicas y Legales vigentes aplicables al proyecto a desarrollar.

V. DE LAS CONDICIONES DEL SERVICIO

A. Plazo de estudio
El plazo de servicios será Sesenta (60) días calendario para la presentación del Expediente Técnico,
contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato, dicho plazo no comprende los tiempos
requeridos para las revisiones, observaciones y/o absoluciones programadas de la siguiente manera: La
Municipalidad Distrital de Kimbiri, previa evaluación del Expediente Técnico antes de que emita la
conformidad la Oficina de Formulación de Estudios y Proyectos (OFEP), para el Expediente Técnico
previa Evaluación por la Oficina de Supervisión, Evaluación y Liquidación de Inversiones, si existiera
observaciones y antes de que emita la conformidad la Oficina de Formulación de Estudios y Proyectos
(OFEP), el Consultor deberá de levantar las observaciones y/o correcciones que hubiera lugar dentro de
los diez (10) días calendario siguientes para su revisión y aprobación, si en caso persistiera las
observaciones se dará un plazo de cinco (05) días calendario, caso de continuar la tercera observación
se rescindirá el contrato sin perjuicio de las acciones y sanciones de ley.

B. Valor estimado
El Valor Referencial estimado para el servicio de consultoría para la elaboración del Expediente Técnico
asciende a la suma de S/. 250,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 SOLES). Estos precios
son considerando Gastos Generales y el Impuesto General a las Ventas (IGV) como también cualquier
otro concepto que pueda incidir en el costo de la consultoría.

Valor
Ítem Descripción del Servicio
Referencial
1 Elaboración del Expediente Técnico S/. 250,000.00
Total S/. 250,000.00

C. Forma de pago
El pago se realizará en tres armadas de acuerdo al detalle y condiciones siguientes:
Pago Evento
1.- 20% del monto A la Entrega y respectiva Conformidad del plan de trabajo y actividades de
total del contrato. campo.
A la entrega del Expediente Técnico por Mesa de Partes de la Municipalidad
2.- 30% del monto
Distrital de Kimbiri, previa conformidad emitida por la Oficina de Formulación
total del contrato.
de Estudios y Proyectos.
A la entrega del Expediente Técnico aprobado mediante acto resolutivo de
3.- 50% del monto
Gerencia Municipal, OPINIÓN FAVORABLE DEL SECTOR y entrega (01 original y
total del contrato.
02 copias debidamente foliado y en versión digital) por Mesa de Partes de la

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Municipalidad Distrital de Kimbiri, previa conformidad emitida por la Oficina de


Formulación de Estudios y Proyectos.

D. Dependencia Solicitante
Oficina de Formulación de Estudios y Proyectos (OFEP) de la Municipalidad Distrital de Kimbiri. LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE KIMBIRI, es la responsable de la administración, monitoreo y supervisión
de los estudios a nivel definitivo de Expediente Técnico. El estudio será ejecutado por la Empresa
Consultora que resulte seleccionada en el proceso de Adjudicación Simplificada.

Con fines de adecuar apropiadamente la terminología a la Prestación del Servicio al consultor encargado
del Estudio, en adelante se llamará EL CONSULTOR y a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE KIMBIRI,
propietaria del estudio se le denominará LA ENTIDAD.

EL CONSULTOR seleccionado será responsable por un adecuado planeamiento, programación,


conducción de estudios básicos, diseños en general por la calidad técnica de todo el Estudio, que deberá
ser ejecutado en concordancia con los estándares actuales de diseño en todas las especialidades de
ingeniería relacionados con el Estudio.

EL CONSULTOR deberá aplicar los últimos adelantos y conocimientos técnicos sobre este tipo de
proyectos y además tendrá en cuentas los Códigos, Leyes, Reglamentos y demás Normas Nacionales
vigentes, de tal manera que el trabajo cumpla con los requisitos necesarios para su aprobación por LA
ENTIDAD.

E. Sistema de Contratación
A Suma Alzada

F. Fuente de Financiamiento
Recursos Determinados

G. Objetivo de la Consultoría
Los presentes términos de referencia tienen por objeto establecer los requerimientos para la
elaboración del Estudio definitivo a nivel de Expediente Técnico del Proyecto “CREACIÓN SERVICIO DE
PROTECCIÓN EN RIBERAS DE RÍO VULNERABLES ANTE EL PELIGRO DE INUNDACIÓN EN EL SECTOR
VISTA ALEGRE BAJA, SIBAYLLOHUATO ALTA, SIBAYLLOHUATO BAJA, SIBAYLLOHUATO SECTOR
PLAYA, MARGEN IZQUIERDA DEL RÍO KIMBIRI - KIMBIRI - CUSCO”.

Los alcances técnicos establecidos en los presentes términos de referencia no son limitativos, el
Consultor de considerarlo necesario podrá ampliarlos o profundizarlos, pero no reducirlo, siendo
responsable de todos los trabajos y estudio que realice en cumplimiento de dichos términos de
referencia.

De manera más específica, se trata de la realización de los trabajos e investigaciones necesarias, así como
la prestación de los servicios complementarios para elaborar los diseños con los requerimientos técnicos
acordes a la naturaleza del proyecto cuantificando de manera precisa cantidades de obra, precios
unitarios, especificaciones técnicas de materiales y equipos, programación de actividades de
construcción, flujo de inversiones y de la misma forma se realizaran los análisis económicos requeridos
por las entidades gubernamentales para la obtención de los permisos de construcción.

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VI. ALCANCES Y DESARROLLO DEL ESTUDIO

A. Alcances Del Servicio


El resumen de las actividades que desarrollara el consultor es el siguiente:

 Acopio de la información existente que sea necesaria para los fines del Estudio a Nivel Expediente
Técnico.
 Análisis de la información existente, selección y evaluación.
 Estudios base necesarios y complementarios que se requiere de acuerdo a la normatividad del
Invierte.PE vigente.
 Estudios específicos para desarrollar el Modelo de Gestión que requiere el proyecto para un
resultado efectivo y eficiente durante sus fases de Inversión y Post inversión.
 Análisis de Sensibilidad Económica y Financiera para diferentes escenarios del Proyecto buscando
la optimización financiera y social para el uso de agua.
 Coordinación y tramites con las instituciones correspondientes en materia de recurso hídrico,
recurso suelo y demás instituciones que se requiera para el proceso de formulación del proyecto.
 Presentación progresiva de los informes parciales a LA ENTIDAD.
 Levantamiento de observaciones que formule LA ENTIDAD a los informes progresivos y
mensuales.
 Presentación del borrador del Informe Final del Estudio a Nivel de Expediente Técnico a LA
ENTIDAD.
 Presentación del Informe Final a LA ENTIDAD.
 Entregar a LA ENTIDAD toda la documentación desarrollada para que proceda con el trámite
correspondiente.
 Sobre la base y alcance de los presentes Términos de Referencia LA ENTIDAD encargara a una
firma Consultora especializada denominada EL CONSULTOR la elaboración del Estudio.
 LA ENTIDAD de acuerdo a su organización realizara la labor de Administración Monitoreo y
Supervisión del Estudio.
 Los alcances de cada una de las tareas para el desarrollo del Estudio en sus diferentes fases están
orientados al cumplimiento de los objetivos señalados.

DESARROLLO DE ESTUDIO A CONTRATARSE


Para la obtención del producto final, EL CONSULTOR deberá analizar la información existente;
desarrollar los estudios y acciones complementarias que identifique como necesarias y se requieran;
incluyendo las investigaciones, estudios y otros que le permitan definir los parámetros de diseño para
el desarrollo de los aspectos relacionados con la ingeniería, consideraciones económicas, sociales,
institucionales, de gestión y sostenibilidad del proyecto aplicando métodos internacionalmente
aceptados. Estos estudios se efectuarán en base a investigaciones de campo, laboratorio y gabinete.

Los diseños finales que realice EL CONSULTOR, estarán debidamente respaldados por los respectivos
análisis, cálculos y planos. Cuando los cálculos se hagan mediante programas específicos de
computación. EL CONSULTOR presentara el resumen correspondiente y los dibujos con identificación
del programa.
EL CONSULTOR tiene la libertad de complementar la consultoría recurriendo a otras normas
internacionales, siempre que le permitan cumplir a satisfacción con el contenido fijado y que hayan sido
aprobadas previamente por LA ENTIDAD en este caso EL CONSULTOR está obligado a proporcionar
copias en idioma castellano de las mismas.

Los productos entregables que deberá presentar EL CONSULTOR serán los siguientes:

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 Estudio Topográfico y Geodesia


 Estudio Hidrológico e Hidráulico
 Estudio en Diseño Hidráulico
 Estudio de Geología, Geotecnia y Mecánica de Suelos
 Estudio de Evaluación de Canteras
 Estudio de Análisis de Riesgo
 Estudio de Costos y Presupuestos
 Estudio de Impacto Ambiental
 Estudio de Plan de Monitoreo Arqueológico
 Estudio Aspectos sociales, afectaciones prediales e interferencias

Estudios a Nivel Definitivo sobre:

 Aspectos legales propios del proyecto y los relacionados a: restos arqueológicos autorizaciones
para ejecución de obra, entre otros.
 Aspectos institucionales para la gestión del proyecto, identificación, análisis de roles y funciones
de las instituciones y organizaciones. Esquema de gestión para la ejecución de obra. Esquema de
gestión para la operación y mantenimiento de la infraestructura de protección.
 Estudios de Impacto Social (EIS) y Socio Económico: Línea Base, impactos y mitigación. Análisis
de involucrados. Plan De Gestión Social. En la Evaluación Impacto Socioeconómico: Análisis
Beneficio – Costo económico y financiero de las actividades agrícola, pecuaria, forestal,
suministro de agua para consumo productivo, Carreteras, turismo y actividad minera, entre
otros.
 Diseños a nivel de expediente técnico, incluyendo planilla de cálculos, planos a nivel constructivo,
especificaciones técnicas de construcción y demás documentos necesarios.
 Manual de instalación, operación y mantenimiento y de control de la infraestructura de
protección.
 Plan de Consultas Públicas.
 Diseños de las estructuras (obras) que conforman el proyecto a nivel de ingeniería básica
incluyendo metrados, costos y presupuestos.

1. ME TO DO LO GÍ A DE T RA B AJ O
El proyecto se desarrollará con fines de mejorar la prevención de desastres y riegos de la población ante
una eminente inundación, huayco, entre otros generando de tal manera una cultura de prevención en
la provincia de La Convención, para ello se efectuarán los trabajos de campo y gabinete es así que el
consultor tendrá que desarrollar:

Trabajos de campo.

 Levantamiento topográfico.
 Estudio de Suelos
 Coordinación con los pobladores de la zona y demás involucrados del proyecto.
 De no existir información confiable, el consultor deberá realizar encuestas u otros métodos de
muestreo para su utilización en el estudio, y determinar las preferencias y necesidades de los
visitantes.
 Trabajos de gabinete.
 Planteamiento y diseño de alternativas en función a las visitas de campo.
 Costeo de alternativas.
 Desarrollo integral de Expediente Técnico
 Para el planteamiento de alternativas se requiere de ser el caso, revisar y evaluar el grado de

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incidencia de otros proyectos que vienen implementando en la zona.

B. Consultor y personal profesional propuesto

i. Consultor, postor o contratista


Podrán ser consultores, postores o contratistas, todas aquellas personas naturales o jurídicas. Las
personas naturales deben encontrarse en pleno ejercicio de sus derechos civiles y las personas
jurídicas deben haber sido constituidas al amparo de la Ley General de Sociedades y normas
complementarias.

El consultor deberá contar con inscripción vigente en el RNP, en la especialidad de Consultoría de


Obras. El consultor será el responsable por un adecuado planeamiento, programación y conducción
de los estudios, así como por la calidad técnica del mismo, el cual deberá ser ejecutado en
cumplimiento a los TDR y normativas vigentes para este tipo de proyecto. Para fines del servicio, el
consultor deberá disponer de una organización profesional y técnica, y contar con las instalaciones
necesarias con equipos de procesamiento de datos y comunicación para cumplir eficientemente sus
obligaciones.

El Consultor que se encargará de prestar el servicio de consultoría requerido podrá ser una persona
natural o jurídica que cumpla con los siguientes requisitos mínimos:

a) Persona Natural:
 Ingeniero Civil, Inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores: Capítulo de
Consultor de Obra. Consultoría en obras de defensa ribereña, puertos y afines - Categoría B

b) Persona Jurídica:
 Inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores: Capítulo de Consultor de Obra.
Consultoría en obras de defensa ribereña, puertos y afines - Categoría B

El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a (1) vez el valor
referencial, por la contratación de servicios de consultoría de obra iguales o similares al objeto
de la convocatoria, durante los diez (10) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas
que se computarán desde la fecha de la conformidad o emisión del comprobante de pago,
según corresponda. Se consideran servicios y/o servicios de consultoría de obra similares a los
siguientes: Elaboración de expedientes infraestructura de defensa ribereña y/o elaboración de
expedientes de en zonas críticas de alto riesgo en general y/o ejecución de obras de Defensa
Ribereña.

Acreditación:
La experiencia del postor en la especialidad se acreditará con copia simple de (i) contratos u
órdenes de servicios y su respectiva conformidad o constancia de prestación; o (ii)
comprobantes de pago cuya cancelación se acredite documental y fehacientemente, con
voucher de depósito, nota de abono, reporte de estado de cuenta, cualquier otro documento
emitido por Entidad del sistema financiero que acredite el abono o mediante cancelación en el
mismo comprobante de pago.

Los postores pueden presentar hasta un máximo de veinte (20) contrataciones para acreditar
el requisito de calificación y el factor “Experiencia de Postor en la Especialidad”. El Consultor
seleccionado, será el responsable por un adecuado planeamiento, programación, conducción

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de estudios básicos, diseños y, en general, por la calidad técnica de todo el estudio que deberá
ser ejecutado en concordancia con los estándares actuales de diseño en todas las especialidades
de Ingeniería relacionadas con el estudio. Asimismo, para la construcción, planteará métodos
constructivos de última generación.

El Consultor será directamente responsable de la calidad de los servicios que preste y de la


idoneidad del personal a su cargo, así como del cumplimiento de la programación, logro
oportuno de las metas previstas y adopción de las previsiones necesarias para el fiel
cumplimiento del Contrato.

Para fines del servicio, el Consultor dispondrá de una organización de profesionales, técnicos,
administrativos y personal de apoyo, los cuales contarán con todas las instalaciones necesarias,
medios de transporte y comunicación para cumplir eficientemente sus obligaciones. Los
profesionales que conformen el equipo del Consultor deberán acreditar los títulos
profesionales correspondientes y la experiencia necesaria para los cargos que desempeñarán
en el proyecto. Todo el personal asignado al proyecto, excepto el personal asesor eventual,
deberá tener dedicación exclusiva por el tiempo y en la oportunidad señalada en la Propuesta
Técnica.

ii. Actividades a realizar por el Consultor


 Elaborar según los parámetros del Sector y el Expediente Técnico del proyecto dentro de la
Directiva N° 002-2018-MDK/OFEP, Directiva para la Formulación y Aprobación de Expedientes
Técnicos y Estudios Definitivos de Proyectos y/o Actividades de Inversión a ser Ejecutados por la
Municipalidad Distrital de Kimbiri – La Convención – Cusco, bajo la Modalidad de Administración
Directa y/o Indirecta, asimismo tener en cuenta los parámetros y Lineamientos del Sector
competente.
 EL CONSULTOR en coordinación con los beneficiarios realizaran la verificación de los diseños y
estudios básicos considerados en el expediente técnico original.
 EL CONSULTOR en coordinación con los beneficiarios realizarán trabajos de campo; es decir.
estudios topográficos y mecánica de suelos, y estarán evidenciadas mediante la toma de
fotografías de cada estudio en el cual evidencien la presencia del Especialista.
 Coordinará permanentemente con la comunidad beneficiaria y con la Oficina de Formulación de
Estudios y Proyectos (OFEP).
 El proyectista deberá cumplir con los lineamientos establecidos dentro de la Dirección General para
la Ejecución de Obras Publicas bajo la modalidad de Ejecución Presupuestaria por Administración
Directa o Indirecta.
 El CONSULTOR se compromete a mantener durante el estudio, constante comunicación con las
áreas responsables de la Municipalidad Distrital de Kimbiri, para las entregas parciales establecidas
y subsanar las observaciones que pudieran realizar la Oficina de Formulación de Estudios y
Proyectos, referente al Estudio. Asimismo, deberá mantener las coordinaciones necesarias con los
otros profesionales en las otras especialidades del proyecto.
 Cumplir con el contrato de Consultoría y recabar la información básica sobre incorporación de
criterios de diseño en los estudios respectivos.
 Desarrollar los estudios y las pruebas de campo respectivas con el propósito de garantizar un
estudio adecuado.
 El Consultor, es directamente responsable de que el estudio se ejecute con la calidad técnica
requerida en los Términos de Referencia y la propuesta técnica ofertada; por lo que, los errores u
omisiones y las consecuencias cometidas por el o los profesionales de su equipo serán de su entera
y exclusiva responsabilidad. El plazo de responsabilidad no podrá ser inferior a tres (3) años lo cual
se encuentra establecido en las bases del Contrato y Código Civil.

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 Los planos y documentos de todas las presentaciones deberán ser debidamente foliados, sellados
y firmados por el personal responsable de cada especialidad, Consultor, Jefe del Proyecto y/o
Representante legal, siendo considerado como requisito imprescindible para proceder a su
revisión.
 Es responsabilidad del Consultor el cumplimiento de la programación de las metas previstas y de
adoptar las medidas necesarias o correctivas para su cumplimiento.
 Las observaciones que emitiera la entidad se dará como máximo hasta en 02 oportunidades, a
pesar de esto si el proyecto continuara observado por una tercera vez, será considerada causal de
resolución de contrato.

iii. Requisitos mínimos del Consultor

A. PERSONAL PROFESIONAL CLAVE

Formación Académica Profesionales mínimos dedicados al Estudio por parte


del CONSULTOR
EL CONSULTOR deberá considerar como referencia el siguiente personal para realizar el estudio.

1. Jef e d e p r oy ec to Tí t ul o p rof es i o na l, co l e giad o y h ab ili tado com o I ng e n i e ro Ci vi l o


Ag rí col a.
2. Es p e cia lis t a e n Es tu d io d e G eo lo gí a y G e ot e c nia T ít ul o p r of es io na l, col e gi ado y
h abil itad o co m o I n ge n i e ro G e ól og o o civ il .
3 . Es p e cia lis t a e n H id rá u li ca e Hid r olo gí a Tít ul o p rof es i o na l, co l eg iad o y h ab ili tado
com o I ng e ni e ro C ivi l o A gr íc ola .
4. Es p e cia lis t a e n Dis e ños Es t r uct u ra l es d e Ob ras de P r ot ec ci ón Tí t ulo p rof es i o nal ,
col e gi ad o y h abi lita d o c om o I n g e ni er o Ci vil o A g ríc ol a.
5. Es p e cia lis t a e n A n ális is d e Ri es go y D es as t r e s Tí t ulo p rof es io na l, c ol e giad o y
h abil itad o d eb e rá C o nta r co n r es o l uci ó n c omo I n s p e cto r es d e S eg u rid ad e n D ef e ns a
Civi l R ec o no cid o p or C E NE P RE D co mo I n g e ni er o Civi l o G eó lo g o.
6. Es p e cia lis t a e n tr abaj os d e Ar q u eo lo gía Tít u lo p rof es i o na l, c ol e gia do y h a bil itad o
com o Ar q u eó lo go .
7. Es p e cia lis t a Am bi e nta l Tít ul o p rof es i o nal , c ol e giad o y h a bil itad o c om o I n g en i er o
Ambi e nt al

Experiencia del Personal Clave


EL CONSULTOR proporcionara el personal profesional, personal técnico, equipo adecuado para la
ejecución de los estudios definitivos de Ingeniería, mínima requerida es el siguiente:

1. Je fe del Pr o ye ct o
Debe contar con experiencia mínima de Treinta y seis (36) meses en el cargo desempeñado (computada
desde la fecha de la colegiatura) como jefe de proyecto o supervisor en la elaboración o en la supervisión
de la elaboración de expedientes técnicos o de estudios definitivos en obras iguales o similares.

2. Esp eci ali st a e n Es t udi o de G e ol ogí a y Ge o te cn ia


Debe contar con experiencia mínima de Veinticuatro (24) meses en el cargo desempeñado (computada
desde la fecha de la colegiatura) como Especialista, Ingeniero, jefe, Responsable, Revisor o la
combinación de estos, en obras iguales o similares.

3. Esp eci ali st a e n H i drá uli ca e H idr o l ogía


Debe contar con experiencia mínima de Veinticuatro (24) meses en el cargo desempeñado (computada
desde la fecha de la colegiatura) como Especialista, Ingeniero, jefe, Responsable, Revisor o la
combinación de estos, en obras iguales o similares.

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4. Esp eci ali st a e n D ise ñ os Estr u ct ura le s d e O bra s de P ro t ec ci ó n


Debe contar con experiencia mínima de Veinticuatro (24) meses en el cargo desempeñado (computada
desde la fecha de la colegiatura) como Especialista, Ingeniero, jefe, Responsable, Revisor o la
combinación de estos, en obras iguales o similares.

5. Esp eci ali st a e n An áli sis de Ri esg o y D esa str es


Debe contar con experiencia mínima de Veinticuatro (24) meses en el cargo desempeñado (computada
desde la fecha de la colegiatura) como Especialista, Ingeniero, jefe, Responsable, Revisor o la
combinación de estos, en obras iguales o similares.

6. Esp eci ali st a e n t ra baj os de Arq ue o l ogía


Debe contar con experiencia mínima de Veinticuatro (24) meses en el cargo desempeñado (computada
desde la fecha de la colegiatura) como Especialista o monitoreo arqueológico en obras iguales o
similares.

7. Esp eci ali st a A m bi e nt al


Debe contar con experiencia mínima de Veinticuatro (24) meses en el cargo desempeñado (computada
desde la fecha de la colegiatura) como Especialista, Ingeniero, jefe, Responsable, Revisor o la
combinación de estos, en obras iguales o similares.
La experiencia se acreditará con (i) copia simple de contratos y su respectiva conformidad o (ii)
constancia o (iii) certificado o (iv) cualquier otra documentación que, de manera fehaciente demuestre
la experiencia del personal clave propuesto.
Se consideran servicios de consultoría de obra similares a los siguientes: Elaboración de Estudios
Definitivos o Expedientes Técnicos de proyectos de construcción y/o ampliación y/o mejoramiento y/o
rehabilitación y/o reconstrucción y/o Instalación y/o creación o la combinación de los anteriores de
proyectos de protección, canalización, defensa ribereña o riego.

B. EQUIPAMIENTO ESTRATÉGICO

 01 estación Total
 01 camioneta 4x4
 02 equipos de Cómputo
 01 GPS Navegador
 01 impresora Multifuncional
 01 plotter

NOTA:
a. Para el presente estudio, se ha determinado equipo de profesionales como mínimo; en tal
sentido, según las necesidades, durante la ejecución de servicios, el Consultor podrá asignar o
contratar al personal profesional o técnico para servicios específicos, a fin de garantizar la calidad
del servicio y cumplir con el objeto de la convocatoria dentro de los plazos establecidos, sin
incurrir en penalidades.
b. Solo se tomará en cuenta la experiencia en la especialidad de los profesionales propuestos, por
las prestaciones a partir de la obtención del título profesional correspondiente.

Los responsables del estudio, deberán permanecer en la zona durante el plazo de servicios, a fin de
garantizar el cumplimiento y dedicación exclusiva, y así evitar los retrasos y penalidades.

VII. DE LA PRESENTACIÓN DEL PRODUCTO FINAL


EL EXPEDIENTE TÉCNICO, el cual debe ser entregado en medio magnético en archivos modificables y físicos,
(01 original y 02 copias debidamente foliado y en versión digital). La OFEP facilitará el modelo de rotulado
de los archivadores.

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Los originales de los planos serán presentados en formatos A-1, A-2 o A-3, debidamente incluido en la
carpeta para planos. Para los planos de diseño, presupuesto de obra y programación de obra, se recomienda
utilizar software de mayor difusión en el medio que facilite su revisión en forma eficaz y eficiente. Incluir la
base de datos del Presupuesto en S10.

EL CONSULTOR, deberá entregar los discos compactos con los archivos correspondientes al Expediente
Técnico. Dicha información deberá ser editable.

VIII. CONTENIDO MÍNIMO DEL ESTUDIO


Previamente el consultor deberá presentar el plan de trabajo detallado, indicando actividad, fecha, lugar y
recursos a utilizar, se debe considerar labores en campo y en gabinete.

El consultor deberá elaborar y desarrollar el contenido del expediente según Directiva N° 002-2018-
MDK/OFEP, Directiva para la Formulación y Aprobación de Expedientes Técnicos y Estudios Definitivos de
Proyectos y/o Actividades de Inversión a ser Ejecutados por la Municipalidad Distrital de Kimbiri – La
Convención – Cusco, bajo la Modalidad de Administración Directa y/o Indirecta, del mismo modo tener en
cuenta los parámetros y lineamientos del ministerio del Sector competente. A continuación, se mencionan
lo formatos que deberá contener el expediente Técnico. Así mismo el consultor tendrá que realizar el
expediente según la estructura solicitada por la entidad.

El Consultor presentará el estudio a nivel de Expediente Técnico a LA ENTIDAD para la revisión y


aprobación, constará de los siguientes documentos:

 Como referencia se tendrá en cuenta la Directiva N° 002-2018-MDK/OFEP, Directiva para la


Formulación y Aprobación de Expedientes Técnicos y Estudios Definitivos de Proyectos y/o
Actividades de Inversión a ser Ejecutados por la Municipalidad Distrital de Kimbiri – La Convención
– Cusco, bajo la Modalidad de Administración Directa y/o Indirecta.
 El CONSULTOR, tendrá que elaborar el Expediente Técnico de acuerdo a los Contenidos Mínimos
exigidos, Los Lineamientos y las Directivas Vigentes para su aprobación en el SECTOR
CORRESPONDIENTE.

INFORME FINAL DEL ESTUDIO


El contenido del Informe final del Estudio a Nivel de Expediente Técnico y con arreglo al esquema que opte
EL CONSULTOR según las recomendaciones del SECTOR FINANCISTA, deberá incluir sin que esto sea
limitativo lo siguiente:

ÍTEM CONTENIDOS MÍNIMOS DE EXPEDIENTES TÉCNICOS - DEFENSA RIBEREÑA (REFERENCIAL)


1 MEMORIA DESCRIPTIVA Y SITUACIÓN ACTUAL
Presenta memoria descriptiva que contenga antecedentes, objetivos, metas físicas, ubicación, beneficiarios
1.1
y áreas a proteger, resumen del costo del proyecto, plazo de ejecución, modalidad de ejecución
1.2 SITUACIÓN ACTUAL
Describe las características físicas generales, aspectos climáticos, topografía, geología y geotécnica,
1.2.1
hidrología, vías de acceso, canteras y medios de transporte
Describe las características socioeconómicas, población beneficiada, actividad principal de la población,
1.2.2
educación, tipos de vivienda, centros de salud y servicios básicos
1.2.3 Situación actual de la infraestructura existente
2 INGENIERÍA DEL PROYECTO
2.1 ESTUDIOS BÁSICOS DE INGENIERÍA
2.1.1 Topografía

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ÍTEM CONTENIDOS MÍNIMOS DE EXPEDIENTES TÉCNICOS - DEFENSA RIBEREÑA (REFERENCIAL)


2.1.1.1 Descripción del levantamiento topográfico realizado
2.1.2 ESTUDIO DE HIDROLOGÍA E HIDRÁULICA PLUVIAL
2.1.2.1 Contiene descripción general de la fuente de agua
2.1.2.2 Precipitación, caudales máximos
2.1.2.3 Descripción del transporte de sedimentos
2.1.3 GEOLOGÍA Y GEOTÉCNICA
2.1.3.1 En el estudio presentan descripción geológica de las zonas donde se plantean la construcción de las obras
2.1.3.2 Estudio de mecánica de suelos y cantera
Adjunta los estudios y ensayos correspondientes necesarios de acuerdo a la magnitud y tipo de estructuras
2.1.3.3
establecidos según normativas
2.1.4 MODELAMIENTO HIDRÁULICO
2.1.4.1 Descripción de la determinación de las áreas inundables
2.2 INGENIERÍA DEL PROYECTO
2.2.1 DISEÑO
2.2.1.2 Planteamiento Hidráulico
2.2.1.3 Transporte de sedimentos
2.2.1.4 Presenta los criterios hidráulicos y estructurales de las estructuras de las estructuras proyectadas
2.2.1.5 Presenta diseño hidráulico y estructural de las obras planteadas en el estudio
2.2.1.6 Descripción de las obras, trabajos a realizar en el cauce del río, caminos de acceso y maquinaria requerida
2.2.2 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
2.2.2.1 El proyecto contempla especificaciones técnicas generales y especificas
2.2.3 METRADOS, COSTOS Y PRESUPUESTOS
2.2.3.1 Presenta el presupuesto de obra
2.2.3.2 Presenta el desagregado de gastos generales para la obra y supervisión
2.2.3.3 Presenta la planilla de metrados de todas las partidas del presupuesto
2.2.3.4 Presenta análisis de costos unitarios
2.2.3.5 Presenta relación de materiales e insumos
2.2.3.6 Presenta fórmula polinómica
2.2.4 CRONOGRAMAS DE EJECUCIÓN
2.2.4.1 Adjunta cronograma para la ejecución física de la obra, cronograma valorizado
2.2.5 PLANOS
Presenta plano clave donde nos permite visualizar adecuadamente la ubicación de las obras propuestas y
2.2.5.1
las áreas beneficiarias con el proyecto
2.2.5.2 Los planos contienen los BMs puntos de referencia usados en el levantamiento topográfico
2.2.5.3 Tiene planos de planta y perfil
2.2.5.4 Los planos de secciones transversales deben mostrar las áreas de corte y relleno
2.2.5.5 Tiene plano de detalles a nivel constructivo
3 ANÁLISIS DE RIESGO Y DESASTRE
3.1 Contiene el estudio de análisis de riesgo y desastre
4 DOCUMENTOS DE SOSTENIBILIDAD
Presenta acta de compromiso de operación y mantenimiento firmada por la junta directiva de la
4.1
organización de usuarios
Presenta padrón de beneficiarios debidamente firmado por la junta directiva de la organización de usuarios
4.2
y los beneficiarios
Presenta acta de libre disponibilidad del terreno aprobada en asamblea general firmada por los
5.3
propietarios, junta directiva de la organización de usuarios
4.4 Documentos de gestión del certificado de inexistencia de restos arqueológicos y la Certificación Ambiental

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ÍTEM CONTENIDOS MÍNIMOS DE EXPEDIENTES TÉCNICOS - DEFENSA RIBEREÑA (REFERENCIAL)


del proyecto
5 ANEXOS
5.1 Estudio de topografía, Estudio Hidrológico, Estudio Geológico y Geotécnico, Modelamiento Hidráulico
5.2 Panel Fotográfico

1. 1.1 . Est ud i o d e T op og r áfi c o y Ge o de sia


EL CONSULTOR podrá proponer el contenido del estudio considerando los requerimientos mínimos
del estudio

1. Introducción
2. Objetivos
3. Descripción de Equipos e Instrumentos
4. Descripción del Área de Estudio
5. Metodología de Trabajo
6. Información Técnica del Estudio
7. Planos
8. Panel Fotográfico

1. 1. 2. Est ud i o H id r ol óg i c o
EL CONSULTOR podrá proponer el contenido del estudio considerando los requerimientos mínimos
del estudio.

1. 1.3. Est ud i o H id ráu li c o


EL CONSULTOR podrá proponer el contenido del estudio considerando los requerimientos mínimos
del estudio.

1. 1. 4. Est ud i o d e Di se ñ os Es tr uc tur al es de Obr as de P ro te cc ió n


EL CONSULTOR podrá proponer el contenido del estudio considerando los requerimientos mínimos
del estudio.

1. 1.5 . Est ud i o d e Ge o l og ía - G eo te c nia


EL CONSULTOR podrá proponer el contenido del estudio considerando los requerimientos mínimos
del estudio.

1. 1.6. Est ud i o d e C o st o s y Pre sup ue st o s


EL CONSULTOR podrá proponer el contenido del estudio considerando los requerimientos mínimos
del estudio.

1. 1.7. Est ud i o d e A ná lis is de R iesg o


EL CONSULTOR podrá proponer el contenido del estudio considerado los requerimientos mínimos
del estudio.

1. 1.8 . Est ud i o d e Ar q ue ol og ía
EL CONSULTOR podrá proponer el contenido del estudio considerando los requerimientos mínimos
del estudio.
Vale precisar como recomendación final que el contenido propuesto para cada uno de los estudios
(en el caso de los que tienen) deberá ceñirse a la normativa vigente para la tipología de cada uno
de estos, razón por la cual si es que llegase a cambiar de igual forma podría cambiar su contenido.

IX. INFORMES
Además del Informe Final EL CONSULTOR preparará y presentará a LA ENTIDAD informes complementarios
con la finalidad de mantener permanentemente informado a LA ENTIDAD sobre el estado de ejecución del

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Estudio y pueda efectuar el seguimiento, monitoreo y supervisión con la oportunidad requerida para la
aprobación de los programas de investigaciones que sean necesarios o alternativas y aspectos contractuales
tales como facturaciones y pagos parciales a continuación se detallan dichos informes.

9.1 Informes Mensuales


EL CONSULTOR presentará informes mensuales sucintos dentro de los diez (10) primeros días del mes
siguiente, donde se indicará lo más importante ocurrido en el mes, así como el avance logrado tanto en las
investigaciones de campo, como en los estudios.

También se mostrará la concordancia o las diferencias justificadas relacionadas con el plazo de ejecución de
las actividades del cronograma aprobado por LA ENTIDAD, debiéndose adjuntar el diagrama de barras
respectivo.
Asimismo, el informe mensual deberá indicar
 Evaluación de los avances logrado en cada parte del Estudio.
 Descripción de los problemas especiales si se hubiesen presentado y sus recomendaciones
para superarlos.
 Participación del personal del CONSULTOR, programado y real, así como la movilización de
personal para el siguiente mes.
 Viajes del personal del CONSULTOR y sub contratistas durante el mes y los previstos para
el siguiente mes.
 Diagrama GANTT, PERT y/o CPM indicando el avance de los estudios.
 En caso de haberse sub contratado parte de las labores comprendidas en el Estudio, se
presentará informes sobre las ocurrencias y avances de cada subcontrato, así como de las
valorizaciones y pagos efectuados.
 Cuadros que resumen los pagos programados, pagados y pendientes.
 Asuntos pendientes a resolver a cargo del CONSULTOR Supervisión y/o LA ENTIDAD.
 Reuniones efectuadas en el mes y las programadas para el siguiente mes.
 Recomendaciones generales.
 Panel fotográfico.

1.1.9. Informes Progresivos


De acuerdo al cronograma aprobado el CONSULTOR presentará los resultados de las principales
actividades entre ellas:

 Estudios Básicos: Estudio Hidrológico e Hidráulico (50%). Estudio de Topografía y Geodesia


(100%). Estudio de Canteras y Material para Gaviones y Enrocados (100%) y Estudio de
Geología, Geotecnia y Mecánica de Suelos (30%) a los 30 días calendarios (1er. Informe)
 Formulación del Estudio Definitivo: Estudio a Nivel de Expediente Técnico (Conteniendo el
Capitulo siguiente: Aspectos Generales al 100%, Diagnostico al 100% y Formulación al 50%)
a los 30 días calendarios. (1er. Informe)
 Estudios Básicos y Complementarios: Estudio de Geología, Geotecnia y Mecánica de Suelos
(100%). Estudio de Arqueología (50%), Estudio de Arqueología (100%) y Estudio de Análisis
de Riesgo (100%) a los 30 días calendarios (1er. Informe)
 Estudios de Ingeniería del Estudio: Diseños Estructurales de Obras de Protección y Obras
Complementarias (100%) y Costos, Metrados, Presupuestos y Programa de Construcción
(100%) a los 45 días calendarios (2do. Informe)
 Formulación del Estudio: Estudio a Nivel de Expediente Técnico (Conteniendo el Capitulo
siguiente: Formulación y Evaluación al 100%) a los 45 días calendarios. (2do. Informe)
 Borradores del Informe Final, a los 50 días calendarios.
 Presentación del Informe Final, a los 60 días calendarios.

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El postor podrá presentar otra alternativa de plazos para los informes progresivos sin alterar el
plazo total de 60 días calendarios. Todos los informes y diseños estarán respaldados con la
presentación de los cálculos justificativos correspondientes.

1.1.10. Información Producida en el Contrato


EL CONSULTOR deberá garantizar a LA ENTIDAD la transferencia de la propiedad intelectual sobre
toda la documentación interna, datos, diseños, instructivos de campo, planos, sin restricción alguna
en relación con su utilización y divulgación, incluyendo la posibilidad de transferencia a terceras
partes.

1.1.11. Medio Físico en Papel


La documentación oficial del contrato es el medio físico papel. LA ENTIDAD recibe esta
documentación en sus oficinas. LA ENTIDAD no se responsabilizará por la correspondiera enviadas
a otras oficinas.

Los documentos en papel deben tener claramente referenciados en el asunto el número del
contrato, nombre del estudio, tema del grupo de trabajo el cual hacen de referencia y el número de
la comunicación a la que se está dando respuesta.

Asimismo, EL CONSULTOR deberá establecer un mecanismo de control de la documentación en


papel utilizando sellos, marcas u otras señales que indiquen aspectos como: el estado del
documento, las revisiones que ha tenido aprobaciones, etc.

También EL CONSULTOR implementara el sistema de codificación y almacenamiento de la


información física y digital.

1.1.12. Comunicaciones y Planos


Todos los informes Técnicos y la documentación en general, serán redactados en idioma castellano
utilizando el Sistema Métrico Decimal. Los formatos y detalles de publicación se ajustarán a las
Normas del INDECOPI y los planos deberán ser elaborados en tamaño DIN A3 y A1; si las dimensiones
de los planos superan el tamaño DIN A1, se presentarán en formatos alargados de formato A1,
haciendo las indicaciones en los empalmes necesarios.

EL CONSULTOR deberá presentar registros, cálculos e interpretación integral de las investigaciones


realizadas a fin de que LA ENTIDAD pueda realizar el seguimiento y supervisión; asimismo, cumplir
con el programa.

El número de copias de los informes a presentar será el siguiente:


Informes Mensuales 2 ejemplares
Borradores del Informe Final 2 ejemplares
Informe Final 2 ejemplares

NOTA:
El segundo entregable, consiste en la presentación del EXPEDIENTE TÉCNICO: Se presentará en un (01)
original y un (01) CD conteniendo la información digital en los softwares usados para la elaboración del
informe, como mínimo: Word, Excel, AutoCAD (.dwg), corrida de modelos empleados y otras necesarias.

El Ficha Técnica Estándar se presentará en hojas de tamaño A4, debidamente anillado o empastado y según
las consideraciones expuestas en el presente ítem. Los planos serán presentados en tamaño DIN A3,
debidamente escalado. Los planos originales y sus copias deberán estar debidamente ordenados y
empastados, de modo que permitan su fácil desglosamiento para hacer reproducciones.

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X. SUPERVISIÓN, COORDINACIÓN Y CONTROL DE ESTUDIO


La Oficina de Formulación de Estudios y Proyectos (OFEP) de la Municipalidad Distrital de Kimbiri designará
a un Responsable del proyecto, quien recibirá los alcances, valorizaciones, informes, consultas y solicitudes
de EL CONSULTOR del proyecto.
La Oficina de Formulación de Estudios y Proyectos (OFEP) de la Municipalidad Distrital de Kimbiri derivará
a la Oficina de Supervisión, Evaluación y Liquidación, quien recibirá y evaluará el proyecto, y una vez este se
encuentre completo procederá a emitir su informe correspondiente aprobando u observando de ser el caso.

EL CONSULTOR tendrá diez (10) días calendario para el levantamiento de observaciones de los informes
presentados y que el RESPONSABLE o JEFE DE PROYECTO entregará dichas observaciones absueltas
mediante una carta. Levantada y absuelta todas las observaciones del Expediente Técnico, se remitirá la
Resolución de Aprobación del Expediente Técnico y se suscribirá la conformidad de servicios, dándose este
por concluido.

CONFIDENCIALIDAD
La información obtenida del contratante y la documentación elaborada dentro de los alcances del presente
servicio no podrán ser divulgadas a terceros o usada para otros fines que no sean los del presente servicio.

NOTA: EL CONSULTOR podrá coordinar con la Municipalidad si es que ve por conveniente incorporar un
nuevo componente que no se haya contemplado en el informe de CONSTATACIÓN FÍSICA E INVENTARIO DE
LA OBRA, para eso deberá coordinar con la Entidad.

XI. DE LAS OBSERVACIONES


Las observaciones por parte de la Entidad las comunica a EL CONSULTOR, indicando claramente el sentido
de estas, otorgándole un plazo no menor de dos (02) ni mayor de ocho (08) días. Dependiendo de la
complejidad o sofisticación de las subsanaciones a realizar el plazo para subsanar no puede ser menor de
cinco (05) ni mayor de quince (15) días. Si pese al plazo otorgado, EL CONSULTOR no cumpliese a cabalidad
con la subsanación. LA ENTIDAD puede otorgar a EL CONSULTOR periodos adicionales para las correcciones
pertinentes. En este supuesto corresponde aplicar la penalidad por mora desde el vencimiento del plazo
para subsanar.

Este procedimiento no resulta aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las
características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no otorga la conformidad, debiendo
considerarse como no ejecutada la prestación.

XII. DE LAS PENALIDADES (D.S. N° 082-2019-EF)


El consultor será sujeto a penalidades por mora en la ejecución de la prestación objeto del contrato
conforme al artículo 162 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado del monto contractual por
cada día de atraso injustificado en la entrega del estudio. No siendo computables los tiempos que irroguen
la evaluación en la Oficina de Supervisión, Evaluación y Liquidación de Inversiones de la Municipalidad
Distrital de Kimbiri.

Es pertinente indicar que la aplicación de penalidades se dará al incumplimiento o retraso en la entrega de


cada uno de los estudios solicitados en los presentes términos de referencia y en los plazos establecidos. El
monto máximo de la penalidad es del 10% del monto del contrato vigente conforme al artículo 161 del
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, de llegarse a este tope la Municipalidad Distrital de
Kimbiri podrá resolver el contrato por incumplimiento conforme al artículo 164 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado.

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0.10 x monto vigente


Penalidad Diaria =
F x plazo vigente en días

Donde:

F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;


F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.

El retraso se justifica a través de la solicitud de ampliación de plazo debidamente aprobado. Adicionalmente,


se considera justificado el retraso y en consecuencia no se aplica penalidad, cuando EL CONTRATISTA
acredite, de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo transcurrido no le resulta imputable. En
este último caso la calificación del retraso como justificado por parte de LA ENTIDAD no da lugar al pago de
gastos generales ni costos directos de ningún tipo, conforme el numeral 162.5 del artículo 162 del Reglamento
de la Ley de Contrataciones del Estado.

La aplicación de penalidad por mora es exclusivamente sobre la etapa que experimente el atraso. Las
penalidades serán deducidas en cualquiera de las oportunidades previstas en el artículo 133º del reglamento.
Si el contratista incurre en “OTRAS PENALIDADES” según el artículo 134 de la LCE (penalidades distintas), en
el curso de ocurrencias durante la elaboración del expediente técnico de la prestación objeto del contrato,
las mismas que se aplicarán de acuerdo con el siguiente detalle:

PENALIDAD

FORMA DE
N° TIPIFICACIÓN DE INFRACCIÓN PROCEDIMIENTO
CALCULO

La Oficina de Formulación de Estudios y


En caso culmine la relación contractual entre Proyectos realizara el cálculo y mediante
el consultor y el personal ofertado y la Por cada día de informe dará a conocer a la Gerencia de
entidad no hay aprobado la sustitución del ausencia del Infraestructura, Oficina de Supervisión,
01
personal por no cumplir con la experiencia y personal 0, 5 Evaluación y Liquidación de Inversiones, la
calificaciones del profesional a ser UIT penalidad a aplicarse así mismo la Oficina de
reemplazado. Formulación de Estudios y Proyectos hará
efectiva en el pago del informe final.

Por la inasistencia a dos (02) reuniones,


convocadas con tres (03) días de anticipación,
por la Oficina de Formulación de Estudios y La Oficina de Formulación de Estudios y
Proyectos de la entidad, del CONSULTOR, Proyectos realizara el informe correspondiente
tales como del jefe del Estudio y de sus Cada Vez 0.5 a la Gerencia de Infraestructura, Oficina de
02 Especialistas. UIT Supervisión, Evaluación y Liquidación de
EL CONSULTOR, podrá postergar por única Inversiones, dando a conocer la penalidad así
vez la reunión convocada, sustentado mismo será efectivo en el pago del informe final.
mediante una carta del Representante legal,
las razones que motivaran su inasistencia.

En el caso que el personal necesario para la La Oficina de Formulación de Estudios y


recepción de las notificaciones al Consultor, Cada Vez 0.5 Proyectos informara a la Gerencia de
03
no se encuentren en el domicilio establecido UIT Infraestructura, Oficina de Supervisión,
en el contrato Evaluación y Liquidación de Inversiones; dando a

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PENALIDAD

FORMA DE
N° TIPIFICACIÓN DE INFRACCIÓN PROCEDIMIENTO
CALCULO

conocer la penalidad; así mismo será efectivo en


el pago del informe final.

La Oficina de Formulación de Estudios y


Proyectos informara a la Gerencia de
En el caso de no realizar la subsanación de
Infraestructura, Oficina de Supervisión,
observaciones notificadas a los entregables
04 0.5 UIT Evaluación y Liquidación de Inversiones la
y/o informes y/o subsanar en forma deficiente
penalidad correspondiente asimismo recordara
o incompleta.
hacer efectiva en el pago del informe
correspondiente.

La Oficina de Formulación de Estudios y


Proyectos informara a la Gerencia de
En caso el consultor no sustente el
Infraestructura, Oficina de Supervisión,
levantamiento de observaciones formuladas
05 0.5 UIT Evaluación y Liquidación de Inversiones la
por la Sub Gerencia de Estudios, conllevando
penalidad correspondiente; asimismo recordara
a la reiteración de las observaciones.
hacer efectiva en el pago del informe
correspondiente.

La Oficina de Formulación de Estudios y


El contratista no cumple con mantener en el
Proyectos informara a la Gerencia de
0 desarrollo del proyecto a la totalidad de los Cada Infracción
Infraestructura, Oficina de Supervisión,
6 equipos mínimos ofertados en su propuesta 0.5 UIT
Evaluación y Liquidación de Inversiones la
técnica.
penalidad correspondiente.

La Oficina de Formulación de Estudios y


Proyectos informara a la Gerencia de
El contratista no entrega el PLAN DE TRABAJO por cada día
07 Infraestructura, Oficina de Supervisión,
en la fecha indicada. retraso 0.5 UIT
Evaluación y Liquidación de Inversiones la
penalidad correspondiente.

XIII. ANTICORRUPCIÓN
EL CONSULTOR declara y garantiza no haber, directa o indirectamente, o tratándose de una persona
jurídica a través de sus socios, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes
legales, funcionarios, asesores o personas vinculadas a las que se refiere el artículo 248-A, ofrecido,
negociado o efectuado, cualquier pago o, en general, cualquier beneficio o incentivo ilegal en relación al
contrato.

Asimismo, EL CONSULTOR se obliga a conducirse en todo momento, durante la ejecución del contrato, con
honestidad, probidad, veracidad e integridad y de no cometer actos ilegales o de corrupción, directa o
indirectamente o a través de sus socios, accionistas, participacionistas, integrantes de los órganos de
administración, apoderados, representantes legales, funcionarios, asesores y personas vinculadas a las que
se refiere el artículo 248-A.

Además, EL CONSULTOR se compromete a comunicar a las autoridades competentes, de manera directa y


oportuna, cualquier acto o conducta ilícita o corrupta de la que tuviera conocimiento y adoptar medidas
técnicas, organizativas y/o de personal apropiadas para evitar los referidos actos o prácticas.

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XIV. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO


El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas por EL CONSULTOR configura causal de
resolución del presente contrato, bastando para ello una carta notarial comunicando el hecho para que la
resolución opere de pleno derecho. En este caso, LA MUNICIPALIDAD queda facultada para iniciar las
acciones legales que considere conveniente y lucro cesante que cause el perjuicio de LA MUNICIPALIDAD.

Las partes por mutuo acuerdo pueden resolver el contrato por causas no atribuibles a las mismas, por causa
fortuito, por fuerza mayor o por razones de presupuesto se podrá resolver el contrato de manera
automática, en cualquier momento e inclusive antes de la fecha de vencimiento estableciendo los términos
de la resolución, de conformidad con el numeral 32.3 del artículo 32 y artículo 36 de la Ley de Contrataciones
del Estado, y el artículo 164 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo
establecido en el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado

XV. DE LA AUTORIZACIÓN DE NOTIFICACIÓN POR CORREO ELECTRÓNICO


El consultor está obligado a proporcionar a la ENTIDAD, su e-mail, para que se le notifique a su correo
electrónico como medio de comunicación valido para el cómputo de plazos, aplicación de penalidades,
resolución del contrato u otros relacionados al contrato suscrito en los siguientes casos:

a) Incumplimiento de alguna de las obligaciones, observada previamente por la entidad.


b) Retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato.
c) Devolución del proyecto para la absolución de observaciones.
d) Otros que la entidad crea conveniente comunicar.

XVI. DERECHOS DE PROPIEDAD Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN


EL CONSULTOR cederá íntegramente a LA ENTIDAD los derechos de autor y cualquier otro derecho de
propiedad intelectual sobre los trabajos y documentos producidos como resultado del servicio, para uso
exclusivo del LA ENTIDAD, los que no serán cedidos, vendidos o donados a otras entidades públicas o
privadas.

El Consultor está obligado a no divulgar ni transferir información o documentación producida con ocasión
del servicio de consultoría guardando absoluta reserva y confidencialidad sobre trabajos y documentos
producidos como resultado de la prestación del servicio objeto del contrato.

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PRESUPUESTO ANALÍTICO DE LA ELABORACIÓN DE EXPEDIENTE TÉCNICO

COEF. DE TIEMPO
ITEM CONCEPTO UNID. CANTIDAD P.UNIT. P.PARCIAL
PARTICIPACION MES
1 PERSONAL PROFESIONAL DE CONSULTORIA 115,800.00
PERSONAL CLAVE
1.01 01 Jefe de Proyecto Mes 1.00 100% 2.0 9,000.00 18,000.00
1.02 01 Especialista Estudios de Geologia y Geotecnia Mes 1.00 100% 1.0 8,000.00 8,000.00
1.03 01 Especialista En Hidraulica e Hidrologia Mes 1.00 100% 1.0 8,000.00 8,000.00
1.04 01 Especialista En Diseños Estrucutrales de Obras de Proteccion Mes 1.00 100% 1.0 8,000.00 8,000.00
1.05 01 Especialista En Analisis de Riesgo y Desastres Mes 1.00 100% 1.0 8,000.00 8,000.00
1.06 01 Especialista En Trabajos de Arqueologia Mes 1.00 100% 1.0 8,000.00 8,000.00
1.07 01 Especialista Ambiental Mes 1.00 100% 1.0 8,000.00 8,000.00
1.08 PERSONAL DE APOYO
1.09 Especialista En Metrados, Costos y Presupuesto Mes 1.00 100% 2.0 6,000.00 12,000.00
1.10 Topografo Mes 2.00 100% 1.0 4,500.00 9,000.00
1.11 Ayudantes de topografia Mes 4.00 100% 1.0 3,600.00 14,400.00
1.12 Cadista Mes 2.00 100% 2.0 3,600.00 14,400.00
2 ESTUDIOS BASICOS 59,000.00
2.01 Estudio de Topografia y Geodesia Documento 1.00 12,000.00 12,000.00
2.02 Estudio Hidrologico y Hidraulico Documento 1.00 12,000.00 12,000.00
2.03 Estudio de Geologia - Geotecnia Documento 1.00 12,000.00 12,000.00
2.04 Estudio de Gestion de Riesgos Documento 1.00 5,000.00 5,000.00
2.05 Certificacion Ambiental Documento 1.00 8,000.00 8,000.00
2.06 CIRA Documento 1.00 5,000.00 5,000.00
2.07 Certificado ALA - ANA Documento 1.00 5,000.00 5,000.00
3 EQUIPOS 21,000.00
3.01 Alquiler de Camioneta 4x4 incluye conductor y combustible Mes 1.00 100% 2 6,000.00 12,000.00
3.02 Equipos de oficina Mes 1.00 100% 2 4,500.00 9,000.00
4 OTROS GASTOS 5,975.63
4.01 Impresiones, fotocopias, etc. Glob. 1.00 100% 2,650.00 2,650.00
4.02 Saneamiento Fisico Legal Glob. 1.00 100% 3,325.63 3,325.63
C.D. COSTO DIRECTO 201,775.63
U.T Utilidad S/. (5.0 %) 10,088.78
ST SUB TOTAL 211,864.41
IGV IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (18 %) 38,135.59
C.T. COSTO TOTAL S/.250,000.00

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REQUISITOS DE CALIFICACIÓN.
A CAPACIDAD LEGAL

HABILITACIÓN

Requisitos:

El postor debe ser persona natural o jurídica con inscripción vigente en el RNP en la especialidad de “Consultoría
en obras de saneamiento y afines”, en la categoría “B” o superior.

Importante

De conformidad con la Opinión N° 186-2016/DTN, la habilitación de un postor, está relacionada con cierta atribución con la
cual debe contar el proveedor para poder llevar a cabo la actividad materia de contratación, este es el caso de las
actividades reguladas por normas en las cuales se establecen determinados requisitos que las empresas deben cumplir a
efectos de estar habilitadas para la ejecución de determinado servicio o estar autorizadas para la comercialización de
ciertos bienes en el mercado.

Acreditación:

Se acreditará con copia simple del RNP vigente en la especialidad según corresponda.

Importante

En el caso de consorcios, todos los integrantes deben acreditar este requisito.

B CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL


B.1
CALIFICACIONES DEL PERSONAL CLAVE

FORMACIÓN ACADÉMICA

a) JEFE DE PROYECTO (INGENIERO CIVIL O AGRÍCOLA)


Requisitos:
Título profesional de Ing. Civil y/o Agrícola

Acreditación:
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del Reglamento
este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato, el cual se verificará en el portal web de
la superintendencia nacional de educación superior universitaria-SUNEDU a través del siguiente link:
https://enlinea.sunedu.gob.pe/.

b) ESPECIALISTA EN GEOLOGÍA Y GEOTECNIA (INGENIERO CIVIL O GEÓLOGO)


Requisitos:
Título profesional de Ing. Civil y/o Geólogo, con especialización en Geología y/o Geotecnia

Acreditación:
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del Reglamento
este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato, el cual se verificará en el portal web de
la superintendencia nacional de educación superior universitaria-SUNEDU a través del siguiente link:
https://enlinea.sunedu.gob.pe/.

c) ESPECIALISTA EN ESTRUCTURAS (INGENIERO CIVIL O AGRÍCOLA)


Requisitos:

Título profesional de Ing. Civil y/o Agrícola, con especialización en Estructuras

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Acreditación:
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del Reglamento
este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato, el cual se verificará en el portal web de la
superintendencia nacional de educación superior universitaria-SUNEDU a través del siguiente link:
https://enlinea.sunedu.gob.pe/.

d) ESPECIALISTA EN HIDRÁULICA E HIDROLOGÍA (INGENIERO CIVIL O AGRÍCOLA)


Requisitos:
Título profesional de Ing. Civil y/o Agrícola, con especialización en Hidráulica e Hidrología

Acreditación:
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del Reglamento
este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato, el cual se verificará en el portal web de la
superintendencia nacional de educación superior universitaria-SUNEDU a través del siguiente link:
https://enlinea.sunedu.gob.pe/.

e) ESPECIALISTA EN ANÁLISIS DE RIESGO Y DESASTRE (INGENIERO CIVIL O GEÓLOGO)


Requisitos:
Título profesional de Ing. Civil y/o Geólogo, con especialización en Riesgos y Desastres

Acreditación:
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del Reglamento
este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato, el cual se verificará en el portal web de la
superintendencia nacional de educación superior universitaria-SUNEDU a través del siguiente link:
https://enlinea.sunedu.gob.pe/.

f) ESPECIALISTA EN PLAN DE MONITOREO ARQUEOLÓGICO (ARQUEÓLOGO)


Requisitos:
Título profesional de Arqueólogo, con especialización en Plan de Monitoreo Arqueológico

Acreditación:
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del Reglamento
este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato, el cual se verificará en el portal web de la
superintendencia nacional de educación superior universitaria-SUNEDU a través del siguiente link:
https://enlinea.sunedu.gob.pe/.

g) ESPECIALISTA EN ESTUDIO AMBIENTAL(INGENIERO AMBIENTAL)


Requisitos:
Título profesional de Ing. Ambiental, con especialización en Estudios Ambientales

Acreditación:
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del Reglamento
este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato, el cual se verificará en el portal web de la
superintendencia nacional de educación superior universitaria-SUNEDU a través del siguiente link:
https://enlinea.sunedu.gob.pe/.

Importante
De conformidad con el artículo 186 del Reglamento el supervisor, debe cumplir con las mismas calificaciones
profesionales establecidas para el residente de obra. Asimismo, el jefe del proyecto para la elaboración del
expediente técnico debe cumplir con las calificaciones exigidas en el artículo 188 del Reglamento.

B.2
EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE

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Importante
De conformidad con el artículo 186 del Reglamento el supervisor, debe cumplir con la misma experiencia
establecida para el residente de obra. Asimismo, el jefe del proyecto para la elaboración del expediente
técnico debe cumplir con la experiencia exigida en el artículo 188 del Reglamento.

a) JEFE DE PROYECTO (INGENIERO CIVIL O AGRÍCOLA)

Título profesional de Ing. Civil y/o Agrícola


Requisitos.

(con 3 años de ejercicio profesional) deberá sustentar con Copia simple del Título profesional y diploma de
incorporación al colegio de ingenieros, Tener Capacitación y experiencia profesional en:

 Con cursos de especialización en Formulación, evaluación de Proyectos y residente y/o supervisión de obras
públicas y privadas.
 Tener experiencia en formulación, evaluación de Proyectos y residente y/o supervisión de obras públicas y
privadas
 Haber sido responsable en la como jefe de proyecto en la elaboración de expediente técnico en obras
similares como mínimo 3 años.

Acreditación:
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del
Reglamento este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato.

Deberá adjuntar copia simple de:(I) Contrato con su respectiva conformidad; (II) Constancias; (III)
Certificados; (IV) Cualquier otro documento que manera fehaciente que demuestre la experiencia del
profesional propuesto, donde se pueda verificar el tiempo laborado, la denominación del expediente
formulado, el cargo profesional. La experiencia del personal propuesto se deberá presentarse en un cuadro
detallado que demuestre cronológicamente que cumple con la experiencia mínima requerida.

b) ESPECIALISTA EN GEOLOGÍA Y GEOTECNIA (INGENIERO CIVIL O GEÓLOGO)

Requisitos.
con Dos (2) años de ejercicio profesional:

 Tener experiencia como Especialista en Geología y Geotécnica para lo cual deberá acreditar su participación
como proyectista en la elaboración de Estudios de Preinversión, Expedientes Técnicos y/o ejecución de obras
de por lo menos dos (02) proyectos de Defensa Ribereña y /u obras similares en los últimos 10 años.

Acreditación:
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del
Reglamento este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato.

Deberá adjuntar copia simple de: (I) Contrato con su respectiva conformidad; (II) Constancias; (III)
Certificados; (IV) Cualquier otro documento que manera fehaciente que demuestre la experiencia del
profesional propuesto, donde se pueda verificar el tiempo laborado, la denominación del expediente
formulado, el cargo profesional. La experiencia del personal propuesto se deberá presentarse en un cuadro
detallado que demuestre cronológicamente que cumple con la experiencia mínima requerida.

 En caso de no presentar este equipo profesional completo, la propuesta será descalificada.


 Los profesionales serán calificados de acuerdo con lo establecido en las bases.
 Los profesionales que conformen el equipo del consultor deberán acreditar sus títulos profesionales
correspondientes y la experiencia necesaria para los cargos que desempeñarán en el proyecto.

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c) ESPECIALISTA EN ESTRUCTURAS (INGENIERO CIVIL O AGRÍCOLA)

Requisitos.
Con Dos (2) años de ejercicio profesional

 Especialista en estructuras con Diplomado y/o Maestría. Tener experiencia como Especialista Estructural
para lo cual deberá acreditar su participación como especialista estructural en la elaboración de Estudios de
Preinversión, Expedientes Técnicos y/o ejecución de obras de por lo menos dos (02) proyectos de Defensa
Ribereña y /u obras similares en los últimos 10 años.

 Tener experiencia como Especialista Estructural para lo cual deberá acreditar su participación como
especialista estructural en la elaboración de Estudios de Preinversión, Expedientes Técnicos y/o ejecución de
obras de por lo menos dos (02) proyectos de Defensa Ribereña y /u obras similares en los últimos 10 años.

Acreditación:
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del
Reglamento este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato.

Deberá adjuntar copia simple de: (I) Contrato con su respectiva conformidad; (II) Constancias; (III)
Certificados; (IV) Cualquier otro documento que manera fehaciente que demuestre la experiencia del
profesional propuesto, donde se pueda verificar el tiempo laborado, la denominación del expediente
formulado, el cargo profesional. La experiencia del personal propuesto se deberá presentarse en un cuadro
detallado que demuestre cronológicamente que cumple con la experiencia mínima requerida.

 En caso de no presentar este equipo profesional completo, la propuesta será descalificada.


 Los profesionales serán calificados de acuerdo con lo establecido en las bases.
 Los profesionales que conformen el equipo del consultor deberán acreditar sus títulos profesionales
correspondientes y la experiencia necesaria para los cargos que desempeñarán en el proyecto.

d) ESPECIALISTA EN HIDRÁULICA E HIDROLOGÍA (INGENIERO CIVIL O AGRÍCOLA)

Requisitos.
Con Dos (2) años de ejercicio profesional

 Especialista en Hidrología y/o Hidráulica con Diplomado y/o Maestría. Tener experiencia como Especialista
Hidráulica e Hidrología para lo cual deberá acreditar su participación como especialista Hidráulica e
Hidrología en la elaboración de Estudios de Preinversión, Expedientes Técnicos y/o ejecución de obras de por
lo menos dos (02) proyectos de Defensa Ribereña y /u obras similares en los últimos 10 años.

 Tener experiencia como Especialista Estructural para lo cual deberá acreditar su participación como
especialista estructural en la elaboración de Estudios de Preinversión, Expedientes Técnicos y/o ejecución de
obras de por lo menos dos (02) proyectos de Defensa Ribereña y /u obras similares en los últimos 10 años.

Acreditación:
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del
Reglamento este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato.

Deberá adjuntar copia simple de: (I) Contrato con su respectiva conformidad; (II) Constancias; (III)
Certificados; (IV) Cualquier otro documento que manera fehaciente que demuestre la experiencia del
profesional propuesto, donde se pueda verificar el tiempo laborado, la denominación del expediente
formulado, el cargo profesional. La experiencia del personal propuesto se deberá presentarse en un cuadro
detallado que demuestre cronológicamente que cumple con la experiencia mínima requerida.

 En caso de no presentar este equipo profesional completo, la propuesta será descalificada.


 Los profesionales serán calificados de acuerdo con lo establecido en las bases.
 Los profesionales que conformen el equipo del consultor deberán acreditar sus títulos profesionales
correspondientes y la experiencia necesaria para los cargos que desempeñarán en el proyecto.

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e) ESPECIALISTA EN ANÁLISIS DE RIESGO Y DESASTRE (INGENIERO CIVIL O GEÓLOGO)

Requisitos.
Con Dos (2) años de ejercicio profesional

 Especialista en Riesgos y Desastres con Diplomado y/o Maestría. Tener experiencia como Especialista Riesgo
y Desastre reconocido por la CENEPRED para lo cual deberá acreditar su participación como especialista
Riesgos y Desastres en la elaboración de Estudios de Preinversión, Expedientes Técnicos y/o ejecución de
obras de por lo menos dos (02) proyectos de Defensa Ribereña y /u obras similares en los últimos 5 años.

 Tener experiencia como Especialista Riesgo y Desastre reconocido por la CENEPRED para lo cual deberá
acreditar su participación como especialista Riesgos y Desastres en la elaboración de Estudios de
Preinversión, Expedientes Técnicos y/o ejecución de obras de por lo menos dos (02) proyectos de Defensa
Ribereña y /u obras similares en los últimos 5 años.

Acreditación:
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del
Reglamento este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato.

Deberá adjuntar copia simple de: (I) Contrato con su respectiva conformidad; (II) Constancias; (III)
Certificados; (IV) Cualquier otro documento que manera fehaciente que demuestre la experiencia del
profesional propuesto, donde se pueda verificar el tiempo laborado, la denominación del expediente
formulado, el cargo profesional. La experiencia del personal propuesto se deberá presentarse en un cuadro
detallado que demuestre cronológicamente que cumple con la experiencia mínima requerida.

 En caso de no presentar este equipo profesional completo, la propuesta será descalificada.


 Los profesionales serán calificados de acuerdo con lo establecido en las bases.
 Los profesionales que conformen el equipo del consultor deberán acreditar sus títulos profesionales
correspondientes y la experiencia necesaria para los cargos que desempeñarán en el proyecto.

f) ESPECIALISTA EN PLAN DE MONITOREO ARQUEOLÓGICO (ARQUEÓLOGO)

Requisitos.
Con Dos (2) años de ejercicio profesional

 Tener experiencia como Especialista Plan de Monitoreo Arqueológico para lo cual deberá acreditar su
participación como especialista Monitoreo Arqueológico en la elaboración de Estudios de Preinversión,
Expedientes Técnicos y/o ejecución de obras de por lo menos dos (02) proyectos de Defensa Ribereña y /u
obras similares en los últimos 10 años.

Acreditación:
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del
Reglamento este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato.

Deberá adjuntar copia simple de: (I) Contrato con su respectiva conformidad; (II) Constancias; (III)
Certificados; (IV) Cualquier otro documento que manera fehaciente que demuestre la experiencia del
profesional propuesto, donde se pueda verificar el tiempo laborado, la denominación del expediente
formulado, el cargo profesional. La experiencia del personal propuesto se deberá presentarse en un cuadro
detallado que demuestre cronológicamente que cumple con la experiencia mínima requerida.

 En caso de no presentar este equipo profesional completo, la propuesta será descalificada.


 Los profesionales serán calificados de acuerdo con lo establecido en las bases.
 Los profesionales que conformen el equipo del consultor deberán acreditar sus títulos profesionales
correspondientes y la experiencia necesaria para los cargos que desempeñarán en el proyecto.

g) ESPECIALISTA EN ESTUDIO AMBIENTAL(INGENIERO AMBIENTAL)

Requisitos.
Con Dos (2) años de ejercicio profesional

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 Tener experiencia como Especialista en Estudio de Impacto Ambiental para lo cual deberá acreditar su
participación como especialista Estudios Ambientales en la elaboración de Estudios de Preinversión,
Expedientes Técnicos y/o ejecución de obras de por lo menos dos (02) proyectos de Defensa Ribereña y /u
obras similares en los últimos 10 años.

Acreditación:
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del
Reglamento este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato.

Deberá adjuntar copia simple de: (I) Contrato con su respectiva conformidad; (II) Constancias; (III)
Certificados; (IV) Cualquier otro documento que manera fehaciente que demuestre la experiencia del
profesional propuesto, donde se pueda verificar el tiempo laborado, la denominación del expediente
formulado, el cargo profesional. La experiencia del personal propuesto se deberá presentarse en un cuadro
detallado que demuestre cronológicamente que cumple con la experiencia mínima requerida.

 En caso de no presentar este equipo profesional completo, la propuesta será descalificada.


 Los profesionales serán calificados de acuerdo con lo establecido en las bases.
 Los profesionales que conformen el equipo del consultor deberán acreditar sus títulos profesionales
correspondientes y la experiencia necesaria para los cargos que desempeñarán en el proyecto.

B CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL


B.3 EQUIPAMIENTO ESTRATÉGICO
Requisitos:

- 02 computadoras.
- 01 Camioneta (antigüedad de 03 años como máximo)
- 01 Equipo de topografía (estación total).
- Una (01) impresora.
- 01 GPS
- 01 Ploter

Acreditación:
De conformidad con el numeral 49.3 del artículo 49 y el literal e) del numeral 139.1 del artículo 139 del Reglamento
este requisito de calificación se acredita para la suscripción del contrato.

C EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD


Requisitos:
El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a S/. 250,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA
MIL CON 00/100 SOLES, por la contratación de servicios de consultoría de obra iguales o similares al objeto de la
convocatoria, durante los diez (10) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas que se computarán
desde la fecha de la conformidad o emisión del comprobante de pago, según corresponda.

Se consideran servicios de consultoría de obra similares a la siguiente elaboración DE FICHAS TÉCNICAS,


PERFILES TÉCNICOS Y/O ESTUDIOS DE PRE INVERSIÓN EXPEDIENTES TÉCNICOS DE PROYECTOS DE DEFENSA
RIBEREÑA Y/O PROYECTO DE PROTECCIÓN ANTE PELIGROS RIESGO.

Acreditación:
La experiencia del postor en la especialidad se acreditará con copia simple de (i) contratos u órdenes de servicios
y su respectiva conformidad o constancia de prestación; o (ii) comprobantes de pago cuya cancelación se acredite
documental y fehacientemente, con voucher de depósito, nota de abono, reporte de estado de cuenta, cualquier
otro documento emitido por Entidad del sistema financiero que acredite el abono o mediante cancelación en el
mismo comprobante de pago15.

15 Cabe precisar que, de acuerdo con la Resolución N° 0065-2018-TCE-S1 del Tribunal de Contrataciones del Estado:

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Los postores pueden presentar hasta un máximo de veinte (20) contrataciones para acreditar el requisito de
calificación y el factor “Experiencia de Postor en la Especialidad”.

En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se debe
acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan
contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, las veinte (20) primeras contrataciones
indicadas en el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en la Especialidad.

En el caso de servicios de supervisión en ejecución, solo se considera como experiencia la parte del contrato que
haya sido ejecutada durante los diez (10) años anteriores a la fecha de presentación de ofertas, debiendo
adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago
cancelados.

En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio o el
contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se asumió en
el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho contrato.

Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del 20.09.2012,
la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las
Contrataciones del Estado”, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de
participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se
consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.

Si el titular de la experiencia no es el postor, consignar si dicha experiencia corresponde a la matriz en caso que
el postor sea sucursal, o fue transmitida por reorganización societaria, debiendo acompañar la documentación
sustentatoria correspondiente.

Si el postor acredita experiencia de una persona absorbida como consecuencia de una reorganización societaria,
debe presentar adicionalmente el Anexo N° 9.

Cuando en los contratos, órdenes de servicio o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre
expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicada por la Superintendencia de
Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de servicio
o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.

Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor
en la Especialidad.

Importante
 El órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección, según corresponda, debe valorar
de manera integral los documentos presentados por el postor para acreditar la experiencia. En tal
sentido, aun cuando en los documentos presentados la denominación del objeto contractual no
coincida literalmente con el previsto en las bases, se deberá validar la experiencia si las actividades que
ejecutó el postor corresponden a la experiencia requerida.

 En el caso de consorcios, la calificación de la experiencia se realiza conforme a la Directiva


“Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.

“… el solo sello de cancelado en el comprobante, cuando ha sido colocado por el propio postor, no puede ser considerado como
una acreditación que produzca fehaciencia en relación a que se encuentra cancelado. Admitir ello equivaldría a considerar como
válida la sola declaración del postor afirmando que el comprobante de pago ha sido cancelado”
(…)
“Situación diferente se suscita ante el sello colocado por el cliente del postor [sea utilizando el término “cancelado” o “pagado”]
supuesto en el cual sí se contaría con la declaración de un tercero que brinde certeza, ante la cual debiera reconocerse la validez
de la experiencia”.

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ANEXO I
ESTUDIO DE TOPOGRAFÍA Y GEODESIA

El especialista en Topografía y GEODESIA realizará la elaboración del estudio, enfocándose en el área de


intervención del proyecto.
El estudio está constituido en el marco conceptual para que los trabajos estén de acuerdo a los requerimientos
mínimos del estudio a Nivel de Expediente Técnico, con detalles a Nivel Definitivo.

a. Cartografía
Datum de Referencia
El Datum de referencia a utilizar es el WGS-84

b. Proyección Cartográfica
Toda la cartografía se efectuará usando la Proyección Cartográfica Universal Transversal de Mercator
(UTM)

c. Control Planímetro
El control planímetro del área de influencia del proyecto por donde se proyectará la infraestructura de
protección y área urbana (cercana al borde del rio), se efectuará mediante una red apoyo enlazada a
estaciones posicionadas mediante sistema GPS Diferencial (doble frecuencia).

Para el posicionamiento de los puntos geodésicos se utilizará equipo GPS Diferencial (doble frecuencia)
de 40 canales, para el procesamiento de la información registrada se utilizará el software de post-
procesamiento apropiado según el equipo utilizado.

El periodo de grabación de daros realizados por la PC’S de los GPS, será de 30 segundos por un periodo
mínimo de cuatro horas por cada Punto Geodésico.

El error de precisión del equipo debe ser como máximo de 1cm ++ 1 ppm.
Para el establecimiento de la red de apoyo, se establecerá una base medida y la base calculada es 1/100,000

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En la lectura de cada vértice se realizará medidas de cada ángulo en forma independiente como si fuera
por repetición el error máximo encontrado en la lectura alrededor de un vértice está determinada por la
fórmula:
Epermisible = ± 2° N
Dónde: N = Numero de ángulos leídos
Los cálculos de la red de apoyo se efectuarán por los métodos matemáticos

Documentación de untos Geodésicos y Vértices de la Red de Apoyo


Serán de concreto f’c= 175/cm2 vaciado en forma de tronco de pirámide de 0.40 metros de altura y con
base cuadrada de 0.20 x 0.20 m. la superior y 0.30 x 0.30 m la inferior, sobresaliendo un (01) centímetro
del suelo, con núcleo de fierro corrugado de Ø3/8’’ del que se visualizará solamente su cabeza que será
pintada de color rojo.

La nomenclatura se grabará en el mismo vértice y llevará la inicial del Proyecto y el numero correlativo.

Los puntos Geodésicos tendrán una placa de bronce adosada con nomenclatura, fecha e iniciales de
Proyecto.

Se ubicarán en lugares prominentes, referenciados con hitos de piedra de una altura mínima de un (1)
metro pintado en color blanco, con pintura al agua.
d. Control Altimétrico
Para determinar las cotas de los vértices de la red de apoyo se utilizará una nivelación geométrica
compuesta de alta precisión con dos itinerarios, una de ida y otra de vuelta, con máximo error de cierre
determinado por la fórmula:
E = ± 0.008 K
Donde:
E= Error máximo tolerable
K= Distancia en kilómetros
Se establecerá BMs, con su nomenclatura correlativa, número de viajes, los desniveles, los errores, los
promedios, las cotas absolutas, la descripción de ubicación.

e. Levantamiento Topográfico del Rio Kimbiri (Distrito de Kimbiri) y Áreas Urbanas Cercanas al Cauce
Relleno Topográfico
El relleno topográfico se apoyará en los vértices de la red de apoyo, la misma que quedará materializado
en campo.

El relleno topográfico se hará considerando el ancho del cauce que es variable en todo el rio y además de
la infraestructura urbana y rural cercana al mismo para poder realizar la simulación hidráulica.

El levantamiento topográfico será efectuado con estación total, procesado y presentado en formato
AUTOCAD e impreso a escala entre 1/500 y 1/2000 con curvas de nivel a intervalos de 0.50 metros.

ANEXO II
ESTUDIO DE HIDRÁULICA E HIDROLOGÍA

El especialista en Hidráulica e Hidrología realizará la elaboración del estudio, enfocándose en el área de


intervención del proyecto.

El estudio está constituido en el marco conceptual para que los trabajos estén de acuerdo a los requerimientos
mínimos del estudio a Nivel de Expediente Técnico, con detalles a Nivel Definitivo.
Se recopilará la información hidrológica correspondiente para la elaboración de los estudios de simulación

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hidrológica, transporte de sedimentos, máximas avenidas, vale precisar que dicha información deberá ser de
carácter primario.

Se revisarán las series de caudales del estudio a nivel de expediente técnico, EL CONSULTOR presentará una
metodología para determinar los caudales máximos, medios y mínimos, el régimen climatológico general de la
cuenca y el aporte de sedimentos, previa consulta y aprobación por parte de LA ENTIDAD.

Calcular las avenidas de diseño, tanto para las obras temporales de desvió del rio.
Se deberá analizar los sedimentos en suspensión o arrastre en el rio Kimbiri.

Se determinará la socavación general y local en todas las obras que afecten o alteren un cauce.

A continuación, se detallan mayores aspectos en cada uno de los estudios que involucran la parte hidrológica.

Análisis de Máximas Avenidas:


 Deberá realizar un análisis de la información hidrometeorológica disponible actualizada.
 Deberá realizar un análisis y extensión de registros históricos mediante la aplicación del modelo
hidrológico HEC-4 de las estaciones hidrométricas existentes en el ámbito de estudio.
 Deberá realizar el análisis de los datos de precipitaciones de escorrentía para diferentes periodos de
retorno en base a datos de las estaciones más cercanas para 10, 20, 25, 50 y 100 años.
 Deberá determinar los caudales máximos en el rio Kimbiri aplicando el modelo hidrológico HEC-HMS en el
cual incluya el análisis de las quebradas existentes dentro del ámbito del estudio a fin de cuantificar por
tramos cuales son los aportes de cada uno de estos en los 2.20 km.
 Deberá realizar conclusiones y recomendaciones de la información antes mencionada a fin de tomar en
cuenta estos para la proyección de infraestructura de protección.

Simulación Hidráulica:
 En base a los caudales presentados en el estudio de máximas avenidas se deberá realizar una simulación
hidráulica en los 2.20 km. Con la finalidad de determinar las zonas de posible desborde en los caudales
presentados para proyectar estructura de protección.

Cualquier detalle no considerado en el presente estudio. EL CONSULTOR deberá coordinar directamente con el
Supervisor y/o Coordinador del área solicitante.

ANEXO III
ESTUDIO EN DISEÑO ESTRUCTURAL

El especialista en Diseño Estructural realizará la elaboración del estudio, enfocándose en el área de intervención
del proyecto.

El estudio está constituido en el marco conceptual para que los trabajos estén de acuerdo a los requerimientos
mínimos del estudio a Nivel de Expediente Técnico, con detalles a Nivel Definitivo.

EL especialista con base en métodos establecidos evaluara canteras cercanas al ámbito de influencia y el material
para la proyección de gaviones, enrocados y/o muros de contención; para lo cual se requiere de la siguiente
información mínima a detallar:

 El estudio deberá considerar la evaluación de canteras de rocas de diámetros entre los 0.60 m. – 1.20 m.
para la posible proyección de defensas con enrocados para tal fin deberá realizar pruebas de los ángeles
y abrasión con la finalidad de determinar las características de la roca y de la dureza de estos.
 Deberá realizar un análisis de las distancias entre las canteras para el acopio del material.
 Deberá elaborar un presupuesto para la apertura y/o mantenimiento de vías para el acopio del material

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de defensas.
 Deberá realizar las conclusiones y recomendaciones respectivas del estudio.

Cualquier detalle no considerado en el presente estudio. EL CONSULTOR deberá coordinar directamente con el
encargado del área solicitante.

ANEXO IV
ESTUDIO EN GEOLOGÍA Y GEOTECNIA

El especialista en Geología - Geotecnia realizará la elaboración del estudio, enfocándose en el área de intervención
del proyecto.
El estudio está constituido en el marco conceptual para que los trabajos estén de acuerdo a los requerimientos
mínimos del estudio a Nivel de Expediente Técnico, con detalles a Nivel Definitivo.

EL especialista con base en información secundaria y reconocimientos preliminares de campo, hará la ejecución
de los estudios geológicos, geotécnicos y mecánica de suelos que considere necesarios para el diseño de las obras
de protección principal y secundaria. A continuación, se detallará aspectos a considerar en el trabajo de cada uno
de estos.

Zona del cauce, Eje y Borde del Rio Kimbiri:


Objetivos del Estudio
- Características geológicas - geotécnicas de la zona del cauce de rio, eje de rio y borde de rio Kimbiri en los
2.2 km en el Distrito de Kimbiri. Cabe decir que para el desarrollo de las calicatas se tomaran en cuenta los
siguientes aspectos: Humedad Natural, Granulometría de Suelos, Limites de Atterberg (Limite Liquido y
Plástico), Peso específico Material Mayor y Menor (Grava y Finos), Clasificación de los Suelos SUCS, Densidad
Máxima y Mínima, Densidad Relativa, Capacidad de Campo y Determinación de la Capacidad Portante.

- Así mismo en base a los resultados antes mencionados se deberá determinar la socavación en el rio para la
proyección de infraestructura de protección.

- Evaluar las condiciones geológicas existentes en el lugar de fundación del proyecto y en el área de influencia
del mismo, consignando la información necesaria para alimentar un modelo analítico capaz de proporcionar
el soporte de ingeniería que requiere el proyecto.

- Identificar, analizar y dimensionar situaciones problema o eventualmente problemáticas para el proyecto


asociadas a fenómenos naturales de naturaleza geodinámica que demanden una solución de ingeniería en
términos de anulación de riesgos o mitigación de impactos.

- Proporcionar al proyectista los parámetros geotécnicos de diseño orientados a sustentar su propuesta


técnica, en términos de:

 Aceleración sísmica de diseño.


 Geometría idónea de los cimientos.
 Profundidad de cimentación.
 Capacidad de carga del suelo de fundación.
 Asentamientos potenciales esperados.
 Coeficiente de Balasto
 Grado de agresividad al concreto y armaduras de acero.
 Clasificación de materiales y taludes de corte / relleno para los accesos.

- Analizar las condiciones geodinámicas y geotécnicas que prevalecerán en la intervención de los accesos y
elaborar el correspondiente cuadro de clasificación de materiales y la propuesta de taludes de corte y
relleno.

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El estudio Geológico - Geotécnico deberá desarrollar la siguiente estructura temática mínima:


1. Aspectos Generales
- Definición del Proyecto
- Objetivo y Alcances del Estudio
- Marco Técnico - Normativo del Estudio
- Ubicación y Acceso
- Descripción del Contexto Morfológico y Fisiográfico del Proyecto.
- Información Gráfica a Consignar: Plano esquemático de Ubicación.

2. Contexto Geológico - Estructural


- Descripción del Contexto Geológico, Tectónico y Estructural del área de intervención circundante
al proyecto.
- Columna Estratigráfica.
- Información Gráfica a Consignar: Plano Geológico – Estructural - Columna estratigráfica
- Fotografías de afloramientos geológicos típicos.

Cualquier detalle no considerado en el presente estudio. EL CONSULTOR deberá coordinar directamente con el
encargado del área solicitante.

ANEXO V
ANÁLISIS DE COSTOS Y PRESUPUESTOS

El especialista en Costos y Presupuestos realizará la elaboración del estudio, enfocándose en el área de


intervención del proyecto.

El estudio está constituido en el marco conceptual para que los trabajos estén de acuerdo a los requerimientos
mínimos del estudio a Nivel de Expediente Técnico, con detalles a Nivel Definitivo.

El especialista realizara el análisis y la formulación de lo siguiente:


 Metrados
 Análisis de Precios Unitarios
 Presupuesto
 Formulas Polinómicas
 Cronogramas

Los metrados se efectuarán considerando las partidas de obra a ejecutarse, la unidad de medida, los diseños
propuestos indicados en los planos de planta, perfil longitudinal, secciones transversales, cortes longitudinales,
diseño y detalles constructivos específicos.

Los metrados deben reflejar todas las soluciones técnicas propuestas en cada uno de los estudios básicos, para
lo cual se presentará la justificación de los metrados, en planillas, de cada una de las partidas incluidas en el
presupuesto, con los gráficos y/o croquis explicativos que el caso requiera, tomando en cuenta el orden
correlativo de las mismas. Asimismo, la definición de las partidas y la determinación de los metrados deben ser
precisas, con la finalidad de evitar prestaciones adicionales durante la ejecución de la obra.

Los análisis de precios unitarios serán efectuados para cada partida del proyecto, considerando la composición
de mano de obra, equipo, materiales y rendimiento correspondientes. Los análisis se efectuarán detallados tanto
para los costos directos, como los indirectos (gastos generales fijos, variables). El Presupuesto de obra deberá
ser calculado basado en los metrados de obra y los análisis de precios unitarios, diferenciando los costos directos,
indirectos y el IGV correspondiente, asimismo se deberá presentar el estudio de mercado efectuado para
determinar los costos de los materiales y costos de alquiler de equipo, adjuntando las cotizaciones y fuentes de
información (3 cotizaciones como mínimo). Para el caso de la mano de obra se empleará los costos de

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construcción civil vigentes.


Cualquier detalle no considerado en el presente estudio. EL CONSULTOR deberá coordinar directamente con el
encargado del área solicitante.

ANEXO VI
ESTUDIO DE ARQUEOLOGÍA

El especialista en Geología - Geotecnia realizará la elaboración del estudio, enfocándose en el área de intervención
del proyecto.

El estudio está constituido en el marco conceptual para que los trabajos estén de acuerdo a los requerimientos
mínimos del estudio a Nivel de Expediente Técnico, con detalles a Nivel Definitivo.

EL especialista deberá incluir información sobre el patrimonio arqueológico del área de influencia del proyecto.

EL especialista deberá considerar para la evaluación, las zonas proyectadas para la construcción de
infraestructura de protección a considerar dentro del estudio.

EL especialista deberá realizar una evaluación somera (a nivel muestral) de las áreas urbanas cercanas a la faja
marginal del rio con la finalidad de determinar la existencia o no de restos arqueológicos.

EL especialista deberá considerar la normativa vigente para la elaboración de planes de monitoreo arqueológico
y/o estudios de evaluación de restos arqueológicos.

Cualquier detalle no considerado en el presente estudio. EL CONSULTOR deberá coordinar directamente con el
encargado del área solicitante.
ANEXO VII
ESTUDIO DE ANÁLISIS DE RIESGO Y DESASTRE

El especialista en Análisis de Riesgo y Desastre realizará la elaboración del estudio, enfocándose en el área de
intervención del proyecto.

1. OBJETIVOS

o Identificar y priorizar los diferentes tipos de riesgos del proyecto en estudio previsibles de ocurrencia
durante la ejecución de la obra.
o Cuantificar los riesgos que tengan mayor impacto en la rentabilidad del proyecto.
o Establecer las estrategias de mitigación de los riesgos del proyecto con prioridades e impactos más
altos.
o Proponer los parámetros con los que se controlará y monitoreará los riesgos durante la ejecución del
proyecto.

2. HIPÓTESIS

Aplicar una metodología de gestión o administración de riesgos del proyecto que permite obtener mejores
resultados en su rentabilidad, al identificar aspectos del proyecto que pueden afectarlo de forma negativa
y formular estrategias para hacer frente a los mismos.

3. PLANIFICACIÓN DE LA GESTIÓN O ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS

La planificación de la Gestión o Administración del riesgo es el proceso en que se definen las actividades

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a realizar para administrar los riesgos de un proyecto. En esta etapa se definen los recursos y el tiempo
para las actividades de administración y se establece una base para la evaluación de riesgos.

Información necesaria para iniciar con la planificación de la Gestión o Administración de riesgos

o Alcance del proyecto: que define los entregables del proyecto, y brinda una manera clara para
identificación de riesgos.
o Programa de Inversiones: que indica cómo se utilizará el presupuesto para la cobertura de riesgos,
las contingencias y las reservas de gestión. Este programa Incluirá la inversión (presupuesto y
costos unitarios) necesaria para la implementación de cada uno de los riesgos identificados. Se
asigna recursos y se estima los fondos necesarios para la administración de riesgos, para incluirlos
en el presupuesto del proyecto.
o Cronograma de Actividades: define la forma en que se informarán y evaluarán las contingencias del
programa. Incluye la base de estructura de desglose de trabajo como cada entregable lo cual facilitará la
identificación de los riesgos para cada nivel y la categorización de los mismos.
o Plan de gestión de las comunicaciones: define las interacciones que ocurrirán a lo largo del proyecto y
determina quien estará disponible para hacer circular la información sobre los diversos riesgos y sus
respuestas en diferentes momentos.
o Factores ambientales de la empresa o contratista: se refiere a aquellos que puedan influenciar en
el proceso de planificación de administración de riesgos e incluye las actitudes y tolerancias
respecto al riesgo por parte de la organización.
4. TIPOS DE RIESGOS
A continuación, sin estar limitados en la identificación de riesgos, se detalla los diferentes tipos de
riesgos los cuales se deberá desarrollar según el proyecto de expediente técnico a proyectar.

Fuentes de
Riesgos específicos
Riesgos
• Problemas geotécnicos inesperados.
Técnicos • Supuestos inadecuados sobre asuntos técnicos en la fase de planeación.
• Fallas técnicas.
• Propietarios de predios afectados que no se encuentren dispuestos a ceder sus terrenos
para la ejecución del proyecto.
• Cambio de prioridades en el programa actual.
Externos • Inconsistencia en los objetivos de costo, tiempo, alcance y calidad.
• Objeciones de las comunidades locales.
• Cambios en los factores políticos.
• Solicitudes de cambios de los interesados a última hora.
• Retraso en los permisos o acciones de los organismos que puedan tomar más tiempo de
lo esperado.
• Nueva información requerida para los permisos ambientales.
• Cambios en las regulaciones ambientales.
• Requerimientos de la organización ambiental que sean de mayor nivel al asumido por la
Ambientales empresa.
• Falta de personal especializado.
• Sitios históricos, especies en peligros de extinción o pantanos presentes.
• Estudio de impacto ambiental requerido.
• Impactos negativos a la comunidad.
• Asignación de personal sin experiencia.
Organizacional • Pérdida de personal crítico en una etapa crucial del proyecto.
• Tiempo insuficiente para planificar.

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Fuentes de
Riesgos específicos
Riesgos
• Carga de trabajo imprevista para el gerente del proyecto.
• Burocracia interna causa retraso en la obtención de aprobaciones y decisiones.
• Nuevas prioridades agregadas al programa del proyecto
• Objetivo y necesidad del proyecto no está bien definido.
• Alcance del proyecto, programa, objetivos, costos y entregables no están claramente
definidos o comprendidos.
• Retrasos de los consultores o contratistas.
Administración • Fracaso en la comunicación del equipo de proyecto.
de proyecto
• Presión para entregar el proyecto con un programa acelerado.
• Falta de coordinación/comunicación.
• Cambio del personal clave a lo largo del proyecto.
• Mano de obra sin experiencia, personal inadecuado y disponibilidad de recursos.
Riesgos de • Retraso en la reubicación de servicios públicos.
Derecho de vía • Objeciones para evaluación del derecho de vía toma más tiempo y/o costo.
• Inadecuada estimación del tiempo contratado.
• Condiciones geotécnicas del suelo.
• Contaminación del suelo.
• Peligros naturales.
• Riesgos de fallas operación.
• Defectos en la construcción.
• Inherentes al tipo de construcción.
Constructivos
• Cumplir las actividades tal y como estaban previstas en el plan original en lo que se refiere
a plazos. Imprevistos que retrasan la ejecución del proyecto.
• Retrasos por mal tiempo.
• Huelgas de los trabajadores.
• Accidentes laborales.
• Defectos en la construcción producto de una mano de obra deficiente.
• Desastres naturales (huaycos, inundaciones etc.).
• Cambios en el criterio sísmico.
Diseño • Fundación de puentes.
• Demanda de tráfico.
• Cambios en los reglamentos de calidad.
Normativos • Nuevos permisos o nueva información requerida.
• Requerimientos de las autoridades sectoriales.
• Financiamiento del proyecto: Deuda, capital.
Financiero • Fluctuación de divisas.
• Cambios de las tasas de interés: riesgo de crédito.
• Responsabilidad contractual: incumplimiento, acciones de terceros.
Contractuales • Indemnización: Clausulas de exoneración de responsabilidades.
• Formas de indemnización: Limitada, intermedia y amplia.

5. DEFINICIONES DE LA PROBABILIDAD E IMPACTO DE LOS RIESGOS:


Las definiciones generales de los niveles de probabilidad e impacto se adaptan a cada proyecto
individual durante el proceso de Planificación de la administración de riesgos para usarse en el

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proceso de análisis cualitativo.


Una escala de la probabilidad de riesgos cae naturalmente entre 0.0 (no existe probabilidad) y 1.0
(certeza). Evaluar la probabilidad del riesgo puede ser difícil ya que normalmente se utiliza el juicio
basado en la experiencia, el cual a menudo no tiene el beneficio de la información histórica.

Se puede usar una escala ordinal que representa valores relativos de probabilidad desde improbable
hasta casi seguro. O bien, se puede asignar una escala general como: 0.1 / 0.3 / 0.5 / 0.7 / 0.9.

Las escalas de impactos de riesgos reflejan la severidad de sus efectos en los objetivos del proyecto.
El impacto puede ser ordinal o cardinal, dependiendo de los hábitos de la organización que realiza el
análisis. Las escalas ordinales son simplemente valores ordenados por rango, tales como: muy bajo,
bajo, moderado, alto y muy alto. Las escalas cardinales asignan valores a estos impactos. Estos valores
son generalmente lineales: 0.1 /0.3 / 0.5 / 0.7 / 0.9 ó no son lineales: 0.05 / 0.1 / 0.2 / 0.4 / 0.8.

6. REALIZAR EL ANÁLISIS CUALITATIVO DE RIESGOS


Este proceso evalúa la prioridad de los riesgos identificados en caso que se presenten,
usando la probabilidad relativa de ocurrencia y el impacto correspondiente sobre los objetivos
del proyecto. Además, evalúa otros factores como: el plazo de respuesta y la tolerancia al
riesgo por parte de la organización asociados con las restricciones del proyecto en cuanto a
costos, programa, alcance y calidad.

Este es un medio rápido y económico de establecer prioridades para la planificación de respuesta a


los riesgos y sienta las bases para realizar el análisis cuantitativo, si es necesario. Este proceso debe
ser revisado durante el ciclo de vida del proyecto para mantenerlo actualizado con respecto a los
cambios de los riesgos del proyecto. Las organizaciones pueden mejorar el desempeño del proyecto
concentrándose en los riesgos de alta prioridad.

Un análisis cualitativo del riesgo, por lo general incluye los siguientes aspectos:
 Una breve descripción del riesgo.
 Etapas del proyecto donde pueda ocurrir.
 Elementos del proyecto que podrían ser afectadas.
 Los factores que influyen en que ocurra.
 La relación con otros riesgos.
 La probabilidad de ocurrencia.
 Como el riesgo podría afectar el proyecto.

Matriz de probabilidad e impacto


Calificación del Riesgo = P X I
Muy Alta 0.90 0.045 0.09 0.18 0.36 0.72
DE OCURRENCIA
PROBABILIDAD

Alta 0.70 0.035 0.07 0.14 0.28 0.56


Moderada 0.50 0.025 0.05 0.10 0.20 0.40
1.

Baja 0.30 0.015 0.03 0.06 0.12 0.24


Muy Baja 0.10 0.005 0.01 0.02 0.04 0.08
0.05 0.10 0.20 0.40 0.80
2. IMPACTO EN LA EJECUCIÓN DE
LA OBRA Muy Bajo Bajo Moderado Alto Muy Alto

3. PRIORIDAD DEL RIESGO Baja Moderada Alta

7. REALIZAR EL ANÁLISIS CUANTITATIVO DE RIESGOS


Un análisis cuantitativo intenta medir el riesgo relacionando la probabilidad de ocurrencia con la

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severidad de su posible resultado y luego un valor numérico al riesgo. Este método es usado en
situaciones en las que un fallo de funcionamiento podría ser muy grave (como diseño de puentes)

El análisis cuantitativo de riesgos se realiza respecto a los riesgos priorizados en el proceso análisis
cualitativo de riesgos por tener impacto significativo sobre algún objetivo del proyecto. Se realiza
para asignar a esos riesgos una calificación numérica individual o para evaluar el efecto acumulativo
de los riesgos que afectan el proyecto.

El proceso de realizar un análisis cuantitativo de riesgos debe repetirse después del proceso de
planificación de respuesta como durante el proceso de monitoreo y control de riesgo, para
determinar si se han reducido satisfactoriamente el riesgo global del proyecto. Las tendencias
pueden indicar la necesidad de implementar más ó menos acciones para la administración de
riesgos.

El análisis cuantitativo hace uso de técnicas de simulación y decisiones que sirven para:
 Cuantificar numéricamente los posibles resultados del proyecto.
 Evaluar la probabilidad de lograr los objetivos específicos del proyecto.
 Identificar los riesgos que requieren una mayor atención mediante la cuantificación de su
contribución relativa al riesgo general del proyecto.
 Identificar objetivos de costo, programa o alcance realistas y viables, dados los riesgos del
proyecto.
 Determinar la mejor decisión de dirección de proyectos cuando algunas condiciones o resultados
son inciertos.

8. MONITOREO Y CONTROL DE RIESGOS


En base a los análisis efectuados de acuerdo a los Anexos 1 y 3 de la Directiva N°012 -2017-OSCE/CD,
donde se identifican los riesgos del proyecto, el consultor propondrá un plan de respuestas y/o
actividades que tomen en consideración las estrategias seleccionadas para mitigar, evitar, aceptar
o transferir los riesgos identificados; detallando el periodo, trabajo o actividad de la obra deberán
ser realizadas identificando los actores (Entidad - Contratista) que deben efectuar el monitoreo y
control de riesgos de la futura obra.

ANEXO VIII
ESTUDIO ASPECTOS SOCIALES Y AFECTACIONES PREDIALES E INTERFERENCIAS

El especialista en afectaciones prediales e interferencias realizará la elaboración del estudio, enfocándose en el


área de intervención del proyecto.

El estudio estará centrado en la identificación de afectaciones prediales con el fin de minimizar los impactos y
garantizar compensaciones adecuadas. El titular del proyecto es el responsable por la implementación del PAC.
Los acápites que debe tener son los siguientes:

a. Contexto Social
Se describirá la situación en la que se desarrollan las afectaciones (si se afectan cultivos, negocios, cercas,
granjas, etc.) teniendo en cuenta la ejecución del proyecto en relación a los afectados, tomando en
consideración en Anexo 3.
b. Identificación de la totalidad de afectados en padrón de afectados y ubicarlos en un plano clave.
c. Declaración Jurada del Titular del proyecto donde se indique textualmente que garantizará la adecuada
indemnización de los afectados.
Esto de acuerdo al Decreto Legislativo N° 1192, que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación
de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de interferencias y dicta
otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura.

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d. Soluciones y alternativas (Programas propuestos para la indemnización de áreas afectadas).


e. Participación ciudadana (Reuniones Informativas Específicas).
f. Cronograma y presupuesto para la implementación del PAC a nivel global y referencial.
g. Monitoreo y seguimiento para el cumplimiento Plan de Compensación.

Para la implementación del Plan de Afectaciones y Compensaciones PAC, el Titular del proyecto será el
responsable directo de gestionar la liberación y transferencia de las áreas afectadas requeridas para la
ejecución del mismo. Para este fin, se tendrá que lograr la inscripción definitiva en registro públicos de las
áreas afectadas y que estas pasen a nombre del Estado, de acuerdo a lo estipulado en el Decreto Legislativo
Nº 1192. En caso de no existir afectaciones, no será necesario desarrollar todo lo indicado para el PAC, pero en
un acápite dedicado a las afectaciones prediales se deberá justificar la no existencia de las mismas y
comprometerse a través de una declaración jurada explícita en atender de manera adecuada cualquier
afectación predial no prevista que pudiera surgir en la obra.

CAPÍTULO IV
FACTORES DE EVALUACIÓN

EVALUACIÓN TÉCNICA (Puntaje: 100 Puntos)

Importante para la Entidad


De acuerdo con el artículo 51 del Reglamento, se debe establecer al menos uno de los siguientes
factores de evaluación:

PUNTAJE / METODOLOGÍA
FACTORES DE EVALUACIÓN PARA SU ASIGNACIÓN

A. EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD [60] puntos

Evaluación: M = Monto facturado


acumulado por el postor por
El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a la prestación de servicios de
DOS (02) VECES EL VALOR REFERENCIAL DE LA CONTRATACION consultoría en la especialidad
O EL ITEM, por la contratación de servicios de consultoría de obra
iguales o similares al objeto de la convocatoria, durante los diez (10) años 17
anteriores a la fecha de la presentación de ofertas que se computarán M >= 2 veces el valor
desde la fecha de la conformidad o emisión del comprobante de pago, referencial:
según corresponda. 60 puntos

M >= [1.5] veces el valor


Acreditación:
referencial y < [2]veces el
valor referencial:

17
El monto no puede ser mayor a tres (3) veces el valor referencial.

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PUNTAJE / METODOLOGÍA
FACTORES DE EVALUACIÓN PARA SU ASIGNACIÓN
La experiencia en la especialidad se acreditará con copia simple de (i) 50 puntos
contratos u órdenes de servicios y su respectiva conformidad o
constancia de prestación; o (ii) comprobantes de pago cuya cancelación M > [1]18 veces el valor
se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depósito, referencial y < [1.5] veces el
nota de abono, reporte de estado de cuenta, cualquier otro documento valor referencial:
emitido por Entidad del sistema financiero que acredite el abono o 40 puntos
mediante cancelación en el mismo comprobante de pago16.

Las disposiciones sobre el requisito de calificación “Experiencia del


postor en la especialidad” previstas en el literal C del numeral 3.2 del
Capítulo III de la presente sección de las bases resultan aplicables para
el presente factor.

B. METODOLOGÍA PROPUESTA [20] puntos

Evaluación:

Se evaluará la metodología propuesta por el postor para la ejecución de


la consultoría de obra, cuyo contenido mínimo es el siguiente:
Desarrolla la metodología
 Plan de trabajo Descriptivo
que sustenta la oferta
 Control de Cronograma- Diagrama GANT, donde se detalla el
[20] puntos
uso de recursos físicos y técnicos, debiendo guardar estricta
relación con el plazo de ejecución del estudio.
No desarrolla la metodología
que sustente la oferta
Acreditación:
0 puntos
Se acreditará mediante la presentación del documento que sustente la
metodología propuesta.

CONOCIMIENTO DEL PROYECTO E IDENTIFICACIÓN DE


[20] puntos
C. FACILIDADES, DIFICULTADES Y PROPUESTAS DE
SOLUCIÓN
Evaluación: Desarrolla ayuda memoria
que evidencia el
Se evaluará el conocimiento del proyecto e identificación de facilidades, conocimiento del proyecto e
dificultades y propuestas de solución formuladas por el postor para la identificación de facilidades,
ejecución de la consultoría de obra, cuyo contenido mínimo es el dificultades y propuestas de
siguiente: AYUDA MEMORIA QUE DEMUESTRE EL CONOCIMIENTO solución
DEL PROYECTO. [20] puntos

Acreditación: No desarrolla la ayuda


memoria que evidencia el

16 Cabe precisar que, de acuerdo con la Resolución N° 0065-2018-TCE-S1 del Tribunal de Contrataciones del Estado:

“… el solo sello de cancelado en el comprobante, cuando ha sido colocado por el propio postor, no puede ser
considerado como una acreditación que produzca fehaciencia en relación a que se encuentra cancelado. Admitir ello
equivaldría a considerar como válida la sola declaración del postor afirmando que el comprobante de pago ha sido
cancelado”
(…)
“Situación diferente se suscita ante el sello colocado por el cliente del postor [sea utilizando el término “cancelado” o
“pagado”] supuesto en el cual sí se contaría con la declaración de un tercero que brinde certeza, ante la cual debiera
reconocerse la validez de la experiencia”.
18
El monto debe ser mayor al requerido como requisito de calificación. En ese sentido, si por ejemplo se solicitó como requisito
de calificación una (1) vez el valor referencial la metodología del factor de evaluación podría ser la siguiente:

M >= 2 veces el valor referencial […] puntos


M >= 1.5 veces el valor referencial y < 2 veces el valor referencial […] puntos
M > 1 vez el valor referencial y < 1.5 veces el valor referencial […] puntos

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PUNTAJE / METODOLOGÍA
FACTORES DE EVALUACIÓN PARA SU ASIGNACIÓN
Se acreditará mediante la presentación de una ayuda memoria. conocimiento del proyecto e
identificación de facilidades,
dificultades y propuestas de
solución
0 puntos

PUNTAJE TOTAL 100 puntos19

Para acceder a la etapa de evaluación económica, el postor debe obtener un puntaje técnico
mínimo de ochenta (80) puntos.

Importante
 Los factores de evaluación elaborados por el órgano encargado de contrataciones o el comité de
selección, según corresponda, guardan vinculación, razonabilidad y proporcionalidad con el objeto
de la contratación. Asimismo, estos no pueden calificar con puntaje el cumplimiento de los Términos
de Referencia ni los requisitos de calificación.

 Las ofertas técnicas que no alcancen el puntaje mínimo especificado son descalificadas.

EVALUACIÓN ECONÓMICA (Puntaje: 100 Puntos)

PUNTAJE / METODOLOGÍA
FACTOR DE EVALUACIÓN
PARA SU ASIGNACIÓN
A. PRECIO

Evaluación: La evaluación consistirá en asignar


un puntaje de cien (100) puntos a
Se evaluará considerando la oferta económica del postor. la oferta de precio más bajo y
otorga a las demás ofertas
Acreditación: puntajes inversamente
proporcionales a sus respectivos
Se acreditará mediante el registro del monto de la oferta en el SEACE precios, según la siguiente fórmula:
o documento que contiene la oferta económica ( Anexo N° 6), según
corresponda.
Pi = Om x PMP
Oi

Donde:
I = Oferta
Pi = Puntaje de la oferta a evaluar
Oi = Precio i
Om = Precio de la oferta más baja
PMP = Puntaje máximo del precio

PUNTAJE TOTAL 100 puntos

19
Es la suma de los puntajes de todos los factores de evaluación, incluyendo los opcionales.

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CAPÍTULO V
PROFORMA DEL CONTRATO

Importante

Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, puede incluirse cláusulas adicionales
o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las que en ningún caso pueden
contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo señalado en este capítulo.

Conste por el presente documento, la contratación del servicio de consultoría de obra


[CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte
[CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………],
con domicilio legal en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y
de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en
[……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......]
del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por
su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder
inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la
ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y
condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES


Con fecha [………………..], el órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección,
según corresponda, adjudicó la buena pro de la ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN] para la
contratación de [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], a [INDICAR
NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los
documentos integrantes del presente contrato.

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO


El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN].

CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL


El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], que incluye
todos los impuestos de Ley.

Este monto comprende el costo del servicio de consultoría de obra, todos los tributos, seguros,
transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación
vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución del servicio
de consultoría de obra materia del presente contrato.

CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO20


LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA],
en [INDICAR SI SE TRATA DE PAGO ÚNICO, PAGOS PARCIALES O PAGOS PERIÓDICOS O
SEGÚN TARIFA EN EL CASO DE PROCEDIMIENTOS DE SUPERVISIÓN DE LA ELABORACIÓN
DE EXPEDIENTES TÉCNICOS Y SUPERVISIÓN DE OBRAS CONVOCADOS BAJO EL SISTEMA
DE CONTRATACIÓN DE TARIFAS], luego de la recepción formal y completa de la documentación
correspondiente, según lo establecido en el artículo 171 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado.

Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un


plazo que no excederá de los quince (15) días, bajo responsabilidad de dicho funcionario.

LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los diez (10) días calendario siguientes de otorgada
la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el

20
En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente
a efectos de generar el pago.

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contrato para ello, bajo responsabilidad del funcionario competente.

En caso de retraso en el pago por parte de LA ENTIDAD, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza
mayor, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses legales conforme a lo establecido
en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado y en el artículo 171 de su Reglamento, los
que se computan desde la oportunidad en que el pago debió efectuarse.

CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN


El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..], el mismo que se computa desde
[CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO,
DESDE LA FECHA QUE SE ESTABLEZCA EN EL CONTRATO O DESDE LA FECHA EN QUE
SE CUMPLAN LAS CONDICIONES PREVISTAS EN EL CONTRATO PARA EL INICIO DE LA
EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LAS MISMAS EN ESTE ULTIMO CASO].

Importante para la Entidad


De preverse en los Términos de Referencia la ejecución de actividades de instalación, implementación
u otros que deban realizarse de manera previa al inicio del plazo de ejecución, se debe consignar lo
siguiente:

“El plazo para la [CONSIGNAR LAS ACTIVIDADES PREVIAS PREVISTAS EN LOS TÉRMINOS DE
REFERENCIA] es de [……...…], el mismo que se computa desde [INDICAR CONDICIÓN CON LA
QUE DICHAS ACTIVIDADES SE INICIAN].”

Incorporar a las bases o eliminar, según corresponda.

Importante para la Entidad


En el caso de contratación de prestaciones accesorias, se puede incluir la siguiente cláusula:

CLÁUSULA …: PRESTACIONES ACCESORIAS21

“Las prestaciones accesorias tienen por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LAS PRESTACIONES
ACCESORIAS].

El monto de las prestaciones accesorias asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], que incluye
todos los impuestos de Ley.

El plazo de ejecución de las prestaciones accesorias es de [……..],el mismo que se computa desde
[CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DEL CUMPLIMIENTO DE LAS PRESTACIONES
PRINCIPALES, DESDE LA FECHA QUE SE ESTABLEZCA EN EL CONTRATO O DESDE LA FECHA
EN QUE SE CUMPLAN LAS CONDICIONES PREVISTAS EN EL CONTRATO PARA EL INICIO DE
LA EJECUCIÓN DE LAS PRESTACIONES ACCESORIAS, DEBIENDO INDICAR LAS MISMAS EN
ESTE ULTIMO CASO].

[DE SER EL CASO, INCLUIR OTROS ASPECTOS RELACIONADOS A LA EJECUCIÓN DE LAS


PRESTACIONES ACCESORIAS].”

Incorporar a las bases o eliminar, según corresponda

CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO


El presente contrato está conformado por las bases integradas, la oferta ganadora22, así como los
documentos derivados del procedimiento de selección que establezcan obligaciones para las
partes.

CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS

21
De conformidad con la Directiva sobre prestaciones accesorias, los contratos relativos al cumplimiento de la(s) prestación(es)
principal(es) y de la(s) prestación(es) accesoria(s), pueden estar contenidos en uno o dos documentos. En el supuesto que
ambas prestaciones estén contenidas en un mismo documento, estas deben estar claramente diferenciadas, debiendo
indicarse entre otros aspectos, el precio y plazo de cada prestación.
22
La oferta ganadora comprende a la oferta técnica y oferta económica del postor ganador de la buena pro.

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EL CONTRATISTA entregó al perfeccionamiento del contrato la respectiva garantía incondicional,


solidaria, irrevocable, y de realización automática en el país al solo requerimiento, a favor de LA
ENTIDAD, por los conceptos, montos y vigencias siguientes:

 De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL


TIPO DE GARANTÍA PRESENTADA] N° [INDICAR NÚMERO DEL DOCUMENTO] emitida por
[SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE]. Monto que es equivalente al diez por ciento (10%) del
monto del contrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta el consentimiento de
la liquidación final.

Importante
Al amparo de lo dispuesto en el numeral 149.4 del artículo 149 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, en los contratos de consultoría de obra, si el postor ganador de la buena
pro solicita la retención del diez por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel
cumplimiento de contrato, debe consignarse lo siguiente:

“De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que debe
efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma
prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.”

En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:

 Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias: [CONSIGNAR EL MONTO], a través


de la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA PRESENTADA] N° [INDICAR NÚMERO DEL
DOCUMENTO] emitida por [SEÑALAR EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que debe
mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.

CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN


LA ENTIDAD puede solicitar la ejecución de las garantías cuando EL CONTRATISTA no las hubiere
renovado antes de la fecha de su vencimiento, conforme a lo dispuesto en el literal a) del numeral
155.1 del artículo 155 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Importante para la Entidad


Sólo en el caso que la Entidad hubiese previsto otorgar adelanto, se debe incluir la siguiente cláusula:

CLÁUSULA NOVENA: ADELANTO DIRECTO

“LA ENTIDAD otorgará [CONSIGNAR NÚMERO DE ADELANTOS A OTORGARSE] adelantos


directos por el [CONSIGNAR PORCENTAJE QUE NO DEBE EXCEDER DEL 30% DEL MONTO DEL
CONTRATO ORIGINAL] del monto del contrato original.

EL CONTRATISTA debe solicitar los adelantos dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO Y OPORTUNIDAD


PARA LA SOLICITUD], adjuntando a su solicitud la garantía por adelantos mediante [INDICAR TIPO
DE GARANTÍA, CARTA FIANZA Y/O PÓLIZA DE CAUCIÓN] acompañada del comprobante de pago
correspondiente. Vencido dicho plazo no procederá la solicitud.

LA ENTIDAD debe entregar el monto solicitado dentro de [CONSIGNAR EL PLAZO] siguientes a la


presentación de la solicitud del contratista.”

Incorporar a las bases o eliminar, según corresponda.

CLÁUSULA DÉCIMA: CONFORMIDAD DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO


La conformidad de la prestación del servicio se regula por lo dispuesto en el artículo 168 del
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La conformidad será otorgada por
[CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD].

De existir observaciones, LA ENTIDAD las comunica al CONTRATISTA, indicando claramente el


sentido de estas, otorgándole un plazo para subsanar no menor de cinco (5) ni mayor de quince
(15) días. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la
subsanación, LA ENTIDAD puede otorgar al CONTRATISTA periodos adicionales para las

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correcciones pertinentes. En este supuesto corresponde aplicar la penalidad por mora desde el
vencimiento del plazo para subsanar.

Este procedimiento no resulta aplicable cuando la consultoría manifiestamente no cumpla con las
características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no otorga la conformidad,
debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose la penalidad que corresponda
por cada día de atraso.

CLÁUSULA UNDÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA


EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones
derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado
en caso de incumplimiento.

CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS


La conformidad del servicio por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar
posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por los artículos 40 de la Ley
de Contrataciones del Estado y 173 de su Reglamento.

El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de [CONSIGNAR TIEMPO EN AÑOS,


SEGÚN CORRESPONDA] año(s) contado a partir de la conformidad otorgada por LA ENTIDAD.

Importante para la Entidad


En los contratos de consultoría de obras para elaborar los expedientes técnicos de obra, se debe
reemplazar el último párrafo de esta cláusula por el siguiente:

“El plazo máximo de responsabilidad del contratista por errores o deficiencias o por vicios
ocultos puede ser reclamada por la Entidad por [CONSIGNAR TIEMPO EN AÑOS, NO
MENOR DE TRES (3) AÑOS] años después de la conformidad de obra otorgada por LA
ENTIDAD”.

En los contratos de consultoría de obras para la supervisión de obra, se debe reemplazar el último
párrafo de esta cláusula por el siguiente:

“El plazo máximo de responsabilidad del contratista puede ser reclamada por la Entidad por
[CONSIGNAR TIEMPO EN AÑOS, NO MENOR DE SIETE (7) AÑOS] años después de la
conformidad de obra otorgada por LA ENTIDAD”.

Incorporar a las bases de consultoría de obras para la elaboración de expedientes técnicos o eliminar, según
corresponda.

CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: PENALIDADES


Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del
contrato, LA ENTIDAD le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día de atraso,
de acuerdo a la siguiente fórmula:

0.10 x monto vigente


Penalidad Diaria =
F x plazo vigente en días

Donde:

F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o;


F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días.

El retraso se justifica a través de la solicitud de ampliación de plazo debidamente aprobado.


Adicionalmente, se considera justificado el retraso y en consecuencia no se aplica penalidad,
cuando EL CONTRATISTA acredite, de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo
transcurrido no le resulta imputable. En este último caso la calificación del retraso como justificado
por parte de LA ENTIDAD no da lugar al pago de gastos generales ni costos directos de ningún
tipo, conforme el numeral 162.5 del artículo 162 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado.

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Adicionalmente a la penalidad por mora se aplicará la siguiente penalidad:

Otras penalidades
N° Supuestos de aplicación de penalidad Forma de cálculo Procedimiento
1 Cuando el personal acreditado permanece [INCLUIR LA FORMA Según informe del
menos de sesenta (60) días desde el inicio de DE CÁLCULO, QUE NO [CONSIGNAR EL ÁREA
su participación en la ejecución del contrato o PUEDE SER MENOR A USUARIA A CARGO DE
del íntegro del plazo de ejecución, si este es LA MITAD DE UNA LA SUPERVISIÓN DEL
menor a los sesenta (60) días, de conformidad UNIDAD IMPOSITIVA CONTRATO].
con las disposiciones establecidas en el TRIBUTARIA (0.5 UIT)
numeral 190.2 del artículo 190 del NI MAYOR A UNA (1)
Reglamento. UIT] por cada día de
ausencia del personal
en el plazo previsto.
2 En caso el contratista incumpla con su [INCLUIR LA FORMA Según informe del
obligación de ejecutar la prestación con el DE CÁLCULO, QUE NO [CONSIGNAR EL ÁREA
personal acreditado o debidamente sustituido. PUEDE SER MENOR A USUARIA A CARGO DE
LA MITAD DE UNA LA SUPERVISIÓN DEL
UNIDAD IMPOSITIVA CONTRATO].
TRIBUTARIA (0.5 UIT)
NI MAYOR A UNA (1)
UIT] por cada día de
ausencia del personal.
3 Si como consecuencia de verificar el [INCLUIR LA FORMA Según informe del
funcionamiento u operatividad de la DE CÁLCULO, QUE comité de recepción.
infraestructura culminada y las instalaciones NO PUEDE SER
y equipos en caso corresponda, el comité de MENOR A 1% NI
recepción advierte que la obra no se MAYOR A 5%] al
encuentra culminada. monto del contrato de
supervisión.
4 (…)

Importante

De haberse previsto establecer penalidades distintas a la penalidad por mora, incluir dichas
penalidades, los supuestos de aplicación de penalidad, la forma de cálculo de la penalidad para cada
supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el supuesto a penalizar, conforme el artículo
163 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Estas penalidades se deducen de los pagos a cuenta o del pago final, según corresponda; o si
fuera necesario, se cobra del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.

Estos dos (2) tipos de penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez
por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por mora o el monto máximo para otras
penalidades, de ser el caso, LA ENTIDAD puede resolver el contrato por incumplimiento.

CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO


Cualquiera de las partes puede resolver el contrato, de conformidad con el numeral 32.3 del artículo
32 y artículo 36 de la Ley de Contrataciones del Estado, y el artículo 164 de su Reglamento. De
darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 165 del
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES


Cuando se resuelva el contrato por causas imputables a algunas de las partes, se debe resarcir los
daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la
aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere
lugar, en el caso que éstas correspondan.

Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás

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obligaciones previstas en el presente contrato.

CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: ANTICORRUPCIÓN


EL CONTRATISTA declara y garantiza no haber, directa o indirectamente, o tratándose de una
persona jurídica a través de sus socios, integrantes de los órganos de administración, apoderados,
representantes legales, funcionarios, asesores o personas vinculadas a las que se refiere el artículo
7 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, ofrecido, negociado o efectuado,
cualquier pago o, en general, cualquier beneficio o incentivo ilegal en relación al contrato.

Asimismo, el CONTRATISTA se obliga a conducirse en todo momento, durante la ejecución del


contrato, con honestidad, probidad, veracidad e integridad y de no cometer actos ilegales o de
corrupción, directa o indirectamente o a través de sus socios, accionistas, participacionistas,
integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales, funcionarios,
asesores y personas vinculadas a las que se refiere el artículo 7 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado.

Además, EL CONTRATISTA se compromete a i) comunicar a las autoridades competentes, de


manera directa y oportuna, cualquier acto o conducta ilícita o corrupta de la que tuviera
conocimiento; y ii) adoptar medidas técnicas, organizativas y/o de personal apropiadas para evitar
los referidos actos o prácticas.

CLÁUSULA DÉCIMA SÉTIMA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO

Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento,


en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de
aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y
demás normas de derecho privado.

CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 23

Las controversias que surjan entre las partes durante la ejecución del contrato se resuelven
mediante conciliación o arbitraje, según el acuerdo de las partes.

Cualquiera de las partes tiene derecho a iniciar el arbitraje a fin de resolver dichas controversias
dentro del plazo de caducidad previsto en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.

Facultativamente, cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conciliación dentro del
plazo de caducidad correspondiente, según lo señalado en el artículo 224 del Reglamento de la
Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de recurrir al arbitraje, en caso no se llegue a un
acuerdo entre ambas partes o se llegue a un acuerdo parcial. Las controversias sobre nulidad del
contrato solo pueden ser sometidas a arbitraje.

El Laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes desde el momento de
su notificación, según lo previsto en el numeral 45.21 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones
del Estado.

CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA


Cualquiera de las partes puede elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos
los gastos que demande esta formalidad.

CLÁUSULA VIGÉSIMA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL


Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante
la ejecución del presente contrato:

DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [...........................]

DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR


GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA EL

23
De acuerdo con el numeral 225.3 del artículo 225 del Reglamento, las partes pueden recurrir al arbitraje ad hoc cuando las
controversias deriven de procedimientos de selección cuyo valor referencial sea menor o igual a cinco millones con 00/100
soles (S/ 5 000 000,00).

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PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO]

La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra
parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.

De acuerdo con las bases integradas, la oferta y las disposiciones del presente contrato, las partes
lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR
FECHA].

“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”

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CAPÍTULO VI
CONSTANCIA DE PRESTACIÓN DE CONSULTORÍA DE OBRA

De conformidad con el artículo 169 del Reglamento, se deja expresa constancia de la culminación de la prestación derivada
del contrato mencionado en el numeral 3 del presente documento.

1 DATOS DEL Número del documento


DOCUMENTO Fecha de emisión del
documento

2 DATOS DEL Nombre, denominación o razón


CONTRATISTA social
RUC
EN CASO EL CONTRATISTA SEA UN CONSORCIO, ADEMÁS SE DEBERÁ REGISTRAR LA
SIGUIENTE INFORMACIÓN:
Nombre o razón social del Descripción de las
RUC %
integrante del consorcio obligaciones

3 DATOS DEL
Número del contrato
CONTRATO
Tipo y número del
procedimiento de selección
Supervisión
de la
Elaboración de
elaboración Supervisión
Objeto del contrato Expediente
del de Obra
Técnico
Expediente
Técnico
Descripción del objeto del
contrato
Fecha de suscripción del
contrato
Monto total ejecutado del
contrato
Plazo original días calendario
Ampliación(es) de plazo días calendario
Total plazo días calendario
Plazo de ejecución contractual
Fecha de inicio de la consultoría de
obra
Fecha final de la consultoría de obra

En caso de elaboración de Expediente Técnico


4 DATOS DEL Denominación del proyecto
EXPEDIENTE
TÉCNICO Ubicación del proyecto
Monto del presupuesto

En caso de Supervisión de Obras


5 DATOS DE LA OBRA Denominación de la obra
Ubicación de la obra
Número de adicionales de obra
Monto total de los adicionales
Número de deductivos
Monto total de los deductivos

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Monto total de la obra

6 APLICACIÓN DE Monto de las penalidades por


PENALIDADES mora

Monto de otras penalidades

Monto total de las penalidades


aplicadas

7 DATOS DE LA
ENTIDAD Nombre de la Entidad

RUC de la Entidad

Nombres y apellidos del


funcionario que emite la
constancia
Cargo que ocupa en la Entidad
Teléfono de contacto

8
NOMBRE, FIRMA Y SELLO DEL FUNCIONARIO COMPETENTE

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ANEXOS

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ANEXO Nº 1

DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR

Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-

El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N°
[CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de
[CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE
SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA],
DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:

Nombre, Denominación o
Razón Social :
Domicilio Legal :
RUC : Teléfono(s) :
MYPE24 Sí No
Correo electrónico :

Autorización de notificación por correo electrónico:


… [CONSIGNAR SÍ O NO] autorizo que se notifiquen al correo electrónico indicado las siguientes
actuaciones:

1. Solicitud de subsanación de los requisitos para perfeccionar el contrato.


2. Solicitud al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para presentar los
documentos para perfeccionar el contrato.
3. Respuesta a la solicitud de acceso al expediente de contratación.

Asimismo, me comprometo a remitir la confirmación de recepción, en el plazo máximo de dos (2) días
hábiles de recibida la comunicación.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda

Importante
La notificación dirigida a la dirección de correo electrónico consignada se entenderá válidamente
efectuada cuando la Entidad reciba acuse de recepción.

24 Esta información será verificada por la Entidad en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la
sección consulta de empresas acreditadas en el REMYPE en el link http://www2.trabajo.gob.pe/servicios-en-linea-2-2/ y se
tendrá en consideración, en caso el postor ganador de la buena pro solicite la retención del diez por ciento (10%) del monto
del contrato original, en calidad de garantía de fiel cumplimiento, según lo señalado en el artículo 149 del Reglamento.
Asimismo, dicha información se tendrá en cuenta en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 91 del Reglamento.

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Importante

Cuando se trate de consorcios, la declaración jurada es la siguiente:

ANEXO Nº 1

DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR

Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-

El que se suscribe, [……………..], representante común del consorcio [CONSIGNAR EL NOMBRE DEL
CONSORCIO], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N°
[CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], DECLARO BAJO JURAMENTO que la
siguiente información se sujeta a la verdad:

Datos del consorciado 1


Nombre, Denominación o
Razón Social :
Domicilio Legal :
RUC : Teléfono(s) :
MYPE25 Sí No
Correo electrónico :

Datos del consorciado 2


Nombre, Denominación o
Razón Social :
Domicilio Legal :
RUC : Teléfono(s) :
MYPE26 Sí No
Correo electrónico :

Datos del consorciado …


Nombre, Denominación o
Razón Social :
Domicilio Legal :
RUC : Teléfono(s) :
MYPE27 Sí No
Correo electrónico :

Autorización de notificación por correo electrónico:

Correo electrónico del consorcio:

25 Esta información será verificada por la Entidad en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la
sección consulta de empresas acreditadas en el REMYPE en el link http://www2.trabajo.gob.pe/servicios-en-linea-2-2/ y se
tendrá en consideración, en caso el consorcio ganador de la buena pro solicite la retención del diez por ciento (10%) del
monto del contrato original, en calidad de garantía de fiel cumplimiento, según lo señalado en el artículo 149 del Reglamento.
Asimismo, dicha información se tendrá en cuenta en caso de empate, conforme a lo previsto en el artículo 91 del Reglamento.
Para dichos efectos, todos los integrantes del consorcio deben acreditar la condición de micro o pequeña empresa.

26 Ibídem.

27 Ibídem.

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… [CONSIGNAR SÍ O NO] autorizo que se notifiquen al correo electrónico indicado las siguientes
actuaciones:

1. Solicitud de subsanación de los requisitos para perfeccionar el contrato.


2. Solicitud al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para presentar los
documentos para perfeccionar el contrato.
3. Respuesta a la solicitud de acceso al expediente de contratación.

Asimismo, me comprometo a remitir la confirmación de recepción, en el plazo máximo de dos (2) días
hábiles de recibida la comunicación.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del representante
común del consorcio

Importante
La notificación dirigida a la dirección de correo electrónico consignada se entenderá válidamente
efectuada cuando la Entidad reciba acuse de recepción.

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ANEXO Nº 2

DECLARACIÓN JURADA
(ART. 52 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:

i. No haber incurrido y me obligo a no incurrir en actos de corrupción, así como a respetar el


principio de integridad.

ii. No tener impedimento para postular en el procedimiento de selección ni para contratar con el
Estado, conforme al artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado.

iii. Que mi información (en caso que el postor sea persona natural) o la información de la persona
jurídica que represento, registrada en el RNP se encuentra actualizada.

iv. Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así
como las disposiciones aplicables del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General.

v. Participar en el presente proceso de contratación en forma independiente sin mediar consulta,


comunicación, acuerdo, arreglo o convenio con ningún proveedor; y, conocer las disposiciones
del Decreto Legislativo Nº 1034, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Represión de
Conductas Anticompetitivas.

vi. Conocer, aceptar y someterme a las bases, condiciones y reglas del procedimiento de selección.

vii. Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento en el presente
procedimiento de selección.

viii. Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el procedimiento de selección y a


perfeccionar el contrato, en caso de resultar favorecido con la buena pro.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda

Importante
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea
presentada por el representante común del consorcio.

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ANEXO Nº 3

DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA

Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las bases y
demás documentos del procedimiento de la referencia y, conociendo todos los alcances y las
condiciones detalladas en dichos documentos, el postor que suscribe ofrece el servicio de consultoría
de obra [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con los Términos de
Referencia que se indican en el numeral 3.1 del Capítulo III de la sección específica de las bases y los
documentos del procedimiento.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda

Importante
Adicionalmente, puede requerirse la presentación de documentación que acredite el cumplimiento
de los términos de referencia, conforme a lo indicado en el acápite relacionado al contenido de las
ofertas de la presente sección de las bases.

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ANEXO Nº 4

DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CONSULTORÍA DE


OBRA

Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-

Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las bases del
procedimiento de la referencia, me comprometo a prestar el servicio de consultoría de obra objeto del
presente procedimiento de selección en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO].

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda

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ANEXO Nº 5

PROMESA DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-

Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso
que dure el procedimiento de selección, para presentar una oferta conjunta a la ADJUDICACIÓN
SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO].

Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio,
de conformidad con lo establecido por el artículo 140 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado, bajo las siguientes condiciones:

a) Integrantes del consorcio

1. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 1].


2. [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CONSORCIADO 2].

b) Designamos a [CONSIGNAR NOMBRES Y APELLIDOS DEL REPRESENTANTE COMÚN],


identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR
NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del consorcio para
efectos de participar en todos los actos referidos al procedimiento de selección, suscripción y
ejecución del contrato correspondiente con [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD].

Asimismo, declaramos que el representante común del consorcio no se encuentra impedido,


inhabilitado ni suspendido para contratar con el Estado.

c) Fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................].

d) Las obligaciones que corresponden a cada uno de los integrantes del consorcio son las siguientes:

OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL


1. [ % ] 28
CONSORCIADO 1]

[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 1]

OBLIGACIONES DE [NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL


2. [ % ] 29
CONSORCIADO 2]

[DESCRIBIR LAS OBLIGACIONES DEL CONSORCIADO 2]

TOTAL OBLIGACIONES 100%30

28
Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
29
Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
30
Este porcentaje corresponde a la sumatoria de los porcentajes de las obligaciones de cada uno de los integrantes del consorcio.

80
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[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

..…………………………………………. ..…………………………………………..
Consorciado 1 Consorciado 2
Nombres, apellidos y firma del Consorciado 1 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 2
o de su Representante Legal o de su Representante Legal
Tipo y N° de Documento de Identidad Tipo y N° de Documento de Identidad

Importante
De conformidad con el artículo 52 del Reglamento, las firmas de los integrantes del consorcio
deben ser legalizadas.

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Importante para la Entidad

En caso de procedimientos bajo el sistema a suma alzada incluir el siguiente anexo:

Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases

ANEXO Nº 6

OFERTA ECONÓMICA

ÍTEM N° [INDICAR NÚMERO]

Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta
económica es la siguiente:

CONCEPTO OFERTA ECONÓMICA

TOTAL

La oferta económica [CONSIGNAR LA MONEDA DE LA CONVOCATORIA] incluye todos los tributos,


seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la
legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del
servicio de consultoría a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración
legal, no incluirán en su oferta económica los tributos respectivos.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda

Importante

 El postor debe consignar el monto total de la oferta económica, sin perjuicio, que de resultar
favorecido con la buena pro, presente el detalle de precios unitarios y la estructura de costos para
el perfeccionamiento del contrato.

 El postor que goce de alguna exoneración legal, debe indicar que su oferta no incluye el tributo
materia de la exoneración, debiendo incluir el siguiente texto:

“Mi oferta no incluye [CONSIGNAR EL TRIBUTO MATERIA DE LA EXONERACIÓN]”.

Importante para la Entidad


 En caso de procedimientos según relación de ítems, consignar lo siguiente:
“El postor debe presentar su oferta económica en documentos independientes, en los ítems que
se presente”.

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 En caso de contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, consignar lo


siguiente:
“El postor debe detallar en su oferta económica, el monto correspondiente a la prestación
principal y las prestaciones accesorias”.
 Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participación
de proveedores que gozan del beneficio de la exoneración del IGV prevista en la Ley Nº 27037,
Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, consignar lo siguiente:
“La oferta económica de los postores que presenten la Declaración Jurada de cumplimiento de
condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 7), debe encontrase dentro
de los límites del valor referencial sin IGV”.

Incluir las disposiciones, según corresponda. Una vez culminada la elaboración de las bases, las notas que no se
incorporen deben ser eliminadas.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE KIMBIRI
ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° 016 -2021-MDK/CS-1 BASES INTEGRADAS

Importante para la Entidad

En caso de procedimientos bajo el sistema a precios unitarios incluir el siguiente anexo:

Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases

ANEXO Nº 6

OFERTA ECONÓMICA

ÍTEM N° [INDICAR NÚMERO]

Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta
económica es la siguiente:

CONCEPTO PRECIO UNITARIO OFERTA ECONÓMICA

TOTAL

La oferta económica [CONSIGNAR LA MONEDA DE LA CONVOCATORIA] incluye todos los tributos,


seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la
legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del
servicio de consultoría a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración
legal, no incluirán en su oferta económica los tributos respectivos.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda

Importante

 El postor debe consignar los precios unitarios y subtotales de su oferta económica.

 El postor que goce de alguna exoneración legal, debe indicar que su oferta no incluye el tributo
materia de la exoneración, debiendo incluir el siguiente texto:

“Mi oferta no incluye [CONSIGNAR EL TRIBUTO MATERIA DE LA EXONERACIÓN]”.

Importante para la Entidad


 En caso de procedimientos según relación de ítems, consignar lo siguiente:
“El postor debe presentar su oferta económica en documentos independientes, en los ítems que
se presente”.
 En caso de contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, consignar lo
siguiente:
“El postor debe detallar en su oferta económica, el monto correspondiente a la prestación

84
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE KIMBIRI
ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° 016 -2021-MDK/CS-1 BASES INTEGRADAS

principal y las prestaciones accesorias”.


 Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participación
de proveedores que gozan del beneficio de la exoneración del IGV prevista en la Ley Nº 27037,
Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, consignar lo siguiente:
“La oferta económica de los postores que presenten la Declaración Jurada de cumplimiento de
condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 7), debe encontrase dentro
de los límites del valor referencial sin IGV”.

Incluir las disposiciones, según corresponda. Una vez culminada la elaboración de las bases, las notas que no se
incorporen deben ser eliminadas

85
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE KIMBIRI
ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° 016 -2021-MDK/CS-1 BASES INTEGRADAS

Importante para la Entidad


En caso de procedimientos bajo el sistema de tarifas incluir el siguiente anexo:
Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases

ANEXO Nº 6

OFERTA ECONÓMICA

ÍTEM N° [INDICAR NÚMERO]

Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-

Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta
económica es la siguiente:

N° DE PERIODO O
TARIFA
PERIODOS UNIDAD DE TOTAL OFERTA
DESCRIPCIÓN DEL OBJETO UNITARIA
DE TIEMPO DE LA ECONÓMICA
OFERTADA33
TIEMPO31 TARIFA32

Importante para la Entidad


En el caso de supervisión de obras, cuando se haya previsto que las actividades comprenden
además la liquidación del contrato de obra, se debe reemplazar por la tabla siguiente:

PERIODO
N° DE TARIFA
O UNIDAD TOTAL OFERTA
DESCRIPCIÓN DEL PERIODOS UNITARIA
DE ECONÓMICA
OBJETO DE OFERTADA36
TIEMPO35
TIEMPO34
Supervisión de obra

Liquidación de obra

Incluir o eliminar, según corresponda

31
Número estimado de días, meses, entre otros de la ejecución de la prestación, según lo establecido en las bases.

32
Día, mes, entre otros, según lo establecido en las bases.

33
El postor formula su oferta proponiendo una tarifa fija en base al periodo o unidad de tiempo establecida en las bases.
34
Número estimado de días, meses, entre otros de la ejecución de la prestación, según lo establecido en las bases.

35
Día, mes, entre otros, según lo establecido en las bases.

36
El postor formula su oferta proponiendo una tarifa fija en base al periodo o unidad de tiempo establecida en las bases.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE KIMBIRI
ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° 016 -2021-MDK/CS-1 BASES INTEGRADAS

La oferta económica [CONSIGNAR LA MONEDA DE LA CONVOCATORIA] incluye todos los tributos,


seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la
legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del
servicio de consultoría a contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de alguna exoneración
legal, no incluirán en su oferta económica los tributos respectivos.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda

Importante

 El postor que goce de alguna exoneración legal, debe indicar que su oferta no incluye el tributo
materia de la exoneración, debiendo incluir el siguiente texto:

“Mi oferta no incluye [CONSIGNAR EL TRIBUTO MATERIA DE LA EXONERACIÓN]”.

Importante para la Entidad


 En caso de procedimientos según relación de ítems, consignar lo siguiente:
“El postor debe presentar su oferta económica en documentos independientes, en los ítems que
se presente”.
 En caso de contrataciones que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, consignar lo
siguiente:
“El postor debe detallar en su oferta económica, el monto correspondiente a la prestación
principal y las prestaciones accesorias”.
 Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participación
de proveedores que gozan del beneficio de la exoneración del IGV prevista en la Ley Nº 27037,
Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, consignar lo siguiente:
“La oferta económica de los postores que presenten la Declaración Jurada de cumplimiento de
condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 7), debe encontrase dentro
de los límites del valor referencial sin IGV”.

Incluir las disposiciones, según corresponda. Una vez culminada la elaboración de las bases, las notas que no se
incorporen deben ser eliminadas

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE KIMBIRI
ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° 016 -2021-MDK/CS-1 BASES INTEGRADAS

Importante para la Entidad

Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participación de
proveedores que gozan del beneficio de la exoneración del IGV prevista en la Ley Nº 27037, Ley de
Promoción de la Inversión en la Amazonía, incluir el siguiente anexo:
Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases.

ANEXO Nº 7

DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE CONDICIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA


EXONERACIÓN DEL IGV

Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que gozo del beneficio de la exoneración del IGV
previsto en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, dado que cumplo con
las condiciones siguientes:

1.- Que el domicilio fiscal de la empresa37 se encuentra ubicada en la Amazonía y coincide con el lugar
establecido como sede central (donde tiene su administración y lleva su contabilidad);

2.- Que la empresa se encuentra inscrita en las Oficinas Registrales de la Amazonía (exigible en caso
de personas jurídicas);

3.- Que, al menos el setenta por ciento (70%) de los activos fijos de la empresa se encuentran en la
Amazonía; y

4.- Que la empresa no presta servicios fuera de la Amazonía.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda

Importante
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los
integrantes del consorcio, salvo que se trate de consorcios con contabilidad independiente, en cuyo
caso debe ser suscrita por el representante común, debiendo indicar su condición de consorcio con
contabilidad independiente y el número de RUC del consorcio.

37
En el artículo 1 del “Reglamento de las Disposiciones Tributarias contenidas en la Ley de Promoción de la Inversión en la
Amazonía” se define como “empresa” a las “Personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas
consideradas jurídicas por la Ley del Impuesto a la Renta, generadoras de rentas de tercera categoría, ubicadas en la
Amazonía. Las sociedades conyugales son aquéllas que ejerzan la opción prevista en el Artículo 16 de la Ley del Impuesto
a la Renta.”

88
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE KIMBIRI
BASES INTEGRADAS ADJUDICACION SIMPLIFICADA N°039-2020-MDK/CS-PRIMERA CONVOCATORIA

ANEXO Nº 8

EXPERIENCIA DEL POSTOR EN LA ESPECIALIDAD

Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN, SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-

Mediante el presente, el suscrito detalla la siguiente EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD:

FECHA DEL FECHA DE LA EXPERIENCIA


N° CONTRATO / O/S / MONTO
OBJETO DEL CONTRATO O CONFORMIDAD PROVENIENTE40 TIPO DE CAMBIO
Nº CLIENTE COMPROBANTE DE MONEDA IMPORTE41 FACTURADO
CONTRATO CP38 DE SER EL DE: VENTA42
PAGO 39 ACUMULADO43
CASO
1
2
3
4

38
Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicios o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
39
Únicamente, cuando la fecha del perfeccionamiento del contrato, sea previa a los diez (10) años anteriores a la fecha de presentación de ofertas, caso en el cual el postor debe acreditar que la
conformidad se emitió dentro de dicho periodo.
40
Si el titular de la experiencia no es el postor, consignar si dicha experiencia corresponde a la matriz en caso que el postor sea sucursal, o fue transmitida por reorganización societaria, debiendo
acompañar la documentación sustentatoria correspondiente. Al respecto, según la Opinión N° 216-2017/DTN “Considerando que la sociedad matriz y la sucursal constituyen la misma persona jurídica,
la sucursal puede acreditar como suya la experiencia de su matriz”. Del mismo modo, según lo previsto en la Opinión N° 010-2013/DTN, “… en una operación de reorganización societaria que
comprende tanto una fusión como una escisión, la sociedad resultante podrá acreditar como suya la experiencia de la sociedad incorporada o absorbida, que se extingue producto de la fusión;
asimismo, si en virtud de la escisión se transfiere un bloque patrimonial consistente en una línea de negocio completa, la sociedad resultante podrá acreditar como suya la experiencia de la sociedad
escindida, correspondiente a la línea de negocio transmitida. De esta manera, la sociedad resultante podrá emplear la experiencia transmitida, como consecuencia de la reorganización societaria
antes descrita, en los futuros procesos de selección en los que participe”.
41
Se refiere al monto del contrato ejecutado incluido adicionales y reducciones, de ser el caso.
42
El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicios o de cancelación del comprobante
de pago, según corresponda.
43
Consignar en la moneda establecida en las bases.

89
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE KIMBIRI
BASES INTEGRADAS ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° -2021-MDK/CS-PRIMERA CONVOCATORIA

FECHA DEL FECHA DE LA EXPERIENCIA


N° CONTRATO / O/S / MONTO
OBJETO DEL CONTRATO O CONFORMIDAD PROVENIENTE40 TIPO DE CAMBIO
Nº CLIENTE COMPROBANTE DE MONEDA IMPORTE41 FACTURADO
CONTRATO CP38 DE SER EL DE: VENTA42
PAGO 39 ACUMULADO43
CASO
5
6
7
8
9
10

20
TOTAL

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda

90
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE KIMBIRI
BASES INTEGRADAS ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° -2021-MDK/CS-PRIMERA CONVOCATORIA

ANEXO Nº 9

DECLARACIÓN JURADA
(NUMERAL 49.4 DEL ARTÍCULO 49 DEL REGLAMENTO)

Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURÍDICA], declaro que la experiencia que acredito de la empresa [CONSIGNAR LA
DENOMINACIÓN DE LA PERSONA JURÍDICA] absorbida como consecuencia de una reorganización
societaria, no se encuentra en el supuesto establecido en el numeral 49.4 del artículo 49 del
Reglamento.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda

Importante
A efectos de cautelar la veracidad de esta declaración, el postor puede verificar la información de
la Relación de Proveedores Sancionados por el Tribunal de Contrataciones del Estado con Sanción
Vigente en http://portal.osce.gob.pe/rnp/content/relación-de-proveedores-sancionados.
También le asiste dicha facultad al órgano encargado de las contrataciones o al órgano de la
Entidad al que se le haya asignado la función de verificación de la oferta presentada por el postor
ganador de la buena pro.

91
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE KIMBIRI
BASES INTEGRADAS ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° -2021-MDK/CS-PRIMERA CONVOCATORIA

Importante para la Entidad


En el caso de contratación de servicios consultoría de obra que se presten fuera de la provincia de
Lima y Callao, cuyo valor referencial no supere los doscientos mil Soles (S/ 200,000.00) o en
procedimientos de selección según relación de ítems cuando algún ítem no supere dicho monto, se
debe considerar el siguiente anexo:
Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases.

ANEXO Nº 10

SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL DIEZ POR CIENTO (10%) POR SERVICIOS PRESTADOS
FUERA DE LA PROVINCIA DE LIMA Y CALLAO
(DE SER EL CASO, SOLO PRESENTAR ESTA SOLICITUD EN EL ITEM [INCLUIR EN CASO
CORRESPONDA, EN PROCEDIMIENTOS POR RELACIÓN DE ÍTEMS, CONSIGNANDO EL N°
DEL ÍTEM O ÍTEMS CUYO VALOR REFERENCIAL NO SUPERA LOS DOSCIENTOS MIL SOLES
(S/ 200,000.00])

Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURÍDICA], solicito la asignación de la bonificación del diez por ciento (10%) sobre el
puntaje total en [EN EL CASO DE PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN SEGÚN RELACIÓN DE
ÍTEMS, CONSIGNAR EL ÍTEM O ITEMS, SEGÚN CORRESPONDA, EN LOS QUE SE SOLICITA LA
BONIFICACIÓN] debido a que el domicilio de mi representada se encuentra ubicado en la provincia o
provincia colindante donde se ejecuta la prestación.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda

Importante
 Para asignar la bonificación, el órgano encargado de las contrataciones o el comité de
selección, según corresponda, verifica el domicilio consignado por el postor en el Registro
Nacional de Proveedores (RNP).

 Para que el postor pueda acceder a la bonificación, debe cumplir con las condiciones
establecidas en el literal f) del artículo 50 del Reglamento.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE KIMBIRI
BASES INTEGRADAS ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° -2021-MDK/CS-PRIMERA CONVOCATORIA

Importante

Cuando se trate de consorcios, la declaración jurada es la siguiente:

ANEXO Nº 10

SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL DIEZ POR CIENTO (10%) POR SERVICIOS PRESTADOS
FUERA DE LA PROVINCIA DE LIMA Y CALLAO
(DE SER EL CASO, SOLO PRESENTAR ESTA SOLICITUD EN EL ITEM [INCLUIR EN CASO
CORRESPONDA, EN PROCEDIMIENTOS POR RELACIÓN DE ÍTEMS, CONSIGNANDO EL N°
DEL ÍTEM O ÍTEMS CUYO VALOR REFERENCIAL NO SUPERA LOS DOSCIENTOS MIL SOLES
(S/ 200,000.00])

Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-

Mediante el presente el que se suscribe, [……………..], representante común del consorcio


[CONSIGNAR EL NOMBRE DEL CONSORCIO], solicito la asignación de la bonificación del diez por
ciento (10%) sobre el puntaje total en [CONSIGNAR EL ÍTEM O ITEMS, SEGÚN CORRESPONDA, EN
LOS QUE SE SOLICITA LA BONIFICACIÓN] debido a que los domicilios de todos los integrantes del
consorcio se encuentran ubicados en la provincia o provincias colindantes donde se ejecuta la
prestación.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….………………………..

Firma, Nombres y Apellidos del representante


común del consorcio

Importante

 Para asignar la bonificación, el órgano encargado de las contrataciones o el comité de selección,


según corresponda, verifica el domicilio consignado de los integrantes del consorcio, en el
Registro Nacional de Proveedores (RNP).

 Para que un consorcio pueda acceder a la bonificación, cada uno de sus integrantes debe
cumplir con las condiciones establecidas en el literal f) del artículo 50 del Reglamento.

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE KIMBIRI
BASES INTEGRADAS ADJUDICACION SIMPLIFICADA N° -2021-MDK/CS-PRIMERA CONVOCATORIA

ANEXO Nº 11

SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL CINCO POR CIENTO (5%) POR TENER LA CONDICIÓN DE
MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA

Señores
[CONSIGNAR ÓRGANO ENCARGADO DE LAS CONTRATACIONES O COMITÉ DE SELECCIÓN,
SEGÚN CORRESPONDA]
ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-

Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURÍDICA], solicito la asignación de la bonificación del cinco por ciento (5%) sobre el
puntaje total obtenido, debido a que mi representada cuenta con la condición de micro y pequeña
empresa.

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda

Importante
 Para asignar la bonificación, el órgano encargado de las contrataciones o comité de selección,
según corresponda, verifica la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en
la sección consulta de empresas acreditadas en el REMYPE en el link
http://www2.trabajo.gob.pe/servicios-en-linea-2-2/.

 Para que un consorcio pueda acceder a la bonificación, cada uno de sus integrantes debe
cumplir con la condición de micro y pequeña empresa.

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