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Resumen de Informática Juridíca
Resumen de Informática Juridíca
Resumen de Informática Juridíca
Tres elementos :
*tratamiento automático
*informacion
El último informe sobre desarrollo humano del Programa de las Naciones Unidas para
el Desarrollo (Pnud) mencionó la tecnología como un eje fundamental a la hora de
hablar de desigualdad.
La tecnología es cada ves mas generalizada algunos tenían acceso al celular y los que
no no tiean acceso al internet
Mientras mayor sea el nivel de desarrollo mayor será el acceso ala tecnología
Cada 100 habitantes tenían 131 suscripcion a planes y teléfonos mas desallorralos
Mientras que de 100 habitantes tenia 67 menos desarrollados
En los mas desarrollados a internet en el hogar 100 de cada 84 que tenían accso a
internet
En los menos desarrollados a internet en hogar 15 de cada de 100
Las naciones unidas largo altos precios inalcanzables para los pobres
Para que hallan diferencia de los que mas tienen y los que menos tienen para que llege a
todos lugares del planeta tiene que aver mayor distribución
hay que entenderla como una herramienta capaz de moldear las circunstancias que
hallan nuevos empleados,aplicación de servicios de trasporte y procurar que no se atente
contra la privacidad de los usuarios con el uso progresivo de la monetización de sus
datos.
Las tecnologías pueden liberar alos trabajadores y reducir el estrés laboral y las lesiones
Remodelar la desigualdad :
“La tecnología ya está dando forma a la distribución del ingreso y del poder económico
a través de márgenes crecientes con empresas que ejercen el poder a expensas de
trabajadores y consumidores”
Todos experimentamos los beneficios que trae nuestra computadora, tablet o teléfono
inteligente ver videos ,hablar con amigos ,mandar mensajes ver la hora ,firmar ,comprar
cosas etc
derecho : ( lectura 2 )
El derecho surge como un medio para regular las conductas de los hombres que viven y
conviven en una determinada sociedad. Ese conjunto de normas, considerado ciencia,
no es estático, sino que está en permanente cambio; de manera dinámica va mutando
para adaptarse a las transformaciones que experimenta una sociedad
Informática jurídica;
Derecho de la informática:
Es cuando el derecho tiene como objeto de estudio a la informática para regular todas las
actividades relacionadas con ella. Por ejemplo, los ciberdelitos o las compras online.
Para comprender mejor estas funciones, podemos ver los siguientes ejemplos: en
el área legal, se maneja información jurídica a través del uso de la computadora
(base de datos, información personal, estados financieros de una empresa,
etcétera); en este caso, la informática es un instrumento del derecho. Ahora bien,
si realizamos un acto jurídico a través de la computadora, como hacer una
compra online, la informática actúa como objeto de derecho para regular esa
compra.
La computadora : es una herramienta que el jurista –en este caso– utiliza para crear
bancos de datos jurídicos y facilitar la administración de justicia. A la inversa, el
uso de la computadora trae aparejado un conjunto de situaciones que deben ser
reguladas por el derecho.
Lectura 3
Universales :
Anteriores :
es conocido como derecho positivo y derecho nacido de la costumbre (un derecho nace de esa
forma porque se corresponde con un acto que se repite a lo largo del tiempo y que crea
conciencia de obligatoriedad
independientes :
Civermetica :
Lectura 3 :
3 variantes :
ejemplo, podríamos mencionar a Ley Online o Lexis Nexis ada y sistematizada de datos
jurídicos.
Su importancia se basa en los datos que podemos tener de personas que debemos ejecutar o a las
que debemos conceder un crédito, o bien con las que deseamos realizar una transacción
importante (ya sea compraventa inmobiliaria, alquiler u otras operaciones)
Estos sistemas, que pueden ser “enlatados” (software estándar que compramos ya listo para ser
usado), o bien realizados “a medida” (software programado específicamente para la actividad
que se pretende organizar y realizado por un programador contratado a tal efecto),
Lectura 4 :
Hardware :
es el conjunto de dispositivos materiales que componen la computadora. Estos son de carácter
físico, mecánico y rígido, tanto de la unidad central como de las unidades periféricas pueden
recibir tutela a través de las aplicaciones de los regímenes sobre patentes de invención, marcas,
diseños industriales y similares, en otras palabras, son la parte física, tangible de todo aquello
que conforma una computadora.
Software :
Se utiliza, por lo general, para referirse a los programas ejecutados por un sistema informático
para distinguirlos del hardware. Comprende formas simbólicas y ejecutables para dichos
programas.
el software está constituido por una serie de programas que permiten la realización de las
órdenes que el usuario emite y que ejecuta operaciones aritméticas, vigila el estado de entradas
y salidas, el banco de memoria y los controladores para dispositivos internos y externos
*www.rentacontrol.com.ar/
*www.suiteinmobiliaria.com/
*www.minegocioinmobiliario.com/
*www.profitsistemas.com/ (Sistema integral inmobiliario)
MODULO 2
LECTURA 1
Desglosando esta definición, podemos decir que el contrato es todo acto jurídico
bilateral y patrimonial. Al ser un acto jurídico, le son aplicables todas las reglas
que determina nuestro Código en los Títulos IV y V con relación al acto jurídico.
Al decir patrimonial, estamos haciendo referencia a que es un vehículo para la
circulación de la riqueza
Como sucede en diferentes ámbitos del derecho, esa libertad contactual encuentra
límites, ya sea por causa de la ley, el orden público, la moral y las buenas
costumbre
Elementos esenciales :
Son aquellos que deben estar presentes sí o sí para que exista contrato. Ellos son: el
objeto, la causa y la forma.
Objeto: es la prestación que se prometen las partes, la cosa o el hecho sobre el que va a
recaer la obligación que contrajeron debe ser ser lícito, posible física y jurídicamente,
determinado o determinable, susceptible de valoración económica y corresponder a un
interés de las partes, aunque este no sea de carácter patrimonial.
Causa: “la causa debe existir en la formación del contrato y durante su celebración y
subsistir durante su ejecución. La falta de causa da lugar según los casos a la nulidad,
adecuación o extinción del contrato
Forma: Los contratos solo serán formales cuando alguna norma así lo determine El
artículo 10176 determina aquellos contratos que deben ser otorgados por escritura
pública. Los más conocidos, por ejemplo, son los contratos que tienen por objeto
adquirir, modificar o extinguir derechos reales sobre inmuebles.
Elementos naturales :
Son aquellos que están presentes implícitamente, solamente en los contratos bilaterales
onerosos, porque se producen en el momento de su cumplimiento y no de su nacimiento
Así, los vicios ocultos son una garantía en los contratos onerosos, ya que le permiten al
adquirente de la cosa devolverla si presenta vicios que la hacen impropia para su destino
o exigir una disminución en su precio.
Elementos accidentales :
Son aquellos que las partes, por ejercicio de la autonomía de la voluntad, deciden
incorporarlos al contrato. No están implícitos como en el caso de los elementos
naturales. Son plazo, condición y cargo. Ejemplos de ellos son los intereses por mora, el
hecho de que la seña no valga
Queda equiparado al consumidor quien, sin ser parte de una relación de consumo
como consecuencia o en ocasión de ella, adquiere o utiliza bienes o servicios, en
forma gratuita u onerosa, como destinatario final, en beneficio propio o de su
grupo familiar o social
1-El que resulta de una oferta o propuesta sobre un bien o servicio concluido en el
domicilio o lugar de trabajo del consumidor, en la vía pública o por medio de
correspondencia.
LUGAR DE CUMPLIMIENTO :
En los contratos celebrados fuera de los establecimientos comerciales, a distancia, y con
utilización de medios electrónicos o similares, se considera lugar de cumplimiento aquel en el
que el consumidor recibió o debió recibir la prestación. Ese lugar fija la jurisdicción aplicable a
los conflictos derivados del contrato
A su vez, este puede ser demandado solamente ante los jueces del Estado de su domicilio
1-son " hechos a medida" (inc. a), en cuyo caso se reduce la posibilidad para el
proveedor de disponer nuevamente del bien por haberlo confeccionado especialmente
para un consumidor (inc. a, in fine);
La informática y la contratación:
Derecho de contratación :
define al contrato como: “el acto jurídico mediante el cual dos o más partes
manifiestan su consentimiento para crear, regular, modificar, transferir o
extinguir relaciones jurídicas patrimoniales
1-se celebran a distancia, no hay presencia física de las partes contratantes, por lo que la
oferta y la aceptación se manifiestan a través de medios electrónicos;
2-se celebran a través de redes telemáticas o electrónicas.
Los contratos electrónicos se celebran a distancia, sin presencia física de las partes
contratantes, donde la oferta y la aceptación se manifiestan a través de medios
electrónicos, utilizando redes electrónicas. Raúl contrató a distancia al comprar diversos
productos de manera online, por internet.
los factores que inciden en esta transformación de la que venimos hablando son
dos, a saber: la globalización y la tecnología.
Contratos celebrados por correo electrónico: en estos contratos, las partes manifiestan su
voluntad y aceptación utilizando el lenguaje tradicional y la escritura que, a diferencia
de un contrato no informático, se realiza en un medio cuyo soporte es el mail, el cual
reemplaza al papel Contratos celebrados mediante sistemas automatizados: podría ponerse
como ejemplo un formulario de una página web
En cambio, se entiende por contrato informático al que tiene por objeto bienes
y servicios informáticos
Comercio electrónico:
Marco legal de las transacciones electrónicas en Argentina
El comercio electrónico se desarrolla con fuerza en el ámbito de las relaciones de
consumo. A partir del artículo 1104, el Código Civil y Comercial de la Nación
regula las contrataciones especiales como, por ejemplo, los contratos celebrados
fuera del establecimiento comercial del proveedor, aunque es en el artículo 1106
donde se establece lo concerniente a las prácticas comerciales a través de medios
electrónicos.
El medio empleado presenta riesgos, como los de captura ilícita de datos por
terceros, muchos de los cuales pueden ser morigerados por el proveedor por
medio de la adopción de mecanismos de comunicación segura y de encriptación,
cuestiones sobre las que debe informar al consumidor, para que él decida si lleva
adelante o no una operación por el medio elegido según el nivel de seguridad
ofrecido
La firma digital no se identifica con una simple firma escaneada, una clave o una huella
dactilar. Estas son equivalencias erróneas. Argentina es uno de los países pioneros de la
región en cuanto a la legislación en materia de firma digital. En el año 2001, se
promulgó la Ley de Firma Digital
La firma digital debe ser susceptible de verificación por terceras partes, tal que
dicha verificación simultáneamente permita identificar al firmante y detectar
cualquier alteración del documento digital posterior a su firma
Para firmar un documento digital, su autor utiliza su propia clave secreta (sistema
criptográfico asimétrico), a la que solo él tiene acceso, lo que impide que pueda
después negar su autoría (no revocación o no repudio)
Autoria : Salvo que exista una prueba en contrario, significa que se presume que la
firma digital es signo de aquella persona que es titular del certificado digital
correspondiente a dicha firma.
Integridad : Es la característica que implica una presunción, salvo prueba
en contrario, de que un documento digital -que ha sido firmado
digitalmente- no ha sido modificado desde el momento de la firma.
1-Haber sido creada durante el período de vigencia del certificado digital válido del
firmante;
2-Ser debidamente verificada por la referencia a los datos de verificación de firma
digital indicados en dicho certificado según el procedimiento de verificación
correspondiente;
3 -Que dicho certificado haya sido emitido o reconocido, según el artículo 16 de la
presente, por un certificador licenciado.
¿Qué es el certificado digital?
“son documentos digitales, emanados de un certificador, que acreditan la
vinculación entre una clave pública y una persona
Los certificados digitales son, entonces, uno de los elementos o requisitos para
que se configure la firma digital y para que su utilización sea válida. La Ley de
Firma Digital,
Requisitos de validez de los certificados digitales
1-Ser emitidos por un certificador licenciado por el ente licenciant
2-Ser emitidos por un certificador licenciado por el ente licenciant
1-Identificar indubitablemente a su titular y al certificador licenciado que lo emitió,
indicando su período de vigencia y los datos que permitan su identificación única;
2-Ser susceptible de verificación respecto de su estado de revocación;
3-Diferenciar claramente la información verificada de la no verificada incluidas en el
certificado;
4-Contemplar la información necesaria para la verificación de la firma;
5-Identificar la política de certificación bajo la cual fue emitido
mediante la Resolución General 4575/2019 (B.O. 09/09/2019), ha cesado la
actividad de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) como
Autoridad Certificante para la emisión de certificado de Firma Digital. Por lo que
AFIP continúa como autoridad de registro, pero no emite Certificados de firma
digital en forma directa.
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