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Esquema Peticiones en Memorial Inicial de Demanda Ejecución Vía de Apremio

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ESQUEMA PETICIONES EN MEMORIAL INICIAL DE DEMANDA EJECUCIÓN VÍA

DE APREMIO

De Trá mite:

I. Que con el memorial que antecede y documentos adjuntos, se inicie el


expediente respectivo;
II. Que se tenga por señ alado el lugar para recibir notificaciones;
III. Que se tenga por conferida la direcció n y procuració n al profesional
propuesto:
IV. Que se reconozca la personería con que actú o (en su caso);
V. Que se tenga como lugar para notificar al demandado, el señ alado,
debiendo hacerles saber de la obligació n de señ alar lugar dentro del
perímetro del tribunal o se le continuará notificando por los estrados;
librá ndose el despacho o exhorto correspondiente ( si fuere el caso);
VI. Que se tengan por ofrecidos los medios de prueba individualizados, así
como por presentados los documentos adjuntos;
VII. Que se califique el titulo ejecutivo en que se funda la presente
demanda, el cual consiste en ………., documento que acompañ o a este
memorial en original;
VIII. Que se libre el despacho correspondiente al Registro de la Propiedad
correspondiente (segú n donde se encuentra ubicado el bien
inmueble), a efecto de que se proceda a ANOTAR DE DEMANDA la
finca ya identificada en el apartado correspondiente (dependerá del
título ejecutivo que se está presentando);
IX. Que se señ ale día y hora para el remate de la finca hipotecada inscrita
en el Registro General de la Propiedad, bajo el nú mero……, folio ……
del libro……. de ----------------------; fijá ndose como base para el mismo
el monto de la deuda, la cual incluye capital demandado de ------------
quetzales, mas intereses, recargos por mora (en su caso), gastos y
costas judiciales, para lo cual deberá n faccionarse los edictos
respectivos;
X. Que el remate se anuncie o publique en el Diario Oficial “Diario de
Centroamérica” y en otro de los de mayor circulació n, por lo menos
tres veces, y se fijen los edictos respectivos en los estrados del
tribunal;
XI. Que de no haber postores, se adjudique en pago el bien objeto del
remate a la parte ejecutante;
XII. Que, oportunamente, del valor de la venta de bien gravado, se le haga
pago a la parte ejecutante, de acuerdo con la liquidació n de la deuda,
sus intereses, recargos por mora (en su caso), gastos y regulació n de
costas judiciales causadas;
XIII. Que adjudicado, en su caso, el bien gravado a favor de la parte
ejecutante, se señ ale el término de tres días a los propietarios de dicho
bien para que otorgue la escritura traslativa de dominio, y en caso de
rebeldía, se otorgue la misma de oficio por el señ or Juez; y
XIV. Que otorgada y registrada la escritura traslativa de dominio, se ponga
en posesió n del bien rematado a la parte ejecutante.

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