Government">
Nothing Special   »   [go: up one dir, main page]

GU-ADC-02 - Guía para La Atención de Solicitudes Relacionadas A Denuncias

Descargar como pdf o txt
Descargar como pdf o txt
Está en la página 1de 19

Contraloría General de la República Código: GU-ADC-02

Versión: 00
SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD
Vigencia: 05/04/2021

GUÍA PARA LA
ATENCIÓN DE SOLICITUDES RELACIONADAS
A DENUNCIAS
NOMBRE CARGO FIRMA FECHA

Firmado digitalmente por SILVA


Jonathan Silva Analista de la Gerencia de CUEVA Jonathan FAU 20131378972
soft
Cueva Control Social y Denuncias Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 25.03.2021 14:12:57 -05:00

Firmado digitalmente por


Analista de la Subgerencia RODRIGUEZ RAMIREZ Carolina
Carolina Rodríguez Cathering FAU 20131378972 soft
Elaborado por: de Evaluación de Motivo: Soy el autor del documento
Ramírez Fecha: 25.03.2021 15:01:21 -05:00
Denuncias

Gustavo Firmado digitalmente por


Especialista de Gestión por VILLANUEVA SALVADOR Gustavo
Villanueva Procesos
Adolfo FAU 20131378972 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 19.03.2021 16:41:13 -05:00
Salvador

Facilitador de la Gerencia Firmado digitalmente por ATAUQUE


Percy Joel Atauque PASTOR Percy Joel Eulogio FAU
de Control Social y 20131378972 soft
Pastor Motivo: Soy el autor del documento
Denuncias Fecha: 26.03.2021 15:01:29 -05:00

Firmado digitalmente por TRESIERRA


PAZ Elias Martin FAU 20131378972
Supervisor Técnico de soft
Elías Tresierra Paz Motivo: Soy el autor del documento
Gestión por Procesos Fecha: 19.03.2021 17:02:52 -05:00

Revisado por:
Firmado digitalmente por ARCINIEGA
Adriana del Rocío Subgerente de MUÑOZ Adriana Del Rocio FAU
20131378972 soft
Arciniega Muñoz Modernización Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 21.03.2021 23:01:20 -05:00

Firmado digitalmente por ARIAS


VALENCIA Jesus FAU 20131378972
Subgerente de Evaluación soft
Jesús Arias Valencia Motivo: Soy el autor del documento
y Denuncias Fecha: 29.03.2021 12:17:56 -05:00

Firmado digitalmente por ORTEGA


CADILLO Ruben Fernando FAU
Rubén Fernando Gerente de Control Social 20131378972 soft
Aprobado por: Motivo: Soy el autor del documento
Ortega Cadillo y Denuncias Fecha: 30.03.2021 14:54:03 -05:00

“Cualquier impresión no es válida para el SGC”

F07(PR-MODER-02)00
G UÍ A P AR A L A Código: GU-ADC-02
AT EN CIÓ N D E SO LI C ITU D E S Versión:00
RE LA CIO NA DA S A D EN UN CI A S Página.: 2 de 19

1. OBJETIVO

Establecer disposiciones para un adecuado servicio de orientación y atención de solicitudes


de estados de denuncia y de audiencias personalizadas presentadas ante el Sistema
Nacional de Denuncias por parte de los interesados.

2. ALCANCE

La aplicación de la presente guía que aplica para el proceso de Gestión de Canales es de


carácter orientador y de uso interno de los integrantes del Sistema Nacional de Denuncias,
que comprende unidades orgánicas y órganos, incluidos los desconcentrados, de la
Contraloría General de la República y los Órgano(s) de Control Institucional; según
corresponda.

El contenido de la presente guía no limita, sino complementa los procedimientos que se


aplican en el marco del proceso de recepción, evaluación y atención de denuncias.

3. SIGLAS Y DEFINICIONES

3.1. Siglas

• CGR : Contraloría General de la Republica.


• GCSD : Gerencia de Control Social y Denuncias.
• OCI : Órgano(s) de Control Institucional.
• SINAD : Sistema Nacional de Denuncias.
• SNC : Sistema Nacional de Control.
• OUO : Órgano (incluidos los desconcentrados) o Unidad Orgánica de la CGR
• FUD : Ficha única de denuncias.
• FUR : Ficha única de registro.

3.2. Definiciones

• Canales: Son el conjunto de medios dirigidos a la recepción de información proveniente


de fuentes externas.

• Control Social: Es la participación de la ciudadanía en el proceso de gestión y control


público, como fuente de información calificada y permanente sobre áreas críticas de la
administración pública y detección de actos de corrupción.

• Denuncia: Es la información relativa a presuntos hechos irregulares que ha sido


advertida o puesta en conocimiento de las unidades orgánicas y órganos, incluidos los
desconcentrados, de la Contraloría y los OCI que conforman el SINAD, mediante los
mecanismos de análisis o de participación y que cumple con los requisitos establecidos
en la Directiva N° 009-2020-CG/GCSD “Recepción, Evaluación y Atención de
Denuncias”,

• Denuncia manifiesta: Es aquella denuncia que incluye el registro de los datos


personales del denunciante, los cuales se encuentran protegidos por la Ley N° 29733 y
por el Principio de Reserva establecido en la Ley N° 27785.

• Denunciante: Es toda persona natural o jurídica quien a nombre propio o en


representación de otra persona o de terceros, ejerce su derecho a la participación
ciudadana por medio de la presentación de información sobre presuntos hechos
“Cualquier impresión no es válida para el SGC”

F07(PR-MODER-02)00
G UÍ A P AR A L A Código: GU-ADC-02
AT EN CIÓ N D E SO LI C ITU D E S Versión:00
RE LA CIO NA DA S A D EN UN CI A S Página.: 3 de 19

irregulares, a los cuales haya tenido acceso y que haya cumplido con presentarla a través
de los canales implementados por la Contraloría para la recepción de denuncias.

• Entidad: Se refiere a la Entidad Pública, persona jurídica que está sujeta a control por
el SNC.

• Hecho irregular: Es aquel hecho arbitrario o ilegal, contrario a las disposiciones legales,
disposiciones internas, estipulaciones contractuales u otras de similar naturaleza,
originada por la acción u omisión de un servidor o funcionario público, de naturaleza
dolosa o culposa y que afecte o ponga en peligro la función o el servicio público, a cargo
de la entidad sujeta a control.

• Gestión de Canales: Es el proceso mediante el cual se gestiona la recepción y el


análisis de la información, con el fin de identificar las denuncias en función a los requisitos
establecidos en el numeral 6.4.2 de la Directiva N° 009-2020-CG/GCSD “Recepción,
Evaluación y Atención de Denuncias”, aprobada mediante la Resolución de Contraloría
N° 206-2020-CG.

• Identificación de la Denuncia: Proceso en el cual se lleva a cabo el análisis inicial de


la información contenida en la FUR, complementándola mediante consultas a diversas
fuentes de información de la entidad, otras propias del SNC, así como la normativa
relacionada con el(los) presunto(s) hecho(s) irregular(es) señalado(s). El producto
resultante de las actividades y los procedimientos de este proceso, es la Ficha Única de
Denuncia – FUD.

• Interesados: Toda persona natural o jurídica que a nombre propio o en representación


de otra persona o de terceros, en el ejercicio de su derecho a la participación ciudadana,
solicitan orientación y soporte sobre el Sistema Nacional de Denuncias.

• Mecanismos de Participación: Son todos aquellos servicios o productos


implementados por la Contraloría con el propósito de recibir información de parte de
personas naturales o jurídicas, quienes en el ejercicio de su derecho a la participación
ciudadana contribuyen con el control gubernamental, proporcionando información sobre
presuntos hechos irregulares.

• Órgano rector del SINAD: Es el órgano responsable de diseñar, proponer e


implementar políticas, estrategias, procedimientos y normas que regulen la atención de
la demanda imprevisible de control proveniente de denuncias recibidas y/o
autogeneradas. Además, se encarga de monitorear y evaluar el desempeño de las
unidades encargadas de la gestión de los procesos, etapas o procedimientos para la
atención de la referida demanda.

• Registro de Información: Proceso en el cual se desarrollan un conjunto de actividades


dirigidas a gestionar los canales de recepción de información o los procedimientos de
análisis específico o masivo de datos, producto de los cuales se obtiene información
sobre presuntos hechos irregulares, la cual es registrada en la Ficha Única de Registro
– FUR.

• Sistema Nacional de Denuncias: Es el conjunto de principios, procesos, sistemas de


información, normas, procedimientos, unidades orgánicas y órganos, incluidos los
desconcentrados, de la Contraloría y los OCI, en cuyo marco se ejecuta el proceso de

“Cualquier impresión no es válida para el SGC”

F07(PR-MODER-02)00
G UÍ A P AR A L A Código: GU-ADC-02
AT EN CIÓ N D E SO LI C ITU D E S Versión:00
RE LA CIO NA DA S A D EN UN CI A S Página.: 4 de 19

recepción, evaluación y atención de la demanda imprevisible de control proveniente de


denuncias recibidas y/o autogeneradas, en forma desconcentrada

• Sala de Audiencias: Sala física o virtual acondicionada para la realización de las


audiencias personalizadas, u otra que haga sus veces cuando sea requerida.

• Unidades Gestoras de Canal: Son las unidades orgánicas y órganos, incluidos los
desconcentrados, de la Contraloría y los OCI, encargados de la gestión de mecanismos
de análisis o de participación, mediante los cuales se recibe, identifica, procesa o analiza
información proveniente de fuentes externas o internas y que, como producto de su labor,
identifican presuntos hechos irregulares que generen demanda imprevisible de control.

4. MARCO CONTEXTUAL

• Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General
de la República, y sus modificatorias.
• Ley N° 29542, Ley de protección al denunciante en el ámbito administrativo y de
colaboración eficaz en el ámbito penal, y sus modificatorias.
• Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley
N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
• Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley
Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
• Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, y sus modificatorias.
• Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27806,
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y su modificatoria.
• Decreto Supremo N° 038-2011-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29542,
Ley de protección al denunciante en el ámbito administrativo y de colaboración eficaz en
el ámbito penal.
• Decreto Supremo N° 003-2013-JUS, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29733,
Ley de Protección de Datos Personales.
• Resolución de Contraloría Nº 273-2014-CG que aprueba las Normas Generales de
Control Gubernamental y sus modificatorias.
• Resolución de Contraloría N° 206-2020-CG que aprueba la Directiva N° 009-2020-
CG/GCSD “Recepción, Evaluación, y Atención de Denuncias”.
• Texto integrado “Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones de la
Contraloría General de la República”, aprobado por Resolución de Contraloría N° 030-
2019-CG y modificado por Resolución de Contraloría N° 292-2019-CG, Resolución de
Contraloría N° 069-2020-CG y Resolución de Contraloría N° 267-2020-CG.

5. RESPONSABILIDADES

• La actualización, difusión, capacitación y verificación de la correcta ejecución de la


presente guía es responsabilidad de la GCSD, a través de sus unidades orgánicas o las
que hagan sus veces.
• Todo el personal de las unidades orgánicas y órganos, incluidos los desconcentrados,
de la Controlaría y los OCI que conforman el SINAD, cuando corresponda, de acuerdo a
sus roles, son responsables de cumplir con las disposiciones establecidas en el presente
documento y hacer uso de su última versión.

“Cualquier impresión no es válida para el SGC”

F07(PR-MODER-02)00
G UÍ A P AR A L A Código: GU-ADC-02
AT EN CIÓ N D E SO LI C ITU D E S Versión:00
RE LA CIO NA DA S A D EN UN CI A S Página.: 5 de 19

6. GENERALIDADES

En el marco de la promoción de la participación ciudadana en el control social y el


fortalecimiento de la gestión del SNC mediante la recepción, evaluación y atención de la
demanda imprevisible de control generada por las denuncias sobre presuntos hechos
irregulares ocurridos en las entidades sujetas a control; advertidos a través de los
mecanismos a la participación ciudadana se han previsto tres (3) servicios para la atención
de solicitudes relacionadas a denuncias, siendo los siguientes:

6.1. Atención de solicitudes de orientación en temas relacionados al SINAD

Servicio que consiste en orientar sobre los mecanismos de participación


implementados por la CGR al(los) interesado(s) del SINAD, el cual puede realizarse de
manera presencial, telefónicamente, a través de medios virtuales y/o tecnológicos que
implemente la CGR, con el fin de recibir y atender las consultas y preguntas para el
correcto ejercicio de su derecho a la participación ciudadana por medio de la
presentación de denuncias.

6.2. Atención de solicitudes de audiencia personalizada

Servicio que consiste en la atención al(los) interesado(s) del SINAD, a fin de absolver
las dudas e inquietudes del interesado, con el objeto de que este pueda presentar
formalmente una denuncia. La atención se puede brindar de manera presencial a un
interesado o grupo de ellos, pudiéndose desarrollar en las sedes de la CGR, órgano
desconcentrado de la CGR u OCI, previa solicitud de cita. Asimismo, se puede realizar
de manera virtual o por otros medios que la CGR implemente para dicho fin, a nivel
nacional.

6.3. Atención de solicitudes de estado de denuncia

Servicio que consiste en brindar información al(los) interesado(s) del SINAD sobre el
estado de atención de su denuncia; para ello, la forma de atender su solicitud
dependerá del medio por el cual presentó la denuncia, los cuales son a través del
Formulario WEB de Denuncias o en mesa de partes (Tramite Documentario) de la
CGR.

6.4. De las funciones y responsabilidades de los roles de la presente guía

Las funciones y responsabilidades correspondientes a los roles que se describen a


continuación son de aplicación a las Unidades Gestoras de Canal del SINAD; según
corresponda:

• Gestor(es) de consultas: Tiene la responsabilidad de consultar el estado


situacional de la denuncia de manera física y/o en los medios informáticos
implementados por la CGR, elaborar los proyectos de oficio de respuesta al
ciudadano; asimismo, es el encargado de orientar al interesado en temas
relacionados al SINAD; y de coordinar con el colaborador responsable la realización
de la audiencia personalizada.

• Supervisor(a) de consultas: Tiene la responsabilidad de asignar los expedientes


referidos a las solicitudes de información sobre estado situacional de denuncias y
dar el V°B° a los proyectos de oficio, y coordinar el envío del mismo de acuerdo al
procedimiento PR-TD-03 Procedimiento “Atención del Servicio de Mensajería".

“Cualquier impresión no es válida para el SGC”

F07(PR-MODER-02)00
G UÍ A P AR A L A Código: GU-ADC-02
AT EN CIÓ N D E SO LI C ITU D E S Versión:00
RE LA CIO NA DA S A D EN UN CI A S Página.: 6 de 19

De la misma manera, se encarga de dar los lineamientos y pautas al gestor de


consultas para la generación de una audiencia personalizada.

• Gerente/Subgerente/Jefe: Es el(la) responsable de revisar y suscribir el(los)


proyectos oficio(s) de comunicación al ciudadano.

6.5. De los cambios organizacionales

De producirse cambios organizacionales posteriores a la aprobación de este


procedimiento, las actividades o responsabilidades asignadas a los órganos y UO
mencionadas en este documento recaen en las que hagan sus veces, según el
Reglamento de Organización y Funciones de la CGR vigente.

6.6. De la resolución de casos no previstos

El Gerente de la GCSD o quien haga sus veces es el encargado de resolver los casos
no previstos en el presente procedimiento.

7. DESARROLLO

Para el desarrollo de los servicios descritos, las Unidades Gestoras de Canal, encargadas
deben considerar los lineamientos que se detallan a continuación, para la estandarización
de sus actividades.

7.1. Atención de solicitudes de orientación en temas relacionados al SINAD

La atención en general se realiza brindando información oportuna, concreta,


actualizada, suficiente y de fácil entendimiento, de manera que permita al interesado
tomar decisiones respecto de sus necesidades en relación al SINAD.

Las materias de atención de orientaciones son las señaladas en el Cuadro n.° 01:
CONSULTAS FRECUENTES, de presentarse consultas con temas específicos, estas
son derivadas, para su atención, al personal del OUO correspondiente; asimismo, se
podrán realizar al número +511 330 3000

La orientación brindada es registra en una Base de Atención de Orientación, (Ver


Anexo N° 01 Modelo de Base de Atención de Orientación).

Cuadro N° 01: Consultas Frecuentes


N° CONSULTA RESPUESTA
No.
1 ¿El ciudadano puede saber
quién es la persona que viene Sustento Legal:
evaluando su denuncia? De acuerdo al artículo 10° de la Ley N° 27806 - Ley de
Transparencia y Acceso a la información pública: “Las entidades
de la Administración Pública tienen la obligación de proveer la
información requerida si se refiere a la contenida en documentos
escritos, fotografías, grabaciones, soporte magnético o digital, o
en cualquier otro formato, siempre que haya sido creada u
obtenida por ella o que se encuentre en su posesión o bajo su
control.”

Asimismo, el literal n) del artículo 22° de la Ley N° 27785 señala


que: “La reserva, por cuyo mérito se encuentra prohibido que
durante la ejecución del control se revele información que pueda
“Cualquier impresión no es válida para el SGC”

F07(PR-MODER-02)00
G UÍ A P AR A L A Código: GU-ADC-02
AT EN CIÓ N D E SO LI C ITU D E S Versión:00
RE LA CIO NA DA S A D EN UN CI A S Página.: 7 de 19

N° CONSULTA RESPUESTA
causar daño a la entidad, a su personal o al Sistema, o dificulte la
tarea de este último”.
Si.
2 ¿El ciudadano puede acceder a
documentos escritos, Sustento Legal:
fotografías, grabaciones, De acuerdo a la Directiva N° 009-2019-CG/GCOC en su numeral
soporte magnético o digital, o 6.2 “La Solicitud de Acceso a la Información Pública(SAIP) puede
en cualquier otro formato presentarse de manera presencial, a través de escrito en soporte
generados durante el proceso de papel o formulario impreso en cualquiera de las mesas de
de recepción, evaluación y parte a nivel nacional; o de manera virtual, a través de correo
atención de denuncias? electrónico a la dirección transparencia@contraloria.gob.pe o
mediante formulario web remitido a través del Portal Web de la
Contraloría.
La recepción de la solicitud se realiza de lunes a viernes, en el
horario laboral institucional de la Contraloría, pasado ese horario
o en días feriados o inhábiles, la solicitud presentada por correo
electrónico o mediante formulario web institucional será recibida
a partir del día hábil siguiente.”

Así también, el numeral 6.1 del artículo 6° de la mencionada


Directiva señala que la Información Pública: “Es la información
creada, obtenida o que se encuentra en posesión o bajo control
de los órganos que conforman el Sistema en el ejercicio de sus
funciones. Para la atención de una SAIP debe tomarse en cuenta
la presunción que la información en la Contraloría tiene
naturaleza pública, salvo que ésta se encuentre en alguno de los
supuestos de excepción del TUO de la Ley N° 27806, bajo la
reserva de control gubernamental o en alguna causal de
excepcionalidad prevista en la legislación vigente.”.

No obstante, si la información se encuentra en el proceso


Identificación y priorización de los servicios de control, según el
literal n) del artículo 22° de la Ley N° 27785 se señala que “La
reserva, por cuyo mérito se encuentra prohibido que durante la
ejecución del control se revele información que pueda causar
daño a la entidad, a su personal o al Sistema, o dificulte la tarea
de este último. Culminado el servicio de control y luego de
notificado el informe, el mismo adquiere naturaleza pública y debe
ser publicado en su integridad en la página web de la Contraloría
General de la República."

Es importante considerar que la información no puede ser


entregada por llamada telefónica, por correo electrónico, a través
del Formulario Web de Denuncias, ni por otro medio no habilitado.
No.
3 ¿El ciudadano puede presentar
su reclamo o queja por el Sustento Legal:
resultado de la evaluación? De acuerdo al numeral 7.1.1 de la Directiva 009-2020-
CG/GCCSD, el proceso de recepción, evaluación y atención de
denuncias, constituye un conjunto de actos de administración
interna; por lo tanto, la presentación de una denuncia no conlleva
a que el denunciante sea considerado como sujeto del
procedimiento, conforme lo señala el numeral 116.1 del artículo
116 del TUO de la Ley N° 27444, con base en lo cual, no
corresponde la presentación de recursos administrativos, quejas
o reclamos, respecto al resultado de su evaluación. (Subrayado
propio).
Si.
“Cualquier impresión no es válida para el SGC”

F07(PR-MODER-02)00
G UÍ A P AR A L A Código: GU-ADC-02
AT EN CIÓ N D E SO LI C ITU D E S Versión:00
RE LA CIO NA DA S A D EN UN CI A S Página.: 8 de 19

N° CONSULTA RESPUESTA
4 ¿El ciudadano puede saber el
estado de su denuncia o hacer Sustento Legal:
seguimiento a su denuncia? De acuerdo al literal b) del numeral 6.5.2 de la Directiva 009-2020-
CG/GCSD, el ciudadano tiene el derecho al acceso de la
información sobre el estado en que se encuentra la atención de
la denuncia presentada, siempre y cuando haya registrado sus
datos de identificación (denuncia manifiesta).

Cabe precisar que actualmente, el único medio habilitado para


conocer el estado de la denuncia es a través del portal de
notificación:
https://appscgr.contraloria.gob.pe/sinad/home/notificacion o
dejando un escrito solicitando el estado de la denuncia a mesa de
partes de la CGR.

5 ¿Cuándo no se le notifica a un Cuando se trata de una denuncia anónima o en su defecto el


ciudadano sobre el estado de su ciudadano indicó que no se le notifique ninguna respuesta, eso
denuncia? quiere decir que el ciudadano al momento de presentar su
denuncia no ha expresado su voluntad de consignar sus datos de
identificación.

En concordancia con lo indicado en el literal b) del numeral 6.5.2


de la Directiva N° 009-2020-CG/GCSD “Recepción, Evaluación,
y Atención de Denuncias”, señala Derechos del denunciante
(….) b) Acceder a la información sobre el estado en que se
encuentra la atención de la denuncia presentada, siempre y
cuando se trate de una denuncia manifiesta.

“Cualquier impresión no es válida para el SGC”

F07(PR-MODER-02)00
G UÍ A P AR A L A Código: GU-ADC-02
AT EN CIÓ N D E SO LI C ITU D E S Versión:00
RE LA CIO NA DA S A D EN UN CI A S Página.: 9 de 19

N° CONSULTA RESPUESTA
Irregularidades en obras públicas:
6 ¿Qué tipo de irregularidades,
respecto a la conducta de los
• No cuenten con Estudios previos.
servidores y funcionarios
públicos, son evaluadas por la • No cuenten con Garantías requeridas.
Contraloría General de la • No cuenten con Cumplimiento de plazos.
República y el Sistema Nacional • No cuenten con Procesos de selección.
de Control? • Cuando el trazado de la obra pública en el expediente
técnico difiere de lo que se está ejecutando.
• Cuando la obra carece de Ingeniero Residente y/o
Supervisión.
• Si se viene ejecutando o ya se realizó con materiales
deleznables.

Irregularidades en las contrataciones del Estado que


cuenten con:

• Direccionamiento a un determinado proveedor.


• Fraccionamiento en contrataciones.
• Prestación de servicios o adjudicación de bienes sin
procesos de selección.
• Recepción de bienes defectuosos.

Otras irregularidades como:

• Contratación de familiares directos, que gozan con la


facultad de nombramiento (nepotismo).
• Contratación de personal que no cumple el perfil requerido.
• Pagos por servicios no realizados.
• Obras defectuosas o sobrevaloradas.
• Uso indebido de materiales de construcción y maquinarias.
• Entre otros
No.
7 ¿Un denunciante “Anónimo”
puede conocer el estado de la Sustento Legal:
denuncia con su Código de De acuerdo al numeral 6.5.2 la Directiva 009-2020-CG/GCSD, el
protección del denunciante? ciudadano puede acceder a la información sobre el estado en que
se encuentra la atención de la denuncia presentada, siempre y
cuando se trate de una denuncia manifiesta.
¿Quién debe llenar el apéndice
8 FUR y en qué oportunidad? El denunciante debe llenar la FUR cuando va a presentar su
denuncia por mesa de partes.
¿El denunciante debe presentar No.
9 el FUR en una denuncia virtual?
Sustento:
Para estos casos utiliza el formulario web de denuncias habilitado
en la página web de la CGR, ingresando a:
https://appscgr.contraloria.gob.pe/sinad#.

10 ¿Qué acciones realiza el El ciudadano al momento de registrar su denuncia debe presentar


ciudadano para pedir medidas marcada la sección de Medidas de Protección y Beneficio de
de Protección y Beneficios al laFUR, tal y como se muestra en la imagen N°01.
presentar su denuncia? Imagen N°01: Sección Medidas de Protección y Beneficios
de la FUR

“Cualquier impresión no es válida para el SGC”

F07(PR-MODER-02)00
G UÍ A P AR A L A Código: GU-ADC-02
AT EN CIÓ N D E SO LI C ITU D E S Versión:00
RE LA CIO NA DA S A D EN UN CI A S Página.: 10 de 19

N° CONSULTA RESPUESTA

Asimismo, debe presentar el formato de Solicitud de Medidas de


Protección y Beneficios presente en el apéndice 1 de la Directiva
009-2020-CG/GCSD. Ver imagen N° 02.

Imagen N°02: Solicitud de Medidas de Protección y


Beneficios

En caso de que el ciudadano, al momento de presentar su


denuncia, no haya marcado la opciónSI en la FUR, puede
presentar el formato de Solicitud de medidas de protección y
beneficios.
De acuerdo al literal b) del numeral 6.5.3 de la Directiva N° 009-
11 ¿Cómo puedo presentar una 2020-CG/GCSD para presentar una denuncia el denunciante
denuncia? debe “Proporcionar a las unidades orgánicas y órganos, incluidos
los desconcentrados, de la Contraloría y los OCI que conforman
el SINAD información y evidencias sobre presuntos hechos
irregulares, utilizando los canales y medios establecidos por la
Contraloría.”

Los únicos medios habilitados son:

Formulario Virtual: Puede presentar su denuncia, de manera


virtual a través del Formulario de Denuncias WEB de la página
web de la Contraloría General de la República, en el siguiente
link: https://appscgr.contraloria.gob.pe/sinad

“Cualquier impresión no es válida para el SGC”

F07(PR-MODER-02)00
G UÍ A P AR A L A Código: GU-ADC-02
AT EN CIÓ N D E SO LI C ITU D E S Versión:00
RE LA CIO NA DA S A D EN UN CI A S Página.: 11 de 19

N° CONSULTA RESPUESTA
Tramite Documentario de la CGR:

• De manera presencial: Acercándose a la Sede Central de la


CGR o a las sedes de las Gerencias Regionales de Control,
a nivel nacional, o en las oficinas de los Órganos de Control
Institucional (OCI), ingresando la FUR y de ser el caso el
Formato de Solicitud de Medidas de Protección y Beneficios.

• Mesa de Partes Virtual: Ingresando al aplicativo informático


de la CGR disponible en su página WEB.
https://mesadepartesvirtual.contraloria.gob.pe/mpvirtual/

De manera verbal: Participando de las audiencias públicas.

12 ¿Cuales son los deberes del De acuerdo al numeral 6.5.3 Deberes del Denunciante:
denunciante?
a) Presentar ante las unidades orgánicas y órganos,
incluidos los desconcentrados, de la Contraloría y los OCI que
conforman el SINAD información fidedigna; de lo contrario, su
denuncia podría ser calificada como maliciosa.
b) Proporcionar a las unidades orgánicas y órganos,
incluidos los desconcentrados, de la Contraloría y los OCI que
conforman el SINAD información y evidencias sobre presuntos
hechos irregulares, utilizando los canales y medios establecidos
por la Contraloría.
c) Mantener un comportamiento adecuado bajo los
principios de respeto mutuo y de buena fe, en sus
comunicaciones y contacto con los funcionarios o servidores
públicos de las unidades orgánicas y órganos, incluidos los
desconcentrados, de la Contraloría y los OCI que conforman el
SINAD.
d) Informar a las unidades orgánicas y órganos, incluidos
los desconcentrados, de la Contraloría y los OCI que conforman
el SINAD sobre la presentación de la(s) denuncia(s) ante otra(s)
entidad(es) con atribución(es) o com

13 ¿Qué tipos de denuncias puede De acuerdo al literal a.1 y a.2 del numeral 6.4.3 de la Directiva Nº
realizar el ciudadano? 009-2020-CG/GCSD, las denuncias presentadas por personas
naturales o jurídicas pueden ser de 2 tipos:

• Denuncia Anónima: Cuando el ciudadano al registrar su


denuncia no ha expresado su voluntad de registrar sus datos
de identificación, mediante los formatos establecidos para
dicho fin.

• Denuncia Manifiesta: Cuando el ciudadano al presentar su


denuncia incluye el registro de sus datos personales, cabe
precisar que sus datos se encuentran protegidos por la Ley
N° 29733 y por el Principio de Reserva establecido en la Ley
N° 27785.

14 ¿Cuáles son los requisitos a De acuerdo al numeral 6.4.2 de la Directiva Nº 009-2020-


tener en cuenta para la CG/GCSD, las denuncias presentadas ante la Contraloría
presentación de denuncias ante General de la República, deberán cumplir los siguientes
la Contraloría General de la requisitos:
República?
Interés público:

“Cualquier impresión no es válida para el SGC”

F07(PR-MODER-02)00
G UÍ A P AR A L A Código: GU-ADC-02
AT EN CIÓ N D E SO LI C ITU D E S Versión:00
RE LA CIO NA DA S A D EN UN CI A S Página.: 12 de 19

N° CONSULTA RESPUESTA
La información deberá estar referida a presuntos hechos
irregulares, es decir, actos contrarios a las disposiciones legales,
disposiciones internas, estipulaciones contractuales u otras de
similar naturaleza, originados por la acción u omisión de un
servidor o funcionario público, de naturaleza dolosa o culposa y
que afecten o pongan en riesgo la función o el servicio público a
cargo de la entidad sujeta a control.

Focalización:

• Nombre de la entidad sujeta a control, bajo cuyo ámbito


ha(n) ocurrido el(los) presunto(s) hecho(s) irregular(es);
• Descripción del (de los) presunto(s) hecho(s)
irregular(es) materia de denuncia;
• Lugar donde ocurrió(eron) el(los) presunto(s) hecho(s)
irregular(es); y,
• Fecha probable de ocurrencia del (de los) presunto(s)
hecho(s) irregular(es).

15 ¿Cuándo se procede a la La Directiva N° 009-2020-CG/GCSD no contempla la


subsanación de las deficiencias subsanación de las deficiencias u omisiones de una denuncia. Sin
u omisiones de una denuncia? embargo, el denunciante puede presentar información
complementaria referenciando a la denuncia presentada.

16 Si una denuncia no reúne el Si de la evaluación efectuada por las unidades gestoras de canal
mérito o sustento debido, ¿qué se establece que la denuncia no reúne los requisitos establecidos
trámite le corresponde efectuar en el numeral 6.4.2 Directiva N° 009-2020-CG/GCSD, podrá
a la Contraloría General de la disponer la conclusión del proceso de Recepción, Evaluación y
República? Atención de Denuncias de acuerdo al literal b) del numeral 7.2.1
de la mencionada directiva, lo que se comunicará oportunamente
al denunciante para el caso de las denuncias manifiestas.

17 ¿Qué tratamiento brinda la La información con presuntos hechos irregulares será tramitada
Contraloría General de la como Información Estructurada de acuerdo a lo dispuesto en el
República a la información numeral 7.1.3 de la Directiva 009-2020-CG/GCSD, el cual señala:
sobre presuntos hechos
irregulares remitidos por una “En caso una entidad pública con atribuciones o competencias de
entidad pública a nombre control, fiscalización, investigación, juzgamiento, supervisión u
institucional con atribuciones o otra que corresponda; una entidad privada con las cuales se haya
competencias de control, celebrado un convenio específico o un órgano del SNC presente
fiscalización, investigación, información sobre presuntos hechos irregulares a nombre
juzgamiento, supervisión u otra institucional, esta será considerada como validada bajo los
que corresponda; una entidad términos de la presente Directiva y denominada Información
privada con las cuales se haya Estructurada. Para la recepción de este tipo de información se
celebrado un convenio podrá hacer uso de mecanismos tecnológicos de intercambio de
específico o un órgano del información.
SNC? Dicha información será verificada y considerada a partir del
proceso o subproceso que corresponda a los avances y al estado
del procesamiento de la información, previa generación de los
formatos correspondientes.”
¿Tengo que realizar algún pago No.
18 para interponer una denuncia?
El trámite es totalmente gratuito.
¿Es necesario un abogado para No.
19 la presentación de una
denuncia? No se requiere firma de abogado para la presentación de las
denuncias ante la CGR o ante el OCI
20 ¿Cuál es el tiempo establecido De acuerdo a lo establecido en el literal b) del numeral 7.2.1 de la
para dar atención a las Directiva N° 009-2020-CG/GCSD, la denuncia ingresada pasa
“Cualquier impresión no es válida para el SGC”

F07(PR-MODER-02)00
G UÍ A P AR A L A Código: GU-ADC-02
AT EN CIÓ N D E SO LI C ITU D E S Versión:00
RE LA CIO NA DA S A D EN UN CI A S Página.: 13 de 19

N° CONSULTA RESPUESTA
denuncias presentadas ante la por el proceso de Registro de Información y luego por el de
CGR u OCI? Identificación de la Denuncia. En este último, para una denuncia
manifiesta se realiza la comunicación al ciudadano como máximo
en un plazo de treinta (30) días hábiles informando el resultado
del cumplimiento de los requisitos de Focalización e Interés
Pública.

21 ¿La CGR protege a los El contenido de la denuncia y la identidad del denunciante se


denunciantes ante posibles encuentran protegidos por el principio de reserva desde su
represalias en su contra? recepción, según corresponda, de acuerdo con lo establecido en
el literal n) del artículo 9° de la Ley N° 27785; sin perjuicio de lo
señalado, si desea acogerse a las demás medidas de protección
y beneficios establecidos en la Ley N° 29452, deberá cumplir con
los requisitos establecidos en el artículo 7 de la mencionada Ley
y en el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por D.S. N° 038-
2011-PCM.

Medidas de protección

• Reserva de la identidad.
• Impedimento de cese, despido o remoción laboral.
• Impedimento de suspensión de contratación bajo la
modalidad de locación de servicios o CAS.
• Impedimento de actos de hostilización laboral.

Beneficios

• Reducción gradual de la sanción administrativa (en


caso el denunciante esté sujeto a la misma).
• Recompensa de porcentaje de multas efectivamente
cobradas.

22 ¿Es posible presentar una Si es posible. De acuerdo al numeral 7.1.1 de la Directiva 009-
misma denuncia ante el 2020-CG/GCSD, la actuación del control gubernamental sobre
Ministerio Público o Poder los presuntos hechos irregulares materia de denuncia, no
Judicial y ante la Contraloría sustituye o excluye en modo alguno cualquier acción legal o
General de la República? administrativa que el denunciante pueda presentar ante otras
entidades o instituciones, con el objeto de cautelar o resguardar
sus derechos.

23 ¿Qué acciones tomaría la De acuerdo al numeral 6.7 de la Directiva 009-2020-CG/GCSD,


Contraloría General de la la denuncia maliciosa es sancionada con una multa no mayor a
República al evidenciar que las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) sin perjuicio de
denuncias presentadas son las responsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar
maliciosas? (artículo 10 de la Ley N° 29542).

24 ¿Cómo es el tratamiento a las Según la primera disposición complementaria transitoria de la


denuncias anteriores y Directiva N° 009-2020-CG/GCSD, las denuncias que a la fecha
posteriores al 16 de julio de de su entrada en vigencia se encuentren en trámite en el marco
2020? de la Directiva N° 011-2015-CG/GPROD “Servicio de Atención de
Denuncias”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 268-
2015-CG, se adecuarán a las disposiciones establecidas en la
Directiva vigente.

“Cualquier impresión no es válida para el SGC”

F07(PR-MODER-02)00
G UÍ A P AR A L A Código: GU-ADC-02
AT EN CIÓ N D E SO LI C ITU D E S Versión:00
RE LA CIO NA DA S A D EN UN CI A S Página.: 14 de 19

7.2. Atención de solicitudes de audiencia personalizada

Servicio que consiste en la atención personalizada al(los) interesado(s) del SINAD, a


fin de absolver sus dudas e inquietudes con el objeto de que estos puedan presentar
formalmente una denuncia.

La atención se puede brindar a un interesado o grupo de ellos, pudiéndose desarrollar


de manera presencial en las sedes de la CGR, órgano desconcentrado de la CGR u
OCI, previa solicitud de cita. Asimismo, se puede realizar por diversos medios que la
CGR implemente a nivel nacional.

La programación de la audiencia es comunicada al interesado mediante correo


electrónico o vía telefónica.

7.3. Atención de solicitudes de estado de denuncia

Servicio que consiste en brindar información al(los) interesado(s) del SINAD sobre el
estado de atención de su denuncia; para ello, la forma de atender su solicitud
dependerá del medio por el cual presentó la denuncia.

Antes de atender la consulta sobre el estado de una denuncia se debe verificar:

• Que la información consignada por el denunciante corresponde a una denuncia de


su pertenencia.
• Que la denuncia cuente con información registrada en el sistema de denuncias.
• La forma como se le debe dar respuesta al denunciante.

Posterior a ello, se dará atención a la solicitud, según el cuadro siguiente:

Cuadro N° 02: Formas de acceso para presentar una solicitud de estado de una denuncia
N° Forma de acceso Acciones a realizar
1 Formulario Virtual Formulario WEB de denuncias de Indica al interesado que debe
la página web de la Contraloría realizar la consulta a través de la
General de la República. página web.
2 Tramite De manera presencial: La atención de los mismos se
Documentario de Acercándose a la Sede Central de registra en una base de atención
la CGR: la CGR o a las sedes de las de estado la denuncia, como
Gerencias Regionales de Control, referencia se muestra un modelo
a nivel nacional, o en las oficinas en el Anexo N° 02: “Base de
de los Órganos de Control Atención de Estado de la
Institucional (OCI), ingresando el Denuncia”
formato de la Ficha Única de La respuesta al interesado
Registro - FUR y de ser el caso el respecto del estado de la
Formato de Solicitud de Medidas denuncia se realiza de forma
de Protección y Beneficios. escrita de acuerdo al Anexo N°
Mesa de Partes Virtual: 03: “Modelo de Oficio de
Ingresando al aplicativo Atención de Estado de la
informático de la CGR disponible Denuncia” siguiendo las
en su página WEB disposiciones del procedimiento
PR-TD-03 “Atención del Servicio
de Mensajería” o en su defecto,
mediante notificación
electrónica.

“Cualquier impresión no es válida para el SGC”

F07(PR-MODER-02)00
G UÍ A P AR A L A Código: GU-ADC-02
AT EN CIÓ N D E SO LI C ITU D E S Versión:00
RE LA CIO NA DA S A D EN UN CI A S Página.: 15 de 19

8. REFERENCIAS DOCUMENTALES

CÓDIGO NOMBRE DEL DOCUMENTO


N/A Resolución de Contraloría N° 206-2020-CG que aprueba la Directiva
N° 009-2020-CG/GCSD “Recepción, Evaluación y Atención de
Denuncias”.
Directiva N° 09-2019-CG/GAD “Gestión y uso de documentos oficiales
N/A de la Contraloría General de la República en el Sistema de Gestión
Documental-SGD”
PR-TD-03 Atención del Servicio de Mensajería.
Recepción de Ciudadanos y Atención de Visitas en las Instalaciones
PR-GSEG-09
de la Contraloría General de la República.
PR-ADC-06 Procedimiento “Gestión de Canales”

9. REGISTROS

Nombre del Responsable Tiempo de Disposición


Código Ruta/Ubicación
registro del registro conservación final
Custodia Física
Base de
Gestor de de cada UO1/ Mientras esté
N/A Atención de Backup
Consultas SGD/Sistema de vigente
Orientación
Denuncias
Base de Custodia Física
Atención de Gestor de de cada Mientras esté Backup
N/A
Estado de la Consultas UO/SGD/Sistema vigente
Denuncia de Denuncias
Oficio de Custodia Física
Atención de Gestor de de cada UO/ Mientras esté Backup
N/A
Estado de la Consultas SGD/Sistema de vigente
Denuncia Denuncias

10. CONTROL DE CAMBIOS

Control de Cambios
Versión Fecha Descripción del(los) Cambio(s)
Versión inicial de la guía.

Justificación de creación:
00 05/04/2021
Creación del documento por necesidad de guiar a las unidades
gestoras de canal encargadas de orientar a los interesados sobre
el SINAD, en el marco de la Directiva N° 009-2020-CG/GCSD
“Recepción, Evaluación y Atención de Denuncias”.

1
Solo es necesaria la custodia física de la documentación que no ha sido generada en un medio virtual o digital, en cuyo caso se mantendrá
un archivo digital que garantice estándares de conservación de la documentación.

“Cualquier impresión no es válida para el SGC”

F07(PR-MODER-02)00
G UÍ A P AR A L A Código: GU-ADC-02
AT EN CIÓ N D E SO LI C ITU D E S Versión:00
RE LA CIO NA DA S A D EN UN CI A S Página.: 16 de 19

11. ANEXOS2

• ANEXO N° 01: Modelo de Base de Atención de Orientación.


• ANEXO N° 02: Modelo de Base de Atención de Estado de la Denuncia.
• ANEXO N° 03: Modelo de Oficio de Atención de Estado de la Denuncia.

2
Los oficios son "referenciales" y deben utilizarse según corresponda, lo cual no enerva la posibilidad que, de considerarse necesario, se
agregue o elimine algún párrafo o frase que no se considere aplicable o adecuada a la situación denunciada.

Asimismo, considerar:

• Márgenes superior e inferior de 2.5 cm y de 3cm para el lado derecho e izquierdo.


• Tipo y tamaño de letra Arial 10 o 11, con interlineado simple.
• Cuando el documento tenga más de una página, se incluirá la numeración respectiva en la esquina derecha de la página con letra
Arial 8.
• Como encabezado de los documentos externos e interno, contendrá el logo de la institución en la parte superior izquierda.
Asimismo, debajo del logo, en la parte central se consignará la denominación oficial del decenio y debajo la denominación oficial
del año para el sector público. En la parte superior derecha, espacio reservado, se imprimirá la firma digital del titular responsable
que emite el documento; éste será generado automáticamente por el SGD o su equivalente.
“Cualquier impresión no es válida para el SGC”

F07(PR-MODER-02)00
Código: GU-ADC-02
G UÍ A P AR A L A
Versión:00
AT EN CIÓ N D E SO LI C ITU D E S R ELA CIO N A DA S A D EN UN CI A S Página.: 17 de 19

ANEXO N° 01
Modelo de Base de Atención de Orientación

Clasificación
de la Entidad (Si ¿Se
Nombres Detalle Código
Tipo de Número de Tipo de orientación (si el tipo de absolvió
N° Fecha y Celular Correo Asunto (desarrollo de Comentarios
Documento Documento Consulta el tipo de consulta es la
Apellidos del asunto) atención
consulta es externa) consulta?
externa)
1

“Cualquier impresión no es válida para el SGC”

F07(PR-MODER-02)00
Código: GU-ADC-02
G UÍ A P AR A L A
Versión:00
AT EN CIÓ N D E SO LI C ITU D E S R ELA CIO N A DA S A D EN UN CI A S Página.: 18 de 19

ANEXO N° 02
Modelo de Base de Atención de Estado de la Denuncia

Número de ¿Se absolvió


Tipo de
Nombres Documento la solicitud de
Documento Código de
N° Fecha y Celular Correo Detalle (desarrollo del asunto) información Comentarios
de atención
Apellidos del estado de
Identificación
la denuncia?

“Cualquier impresión no es válida para el SGC”

F07(PR-MODER-02)00
G UÍ A P AR A L A Código: GU-ADC-02
AT EN CIÓ N D E SO LI C ITU D E S Versión:00
RE LA CIO NA DA S A D EN UN CI A S Página: 19 de 19

ANEXO N° 03
MODELO DE OFICIO DE ATENCIÓN DE ESTADO DE LA DENUNCIA

[Para el OCI: Logo institucional de la CGR lado izquierdo y el Logo de la Entidad a la que pertenece el OCI al lado derecho]

[Decenio]
[Año]
[Ciudad], [día] de [mes] de [año]

OFICIO N° [Número Correlativo]-[Año]-[CG]/[Siglas del Órgano Desconcentrado/UO de la CGR/OCI]

Señor(a)
[Nombres y Apellidos]
[Dirección]
[Distrito/Provincia/Departamento]

Asunto : Atención de consulta sobre estado de la denuncia.

Referencia : a) Expediente N° [XX]-[XXXX]-[XXXX] de [día] de [mes] de [año].


b) Expediente N° [YY]-[YYYY]-[YYYY] de [día] de [mes] de [año].
c) Ley N° 27785 “Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de
la República”.
d) Resolución de Contraloría N° 206-2020-CG que aprueba la Directiva N° 009-2020-
CG/GCSD “Recepción, Evaluación y Atención de Denuncias”.
e) Ley N° 29542 “Ley de Protección al Denunciante en el ámbito administrativo y de
colaboración eficaz en el ámbito penal” y su Reglamento aprobado mediante Decreto
Supremo N° 038-2011-PCM.

Tengo a bien dirigirme a usted, en atención al documento de la referencia a), a través del cual comunica
a [esta Entidad Fiscalizadora Superior o este Órgano de Control Institucional], la existencia de un presunto(s) hecho(s)
irregular(es) en la(el) [Nombre de la entidad], referidos a [En este campo describir sumilla del presunto hecho irregular].

Sobre el particular, la evaluación de denuncias ciudadanas se realiza en el marco de las normativas


de la referencia c), d) y e), en la cual se establecen los procedimientos para el tratamiento de dichas denuncias y los
requisitos que éstas deben cumplir. (para visualizar la directiva dar Ctrl + clic aquí).

Asimismo, respecto a la consulta realizada mediante el documento de la referencia b), se comunica


que [Opción 1: el resultado fue comunicado a través del oficio N° […] del [día] de [mes] de [año], se adjunta fotocopia simple
en [N°…] folios], [Opción 2: su denuncia se encuentra en estado de [Indicar estado], a cuyo término los resultados serán
comunicados a las instancias pertinentes].

La Contraloría General de la República agradece su iniciativa en aras de coadyuvar a la transparencia


en la gestión y/o utilización de los recursos públicos.

Es propicia la oportunidad para expresarle las seguridades de mi consideración.

Atentamente,

[Documento firmado digitalmente, según corresponda]


[Nombres y Apellidos]
[Cargo del responsable de la UO u Órgano
desconcentrado de la CGR u Jefe de OCI]
[Entidad/dependencia]

“Cualquier impresión no es válida para el SGC”

F07(PR-MODER-02)00

También podría gustarte