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30 NORMAS LEGALES Jueves 19 de agosto de 2021 / El Peruano

Que, a efectos de crear una cultura de pago e El Peruano y a la Subgerencia de Estadística e Informática,
incentivar el cumplimiento oportuno de las obligaciones la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad
tributarias, así como reconocer a los vecinos que cumplen Distrital de Breña (www.munibrena.gob.pe).
puntualmente con el pago de las mismas, se propone a
través de un sorteo de premios, incrementar los niveles Regístrese, comuníquese y publíquese.
de cumplimiento del pago de los tributos por concepto
de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, con el fin de JOSE DALTON LI BRAVO
mantener la efectividad de la recaudación tributaria; Alcalde
Que, mediante Informe Nº 0068-2021-GR/MDB de
fecha 06 de julio de 2021 la Gerencia de Rentas, remite 1983030-1
el proyecto de Ordenanza que aprueba el sorteo de
premios para la segunda campaña “Vecino Ponte al Día
y Premiamos tu Puntualidad”, señalando que uno de los
objetivos de la propuesta consiste en el incremento de la
MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC
recaudación del impuesto predial para el cumplimiento de
la “Meta 2: Fortalecimiento de la administración y gestión Prorrogan plazo de vigencia de la
del Impuesto Predial”, aprobado con Decreto Supremo Nº Ordenanza N° 257-2020-MDP/C que
397-2020-EF;
Que, es característica de la actual gestión, estimular el estableció de manera extraordinaria y
pago de tributos de manera puntual a través de beneficios excepcional la expedición de la Constancia
tributarios. Por ello es conveniente y oportuno autorizar de Posesión, Visación de Planos para los
la realización de un sorteo de premios para la campaña
propuesta por la Gerencia de Rentas, que premie a Servicios Básicos
los contribuyentes que paguen sus deudas de manera
puntual y que estimule al pago de los tributos a aquellos, DECRETO DE ALCALDÍA
que por diversas razones, aún no lo han hecho; N° 020-2021-MDP/A
Que, mediante Informe Nº 331-2021-GAJ/MDB de
fecha 15 de julio de 2021 la Gerencia de Asesoría Jurídica Pachacámac, 12 de agosto del 2021.
emite opinión legal favorable a la aprobación del proyecto
de Ordenanza que aprueba el sorteo de premios para la EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
segunda campaña “Vecino Ponte al Día y Premiamos tu PACHACÁMAC
Puntualidad”;
Que, mediante Dictamen Nº 05-2021-CR-CM/MDB VISTOS: El Informe N° 075-2021-MDP/GDU de la
de fecha 04 de agosto de 2021 la Comisión de Rentas Gerencia de Desarrollo Urbano y el Informe N° 278-2021-
recomendó al Pleno del Concejo Municipal aprobar el MDP/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, sobre la
proyecto Ordenanza que aprueba el sorteo de premios PRÓRROGA de la Ordenanza N° 257-2020-MDP/C que
para la segunda campaña “Vecino Ponte al Día y regula de manera “EXTRAORDINARIA Y EXCEPCIONAL
Premiamos tu Puntualidad”; LA EXPEDICIÓN DE LA CONSTANCIA DE POSESIÓN,
De conformidad en el numeral 8) del artículo 9º, así VISACIÓN DE PLANOS PARA LOS SERVICIOS
como el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades BÁSICOS”; y
- Ley Nº 27972, el honorable Concejo Municipal en la
Sesión Ordinaria de fecha 06 de agosto del presente, CONSIDERANDO:
luego del debate correspondiente y con la dispensa del Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del
trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó por Perú, modificado por la Ley N° 30305, en concordancia
UNANIMIDAD la siguiente: con el Artículo II del Título Preliminar de la ley Orgánica
de Municipalidades, Ley N°27972 establece que “Los
ORDENANZA QUE APRUEBA EL SORTEO DE Gobiernos Locales gozan de autonomía política,
PREMIOS PARA LA CAMPAÑA “VECINO PONTE económica y administrativa en los asuntos de su
AL DÍA Y PREMIAMOS TU PUNTUALIDAD” competencia. La autonomía que la constitución Política
Artículo Primero.- AUTORIZAR la realización del Perú establece para las municipalidades radica en la
del sorteo de premios denominado para la segunda faculta de ejercer actos de gobierno administrativos y de
campaña “VECINO PONTE AL DÍA Y PREMIAMOS TU administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico”.
PUNTUALIDAD” para los contribuyentes del Distrito de Que, el Artículo 42º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica
Breña, propuesta por la Gerencia de Rentas para el día de Municipalidades, indica que “Los Decretos de Alcaldía
30 de diciembre del año 2021. establecen normas reglamentarias y de aplicación de las
Artículo Segundo.- APROBAR el uso de recursos ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios
económicos de la entidad para la compra de los bienes para la correcta y eficiente administración municipal y
que constituyen premios a sortear hasta por un monto de resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés
S/ 10,000.00 (Diez mil con 00/100 soles). para el vecindario, que no sean de competencia del
Artículo Tercero.- APROBAR la donación de los Concejo Municipal”.
premios señalados en el artículo precedente, a los Que, mediante Ordenanza Municipal N°
ganadores del citado sorteo. 257-2020-MDP/C, se estableció de manera “Extraordinaria
y Excepcional la Expedición de la Constancia de Posesión,
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Visación de Planos para los Servicios Básicos” cuyo
objeto es facilitar el acceso a los pobladores y familias de
Primera.- Encargar a la Gerencia de Rentas, baja calidad de vida que forman parte de la jurisdicción del
Gerencia de Administración y Finanzas y demás órganos distrito de Pachacámac a los servicios básicos de energía
competentes establecer los mecanismos más adecuados eléctrica, agua y desagüe; garantizando la protección y el
para la organización, difusión y correcta aplicación de la mejoramiento de vida del ser humano, para su desarrollo
campaña aprobada. y el progreso de las poblaciones asentadas ubicadas en
Segunda.- Facúltese al señor Alcalde para que posesiones informales.
mediante Decreto de Alcaldía apruebe el reglamento Que, de conformidad con la Primera Disposición
del sorteo de premios establecido en la presente Complementaria y Final de la Ordenanza N°
ordenanza, y dicte las demás normas reglamentarias 257-2020-MDP/C, se faculta al Señor Alcalde para que
y complementarias, que resulten necesarias para su mediante Decreto de Alcaldía emita los dispositivos
cumplimiento. necesarios para su mejor aplicación y de ser el caso
Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ampliar la vigencia de la Ordenanza. En este sentido
a partir del día siguiente de su publicación. mediante Decreto de Alcaldía Nº 012-2021-MDP/A de
Cuarta.- Encargar a la Secretaria General la fecha 15 de abril de 2021, se prorrogó la vigencia de la
publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial misma por 60 días calendario, y nuevamente con Decreto
El Peruano / Jueves 19 de agosto de 2021 NORMAS LEGALES 31
de Alcaldía Nº 013-2021-MDP/A, se prorroga por 60 días Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
calendario. Municipalidades, establece que los gobiernos locales
Que, mediante Informe N° 075-2021-MDP/GDU, la gozan de autonomía política, económica y administrativa,
Gerencia de Desarrollo Urbano pone a conocimiento en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica
de la Gerencia Municipal la necesidad de prorrogar la en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo
Ordenanza 257-2020-MDP/C por 90 días calendario, y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
contabilizados desde la fecha de vencimiento del Decreto Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 051-2021/
de Alcaldía Nº 013-2021-MDP/A, asimismo indica que la MDSM, se autorizó al señor Juan José Guevara Bonilla,
Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro aún tiene Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Miguel, a
pendiente de evaluación diversos actos administrativos participar de las actividades alusivas al 502º Aniversario
donde se solicita la verificación de coordenadas de de Fundación de la Ciudad de Panamá La Vieja, a
diversas asociaciones que buscan el reconocimiento realizarse del 12 al 16 de agosto del presente año en la
municipal como primer paso para iniciar el proceso de Ciudad de Panamá,
visación de planos para servicios básicos. Que, la Ley Nº 27619, regula la autorización de viajes al
Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante informe exterior de servidores y funcionarios públicos, disponiendo
N° 278-2021-MDP/OAJ, opina que resulta procedente la su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-
prórroga de la Ordenanza N° 257-2020-MDP/C, conforme 2002-PCM, que la Resolución de autorización de viajes
a la propuesta de la Gerencia de Desarrollo Urbano. al exterior de la República será debidamente sustentada
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones en el interés nacional o en el interés específico de la
conferidas en el artículo 42° de la Ley 27972, Ley Orgánica Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del
de Municipalidades; viaje, el número de días de duración del viaje, el monto
de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac;
DECRETA: Que, mediante Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2021, mediante el cual,
Artículo Primero: PRORROGAR el plazo de vigencia se establecen medidas en materia de bienes y servicios;
de la Ordenanza N° 257-2020-MDP/C, hasta por 90 Que, el artículo 11º de la referida Ley, establece que
días calendario contabilizados desde el vencimiento durante el Año Fiscal 2021, los viajes al exterior de los
de la prorroga dispuesta por Decreto de Alcaldía Nº servidores o funcionarios públicos y representantes del
013-2021-MDP/A, conforme a los fundamentos expuestos Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse
en el presente Decreto. en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los
Artículo Segundo: ENCARGAR el cumplimiento del funcionarios señalados en el artículo 52º de la Ley Nº
presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Desarrollo 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de
Urbano y sus unidades dependientes en lo que resulte viaje sea mayor a 08 (ocho) horas o cuando la estancia
aplicable. sea menor a 48 (cuarenta y ocho) horas. La autorización
Artículo Tercero: ENCARGAR a la Secretaría para viajes al exterior de las personas señaladas en el
General la publicación del presente Decreto de Alcaldía párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido
en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de
de la Municipalidad Distrital de Pachacámac: www. viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y
munipachacamac.gob.pe sus normas reglamentarias;
Que, sobre el particular, mediante documento de
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. vistos, la Unidad de Logística y Control Patrimonial,
remite las cotizaciones de pasajes aéreos, señalando
GUILLERMO ELVIS POMEZ CANO que la misma se ha efectuado en tarifa económica, en
Alcalde cumplimiento de lo previsto en el artículo 7º del Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM, y sujetándose a las medidas
1982990-1 de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto
público;
Que, la Oficina de Administración y Finanzas, refiere
MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL que el monto por concepto de viáticos se ha efectuado
teniendo en cuenta la escala de viáticos establecido en el
Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, que aprobó normas
Autorizan los gastos correspondientes complementarias sobre la autorización de viajes al exterior
a viaje del alcalde distrital a Panamá, de servidores y funcionarios públicos, estableciéndose
autorizado mediante Acuerdo de Concejo en el artículo 5º los montos máximos de asignación de
viáticos de acuerdo a la zona geográfica, correspondiendo
N° 051-2021/MDSM para el siguiente caso el área de América Central y como
autoridad máxima del distrito el monto de $ 315.00
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA (Trescientos Quince con 00/100 Dólares Americanos), por
Nº 459-2021/MDSM día. Teniendo en cuenta que las actividades se inician el
12 de agosto y culminarán el 16 de agosto, más un día
San Miguel, 6 de agosto de 2021 adicional, debido a la programación del vuelo de retorno,
corresponde asignarle 6 (seis) días de viáticos, que al tipo
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL; de cambio S/. 4.074, ascendente a s/. 7 699.86 (Siete Mil
Seiscientos Noventa y Nueve con 86/100soles);
VISTOS, el memorando Nº 577-2021-GM/MDSM, Que, resulta de importancia estratégica para la
emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº 281-2021- Municipalidad participar activamente en los eventos
OAJ/MDSM, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, organizados por instituciones internacionales,
el memorando Nº 251-2021-OPP/MDSM, emitido por la aprovechando los canales de comunicación e intercambio
Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el memorando de experiencias y conocimientos, lo que permitirá a
Nº 1591-2021-OAF/MDSM, emitido por la Oficina de nuestra Entidad consolidarse en el cumplimiento de sus
Administración y Finanzas, el informe Nº 561-2021-ULCP- metas institucionales;
OAF/MDSM; emitido por la Unidad de Logística y Control Que, la autorización de viaje al exterior cuando irroga
Patrimonial y el Acuerdo de Concejo Nº 051-2021/MDSM, recursos públicos debe ser publicada en el Diario Oficial
y;
“El Peruano”, según lo dispuesto en el artículo 3º de la Ley
Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior
CONSIDERANDO: de servidores y funcionarios públicos, y el artículo 11º
de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Que, el artículo 194º de la Constitución Política Fiscal 2021;
del Perú y sus modificatorias, Leyes de Reforma De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972,
Constitucional, en concordancia con el artículo II del Ley Orgánica de Municipalidades, y en el Reglamento

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