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D.A. N 011 2021 MPL

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EMPRESA PERUANA DE SERVICIOS


EDITORIALES S.A. - EDITORA PERU
Fecha: 17/07/2021 04:32:31

70 NORMAS LEGALES Sábado 17 de julio de 2021 / El Peruano

del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por el Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia General
D.S. Nº 304-2012-EF, precisa que las modificaciones Regional la publicación del presente Acuerdo Regional
presupuestarias en el nivel institucional se aprueban por en el Diario Oficial “El Peruano” y portal electrónico del
Acuerdo del Consejo Regional; disposición concordante Gobierno Regional de Ayacucho.
con lo que señala el cuarto y quinto párrafo de la tercera
disposición complementaria de la Ley Nº 30742, Ley de POR TANTO:
Fortalecimiento de la Contraloría General de la República
y del Sistema Nacional de Control, en el sentido que las Mando se registre, comunique y cumpla.
transferencias financieras para el financiamiento de las
OCI de la CGR son aprobadas por acuerdo de consejo EDGAR RAUL OLIVARES YANQUI
regional y su publicación se efectúa en el diario oficial “El Presidente
Peruano”; Consejo Regional
Que, luego de la sustentación correspondiente, los
miembros del Pleno del Consejo Regional, procedieron CARLOS ALBERTO RUA CARBAJAL
a formular las interrogantes del caso y absueltas y/o Gobernador
aclaradas por los miembros de la Comisión antes
señaladas (CPPATyGI); y sometido a votación fue 1973245-3
aprobado en todos sus extremos;
Por lo que, en uso de las facultades conferidas por la
Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y GOBIERNOS LOCALES
sus modificatorias Leyes Nº 27902, 28103, 28961, 28968,
29053 y 29271, el Consejo Regional, con el voto por
unanimidad de los miembros participantes, y la dispensa
de la lectura y aprobación del Acta, aprobó el siguiente; MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
ACUERDO REGIONAL:
Modifican los procedimientos
Artículo Primero.- AUTORIZAR, al Gobernador administrativos de Licencia de
Regional la transferencia financiera, de una partida Funcionamiento e Inspecciones Técnicas
presupuestal de S/. 121 370.00 (Ciento veinte un mil
y trescientos setenta; con 00/100 soles) a favor de la de Seguridad en Edificaciones, contenidos
Contraloría General de República, destinado al pago en el Texto Único de Procedimientos
de remuneraciones del personal contratado bajo las
diferentes modalidades de prestación de servicios, y que Administrativos de la Municipalidad de
vienen laborando en la Oficina de Control Institucional del Pueblo Libre
Gobierno Regional de Ayacucho.
Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Gobernador DECRETO DE ALCALDÍA
Regional en su condición de titular del Pliego, establecer Nº 011-2021-MPL
los procedimientos de aprobación y ejecución de la
citada transferencia financiera, a través del Sistema Pueblo Libre, 9 de julio del 2021
Integrado de Administración Financiera – SIAF, siguiendo
los procedimientos establecidos en el Anexo Nº 4 de la EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO
“Directiva para la implementación de la incorporación LIBRE,
de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría
General de la República” aprobado por la Resolución de VISTOS: El Memorando Nº 887-2021-MPL-GM,
Contraloría Nº 520-2018-CG. de fecha 9 de julio de 2021 de la Gerencia Municipal;
Artículo Tercero.- PRECISAR, que la transferencia el Informe Nº 252-2021-MPL-GAJ de la Gerencia de
aprobada por el artículo primero del presente Acuerdo Asesoría Jurídica, los Informes Nº 133-2021-MPL-GPP, Nº
Regional, se efectúa con cargo al Presupuesto de Gastos 117-2021-MPL-GPP y Memorando Nº 234-2021-MPL-GPP
Corrientes del Pliego Presupuestal 444 – Gobierno de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe
Regional del Departamento de Ayacucho, conforme al Nº 101-2021-MPL-GRDE/SGDEC de la Subgerencia de
detalle siguiente: Desarrollo Empresarial y Comercialización, y finalmente
el Informe Nº 045-2021-MPL-GDUA/SGGRD de la
DE: Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastre; y,

SECCIÓN SEGUNDA: Instancias Descentralizadas. CONSIDERANDO:


PLIEGO: 444 – Gobierno Regional del Departamento de Ayacucho.
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú,
UNIDAD EJECUTORA: 001-770 Región Ayacucho-Sede Central. establece que los gobiernos locales gozan de autonomía
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 1 – Recursos Ordinarios. política, económica y administrativa en los asuntos
CATEGORÍA PRESUPUESTAL: 9001 – Acciones Centrales. de su competencia, siendo que conforme al artículo II
ACTIVIDAD: 5000006 – Acciones de control y auditoría. del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica
META: 82 – Control y Auditoría. de Municipalidades, la indicada autonomía radica en la
ESPECÍFICA DE GASTO: facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y
2.3.2 8.11 - Contrato Administrativo de Servicios S/ 112 000.00 de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;
2.3.2 8.12 - Contribuciones a EsSALUD de C.A.S. 6 970.00 Que, el inciso 6 del artículo 20 de la Ley Nº 27972,
2.3.2 8.14 – Aguinaldos de C.A.S. 2 400.00 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son
TOTAL DE EGRESO: S/ 121 370.00 atribuciones del Alcalde, dictar decretos y resoluciones de
alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; asimismo
A: el artículo 39 de la citada Ley, establece que el alcalde
ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en
SECCIÓN PRIMERA: Gobierno Central. la ley mediante decretos de alcaldía;
PLIEGO: 019 – Contraloría General. Que, el artículo 42 de la citada Ley, establece que los
FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 4 – Donaciones y Transferencias. decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias
CATEGORÍA PRESUPUESTAL: 9001 – Acciones Centrales. y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los
ESPECÍFICA DE GASTO: 2.4.13.11 – A otras unidades del Gobierno procedimientos necesarios para la correcta y eficiente
Nacional. administración municipal y resuelven o regulan asuntos
de orden general y de interés para el vecindario, que no
TOTAL DE INGRESO: S/ 121 370.00 sean de competencia del Concejo Municipal;
Que, los procedimientos administrativos de
Artículo Cuarto.- EXHORTAR, al Gobernador Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas
Regional, cautelar el uso correcto de los fondos de Seguridad en Edificaciones contenidos en el TUPA
transferidos, no pudiendo ser destinado a otros fines vigente de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre,
distintos a lo señalado en el presente Acuerdo Regional. fueron aprobados mediante la Ordenanza Nº 550-MPL,
El Peruano / Sábado 17 de julio de 2021 NORMAS LEGALES 71
de fecha 27 de noviembre de 2019, y modificados por día siguiente de su publicación en la forma descrita en el
Decreto de Alcaldía Nº 019-2020-MPL, de fecha 09 de artículo precedente.
octubre de 2020;
Que, con fecha 19 de diciembre de 2020, se publicó en Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
el Diario Oficial “El Peruano”, el Decreto Supremo Nº 200-
2020-PCM, que aprueba procedimientos administrativos STEPHEN YURI HAAS DEL CARPIO
estandarizados de Licencia de Funcionamiento y Licencia Alcalde
Provisional de Funcionamiento Para Bodegas, así como
sus correspondientes Tablas ASME-VM;
Que, asimismo, con fecha 12 de marzo de 2021, * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección
se publicó en el Diario Oficial “El Peruano”, el Decreto Normas Legales.
Supremo Nº 043-2021-PCM, que aprueba procedimientos
administrativos estandarizados de Inspecciones Técnicas 1973810-1
de Seguridad en Edificaciones cuya tramitación es de
competencia de los gobiernos locales, así como sus
correspondientes Tablas ASME-VM;
Que, el artículo 44 numeral 44.5 del Texto Único MUNICIPALIDAD DE SAN
Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General, señala que una vez aprobado
el TUPA, toda modificación que no implique la creación
JUAN DE LURIGANCHO
de nuevos procedimientos, incremento de derechos de
tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Aprueban el Beneficio Tributario y No
Alcaldía, en el caso de los Gobiernos Locales;
Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, en el
Tributario Bicentenario en el distrito de San
marco de las competencias señaladas en la Resolución de Juan de Lurigancho
Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, que
aprueba los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación ORDENANZA Nº 411-MDSJL
del TUPA, remite los Informes Nº 133-2021-MPL-GPP, Nº
117-2021-MPL-GPP y Memorando Nº 234-2021-MPL-GPP EL ALCALDE DE SAN JUAN DE LURIGANCHO;
con el proyecto de Decreto de Alcaldía, a través del cual se
adecúan los procedimientos administrativos de Licencia POR CUANTO
de Funcionamiento e ITSE contenidos en el TUPA vigente,
a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 200-2020-PCM, EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN
que aprueba procedimientos administrativos estandarizados JUAN DE LURIGANCHO;
de Licencia de Funcionamiento y Licencia Provisional de
Funcionamiento Para Bodegas, y Decreto Supremo Nº 043- Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de
2021-PCM, que aprueba procedimientos administrativos julio del 2021, el Dictamen Nº 006-2021-CER-CM/MDSJL,
estandarizados de Inspecciones Técnicas de Seguridad en de fecha 07 de julio del 2021, elaborado por la Comisión
Edificaciones cuya tramitación es de competencia de los Ordinaria de Economía y Rentas;
gobiernos locales; así como, los Informes Nº 101-2021-MPL- Ha dado la siguiente:
GRDE/SGDEC de la Subgerencia de Desarrollo Empresarial
y Comercialización, y finalmente el Informe Nº 045-2021-MPL- ORDENANZA QUE APRUEBA EL BENEFICIO
GDUA/SGGRD de la Subgerencia de Gestión del Riesgo de TRIBUTARIO Y NO TRIBUTARIO BICENTENARIO EN
Desastre con opinión favorable; EL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante
Informe Nº 252-2021-MPL-GAJ de fecha 8 de julio de Artículo Primero.- OBJETIVO Y ÁMBITO DE
2021, opina en el sentido que resulta procedente que la APLICACIÓN
propuesta de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto La presente Ordenanza tiene como objetivo establecer
sea sometida a la aprobación del Alcalde mediante beneficios tributarios y no tributarios de carácter temporal
Decreto de Alcaldía; a favor de los contribuyentes y/o administrados en la
Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones jurisdicción del distrito de San Juan de Lurigancho.
conferidas por el inciso 6 del artículo 20 y el artículo 42 de
la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Artículo Segundo.- DEL BENEFICIO TRIBUTARIO
SE DECRETA: 2.1 Alcance.
Podrán acogerse al presente beneficio, aquellos
Artículo Primero.- Modificación de Procedimientos contribuyentes que se encuentren al día en el pago del
Administrativos contenidos en el Texto Único de Impuesto Predial o cumplan con pagar al menos el total
Procedimientos Administrativos. del impuesto correspondiente al periodo 2021, en las
MODIFÍCASE, los procedimientos administrativos de condiciones establecidas en la presente ordenanza.
Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Se entiende que un contribuyente se encuentra al
Seguridad en Edificaciones, contenidos en el Texto Único día cuando no mantiene deuda vencida por concepto de
de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Impuesto Predial del periodo 2021 y/o de años anteriores.
de Pueblo Libre, aprobados con Ordenanza Nº 550-MPL,
correspondientes a los ITEMS 6.1, 6.2, 6.3, 6.4, 6.5, 6.6, 2.2 De los Beneficios.
6.7, 6.8, 6.13 y 6.16 de competencia de la Subgerencia de Para quienes cumplan con cancelar el Impuesto
Desarrollo Empresarial y Comercialización, así como los
ITEMS 7.1.1, 7.1.2, 7.2.1, 7.2.2, 7.3.1, 7.3.2, 7.4.1, 7.4.2, 7.5 y Predial de los periodos señalados en el numeral 2.1,
7.6 de competencia de la Subgerencia de Gestión del Riesgo dentro del plazo de vigencia de la presente ordenanza,
de Desastres, conforme se detalla en el Anexo 1, que forma podrán pagar sus obligaciones tributarias con los
parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. siguientes descuentos.

Artículo Segundo.- Publicidad. PORCENTAJES DE DESCUENTO (%)


PUBLÍCASE, el presente Decreto de Alcaldía en Modalidad 1 - Pago total del Impuesto Predial de 2021
el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, PUBLÍCASE el
presente Decreto de Alcaldía y su Anexo 1 que contiene PERIODO IMPUESTO PREDIAL ARBITRIOS
los procedimientos administrativos modificados, en el INSOLUTO INTERES INSOLUTO INTERES
Portal del Diario Oficial El Peruano y adicionalmente a 2021 0 100 15 100
través de la Plataforma Digital Única para Orientación al
Ciudadano del Estado Peruano www.perú.gob.pe y en el 2019 – 2020* 0 100 20 100
Portal Institucional de la Municipalidad de Pueblo Libre 2017 – 2018* 0 100 40 100
www.muniplibre.gob.pe.
Deudas de periodos 0 100 70 100
Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía, y anteriores hasta el año
las partes que lo integran, entrarán en vigencia a partir del 2016*
NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de julioFirmado
deDigitalmente
2021 por:
EMPRESA PERUANA DE SERVICIOS
EDITORIALES S.A. - EDITORA PERU
Fecha: 17/07/2021 04:32:25

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE


Modifican los procedimientos administrativos de Licencia de Funcionamiento e Inspecciones
Técnicas de Seguridad en Edificaciones, contenidos en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos de la Municipalidad de Pueblo Libre

DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 011-2021-MPL

Pueblo Libre, 9 de julio del 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE,

VISTOS: El Memorando Nº 887-2021-MPL-GM, de fecha 9 de julio de 2021 de la Gerencia Municipal;


el Informe Nº 252-2021-MPL-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, los Informes Nº 133-2021-MPL-
GPP, Nº 117-2021-MPL-GPP y Memorando Nº 234-2021-MPL-GPP de la Gerencia de Planeamiento y
Presupuesto, el Informe Nº 101-2021-MPL-GRDE/SGDEC de la Subgerencia de Desarrollo Empresarial
y Comercialización, y finalmente el Informe Nº 045-2021-MPL-GDUA/SGGRD de la Subgerencia de
Gestión del Riesgo de Desastre; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales gozan de
autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que conforme
al artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la indicada
autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con
sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el inciso 6 del artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son
atribuciones del Alcalde, dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas;
asimismo el artículo 39 de la citada Ley, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de
gobierno señaladas en la ley mediante decretos de alcaldía;
Que, el artículo 42 de la citada Ley, establece que los decretos de alcaldía establecen normas
reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la
correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés
para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal;
Que, los procedimientos administrativos de Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de
Seguridad en Edificaciones contenidos en el TUPA vigente de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre,
fueron aprobados mediante la Ordenanza Nº 550-MPL, de fecha 27 de noviembre de 2019, y modificados
por Decreto de Alcaldía Nº 019-2020-MPL, de fecha 09 de octubre de 2020;
Que, con fecha 19 de diciembre de 2020, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano”, el Decreto
Supremo Nº 200-2020-PCM, que aprueba procedimientos administrativos estandarizados de Licencia de
Funcionamiento y Licencia Provisional de Funcionamiento Para Bodegas, así como sus correspondientes
Tablas ASME-VM;
Que, asimismo, con fecha 12 de marzo de 2021, se publicó en el Diario Oficial “El Peruano”, el Decreto
Supremo Nº 043-2021-PCM, que aprueba procedimientos administrativos estandarizados de Inspecciones
Técnicas de Seguridad en Edificaciones cuya tramitación es de competencia de los gobiernos locales, así
como sus correspondientes Tablas ASME-VM;
Que, el artículo 44 numeral 44.5 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General, señala que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la
creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar
por Decreto de Alcaldía, en el caso de los Gobiernos Locales;
Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de las competencias señaladas en la
Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, que aprueba los Lineamientos para
la Elaboración y Aprobación del TUPA, remite los Informes Nº 133-2021-MPL-GPP, Nº 117-2021-MPL-
GPP y Memorando Nº 234-2021-MPL-GPP con el proyecto de Decreto de Alcaldía, a través del cual
se adecúan los procedimientos administrativos de Licencia de Funcionamiento e ITSE contenidos en el

1 Op. 1973810-2
NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de julio de 2021

TUPA vigente, a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 200-2020-PCM, que aprueba procedimientos


administrativos estandarizados de Licencia de Funcionamiento y Licencia Provisional de Funcionamiento
Para Bodegas, y Decreto Supremo Nº 043-2021-PCM, que aprueba procedimientos administrativos
estandarizados de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones cuya tramitación es de
competencia de los gobiernos locales; así como, los Informes Nº 101-2021-MPL-GRDE/SGDEC de la
Subgerencia de Desarrollo Empresarial y Comercialización, y finalmente el Informe Nº 045-2021-MPL-
GDUA/SGGRD de la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastre con opinión favorable;
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 252-2021-MPL-GAJ de fecha 8 de julio
de 2021, opina en el sentido que resulta procedente que la propuesta de la Gerencia de Planeamiento y
Presupuesto sea sometida a la aprobación del Alcalde mediante Decreto de Alcaldía;
Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso 6 del artículo 20 y el
artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

SE DECRETA:

Artículo Primero.- Modificación de Procedimientos Administrativos contenidos en el Texto Único


de Procedimientos Administrativos.
MODIFÍCASE, los procedimientos administrativos de Licencia de Funcionamiento e Inspecciones
Técnicas de Seguridad en Edificaciones, contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos
de la Municipalidad de Pueblo Libre, aprobados con Ordenanza Nº 550-MPL, correspondientes a los
ITEMS 6.1, 6.2, 6.3, 6.4, 6.5, 6.6, 6.7, 6.8, 6.13 y 6.16 de competencia de la Subgerencia de Desarrollo
Empresarial y Comercialización, así como los ITEMS 7.1.1, 7.1.2, 7.2.1, 7.2.2, 7.3.1, 7.3.2, 7.4.1, 7.4.2,
7.5 y 7.6 de competencia de la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres, conforme se detalla en
el Anexo 1, que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Segundo.- Publicidad.


PUBLÍCASE, el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, PUBLÍCASE el
presente Decreto de Alcaldía y su Anexo 1 que contiene los procedimientos administrativos modificados,
en el Portal del Diario Oficial El Peruano y adicionalmente a través de la Plataforma Digital Única
para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano www.perú.gob.pe y en el Portal Institucional de la
Municipalidad de Pueblo Libre www.muniplibre.gob.pe.

Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía, y las partes que lo integran, entrarán en vigencia a
partir del día siguiente de su publicación en la forma descrita en el artículo precedente.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

STEPHEN YURI HAAS DEL CARPIO


Alcalde

2 Op. 1973810-2
NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de julio de 2021

ANEXO 1: DECRETO DE ALCALDÍA N° 011-2021-MPL


REQUISITOS CALIFICACIÓN PLAZO INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE
DERECHO DE
Evaluación PARA RECURSOS
TRAMITACIÓN (*) AUTORIDAD
DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y Formula-rio Previa RESOLVER INICIO DEL
N° Auto- COMPETENTE
BASE LEGAL Número y Denominación / Código /
(en % UIT PROCEDIMIENTO RECONSIDERA
mático Posi- Nega (en días PARA RESOLVER APELACIÓN
Ubicación
Año 2021) (en S/)1/ CIÓN
tivo tivo hábiles)
NO APLICA
GERENCIA DE RENTAS Y DESARROLLO ECONÓMICO
SUBGERENCIA DE DESARROLLO EMPRESARIAL Y COMERCIALIZACIÓN: PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
6.1 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS 1 Solicitud de Licencia de Funcionamiento, con carácter de Declaración Formato de X 2 días Subgerencia de Subgerente de
CON NIVEL DE RIESGO BAJO Jurada, que incluya: declaración 130.50 hábiles Atención al Desarrollo
(Con ITSE posterior) a) Tratándose de personas jurídicas u otros entes colectivos: su número de jurada para (*) Ciudadano y Empresarial y
R.U.C. y el número de D.N.I. o Carné de Extranjería de su representante licencia de Gestión Documental Comercialización
Base Legal legal. funcionamiento
b) Tratándose de personas naturales: su número de R.U.C y el número
* Artículos 6, 7 y 8 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28976, Ley D.N.I. o Carné de Extranjería, y el número de D.N.I. o Carné de
Marco de Licencia de Funcionamiento y los formatos actualizados de Extranjería del representante en caso actúen mediante representación.
Declaración Jurada, aprobado por Decreto Supremo Nº 163-2020-PCM, 2 En el caso de personas jurídicas u otros entes colectivos, Declaración
publicado el 03/10/2020. Jurada del representante legal o apoderado señalando que su poder se
* Artículo 20 del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad encuentra vigente, consignando el número de Partida Electrónica y
en Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2018-PCM, asiento de inscripción en la Superintendencia Nacional de Registros
publicado el 05/01/2018. Públicos (SUNARP). Tratándose de representación de personas naturales,
adjuntar carta poder simple firmada por el poderdante indicando de manera
obligatoria su número de documento de identidad, salvo que se trate de
apoderados con poder inscrito en SUNARP, en cuyo caso basta una
Declaración Jurada en los mismos términos establecidos para personas
jurídicas.
3 Declaración Jurada de cumplimiento de las condiciones de seguridad en Declaración
la edificación. jurada de
4 Requisitos especiales: en los supuestos que a continuación se indican, son cumplimiento
exigibles los siguientes requisitos: de las
a) Declaración Jurada de contar con título profesional vigente y encontrarse condiciones
habilitado por el colegio profesional correspondiente, en el caso de servicios de seguridad
relacionados con la salud. en la edificación
b) Declaración Jurada de contar con la autorización sectorial respectiva en
el caso de aquellas actividades que conforme a Ley la requieran de manera
previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento.
c) Cuando se trate de un inmueble declarado Monumento integrante del
Patrimonio Cultural de la Nación, presentar copia simple de la autorización
expedida por el Ministerio de Cultura, conforme a la Ley 28296, Ley General
del Patrimonio Cultural de la Nación, excepto en los casos en que el
Ministerio de Cultura haya participado en las etapas de remodelación y
monitoreo de ejecución de obras previas inmediatas a la solicitud de la
licencia del local. La exigencia de la autorización del Ministerio de Cultura
para otorgar licencias de funcionamiento se aplica exclusivamente para los
inmuebles declarados Monumentos integrantes del Patrimonio Cultural
de la Nación.

Nota:
(*) La licencia será emitida y notificada en un plazo máximo de dos (2) días
hábles, contados desde la presentación de la solicitud de licencia de
funcionamiento.

6.2 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS 1 Solicitud de Licencia de Funcionamiento, con carácter de Declaración Formato de X 2 días Subgerencia de Subgerente de
CON NIVEL DE RIESGO MEDIO Jurada, que incluya: declaración 141.60 hábiles Atención al Desarrollo
(Con ITSE posterior) a) Tratándose de personas jurídicas u otros entes colectivos: su número de jurada para (*) Ciudadano y Empresarial y
R.U.C. y el número de D.N.I. o Carné de Extranjería de su representante licencia de Gestión Documental Comercialización
Base Legal legal. funcionamiento
b) Tratándose de personas naturales: su número de R.U.C y el número
* Artículos 6, 7 y 8 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28976, Ley D.N.I. o Carné de Extranjería, y el número de D.N.I. o Carné de
Marco de Licencia de Funcionamiento y los formatos actualizados de Extranjería del representante en caso actúen mediante representación.
Declaración Jurada, aprobado por Decreto Supremo Nº 163-2020-PCM, 2 En el caso de personas jurídicas u otros entes colectivos, Declaración

3 Op. 1973810-2
NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de julio de 2021

ANEXO 1: DECRETO DE ALCALDÍA N° 011-2021-MPL


REQUISITOS CALIFICACIÓN PLAZO INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE
DERECHO DE
Evaluación PARA RECURSOS
TRAMITACIÓN (*) AUTORIDAD
DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y Formula-rio Previa RESOLVER INICIO DEL
N° Auto- COMPETENTE
BASE LEGAL Número y Denominación / Código / (en % UIT PROCEDIMIENTO RECONSIDERA
mático Posi- Nega (en días PARA RESOLVER APELACIÓN
Ubicación Año 2021) (en S/)1/ CIÓN
tivo tivo hábiles)
NO APLICA
publicado el 03/10/2020. Jurada del representante legal o apoderado señalando que su poder se
* Artículo 20 del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad encuentra vigente, consignando el número de Partida Electrónica y
en Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2018-PCM, asiento de inscripción en la Superintendencia Nacional de Registros
publicado el 05/01/2018. Públicos (SUNARP). Tratándose de representación de personas naturales,
adjuntar carta poder simple firmada por el poderdante indicando de manera
obligatoria su número de documento de identidad, salvo que se trate de
apoderados con poder inscrito en SUNARP, en cuyo caso basta una
Declaración Jurada en los mismos términos establecidos para personas
jurídicas.
3 Declaración Jurada de cumplimiento de las condiciones de seguridad en Declaración
la edificación. jurada de
4 Requisitos especiales: en los supuestos que a continuación se indican, son cumplimiento
exigibles los siguientes requisitos: de las
a) Declaración Jurada de contar con título profesional vigente y encontrarse condiciones
habilitado por el colegio profesional correspondiente, en el caso de servicios de seguridad
relacionados con la salud. en la edificación
b) Declaración Jurada de contar con la autorización sectorial respectiva en
el caso de aquellas actividades que conforme a Ley la requieran de manera
previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento.
c) Cuando se trate de un inmueble declarado Monumento integrante del
Patrimonio Cultural de la Nación, presentar copia simple de la autorización
expedida por el Ministerio de Cultura, conforme a la Ley 28296, Ley General
del Patrimonio Cultural de la Nación, excepto en los casos en que el
Ministerio de Cultura haya participado en las etapas de remodelación y
monitoreo de ejecución de obras previas inmediatas a la solicitud de la
licencia del local. La exigencia de la autorización del Ministerio de Cultura
para otorgar licencias de funcionamiento se aplica exclusivamente para los
inmuebles declarados Monumentos integrantes del Patrimonio Cultural
de la Nación.

Nota:
(*) La licencia será emitida y notificada en un plazo máximo de dos (2) días
hábles, contados desde la presentación de la solicitud de licencia de
funcionamiento.

6.3 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS 1 Solicitud de Licencia de Funcionamiento, con carácter de Declaración Formato de X 8 días Subgerencia de Subgerente de Subgerente de Gerente de
CON NIVEL DE RIESGO ALTO Jurada, que incluya: declaración 244.00 hábiles Atención al Desarrollo Desarrollo Rentas y Desarrollo
(Con ITSE previa) a) Tratándose de personas jurídicas u otros entes colectivos: su número de jurada para Ciudadano y Empresarial y Empresarial y Económico
R.U.C. y el número de D.N.I. o Carné de Extranjería de su representante licencia de Gestión Documental Comercialización Comercialización
Base Legal legal. funcionamiento
b) Tratándose de personas naturales: su número de R.U.C y el número
* Artículos 6, 7 y 8 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28976, Ley D.N.I. o Carné de Extranjería, y el número de D.N.I. o Carné de Plazo para Plazo para
Marco de Licencia de Funcionamiento y los formatos actualizados de Extranjería del representante en caso actúen mediante representación. presentar recurso presentar recurso
Declaración Jurada, aprobado por Decreto Supremo Nº 163-2020-PCM, 2 En el caso de personas jurídicas u otros entes colectivos, Declaración es de quince es de quince
publicado el 03/10/2020. Jurada del representante legal o apoderado señalando que su poder se (15) días (15) días
* Artículo 25 del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad encuentra vigente, consignando el número de Partida Electrónica y hábiles hábiles
en Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2018-PCM, asiento de inscripción en la Superintendencia Nacional de Registros
publicado el 05/01/2018. Públicos (SUNARP). Tratándose de representación de personas naturales, Plazo para Plazo para
adjuntar carta poder simple firmada por el poderdante indicando de manera Resolver es Resolver es
obligatoria su número de documento de identidad, salvo que se trate de de treinta (30) de treinta (30)
apoderados con poder inscrito en SUNARP, en cuyo caso basta una días hábiles días hábiles
Declaración Jurada en los mismos términos establecidos para personas
jurídicas.
3 Croquis de ubicación.
4 Plano de arquitectura de la distribución existente y detalle del cálculo de aforo.

4 Op. 1973810-2
NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de julio de 2021

ANEXO 1: DECRETO DE ALCALDÍA N° 011-2021-MPL


REQUISITOS CALIFICACIÓN PLAZO INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE
DERECHO DE
Evaluación PARA RECURSOS
TRAMITACIÓN (*) AUTORIDAD
DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y Formula-rio Previa RESOLVER INICIO DEL
N° Auto- COMPETENTE
BASE LEGAL Número y Denominación / Código / (en % UIT PROCEDIMIENTO RECONSIDERA
mático Posi- Nega (en días PARA RESOLVER APELACIÓN
Ubicación Año 2021) (en S/)1/ CIÓN
tivo tivo hábiles)
NO APLICA
5 Plano de distribución de tableros eléctricos, diagramas unifilares y cuadro
de cargas.
6 Certificado vigente de medición de resistencia del sistema de puesta a tierra.
7 Plan de Seguridad del Establecimiento Objeto de Inspección.
8 Memoria o protocolos de pruebas de operatividad y/o mantenimiento de los
equipos de seguridad y protección contra incendio.
9 Requisitos especiales: en los supuestos que a continuación se indican, son
exigibles los siguientes requisitos:
a) Declaración Jurada de contar con título profesional vigente y encontrarse
habilitado por el colegio profesional correspondiente, en el caso de servicios
relacionados con la salud.
b) Declaración Jurada de contar con la autorización sectorial respectiva en
el caso de aquellas actividades que conforme a Ley la requieran de manera
previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento.
c) Cuando se trate de un inmueble declarado Monumento integrante del
Patrimonio Cultural de la Nación, presentar copia simple de la autorización
expedida por el Ministerio de Cultura, conforme a la Ley 28296, Ley General
del Patrimonio Cultural de la Nación, excepto en los casos en que el
Ministerio de Cultura haya participado en las etapas de remodelación y
monitoreo de ejecución de obras previas inmediatas a la solicitud de la
licencia del local. La exigencia de la autorización del Ministerio de Cultura
para otorgar licencias de funcionamiento se aplica exclusivamente para los
inmuebles declarados Monumentos integrantes del Patrimonio Cultural
de la Nación.

Nota:
- No son exigibles el croquis de ubicación, plano de arquitectura de la
distribución existente y detalle del cálculo de aforo, plano de distribución
de tableros eléctricos, diagramas unifilares y cuadro de cargas; en el caso
de edificaciones que cuentan con conformidad de obra y no han sufrido
modificaciones, siempre que se trate de documentos que fueron presentados
a la Municipalidad durante los cinco (5) años anteriores inmediatos.

6.4 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA EDIFICACIONES CALIFICADAS 1 Solicitud de Licencia de Funcionamiento, con carácter de Declaración Formato de X 8 días Subgerencia de Subgerente de Subgerente de Gerente de
CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO Jurada, que incluya: declaración 437.10 hábiles Atención al Desarrollo Desarrollo Rentas y Desarrollo
(Con ITSE previa) a) Tratándose de personas jurídicas u otros entes colectivos: su número de jurada para Ciudadano y Empresarial y Empresarial y Económico
R.U.C. y el número de D.N.I. o Carné de Extranjería de su representante licencia de Gestión Documental Comercialización Comercialización
Base Legal legal. funcionamiento
b) Tratándose de personas naturales: su número de R.U.C y el número
* Artículos 6, 7 y 8 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28976, Ley D.N.I. o Carné de Extranjería, y el número de D.N.I. o Carné de Plazo para Plazo para
Marco de Licencia de Funcionamiento y los formatos actualizados de Extranjería del representante en caso actúen mediante representación. presentar recurso presentar recurso
Declaración Jurada, aprobado por Decreto Supremo Nº 163-2020-PCM, 2 En el caso de personas jurídicas u otros entes colectivos, Declaración es de quince es de quince
publicado el 03/10/2020. Jurada del representante legal o apoderado señalando que su poder se (15) días (15) días
* Artículo 25 del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad encuentra vigente, consignando el número de Partida Electrónica y hábiles hábiles
en Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2018-PCM, asiento de inscripción en la Superintendencia Nacional de Registros
publicado el 05/01/2018. Públicos (SUNARP). Tratándose de representación de personas naturales, Plazo para Plazo para
adjuntar carta poder simple firmada por el poderdante indicando de manera Resolver es Resolver es
obligatoria su número de documento de identidad, salvo que se trate de de treinta (30) de treinta (30)
apoderados con poder inscrito en SUNARP, en cuyo caso basta una días hábiles días hábiles
Declaración Jurada en los mismos términos establecidos para personas
jurídicas.
3 Croquis de ubicación.
4 Plano de arquitectura de la distribución existente y detalle del cálculo de aforo.
5 Plano de distribución de tableros eléctricos, diagramas unifilares y cuadro
de cargas.

5 Op. 1973810-2
NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de julio de 2021

ANEXO 1: DECRETO DE ALCALDÍA N° 011-2021-MPL


REQUISITOS CALIFICACIÓN PLAZO INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE
DERECHO DE
Evaluación PARA RECURSOS
TRAMITACIÓN (*) AUTORIDAD
DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y Formula-rio Previa RESOLVER INICIO DEL
N° Auto- COMPETENTE
BASE LEGAL Número y Denominación / Código / (en % UIT PROCEDIMIENTO RECONSIDERA
mático Posi- Nega (en días PARA RESOLVER APELACIÓN
Ubicación Año 2021) (en S/)1/ CIÓN
tivo tivo hábiles)
NO APLICA
6 Certificado vigente de medición de resistencia del sistema de puesta a tierra.
7 Plan de Seguridad del Establecimiento Objeto de Inspección.
8 Memoria o protocolos de pruebas de operatividad y/o mantenimiento de los
equipos de seguridad y protección contra incendio.
9 Requisitos especiales: en los supuestos que a continuación se indican, son
exigibles los siguientes requisitos:
a) Declaración Jurada de contar con título profesional vigente y encontrarse
habilitado por el colegio profesional correspondiente, en el caso de servicios
relacionados con la salud.
b) Declaración Jurada de contar con la autorización sectorial respectiva en
el caso de aquellas actividades que conforme a Ley la requieran de manera
previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento.
c) Cuando se trate de un inmueble declarado Monumento integrante del
Patrimonio Cultural de la Nación, presentar copia simple de la autorización
expedida por el Ministerio de Cultura, conforme a la Ley 28296, Ley General
del Patrimonio Cultural de la Nación, excepto en los casos en que el
Ministerio de Cultura haya participado en las etapas de remodelación y
monitoreo de ejecución de obras previas inmediatas a la solicitud de la
licencia del local. La exigencia de la autorización del Ministerio de Cultura
para otorgar licencias de funcionamiento se aplica exclusivamente para los
inmuebles declarados Monumentos integrantes del Patrimonio Cultural
de la Nación.

Nota:
- No son exigibles el croquis de ubicación, plano de arquitectura de la
distribución existente y detalle del cálculo de aforo, plano de distribución
de tableros eléctricos, diagramas unifilares y cuadro de cargas; en el caso
de edificaciones que cuentan con conformidad de obra y no han sufrido
modificaciones, siempre que se trate de documentos que fueron presentados
a la Municipalidad durante los cinco (5) años anteriores inmediatos.

6.5 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CORPORATIVA PARA MERCADOS 1 Solicitud de Licencia de Funcionamiento, con carácter de Declaración Formato de X 8 días Subgerencia de Subgerente de Subgerente de Gerente de
DE ABASTOS, GALERÍAS COMERCIALES Y CENTROS COMERCIALES Jurada, que incluya: declaración 411.40 hábiles Atención al Desarrollo Desarrollo Rentas y Desarrollo
(Con ITSE previa) a) Tratándose de personas jurídicas u otros entes colectivos: su número de jurada para Ciudadano y Empresarial y Empresarial y Económico
R.U.C. y el número de D.N.I. o Carné de Extranjería de su representante licencia de Gestión Documental Comercialización Comercialización
Base Legal legal. funcionamiento
b) Tratándose de personas naturales: su número de R.U.C y el número
* Artículos 6, 7, 8 y 9 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28976, Ley D.N.I. o Carné de Extranjería, y el número de D.N.I. o Carné de Plazo para Plazo para
Marco de Licencia de Funcionamiento y los formatos actualizados de Extranjería del representante en caso actúen mediante representación. presentar recurso presentar recurso
Declaración Jurada, aprobado por Decreto Supremo Nº 163-2020-PCM, 2 En el caso de personas jurídicas u otros entes colectivos, Declaración es de quince es de quince
publicado el 03/10/2020. Jurada del representante legal o apoderado señalando que su poder se (15) días (15) días
* Artículo 25 del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad encuentra vigente, consignando el número de Partida Electrónica y hábiles hábiles
en Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2018-PCM, asiento de inscripción en la Superintendencia Nacional de Registros
publicado el 05/01/2018. Públicos (SUNARP). Tratándose de representación de personas naturales, Plazo para Plazo para
adjuntar carta poder simple firmada por el poderdante indicando de manera Resolver es Resolver es
obligatoria su número de documento de identidad, salvo que se trate de de treinta (30) de treinta (30)
apoderados con poder inscrito en SUNARP, en cuyo caso basta una días hábiles días hábiles
Declaración Jurada en los mismos términos establecidos para personas
jurídicas.
3 Croquis de ubicación.
4 Plano de arquitectura de la distribución existente y detalle del cálculo de aforo.
5 Plano de distribución de tableros eléctricos, diagramas unifilares y cuadro
de cargas.
6 Certificado vigente de medición de resistencia del sistema de puesta a tierra.
7 Plan de Seguridad del Establecimiento Objeto de Inspección.

6 Op. 1973810-2
NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de julio de 2021

ANEXO 1: DECRETO DE ALCALDÍA N° 011-2021-MPL


REQUISITOS CALIFICACIÓN PLAZO INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE
DERECHO DE
Evaluación PARA RECURSOS
TRAMITACIÓN (*) AUTORIDAD
DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y Formula-rio Previa RESOLVER INICIO DEL
N° Auto- COMPETENTE
BASE LEGAL Número y Denominación / Código / (en % UIT PROCEDIMIENTO RECONSIDERA
mático Posi- Nega (en días PARA RESOLVER APELACIÓN
Ubicación Año 2021) (en S/)1/ CIÓN
tivo tivo hábiles)
NO APLICA
8 Memoria o protocolos de pruebas de operatividad y/o mantenimiento de los
equipos de seguridad y protección contra incendio.
9 Requisitos especiales: en los supuestos que a continuación se indican, son
exigibles los siguientes requisitos:
a) Declaración Jurada de contar con título profesional vigente y encontrarse
habilitado por el colegio profesional correspondiente, en el caso de servicios
relacionados con la salud.
b) Declaración Jurada de contar con la autorización sectorial respectiva en
el caso de aquellas actividades que conforme a Ley la requieran de manera
previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento.
c) Cuando se trate de un inmueble declarado Monumento integrante del
Patrimonio Cultural de la Nación, presentar copia simple de la autorización
expedida por el Ministerio de Cultura, conforme a la Ley 28296, Ley General
del Patrimonio Cultural de la Nación, excepto en los casos en que el
Ministerio de Cultura haya participado en las etapas de remodelación y
monitoreo de ejecución de obras previas inmediatas a la solicitud de la
licencia del local. La exigencia de la autorización del Ministerio de Cultura
para otorgar licencias de funcionamiento se aplica exclusivamente para los
inmuebles declarados Monumentos integrantes del Patrimonio Cultural
de la Nación.

Nota:
- No son exigibles el croquis de ubicación, plano de arquitectura de la
distribución existente y detalle del cálculo de aforo, plano de distribución
de tableros eléctricos, diagramas unifilares y cuadro de cargas; en el caso
de edificaciones que cuentan con conformidad de obra y no han sufrido
modificaciones, siempre que se trate de documentos que fueron presentados
a la Municipalidad durante los cinco (5) años anteriores inmediatos.

6.6 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS EN 1 Solicitud de Licencia de Funcionamiento, con carácter de Declaración Formato de X 2 días Subgerencia de Subgerente de
EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MEDIO Jurada, que incluya: declaración 144.20 hábiles Atención al Desarrollo
(Con ITSE posterior) a) Tratándose de personas jurídicas u otros entes colectivos: su número de jurada para (*) Ciudadano y Empresarial y
R.U.C. y el número de D.N.I. o Carné de Extranjería de su representante licencia de Gestión Documental Comercialización
Base Legal legal. funcionamiento
b) Tratándose de personas naturales: su número de R.U.C y el número
* Artículos 3, 6, 7 y 8 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28976, Ley D.N.I. o Carné de Extranjería, y el número de D.N.I. o Carné de
Marco de Licencia de Funcionamiento y los formatos actualizados de Extranjería del representante en caso actúen mediante representación.
Declaración Jurada, aprobado por Decreto Supremo Nº 163-2020-PCM, 2 En el caso de personas jurídicas u otros entes colectivos, Declaración
publicado el 03/10/2020. Jurada del representante legal o apoderado señalando que su poder se
* Artículo 20 del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad encuentra vigente, consignando el número de Partida Electrónica y
en Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2018-PCM, asiento de inscripción en la Superintendencia Nacional de Registros
publicado el 05/01/2018. Públicos (SUNARP). Tratándose de representación de personas naturales,
adjuntar carta poder simple firmada por el poderdante indicando de manera
obligatoria su número de documento de identidad, salvo que se trate de
apoderados con poder inscrito en SUNARP, en cuyo caso basta una
Declaración Jurada en los mismos términos establecidos para personas
jurídicas.
3 Declaración Jurada de cumplimiento de las condiciones de seguridad en Declaración
la edificación. jurada de
4 Requisitos especiales: en los supuestos que a continuación se indican, son cumplimiento
exigibles los siguientes requisitos: de las
a) Declaración Jurada de contar con título profesional vigente y encontrarse condiciones
habilitado por el colegio profesional correspondiente, en el caso de servicios de seguridad
relacionados con la salud. en la edificación
b) Declaración Jurada de contar con la autorización sectorial respectiva en

7 Op. 1973810-2
NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de julio de 2021

ANEXO 1: DECRETO DE ALCALDÍA N° 011-2021-MPL


REQUISITOS CALIFICACIÓN PLAZO INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE
DERECHO DE
Evaluación PARA RECURSOS
TRAMITACIÓN (*) AUTORIDAD
DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y Formula-rio Previa RESOLVER INICIO DEL
N° Auto- COMPETENTE
BASE LEGAL Número y Denominación / Código / (en % UIT PROCEDIMIENTO RECONSIDERA
mático Posi- Nega (en días PARA RESOLVER APELACIÓN
Ubicación Año 2021) (en S/)1/ CIÓN
tivo tivo hábiles)
NO APLICA
el caso de aquellas actividades que conforme a Ley la requieran de manera
previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento.
c) Cuando se trate de un inmueble declarado Monumento integrante del
Patrimonio Cultural de la Nación, presentar copia simple de la autorización
expedida por el Ministerio de Cultura, conforme a la Ley 28296, Ley General
del Patrimonio Cultural de la Nación, excepto en los casos en que el
Ministerio de Cultura haya participado en las etapas de remodelación y
monitoreo de ejecución de obras previas inmediatas a la solicitud de la
licencia del local. La exigencia de la autorización del Ministerio de Cultura
para otorgar licencias de funcionamiento se aplica exclusivamente para los
inmuebles declarados Monumentos integrantes del Patrimonio Cultural
de la Nación.

Notas:
- No se requiere solicitar una modificación, ampliación o nueva licencia de
funcionamiento, ni una licencia de funcionamiento para cesionarios, cuando
el titular de una licencia de funcionamiento o un tercero cesionario, bajo
responsabilidad de dicho titular, desarrolle alguna de las actividades
simultáneas y adicionales que establezca el Ministerio de la Producción,
si no se afecten las condiciones de seguridad del establecimiento.
(*) La licencia será emitida y notificada en un plazo máximo de dos (2) días
hábles, contados desde la presentación de la solicitud de licencia de
funcionamiento.

6.7 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS EN 1 Solicitud de Licencia de Funcionamiento, con carácter de Declaración Formato de X 8 días Subgerencia de Subgerente de Subgerente de Gerente de
EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO ALTO Jurada, que incluya: declaración 255.80 hábiles Atención al Desarrollo Desarrollo Rentas y Desarrollo
(Con ITSE previa) a) Tratándose de personas jurídicas u otros entes colectivos: su número de jurada para Ciudadano y Empresarial y Empresarial y Económico
R.U.C. y el número de D.N.I. o Carné de Extranjería de su representante licencia de Gestión Documental Comercialización Comercialización
Base Legal legal. funcionamiento
b) Tratándose de personas naturales: su número de R.U.C y el número
* Artículos 3, 6, 7 y 8 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28976, Ley D.N.I. o Carné de Extranjería, y el número de D.N.I. o Carné de Plazo para Plazo para
Marco de Licencia de Funcionamiento y los formatos actualizados de Extranjería del representante en caso actúen mediante representación. presentar recurso presentar recurso
Declaración Jurada, aprobado por Decreto Supremo Nº 163-2020-PCM, 2 En el caso de personas jurídicas u otros entes colectivos, Declaración es de quince es de quince
publicado el 03/10/2020. Jurada del representante legal o apoderado señalando que su poder se (15) días (15) días
* Artículo 25 del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad encuentra vigente, consignando el número de Partida Electrónica y hábiles hábiles
en Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2018-PCM, asiento de inscripción en la Superintendencia Nacional de Registros
publicado el 05/01/2018. Públicos (SUNARP). Tratándose de representación de personas naturales, Plazo para Plazo para
adjuntar carta poder simple firmada por el poderdante indicando de manera Resolver es Resolver es
obligatoria su número de documento de identidad, salvo que se trate de de treinta (30) de treinta (30)
apoderados con poder inscrito en SUNARP, en cuyo caso basta una días hábiles días hábiles
Declaración Jurada en los mismos términos establecidos para personas
jurídicas.
3 Croquis de ubicación.
4 Plano de arquitectura de la distribución existente y detalle del cálculo de aforo.
5 Plano de distribución de tableros eléctricos, diagramas unifilares y cuadro
de cargas.
6 Certificado vigente de medición de resistencia del sistema de puesta a tierra.
7 Plan de Seguridad del Establecimiento Objeto de Inspección.
8 Memoria o protocolos de pruebas de operatividad y/o mantenimiento de los
equipos de seguridad y protección contra incendio.
9 Requisitos especiales: en los supuestos que a continuación se indican, son
exigibles los siguientes requisitos:
a) Declaración Jurada de contar con título profesional vigente y encontrarse
habilitado por el colegio profesional correspondiente, en el caso de servicios
relacionados con la salud.

8 Op. 1973810-2
NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de julio de 2021

ANEXO 1: DECRETO DE ALCALDÍA N° 011-2021-MPL


REQUISITOS CALIFICACIÓN PLAZO INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE
DERECHO DE
Evaluación PARA RECURSOS
TRAMITACIÓN (*) AUTORIDAD
DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y Formula-rio Previa RESOLVER INICIO DEL
N° Auto- COMPETENTE
BASE LEGAL Número y Denominación / Código / (en % UIT PROCEDIMIENTO RECONSIDERA
mático Posi- Nega (en días PARA RESOLVER APELACIÓN
Ubicación Año 2021) (en S/)1/ CIÓN
tivo tivo hábiles)
NO APLICA
b) Declaración Jurada de contar con la autorización sectorial respectiva en
el caso de aquellas actividades que conforme a Ley la requieran de manera
previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento.
c) Cuando se trate de un inmueble declarado Monumento integrante del
Patrimonio Cultural de la Nación, presentar copia simple de la autorización
expedida por el Ministerio de Cultura, conforme a la Ley 28296, Ley General
del Patrimonio Cultural de la Nación, excepto en los casos en que el
Ministerio de Cultura haya participado en las etapas de remodelación y
monitoreo de ejecución de obras previas inmediatas a la solicitud de la
licencia del local. La exigencia de la autorización del Ministerio de Cultura
para otorgar licencias de funcionamiento se aplica exclusivamente para los
inmuebles declarados Monumentos integrantes del Patrimonio Cultural
de la Nación.

Nota:
- No se requiere solicitar una modificación, ampliación o nueva licencia de
funcionamiento, ni una licencia de funcionamiento para cesionarios, cuando
el titular de una licencia de funcionamiento o un tercero cesionario, bajo
responsabilidad de dicho titular, desarrolle alguna de las actividades
simultáneas y adicionales que establezca el Ministerio de la Producción,
si no se afecten las condiciones de seguridad del establecimiento.
- No son exigibles el croquis de ubicación, plano de arquitectura de la
distribución existente y detalle del cálculo de aforo, plano de distribución
de tableros eléctricos, diagramas unifilares y cuadro de cargas; en el caso
de edificaciones que cuentan con conformidad de obra y no han sufrido
modificaciones, siempre que se trate de documentos que fueron presentados
a la Municipalidad durante los cinco (5) años anteriores inmediatos.

6.8 LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA CESIONARIOS EN 1 Solicitud de Licencia de Funcionamiento, con carácter de Declaración Formato de X 8 días Subgerencia de Subgerente de Subgerente de Gerente de
EDIFICACIONES CALIFICADAS CON NIVEL DE RIESGO MUY ALTO Jurada, que incluya: declaración 437.10 hábiles Atención al Desarrollo Desarrollo Rentas y Desarrollo
(Con ITSE previa) a) Tratándose de personas jurídicas u otros entes colectivos: su número de jurada para Ciudadano y Empresarial y Empresarial y Económico
R.U.C. y el número de D.N.I. o Carné de Extranjería de su representante licencia de Gestión Documental Comercialización Comercialización
Base Legal legal. funcionamiento
b) Tratándose de personas naturales: su número de R.U.C y el número
* Artículos 3, 6, 7 y 8 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28976, Ley D.N.I. o Carné de Extranjería, y el número de D.N.I. o Carné de Plazo para Plazo para
Marco de Licencia de Funcionamiento y los formatos actualizados de Extranjería del representante en caso actúen mediante representación. presentar recurso presentar recurso
Declaración Jurada, aprobado por Decreto Supremo Nº 163-2020-PCM, 2 En el caso de personas jurídicas u otros entes colectivos, Declaración es de quince es de quince
publicado el 03/10/2020. Jurada del representante legal o apoderado señalando que su poder se (15) días (15) días
* Artículo 25 del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad encuentra vigente, consignando el número de Partida Electrónica y hábiles hábiles
en Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2018-PCM, asiento de inscripción en la Superintendencia Nacional de Registros
publicado el 05/01/2018. Públicos (SUNARP). Tratándose de representación de personas naturales, Plazo para Plazo para
adjuntar carta poder simple firmada por el poderdante indicando de manera Resolver es Resolver es
obligatoria su número de documento de identidad, salvo que se trate de de treinta (30) de treinta (30)
apoderados con poder inscrito en SUNARP, en cuyo caso basta una días hábiles días hábiles
Declaración Jurada en los mismos términos establecidos para personas
jurídicas.
3 Croquis de ubicación.
4 Plano de arquitectura de la distribución existente y detalle del cálculo de aforo.
5 Plano de distribución de tableros eléctricos, diagramas unifilares y cuadro
de cargas.
6 Certificado vigente de medición de resistencia del sistema de puesta a tierra.
7 Plan de Seguridad del Establecimiento Objeto de Inspección.
8 Memoria o protocolos de pruebas de operatividad y/o mantenimiento de los
equipos de seguridad y protección contra incendio.
9 Requisitos especiales: en los supuestos que a continuación se indican, son

9 Op. 1973810-2
NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de julio de 2021

ANEXO 1: DECRETO DE ALCALDÍA N° 011-2021-MPL


REQUISITOS CALIFICACIÓN PLAZO INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE
DERECHO DE
Evaluación PARA RECURSOS
TRAMITACIÓN (*) AUTORIDAD
DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y Formula-rio Previa RESOLVER INICIO DEL
N° Auto- COMPETENTE
BASE LEGAL Número y Denominación / Código / (en % UIT PROCEDIMIENTO RECONSIDERA
mático Posi- Nega (en días PARA RESOLVER APELACIÓN
Ubicación Año 2021) (en S/)1/ CIÓN
tivo tivo hábiles)
NO APLICA
exigibles los siguientes requisitos:
a) Declaración Jurada de contar con título profesional vigente y encontrarse
habilitado por el colegio profesional correspondiente, en el caso de servicios
relacionados con la salud.
b) Declaración Jurada de contar con la autorización sectorial respectiva en
el caso de aquellas actividades que conforme a Ley la requieran de manera
previa al otorgamiento de la licencia de funcionamiento.
c) Cuando se trate de un inmueble declarado Monumento integrante del
Patrimonio Cultural de la Nación, presentar copia simple de la autorización
expedida por el Ministerio de Cultura, conforme a la Ley 28296, Ley General
del Patrimonio Cultural de la Nación, excepto en los casos en que el
Ministerio de Cultura haya participado en las etapas de remodelación y
monitoreo de ejecución de obras previas inmediatas a la solicitud de la
licencia del local. La exigencia de la autorización del Ministerio de Cultura
para otorgar licencias de funcionamiento se aplica exclusivamente para los
inmuebles declarados Monumentos integrantes del Patrimonio Cultural
de la Nación.

Nota:
- No se requiere solicitar una modificación, ampliación o nueva licencia de
funcionamiento, ni una licencia de funcionamiento para cesionarios, cuando
el titular de una licencia de funcionamiento o un tercero cesionario, bajo
responsabilidad de dicho titular, desarrolle alguna de las actividades
simultáneas y adicionales que establezca el Ministerio de la Producción,
si no se afecten las condiciones de seguridad del establecimiento.
- No son exigibles el croquis de ubicación, plano de arquitectura de la
distribución existente y detalle del cálculo de aforo, plano de distribución
de tableros eléctricos, diagramas unifilares y cuadro de cargas; en el caso
de edificaciones que cuentan con conformidad de obra y no han sufrido
modificaciones, siempre que se trate de documentos que fueron presentados
a la Municipalidad durante los cinco (5) años anteriores inmediatos.

6.13 TRANSFERENCIA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO O CAMBIO 1 Formato de declaración jurada para licencia de funcionamiento. Formato de X Subgerencia de Subgerente de
DE DENOMINACIÓN O NOMBRE COMERCIAL DE LA PERSONA 2 Copia simple del contrato de transferencia, en caso transferencia de declaración 38.60 Atención al Desarrollo
JURÍDICA la licencia de funcionamiento. jurada para Ciudadano y Empresarial y
licencia de Gestión Documental Comercialización
Base Legal funcionamiento

* Artículo 13 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28976, Ley


Marco de Licencia de Funcionamiento y los formatos actualizados de
Declaración Jurada, aprobado por Decreto Supremo Nº 163-2020-PCM,
publicado el 03/10/2020.

6.16 CESE DE ACTIVIDADES 1 Comunicación de cese de actividades. Formato de GRATUITO X Subgerencia de Subgerente de
declaración Atención al Desarrollo
Base Legal jurada para Ciudadano y Empresarial y
licencia de Gestión Documental Comercialización
* Artículo 14 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28976, Ley funcionamiento
Marco de Licencia de Funcionamiento y los formatos actualizados de
Declaración Jurada, aprobado por Decreto Supremo Nº 163-2020-PCM,
publicado el 03/10/2020.

10 Op. 1973810-2
NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de julio de 2021

ANEXO 1: DECRETO DE ALCALDÍA N° 011-2021-MPL


REQUISITOS CALIFICACIÓN PLAZO INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE
DERECHO DE
Evaluación PARA RECURSOS
TRAMITACIÓN (*) AUTORIDAD
DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y Formula-rio Previa RESOLVER INICIO DEL
N° Auto- COMPETENTE
BASE LEGAL Número y Denominación / Código / (en % UIT PROCEDIMIENTO RECONSIDERA
mático Posi- Nega (en días PARA RESOLVER APELACIÓN
Ubicación Año 2021) (en S/)1/ CIÓN
tivo tivo hábiles)
NO APLICA

GERENCIA DE DESARROLLO URBANO Y DEL AMBIENTE


SUBGERENCIA DE GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES: PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
7.1.1 INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES 1 Solicitud de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones - ITSE, Solicitud de X 9 días Subgerencia de Subgerente de Subgerente de Gerente de
POSTERIOR AL INICIO DE ACTIVIDADES PARA ESTABLECIMIENTOS indicando número y fecha de pago por el derecho de trámite y adjuntando Inspección Técnica 80.90 Atención al Gestiòn del Riesgo Gestiòn del Riesgo Desarrollo y del
OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO Declaración Jurada de Cumplimiento de Condiciones de Seguridad en de Seguridad en Ciudadano y de Desastres de Desastres Ambiente
BAJO Edificaciones Edificaciones - ITSE Gestión Documental
(Anexo 1 del
Base Legal Manual de ITSE) Plazo para Plazo para
presentar recurso presentar recurso
• Literal x) del artículo 2, Artículos 11, 14, numerales 15.3 y 15.4 del Declaración es de quince es de quince
artículo 15, artículos 21 al 23, numeral 33.1 del artículo 33 y artículo 35 jurada de (15) días (15) días
y 37, del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad Nota: cumplimiento hábiles hábiles
en Edificaciones, aprobado por del Decreto Supremo N° 002-2018-PCM, - Solicitud de ITSE de acuerdo con el Anexo 1 de la Resolución Jefatural de
publicado el 05/01/2018. Nº 16-2018-CENEPRED/J, Manual de Ejecución de Inspección Técnica condiciones Plazo para Plazo para
* Decrrto Supremo N° 043-2021-PCM (12/03/21), y Fe de Erratas (24/03/2021) de Seguridad en Edificaciones, publicada el 23/01/2018. de seguridad Resolver es Resolver es
en edificaciones de treinta (30) de treinta (30)
(Anexo 4 del días hábiles días hábiles
Manual de ITSE)

7.1.2 INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES 1 Solicitud de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones - ITSE, Solicitud de X 9 días Subgerencia de Subgerente de Subgerente de Gerente de
POSTERIOR AL INICIO DE ACTIVIDADES PARA ESTABLECIMIENTOS indicando número y fecha de pago por el derecho de trámite y adjuntando Inspección Técnica 92.00 Atención al Gestiòn del Riesgo Gestiòn del Riesgo Desarrollo y del
OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO Declaración Jurada de Cumplimiento de Condiciones de Seguridad en de Seguridad en Ciudadano y de Desastres de Desastres Ambiente
MEDIO Edificaciones Edificaciones - ITSE Gestión Documental
(Anexo 1 del
Base Legal Manual de ITSE) Plazo para Plazo para
presentar recurso presentar recurso
• Literal x) del artículo 2, Artículos 11, 14, numerales 15.3 y 15.4 del Declaración es de quince es de quince
artículo 15, artículos 21 al 23, numeral 33.1 del artículo 33 y artículo 35 jurada de (15) días (15) días
y 37, del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad Nota: cumplimiento hábiles hábiles
en Edificaciones, aprobado por del Decreto Supremo N° 002-2018-PCM, - Solicitud de ITSE de acuerdo con el Anexo 1 de la Resolución Jefatural de
publicado el 05/01/2018. Nº 16-2018-CENEPRED/J, Manual de Ejecución de Inspección Técnica condiciones Plazo para Plazo para
* Decrrto Supremo N° 043-2021-PCM (12/03/21), y Fe de Erratas (24/03/2021) de Seguridad en Edificaciones, publicada el 23/01/2018. de seguridad Resolver es Resolver es
en edificaciones de treinta (30) de treinta (30)
(Anexo 4 del días hábiles días hábiles
Manual de ITSE)

7.2.1 RENOVACIÓN DEL CERTIFICADO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE 1 Solicitud de renovación del certificado de ITSE, indicando número y fecha Solicitud de X 7 días Subgerencia de Subgerente de Subgerente de Gerente de
SEGURIDAD EN EDIFICACIONES PARA ESTABLECIMIENTOS de pago por el derecho de trámite y adjuntando la Declaración Jurada para Renovación del 80.60 Atención al Gestiòn del Riesgo Gestiòn del Riesgo Desarrollo y del
OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO la Renovación del Certificado de Inspección Técnica de Seguridad de Certificado de ITSE Ciudadano y de Desastres de Desastres Ambiente
BAJO Edificaciones. Gestión Documental
Declaración
Jurada Para Plazo para Plazo para
Base Legal Nota: Renovación del presentar recurso presentar recurso
- Solicitud de renovación del certificado de ITSE contenido en el Anexo 1 Certificado de es de quince es de quince
• Literal x) del artículo 2, numeral 15.4 del artículo 15 y artículo 24, 38, de la Resolución Jefatural Nº 16-2018-CENEPRED/J, Manual de de Inspección (15) días (15) días
del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Ejecución de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones, Técnica de hábiles hábiles
Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2018-PCM, publicada el 23/01/2018. Seguridad en
publicado el 05/01/2018. Edificaciones Plazo para Plazo para
* Decrrto Supremo N° 043-2021-PCM (12/03/21), y Fe de Erratas (24/03/2021) (Anexo 5 del Resolver es Resolver es
Manual de ITSE) de treinta (30) de treinta (30)
días hábiles días hábiles

11 Op. 1973810-2
NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de julio de 2021

ANEXO 1: DECRETO DE ALCALDÍA N° 011-2021-MPL


REQUISITOS CALIFICACIÓN PLAZO INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE
DERECHO DE
Evaluación PARA RECURSOS
TRAMITACIÓN (*) AUTORIDAD
DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y Formula-rio Previa RESOLVER INICIO DEL
N° Auto- COMPETENTE
BASE LEGAL Número y Denominación / Código / (en % UIT PROCEDIMIENTO RECONSIDERA
mático Posi- Nega (en días PARA RESOLVER APELACIÓN
Ubicación Año 2021) (en S/)1/ CIÓN
tivo tivo hábiles)
NO APLICA
7.2.2 RENOVACIÓN DEL CERTIFICADO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE 1 Solicitud de renovación del certificado de ITSE, indicando número y fecha Solicitud de X 7 días Subgerencia de Subgerente de Subgerente de Gerente de
SEGURIDAD EN EDIFICACIONES PARA ESTABLECIMIENTOS de pago por el derecho de trámite y adjuntando la Declaración Jurada para Renovación del 89.90 Atención al Gestiòn del Riesgo Gestiòn del Riesgo Desarrollo y del
OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO la Renovación del Certificado de Inspección Técnica de Seguridad de Certificado de ITSE Ciudadano y de Desastres de Desastres Ambiente
MEDIO Edificaciones. Gestión Documental
Declaración
Jurada Para Plazo para Plazo para
Base Legal Nota: Renovación del presentar recurso presentar recurso
- Solicitud de renovación del certificado de ITSE contenido en el Anexo 1 Certificado de es de quince es de quince
• Literal x) del artículo 2, numeral 15.4 del artículo 15 y artículo 24, 38, de la Resolución Jefatural Nº 16-2018-CENEPRED/J, Manual de de Inspección (15) días (15) días
del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Ejecución de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones, Técnica de hábiles hábiles
Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2018-PCM, publicada el 23/01/2018. Seguridad en
publicado el 05/01/2018. Edificaciones Plazo para Plazo para
* Decrrto Supremo N° 043-2021-PCM (12/03/21), y Fe de Erratas (24/03/2021) (Anexo 5 del Resolver es Resolver es
Manual de ITSE) de treinta (30) de treinta (30)
días hábiles días hábiles

7.3.1 INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES 1 Solicitud de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones – ITSE, Solicitud de X 7 días Subgerencia de Subgerente de Subgerente de Gerente de
PREVIA AL INICIO DE ACTIVIDADES PARA ESTABLECIMIENTOS indicando el número y la fecha de pago, por el derecho de trámite. Inspección Técnica 197.70 Atención al Gestiòn del Riesgo Gestiòn del Riesgo Desarrollo y del
OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO 2 Documentos técnicos en copia simple, firmados por el profesional o de Seguridad en Ciudadano y de Desastres de Desastres Ambiente
ALTO empresa responsable, cuando corresponda. Las características de Edificaciones - ITSE Gestión Documental
estos requisitos se encuentran especificadas en el Manual de Ejecución (Anexo 1 del
Base Legal de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones: Manual de ITSE) Plazo para Plazo para
a) Croquis de ubicación. presentar recurso presentar recurso
• Literal x) del artículo 2, Artículo 11, 14, numerales 15.3 y 15.4 del artículo 15, b) Plano de arquitectura de la distribución existente y detalle de cálculo es de quince es de quince
artículos 25 al 28, numeral 33.2 del artículo 33 y artículos 36 y 37, del Nuevo de aforo. (15) días (15) días
Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, aprobado c) Plano de Distribución de tableros eléctricos, diagramas unifilares y hábiles hábiles
por Decreto Supremo N° 002-2018-PCM, publicado el 05/01/2018. cuadro de cargas.
* Decrrto Supremo N° 043-2021-PCM (12/03/21), y Fe de Erratas (24/03/2021) d) Certificado vigente de medición de resistencia del sistema de puesta Plazo para Plazo para
a tierra. Resolver es Resolver es
e) Plan de seguridad del Establecimiento Objeto de Inspección. de treinta (30) de treinta (30)
f) Memoria o protocolos de pruebas de operatividad y/o mantenimiento días hábiles días hábiles
de los equipos de seguridad y protección contra incendio.

Notas:
- Solicitud de ITSE de acuerdo con el Anexo 1 de la Resolución Jefatural
Nº 16-2018-CENEPRED/J, Manual de Ejecución de Inspección Técnica
de Seguridad en Edificaciones, publicada el 23/01/2018.
- No son exigibles el croquis ni planos a que se refieren los literales a), b)
y c) del numeral precedente en el caso de edificaciones que cuentan con
conformidad de obra y no han sufrido modificaciones, siempre que se trate
de documentos que fueron presentados a la Municipalidad durante los
cinco (5) años anteriores inmediatos, de conformidad con lo establecido en
el artículo 48 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General.

7.3.2 INSPECCIÓN TÉCNICA DE SEGURIDAD EN EDIFICACIONES 1 Solicitud de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones – ITSE, Solicitud de X 7 días Subgerencia de Subgerente de Subgerente de Gerente de
PREVIA AL INICIO DE ACTIVIDADES PARA ESTABLECIMIENTOS indicando el número y la fecha de pago, por el derecho de trámite. Inspección Técnica 309.60 Atención al Gestiòn del Riesgo Gestiòn del Riesgo Desarrollo y del
OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO 2 Documentos técnicos en copia simple, firmados por el profesional o de Seguridad en Ciudadano y de Desastres de Desastres Ambiente
MUY ALTO empresa responsable, cuando corresponda. Las características de Edificaciones - ITSE Gestión Documental
estos requisitos se encuentran especificadas en el Manual de Ejecución (Anexo 1 del
Base Legal de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones: Manual de ITSE) Plazo para Plazo para
a) Croquis de ubicación. presentar recurso presentar recurso
• Literal x) del artículo 2, Artículo 11, 14, numerales 15.3 y 15.4 del artículo 15, b) Plano de arquitectura de la distribución existente y detalle de cálculo es de quince es de quince
artículos 25 al 28, numeral 33.2 del artículo 33 y artículos 36 y 37, del Nuevo de aforo. (15) días (15) días

12 Op. 1973810-2
NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de julio de 2021

ANEXO 1: DECRETO DE ALCALDÍA N° 011-2021-MPL


REQUISITOS CALIFICACIÓN PLAZO INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE
DERECHO DE
Evaluación PARA RECURSOS
TRAMITACIÓN (*) AUTORIDAD
DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y Formula-rio Previa RESOLVER INICIO DEL
N° Auto- COMPETENTE
BASE LEGAL Número y Denominación / Código / (en % UIT PROCEDIMIENTO RECONSIDERA
mático Posi- Nega (en días PARA RESOLVER APELACIÓN
Ubicación Año 2021) (en S/)1/ CIÓN
tivo tivo hábiles)
NO APLICA
Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, aprobado c) Plano de Distribución de tableros eléctricos, diagramas unifilares y hábiles hábiles
por Decreto Supremo N° 002-2018-PCM, publicado el 05/01/2018. cuadro de cargas.
* Decrrto Supremo N° 043-2021-PCM (12/03/21), y Fe de Erratas (24/03/2021) d) Certificado vigente de medición de resistencia del sistema de puesta Plazo para Plazo para
a tierra. Resolver es Resolver es
e) Plan de seguridad del Establecimiento Objeto de Inspección. de treinta (30) de treinta (30)
f) Memoria o protocolos de pruebas de operatividad y/o mantenimiento días hábiles días hábiles
de los equipos de seguridad y protección contra incendio.

Notas:
- Solicitud de ITSE de acuerdo con el Anexo 1 de la Resolución Jefatural
Nº 16-2018-CENEPRED/J, Manual de Ejecución de Inspección Técnica
de Seguridad en Edificaciones, publicada el 23/01/2018.
- No son exigibles el croquis ni planos a que se refieren los literales a), b)
y c) del numeral precedente en el caso de edificaciones que cuentan con
conformidad de obra y no han sufrido modificaciones, siempre que se trate
de documentos que fueron presentados a la Municipalidad durante los
cinco (5) años anteriores inmediatos, de conformidad con lo establecido en
el artículo 48 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General.

7.4.1 RENOVACIÓN DEL CERTIFICADO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE 1 Solicitud de renovación del certificado de ITSE, indicando número y fecha Solicitud de X 9 días Subgerencia de Subgerente de Subgerente de Gerente de
SEGURIDAD EN EDIFICACIONES PARA ESTABLECIMIENTOS de pago por el derecho de trámite y adjuntando la Declaración Jurada para Renovación del 173.00 Atención al Gestiòn del Riesgo Gestiòn del Riesgo Desarrollo y del
OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO la Renovación del Certificado de ITSE. Certificado de ITSE Ciudadano y de Desastres de Desastres Ambiente
ALTO Gestión Documental
Declaración
Jurada Para Plazo para Plazo para
Base Legal Nota: Renovación del presentar recurso presentar recurso
- Solicitud de renovación del certificado de ITSE contenido en el Anexo 1 Certificado de es de quince es de quince
• Literal x) del artículo 2, artículo 11, numeral 15.4 del artículo 15 y de la Resolución Jefatural Nº 16-2018-CENEPRED/J, Manual de de Inspección (15) días (15) días
artículo 29, 38 del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Ejecución de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones, Técnica de hábiles hábiles
Seguridad en Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo N° publicada el 23/01/2018. Seguridad en
002-2018-PCM, publicado el 05/01/2018. Edificaciones Plazo para Plazo para
* Decrrto Supremo N° 043-2021-PCM (12/03/21), y Fe de Erratas (24/03/2021) (Anexo 5 del Resolver es Resolver es
Manual de ITSE) de treinta (30) de treinta (30)
días hábiles días hábiles

7.4.2 RENOVACIÓN DEL CERTIFICADO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE 1 Solicitud de renovación del certificado de ITSE, indicando número y fecha Solicitud de X 9 días Subgerencia de Subgerente de Subgerente de Gerente de
SEGURIDAD EN EDIFICACIONES PARA ESTABLECIMIENTOS de pago por el derecho de trámite y adjuntando la Declaración Jurada para Renovación del 294.20 Atención al Gestiòn del Riesgo Gestiòn del Riesgo Desarrollo y del
OBJETO DE INSPECCIÓN CLASIFICADOS CON NIVEL DE RIESGO la Renovación del Certificado de ITSE. Certificado de ITSE Ciudadano y de Desastres de Desastres Ambiente
MUY ALTO Gestión Documental
Declaración
Jurada Para Plazo para Plazo para
Base Legal Nota: Renovación del presentar recurso presentar recurso
- Solicitud de renovación del certificado de ITSE contenido en el Anexo 1 Certificado de es de quince es de quince
• Literal x) del artículo 2, artículo 11, numeral 15.4 del artículo 15 y de la Resolución Jefatural Nº 16-2018-CENEPRED/J, Manual de de Inspección (15) días (15) días
artículo 29, 38 del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Ejecución de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones, Técnica de hábiles hábiles
Seguridad en Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo N° publicada el 23/01/2018. Seguridad en
002-2018-PCM, publicado el 05/01/2018. Edificaciones Plazo para Plazo para
* Decrrto Supremo N° 043-2021-PCM (12/03/21), y Fe de Erratas (24/03/2021) (Anexo 5 del Resolver es Resolver es
Manual de ITSE) de treinta (30) de treinta (30)
días hábiles días hábiles

7.5 EVALUACIÓN DE CONDICIONES DE SEGURIDAD EN ESPECTÁCULOS 1 Solicitud de Evaluación de las Condiciones de Seguridad de un Solicitud de X 6 días Subgerencia de Subgerente de Subgerente de Gerente de
PÚBLICOS DEPORTIVOS Y NO DEPORTIVOS (ECSE) CON UNA Espectáculo público deportivo o no deportivo – ECSE, indicando número ECSE 189.10 Atención al Gestiòn del Riesgo Gestiòn del Riesgo Desarrollo y del

13 Op. 1973810-2
NORMAS LEGALES Lima, sábado 17 de julio de 2021

ANEXO 1: DECRETO DE ALCALDÍA N° 011-2021-MPL


REQUISITOS CALIFICACIÓN PLAZO INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE
DERECHO DE
Evaluación PARA RECURSOS
TRAMITACIÓN (*) AUTORIDAD
DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Y Formula-rio Previa RESOLVER INICIO DEL
N° Auto- COMPETENTE
BASE LEGAL Número y Denominación / Código / (en % UIT PROCEDIMIENTO RECONSIDERA
mático Posi- Nega (en días PARA RESOLVER APELACIÓN
Ubicación Año 2021) (en S/)1/ CIÓN
tivo tivo hábiles)
NO APLICA
CONCURRENCIA DE HASTA 3,000 PERSONAS y fecha de pago por el derecho de trámite. (Anexo 1 del Ciudadano y de Desastres de Desastres Ambiente
2 Declaración Jurada suscrita por el solicitante; en el caso de persona jurídica Manual de ITSE) Gestión Documental
Base Legal o de persona natural que actúe mediante representación, el representante
legal o apoderado debe consignar los datos registrales de su poder y Plazo para Plazo para
• Artículos 39, 40, 41, 47, 48 y 49, del Nuevo Reglamento de Inspecciones señalar que se encuentre vigente. presentar recurso presentar recurso
Técnicas de Seguridad en Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 3 Croquis de ubicación del lugar o reciento donde se tiene previsto es de quince es de quince
002-2018-PCM, publicado el 05/01/2018. realizar el espectáculo. (15) días (15) días
* Decrrto Supremo N° 043-2021-PCM (12/03/21), y Fe de Erratas (24/03/2021) 4 Plano de la arquitectura indicando la distribución del escenario, mobiliario hábiles hábiles
y otros, así como el cálculo de aforo.
5 Memoria descriptiva, incluyendo un resumen de la programación de Plazo para Plazo para
actividades, del proceso de montaje o acondicionamiento de las estructuras; Resolver es Resolver es
instalaciones eléctricas, instalaciones de seguridad y protección contra de treinta (30) de treinta (30)
incendios y mobiliario. días hábiles días hábiles
6 Protocolo de medición del sistema de puesta a tierra con vigencia no
menor a un (1) año, en caso haga uso de instalaciones eléctricas.
7 Constancia de operatividad y mantenimiento de extintores firmado
por la empresa responsable.
8 Plan de seguridad para el Evento, que incluya Plano de señalización,
rutas de evacuación y ubicación de zonas seguras para los asistentes
al evento.
9 Declaración jurada de la instalación segura del sistema de gas licuado
de petróleo (GLP), en caso corresponda.
10 En caso de uso de juegos mecánicos y/o electromecánicos, memoria
descriptiva de seguridad de la instalación de las estructuras e instalaciones
eléctricas.
11 Certificado de ITSE, si se trata de un establecimiento o recinto, en
caso no lo haya expedido la Municipalidad. En caso contrario, se debe
consignar la numeración del mismo en el formato de solicitud.

Notas:
- Los documentos se presentan en copia simple.
- Solicitud de acuerdo con el Anexo 1 de la Resolución Jefatural Nº
16-2018-CENEPRED/J, Manual de Ejecución de Inspección Técnica
de Seguridad en Edificaciones, publicada el 23/01/2018.
- La memoria descriptiva debe incluir un cronograma de actividades con
las fechas programadas para el montaje e instalaciones a realizar.

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7.6 DUPLICADO DEL CERTIFICADO DE INSPECCIÓN TÉCNICA DE 1 Solicitud, indicando número y fecha de pago por el derecho de trámite. X Subgerencia de Subgerente de
SEGURIDAD EN EDIFICACIONES 30.70 Atención al Gestiòn del Riesgo
Ciudadano y de Desastres
Base Legal Gestión Documental

• Numeral 43.2 del artículo 43 y artículo 118 del Texto Único Ordenado
de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General,
aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, publicado el 25/01/2019.
* Decrrto Supremo N° 043-2021-PCM (12/03/21), y Fe de Erratas (24/03/2021)

Nota:
/1 La forma de pago es dineraria y al contado.

14 Op. 1973810-2

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