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Mitigación Ambiental

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CONSORCIO SALUD & VIDA

PLAN DE MITIGACIÓN AMBIENTAL

“MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL PUESTO DE


SALUD DE PRIMER NIVEL DE ATENCIÓN CATEGORIA I-1 EN EL
CENTRO POBLADO DE HUAYACUNDO ARMA, MICRORED
HUAYTARÁ, RED HUAYTARÁ, DISTRITO DE HUAYACUNDO
ARMA, PROVINCIA DE HUAYTARÁ – HUANCAVELICA”

ARMA - 2020

1
CONTENIDO
OBJETIVO................................................................................................................................................................3

MARCO LEGAL......................................................................................................................................................3

NORMATIVIDAD VIGENTE................................................................................................................................7

MARCO INSTITUCIONAL..................................................................................................................................10

Descripción General del Proyecto.......................................................................................................................10


Nombre del Proyecto.......................................................................................................................................10
Ubicación........................................................................................................................................................10
RESUMEN EJECUTIVO......................................................................................................................................12

ALCANCE..............................................................................................................................................................12

MEDIDAS...............................................................................................................................................................12

IMPACTOS MITIGADOS.....................................................................................................................................12

MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES IDENTIFICADOS 13

PROGRAMA DE MANEJO DE CALIDAD DEL AIRE..................................................................................13


PROGRAMA DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS..................................................................................13
MEDIDAS Y CONTROLES GENERALES IMPLEMENTADOS.......................................................................17

ACCION: GENERACIÓN DE RESIDUOS..........................................................................................................17

IMPACTO...............................................................................................................................................................17

MEDIDA PROPUESTA.........................................................................................................................................17

ACCION: DISPOSCIÓN DE MATERIALES DE DESCARTE...........................................................................18

ACCIÓN: EXCAVACIONES Y MOVIMIENTOS DE TIERRA.........................................................................18

ACCION: COMPACTACIÓN...............................................................................................................................19

ACCION: ALTERACIÓN DEL PAISAJE LOCAL..............................................................................................19

ACCION: PÉRDIDA DE COBERTURA VEGETAL...........................................................................................20

OTRAS MEDIDAS................................................................................................................................................20

ANEXOS.................................................................................................................................................................21
OBJETIVO

Establecer un conjunto de medidas que permitirán prevenir, controlar, corregir, evitar o


mitigar los efectos sobre el medio ambiente y las obras, durante las etapas de construcción y
operación del proyecto. Este plan está orientado a la defensa y protección de los componentes
ambientales del área de influencia del proyecto, potencialmente afectable por la ejecución del
mismo.

MARCO LEGAL
Para efectos de la realización del presente documento de gestión ambiental se presenta a
detalle el marco legal ambiental aplicable:
 Constitución Política del Perú

La Constitución Política del Perú de 1979, en su artículo 123° establece: "Todos tienen el
derecho de habitar en ambiente saludable, ecológicamente equilibrado y adecuado para el
desarrollo de la vida y la preservación del paisaje y la naturaleza. Es obligación del Estado
prevenir y controlar la contaminación ambiental. Aspecto que se ratifica en la Constitución
Política de 1993, señalando en su artículo 2°, inciso 22 que: "Toda persona tiene derecho a: la
paz, la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como gozar de un ambiente
equilibrado y adecuado de desarrollo de su vida". Asimismo, en los artículos 66°, 67°, 68° y
69° se señala que “los recursos naturales renovables y no renovables son patrimonio de la
nación, promoviendo el estado al uso sostenible de éstos, así como, la conservación de la
diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas”.
Asimismo, la Constitución protege el derecho de propiedad y así le garantiza el Estado, pues a
nadie puede privarse de su propiedad (Art. 70°). Sin embargo, cuando se requiere desarrollar
proyectos de interés nacional declarados por Ley, éstos podrán expropiar propiedades para su
ejecución, para lo cual, se deberá indemnizar previamente a las personas y/o familias que
resulten afectadas.
 Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales

Fue establecido por DL N° 613, del 07-09-1990. Este código señala en el ítem 4 del Título
Preliminar, que toda persona tiene el derecho irrenunciable a gozar de un ambiente saludable,
así como al debe de conservar el ambiente, precisando que es obligación del estado mantener
la calidad de vida de las personas a un nivel compatible con la dignidad humana.
Capítulo XIV, Art. 84°. No se permitirán en las zonas ocupadas por asentamientos humanos
la localización de proyectos y otras actividades que signifiquen algún grado de peligrosidad
para la población.
Capítulo XV, De la prevención de los desastres naturales. Le corresponde prevenir y controlar
la contaminación ambiental y cualquier proceso de deterioro o depredación de los recursos
naturales que pueda interferir en el normal desarrollo de toda forma de vida y de la sociedad.
Las personas están obligadas a contribuir y colaborar inexcusablemente con estos propósitos.
 La Ley General del Ambiente

En su Capítulo III: Gestión Ambiental, Articulo Nº 25: “De los estudios de impacto
ambiental”, indica que los estudios de impacto ambiental, son instrumentos de gestión que
contienen una descripción de la actividad propuesta y de los efectos directos o indirectos
previsibles de dicha actividad en el medio ambiente físico y social, a corto y largo plazo, así
como la evaluación técnica del mismo.

 Código Penal - Delitos contra la Ecología

Para penalizar cualquier alteración del Medio Ambiente, se dicta el D. Leg. N° 635, del 08
-04- 91 Delitos contra la Ecología, que en su artículo 304° precisa: que el que contamine el
ambiente con residuos sólidos, líquidos o gaseosos, por encima de límites permisibles, será
reprimido con pena privativa de la libertad no menor de un (1) año, ni mayor de tres (3) años.
Asimismo, la Ley N° 26631, del 21 de junio de 1996 dicta normas para efectos de formalizar
denuncia por infracción de la Legislación Ambiental, la cual en su artículo 1°, establece que:
“La formalización de la denuncia por los delitos tipificados en título Décimo Tercero del
Libro Segundo del Código Penal, requerirá de las entidades sectoriales competentes, opinión
fundamentada por escrito sobre si se ha infringido la legislación ambiental”.
 Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada

D.Leg. N° 757, del 13-11-91. El marco general de política para la actividad privada y la
conservación del ambiente está expresado por el Artículo 49°, donde se señala que el Estado
estimula el equilibrio racional sobre el desarrollo socioeconómico, la conservación del
ambiente y el uso sostenido de los recursos naturales; garantizando la debida seguridad
jurídica a los inversionistas mediante el establecimiento de normas claras de protección del
medio ambiente.
Asimismo, el Artículo 9° del mismo dispositivo deroga toda disposición legal que fije
modalidades de producción o índices de productividad, que prohíba u obligue a la utilización
de insumos o procesos tecnológicos. En general, que intervenga en los procesos productivos
de las empresas en función al tipo de actividad económica que desarrollen, su capacidad
instalada, o cualquier otro factor económico similar, salvo disposiciones legales referidas a la
higiene y seguridad industrial, la conservación del ambiente y la salud.
 Ley de Evaluación de Impacto Ambiental para Obras y Actividades

Ley Nº 26786, del 13-05-1997. Establece que los Ministerios deberán comunicar al Consejo
Nacional del Ambiente (CONAM) las regulaciones al respecto. Esta Ley no modifica las
atribuciones sectoriales en cuanto a las autoridades ambientales competentes.
Las actividades a realizarse no requerirán una coordinación directa con el CONAM. La
Autoridad Competente Ambiental para dichas actividades, hará de conocimiento respectivo al
CONAM, si el caso lo requiriese.
 Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental

Ley N° 27446, del 23-04-2001. Este dispositivo legal establece un sistema único y coordinado
de identificación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los impactos
ambientales negativos derivados de las acciones humanas expresadas a través de los proyectos
de inversión.
La norma señala diversas categorías en función al riesgo ambiental. Dichas categorías son las
siguientes: Categoría I – Declaración de Impacto Ambiental; Categoría II – Estudio de
Impacto Ambiental Semidetallado (EIA - sd), Categoría III – Estudio de Impacto Ambiental
Detallado (EIA - d). Cabe precisar que hasta la fecha no se ha expedido el Reglamento de esta
Ley.
 Ley General de Expropiación

Ley N° 27117. Esta Ley en su Art. 2° menciona que la expropiación consiste en la


transferencia forzosa del derecho de propiedad privada, autorizada únicamente por la ley
expresa del Congreso a favor del Estado, a iniciativa del Poder Ejecutivo, Regiones, o
Gobiernos Locales y previo pago en efectivo de la indemnización justipreciada que incluya
compensación por el eventual perjuicio.
En el Art. 3° dispone que el único beneficiado de una expropiación sea el Estado. El Art. 7°
menciona que todos los procesos de expropiación que se dispongan, al amparo de lo dispuesto
en el presente artículo deben ajustarse a lo establecido en la presente Ley. El Art. 9° está
referido al trato directo, donde se establecen mecanismos para acceder al trato directo, así
como los respectivos pasos para enmarcar los acuerdos a la Ley.
El Art. 10° establece la naturaleza del sujeto activo de la expropiación y el Art. 11° la del
sujeto pasivo de la expropiación. El Art. 15° está referido a la indemnización justipreciada, la
misma que por un lado comprende el valor de tasación comercial debidamente actualizado del
bien que se expropia y por otro, la compensación que el sujeto activo de la expropiación debe
abonar en caso de acreditarse fehacientemente daños y perjuicios para el sujeto pasivo
originados inmediata, directa y exclusivamente por la naturaleza forzosa de la transferencia.
Así también dentro de este mismo Artículo, se menciona que la indemnización justipreciada
no podrá ser inferior al valor comercial actualizado, ni exceder de la estimación del sujeto
pasivo.
El Art. 16° establece que el valor del bien se determinará mediante tasación comercial
actualizada que será realizada exclusivamente por el Consejo Nacional de Tasaciones. El Art.
19° referente a la forma de pago, establece que la consigna de la indemnización justipreciada,
debidamente actualizada, se efectuará necesariamente en dinero y en moneda nacional y
demás alcances relacionados a la indemnización justipreciada.
 Reglamento de Control de Explosivos de Uso Civil

D. S. N° 019-71-IN. Esta norma regula el uso civil de los explosivos. Los requisitos para las
autorizaciones y permisos para el transporte y manipulación de explosivos se encuentran en el
Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio del Interior aprobado
por D.S. N° 006-93-IN (30-09-93) y sus modificaciones D.S. N° 008-93-In (17-12-93) y D.S.
N° 004-94-In (30-04-94). Es necesario coordinar con al DISCAMEC el uso de explosivos
civiles.
 Ley Orgánica de Municipalidades

Ley N° 23853, del 08-06-19. En esta Ley se establece que la Municipalidad es una unidad
fundamental de la gestión local. El Municipio como gobierno local y como parte del estado
manifiesta una correlación de fuerzas sociales locales que se redefinen en el tiempo y en el
territorio.
Conforme lo establece el Art. 3o de esta Ley, las Municipalidades representan al vecindario,
promueven la adecuada prestación de servicios públicos locales, fomentan el bienestar de los
vecinos y el desarrollo integral y armónico de las circunscripciones de su jurisdicción.
En materia ambiental, las Municipalidades tienen las siguientes funciones:
- Velar por la conservación de la flora y fauna locales y promover ante las entidades las
acciones necesarias para el desarrollo, aprovechamiento racional y recuperación de los
recursos naturales ubicados en el territorio de su jurisdicción.
- Normar y controlar las actividades relacionadas con el saneamiento ambiental.
- Difundir programas de educación ambiental, é Propiciar campañas de forestación y
reforestación, é Establecer medidas de control de ruido de tránsito y del transporte
colectivo.
- Promover y asegurar la conservación y custodia del patrimonio cultural local y la
defensa y conservación de los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos,
colaborando con los organismos regionales y nacionales correspondientes en su
restauración y conservación.
 Ley General de Residuos Sólidos

Ley N° 27314, del 21-07-2000. Esta Ley establece los derechos, obligaciones, atribuciones y
responsabilidades de la sociedad en su conjunto, para asegurar una gestión y manejo de los
residuos sólidos, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a los principios de
minimización, prevención de riesgos ambientales y protección de la salud y el bienestar de la
persona humana.

NORMATIVIDAD VIGENTE

 Ministerio de Transportes y Comunicaciones

Es el organismo Rector del Sector Transportes y Comunicaciones, creado por Ley No. 27779,
del 23-07-02, que forma parte del Poder Ejecutivo y que constituye un pliego presupuestal
con autonomía administrativa y económica, de acuerdo a ley.
 Dirección General de Asuntos Socioambientales

El D.S. Nº 041-2002-MTC, del 22 de agosto del 2002, Reglamento de Organización y


Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, crea la Dirección General de
Asuntos Socioambientales. En su Artículo 73º establece que la Dirección General de Asuntos
Socioambientales se encarga de velar por el cumplimiento de las normas de conservación del
medio ambiente del subsector, con el fin de garantizar el adecuado manejo de los recursos
naturales durante el desarrollo de las obras de infraestructura de transportes; así como de
conducir los procesos de expropiación y reubicación que la misma requiera. Esta dirección
está a cargo de un Director General, quien depende del Vice-Ministerio de Transportes.
 Registro de Empresas o instituciones para elaborar CIA

R.M. N° 170-94-TCC/15.03, de! 27-04-1994. Mediante esta Resolución se apertura el registro


de Empresas o Instituciones Públicas o Privadas autorizadas para elaborar Estudios de
Impacto Ambiental en el sector de Transporte, Comunicaciones, Vivienda y Construcción.
 Aprueban Términos de Referencia para EIA en la construcción vial

R.M. N° 171-94-TCC/15.03, del 27-04-1994. Mediante esta Resolución se aprobaron los


Términos de Referencia para elaborar los Estudios de Impacto Ambiental en proyectos viales
los mismos que sustentan el contenido de los mencionados estudios. En su artículo 1o y 2o, se
hace referencia que antes de la ejecución de todo proyecto de infraestructura vial, se debe
elaborar previamente un Estudio de Impacto Ambiental.
 Declaran que las canteras de minerales no metálicos de materiales de
construcción ubicadas al lado de las carreteras en mantenimiento se encuentran
afectas a estas.

D.S. N°011-93-MTC. Esta norma declara que las canteras ubicadas al lado de las carreteras en
mantenimiento se encuentran afectadas a estas, se menciona también que las canteras de
minerales no metálicos que se encuentran hasta una distancia de 3 km. medidas a cada lado
del eje de la vía, se encuentra permanentemente afectados a estas y forman parte integrante de
dicha infraestructura vial.
Esta norma es modificada en su artículo 1o por el Decreto Supremo N°020-94-MTC en el que
se establece que en la selva el límite del área a afectar para canteras de materiales no
metálicos será de 15 km a cada lado de la vía; y dichas afectaciones se aplican a la red vial
nacional que incluye las rutas nacionales, departamentales y vecinales.
 "Aprovechamiento de canteras de materiales de construcción"

D.S.N° 037-96-EM, del 25-11-1996. Este Decreto Supremo establece en sus artículos 1° y 2°,
que las canteras de materiales de construcción utilizadas exclusivamente para la construcción,
rehabilitación o mantenimiento de obras de infraestructura que desarrollan las entidades del
Estado directamente o por contrata, ubicadas dentro de un radio de veinte kilómetros de la
obra o dentro de una distancia de hasta seis kilómetros medidos a cada lado del eje
longitudinal de las obras, se afectarán a éstas durante su ejecución y formarán parte integrante
de dicha Infraestructura, igualmente las Entidades de! Estado que estén sujetos a lo
mencionado anteriormente, previa calificación de la obra hecha por el MTC, informarán al
registro público de Minería el inicio de la ejecución de las obras y la ubicación de éstas.
 Explotación de Canteras

R.M. N0188-97-EM/VMM, del 12-05-97. Mediante esta resolución se establecen las medidas
a tomar para el inicio o reinicio de las actividades de explotación de canteras de materiales de
construcción, diseño de tajos, minado de las canteras, abandono de las canteras, acciones al
término del uso de la cantera y los plazos y acciones complementarias para el tratamiento de
las mismas.

 Seguridad e Higiene

El Manual Ambiental para el Diseño y Construcción de Vías del Ministerio de Transportes,


Comunicaciones, Vivienda y Construcción, en el numeral 2.4 Medidas Sanitarias y de
Seguridad Ambiental, señala las medidas preventivas y las normas sanitarias a seguir por los
Trabajadores y la Empresa. Establece también, los requisitos o características que deben tener
los campamentos, maquinarias y equipos, todo esto con el fin de evitar la ocurrencia de
epidemias de enfermedades infectocontagiosas, en especial aquellas de transmisión venérea,
que suelen presentarse en poblaciones cercanas a los campamentos de construcción de
carreteras, así mismo aquellas enfermedades que se producen por ingestión de aguas,
alimentos contaminados.
Además, referencialmente se cuenta con El Reglamento de Seguridad e Higiene Minera
aprobado mediante D.C. N° 023-02-EM del 0.10.02. Este reglamento tiene la finalidad de
promover y mantener los estándares más altos de bienestar físico y mental de los trabajadores
minero metalúrgico, proteger las instalaciones y propiedades y garantizar las fuentes de
trabajo, mejorando la productividad.
MARCO INSTITUCIONAL

En el Ámbito del proyecto, el marco institucional está representada básicamente por instituciones públicas como el
Ministerio de Salud, a través de Hospitales, Postas Médicas y Centros de Salud; el Ministerio de Educación; el Ministerio de
Agricultura, el Ministerio de Trabajo, el Ministerio Público; el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de
Pesquería, el Poder Judicial, los Gobiernos Locales.

Descripción General del Proyecto

Nombre del Proyecto

“Mejoramiento de los Servicios de Salud del Puesto de Salud de Primer Nivel de Atención
Categoría I-1 en el Centro Poblado de Huayacundo Arma, Microred Huaytará, Red Huaytará,
Distrito de Huayacundo Arma, Provincia de Huaytará – Huancavelica”

Ubicación
Departamento : Lima
Provincia : Huaytará
Distrito : Huayacundo Arma
Localidad : Huayacundo Arma
MAPA DE UBICACIÓN DEL PROYECTO
RESUMEN EJECUTIVO

El Plan de Mitigación Ambiental del proyecto de “Mejoramiento de los Servicios de


Salud del Puesto de Salud de Primer Nivel de Atención Categoría I-1 en el Centro
Poblado de Huayacundo Arma, Microred Huaytará, Red Huaytará, Distrito de
Huayacundo Arma, Provincia de Huaytará – Huancavelica” está considerado como
establecimiento de Primer Nivel de Atención Categoría I-1, Provincia de Huaytará –
Huancavelica, encargado de atenciones integrales ambulatorias y hospitalarias en
especialidades básicas, con acciones de promoción de la salud, prevención de riesgos y
daños, recuperación y rehabilitación de problemas de salud.

ALCANCE

El alcance del presente plan se indica a continuación:

- Etapa de Ejecución del Proyecto de “Mejoramiento de los Servicios de Salud del


Puesto de Salud de Primer Nivel de Atención Categoría I-1 en el Centro Poblado de
Huayacundo Arma, Microred Huaytará, Red Huaytará, Distrito de Huayacundo Arma,
Provincia de Huaytará – Huancavelica”

MEDIDAS

TIPO DE MEDIDA
-Prevención

IMPACTOS MITIGADOS
- Demora en el inicio de Obra
- Generación de Residuos Solidos
- Reacomodo de canteras explotadas
- Plantación de árboles y arbustos en zona de obra y perímetro de cantera
MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE LOS
IMPACTOS AMBIENTALES IDENTIFICADOS

Se presentaron las acciones a seguir para prevenir, mitigar, corregir y/o compensar los
impactos negativos identificados para el proyecto en cada una de sus etapas, incluyendo la
de cese o abandono total o parcial del proyecto. Es objeto de este capítulo del informe
ambiental es lograr que se generen las condiciones para que, con la aplicación de las
medidas de protección ambiental que se proponen, se consiga un ordenamiento en los
trabajos y tareas tendientes a una menor afectación al ambiente. Para ello se confeccionaron
tablas, en cuya columna izquierda se presentan los impactos identificados y en su columna
derecha, las acciones a seguir.

PROGRAMA DE MANEJO DE CALIDAD DEL AIRE

El movimiento de tierras en todo el frente de obras del proyecto inmobiliario, que podría
afectar la geomorfología y el paisaje del lugar, y por la generación continua de polvo, afectar
a la población, centros comerciales aledaños, vegetación, la fauna y al personal de obra, para
ello se requiere la humectación de la zona para evitar la dispersión de polvo, cercamiento de
la zona de construcción con barreras de protección para evitar ruidos molestos y vibración a
las zonas vecinas. Presentación de los informes ambientales correspondientes a todas las
instancias gubernamentales, con los resultados obtenidos en las diversas etapas.

PROGRAMA DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS

El vertido incontrolado, en muchos casos, de materiales diversos sobrantes. Estos son


depositados en los lugares previamente seleccionados para ello, el manejo de los
residuos sólidos, se realiza tanto en la etapa de construcción, como en la etapa de
funcionamiento de la Posta Medica Huayacundo.
Aquí se considerarán l o s procedimientos t é c n i c o s , equipos y tecnología para el
manejo de los residuos sólidos en todas sus etapas. En Etapa de construcción se generan
más residuos de escombros y materiales de construcción, como domésticos.
En la etapa de operación y mantenimiento se generan mayormente residuos
incontaminados, domésticos y especiales.

Cuadro: Tipos de Residuos

Tipos de Residuos Descripción


Residuos No-Peligrosos: Aquellos residuos que por su naturaleza y composición no tienen
efectos nocivos sobre la
salud de las personas ó los recursos naturales, y
no deterioran la calidad del ambiente. Dentro de esta clasificación se
consideran:
- Residuos No-Peligrosos domésticos, son aquellos residuos que se
generan como producto de las actividades diarias de un campamento
(cocina, lavandería, servicio de catering, oficinas, etc.). Estos residuos
pueden ser: restos de alimentos, cáscaras de frutas, envolturas, etc.
- Residuos No-Peligrosos Industriales, son aquellos residuos
generados en las actividades productivas. Estos residuos pueden ser:
trapos, papeles, cartones, cerámicas, plásticos, vidrios, teknopor,
chatarra, cables eléctricos, madera, etc.

Residuos Peligrosos Son los residuos que debido a sus características físicas, químicas,
biológicas y/o toxicológicas, representan un riesgo de daño
inmediato y/o
potencial para la salud de las personas y al
ambiente. Entre los residuos peligrosos identificados en obra se
encuentran: pilas, baterías, grasas, waypes, paños absorbentes,
concretos, asfaltos, suelo contaminado, filtros de aceite, aerosoles,
pinturas (recipientes) y residuos médicos.
Según la NTP de segregación de residuos sólidos. Los cilindros a utilizarse para la
recolección de los residuos y según su peligrosidad se describen:
El s istema d e recolecc ión d e residuos, consta de actividades planificadas que
facilitan e incluyen la participación de los trabajadores, se utilizaran cilindros de color
que indiquen el residuo que debe ser colocado en ese lugar, luego el material
recolectado será ubicado en un área diseñada para dicho fin, para su posterior traslado
a los rellenos sanitarios locales (Municipales).

Cuadro: Color de Cilindro a usar para los residuos sólidos

COLOR
VERDE Residuos
Para residuos orgánicos Sólidos
biodegradables no reciclables
AMARILLO Para residuos orgánicos e inorgánicos reciclables
AZUL Para residuos industriales no peligrosos
ROJO Para residuos industriales peligrosos
ROJO. Paños o secadores mezclados con lubricantes o combustibles:
Estos son conocidos como trapos o waipes, que se usan para
limpieza en el área de mantenimiento y generalmente terminan
saturados con este tipo de hidrocarburos. Su
ROJO. disposicióny paños
Solventes debe ser en cilindros
o secadores marcados con el rotulado de
saturados
de solvente:
Los solventes a base de petróleo pueden contener halógenos, que
son considerados sustancias peligrosas, estos deben ser
preferentemente reutilizados, para lo que los
trapos saturados deberán exprimirse en depósitos para el rehúso
del solvente y los

ROJO trapos
Filtros se
de deberán ventear para la volatilización del solvente y su
aceite usados:
Los filtros de aceite en el momento de su recambio deberán ser
perforados y escurridos en caliente hasta eliminar todo el
aceite residual en cilindros e s p e c i a l m e n t e
acondicionados para colectarlo. Una vez realizada esta labor,
el filtro puede ser dispuesto en el cilindro rojo.
ROJO El aceite debe ser almacenado para enviarse fuera de la operación
para su reciclado.
ROJO Filtros de
combustibles:
Una vez utilizados y en el momento de su recambio, los filtros
deberán ser escurridos de todo resto de combustible. Una vez
eliminado todo resto de combustible, el filtro podrá ser dispuesto
en el cilindro.
ROJO Filtros de aire: Serán depositados en el cilindro rojo
VERDE Aquellos que serán recogidos de oficinas, zonas de trabajo,
comedores, zonas de vivienda e instalaciones diversas.

AMARILLO Para los residuos inorgánicos


AZUL. Cilindros y contenedores vacíos:
Una vez utilizado un cilindro deberá disponerse conociendo el
producto que contenía y la toxicidad del mismo para poder
determinar si se puede reutilizar o disponer.

Piezas usadas:
AZULES Repuestos que se hallan gastados y se cambiaron, se almacenarán
en cilindros azules, si es que no pueden ser reutilizados.

Baterías gastadas:
Estas deberán ser recicladas. Una vez utilizadas, deberán ser
llevadas al almacén, donde se enviarán al fabricante.

MEDIDAS Y CONTROLES GENERALES IMPLEMENTADOS

ACCION: GENERACIÓN DE RESIDUOS

IMPACTO MEDIDA PROPUESTA


 Impacto visual Adecuar la zona de trabajo con la instalación de recipientes
destinados a concentrar los residuos que se producirán. Los
 Afectación al medio recipientes destinados a depósito de residuos tendrán tapa
biótico articulada, con el objeto de asegurar que permanezcan
cerrados y la basura no sea dispersad por el viento.
 Posibles vertidos de Diferenciar los recipientes para residuos mediante su pintado
efluentes con colores distintos:
colores distintos: Verde para orgánicos Azul para metálicos y
Blanco para asimilables a domésticos A los efectos de facilitar
la disposición de cada uno de ellos: - - los primeros compostar
para la quinta de la estancia, - los segundos comercializarlos y
- los terceros con destino a Al concluir las actividades diarias,
retirar los residuos que puedan ser desplazados por el viento y
depositarlos en los recipientes ad hoc que se hace referencia.
Para mayor precisión y aplicación de la recomendación
anterior, sería conveniente que esta tarea las realizara un
mismo operario supervisado por el Jefe de Cantera. Impacto
visual Afectación al medio biótico Posibles vertidos de
efluentes Inicialmente incorporar un baño químico para los
operarios de extracción, carga y transporte.

ACCION: DISPOSCIÓN DE MATERIALES DE DESCARTE

IMPACTO MEDIDA PROPUESTA


Alteración del relieve Dimensionar el sitio donde se depositarán
los áridos no comercializables (tanto gruesos
como finos), de manera de no abarcar
superficies excesivas.

Interrupción del drenaje superficial Planificar los sitios destinados a colectar el


producto del lavado del árido (cavas
contenedoras de finos). Tratar de colocar en
venta (rellenos, camas de arena…) el
material rechazado por el tratamiento.
Alteración del relieve Interrupción del

Incorporar valor a material de descarte drenaje superficial Incorporar valor a


material de descarte

Evaluar la posibilidad de, en caso de no


encontrar otra utilidad, utilizar el material
descartado en las tareas de restitución o
saneamiento a aplicar lo más prontamente
posible.

ACCIÓN: EXCAVACIONES Y MOVIMIENTOS DE TIERRA

 El material que no sirve para el relleno de zanjas y/o nivelación de terrenos son
dispuestos en lugares autorizados por la autoridad competente.

 El material de la zanja es acondicionado a un costado de las mismas para su fácil


incorporación durante el relleno. Este acopio temporal se realizó dentro de un área
señalizada del proyecto.

 El retiro de material extraído se realizó mediante el uso de retroexcavadoras,


cargadores frontales y/o cargadores. El material grueso no reutilizable se evacuará
como material de relleno a los centros de acopio autorizados.

 Al finalizar la etapa de construcción, los caminos, instalaciones e infraestructura que


pudieron verse afectado, fueron restaurados a las condiciones inicialmente existentes.
ACCION: COMPACTACIÓN

 Previo a la ejecución de la obra, se delimita el área de trabajo,


considerando el área mínima necesaria, de manera que se limite al
máximo la intervención del terreno.
 Durante las labores de construcción se realizó el movimiento de tierras en
las áreas estrictamente necesarias a fin que se minimice la intervención en
la superficie de suelo y evitar mayores pérdidas.
 El material excedente producto de las excavaciones, será utilizado en la
cimentación de las estructuras, o dispuesto alrededor de las mismas para
luego ser compactado a fin de que guarde armonía con la fisiografía del
lugar. El material que no sirva para los propósitos indicados líneas arriba,
será dispuesto en lugares autorizados por la autoridad competente.
 El material de la zanja será acondicionado a un costado de las mismas
para su fácil incorporación durante el relleno. Este acopio temporal se
realizará dentro de un área señalizada del proyecto.

ACCION: ALTERACIÓN DEL PAISAJE LOCAL

 Todas las obras de construcción serán supervisadas con la finalidad de que esta se
realice de acuerdo a los diseños establecidos, así se limitara los cambios drásticos en
las condiciones del relieve y paisaje existente.

 Realizar la ejecución de las obras proyectadas sin intervenir áreas no consideradas


para el desarrollo del proyecto, en el terreno estrictamente necesario, a fin de evitar
aumentar la magnitud del impacto de las áreas intervenidas.

 Implementar las acciones de construcción de forma progresiva, acorde al cronograma


de obra, para reducir el impacto por la presencia intensiva y acumulativa de
maquinarías y equipos.

 Vigilar la correcta implementación del manejo de residuos que permita evitar la


acumulación de restos en los terrenos, los mismos que contrastarían con el escenario
natural.
 Se evitará el empleo de superficies brillantes, a excepción de aquellas zonas que
permiten informar sobre restricciones de seguridad.

 Al finalizar la construcción, los desechos, equipos y maquinarias serán retirados de los


frentes de trabajo.

 La infraestructura y áreas que podrían verse afectadas serán restaurados a su condición


original.

ACCION: PÉRDIDA DE COBERTURA VEGETAL

 Pese a que el proyecto se establecerá en una zona eriaza, se evitará el desbroce


innecesario de la vegetación fuera de la zona de instalación de las estructuras, para ello
se delimitará las áreas de trabajo.

 Antes del inicio de las actividades diarias, el personal de obra recibirá charlas sobre
temas de protección a la flora y del ambiente en general.

OTRAS MEDIDAS

 Controlar el uso de los elementos de protección personal


 Realizar charlas de seguridad con el personal afectado a la explotación.
 Instruir al personal a dejar las instalaciones sanitarias, luego de la jornada laboral, en
condiciones óptimas de higiene, lo cual les llevaría escaso tiempo y redundaría en su
propio bienestar.
ANEXOS
TRABAJOS DE PLANTACION DE AREAS VERDES.

ELIMINACIÓN DE MATERIAL EXCEDENTE-DESMONTES

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